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Manual de Convivencia Escolar The Antofagasta Baptist College 1 MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2017 ENSEÑANZA Pre – Básica, BÁSICA Y MEDIA I. Aspectos Generales The Antofagasta Baptist College, colegio confesional cristiano evangélico, consecuente con su misión estipulada en el Proyecto Educativo Institucional, establece el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar que se enmarca en el principio de formación integral y, a la vez, comprometido con la formación de personas responsables en sus deberes y derechos tanto personales como sociales. Principios Rectores Creemos que la Biblia es inspirada por Dios y que es útil para enseñar, para reprender, para corregir e instruir, a fin de que todos podamos ser perfectos y enteramente preparados para toda buena obra. (II Timoteo 3:16) En una sociedad carente de modelos y de referentes, The Antofagasta Baptist College quiere levantar el estandarte de la dignidad, el compromiso, el respeto y el trabajo para potenciar la riqueza de sus personas y contribuir a una mejor sociedad. Tenemos claridad en que, una sociedad libre, democrática y responsable se construye en base a pilares fundamentales como el respeto a la persona, la aceptación mutua, tolerancia, solidaridad y amor por el prójimo, en un ambiente de buena convivencia escolar. A través del presente documento, informamos a los Padres, Madres, Apoderados, Alumnos/as y comunidad en general, las normas y reglas que regulan la convivencia interna a fin de mantener actitudes acordes a la formación académica, pedagógica y valórica que sustenta este Establecimiento Educacional. Normativa The Antofagasta Baptist College es una institución particular subvencionada y coeducacional, científico-humanista. Es un colegio reconocido por el Estado Chileno cuyo fin es preparar a sus alumnos para la educación superior. La finalidad de nuestro colegio está orientada a dar una preparación académica al más alto nivel, con especial preocupación en los principios cristianos. Además el énfasis no solo está en el conocimiento, sino también en el desarrollo integral de los alumnos, velando por el desarrollo de los talentos, sociabilidad, capacidad de liderazgo, desarrollo físico y conciencia cultural y social que se capitaliza en la diversidad de su alumnado. Definición El Manual de Convivencia establece el conjunto de normas y procedimientos que regulan los deberes de todos los alumnos de The Antofagasta Baptist College. Para tales efectos, serán considerados los alumnos de Pre-kinder a 4º Año de Enseñanza Media. Los estudiantes estarán sujetos, al cumplimiento de normas, deberes y derechos, tanto al ordenamiento interno de The Antofagasta Baptist College como a la legislación vigente en el país. El presente Manual tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades estudiantiles dentro de los recintos y lugares en que éstas se realicen, además velar permanentemente por el prestigio del colegio.

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Manual de Convivencia Escolar The Antofagasta Baptist College

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2017

ENSEÑANZA Pre – Básica, BÁSICA Y MEDIA

I. Aspectos Generales The Antofagasta Baptist College, colegio confesional cristiano evangélico, consecuente con su misión estipulada en el Proyecto Educativo Institucional, establece el presente Reglamento Interno de Convivencia Escolar que se enmarca en el principio de formación integral y, a la vez, comprometido con la formación de personas responsables en sus deberes y derechos tanto personales como sociales. Principios Rectores Creemos que la Biblia es inspirada por Dios y que es útil para enseñar, para reprender, para corregir e instruir, a fin de que todos podamos ser perfectos y enteramente preparados para toda buena obra. (II Timoteo 3:16) En una sociedad carente de modelos y de referentes, The Antofagasta Baptist College quiere levantar el estandarte de la dignidad, el compromiso, el respeto y el trabajo para potenciar la riqueza de sus personas y contribuir a una mejor sociedad. Tenemos claridad en que, una sociedad libre, democrática y responsable se construye en base a pilares fundamentales como el respeto a la persona, la aceptación mutua, tolerancia, solidaridad y amor por el prójimo, en un ambiente de buena convivencia escolar. A través del presente documento, informamos a los Padres, Madres, Apoderados, Alumnos/as y comunidad en general, las normas y reglas que regulan la convivencia interna a fin de mantener actitudes acordes a la formación académica, pedagógica y valórica que sustenta este Establecimiento Educacional. Normativa The Antofagasta Baptist College es una institución particular subvencionada y coeducacional, científico-humanista. Es un colegio reconocido por el Estado Chileno cuyo fin es preparar a sus alumnos para la educación superior. La finalidad de nuestro colegio está orientada a dar una preparación académica al más alto nivel, con especial preocupación en los principios cristianos. Además el énfasis no solo está en el conocimiento, sino también en el desarrollo integral de los alumnos, velando por el desarrollo de los talentos, sociabilidad, capacidad de liderazgo, desarrollo físico y conciencia cultural y social que se capitaliza en la diversidad de su alumnado. Definición El Manual de Convivencia establece el conjunto de normas y procedimientos que regulan los deberes de todos los alumnos de The Antofagasta Baptist College. Para tales efectos, serán considerados los alumnos de Pre-kinder a 4º Año de Enseñanza Media. Los estudiantes estarán sujetos, al cumplimiento de normas, deberes y derechos, tanto al ordenamiento interno de The Antofagasta Baptist College como a la legislación vigente en el país. El presente Manual tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades estudiantiles dentro de los recintos y lugares en que éstas se realicen, además velar permanentemente por el prestigio del colegio.

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El logro de estos objetivos exige que los derechos y obligaciones de los alumnos, sean cumplidos por todos los miembros que componen la comunidad de la institución. Derechos y deberes de los apoderados Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento, y a ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento.

Por su parte, son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; apoyar su proceso educativo; cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional; respetar su normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa. Los apoderados podrán hacer uso de los siguientes derechos y deberes considerados como obligatorios: 1. Matricular personalmente a su pupilo/a.

2. Asistir e informarse con respecto a la cuenta pública anual del establecimiento.

3. En el mes de diciembre se procederá a la matricula de los alumnos antiguos en una

fecha determinada e informada bajo documento escrito y con la antelación suficiente; en caso de no concurrir en aquella fecha LA MATRICULA QUEDARÁ AUTOMATICAMENTE VACANTE, y esta se asignará a un nuevo alumno que cumpla con los requisitos ya aprobados para ingresar al colegio.

4. Preocuparse diariamente de la presentación personal y reglamentaria en cuanto a la vestimenta de su pupilo/a.

5. Ante cualquier situación originada en el quehacer educacional y en busca de una solución se deberá respetar el conducto regular según corresponda. (Profesor Jefe y/o de Asignatura, Directores académicos, Orientador, Capellán, Psicóloga, Psicopedagoga, Inspector General, Rectora.)

6. Proveer a su pupilo/a del almuerzo, cuando corresponda y de los materiales necesarios solicitados por los profesores, dentro del plazo establecido.

7. En caso de que el apoderado incurra en faltas de respeto (insultos, gritos, humillaciones, o agresiones de todo tipo) hacia algún integrante de la comunidad educativa, se solicitará por escrito el cambio de apoderado por medio de Inspectoría General, perdiendo sus derechos en forma inmediata.

8. En caso de retiro de un alumno/a, el apoderado deberá retirar la documentación personalmente, firmando el retiro.

9. La asistencia a reuniones y entrevistas se considera obligatoria. En caso de no

asistir en 2 oportunidades del año lectivo, el Colegio se reserva el derecho de exigir un cambio de apoderado. Es obligación del apoderado informarse respecto a los puntos tratados en la reunión.

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10. Está prohibido inmiscuirse para escribir, sustraer, dañar, falsificar y/o adulterar

instrumentos públicos o privados de la escuela como: calificaciones, pruebas, libros de clases, datos estadísticos, asistencia, atrasos u otros semejantes.

11. Todo apoderado de The Antofagasta Baptist College debe apoyar las actividades del Centro General de Padres y Apoderados, en especial, concurrir a las votaciones para la elección de la nueva directiva del CEGPA en la fecha correspondiente.

12. Los apoderados no pueden enviar o recibir llamadas o mensajes de textos en

momentos de clases de su hijo(a). En caso de incurrir en esto, será citado por Inspectoría general.

13. Será considerada como una falta grave el levantar falso testimonio, acusando o

difamando a cualquier funcionario del establecimiento. 14. Cumplir oportunamente con los compromisos económicos adquiridos con el

establecimiento, cancelación oportuna de la escolaridad mensual, cuotas del Centro General de Padres y Apoderados y compromiso con su curso.

15. Asistir a ceremonias como promociones y/o licenciaturas con la siguiente

vestimenta:

Varones : terno o ambo (pantalón de tela, camisa y corbata).

Damas : traje de tela, de acuerdo a la ocasión. Para actos como Muestra de Gimnasia, Tarde de talentos y Muestra Folclórica; deben asistir con tenida semi-formal (sin short, ni jeans). Los asistentes deberán permanecer durante todo el acto, además de no exigir el retiro de su pupilo durante dicha ceremonia. La invitación al apoderado es a presenciar un acto desde un lugar asignado, por lo que el tomar fotografías podrá realizarlo desde su lugar o al final de la actividad, a fin de mantener el orden y respeto de la ocasión. 16. El padre, madre y/o apoderado deberá concurrir personalmente al colegio por las

siguientes causales: - Haber sido citado por Rectoría, Dirección Académica, Inspector General,

Capellanía, Orientación, Psicóloga, Psicopedagoga, Unidad Técnico Pedagógica, Profesor Jefe, Profesor de Asignatura. Es de especial importancia precisar que sólo se atenderá a los padres y/o apoderado y no a personas no inscritas como tal.

- Justificar personalmente inasistencias de su pupilo a clases y evaluaciones. - Asistir a reuniones mensuales del curso de su hijo(a) para mantenerse

informado del acontecer académico de éste y las actividades programadas por el Colegio. Se considera de gran importancia la asistencia, de no acudir deberá acercarse al profesor jefe a informarse a través de entrevista solicitada y realizada con anterioridad a próxima reunión.

17. Sólo el Apoderado podrá retirar al alumno del establecimiento, en caso justificado

(por duelo o emergencia médica) siempre y cuando no tenga una Evaluación durante los periodos de clases.

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18. El apoderado que requiera entrevista con algún profesor, lo podrá solicitar a través de la agenda o libreta de comunicaciones, conforme a los horarios establecidos, por lo que se entiende que no se atenderá apoderados en pasillos o fuera de horario.

19. Solicitar información oportuna y veraz acerca de su pupilo/a, teniendo como instancia formal para ello las atenciones semanales del profesor, la cual se calendarizará anticipadamente.

20. Podrá concurrir al establecimiento cuando la situación lo amerite con motivo de consultas, o trámites urgentes relativos al pupilo/a a las diferentes instancias que dispone el Establecimiento, respetando los horarios de atención de apoderados y los horarios de citación.

21. Los apoderados tienen derecho a ser informados de las fechas de postulación a

becas y del valor de los aranceles trieniales oportunamente durante el año.

22. Tienen derecho a asistir a charlas dictadas por profesionales y organizadas por el Colegio a fin de otorgar herramientas para la formación integral de sus hijos.

23. El Colegio se reserva el derecho de no renovar matrícula a alumnos cuyo apoderado

se encuentre objetado por el Consejo General de Profesores y por el Consejo de Gestión por su conducta desleal u ofensiva con el Colegio o bien haya entregado datos falsos al establecimiento con el fin de obtener rebaja o cualquier beneficio económico.

Deberes de los alumnos(as) “Ciertamente, ninguna disciplina, en el momento de recibirla, parece agradable, sino

más bien penosa; sin embargo, después produce una cosecha de justicia y paz para quienes han sido entrenados por ella.” Hebreos 12:11

Son deberes de los alumnos y alumnas brindar un trato digno, respetuoso y tolerante a todos los integrantes de la comunidad educativa, asistir a clases, estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades, colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento. La exigencia en cuanto a la presentación personal está basada en consideraciones tales como la limpieza, sobriedad, orden y normas específicas del establecimiento.

II. Presentación Personal:

- La vestimenta debe ser limpia y ordenada. En particular no se permite la cintura desnuda, las faldas cortas, pantalones a media cadera, vestimentas rasgadas o con leyendas inapropiadas. Asimismo los bolsos y/o mochilas no deben tener ningún tipo de leyendas o parches inapropiados (que atenten contra la moral y las buenas costumbres y el credo del establecimiento).

- El calzado escolar debe ser de color negro, tradicional, debe estar limpio y en buen estado.

- El corte del cabello en los varones no debe llegar más abajo que el cuello de una camisa abotonada (corte escolar), siendo dicho corte tradicional y clásico. Se prohíbe el uso de cortes, tinturas y peinados extravagantes.

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- Las damas que usen el pelo largo deberán sujetárselo con trabas o coles de color gris, blanco o rojo institucional.

- No se debe usar maquillaje ni esmalte de uñas. - El aseo corporal debe ser diario, manteniendo uñas cortas y limpias. - No se permite el uso de joyas, aros colgantes, todo tipo de piercing y

expansores en el cuerpo, adornos artesanales, cadenas, pulseras, etc. En caso de traerlos, se retirarán y serán entregadas al apoderado los días viernes en la tarde en Inspectoría. En caso de reincidir, el objeto se devolverá a fin de año al apoderado.

- Se prohíbe estrictamente masticar chicle dentro de todas las dependencias del colegio.

- El uso del uniforme escolar y presentación personal serán controlados permanentemente por profesores jefes, de asignatura, paradocentes u otros funcionarios del establecimiento.

- El uso de lentes ópticos es de responsabilidad de cada alumno. El colegio no se hace responsable por el deterioro de cristales o extravío de ellos, el alumno deberá informar a Inspectoría oportunamente en caso de que suceda.

- Se prohíbe el uso de teléfonos celulares. En caso de traerlo se entiende que el colegio no se hace responsable por la pérdida o deterioro de ninguno de estos objetos y si llega a sonar o ser usado mientras el alumno está en clases, el alumno tendrá una observación negativa en su hoja de vida, y si persiste en una segunda oportunidad en la falta será suspendido por 1 día y será considerado falta grave.

- En el caso de los MP3, MP4, cámaras fotográficas, etc., solo serán permitidos con autorización del profesor jefe o de asignatura cuando se cumpla un objetivo pedagógico, sin embargo el cuidado de este es de exclusiva responsabilidad del alumno.

Uniforme escolar: Los y las estudiantes del colegio deben cuidar su presentación personal en beneficio de la imagen y fortalecimiento de la identidad del colegio y, por lo tanto, deben asistir con el uniforme completo y oficial los días lunes y además en actos oficiales, exposiciones, disertaciones y exámenes. El uniforme oficial consiste en: Varones: Uniforme oficial: Pantalón gris con basta, que no arrastre, camisa blanca manga larga, medias color gris, zapatos negros, corbata reglamentada del Establecimiento y sweater gris sin mangas con su respectiva insignia. (Sin rasgar) Opcional: Polera blanca manga larga o corta con cuello gris, jersey gris con franjas horizontales de color burdeo (estas dos prendas con su respectiva insignia), pantalón gris de tela no elasticado. Los alumnos deben presentarse afeitados al colegio. Damas: Uniforme oficial: Falda reglamentada del establecimiento, 4 cms. sobre la rodilla, blusa blanca manga larga, zapatos negros bajos, medias color gris, corbata reglamentaria del Establecimiento, sweater gris sin mangas con su respectiva insignia bordada y cole de color: gris, blanco o rojo.

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Opcional: Polera blanca manga larga o corta con cuello gris, jersey gris con franjas horizontales de color burdeo (estas dos prendas con su respectiva insignia), pantalón gris de tela (no elasticado). No usar pantalones pitillos, sólo tradicional. Delantales o cotonas:

- Educación Básica: Usarán cotona y/o delantal en forma obligatoria durante toda la jornada.

- 1° a 4° Básico, usarán cotona beige (café) los varones y cuadrille azul las niñas. - 5° a 8° Básico, todos usarán cotona blanca.

- Educación Media: Usarán cotona y/o delantal blanco en forma obligatoria para

ingresar a sus clases de laboratorio de Ciencias, Artes y cuando el profesor de asignatura lo estime conveniente.

Uniforme de Educación Física: Los alumnos usarán equipo deportivo reglamentario del colegio para las clases de Educación física. La tenida deportiva oficial (jockey institucional, chaqueta sin gorro y pantalón gris con franjas de color rojo, calcetas blancas, zapatillas deportivas tradicionales (excepto zapatillas de lona), polera cuello polo con letras ABC y short rojos para todos y opcionalmente calzas para las niñas), servirá para reemplazar al uniforme del colegio, solo en clases de educación física, taller de deporte, actividades extraescolares u otras autorizadas por la Rectoría o solicitadas por un profesor en Inspectoría General. Chaqueta opcional de 4º medios: Esta deberá ajustarse a las normas del Colegio, sin gorro, ni leyendas que vayan en contra de los valores institucionales. El proyecto de la Chaqueta debe ser presentado por los Terceros Medios en el mes de Octubre a la Dirección del Colegio para su revisión y aprobación. En caso que el alumno (a) no se presente de acuerdo a la normativa descrita podrá ingresar al aula debiendo remediar el caso, por lo cual el apoderado deberá concurrir al establecimiento con la vestimenta correspondiente para que cambie a su hijo (a). El día lunes los alumnos deben presentarse con su uniforme oficial. El cuidado de toda pertenencia personal es de responsabilidad de cada uno de los educandos, por lo tanto, todo debe estar debidamente marcado con el nombre completo y curso. La dirección del establecimiento no se hará responsable por la pérdida de dinero u objetos de valor. Cuidado del material didáctico e infraestructura del establecimiento: El alumno cuidará y hará correcto uso de bancos y sillas que ocupe, murallas, puertas, vidrios de su sala, servicios higiénicos y por ende de todo el entorno del colegio durante todo el año. De lo contrario, deberá hacerse responsable por la reparación de los daños ocasionados, voluntaria o involuntariamente. Se considerará falta grave no informar de inmediato de los daños ocasionados. Los alumnos cuidarán el aseo y limpieza de las dependencias escolares( salas de clases, pasillos, gimnasio, patio, baños, otros), a través de gestos como botar los

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papeles, desechos u otros en los respectivos basureros o papeleros. Si no cumple se considerará una falta leve. Es de responsabilidad de cada alumno del establecimiento, identificar y registrar en Inspectoría General o con el Profesor según corresponda, cualquier situación referida a daños en la infraestructura.

Puntualidad

“La puntualidad se valora como una demostración de respeto por si mismo y por los demás”. El ingreso y retiro de los alumnos, debe ser en forma oportuna, respetando estrictamente los horarios establecidos, a fin de evitar riesgos innecesarios y eventuales accidentes por la permanencia del alumno en el Establecimiento fuera del horario de clases indicado. Los alumnos deberán estar 10 minutos antes del toque del timbre. El profesor que inicia la jornada controlará la justificación de los atrasos e inasistencias. Cada vez que un alumno ingrese a clases después del horario establecido por cada jornada y después de los recreos, deberá ser registrado en inspectoría. El tema de los atrasos será abordado en la primera reunión de apoderados (marzo), dejando claro en ella el procedimiento que se llevará a cabo con los alumnos que lleguen atrasados de acuerdo al Protocolo en caso de atrasos reiterados . El profesor solamente admitirá la entrada al alumno que presente una autorización timbrada por Inspectoría (Agenda escolar). Los alumnos no deben ingresar atrasados el segundo o tercer bloque de la mañana o de la tarde. (En caso de suceder será tomado como atrasos reiterados y allí aplicará lo descrito en los párrafos anteriores).

Inasistencias:

Las inasistencias a clases, nivelaciones o actividades extraescolares, deberán ser justificadas en inspectoría, personalmente por el apoderado al momento de reintegrarse a clases el alumno/a. Inspectoría otorgará el pase de ingreso correspondiente en la agenda escolar. Las inasistencias a evaluaciones deberán ser justificadas personalmente por el apoderado en la Dirección académica correspondiente a su nivel. En caso contrario las evaluaciones serán tomadas en el momento en que el alumno/a se incorpore a clases. Las inasistencias prolongadas (más de 3 días) deberán ser justificadas con certificado médico. Los certificados médicos deben ser presentados dentro de las 48 horas. Posterior a ello no tendrán validez como justificativo de ausencia del alumno a clases. En dicho caso el apoderado deberá presentarse en la Dirección Académica para obtener un nuevo calendario de las evaluaciones de su pupilo/a, el cual deberá respetar y cumplir. Todas las inasistencias inmediatamente anteriores o posteriores a un periodo de vacaciones se consideran injustificadas. Cualquier excepción exige la aprobación previa del Inspector General.

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La presentación de documentos médicos (licencias) no deja exento de que el alumno pueda repetir el curso o quedar con matricula condicional; lo anterior será analizado por un consejo extraordinario de profesores. Los apoderados deberán elevar una solicitud por escrito a Rectoría, si al término del año el alumno(a) tiene un promedio de asistencia inferior al 85%, adjuntando licencias médicas. El establecimiento se encuentra facultado para dar aviso a carabineros en caso de que un alumno falte a clases por un período prolongado. Interrupción de la jornada de clases:

Los alumnos/as podrán ser retirados por el apoderado durante la jornada de clases solo en caso de real emergencia, como motivos de salud o duelo. Las visitas al dentista y/o al médico deben programarse en lo posible después de las horas de clases. Los alumnos/as deberán traer sus materiales de trabajo al inicio de las clases; no se permitirá la interrupción de clases para entregar materiales, colaciones, ni medicamentos a media jornada. Los mensajes telefónicos para los alumnos deberán ser de carácter urgente o de justificada relevancia (motivos de salud, accidentes); no se permitirá la interrupción de clases con recados personales que puedan ser entregados en forma oportuna en el hogar.

Agenda y/o libreta de comunicaciones:

Es obligatorio portar diariamente la libreta de comunicaciones, ya que es el medio oficial de comunicación entre el Colegio y la familia. En caso de extravío, ésta deberá ser repuesta por el apoderado. Sólo se otorgarán pases y justificaciones en la agenda, la que deberá tener registrados datos de identidad, foto del alumno/a, firma del apoderado, del profesor jefe. Se considerará falta grave su uso indebido y mala presentación (sacar hojas, rayar, pintar, etc.). Además, se considerará falta leve el no portar la agenda.

Relación entre los miembros de la comunidad educativa:

La convivencia y relación con sus iguales deberá basarse en las siguientes actitudes: profundo respeto, cortesía, tolerancia, lealtad, aceptación, solidaridad y honestidad. Derechos de los estudiantes 1. Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca

oportunidades para su formación y desarrollo integral, a no ser discriminados, a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.

2. Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas, ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento.

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3. Tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas, a ser evaluados y

promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento del establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos.

4. Ser respetados/as por todos los integrantes de la comunidad escolar, tal como se concibe en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Derechos de Niño.

5. No ser culpados, sin antes haber hecho la investigación respectiva. 6. Recibir una formación académica, cívica y valórica de calidad de acuerdo a las

políticas educativas de carácter nacional, respetando sus diversas habilidades, destrezas, aptitudes y ritmos de aprendizaje.

7. Ser atendidos/as con motivo justificado por la Rectora, Inspector General, Orientador, Capellán, Psicóloga, Psicopedagoga, directores académicos y/ o coordinadores, cuando la situación lo requiera.

8. Recibir orientación vocacional y atención espiritual por parte del colegio. 9. Participar de la Pastoral juvenil. 10. Permanecer en un ambiente escolar limpio, confortable, con mobiliario adecuado a

su nivel de desarrollo físico. 11. Hacer uso del Seguro escolar en caso de accidentes. (Sólo Hospital Regional o

consultorio). 12. Participar en concursos culturales, con fines competitivos y de recreación. 13. Concurrir al CRA (biblioteca) en los recreos y horas libres, ajustándose al

reglamento de Biblioteca. 14. Rendir pruebas atrasadas en caso de enfermedad, previa presentación de

certificado médico para conservar el nivel de exigencia inicial. 15. Entre la aplicación de un instrumento de evaluación y su entrega a los alumnos, no

transcurrirán más de siete días hábiles, salvo situaciones excepcionales comunicadas oportunamente a Dirección Académica. Una vez entregada la evaluación a los estudiantes, el docente cuenta con tres días hábiles para su registro en el libro de clases. Este tiempo entre la entrega y su registro, tiene como objetivo, que los estudiantes puedan revisar su instrumento y hacer los ajustes necesarios antes de consignar las calificaciones oficialmente. El profesor no podrá retener el instrumento de evaluación por ningún motivo. Una vez que el instrumento es liberado al alumnado, éste no puede ser aplicado nuevamente con el propósito de evaluar a algún alumno.

16. No rendir más de dos evaluaciones diarias en los sub-sectores de Lenguaje, Matemáticas, Historia y Ciencias.(sólo los alumnos que asisten diariamente)

17. Organizar y ejecutar actividades espirituales, sociales, culturales o recreativas, previa presentación, aprobación y autorización por escrito del estamento correspondiente.

18. Ser estimulados/as y reconocidos/as públicamente ante el éxito por sus logros personales, académicos y de ayuda hacia los demás.

19. Utilizar las dependencias del colegio que están habilitadas para el logro de sus aprendizajes, como el Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA) u otras durante los horarios establecidos por el colegio para su mejor atención; siempre que exista la supervisión de un profesor.

20. Las estudiantes embarazadas o madres en edad escolar, tendrán las facilidades de continuar sus estudios como alumnas regulares, calendarizándose oportunamente las evaluaciones (contenidos, pruebas y/o trabajos, guías) sin perjudicar su proceso educativo. En caso de inasistencia prolongada su situación se evaluará en Unidad técnica pedagógica y Profesor jefe.

21. Participar activamente en las actividades organizadas por el establecimiento escolar que contribuyan a su desarrollo integral, como el Centro de Alumnos, actividades extra-programáticas, deportivas, recreativas, espirituales entre otras.

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22. Ser escuchado/a atentamente, además recibir un trato respetuoso de todos los miembros de la comunidad.

23. Ser informado/a oportunamente de las normas contenidas en el reglamento de convivencia y de las sanciones correspondientes cuando le afecten.

24. Conocer las anotaciones tanto positivas como negativas que se registren en su hoja de vida.

Incumplimiento de normativa Cada vez que exista por parte de los alumnos/as un incumplimiento de deberes y obligaciones escolares, dará origen a la aplicación de acciones remediales y/o sanciones, según el caso y estas deben seguir el siguiente conducto:

1. Conversar y/o amonestar verbalmente al alumno/a. 2. Comunicar al profesor Jefe y/o de asignatura. 3. Conversar con el alumno y Apoderado. 4. Derivar al Departamento de Orientación (Orientador, Capellán, Psicóloga,

Psicopedagoga). 5. Derivar a Inspectoría General. 6. Derivar a Rectoría.

Nota: Cada vez que el alumno pase por cada una de estas instancias, quedará registro escrito del protocolo de conversación, fecha, el acuerdo y decisión que se tome. Sanciones: Las infracciones a una normativa regulada por este reglamento disciplinario será motivo de sanciones que estarán de acuerdo al tipo de infracción, recurrencia y circunstancia atenuantes y agravantes. Estas corresponden a:

a) AMONESTACIÓN VERBAL: Es el llamado de atención que hará el profesor ante alguna infracción de carácter leve que sucede durante el desarrollo de una clase o fuera de ella. (Conversación y acuerdo)

b) AMONESTACIÓN ESCRITA: Es la censura realizada por el Profesor, Inspector

general, Directivos docentes frente a la reiteración de alguna falta leve o una falta grave y que siempre será registrada en el libro de observaciones con una notificación y/o citación del apoderado o tutor del alumno(a). (Registro en hoja de vida)

c) NOTIFICACIÓN AL APODERADO: Esto se debe hacer en forma personal y se debe

registrar en Hoja de entrevista. La notificación al apoderado debe ser realizada luego de sucedido el conflicto que ocasionó la anotación negativa.

Las atribuciones anteriormente señaladas son directas del profesor y/o Inspector y

Dirección.

d) TRABAJOS COLABORATIVOS: Actividades que deberá realizar el estudiante en el establecimiento educacional, el cual fortalecerá el mejoramiento de su conducta. (como recolección de basura en el patio posterior al recreo, barrer el frontis del colegio, limpiar alguna dependencia del establecimiento, ayudar con el control y entrega de libros en biblioteca, entre otros.)

e) SUSPENSIÓN TEMPORAL: Se refiere a la separación del alumno de toda actividad

académica o extracurricular, por períodos que van desde uno hasta cinco días. La

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gradualidad de la sanción está sujeta a la falta cometida y siempre será registrada en el libro de observación con citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno(a). La suspensión se aplica también a las actividades extracurriculares.

f) CONDICIONALIDAD: Es aquella sanción que condiciona la matricula del (los) alumno(s) que han incurrido en infracciones de forma reiterada (sea de responsabilidad, asistencia y puntualidad, conducta y/o rendimiento) y siempre será registrada en el libro de observaciones con citación y notificación al apoderado o tutor del alumno. El consejo de profesores y/o consejo de coordinación puede levantar la condicionalidad al año siguiente, si sus méritos de comportamiento y rendimiento lo ameritan.

g) NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA: Se presenta en el caso de que el alumno

persista en su mala conducta, ignorando las oportunidades de cambio. Esta sanción también se podrá aplicar sin haber pasado por los estados previos de suspensión, observación y/o condicionalidad en el caso de que la situación investigada se considere de carácter gravísimo. Es facultad del Consejo de Profesores y el Equipo de gestión aplicar esta sanción, la cual consiste en no renovar la matrícula para el siguiente año al alumno, quedando inhabilitado a volver de manera definitiva y siempre será registrado en el libro de observación o en el registro de conversación y acuerdo, con citación y notificación al apoderado y/o tutor del alumno. El establecimiento contará con los registros y datos necesarios para la entidad que los requiera. La Dirección del Colegio será la instancia de apelación que tendrán los apoderados, luego de notificada la sanción, el apoderado contará con cinco días hábiles para presentar por escrito su apelación, si lo considera necesario, debiendo recibir respuesta dentro de los cinco días hábiles siguientes a recibida la apelación por parte de la Dirección del Colegio.

h) EXPULSIÓN INMEDIATA: Se dará en casos considerados graves, según la ley y cuando de la falta se derive en peligro para los otros miembros de la comunidad educativa (Uso de armas blancas, uso, porte y tráfico de drogas, robo, hurto, etc.). Se cumplirá con informar a Carabineros cuando corresponda según la ley. La resolución final quedará archivada en la dirección del colegio, inspectoría general y en la carpeta personal de los alumnos. NOTA: En casos calificados, tales como, buenos antecedentes académicos o su irreprochable comportamiento anterior, el consejo de coordinación y/o el consejo de profesores podrán imponer al infractor una medida disciplinaria de menor gravedad que las señaladas. El Consejo de profesores solo tendrá un carácter consultivo, quedando en Rectoría la responsabilidad resolutiva. Faltas Leves

El incumplimiento del alumno/a a sus responsabilidades (tareas, material a usar en clases, uniforme) se consignará en la hoja de vida y se otorgará un trabajo colaborativo, informando al apoderado personalmente, quien bajo firma tomará conocimiento de la situación. El trabajo colaborativo se aplicará al registrar tres faltas leves. 1. Asistir al colegio sin los útiles escolares. 2. Asistir al colegio sin el uniforme oficial o solo de manera parcial. 3. Llegar atrasado después del toque de campana del recreo.

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4. Interrupción inapropiada al proceso de aprendizaje. 5. Alumno que permanece en los pasillos, mientras hay cursos en clases. 6. No usar delantal o cotona reglamentario cuando corresponda. 7. Llegar atrasado a clases o cualquier actividad oficial del colegio. 8. Usar durante la jornada escolar joyas u otros elementos ajenos a la asignatura en

desarrollo. 9. Comer durante el desarrollo de la clase, o realizar una actividad que no

corresponda a la asignatura. 10. Presentarse desaseado, con las uñas sucias o pintadas, con maquillaje o con el

pelo suelto (las damas), con el pelo largo o sin afeitarse los varones. 11. Masticar chicle durante las clases. 12. Interrupción en clases mediante sonidos de celulares o de cualquier artefacto

electrónico. 13. No portar Agenda Escolar y el uso indebido y mala presentación de la agenda

(sacar hojas, rayar, pintar, etc.), como también de los casilleros.

Faltas Graves:

Serán causales de observación negativa, suspensión y/o condicionalidad de Matrícula según corresponda: 1. Salir de la sala durante el desarrollo de las clases sin autorización. 2. El trato indebido a cualquier persona dentro y fuera del colegio. Se consideran

también las amenazas y violencia a través de Internet. 3. Usar un vocabulario soez ante cualquier miembro de la comunidad escolar

(groserías o improperios). 4. Promover predeterminadamente alteraciones en cualquier actividad escolar,

horario de almuerzo y/o extraescolar. 5. Abandonar el Establecimiento sin la autorización respectiva. 6. Ser sorprendido en lugares públicos con vestimenta del colegio en horario de

clases. 7. Dañar, rayar, destruir o ensuciar los bienes del colegio, tales como mobiliario

escolar, casilleros, dependencias, multicancha de pulistac con chicle u otro elemento adherente, rayar murallas, servicios higiénicos, cualquier equipo, libros de texto, libros y materiales de biblioteca, instrumentos musicales, o cualquier otro artículo puesto a disposición de los alumnos por el colegio.

8. Cualquier acción que ponga en peligro la seguridad de otros alumnos/as o perturbe gravemente el proceso de aprendizaje (Por ejemplo: encender fuego, pelear a golpes, lanzar elementos corto-punzantes, etc.)

9. Intentar copiar y/o copiar en prueba, exámenes, trabajos de investigación, etc., e intentar ayudar y/o ayudar de cualquier forma en pruebas escritas u orales.

10. Adulterar trabajos de alumnos de la misma clase o de curso superior o anterior con la finalidad de obtener provecho en el proceso evaluativo del mismo.

11. Negarse a realizar las actividades escolares dentro de la sala de clases o fuera de ella (Ed. Física u otra) ordenadas por docentes y/o cualquier autoridad del establecimiento.

12. Negarse de manera individual y/o de manera grupal a realizar pruebas en la fecha indicada. En general, por todo acto o comportamiento que impida el normal desarrollo de la clase y de cualquier proceso evaluativo (entregar la prueba en blanco, romper la prueba, ocultarse, etc.)

13. Organizar y/o participar de cualquier actividad que impida el normal desarrollo de las actividades académicas o extra curriculares, etc.

14. Retirarse del colegio sin justificación antes de una evaluación. 15. Utilizar el nombre o símbolo de la institución sin la autorización de la autoridad

competente, en hechos que lesionen la buena imagen del Colegio para su provecho personal.

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16. Las manifestaciones de palabra o de hecho en actos que perturben el orden interno del Colegio.

17. Faltar el respeto a alumnos, apoderados, docentes, directivos docentes, funcionarios, administrativos, auxiliares ya sea diciendo improperios, dando portazos, haciendo gestos groseros o amenazantes, gritando o ignorando despectivamente a su interlocutor.

18. Participar en actos propios de la política contingente o hacer actividades partidistas dentro de los recintos del colegio o donde se realicen actividades curriculares.

19. Ingresar sin autorización a la sala de computación y laboratorio estando sin el docente a cargo.

20. Ensuciar y/o rayar murallas, suelos, baños o pegar carteles con consignas de cualquier índole o expresiones ofensivas a la institución o a las buenas costumbres.

21. Uso de juegos y/o literatura que estén en contra de los principios y valores cristianos, tales como; cartas de tarot, tabla ouija, entre otros.

22. Editar o promover la circulación de publicidad no autorizada. 23. Actitudes violentas o agresivas en actividades de competencias deportivas. 24. Subir fotos o videos a internet que dañen la imagen personal o de cualquier

persona de la comunidad escolar. 25. Faltar el respeto a los símbolos patrios o religiosos. 26. Manifestaciones físicas de afecto propias del pololeo. (besarse, abrazarse,

acariciarse, mantener contacto físico sin respetar el contexto social de su permanencia en el Colegio).

27. Grabar o fotografiar a cualquier miembro de la comunidad educativa en escaleras, baños y otras dependencias del Colegio exponiendo su intimidad.

28. La reiteración de cinco faltas Leves dará lugar a una falta grave.

Faltas muy Graves:

Serán analizadas por el consejo de profesores y cuerpo directivo, pudiendo ser causales de caducidad de la matrícula en el caso de 1º básico a 3º medio y suspensión de ceremonia de Licenciatura para 4º medios. 1. La reiteración de cinco faltas graves dará lugar a una falta muy grave. 2. Posesión de armas en general. 3. Fumar cigarrillos ya sea normales o bien electrónicos, beber alcohol o consumir

cualquier tipo de drogas en el establecimiento o en el perímetro de este o mientras se participa en un evento auspiciado por el colegio.

4. El robo o hurto hacia cualquier miembro de la comunidad escolar. 5. La falsificación de firmas, notas, documentos, sustracción de pruebas y/o engaño a

los docentes y a las autoridades del Colegio. 6. Porte y/o tráfico de drogas. 7. El promover y participar en riñas callejeras (provocar pendencias y/o riñas). 8. Distribuir, editar, propagar a través de cualquier medio escrito audiovisual u

electrónico, material de tipo pornográfico o que afecte y menoscabe la moral y las buenas costumbres.

9. Incurrir en el manejo del libro de clase (siendo este un documento público). 10. La toma de las dependencias del Colegio se considera un mecanismo contrario a los

aceptados por el Establecimiento para solucionar conflictos, por lo que se espera que el respeto, diálogo y la participación sean los valores que guíen nuestra convivencia. Por otra parte, la usurpación de propiedad privada (tomas), es una figura legal que está penada por ley, por lo tanto, quienes incurran en esto se exponen a las sanciones contenidas en la nueva ley procesal penal.

11. Amenazas de agresión a cualquier miembro de la Unidad Educativa. También se consideran amenazas y agresiones realizadas a través de Internet.

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12. Participar en guerrillas de agua, huevos, desórdenes que atenten contra el normal desarrollo de las actividades escolares. Se calificará como gravedad extrema si estos desórdenes alteran el orden de la vía pública.

13. Sacar fotografías a evaluaciones y difundirlas por medios masivos a compañeros. 14. Realizar perforaciones hacia sí mismos o hacia terceros en cualquier parte del

cuerpo, dentro de las dependencias del establecimiento (piercing, expansores, etc.).

15. Levantar falso testimonio, acusando o difamando a cualquier funcionario del establecimiento.

16. Atentar contra su integridad física dentro de las dependencias del Colegio. 17. Cualquier otra falta sancionada por el código penal. 18. La confección de listas negras que menoscabe la honra de cualquier miembro de la

comunidad educativa ( alumnos, profesores, funcionarios en general , apoderados y/o familiares )

Otras consideraciones:

- La permanencia de alumnos con uniforme en las esquinas colindantes al Colegio constituye un peligro para ellos, por lo que no les está permitido quedarse en los alrededores por motivos de seguridad.

- Ningún alumno(a) podrá ingresar al Establecimiento con uniforme o ropa de calle sin autorización, si ha estado ausente en su jornada de clases.

- Se exigirá buena conducta, modales y cortesía hacia todos los integrantes de la Unidad Educativa: directivos, profesores, administrativos, auxiliares de aseo, compañeros, visitas, autoridades en todo momento o lugar.

- Ningún alumno/a podrá abandonar sus clases o el Establecimiento, si no es portador de un pase de Inspectoría.

- Al inicio de la jornada de clases y durante los recreos, todo el alumnado deberá permanecer en el patio de formación, (no está permitido permanecer en las salas de clases, laboratorios, auditórium o pasillos de los diferentes pabellones, en las jornadas que no les correspondan clases). El no cumplimiento de esta norma será consignada en Inspectoría, de reincidir por tercera vez, se citará al apoderado. Se exceptúan de esta medida a los alumnos/as cuyas razones especiales permanezcan con profesores o presenten problemas de salud específicos.

- Durante las formaciones los alumnos deberán guardar el debido respeto por el profesor y paradocente para atender las indicaciones que se entregan al alumnado.

- El Colegio podrá coordinarse con organismos e instituciones de la comunidad que compartan la visión y postulado de este establecimiento, con el fin de realizar acciones de beneficio mutuo, integrando a toda comunidad educativa con actores sociales externos como por ejemplo: Iglesias, hogares de menores, carabineros, juntas de vecino, especialistas médicos, entre otros.

- Abandonar el Establecimiento sin autorización. - El Colegio permitirá el acceso a representantes de instituciones afines, con

objetivos promociónales o expositivos, dependiendo de su área de interés. (Universidades, Servicios Públicos, INJUV, SENAME, CONACE, JUNAEB, Organizaciones Cristianas, etc.)

- El Colegio promoverá la inserción y participación en eventos de carácter público y privado, que impliquen una instancia de crecimiento, experiencia y participación social y cívica para los alumnos/as, tales como: Desfiles, intercambio con otros colegios, visitas a empresas o lugares de interés científico y educativo, competencias deportivas, manifestaciones culturales y de carácter cristiano, debates, medios de comunicación, etc.

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- A toda actividad de carácter extraescolar y/o educativo, el alumno deberá ingresar al Colegio con uniforme escolar o buzo institucional según corresponda.

- En caso de solicitar actividad lúdica de término de año por parte de cuartos medios, será exclusivamente con el uso de bombas de agua, actividad que sólo podrá llevarse a cabo una vez que se autorice, en una fecha y lugar asignado en el colegio, con el compromiso de los estudiantes de mantener el orden y la limpieza respectiva tanto del lugar luego de la actividad como entre los pares durante la actividad. Ésta será realizada entre estudiantes de cuartos medios que quieran participar, que traigan la autorización correspondiente y la ropa de cambio necesaria para la ocasión.

RECONOCIMIENTO POSITIVO: Así como se establece un sistema disciplinario para entregar oportunidades de cambio para los alumnos, se dispone también, de un sistema de reconocimiento de méritos y acciones positivas realizadas por estos. Este sistema reconoce los siguientes méritos:

Participación en actividades extraescolares, en representación del Colegio.

Participación en distintos concursos externos e internos en el Colegio.

Desempeño eficiente y destacado en labores de su curso o en representación de su Colegio.

Presentación personal ejemplar durante el desarrollo del año escolar o en actividades en representación de la Institución Educacional.

Compromiso escolar que se demuestra en su asistencia, puntualidad y responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes.

Desempeño destacado en rendimiento escolar.

Compromiso con el establecimiento y con su curso, que se demuestra a través de la participación en desfile institucional, día de la familia, kermesse, actos especiales y otros.

Conductas que representen los valores del establecimiento y el perfil del alumno baptisiano.

Los alumnos que se destaquen por el cumplimiento de los méritos señalados, podrán obtener los siguientes estímulos:

Observación positiva en el libro de clases.

Reconocimiento en actos cívicos del Colegio, con entrega de diplomas.

Diploma de reconocimiento por trimestre a los alumnos destacados en rendimiento.

Inclusión en el Cuadro de Honor de alumnos destacados en rendimiento (trimestral).

Premiación por curso en acto de Talentos, en la finalización del año escolar, en las categorías: Alumno Baptisiano, Mejor rendimiento y Destacados en Actividades extraescolares, con la participación de los padres.

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PROTOCOLO EN CASO DE VIOLENCIA ESCOLAR

Ley de violencia escolar (Nº 20.536): La ley define el acoso escolar como toda agresión u hostigamiento reiterado, realizado dentro o fuera del establecimiento, por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición. Será obligación para los alumnos, padres, apoderados, profesionales, asistentes de la educación, equipos docentes y directivos, el propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. El personal directivo y docente, como también los asistentes de la educación, recibirán capacitación para promover la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto. Es importante conocer las diferencias entre situaciones de conflicto, agresividad, violencia y Bullying.

Conflicto: Hecho social, posición de divergencia, oposición de dos o más

personas.

Agresividad: Respuesta defensiva frente a algún estímulo que es considerado

como una amenaza. Puede dar lugar a la Violencia, donde el uso del poder y

fuerza es ilegítimo. El daño es una consecuencia.

Bullying: Se deben presentar 3 condiciones para sospechar de la presencia de

Bullying:

1. Intención de hacer daño al otro.

2. Se lleva a cabo en forma sistemática y repetida.

3. Existe desequilibrio de poder.

Todos los integrantes de la comunidad educativa tienen la obligación de informar a Inspectoría general o al departamento de Orientación (Orientador, Psicóloga o Capellán), sobre situaciones de Bullying que ocurran en salas de clases u otras dependencias o lugares del establecimiento. Asimismo, se debe informar de situaciones ocurridas fuera del establecimiento que comprometan la integridad de los estudiantes (Ciber-bullying). Es importante recordar que si no comunicamos las situaciones de Bullying somos responsables ante la ley. Procedimiento en caso de acoso escolar: Cada vez que los alumnos incurran en faltas que tienen que ver con el acoso escolar (Bullying) se aplicarán las siguientes medidas:

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1. Identificación de los implicados: agresor, víctima y espectadores. 2. Acompañamiento y contención de la víctima. 3. Recopilación de información sobre los hechos. 4. Conversación y acuerdo con el(los) alumno(s) y apoderado(s), informando a las familias de los implicados.

5. Mediación entre alumnos y trabajo en aula con el curso. 6. Registro de la conducta en la hoja de vida del alumno. 7. Aplicación de las medidas según reglamento. 8. Denuncia a las autoridades legales según corresponda. 9. Caducidad de matrícula en los casos de faltas muy graves.

Los alumnos que deseen denunciar actos de acoso escolar ya sea físico, psicológico o a través de Internet, lo pueden hacer de forma anónima ante cualquier integrante del Departamento de Orientación, Inspectoría o Docentes. Con el fin de prevenir la aparición de este fenómeno, se dictarán talleres Psicoeducativos para alumnos, profesores y apoderados acerca de la problemática actual del Bullying, Ciber-bullying y Grooming. Es importante señalar, tal como señala el artículo 16 D de la ley de violencia escolar, que reviste especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea directivos, profesores, asistentes de la educación u otros, como la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Lo anterior dará lugar a sanciones internas de acuerdo al reglamento interno y multas en dinero según el Ministerio de Educación lo estime conveniente, hasta 50 UTM. Cabe destacar que nuestro establecimiento cuenta con un Consejo escolar, establecido por ley, el que integra a representantes de todos los estamentos de la comunidad educativa (Profesores, Asistentes de la educación, Apoderados, Alumnos, Directivos y Representante legal). El establecimiento ha definido como Encargado de Convivencia escolar a Mister Eduardo Araya, Orientador del Colegio. Cada docente y trabajador del establecimiento se regirá por el protocolo emanado de The Antofagasta Baptist College con el fin de controlar situaciones relacionadas con la convivencia escolar.

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PROTOCOLO EN CASO DE ABUSO SEXUAL

INTRODUCCIÓN

En la actualidad el abuso sexual es un tema que cada vez toma mayor protagonismo, tanto a nivel nacional como internacional. Las cifras son preocupantes: Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile comunican que anualmente se denuncian cerca de 4.500 delitos, de los cuales el 80% son víctimas menores de 18 años. La mayor parte de las veces los abusos sexuales no incluyen la violencia física, ya que en el 80% de los casos los autores de abusos sexuales son conocidos por la víctima, y muchas veces se trata de un familiar cercano. Específicamente, las estadísticas del Servicio Médico Legal dicen que el 79,9% de las agresiones son producidas por una persona conocida, y de ellas el 44,1% son familiares. Por tanto, existe una manipulación de la confianza, engaños y amenazas por parte del abusador. El Estado de Chile se ha comprometido a respetar, proteger y garantizar los derechos de las personas, mediante leyes y por la ratificación de tratados y acuerdos internacionales al respecto. Existen tres aspectos que definen las responsabilidades del Estado respecto a la violencia y abuso sexual: las Normas Internacionales vigentes en Chile sobre prevención y sanción de la violencia doméstica; el Código Penal (2005), con especial énfasis en las últimas modificaciones de la Ley N° 19.617 y Ley N° 19.927 de julio de 1999 y enero de 2004, respectivamente; y el Código Procesal Penal (2005) y demás leyes especiales. Algunos aspectos importantes que se desprenden de los citados documentos son: - El sujeto pasivo de los delitos de significación sexual pueden ser hombres o mujeres. - Existen algunas reglas generales que son aplicables a los delitos sexuales. Por ejemplo, es una circunstancia agravante específica, el hecho de que estos delitos sean cometidos por religiosos, autoridades, guardadores, maestros, empleados o encargados. - Son castigados como autores los ascendientes guardadores, maestros u otro cualquiera, que con abuso de autoridad o encargo coopera como cómplice en la perpetración de delitos sexuales. - Los delitos son de acción pública previa instancia particular, por lo tanto es necesaria la denuncia de la víctima o de sus padres, abuelos o guardadores, aunque en el caso de menores de edad se concede acción penal pública respecto de cualquier delito que se cometa en contra de los mismos. - Todos los profesionales de salud de los hospitales, clínicas o establecimientos semejantes, públicos y privados están habilitados para practicar reconocimiento, exámenes médicos y pruebas biológicas conducentes a acreditar el hecho y a la identificación de las personas que han protagonizado el hecho. - Se reconoce a las víctimas de los delitos sexuales que son mayores de edad, la capacidad de decidir si quieren o no poner los hechos en conocimiento del sistema judicial, dado que se trata de un delito de acción penal pública previa instancia particular. - En el caso de víctimas menores de 18 años, existe "acción penal pública por cualquier delito que se cometa en contra de los mismos". Por ello, el o la profesional responsable de la Dirección del Servicio de Urgencia o del Establecimiento de Salud, tiene la obligación de poner los hechos en conocimiento del sistema judicial, denunciando los delitos sexuales que se cometan en contra de personas menores de edad de los que tenga conocimiento. - El artículo 175 del Código Procesal Penal (2005) establece un deber de denuncia obligatoria para ciertas personas, en razón de las funciones que desempeñan. Así dispone que están obligados a denunciar según la letra e) "Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento."

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- Existen dos disposiciones en el Código Procesal Penal (2005) destinadas a señalar los derechos que asisten a las víctimas, por cuyo ejercicio debe velar el Ministerio Público.

El artículo 109 del Código Procesal Penal (2005) contiene una enumeración, no taxativa, de los distintos derechos que se le reconocen a la víctima y el artículo 78 del mismo se refiere a los deberes de los fiscales en relación a las víctimas.

La conjunción de ambas disposiciones reconoce a la víctima de un delito el derecho a ser atendida; a recibir un trato digno; a denunciar el delito; ser informada; solicitar protección; obtener reparación; ser escuchada; interponer querella, participar en el proceso y derecho a reclamar.

Con el objeto de cumplir con esta función protectora de víctimas y testigos, el Ministerio Público cuenta con una División Nacional y con Unidades Regionales de Atención a las Víctimas y Testigos, encargadas estas últimas de asesorar y acompañar a las víctimas durante el proceso penal, de evaluar el riesgo y facilitar la adopción de las medidas de protección decretadas por los fiscales y efectuar derivaciones a las distintas instituciones de la red estatal encargadas de la reparación a las víctimas.

CONCEPTO DE ABUSO SEXUAL

Se entiende por Abuso Sexual, con base a la delimitación conceptual del artículo 366 del Código Penal (2005) de acción sexual, como cualquier acto de significación sexual y de relevancia realizado mediante contacto corporal con la víctima, o que haya afectado los genitales, el ano o la boca de ésta, aún cuando no hubiere contacto corporal con ella, sea mayor o menor de edad, con especiales regulaciones y protecciones respecto de los menores de 18 años. Esta acción sexual, por cierto, debe ir seguida por una persona que se encuentra en una posición de poder, autoridad, experiencia o fuerza respecto de la víctima, no importando incluso que se realice con el aparente consentimiento de la víctima, en especial en el caso de los menores de edad, pues se estima éstos carecen de los conocimientos necesarios para evaluar sus contenidos y consecuencias. En este último caso, menores de edad, se utiliza generalmente la relación de confianza, dependencia o autoridad que el abusador tiene sobre el niño o la niña. Todas las definiciones que existen de abuso sexual infantil tienen en común la presencia de tres factores: - Se involucra a un niño/a en actividades sexuales. - Existe diferencia jerárquica entre el abusador y su víctima, donde el agresor se encuentra en una posición de poder y control sobre el niño/a. - El abusador usa maniobras de coerción, como la seducción, la manipulación y la amenaza. Cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño o niña, puede ser considerada como abuso sexual, incluyendo las siguientes situaciones: 1. Tocación de genitales del niño o niña por parte del abusador/a.

2. Incitación por parte del abusador/a a la tocación de sus propios genitales.

3. Penetración vaginal o anal o intento de ella ya sea con sus propios genitales, con

otras partes del cuerpo (Ej.: dedos), o con objetos (Ej.: palos), por parte del

abusador/a.

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4. Exposición de material pornográfico a un niño o niña (Ej.: revistas, películas, fotos)

5. Contacto bucogenital entre el abusador/a y el niño/a.

6. Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño o niña.

7. Utilización del niño o niña en la elaboración de material pornográfico (Ej: fotos,

películas).

Estas situaciones se pueden dar ya sea en forma conjunta o sólo una de ellas. Pueden ser realizadas solo una vez, varias veces o hasta en forma crónica por muchos años. ¿Qué hacer en lo inmediato si un niño o niña le cuenta que ha sido agredida sexualmente?

Escuche atentamente lo que le relata.

Créale y dígale que le cree.

Asegúrele que no permitirá que el abuso se repita.

Asegúrese que el niño(a) sienta que usted lo cuidará.

Dígale que lo ocurrido no puede guardarse como secreto y que se debe pedir

ayuda.

Pida ayuda inmediatamente al departamento de Orientación (orientador,

psicóloga o capellán)

Tome inmediatamente nota de lo que fue relatado. Si es posible, con el

consentimiento del niño(a) haga que éste lo firme, asegurándole su reserva.

ACCIONES A SEGUIR ANTE EL DESCUBRIMIENTO O DENUNCIAS DE ABUSO SEXUAL

Cuando se observen conductas que pueden hacer sospechar el abuso sexual o cuando existe la comunicación explícita ya sea por parte de los alumnos(as) o de un adulto, de un abuso sexual sufrido por un menor o adolescente, se tomarán las siguientes acciones:

- Si la persona que denuncia es un adulto, debe dar su información por escrito

bajo firma responsable. En caso de los menores de edad, la entrevista que se

tuvo con el niño(a) debe ser escrita a la brevedad, el mismo día en que se tomó

conocimiento de la situación, procurando rigurosidad y descripción de la mayor

cantidad de detalles obtenidos con el fin de facilitar las futuras acciones a

seguir.

- El profesor, asistente de la educación o apoderado que tome conocimiento de

un caso de abuso, debe denunciarlo en el Departamento de Orientación

(Orientador, Psicóloga o Capellán).

- Se realizará una entrevista al niño(a) y si es necesario, un test psicológico para

recabar antecedentes.

- Si se ha producido una violación el mismo día de la entrevista, se buscará la

ratificación, si es posible, de las lesiones o daños ante el Servicio Médico Legal.

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- En caso de certeza, las autoridades del establecimiento comunicarán el hecho

al apoderado(a) responsable del alumno(a) brindándole total confianza, en caso

de ser estos los denunciados, habrá que cerciorarse de que el alumno (a) quede

en manos de una figura protectora, prefiriendo a algún familiar cercano que

indique el alumno (a).

- Al mismo tiempo se realizará la denuncia a las entidades pertinentes:

Carabineros, Investigaciones o a los Tribunales de Garantía. Con el nuevo

proceso penal, cualquier persona que denuncie o pone en conocimiento del

Fiscal una situación de abuso sexual, puede recibir protección en calidad de

testigo si existe temor fundado de amenazas, hostigamiento o lesiones.

- En caso de que el agresor o los agresores pertenezcan al establecimiento, se

deberá resguardar al niño(a), informando al posible victimario de la denuncia y

separándole de sus funciones mientras se realiza una investigación interna y se

llevan a cabo acciones legales si la situación lo amerita. Finalmente, se debe

comunicar a los afectados de los resultados de la investigación una vez

concluida, ya sea a favor del denunciante o del denunciado.

PROTOCOLO CONVIVENCIA ESCOLAR APODERADOS

1. Ante un reclamo, problema o queja de un apoderado, Ud. debe manejar un

documento donde el apoderado escriba el problema o la queja que manifiesta.

(El documento puede ser retirado en Inspectoría General)

2. Este documento debe presentar el nombre, RUT y firma del apoderado.

3. La respuesta posterior debe ser dada por escrito en un período máximo de 7

días hábiles a contar de la fecha en que se recibió la queja.

4. Deben reunirse todos los antecedentes para poder dar una respuesta

satisfactoria.

5. El Profesor debe manejar el Reglamento de convivencia con respecto a los pasos

a seguir (conducto regular).

6. Debe comunicar la entrevista a la persona a quien va dirigida la queja y esta

debe tomar conocimiento y dar respuesta por escrito de las medidas que ha

tomado o tomará con respecto al problema.

7. Tanto el documento que manifiesta la queja, como la respuesta a esto, debe

ser archivado en Inspectoría.

8. Ante cualquier reclamo de un apoderado fuera del Colegio, el Ministerio de

educación se reserva el derecho de solicitar los documentos anteriormente

señalados con el fin de recabar antecedentes y dar una solución.

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PROTOCOLO EMBARAZO ADOLESCENTE THE ANTOFAGASTA BAPTIST COLLEGE

Derecho de la escolar embarazada: “A ingresar y permanecer en el colegio (enseñanza básica o media), con las facilidades académicas necesarias que le otorgará THE ANTOFAGASTA BAPTIST COLLEGE, para que permanezca en el sistema escolar. Los mismos derechos que otros estudiantes en relación a su ingreso o permanencia en el colegio, no pudiendo ser discriminada de ninguna forma en especial mediante cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, suspensión u otro similar. El embarazo o maternidad de una alumna no puede ser argumento para cambios de jornada o a curso paralelo, salvo que ésta exprese su deseo de hacerlo, lo cual debe estar por escrito en un certificado redactado por un profesional competente. Las autoridades y personal de los colegio tendrán respeto por la situación de embarazo o maternidad de las alumna. La dirección del colegio otorgará las facilidades necesarias para que las alumna asista a sus controles médicos prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a. En caso del uniforme, la alumna en situación de embarazo tiene derecho a adaptarlo a sus necesidades. El reglamento del seguro escolar, será aplicable en beneficio de la alumna en situación de embarazo o maternidad. La alumna en situación de embarazo o maternidad, tendrá derecho a participar en todas las organizaciones estudiantiles, así como en las ceremonias donde participen los otros alumnos y alumnas. Asimismo, podrán participar en todas las actividades extraprogramáticas realizadas al interior o exterior del colegio, con las excepciones derivadas de indicación médica. La alumna embarazada deberá asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluada de forma diferencial o ser eximida de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrá ser eximida por recomendación de su médico tratante. La alumna en estado de embarazo o maternidad será sometida a los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin perjuicio que los docentes directivos le otorguen facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación. Se le brindará apoyo pedagógico especial mediante un sistema de tutorías realizadas por los docentes y en los que podrán cooperar sus compañeros de clases. El colegio no exigirá el 85 por ciento de asistencia cuando las inasistencias tengan como causa directa enfermedades del hijo menor de un año, control de embarazo, del post parto, control del niño sano, pediátrico u otros similares que determine el médico tratante, debiendo la alumna presentar en cada caso la certificación médica que corresponda. En caso que la asistencia del año sea menor al 50 por ciento, la Rectora decidirá sobre su promoción, pudiendo la alumna apelar ante el Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo.

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El colegio otorgará también todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiante y de madre durante el período de lactancia. En caso que un alumno esté en condición de paternidad, el colegio velará para que tenga las facilidades necesarias para acompañar y asistir a eventos relacionados con su paternidad y que puedan contar con certificado del médico tratante de la alumna embarazada, permitiendo además que se adapte su calendario de evaluaciones si es necesario.

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PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES La primera atención la realizará el profesor o aquella persona adulta que se encuentre en el lugar del alumno accidentado. 1. Mediante algún compañero u otra persona que se encuentre cerca se llamará al paramédico, para que acuda al lugar. 2. El alumno(a) será llevado a enfermería, bajo las precauciones necesarias de acuerdo al suceso. 3. El paramédico constatará las lesiones aplicando primeros auxilios y de acuerdo a estas: Accidente escolar de mínima gravedad:

a) Enviará al alumno(a) a la sala de clases (accidente escolar de mínima gravedad) ya sea contusiones menores y/o heridas.

b) Llamará al apoderado. c) Derivará al CAN. d) Llamará a la ambulancia.

4. De ser necesario el paramédico acompañará al alumno accidentado al CAN. 5. El paramédico llenará la hoja del seguro escolar, para entregarla al apoderado y éste pueda seguir el procedimiento de atención en el Servicio de Salud. Accidente Escolar de Mediana Gravedad: Qué entendemos por accidente de mediana gravedad: . Contusión y/o herida que impida la continuidad de las actividades escolares. Procedimiento: 1. Evaluación de la lesión por Profesor de asignatura o profesor jefe, o persona adulta que se encuentra en el lugar. 2. Informar al apoderado en forma telefónica inmediatamente y solicitar su presencia en el establecimiento. 3. Completar Ficha de Seguro Escolar y entregarla al apoderado. 4. El apoderado traslada al accidentado a un centro de salud. 5. Registro del accidente en enfermería. Accidente Escolar de Gravedad: Qué entendemos por accidente de gravedad: . Contusión, fractura u otra patología que impida la continuidad de las actividades escolares. Procedimiento: 1. Se solicita vía telefónica la presencia de ambulancia con especialistas para atender la emergencia. 2. Informar al apoderado en forma telefónica inmediatamente y solicitar su presencia en el establecimiento. 3. Si no llega ambulancia, el apoderado puede proceder al traslado en vehículo particular. 4. Completar Ficha de Seguro Escolar y entregarla al apoderado. 5. Registro del accidente en enfermería. Se mantendrá un registro actualizado de los padres y apoderados del establecimiento con domicilio y número telefónico para establecer un rápido contacto con ellos. En enfermería se deberá completar el formulario de “Accidente Escolar” de modo que la atención médica o dental, quede cubierta por el Seguro Escolar.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR.

I. INTRODUCCIÓN: The Antofagasta Baptist College, pone a disposición de los miembros de su comunidad escolar, el protocolo de actuación frente a situaciones de Violencia Escolar. Este protocolo, forma parte del Manual de Convivencia, siendo un documento que establece de manera organizada las acciones a seguir frente a una situación de violencia escolar. Es responsabilidad de toda la comunidad educativa: estudiantes, padres y/o apoderados, asistentes de la educación, docentes y directivos el propiciar un clima escolar que favorezca los aprendizajes. En este contexto, el presente documento busca proteger la vida común de la comunidad escolar, protocolizar aquellas situaciones irregulares relacionadas con la violencia dentro y/o fuera del establecimiento y permitir que el colegio cumpla su misión educativa y formativa. II: SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR Y PROCEDIMIENTOS ASOCIADOS 2.1 Acoso escolar. No todas las formas de agresión constituyen acoso escolar. Tal como su nombre indica y lo establece la ley, para que se trate de acoso escolar (también llamado Bullying, matonaje, acoso escolar, hostigamiento), se requiere: 1-Que exista un acto u omisión constitutivo de agresión u hostigamiento. 2-Que el hecho de violencia o de acoso sea reiterado. 3-Que la agresión o forma de violencia empleada sea realizada dentro o fuera del establecimiento, en forma individual o colectiva, en contra de otro estudiante. 4-Que exista abuso de situación de superioridad o de indefensión respecto de otro, el que se siente expuesto a maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, tomando en cuenta su edad y condición. Es importante considerar que un adulto no hace bullying a un estudiante, se debe recordar que acoso o bullying es un fenómeno que ocurre entre pares, si existe agresión física o psicológica por parte de un adulto a un estudiante, se trata de un abuso de poder. Procedimiento ante acoso escolar entre estudiantes: 1-Ante la denuncia de una posible situación de acoso escolar, se deberá actuar de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar en lo que respecta a las faltas muy graves. 2-Todo afectado por un hecho de violencia escolar deberá contar con un espacio de contención y conversación en que se le explicarán los pasos a seguir ante el hecho ocurrido. Este rol debe ser asumido por el encargado de convivencia escolar con apoyo de las psicólogas del establecimiento. 3-Además, ocurrido el hecho de violencia escolar, se deberá citar de manera urgente al apoderado, tanto del eventual agresor como de la víctima. Es importante separar los espacios de conversación, teniendo claro que existen instancias y/o temas que se deben hablar entre adultos y otros en que los niños o adolescentes pueden estar presentes. 4-Una vez que el o los apoderado/s se encuentren en el establecimiento, se debe disponer de un primer momento para conversar privadamente con los adultos, y luego incorporar al estudiante, salvo que la situación aconseje conversaciones por separado. No se debe ocultar información ni minimizar los hechos, explicando claramente a las familias los pasos a seguir. De estas conversaciones deberá quedar registro y firma en hoja de entrevista a apoderado y constancia y firma en el libro de clases. 5-Siempre se debe proceder, primeramente, a una instancia de mediación y conciliación, y si ello no es posible, iniciar una investigación de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Manual de Convivencia Escolar, tomando todos los

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resguardos necesarios a fin de proteger los derechos e integridad tanto de la eventual víctima como del posible agresor. Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo a la gravedad de los hechos, el rector(a) del establecimiento o quien lo subrogue o reemplace, deberá realizar la correspondiente denuncia ante la autoridad (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) dentro de las 24 horas de conocido el hecho, conforme a la ley. 2.2 Agresión de adulto a estudiante. Son aquellas agresiones realizadas por algún miembro de la comunidad escolar, distinto de un educando, (Directivo, docente, asistente de la educación, padre y/o apoderado) en contra de un estudiante, contra su dignidad o que arriesguen su integridad física y/o psíquica tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, golpes en el cuerpo, golpes de puño, zamarreos, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones, entre otras. La ley de violencia escolar, considera especialmente graves los hechos de violencia ya sea física o psicológica, que cometan adultos a alumnos miembros de la comunidad educativa. Además, cualquiera de estas conductas abusivas atenta contra el Art.28 N°2 de la Convención sobre los derechos del niño, el Art.5° Inc.2° de la Constitución Política de Chile y el Art. N°6° letra d) del DFL 2 de subvenciones. Procedimiento ante agresión de adulto a estudiante: 1-Cualquier miembro de la comunidad escolar que conozca, tome conocimiento, o sea víctima de una agresión de parte de un adulto a un estudiante deberá informar la situación al profesor jefe, encargado de convivencia escolar o psicóloga del establecimiento y en caso de ausencia de los anteriores a cualquier autoridad del establecimiento. Si esta situación no es debidamente acogida siempre procederá entrevista con el Rector(a), de manera de ponerlo en conocimiento y pedirle su intervención. 2-En cualquiera de los casos antes mencionados, una vez que el responsable de la investigación reciba la denuncia, procederá a informar de ella al acusado, quien tendrá un plazo de 48 horas para hacer sus descargos por escrito. También deberá instruirse una investigación, para lo cual se allegará a la carpeta investigativa las pruebas ofrecidas por los intervinientes, pudiendo ser éstas documental, radiográficas, filmográficas o de cualquier otra índole. En el caso de haberse ofrecido testigos, el funcionario investigador deberá tomar declaración a éstos en un plazo que no supere los 7 días hábiles contados desde la fecha en que se recibió la denuncia. La declaración de los testigos deberá hacerse de manera individual y reservada, debiendo quedar constancia de sus dichos por escrito, en documento que será firmado por el testigo y el investigador. En caso de tratarse de situaciones de gravedad, deberá realizar la correspondiente denuncia ante la autoridad competente (Fiscalía, Carabineros o Policía de Investigaciones) dentro de 24 horas, de acuerdo a la ley. 3-En caso de que se establezca que ha existido la agresión, la Dirección del Establecimiento adoptará las medidas que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en el contrato de trabajo, código del trabajo y/o en el estatuto docente, y el reglamento interno, según sea la falta. Dichas medidas serán comunicadas por escrito tanto al denunciante como al acusado. Ambas partes tendrán un plazo de 24 horas para apelar de la medida ante el sostenedor, lo cual deberán hacer por escrito, fundando someramente las razones de su apelación. El sostenedor resolverá en un plazo máximo de 5 días hábiles las apelaciones, cuya resolución será definitiva y no procederá ningún recurso sobre ella. 2.3 Agresión que constituya delito. Si se está en frente a un acto de violencia que constituye un delito, el Rector(a) o quien lo subrogue o reemplace deberá hacer la denuncia a fin de que la justicia tome las medidas de protección que en derecho correspondan.

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III PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR Como forma de prevenir los hechos de violencia o acoso escolar, el colegio cuenta con un plan de gestión en convivencia escolar cuyos objetivos son los siguientes: 1-Que los estudiantes actúen en concordancia con el marco valórico establecido por la institución. 2-Que los estudiantes identifiquen y apliquen estrategias de autocuidado frente al consumo de alcohol y drogas y las valoren como parte importante de su formación. 3-Que los estudiantes identifiquen y apliquen estrategias de autocuidado reconociendo valores y actitudes referidas a las relaciones sociales y sexuales. 4-Que los estudiantes y funcionarios cumplan cabalmente con lo establecido en el reglamento de convivencia interna. 5-Que la comunidad escolar cumpla cabalmente con lo establecido en el protocolo para prevenir y actuar en caso de abuso sexual. 6-Que el establecimiento educacional sea un lugar donde se previene la violencia escolar y el acoso escolar y se promueve la sana convivencia. Todos estos objetivos están asociados a indicadores y acciones que el colegio revisará anualmente con el fin de generar condiciones que propicien un clima escolar que favorezca los aprendizajes. IV. SITUACIONES ESPECIALES 4.1. Comunicación con las familias en general Ante situaciones que se evalúen como especialmente graves, el Rector(a) deberá evaluar la conveniencia de ampliar la información al resto de las familias, a fin de evitar rumores o situaciones de desconfianza respecto del rol protector del establecimiento. Para ello, se deberán definir estrategias de información y/o comunicación con las madres, padres y apoderados (Consejo Escolar, Consejos de Profesores, reuniones de apoderados por curso, asambleas generales, elaboración y entrega de circulares informativas, etc.) cuyos objetivos deben estar centrados en: 1-Explicar la situación en términos generales, sin individualizar a los involucrados ni entregar detalles. En este punto, es de suyo relevante salvaguardar los derechos a la intimidad y evitar la victimización secundaria y la estigmatización. 2-Comunicar y explicar las medidas y acciones que se están implementando y/o se implementarán en la comunidad educativa a razón del hecho. 3-Solicitar colaboración y apoyo de parte de las madres, padres y apoderados en la labor formativa del establecimiento, en torno a fortalecer la buena convivencia y prevenir la violencia escolar. 4.2. Derivación a especialistas o entidades externas. En caso de situaciones que requieran de una intervención especializada, que exceda las competencias del establecimiento escolar, la psicóloga de Enseñanza Básica y/o la psicóloga de Enseñanza Media del colegio deberá(n) realizar por medio de documento escrito la derivación a la red de apoyo disponible a nivel local, estableciendo acuerdos y compromisos de colaboración que optimicen los procesos de consulta y derivación. Para dicho efecto deberá mantener un catastro actualizado de su red de apoyo local y los objetivos de cada organismo o entidad. 4.3. Necesidad de asistencia médica. Si se produjo o se sospecha de una lesión como resultado de la situación de violencia, el Inspector General o quien esté en su reemplazo, deberá acompañar al estudiante al centro asistencial más cercano para ser examinado, tal como se realizaría si se tratase de un accidente escolar; el adulto responsable debe permanecer junto al estudiante mientras llega el apoderado. Por otro lado, el colegio deberá salvaguardar todas las pruebas del hecho a fin de no intervenir con la acción de la justicia y de sus auxiliares.

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PROTOCOLO EN CASO DE ATRASOS REITERADOS

1. Al sexto atraso el paradocente encargado del pasillo citará al apoderado más el

alumno informándole que al cumplir seis atrasos más el alumno deberá realizar

trabajos colaborativos fuera de su horario de clases ( entre lunes y jueves) o en contra

jornada (viernes) por un periodo que no excederá de una hora cronológica.

Lo anterior quedará registrado en la hoja de vida (libro de clases)

2. De reiterarse seis atrasos más se citará al apoderado y se le comunicará que el

alumno será suspendido por un día de clases debido a la reiteración de faltas leves.

Lo anterior quedará registrado en la hoja de vida (libro de clases)

3. De manifestarse nuevamente esta falta por el periodo de seis atrasos, se citará al

apoderado quien junto al alumno firmará la condicionalidad por el periodo de un

trimestre.( falta grave)

Lo anterior quedará registrado en la hoja de vida {libro de clases)

4. De permanecer atrasos constante por seis oportunidades más Ja falta pasará a ser

muy grave por lo cual se citará al apoderado y al alumno para comunicar y firmar la

caducidad de matrícula.

Lo anterior quedará registrado en la hoja de vida (libro de clases)

Nota: Los alumnos que ya se encuentran bajo condicionalidad, se llamará al apoderado

a reunión con el Inspector General para analizar y dar los lineamientos que se

considerarán en esta situación.

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RECEPCIÓN DE MANUAL DE CONVIVIENCIA

YO _______________________________________________________________________

APODERADO DE ____________________________________________________________

TOMO CONOCIMIENTO Y RECIBO CONFORME EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE

THE ANTOFAGASTA BAPTIST COLLEGE.

FIRMA Y RUT DEL APODERADO: ________________________

Antofagasta, Diciembre de 2016