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1 PLAN DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1.- PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN. ...................................................................................................... 3 2.- NORMATIVA DE REFERENCIA............................................................................................................................ 3 3.- EL CENTRO DOCENTE: CARACTERÍSTICAS Y ENTORNO. ......................................................................... 5 3.1 El centro y su entorno ............................................................................................................................................... 5 3.2 Alumnado. ................................................................................................................................................................. 5 3.3 Equipo docente .......................................................................................................................................................... 6 3.4 Recursos, espacios y otras condiciones..................................................................................................................... 6 3.5 Clima de relaciones y participación. ......................................................................................................................... 7 4.- SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. ................................................................... 7 4.1 Descripción y análisis de los conflictos de convivencia. .......................................................................................... 7 4.2 Respuestas que el Centro da a estas situaciones. Valoración de las prácticas educativas: la prevención y respuesta a los conflictos desde el centro. ...................................................................................................................................... 9 4.3 Relaciones con las familias y servicios externos: asociaciones de padres y madres de alumnos, servicios sociales, centro de salud, etc. ....................................................................................................................................................... 10 4.4 Experiencia y trabajos previos desarrollados en relación con la convivencia en el Centro. .................................. 10 4.5 Necesidad de formación y recursos........................................................................................................................ 11 5. OBJETIVOS................................................................................................................................................................. 11 6. ACTIVIDADES Y ACTUACIONES. ....................................................................................................................... 12 7. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS Y DE RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS. ...................... 14 7.1. Revisión o reelaboración del Plan de Convivencia. ............................................................................................... 15 7.2. Información a los padres para concienciarles de la necesidad de su colaboración en el desarrollo de una buena convivencia en el Centro. .............................................................................................................................................. 15 7.3. Medidas en el aula desde la acción tutorial............................................................................................................ 15 7.4 .Ayuda entre iguales. ............................................................................................................................................... 19 7.5. Resolución dialogada de conflictos....................................................................................................................... 20 7.6. Acuerdos y contratos de convivencia..................................................................................................................... 21 7.7. Aulas de convivencia. ............................................................................................................................................ 22 8. NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA. .................................................................................................... 22 8.1 Normas para el alumno. Modelo de normas de aula. .............................................................................................. 23 8.2 Normas para los maestros. ...................................................................................................................................... 25 8.3 Normas para las familias. ........................................................................................................................................ 26 8.4 Faltas y medidas correctoras, procedimientos de aplicación. ................................................................................. 28 9.- PROTOCOLO PARA LA EVALUACIÓN E INTERVENCIÓN ANTE CONDUCTAS PROBLEMÁTICAS EN ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DERIVADAS DE DISCAPACIDAD INTELECTUAL. ............................................................................................................................................................. 47 A. Introducción ............................................................................................................................................................. 47 B. Factores que afectan al clima de convivencia .......................................................................................................... 47 C. Protección a la víctimas de agresiones ..................................................................................................................... 48 10. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN PARA PREVENIR E INTERVENIR EN LOS CASOS DE ACOSO, MALTRATO Y AGRESIÓN. (PROTOCOLOS AVE) .......................................................... 67

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PLAN DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1.- PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN. ...................................................................................................... 3

2.- NORMATIVA DE REFERENCIA. ........................................................................................................................... 3

3.- EL CENTRO DOCENTE: CARACTERÍSTICAS Y ENTORNO. ......................................................................... 5

3.1 El centro y su entorno ............................................................................................................................................... 5

3.2 Alumnado. ................................................................................................................................................................. 5

3.3 Equipo docente .......................................................................................................................................................... 6

3.4 Recursos, espacios y otras condiciones. .................................................................................................................... 6

3.5 Clima de relaciones y participación. ......................................................................................................................... 7

4.- SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. ................................................................... 7

4.1 Descripción y análisis de los conflictos de convivencia. .......................................................................................... 7

4.2 Respuestas que el Centro da a estas situaciones. Valoración de las prácticas educativas: la prevención y respuesta

a los conflictos desde el centro. ...................................................................................................................................... 9

4.3 Relaciones con las familias y servicios externos: asociaciones de padres y madres de alumnos, servicios sociales,

centro de salud, etc. ....................................................................................................................................................... 10

4.4 Experiencia y trabajos previos desarrollados en relación con la convivencia en el Centro. .................................. 10

4.5 Necesidad de formación y recursos. ....................................................................................................................... 11

5. OBJETIVOS. ................................................................................................................................................................ 11

6. ACTIVIDADES Y ACTUACIONES. ....................................................................................................................... 12

7. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS Y DE RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS. ...................... 14

7.1. Revisión o reelaboración del Plan de Convivencia. ............................................................................................... 15

7.2. Información a los padres para concienciarles de la necesidad de su colaboración en el desarrollo de una buena

convivencia en el Centro. .............................................................................................................................................. 15

7.3. Medidas en el aula desde la acción tutorial. ........................................................................................................... 15

7.4 .Ayuda entre iguales. ............................................................................................................................................... 19

7.5. Resolución dialogada de conflictos. ...................................................................................................................... 20

7.6. Acuerdos y contratos de convivencia. .................................................................................................................... 21

7.7. Aulas de convivencia. ............................................................................................................................................ 22

8. NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA. .................................................................................................... 22

8.1 Normas para el alumno. Modelo de normas de aula. .............................................................................................. 23

8.2 Normas para los maestros. ...................................................................................................................................... 25

8.3 Normas para las familias. ........................................................................................................................................ 26

8.4 Faltas y medidas correctoras, procedimientos de aplicación. ................................................................................. 28 9.- PROTOCOLO PARA LA EVALUACIÓN E INTERVENCIÓN ANTE CONDUCTAS PROBLEMÁTICAS

EN ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DERIVADAS DE DISCAPACIDAD

INTELECTUAL. ............................................................................................................................................................. 47

A. Introducción ............................................................................................................................................................. 47

B. Factores que afectan al clima de convivencia .......................................................................................................... 47

C. Protección a la víctimas de agresiones ..................................................................................................................... 48

10. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN PARA PREVENIR E INTERVENIR EN LOS

CASOS DE ACOSO, MALTRATO Y AGRESIÓN. (PROTOCOLOS AVE) .......................................................... 67

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10.1 Instrucciones para facilitar la identificación de las situaciones de acoso entre escolares y los procedimientos de

intervención correspondientes.

10.2 Procedimiento de intervención ante supuestas situaciones de acoso entre escolares.

10.3 Actuaciones posteriores con los implicados en las situaciones de acoso escolar.

10.4 Actuaciones de seguimiento y evaluación.

10.5 Protocolos de apoyo inmediato y coordinado a las víctimas escolares (ave).

11.- DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA ESCOLAR. .............. 79

11.1 El Director.

11.2 El Jefe de Estudios.

11.3 El Profesorado. 11.4 El Consejo Escolar. 12. LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR. ................................................................... 82

12.1 Composición y actuaciones. 12.2 Funciones de la Comisión de Convivencia. 13. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL PLAN DE CONVIVENCIA. ................. 84

14. DESARROLLO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA. ............................... 85

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1.- PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN. La ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, dispone que el

Plan de Convivencia tiene que recoger las actividades programadas con el fin de fomentar un buen

clima de convivencia dentro del centro escolar, la concreción de los derechos y deberes de los

alumnos, así como las medidas correctoras aplicables, que deberán tener un carácter educativo y

recuperador, garantizando el derecho del resto de los alumnos y alumnas.

La convivencia escolar es un pilar fundamental para una educación de calidad y la educación tiene

que ser, a su vez, una herramienta para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los

mismos, así como para desarrollar y promover la no violencia en todos los ámbitos de la vida

personal, familiar y social.

Así, la escuela deberá ser un modelo para el aprendizaje de la convivencia, la necesidad del

cumplimiento de las leyes y normas, la formación ciudadana y el ejercicio de valores fundamentales

como el respeto, la tolerancia, la autonomía, la responsabilidad, la no violencia, la solidaridad, el

sentido de la justicia y la valoración del esfuerzo.

En este sentido, las medidas y actuaciones para favorecer la convivencia en nuestro centro se

regirán por los siguientes principios:

a) El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto mutuo.

b) La implicación de todos los miembros de la comunidad educativa para conseguir un clima

escolar adecuado y la colaboración de las familias en el cumplimiento de las normas de

convivencia, así como en los procesos que ayudan a prevenir, evitar y resolver

pacíficamente los conflictos de convivencia que tengan lugar en el centro.

c) El valor de las medidas y actuaciones de carácter preventivo y el establecimiento de

procedimientos de resolución pacífica de conflictos.

d) La colaboración de la administración educativa con otras administraciones o instituciones

para favorecer la mejora de la convivencia escolar.

2.- NORMATIVA DE REFERENCIA.

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

• Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

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• Decreto n. º 16/2016, de 9 de marzo, por el que se establecen las normas de

convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de

la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

• Resolución de 4 de abril de 2006, de la Dirección General de Ordenación Académica,

por la que se dictan instrucciones en relación con la situación de acoso escolar en los

centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas escolares

(BORM del 22 de abril).

• Resolución de 28 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Ordenación

Académica, sobre aspectos relativos a la aplicación de las normas de convivencia escolar

(BORM de 19 de octubre).

• Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y

Atención a la Diversidad, por la que se establece un protocolo para la evaluación e

intervención ante conductas problemáticas en alumnos con necesidades educativas

especiales derivadas de discapacidad intelectual.

• Protocolos de Apoyo inmediato y coordinado a Víctimas Escolares (AVE).

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3.- EL CENTRO DOCENTE: CARACTERÍSTICAS Y ENTORNO.

3.1 El centro y su entorno

Nuestro centro está en una zona periférica de reciente expansión inmobiliaria, ocupada en su

mayoría por personas jóvenes, trabajadores del sector servicios y agrícola principalmente.

La población que atiende el centro es, mayoritariamente, de extracción social media y media

baja. La mayoría de las familias tienen estudios primarios y secundarios, siendo minoría los que

poseen titulación superior.

Actualmente, las familias no pasan por una situación económica buena, la crisis también les ha

afectado disminuyendo de manera significativa sus recursos.

Las expectativas educativas en algunos casos son bajas, pero hay también un número

considerable de familias que sí desean y esperan que sus hijos puedan realizar unos estudios

universitarios, tengan una buena formación y puedan acceder a un buen puesto laboral.

Entre la población de etnia gitana y las familias socialmente desfavorecidas, estas expectativas

son prácticamente nulas.

Los recursos culturales, sociales y educativos del barrio son prácticamente nulos, no cuentan con

instalaciones deportivas, culturales y zonas verdes

3.2 Alumnado.

Actualmente tenemos escolarizados alrededor de 390 alumnos en 14 unidades de Primaria, 4 de

Infantil y además un Aula Abierta con 7 alumnos:

- Una mayoría del alumnado desarrolla su escolaridad con normalidad. Sus padres se

preocupan por su educación y tienen expectativas de que continúen sus estudios, ESO,

Bachiller e incluso estudios universitarios.

- Alumnos con necesidades educativas especiales, cuyo número ha ido en aumento en los

últimos años.

- Una minoría de etnia gitana que no presenta problemas de integración, si bien es cierto que

no tienen ningunas expectativas educativas.

- Una población inmigrante reducida de niños procedentes, en su mayoría, de Marruecos y

Sudamérica, con escasos recursos y medios para poder estudiar y, en el caso de las familias

marroquíes, con problemas de integración y relación por desconocimiento del idioma.

- Un grupo de alumnos que por razones sociales, culturales, económicos y familiares

necesitan de la Compensación educativa.

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Los valores e intereses de nuestro alumnado reflejan la situación actual de la sociedad. Valores

sociales, familiares y culturales que los niños perciben en su entorno, en sus vivencias. Por ello,

la escuela no puede actuar sola: todos los sectores, escuela, familia y otras instituciones deben

coordinarse, implicarse y entenderse ante una tarea tan amplia y compleja como es la de educar.

3.3 Equipo docente La plantilla está compuesta por 30 maestros, entre ellos tenemos tres maestras de PT (una de ellas

a tiempo parcial), una maestra de Compensatoria (con solo 10 horas) y dos maestros de AL (uno

compartido con primaria).

Contamos también con una orientadora, una PTSC y una fisioterapeuta a tiempo parcial,

totalmente insuficiente para atender las necesidades del centro y poder llevar acabo muchas de las

actividades recogidas en el Decreto n. º 16/2016, de 9 de marzo y en este Plan.

Dos ATE, uno compartido con un IES, que atiende los alumnos de necesidades educativas

especiales escolarizados en aulas ordinarias y el otro en el Aula Abierta.

La plantilla es bastante estable, implicada activamente en su trabajo y, en general, con

inquietudes y abierta a una constante mejora en su formación profesional.

Teniendo en cuenta el número de alumnos, la problemática específica de bastantes de ellos

(autismo, TDH, discapacidades, compensación educativa…) y el número de unidades, la ratio es

excesiva en algunas aulas.

3.4 Recursos, espacios y otras condiciones.

El centro cuenta con los recursos mínimos necesarios, si bien es cierto que podrían aumentar y

mejorarse. Donde más problema existe es en los espacios: en su origen era un centro de una sola

línea, y en la actualidad tiene una, doble y triple línea en uno de los niveles.

La creación paulatina de nuevas aulas ha hecho que las zonas comunes hayan ido

desapareciendo, lo que ha provocado la falta de espacios, en condiciones y adecuados, para

realizar actividades en común entre los distintos tramos o niveles; actividades, por otra parte, que

servirían para incentivar la relación y la convivencia de los alumnos.

Faltan espacios para los apoyos, el desarrollo simultáneo de las áreas de Religión y Valores

Sociales y Cívicos, el Francés y el Refuerzo en Lengua Castellana.

La elevada ratio trae también consigo la falta de espacio en las propias aulas para desarrollar en

ellas determinado tipo de actividades.

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Disponemos de dos edificios grandes (el edificio principal y el edificio Chema) y de cinco aulas

de Infantil, con su patio propio, independiente.

El patio de recreo es grande, pero dado el elevado número de alumnos, necesitaría una mejora en

sus instalaciones que permitiera hacer más fácil y funcional su ocupación.

En general, las condiciones de habitabilidad y seguridad no son las idóneas, la antigüedad del

centro y la mejora del acceso y movilidad de la población escolar, hacen necesario un mejor

acondicionamiento.

3.5 Clima de relaciones y participación.

El clima general de las relaciones en el centro es aceptable, lo que no quiere decir que no se

produzcan a veces situaciones conflictivas dado el elevado número de maestros y de alumnos y,

por consiguiente, de familias que forman la comunidad educativa.

Todos los maestros disponen de una hora de atención a padres; se realizan, además, reuniones

conjuntas por grupo y se desarrollan en algunos niveles talleres con la participación de los padres.

Aún así, la comunicación, colaboración y participación de las familias debería mejorar. Con

frecuencia esta comunicación se reduce a aquellas situaciones en las que los padres necesitan

algún tipo de ayuda, o los maestros queremos dar quejas de sus hijos.

Valoramos también la necesidad de coordinación con entidades y servicios externos para

solucionar y mejorar las situaciones que así lo requieran.

La escasa presencia del EOEP supone un hándicap en la ayuda y colaboración para la mejora y

resolución de los problemas de algunos alumnos. Sería también necesaria para poder desarrollar

actividades de información y formación con los padres.

Con la elaboración de este Plan pretendemos mejorar la comunicación y aumentar la

colaboración de las familias como reforzadores en casa de los valores que trabajamos en clase

con nuestros alumnos: respeto, colaboración, responsabilidad, tolerancia…

4.- SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

4.1 Descripción y análisis de los conflictos de convivencia.

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Si bien nuestro centro no puede considerarse conflictivo, tenemos una seria de actitudes,

comportamientos y acciones que interfieren en la dinámica cotidiana, produciendo conflictos y

deteriorando la convivencia.

Muchos conflictos que surgen son resultado de compartir e interaccionar durante un tiempo en un

mismo espacio en el que se mezclan diferentes formas de ver, sentir y actuar ante la vida, reflejos

de los modelos y formas que existen en nuestra sociedad.

Los conflictos y problemas de convivencia protagonizados por los alumnos se pueden categorizar

según el modelo propuesto por Calvo (2003), en el que se distinguen:

- Comportamientos de rechazo al aprendizaje, no traer los materiales y no participar en las

tareas de clase, distracción y falta de atención.

- Conductas de trato inadecuado. Falta de respeto a las normas y convenciones sociales.

Reflejan las diferencias entre las normas, hábitos y valores de socialización escolar y las del

entorno de procedencia del alumnado.

n Disrupción en el aula: hablar con los compañeros.

n Pérdida de respeto entre iguales o a menores durante el recreo.

n Desobediencia a las órdenes educativas-formativas del maestro.

n Falta de respeto a veces entre iguales.

- Comportamientos disruptivos. Las conductas que, sin ser agresivas, interrumpen el proceso

de enseñanza y aprendizaje en el aula, pudiendo llegar a deteriorar el clima de relaciones de

la misma.

- Comportamientos agresivos. Agresiones aisladas, de manera puntual entre compañeros,

sobretodo en el recreo. Sus causas son:

n Falta de motivación.

n Llamadas de atención de forma global.

n Dificultades de aprendizaje.

n Falta de colaboración y/o implicación de las familias: no revisan si traen el material a

clase, los deberes, etc.

n Impulsividad, poca reflexión.

n Falta de un referente de autoridad.

n Falta de responsabilidad de la familia ante el Centro en casos puntuales.

n Falta de normas.

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4.2 Respuestas que el Centro da a estas situaciones. Valoración de las prácticas educativas: la prevención y respuesta a los conflictos desde el centro.

El Centro dispone de:

- Un Plan de Convivencia, aprobado en el marco de la PGA, en el que se recogen unos

principios, unos objetivos y unas estrategias de intervención encaminadas a una educación

para la convivencia, estrategias de prevención y resolución de conflictos en el aula.

- Un Plan de Acción Tutorial, en el que se incluyen actividades para el desarrollo de

habilidades sociales.

- Un Plan de Atención a la Diversidad, en el que se recogen todas las actuaciones y medidas

ordinarias y específicas para propiciar el aprendizaje, atender a la diversidad y compensar

desigualdades.

- Unas Normas de Organización y Funcionamiento, que recogen las medidas disciplinarias y

organizativas del Centro.

La disciplina, prevención y respuesta a los conflictos es responsabilidad de todos los

maestros y estos tienen que intervenir en cualquier lugar y momento, así como los tutores

correspondientes, aunque el conflicto no haya ocurrido en clase ni en su presencia.

A veces se requiere la intervención del Equipo Directivo para reforzar la autoridad en la

resolución de aquellos conflictos que consideramos más graves.

Cada maestro impone las actividades o sanciones según regulan el Plan de Convivencia y/o la

Normas de Organización y Funcionamiento, aplicando los mismos protocolos de actuación,

señalados en la normativa vigente.

En los casos de alumnos con necesidades educativas especiales, todo el Equipo Docente, la

Orientadora, el PTSC que atiende el centro y la Jefa de Estudios se reúnen tantas veces como sea

necesario elaborando un plan de actuación concreto para ese alumno y su problemática.

De la misma manera se actúa ante situaciones concretas de alumnos o grupos de alumnos que

presentan una problemática propia, tomando acuerdos en cuanto a medidas y actuaciones por parte

de todo el Equipo Docente y el Equipo Directivo.

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4.3 Relaciones con las familias y servicios externos: asociaciones de padres y madres de alumnos, servicios sociales, centro de salud, etc.

Las familias disponen de una hora de tutoría a la semana para poder comunicarse con los tutores.

Además, a través de la agenda escolar, familias y tutores pueden comunicarse a diario.

Los padres pueden, así mismo, hablar con el Equipo Directivo cada vez que lo soliciten, dentro de

su horario de despacho.

La Orientadora y la Profesora Técnico de Servicio a la Comunidad son también un vehículo

importante de comunicación y relación con las familias cuando se dan situaciones problemáticas.

A través del AMPA se realizan a lo largo del curso actividades culturales y recreativas que

propician la convivencia de toda la comunidad.

Desde el Centro y por parte de todos se fomenta y se lleva a cabo la colaboración con otros

profesionales y servicios (servicios sociales, centro de salud,…..) para mejorar la práctica educativa

y la atención a los alumnos.

4.4 Experiencia y trabajos previos desarrollados en relación con la convivencia en el Centro.

En el Centro se desarrolló un plan de formación en centros a lo largo de tres cursos para la

revisión del Plan de Acción Tutorial, la formación en habilidades sociales y el tratamiento de la

interculturalidad.

A través de los contenidos programados para el Proyecto de Centro de cada año, y de las

actividades complementarias, se trabajan valores y se realizan actividades conjuntas para mejorar

la convivencia: celebración de días como La Discapacidad, Autismo, Constitución, Solidaridad,

Violencia de Género, Día de la Convivencia Escolar…, y otras (carrera solidaria,

representaciones teatrales, Plan Director…).

A nivel individual cada profesional participa en aquellas actividades que más relación tienen con

su puesto de trabajo, sus intereses o motivaciones. Estas actividades de formación, organizadas

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por los CCPPRR, aún no siendo específicas de convivencia, sí que trabajan temas relacionados

con ella o que mejoran la práctica educativa, mejorando pues la convivencia.

4.5 Necesidad de formación y recursos.

La preocupación y el interés para que la convivencia en el Centro sea la mejor posible nos lleva a

intentar ampliar nuestros recursos en cuanto a la prevención y resolución de conflictos, a través del

conocimiento de nuevas estrategias y metodologías. De ello se deriva la necesidad de formación de

todos los miembros de la Comunidad Educativa, de un compromiso de profesorado y familias de

formación en dicho ámbito.

5. OBJETIVOS.

• Elaborar, revisar y llevar a la práctica el Plan de Convivencia como resultado del consenso e

implicación de todos los sectores que formamos la Comunidad Educativa (profesorado, familias

y alumnos) para el desarrollo de una buena convivencia en el Centro.

• Desarrollar en los alumnos valores y habilidades sociales que les enseñen cómo evitar o resolver

conflictos de un modo no violento, favoreciendo la convivencia.

• Conseguir la integración social y educativa de todo el alumnado.

• Formar en los valores propios de una sociedad democrática, participativa y tolerante.

• Favorecer un ambiente de trabajo en equipo, potenciando actividades grupales que conlleven el

saber escuchar a los otros y la aceptación respetuosa de las diferentes opiniones.

• Potenciar el estímulo positivo en un ambiente cordial y respetuoso entre todos los miembros de la

comunidad educativa.

• Realizar reuniones de tutoría con las familias para mejorar las relaciones y su implicación en el

proceso de enseñanza-aprendizajes de sus hijos.

• Propiciar desde la acción tutorial, la participación responsable de los alumnos en la mejora de la

convivencia del Centro y en la resolución pacífica de los conflictos que les afectan.

• Cumplir las normas de convivencia establecidas en las Normas de Organización y

Funcionamiento y en el Plan de Convivencia.

• Promover y desarrollar actuaciones relativas al fomento de la convivencia en el Centro, en el que

estén integrados todos los miembros de la Comunidad Educativa.

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6. ACTIVIDADES Y ACTUACIONES.

ACTIVIDAD RESPONSABLES TEMPORALIZACIÓN

1. Revisión del Plan de Convivencia

y de las Normas de Organización y

Funcionamiento.

Equipo Directivo,

Equipos de Ciclo y

Tramo y Claustro.

Al inicio del curso.

2. Información a los padres en las

reuniones de tutoría de grupo del

Plan de Convivencia y de las

Normas de Organización y

Funcionamiento.

Tutores. Al inicio del curso.

3. Información a los alumnos del

Plan de Convivencia y de las

Normas de Organización y

Funcionamiento.

Tutores. Al inicio del curso y a lo

largo de este.

4. Elaboración conjunta entre

tutores y alumnos de las normas en

el aula. Quedarán expuestas de

forma visible.

Tutores y alumnos. Al inicio del curso.

5. Actividades de los primeros días

de tutoría: organización de la clase,

reparto de responsabilidades….

Tutores y alumnos. Al inicio del curso.

6. Revisión y adecuación de las

normas establecidas en el aula.

Tutores y alumnos. A lo largo del curso.

7. Actividades específicas del PAT

para el desarrollo socioafecctivo,

ayuda entre iguales, resolución

dialogada de los conflictos.

Tutores y especilistas. A lo largo del curso.

8. Análisis de la marcha de la

convivencia de la clase. Se

registrarán todos los incidentes

ocurridos para el posterior análisis

en las reuniones de Equipos

Docentes.

Tutores y especialistas. A lo largo del curso.

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9. Intervención de forma inmediata

ante cualquier incidente que altere

la convivencia del centro.

Equipo Directivo y

maestro.

A lo largo del curso.

10. Evaluación y revisión del Plan

de Convivencia y de las Normas de

Organización y Funcionamiento.

Equipo Directivo, Ciclo

y Tramos, Claustro de

Profesores y Consejo

Escolar.

Al final del curso.

11. Constitución de la Comisión de

Convivencia y reunión trimestral.

Comisión de

Convivencia.

Al inicio del curso y en

cada trimestre.

12. Seguimiento de los protocolos

de actuación en caso de problemas

de convivencia.

Equipo Directivo y

maestros.

A lo largo del curso.

13. Acuerdos y contratos de

convivencia.

Equipo Directivo y

maestros.

A lo largo del curso.

14. Aula de convivencia. Equipo Directivo y

maestros.

A lo largo del curso.

15. Incorporación en cada uno de

los Proyectos y Planes que se

trabajen de un apartado dedicado a

la educación emocional

(asertividad, empatía…)

Maestros implicados en

la elaboración del

proyecto.

Durante todo el curso.

16. Tratar en tutorías o siempre que

sea necesario, cualquier aspecto que

afecte a las buenas relaciones y a la

convivencia del grupo.

Tutores y especialistas. A lo largo del curso.

17. Unificar los criterios de

aplicación de las normas en el aula

y en el resto de dependencias del

centro por parte de todo el

profesorado.

Equipo Directivo y

maestros.

Al inicio del curso.

18. Sensibilizar contra el acoso

escolar. Concienciar que es esencial

comunicar al tutor o cualquier otra

persona del centro cualquier caso de

agresión y/o maltrato del que se

Tutores y especialistas. A lo largo del curso.

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tenga conocimiento.

19. Crear el Buzón de Convivencia.

Se colocará en un lugar discreto,

donde cualquier alumno puede

comunicar los casos de agresión o

maltrato físico o verbal de los que

tenga conocimiento.

Jefe de Estudios. Revisión semanal.

20. Reuniones de tutoría con padres

individuales y grupales para

informar y aclarar malos

entendidos.

Tutores y especialistas. A lo largo del curso.

21. Celebrar actividades que

destaquen la importancia de las

normas de convivencia, respeto,

tolerancia.

Toda la comunidad

educativa.

A lo largo del curso.

22. Realizar actividades con los

padres, talleres, charlas,…

Tutores y especialistas. A lo largo del curso.

7. PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS Y DE RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS. (Sistematización de actuaciones en la prevención y resolución de conflictos: personas

responsables de las mismas, metodología y desarrollo de actividades, temporalización, espacios,

recursos, materiales etc.).

Las medidas educativas de carácter preventivo irán dirigidas a:

Ø Potenciar un adecuado clima de convivencia en el centro.

Ø Desarrollar contenidos y habilidades que garanticen la promoción de valores cívicos y

democráticos.

Ø La planificación del aprendizaje para la resolución pacífica y dialogada de los conflictos.

Ø Formación del profesorado para el correcto ejercicio de sus funciones en materia de

convivencia.

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Ø Coordinación con las familias y con las instituciones públicas competentes para la

adopción de medidas preventivas y educativas.

Ø Un Plan de Acción Tutorial con objetivos y contenidos que favorezcan la convivencia.

Las medidas educativas de carácter preventivo habrán de ser razonables, adecuadas y

proporcionadas y serán respetuosas con la integridad física y moral de los alumnos, con su

dignidad personal y con el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Se procurarán solucionar los problemas de convivencia mediante actuaciones de carácter

preventivo como alternativa a los procedimientos correctivos, siempre y cuando sea lo mejor.

Todo el profesorado del Centro en general y los tutores en particular, mediante la propia acción

tutorial, el permanente contacto con su alumnado y la regular relación con las familias, serán los

encargados de adoptar las medidas educativas necesarias para prevenir los conflictos.

Las medidas y actuaciones preventivas que se llevarán a cabo son:

7.1. Revisión o reelaboración del Plan de Convivencia.

Se llevará a cabo a principio de curso en reuniones de Ciclo, Tramo, Comisión de Coordinación

Pedagógica y sesiones de Claustro.

7.2. Información a los padres para concienciarles de la necesidad de su colaboración en el desarrollo de una buena convivencia en el Centro.

Esta información se dará en las reuniones entre padres y tutores que se celebran trimestralmente y

además, cuando sea necesario, en las tutorías semanales.

También en reuniones fijadas, bien de equipos docentes o con padres, ante situaciones concretas,

para informar y desarrollar líneas o pautas de actuación comunes.

7.3. Medidas en el aula desde la acción tutorial.

Las actuaciones del profesorado irán encaminadas a favorecer el progreso en competencias

cognitivas, afectivas, sociales y morales que propicien una convivencia satisfactoria. Por ello,

debemos tener en cuenta:

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1. Atención individualizada y cercanía afectiva.

2. Creación del sentimiento de pertenencia a un grupo.

3. Elaboración participativa de normas de convivencia.

4. Realización de actividades específicas para el desarrollo socio afectivo.

5. Establecimiento de cauces de participación.

6. Desarrollo de procedimientos de resolución dialogada de conflictos.

7. Empleo de metodologías coherentes con los principios de participación, respeto a

la diversidad e inclusión.

Actividades de los primeros días.

Dedicar los primeros días del curso a acoger a los alumnos, a organizar la clase y las

actividades, es fundamental.

Un buen encuentro inicial es decisivo a la hora de crear un clima agradable y una convivencia

positiva.

A. Acogida personal. Actividades de presentación, juego de nombres o simplemente

pasar lista, dando la bienvenida, mostrando nuestra satisfacción por iniciar este nuevo

curso y expresando lo que esperamos de manera positiva y motivadora.

B. Organización. La organización permitirá la participación de los alumnos y el

aprendizaje de valores, actitudes y formas de comportarse y convivir.

- Organización de los materiales. Revisión de los materiales que han traído. Les

diremos lo que han de traer. Los materiales cooperativos cuáles son, cómo los

tienen que cuidar. La organización de los materiales constituye una buena

ocasión para hablar sobre el reciclaje y el consumismo.

- Organización de los cargos. La elección de cargos es una excelente oportunidad

para el desarrollo de la responsabilidad y el trabajo en equipo. Cargos posibles

son:

- Asistencia, para pasar lista.

- Material, para comprobar el material que falta, ir a pedirlo y repartirlo.

- Fecha, para poner la fecha cada día.

- Biblioteca, para llevar el control de prestamos de libros de la biblioteca,

ordenar los libros etc.

- Comisión de apoyo entre compañeros, para prestar ayuda y promover

situaciones de colaboración en el aula.

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- Lo mejor es que los cargos se realicen en equipo de manera rotativa (por

ejemplo semanal). Los cargos variarán en función de la edad de los alumnos

y de las necesidades del aula.

- Organización de equipos. En los primeros días ha de acometerse la tarea de

formar los equipos. La distribución de la clase en grupos o equipos favorece la

cooperación y la ayuda mutua. A lo largo del curso se modificarán teniendo en

cuenta la evolución del grupo.

C. Nombre del grupo y elección de una mascota o un logo. Elegir un nombre y una

mascota o un logo para la clase es una actividad que contribuye a crear grupo.

Elaboración participativa de normas de aula.

Trabajar con los alumnos las normas para favorecer en ellos una reflexión moral y establecer

consensos de grupo que van a facilitar la responsabilidad y el cumplimiento de aquello que

acuerdan entre todos.

Darles a conocer la ley a la que todos estamos obligados a cumplir, hablarles del decreto, teniendo

en cuenta su edad.

Es importante que los alumnos conozcan y comprendan la necesidad de unas normas. Podemos

preguntar sobre: ¿qué normas de Centro y aula conocen?, ¿qué les parecen?, ¿son útiles?, ¿son

justas? Se comentan las respuestas teniendo en cuenta la necesidad de las normas por su utilidad de

carácter práctico (normas convencionales), o bien porque suponen valores tan importantes como el

respeto a los demás (normas morales).

Vamos anotando las cosas que los niños van diciendo. Se redacta una pequeña lista con las cosas

que a la mayoría le parecen importantes. Este es el momento de pensar entre todos unas normas. Se

discuten las propuestas y se llega a consenso.

Posteriormente los alumnos tienen que pensar qué puede suceder si alguien no cumple alguna de

las normas que han acordado. En la valoración de las consecuencias haremos reflexionar a los

alumnos sobre la importancia de que estén directamente relacionadas con la falta cometida, que

ayuden a la persona a comprender los perjuicios que produce su conducta, que sean educativas, que

facilita la reconciliación, la reparación del daño y, si es posible, conduzcan a la solución del

problema que ha dado origen a ese comportamiento.

Para terminar, se plasma de manera visual el resultado consensuado de este proceso mediante

carteles, dibujos, murales en el aula y también en los cuadernos, agendas, etc.

Actividades específicas para el desarrollo socioafectivo.

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Hay una serie de habilidades que precisan un tratamiento intencionado que aseguren una

educación en y para la convivencia. Habrá que contemplar actividades y espacios para aprender a

dialogar, a expresar, comprender y manejar emociones, aprender a ayudar, a cooperar, a resolver

conflictos, etc.

Cada maestro podrá desarrollar las actividades que considere oportunas teniendo en cuenta su

grupo de tutoría. Estas son algunas propuestas prácticas a modo de sugerencia:

1. Los diarios de clase. Cada día un alumno escribe en el diario de clase

sus pensamientos y sentimientos, algo que le ha pasado, etc. Después

lo lee para todo el grupo. Los compañeros participan activamente, con

sus opiniones, sus vivencias personales, su apoyo, etc. Esta vivencia

favorecerá el auto-conocimiento, la comunicación, la expresión y la

elaboración personal y colectiva.

2. Entrevistas y presentaciones. Sirven para que los alumnos se

conozcan mejor, puedan tener un protagonismo positivo, aumentando

la confianza en sí mismo y la cohesión del grupo. Las presentaciones

se pueden realizar en parejas, con una serie de preguntas preparadas

con anterioridad. Durante la presentación practicaremos habilidades

de escucha y de expresión. Después cada uno presenta al grupo al otro

miembro de la pareja. En las entrevistas las preguntas se hacen a un

alumno delante del grupo sobre diferentes aspectos de su vida. Puede

hacer de entrevistador el maestro, pero también pueden preguntar el

resto de los compañeros. Por supuesto, el entrevistado puede no

contestar a aquellas preguntas que no quiere.

3. El protagonista de la semana. Cada semana un alumno es el

protagonista. Se coloca una cartulina en el aula donde se van

poniendo fotos de su familia, su casa, objetos personales que le

apetezca enseñar, etc. Los compañeros anotarán aspectos sobre los

gustos, características y cualidades del protagonista. Se pueden

aceptar sugerencias respetuosas y desde un punto de vista positivo de

aspectos a mejorar. Al final de la semana en asamblea se comentará

todo esto.

4. Compartir en la asamblea. La asamblea de clase es el lugar idóneo

para compartir sentimientos, experiencias, información,

ocurrencias…Los temas pueden ser propuestos por los alumnos o

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sugeridos por el maestro. Hemos de animar a la participación de

todos, pero sin forzar.

5. Diccionario de sentimientos. Confeccionar entre toda la clase un

libro con lo que cada uno escribe o dibuja sobre los sentimientos. Las

actividades pueden estar programadas o cuando un alumno lo

necesite; con la frecuencia que determinemos. Proponemos a los

alumnos frases incompletas como: “me siento contento cuando….”,

“la tristeza es….”, etc. Los alumnos completan las frases, hacen

dibujos y luego se leen en alto sin decir quien los ha escrito. Si alguno

no quiere que se lea, ponen:” por favor, no leer”. Con todas las frases

y dibujos se va confeccionando el libro.

6. Los cuentos y otros textos literarios. Podemos diseñar actividades a

partir de cuentos clásicos para practicar el análisis de conflictos,

dramatizar situaciones de mediación entre los personajes enfrentados

o centrarnos en algún aspecto que queramos trabajar, un sentimiento,

percepción, emoción, habilidad o un problema concreto. También los

alumnos pueden inventar cuentos para narrar sus vivencias,

ejemplificar situaciones y dar ideas de cómo resolver problemas que

se vayan presentando.

7.4 .Ayuda entre iguales.

La ayuda entre iguales ocupa un papel importante dentro de la convivencia, en la prevención y

resolución de conflictos, así como, su contribución al desarrollo de actividades y habilidades

prosociales.

La ayuda puede irse desarrollando de distintas maneras en función de la edad y situación del aula,

desde actuaciones formales y sistemáticas, a otras más informales y puntuales. Casos concretos

de alumnos que van aprendiendo y enseñando a sus compañeros lo que ellos han logrado. Otra

forma más sistemática puede ser la creación de una comisión de apoyo entre compañeros dentro

del aula, que forme parte de los cargos o responsabilidades de la clase. Esta comisión estará

integrada por distintos alumnos, que de manera rotativa se encargan de ver cómo se pueden

ayudar unos a otros. También está la figura del alumno-tutor (puede ser más de uno), que se

encarga de acompañar a otro alumno durante un tiempo para ayudarle a superar sus dificultades

de aprendizaje, de integración o de relación.

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La ayuda también se puede desarrollar en situaciones de aprendizaje. Existe una estrecha relación

entre aprendizaje y convivencia, en muchas ocasiones los problemas de aprendizaje van

acompañados de otros de atención, disciplina etc. En esta línea se encuentra las metodologías

colaborativas. Los alumnos pueden ejercer una gran influencia educativa sobre sus compañeros y

desempeñar un importante papel mediador.

Esta relación de colaboración en el aprendizaje puede concretarse de distintas maneras:

- Relaciones tutoriales. Un alumno más experto enseña a otro o a otros con menos

conocimientos.

- Aprendizaje cooperativo. Es el trabajo en grupos heterogéneos de cinco o seis alumnos

que se ayudan mutuamente para realizar una actividad determinada.

- Colaboración entre iguales. Dos alumnos (a veces más) trabajan juntos en la resolución de

una determinada tarea.

7.5. Resolución dialogada de conflictos.

Proceso de resolución dialogada de conflictos.

1º Paso: parar y estar tranquilo. Para iniciar el proceso y como primer paso es necesario

asegurarnos unas condiciones de tranquilidad. Si estamos muy afectados emocionalmente no

estamos en condiciones de tratar los problemas de manera constructiva.

Cuando un niño nos cuenta un conflicto, le escuchamos, reformulamos el problema, le decimos que

se tome un tiempo o le ofrecemos una actividad para recobrar la calma.

2º Paso: hablar y escucharse uno a otro. Es necesario favorecer la comunicación estableciendo un

sistema de turnos. La comunicación tiene que ser positiva, sincera y no agresiva, empleando los

mensajes en primera persona.

Nos reunimos con ambos alumnos y preguntamos al primer chico: “¿Cuál es el problema? ¿Cómo

te sientes?” Reformulamos lo que dice para verificar que hemos entendido bien y que eso es lo que

el alumno realmente quería decir. Ayudamos al primer chico a comunicarse directamente. Le

invitamos a que transmita un mensaje en primera persona: “Dile a…cómo te sientes y por qué”.

“Yo (cómo me siento) cuando tú (acto específico) porque (cómo me afecta)”. Pedimos al segundo

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niño que haga lo mismo que el anterior. Verificamos la comprensión de los chicos. Le decimos a

cada uno: “Dime qué le has escuchado decir (al otro chico)”.

3. Paso: determinar lo que ambos necesitan. Para esto sintetizamos lo que hemos escuchado,

señalamos los intereses comunes, enunciamos el problema en función de las necesidades: “Entonces

parece que (el primer chico) necesita…y (el segundo chico) necesita…, y lo que a ambos os

gustaría es… ¿No es así?”

4. Paso: proponer soluciones (tormenta de ideas). Preguntamos a los dos: “¿Qué podéis hacer para

resolver el problema?”. Les animamos a expresar ideas lo más rápidamente posible sin hacer

comentarios. Si son muchas, las anotamos. Mantenemos la atención de los niños centrada en la

búsqueda de soluciones. “Sí, podrás… ¿Qué otra cosa podrías hacer?”.

5. Paso: elegir la idea que más les guste a los dos. Para cada idea preguntamos a ambos chicos: “¿Te

parece bien?” Ayudamos a los chicos a elegir una solución. Preguntamos: “¿Ha quedado resuelto el

problema?”.

6. Paso: trazar un plan. .Ponerlo en práctica. Hacemos preguntas para concretar un plan de acción:

“¿Qué vais a hacer?” ¿Qué tiene que pasar antes? ¿Y después? ¿Cómo vais a…? ¿Cuándo?

¿Dónde? ¿Quién? Si esto volviera a suceder, ¿qué otra cosa podrías hacer?”

7. Paso: seguimiento. Más adelante, ayudamos a los alumnos a reflexionar y evaluar. “¿Cómo

funciono la solución?”.

La puesta en marcha de estos procedimientos exige educar y formar a los alumnos. La formación

la podríamos desarrollar siguiendo esta secuencia:

- Introducción al tema: conflicto, manera de responder y solución dialogada.

- Cómo calmarse: el enfado y estrategias para recobrar la calma.

- Cómo expresarse adecuadamente.

- Cómo escuchar.

- Cómo encontrar soluciones justas.

7.6. Acuerdos y contratos de convivencia.

Para promover compromisos educativos entre las familias y el propio centro, en los que se

consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para

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mejorar el rendimiento académico del alumno, se establecerán acuerdos o contratos de

convivencia que contendrán, de forma clara y precisa, los compromisos, exigencias y

obligaciones asumidos por las familias y los alumnos cuyo comportamiento disruptivo o

perturbador atente contra la convivencia en el centro o dificulte su propio proceso educativo y el

de sus compañeros.

Será a iniciativa del tutor, con la supervisión del jefe de estudios, que velará por su efectivo

cumplimiento, y con el visto bueno del director, que determinará la conveniencia del acuerdo.

Se establecerá un modelo de acuerdo o contrato que firmará el tutor, el alumno y el padre o la

madre. El incumplimiento de los compromisos asumidos podrá suponer la aplicación de medidas

correctoras, u otras de índole educativa.

7.7. Aulas de convivencia.

Se desarrollarán aulas de convivencia para atender, transitoria e individualmente, a aquellos

alumnos destinatarios de esta medida educativa, bien porque se les haya impuesto esta medida

correctora por la comisión de faltas contra las normas de convivencia, o como medida para

prevenir o evitar comportamientos disruptivos durante el desarrollo de la actividad docente.

Se establecerá un aula de convivencia para cada tramo, haciéndose un horario entre el

profesorado de apoyo.

En ella, los alumnos podrán realizar tareas educativas para evitar la interrupción de su proceso

educativo o bien de modificación de conductas y de reflexión.

En el caso de las tareas de modificación de conducta y reflexión se solicitará la colaboración de

la orientadora y la profesora técnica de servicio a la comunidad.

8. NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA.

El estilo de convivencia que pretendemos viene dado por los siguientes principios.

--El desarrollo del trabajo cotidiano en condiciones óptimas.

--La adquisición de hábitos de convivencia y respeto a las personas y al medio.

--La resolución de conflictos de forma dialogada.

--El respeto a la diferencia.

--La práctica de la colaboración y la participación activa.

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Para alcanzar dicho estilo de convivencia adoptaremos las siguientes normas:

8.1 Normas para el alumno. Modelo de normas de aula.

1. Respetar a los compañeros, maestros y personal de administración y servicios del centro. Pedir

las cosas por favor y dar las gracias.

2. Traer siempre el material necesario para el desarrollo de las clases.

3. Estudiar con aprovechamiento. Terminar las tareas y deberes, limpios y bien presentados.

4. Respetar el derecho al estudio de los compañeros.

5. Asistir al colegio habiendo dormido las horas necesarias, desayunado y con perfecto aseo

personal. En caso de pediculosis se recomendará permanecer en casa hasta estar totalmente limpios

6. Colaborar en la conservación del colegio, mantenerlo limpio (uso de papeleras), cuidar el

material y el mobiliario y hacer buen uso de los aseos (no malgastar agua ni papel).

7. Respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

8. Entrar y salir de clase en fila y en silencio.

9. Desplazarse por el colegio sin correr.

10. Hablar sin gritar, pidiendo el turno de palabra.

11. Asistir a clase con puntualidad. Las puertas del colegio se cerrarán diez minutos después de la

entrada y sólo se podrá acceder al Centro presentando la justificación oportuna. Los retrasos

escolares los anotarán los tutores.

12. El alumno no podrá salir solo del Centro en el horario lectivo. Si tuviera que salir sería

acompañado por su padre, madre o persona autorizada y firmará la salida en conserjería.

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Modelo de normas .

Durante la primera quincena de clase, se establecerán unas normas consensuadas entre el tutor y

sus alumnos. Estas normas estarán adecuadas a las edades y características de los alumnos. Al

inicio de cada trimestre se harán pequeñas sesiones de repaso y concienciación de nuestras

normas.

Como ejemplo de normas ya elaboradas y consensuadas por los alumnos pueden estar las

siguientes:

EN CLASE Y OTRAS DEPENDENCIAS.

1. Hay que ser puntual. En caso de retraso justificado se hará por escrito.

2. Asistir a clase debidamente aseado.

3. No comer en el centro golosinas y/o derivados. Traer un desayuno saludable.

4. Cuidar el material propio y ajeno.

5. Mantener en orden y limpia la mesa, y la clase en general.

6. Tirar los papeles a la papelera correspondiente: papel reciclado y basura.

7. Subir y bajar en orden y en silencio.

8. Respetar el turno de palabra levantando la mano.

9. Estar atento y en silencio a las explicaciones del maestro.

10. Mantener una postura correcta en la silla (sentarse bien).

11. Saludar educadamente a todo el personal de la comunidad educativa.

12. Pedir las cosas por favor y dar las gracias.

13. Pedir permiso para entrar a cualquier dependencia del Centro.

14. No asomarse por las ventanas.

15. Ir al aseo en caso de verdadera necesidad y no permanecer en él más del tiempo

necesario.

16. No correr ni gritar en los pasillos y escaleras.

17. No comer en los pasillos y escaleras.

18. Respetar las puertas de entrada y salida del Centro.

19. No mentir cuando tengamos que explicar algún conflicto.

EN LOS RECREOS

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1. No permanecer en clase solo durante el recreo.

2. Utilizar los servicios durante los recreos, sin permanecer más tiempo del

necesario. No jugar en los aseos.

3. Traer un almuerzo saludable (bocadillos, fruta…….) y evitar las botellas de

cristal.

4. No tirar los papeles, zumos….en el patio.

5. Respetar a los compañeros, no insultar ni decir palabrotas.

6. No realizar juegos violentos ni peleas y acudir a los maestros en caso de

problemas.

7. Jugar con balones de plástico.

8. Utilizar el porche exclusivamente como zona de descanso.

9. Ir a la fila cuando toque el timbre sin empujar ni molestar a los demás.

10. Utilizar la zona del patio correspondiente a mi curso.

11. Respetar y cuidar los árboles y los edificios.

8.2 Normas para los maestros.

1. Conocer y aplicar las Normas de Organización y Funcionamiento y el Plan de Convivencia.

2. Utilizar el ejemplo de sí mismo para mejorar la convivencia en la clase (hablar en tono bajo

de voz, ser puntual, ser coherente, trabajar las habilidades sociales….)

3. Programar los contenidos y las actividades (no improvisar).

4. Adaptar al máximo los contenidos a trabajar en clase, acercando los objetivos curriculares al

nivel real de los alumnos.

5. Actuar inmediatamente ante los problemas de conducta, aplicando las consecuencias

establecidas.

6. Aplicar las consecuencias (sanciones y consecuencias naturales) derivadas del

incumplimiento de una norma, sin delegar esta función a otros compañeros o al equipo

directivo si no es estrictamente necesario.

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7. Implicar a los alumnos en las normas de clase y en sus consecuencias, teniendo en cuenta lo

que piensan y sus opiniones.

8. Posibilitar espacios y tiempos suficientes para que los alumnos hablen con libertad de la

disciplina, sin hablar de alumnos concretos.

9. Utilizar el refuerzo de las conductas positivas (académicas o sociales), focalizando la

atención sobre ellas en lugar de las negativas.

10. Evitar plantear cuestiones individuales de conducta en gran grupo, para no provocar

confrontación, avergonzar o humillar.

11. Realizar las llamadas de atención de forma privada e individualmente, utilizando:

- Empatía y comprensión en sus explicaciones: “entiendo lo que dices”.

- Asertividad: manifestar la molestia o la queja de tal manera que se diferencie la

conducta de la persona. Se valora la persona y se recrimina la conducta.

12. Llevar una tutorización individualizada al menos con los alumnos que manifiestan

alteraciones del comportamiento.

13. Mantener el autocontrol ante conductas desafiantes o disruptivas, tomando tiempo para

establecer las medidas a adoptar.

14. Ser puntual en los cambios de clase, velando por que no se produzca ningún conflicto.

15. Mantener una relación permanente y cordial con los padres, madres o tutores de sus

alumnos.

16. Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje.

17. Formarse en habilidades para el control y gestión de grupos de alumnos.

8.3 Normas para las familias.

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1.-Cuidar de que sus hijos acudan al Centro en correctas condiciones de vestuario, alimentación

y con el material necesario.

2.-No mandar a los niños enfermos al colegio. Cuando sea necesario que se les administre

alguna medicación mientras estén en el colegio, serán los padres quienes lo hagan.

3.-Acudir al Centro cuando sean citados o cuando lo deseen, utilizando el horario de tutorías

establecido. Comunicar al tutor o al equipo directivo cualquier incidencia o situación que pueda

crear malos entendidos, pedir información o aclaraciones.

4.-Justificar las faltas.

5.-Informar al tutor, cuando tengan que llevarse a sus hijos en horario lectivo. Firmar la salida

en conserjería.

6.-Ser puntuales tanto en las entradas como en las salidas del colegio.

7.-No entrar en las clases, salvo en actividades programadas que requieran de su colaboración.

8.-Fomentar en sus hijos el respeto hacia sus maestros y compañeros: “no hablar mal de los

maestros ni de otros niños delante de sus hijos.”

9.-Fomentar la “No violencia” entre sus hijos.

10.-Revisar con sus hijos las normas de convivencia, así como, las consecuencias si faltamos a

ellas.

11.-Fomentar en sus hijos habilidades básicas de:

--Atención al profesorado cuando explica y manda los deberes.

--Preparar su cartera.

--Anotar todos los ejercicios para casa.

--Realizarlos antes de hacer otras cosas.

12. Dialogar con sus hijos acerca de lo que hace y su comportamiento en clase y en colegio.

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13. Colaborar con el profesorado para la modificación de la conducta de sus hijos en caso de ser

necesario.

14. Colaborar con el profesorado en el proceso de enseñanza-aprendizaje de sus hijos/as.

15.- Revisar diariamente la agenda escolar y el trabajo de los hijos/as.

8.4 Faltas y medidas correctoras, procedimientos de aplicación.

Se corregirán, de acuerdo con lo dispuesto en el decreto n. º 16/2016, de 9 de marzo, por el que se

establecen las normas de convivencia en los centros docentes, los actos contrarios a las normas de

convivencia realizados por los alumnos en el recinto escolar o durante la realización de

actividades complementarias y extraescolares o en el uso de los servicios complementarios del

centro. También, podrán corregirse las actuaciones del alumno que, aunque realizadas por

cualquier medio o incluso fuera del recinto y horario escolar, estén motivadas o directamente

relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad

educativa.

Principios generales de las medidas correctoras.

Las medidas correctoras, deberán tener un carácter educativo y recuperador, garantizarán el

respeto a los derechos del resto de los alumnos y procurarán la mejora de las relaciones de todos

los miembros de la comunidad educativa.

Deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios generales:

No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del

alumno.

Deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas cometidas, y deberán

contribuir a la mejora del clima de convivencia del centro.

Deberán estar relacionadas con el daño causado y la naturaleza de la conducta realizada.

Se valorará la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno, y

demás factores que pudieran haber incidido en las conductas o actos contrarios a las normas

establecidas, y, en especial, si se trata de un alumno con necesidades educativas especiales.

No se aplicará medida correctora alguna que no esté tipificada en las normas de convivencia y

conductas del centro, de acuerdo a lo establecido en el decreto de convivencia.

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Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los miembros

de la comunidad educativa y de los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones o de

acoso.

A efectos de valorar la conducta del alumno o acreditar su situación o sus circunstancias

personales, se podrán solicitar los informes que se estimen necesarios y recomendar a los padres,

o a las instancias públicas competentes, la adopción de las acciones o medidas más oportunas.

Cualquier medida correctora que se imponga podrá ser precedida de advertencia y requerimiento

de rectificación, así como de una reflexión sobre la conducta inadecuada y sus consecuencias.

Reparación de daños y asunción de responsabilidades.

El alumno que, de forma individual o colectiva, cause, de forma intencionada o por negligencia,

daños a las instalaciones, equipamientos o cualquier otro material del centro educativo, así como

a los bienes de los miembros de la comunidad educativa, quedará obligado a reparar el daño

causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación o restablecimiento. Asimismo,

deberá restituir los bienes sustraídos o reparar económicamente el valor de éstos.

El hecho de reparar los daños ocasionados o devolver lo sustraído no exonerará al alumno de que

le sea impuesta la medida correctora, si así lo estima el director y teniendo en cuenta las

circunstancias que rodean al alumno.

Los padres o representantes legales de los alumnos menores de edad y los titulares de los centros

de enseñanza asumirán la responsabilidad civil que les corresponda en los términos establecidos

en el artículo 1903 del Código Civil.

Cuando existan razones o circunstancias que impidan el cumplimiento de lo dispuesto en los

apartados anteriores, la reparación material de los daños podrá sustituirse por la realización de

tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o a la mejora del entorno

ambiental del mismo.

En los casos de agresión física o moral al personal del centro causada por el alumno, se deberá

reparar el daño moral causado mediante la petición de excusas y el reconocimiento de la

responsabilidad de los actos, sin perjuicio de la responsabilidad civil en que haya podido incurrir.

La petición de excusas y el reconocimiento por parte del agresor o su inexistencia serán

consideradas como circunstancias paliativas o acentuantes.

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Inasistencia a clase.

Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad, las que no sean excusadas

de forma escrita por los padres; podrán ser corregidas como faltas leves, procurando que las

medidas correctoras que se adopten con el alumno que presenta absentismo o riesgo de abandono

escolar eviten que se acentúen estos problemas.

A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se aplicarán los criterios para la justificación de

faltas de asistencia establecidos en el anexo I de la Orden de Prevención, Seguimiento y Control del

Absentismo y Abandono Escolar.

Cuando se detecte una situación de absentismo escolar, se desarrollarán los protocolos establecidos

en la normativa sobre absentismo y abandono escolar.

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FALTAS LEVES. TIPIFICACIÓN Y MEDIDAS CORRECTORAS.

Tipificación y medidas correctoras de las faltas leves.

PROCEDIMIENTO POR FALTAS LEVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TIPIFICACIÓN DE CONDUCTAS (art. 29) MEDIDAS CORRECTORAS (art. 30)

a) Las faltas injustificadas de puntualidad o de asistencia a clase.

b) Las conductas que puedan impedir o dificultar a sus compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber del estudio, el comportamiento disruptivo y los actos que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.

c) La asistencia reiterada a clase sin el material necesario.

d) No esforzarse por realizar las actividades de aprendizaje indicadas por el profesor.

e) No trasladar a sus padres o representantes legales la información del centro dirigida a ellos.

f) El uso, sin autorización, de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos en las aulas u otras dependencias del centro.

g) Los actos de indisciplina, desobediencia, incorrección o desconsideración hacia el profesor o demás personal del centro, cuando por su entidad no sean considerados graves.

h) La desconsideración, insultos o agresiones entre compañeros, cuando por su entidad no sean consideradas graves.

i) Los daños leves causados en las instalaciones o el material del centro, así como el deterioro de las condiciones de limpieza e higiene del mismo.

j) Los daños leves causados en los bienes o pertenencias de los

a) Situar temporalmente al alumno en un lugar determinado dentro del aula o enviarlo al espacio, que, en su caso, pueda tener habilitado el centro en su plan de convivencia.

b) Realización de actividades de aprendizaje e interiorización de pautas de conductas correctas.

c) Amonestación por escrito, con posterior comunicación a los representantes legales, en caso de los menores de edad.

d) Comparecencia inmediata ante la jefatura de estudios o el director del centro.

e) Retirada del teléfono móvil o del dispositivo electrónico que haya sido utilizado por el alumno, de forma no autorizada, que será custodiado en las condiciones establecidas en las normas de funcionamiento del centro hasta que sus padres o representantes legales lo recojan en el mismo.

f) Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos. Durante ese tiempo el alumno permanecerá debidamente atendido.

g) Realización en casa de tareas educativas o actividades de carácter académico para el alumno.

h) Realización, dentro de la jornada escolar y durante un máximo de cinco días lectivos, de tareas específicas dirigidas a mejorar las condiciones de limpieza e higiene del centro como fórmula de reparación del daño causado a las dependencias o material

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miembros de la comunidad educativa, así como la apropiación indebida de material escolar de escaso valor.

k) La incitación o estímulo a la comisión de una falta leve contra las normas de convivencia del centro.

l) El incumplimiento de las normas establecidas por el centro en cuanto a indumentaria, higiene, alimentación, horarios y uso de instalaciones y recursos, así como aquellas otras establecidas en sus normas de convivencia y conducta.

del centro, o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

i) Realización de un curso o taller de habilidades sociales programado por el centro para aquellos alumnos que requieran esta medida reeducativa.

j) Suspensión del derecho a participar en alguna actividad extraescolar o complementaria que tenga programada el centro, previo informe del profesor encargado de su desarrollo y una vez oído el alumno y sus padres o representantes legales, si es menor de edad.

k) Cambio de grupo por un periodo máximo de cinco días lectivos.

l) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia, o en el lugar determinado por el centro en su plan de convivencia, durante un máximo de cinco días lectivos.

m) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de cinco días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de edad.

Las faltas leves contra las normas de convivencia en el centro podrán ser corregidas con hasta dos de las medidas correctoras recogidas en la anterior tabla.

Las faltas leves serán corregidas por el director que, delegará en las personas que se indican a continuación:

Los profesores, oído el alumno, y dando cuenta al tutor y a jefatura de estudios, para la imposición de las medidas previstas en las letras a), b), c), d), e), y

f) del cuadro anterior.

El tutor, tras oír al alumno, a la persona que en su caso, haya presenciado los hechos, y dando cuenta a jefatura de estudios, para la imposición de las

mismas medidas que el profesor, y además, para las previstas en las letras g) y h) del cuadro anterior.

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El jefe de estudios, tras oír al alumno y su profesor o tutor, para la imposición de las mismas medidas que el profesor y el tutor, y además, para las previstas

en las letras i), j), k), l) y m) del cuadro anterior.

Ejecutividad y comunicación de las medidas correctoras por faltas leves.

Las decisiones de adoptar medidas correctoras por la comisión de faltas leves serán inmediatamente ejecutivas.

La imposición de las medidas correctoras deberá ser comunicada por escrito a sus padres. El traslado a los padres de la comunicación se podrá realizar

mediante la entrega personal al alumno de la misma, que deberá firmar un recibí y devolverla firmada por sus padres el día lectivo siguiente al de su

entrega. Cuando se considere necesario, se podrá contactar, además, con los padres por cualquier otro medio con el fin de asegurar la recepción de la

comunicación por los mismos.

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FALTAS GRAVES. TIPIFICACIÓN Y MEDIDAS CORRECTORAS.

Tipificación y medidas correctoras de las faltas graves.

Se consideran faltas graves contra las normas de convivencia en el centro las conductas recogidas en la siguiente tabla, cuando por su entidad no llegaran a

tener la consideración de faltas muy graves.

PROCEDIMIENTO POR FALTAS GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TIPIFICACIÓN DE CONDUCTAS (art. 32) MEDIDAS CORRECTORAS (art.33)

a) La comisión de una falta leve tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de tres faltas leves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas leves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno, o, en su caso, la negativa a cumplir los acuerdos alcanzados en el proceso de mediación escolar o en los contratos de convivencia.

c) La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida escolar.

d) Los actos graves de indisciplina, incorrección o desconsideración, injuria u ofensa contra el personal del centro o encargado de las actividades extraescolares o servicios complementarios.

e) Las amenazas, insultos o actos violentos entre compañeros que no causen un daño grave

a) Cambio de grupo por un periodo máximo de quince días lectivos.

b) Realización de tareas educativas en el aula de convivencia del centro, o en su defecto en el lugar que se determine, durante un máximo de quince días lectivos.

c) Realización, fuera del horario lectivo y durante un máximo de quince días, de una tarea o un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación del daño causado. Esta medida deberá comunicarse previamente a los padres o representantes legales en el caso del alumnado menor de edad.

d) Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias que tenga programada el centro en los tres meses siguientes a la comisión de la falta grave contra las normas de convivencia.

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f) Los actos de falta de respeto, amenazas, insultos, coacciones o agresión cometidos contra el profesorado, cuando por su entidad y circunstancias no sean considerados como muy graves, así como aquellos que pudieran causar grave perjuicio a la integridad, dignidad o a la salud personal de cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) Copiar en los exámenes, trabajos o pruebas de evaluación, consultando o plagiando los trabajos o ejercicios de otros alumnos, u obteniendo, en el caso de los exámenes y pruebas de evaluación, información de libros de texto, apuntes o dispositivos electrónicos o telemáticos

h) La suplantación de personalidad en actos de la vida académica y la falsificación o sustracción de pruebas de evaluación, documentos académicos, boletines de calificaciones o cualquier otro documento de notificación a los padres o representantes legales, en el caso de alumnos menores de edad.

i) El acceso indebido o sin autorización a ficheros, documentación y dependencias del centro.

j) Los daños graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de los mismos.

k) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa, así como la introducción en el centro de objetos peligrosos.

l) El consumo dentro del recinto del centro, en los alrededores o en el desarrollo de actividades complementarias o extraescolares de alcohol, drogas y de cualquier tipo de sustancias perjudiciales para la salud.

m) Las conductas tipificadas como leves contra las normas de convivencia del centro, recogidas en el artículo 29, si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.

n) La incitación o el estímulo a la comisión de una falta grave contra las normas de convivencia.

e) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante un periodo máximo de quince días lectivos, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

f) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo máximo de quince días lectivos. Durante la impartición de estas clases el alumno deberá permanecer en el centro efectuando los trabajos académicos que se le encomienden, por parte del profesorado responsable del área, materia o módulo afectado, para evitar la interrupción en el proceso formativo. El jefe de estudios organizará la atención al alumno al que le haya sido impuesta esta medida correctora, según lo dispuesto en las normas de funcionamiento.

g) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre uno y quince días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el equipo docente de su grupo de referencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

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En el supuesto previsto en la letra c) y g) del cuadro anterior se procederá a la retirada del teléfono móvil, o dispositivo electrónico o similar que haya sido

utilizado por el alumno, permaneciendo depositado en dirección hasta que le sea devuelto a los padres.

El alumno que copie o plagie podrá ser corregido con alguna de las medidas previstas para las faltas leves o graves previstas en el plan, sin perjuicio de las

consecuencias académicas que, conforme a la normativa correspondiente en materia de evaluación, puedan derivarse de la anulación, total o parcial, del

trabajo, examen o prueba de evaluación en que haya sido sorprendido copiando.

Las faltas graves podrán ser corregidas, con alguna de las medidas previstas para las faltas leves, o con una de las medidas educativas recogidas en la tabla

anterior.

El director impondrá las medidas correctoras previstas para las faltas graves, pudiendo delegar en el jefe de estudios la imposición en los casos de las letras

a), b), c) y d).

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FALTAS MUY GRAVES. TIPIFICACIÓN Y MEDIDAS CORRECTORAS.

Tipificación y medidas correctoras de las faltas muy graves.

Se consideran faltas muy graves las recogidas en la siguiente tabla.

PROCEDIMIENTO POR FALTAS MUY GRAVES CONTRA LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TIPIFICACIÓN DE CONDUCTAS (art. 34) MEDIDAS CORRECTORAS (art. 35)

a) La comisión de una falta grave tras haber sido corregido el alumno durante el curso por la comisión de dos faltas graves.

b) El incumplimiento de la medida correctora adoptada ante la comisión de faltas graves contra las normas de convivencia, salvo que el incumplimiento se deba a causas ajenas al propio alumno.

c) Las amenazas, insultos y agresiones o actos violentos entre compañeros que causen un daño grave, así como los actos que atenten gravemente contra la integridad, intimidad o dignidad de los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.

d) Los actos graves de agresión, insultos, amenazas o actitudes desafiantes cometidos hacia los profesores y demás personal del centro, así como el acoso físico o moral, realizado por cualquier vía o medio, contra los miembros de la comunidad educativa.

e) Las vejaciones, humillaciones, discriminaciones u ofensas muy graves contra cualquier miembro de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el sexo, orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas

a) Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo comprendido entre dieciséis y treinta días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia, para evitar la interrupción en el proceso formativo. Las normas de convivencia y conducta del centro determinarán los mecanismos que posibiliten un adecuado seguimiento de dicho proceso, especificando el horario de visitas al centro del alumno y garantizando siempre el derecho del alumno a realizar las pruebas de evaluación o exámenes que se lleven a cabo durante los días que dure la suspensión.

b) Suspensión del derecho a la utilización del transporte escolar del centro durante todo el curso académico, cuando la conducta contraria haya sido cometida en el transporte escolar, siempre que en función de la edad o de la existencia de transporte público alternativo el alumno no se viera imposibilitado de acudir al centro.

c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias durante todo el curso

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f) La grabación, publicidad o difusión, a través de teléfono móvil o de cualquier otro medio, soporte o dispositivo electrónico o telemático, de agresiones, actos que tengan un componente sexual, humillaciones o actos violentos, que guarden relación con la vida escolar o que atenten contra la intimidad, el honor, la integridad o dignidad de algún miembro de la comunidad educativa.

g) Los daños muy graves causados en los documentos, locales o materiales del centro, transporte escolar, instalaciones donde se desarrollen actividades complementarias o extraescolares, o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

h) La venta en el centro de sustancias perjudiciales para la salud, o la incitación de su consumo a otros alumnos, así como la incitación al uso de objetos peligrosos para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

i) La posesión o venta de sustancias estupefacientes.

académico.

d) Cambio de centro, cuando se trate de un alumno de enseñanza obligatoria.

e) Expulsión del centro.

Las faltas muy graves podrán ser corregidas, con alguna de las medidas previstas para las faltas leves y graves, o con una de las medidas correctoras

recogidas en la tabla anterior.

La conducta tipificada en la tabla anterior, letra e) llevará asociada, como medida correctora la expulsión, temporal o definitiva, del centro.

La medida correctora de expulsión o cambio de centro, se acordará con carácter excepcional, una vez agotadas todas las medidas adoptadas para el alumno

en aplicación del plan de convivencia del centro, o cuando concurran circunstancias que la hagan necesaria. El director deberá exponer las razones que, a su

juicio, justifican o exigen que el alumno sea trasladado o expulsado del mismo y motivar, en su resolución, la necesidad de la medida.

Cuando el alumno cambie voluntariamente de centro antes del cumplimiento de la medida correctora que le haya sido impuesta, deberá terminar de cumplir

la misma en el nuevo centro, salvo que la medida correctora impuesta fuera el cambio de centro. Para ello se acompañará, con los documentos básicos de

evaluación, un informe con las medidas educativas que estén pendientes de cumplir, salvaguardando los datos del alumno que exijan confidencialidad o

sean objeto de privacidad o protección.

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Procedimientos por faltas graves y muy graves.

Procedimientos por hechos constatados por un profesor.

Para la imposición de las medidas correctoras por faltas graves y muy graves contra las normas de

convivencia, cuando el profesor que haya estado presente durante la comisión constate en su

informe la autoría y veracidad de los hachos, el director, o el jefe de estudios cuando tenga delegada

esta competencia, impondrá la medida correctora correspondiente con arreglo al procedimiento

establecido en el presente.

El profesor que haya estado presente durante la comisión de conductas contrarias a las normas de

convivencia, en el plazo de los dos días lectivos siguientes entregará en la jefatura de estudios un

informe en el que describirá detalladamente los hechos, las personas que hayan intervenido en su

realización, el lugar y las circunstancias en que se han producido así como los testigos, que en su

caso, los hayan presenciado.

El director designará como instructor a un profesor, preferentemente el jefe de estudios, y lo

comunicará al alumno y a sus padres.

El instructor designado, a la vista del informe del profesor y en caso de estimarse necesario, de las

nuevas pruebas practicadas, redactará la propuesta de resolución, que se comunicará al alumno y a

sus padres, conteniendo los hechos que se le imputan, la tipificación de los mismos con arreglo a lo

establecido en el decreto de convivencia, las circunstancias paliativas o acentuantes, si las hubiere y

las medidas correctoras que se podrían imponer, concediéndoles un plazo de dos días lectivos para

formular alegaciones y proponer aquellos medios de prueba que en el ejercicio de su derecho de

defensa considere oportuno. Dichas alegaciones podrán formularse por escrito o mediante

comparecencia personal en el centro, de la que se levantará acta, en su caso.

Cuando el alumno autor de los hechos reconozca su responsabilidad se hará constar y firmará su

conformidad, debiendo realizarse, dicho reconocimiento para que tenga valor probatorio, en

presencia de sus padres.

El director, o el jefe de estudios cuando tenga delegada la competencia para imponer las medidas

previstas en las letras a), b), c) y d) de las faltas graves, a la vista del informe del profesor y de las

alegaciones presentadas, en su caso, por los padres del alumno, tomará la decisión, detallando en su

resolución los hechos probados, la calificación de los mismos, las circunstancias paliativas o

acentuantes, si las hubiere, y la medida correctora que proceda aplicar.

Procedimiento por faltas graves y muy graves ante hechos no constatados por un profesor.

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Cuando los hechos no se puedan constatar con el informe de un profesor que haya estado presente

durante su comisión, para la imposición de las medidas correctoras por faltas graves o muy graves

contra las normas de convivencia el director ordenará la incoación de un expediente y designará un

instructor, que en el caso de faltas graves será preferentemente el tutor. La incoación del expediente

y la designación del instructor se comunicarán al alumno y a sus padres.

El tutor, o el profesor designado, iniciarán las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los

hechos mediante la declaración de testigos y la práctica de cuantas diligencias se estimen oportunas.

Cuando el alumno autor de los hechos reconozca su responsabilidad lo hará en presencia de sus

padres, que firmarán la conformidad.

Concluida la instrucción del expediente, que no podrá exceder de diez días lectivos, el instructor

formulará la propuesta de resolución, que deberá contener una descripción detallada de los hechos o

conductas probadas que se imputan al alumno; la tipificación de los mismos con arreglo a lo

establecido en el decreto de convivencia; las circunstancias paliativas o acentuantes, si las hubiere,

y la medida correctora que se propone.

Cuando se trate de faltas graves o muy graves el instructor concederá trámite de audiencia al

alumno y también a sus padres, para comunicarles la propuesta de resolución y el plazo de diez días

lectivos de que dispone para alegar y proponer aquellos medios de prueba que consideren

oportunos. Dichas alegaciones y pruebas propuestas se podrán formular por escrito o mediante

comparecencia personal en el centro, de la que se levantará acta, en su caso.

La conformidad y renuncia a dichos plazos, deberá formalizarse por escrito.

Transcurrido el plazo de alegaciones el instructor elevará al director el expediente completo,

incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran formulado. El

director, o el jefe de estudios cuando tenga delegada la competencia para imponer las medidas

previstas para las faltas graves en las letras a), b), c) y d) adoptará la resolución y notificará las

mismas por escrito a sus padres, que firmarán el recibí.

La resolución contendrá los hechos o conductas probadas que se imputan al alumno; la calificación

de los mismos con arreglo a lo establecido en el decreto de convivencia; las circunstancias

paliativas o acentuantes, si las hubiere; los fundamentos jurídicos en que se base la medida

correctora impuesta; el contenido de la misma, y su fecha de efectos.

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Resolución.

La resolución deberá estar suficientemente motivada y deberá tener en cuenta, en su caso, las

alegaciones presentadas. En la misma se decidirá la imposición de las medidas correctoras que

procedan o se podrá declarar la no existencia de responsabilidades, cuando se estimen las

alegaciones presentadas.

El procedimiento deberá resolverse en el plazo máximo de treinta días lectivos desde la fecha del

inicio del mismo.

Medidas provisionales.

Como medida provisional, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción,

el director podrá decidir la suspensión del derecho de asistencia al centro, o a determinadas clases o

actividades, así como cualquier otra medida de las previstas en este decreto, con la finalidad de

asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, cuando sea necesario aplicar esta medida en

atención a las circunstancias que concurran. En todo caso el período de aplicación de la misma no

podrá exceder del tiempo que previsiblemente pudiera llegar a imponerse por la conducta a la

finalización del procedimiento, siendo computable, a efectos del cumplimiento de la medida

correctora, el periodo que haya permanecido el alumno sujeto a la medida provisional. Las medidas

provisionales se adoptarán, conforme a la ley, mediante acuerdo motivado y serán comunicadas al

alumno y a sus padres.

Reclamaciones y recursos.

1. Contra las decisiones por las que se impongan medidas correctoras por faltas leves no cabrá

recurso alguno y serán inmediatamente ejecutadas.

2. Contra la resolución por las que se impongan medidas correctoras por faltas graves y muy

graves, los padres podrán presentar reclamación en el plazo de dos días lectivos ante el

consejo escolar. El consejo escolar, a la vista de los informes incorporados al expediente

durante su instrucción y de las alegaciones contenidas en la reclamación presentada, podrá

revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas, con forme a lo

dispuesto en la LOE.

El director, en virtud de las competencias atribuidas en la LOE, en el plazo de cinco días

lectivos desde que reciba la propuesta del consejo escolar, dictará nueva resolución,

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ratificando dicha propuesta o motivando, en su caso, la desestimación de la misma, y en la

que detallará los hechos o conductas probados que se imputan al alumno; la calificación de

los mismos; las conductas paliativas o acentuantes, si las hubiere, y la medida correctora que

procede aplicar.

3. Contra la resolución del director, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer

recurso potestativo de reposición o bien formular directamente recurso contencioso-

administrativo, salvo cuando la medida correctora impuesta sea la de cambio o expulsión del

centro, en cuyo caso se podrá interponer recurso de alzada ante la dirección general

competente en materia de convivencia escolar.

4. Cuando se presente recurso de alzada o reclamación contra la medida de cambio o expulsión

de centro, la dirección general competente en materia de convivencia escolar deberá recabar

información de la Inspección de educación a los efectos de valorar la idoneidad de la medida

para la mejora de la convivencia en el centro.

5. Los padres podrán mostrar su conformidad con la resolución del director por la que se

imponga la medida correctora de cambio o expulsión de centro, y renunciar por escrito a

interponer el recurso de alzada antes de que transcurra el plazo para interponerlo, cuando

consideren que la aplicación inmediata de la medida sea más beneficiosa para su proceso

educativo. En este caso, el director podrá acordar la ejecución inmediata de la medida

correctora.

Circunstancias paliativas y acentuantes.

A efectos de la gradación de las medidas correctoras se tendrán en cuenta las circunstancias

paliativas o acentuantes.

Se consideran circunstancias paliativas las siguientes:

a) El reconocimiento y arrepentimiento espontáneo de la conducta cometida, así como la

petición pública o privada de disculpas en los casos de injurias, ofensas o alteración del

desarrollo de las actividades del centro.

b) La ausencia de intencionalidad en el daño causado o en la perturbación de las actividades del

centro.

c) La reparación voluntaria e inmediata de los daños producidos, ya sean físicos o morales, o el

ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.

d) El carácter ocasional de la falta en la conducta habitual del alumno.

e) El compromiso voluntario adquirido por el alumno, de forma escrita, en caso de acuerdo,

conciliación o mediación ante una situación conflictiva entre iguales.

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f) Otras circunstancias de carácter personal del alumno que puedan incidir o motivar su

comportamiento contra las normas de convivencia del centro y, en particular, si se trata de

un alumno con necesidades educativas especiales.

Se consideran circunstancias acentuantes las siguientes:

a) La premeditación.

b) La reiteración en un mismo curso escolar de más de una conducta contraria a las normas de

convivencia, siempre que el alumno hubiera sido corregido mediante resolución firme por

otra conducta de igual o mayor gravedad, o por dos de gravedad inferior. Esta circunstancia

no podrá apreciarse cuando sea precisamente la reiteración de faltas leves o graves lo que se

tipifica como conducta contraria a las normas de convivencia en la letra a) de las tablas de

tipificación de las faltas graves y muy graves.

c) El abuso de poder, de fuerza o de confianza. Cuando la agresión, injuria u ofensa se realice

contra quien se halle en situación de inferior edad, discapacidad, reciente incorporación al

centro o situación de indefensión. Esta circunstancia no podrá apreciarse cuando se corrijan

las infracciones tipificadas como muy graves en la letra e) de la tabla de tipificación de las

faltas muy graves.

d) Actuar con alevosía o ensañamiento.

e) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras o desafiantes, de menosprecio continuado

o de acoso dentro o fuera del centro. Esta circunstancia no podrá apreciarse cuando se

corrijan las infracciones tipificadas como muy graves en las letras c) y d) de la tabla de

tipificación de las faltas muy graves.

f) La naturaleza y especial entidad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los

miembros de la comunidad educativa.

g) Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la

comunidad educativa.

En el caso de que concurran circunstancias paliativas y acentuantes ambas podrán compensarse a la

hora de decidir las medidas que se vayan a adoptar.

Comunicaciones.

1. Las comunicaciones relacionadas con los procedimientos preventivos o correctivos

establecidos en este plan se podrán realizar mediante entrega personal a los padres, que

deberá firmar el recibí. Se podrán entregar al alumno siempre que, en función de su edad y

características, se considere adecuado este medio de comunicación. El alumno deberá

devolverla firmada por sus padres el día lectivo siguiente. Con el fin de asegurar la

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recepción por los padres, se podrá contactar, además, por cualquier otro medio de

comunicación inmediato (por teléfono).

2. En cumplimiento del mandato de implantación de medios electrónicos en la administración

regional, artículo 23 /2014, de 21 de marzo, las comunicaciones relacionadas con los

procedimientos establecidos en este plan se podrán realizar, además, por cualquier medio de

comunicación inmediata que permita tener constancia de haberse realizado y de su fecha,

incluyendo los mensajes de texto o correos electrónicos enviados a través de las plataformas

o aplicaciones informáticas que la administración educativa tenga establecidas o mediante el

uso de aquellos canales , medios o sistemas de comunicación que, en función del desarrollo

tecnológico del momento, se consideren más adecuados. Todo ello conforme a lo

establecido en el Decreto 302/2011, de 25 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Gestión

Electrónica de la Administración Pública de Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

3. El centro recabará en el momento de formalizar la matrícula o en otro posterior, de sus

padres, los datos que permitan su ejecución y la conformidad con este medio de notificación.

4. En el procedimiento de aplicación de medidas correctoras, la no presentación de

alegaciones o la incomparecencia sin causa justificada del padre o bien la negativa a recibir

comunicaciones o notificaciones, no impedirá la continuación del procedimiento y la

adopción de la medida correctora que proceda, dejando constancia en el expediente de esta

circunstancia.

Plazos de prescripción.

1. Las faltas leves prescribirán en el plazo de un mes, las graves en el de tres meses y las muy

graves en el plazo de seis meses, contados a partir de la fecha en la que los hechos se

hubieran producido.

2. Las medidas correctoras impuestas por faltas leves prescribirán en el plazo de un mes, y en

todo caso, a la finalización del curso escolar; las medidas impuestas por faltas graves, en el

plazo de seis meses, y las impuestas sobre las muy graves en el plazo de doce meses.

Las medidas impuestas por faltas graves o muy graves, siempre que no hayan prescrito, se

podrán cumplir en el curso escolar siguiente o en otro centro educativo, cuando se haya

cambiado de centro.

3. Los plazos se contarán a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al

interesado, excluyéndose los períodos de vacaciones escolares del cómputo de los plazos.

4. Los anteriores plazos de prescripción de las faltas y de las medidas correctoras se

interrumpirán cuando se haya acordado la suspensión del procedimiento o la aplicación

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efectiva de las medidas correctoras ya impuestas, o se haya suscrito un acuerdo o contrato de

convivencia.

Ejecutividad de las medidas correctoras.

1. Las medidas correctoras por faltas graves o muy graves que puedan ser reclamadas ante el

consejo escolar del centro, no se ejecutarán hasta que transcurra el plazo de dos días lectivos

para reclamar, o se resuelva expresamente, en su caso, la misma por el director.

2. Las medidas correctoras de cambio o expulsión de centro no podrán ser ejecutadas o

cumplidas hasta que transcurra el plazo de un mes para interponer el recurso de alzada o

reclamación o se resuelva expresamente, en su caso, el recurso de alzada o la reclamación,

salvo que, sus padres hayan mostrado su conformidad con la resolución del director y

renunciado por escrito a interponer recurso de alzada.

Concurrencia de sanciones con el orden penal.

1. No podrán adoptarse medidas correctoras por los hechos que hayan sido sancionados penal o

administrativamente en los casos que se aprecie identidad de sujeto, hecho y fundamento.

En este sentido, aquellos hechos que pudiesen ser constitutivos de infracción penal podrán

ser también sancionados cuando el fundamento de esta sanción, que ha de ser distinto del de

penal, sea la seguridad y el buen orden del centro.

2. Cuando el director del centro tenga constancia de que los hechos por los que se esté

tramitando un procedimiento a un alumno del centro hayan sido sometidos a la jurisdicción

penal, paralizará inmediatamente la tramitación del mismo hasta que se dicte sentencia,

cuyos hechos probados serán vinculantes, en el supuesto de que proceda su reanudación.

Abstención y recusación.

1. El director, el jefe de estudios o cualquiera de los profesores que intervengan en el

procedimiento de aplicación de medidas correctoras, en quienes concurran alguno de los

motivos de abstención en el procedimiento previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, se abstendrán de intervenir y lo comunicarán a su superior inmediato,

quien resolverá.

2. Los padres podrán solicitar la recusación de los mismos de acuerdo con lo previsto en el

artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

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Premios y reconocimientos.

El centro podrá establecer premios, diplomas y/o distinciones de carácter interno destinados a

reconocer el esfuerzo, la colaboración y el buen hacer de determinados miembros de la comunidad

educativa en materia de convivencia escolar.

Aplicación informática.

Todas las medidas aplicadas serán registradas en la aplicación informática establecida por la

administración.

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9.- PROTOCOLO PARA LA EVALUACIÓN E INTERVENCIÓN ANTE CONDUCTAS PROBLEMÁTICAS EN ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DERIVADAS DE DISCAPACIDAD INTELECTUAL.

A. INTRODUCCIÓN La convivencia en el contexto escolar está relacionada con la creación de un clima

favorable para el desarrollo y aprendizaje de valores y comportamientos que los

alumnos, como ciudadanos, han de ejercer para ser socialmente competentes. La

creación de este clima es responsabilidad de todos los agentes que intervienen en el

proceso de enseñanza-aprendizaje: profesores, familias, alumnos e institución.

En las aulas abiertas, por las características de su población, la creación de este clima

de convivencia presenta una serie de singularidades. Por un lado, las propias

características de los alumnos y la tipología de dificultades de convivencia que pueden

surgir requieren de protocolos de actuación y habilidades específicas en los

profesionales. Por otra parte, el alto nivel de coordinación y sistematización de la

respuesta entre los distintos implicados, puede hacer aparecer disfunciones que

impliquen al nivel de convivencia en el centro.

En el presente plan pretendemos delimitar las necesidades que pueden aparecer en

cuanto a la convivencia en el caso de los alumnos del aula abierta y las propuestas de

actuación, basadas en la legislación publicada en este ámbito: Resolución de 15 de

Abril de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la

Diversidad, por la que se establece un protocolo para la evaluación e intervención ante

conductas problemáticas en alumnado con necesidades especiales derivadas de

discapacidad intelectual.

B. FACTORES QUE AFECTAN AL CLIMA DE CONVIVENCIA

B1. CARACTERÍSTICAS DEL ALUMNADO

Los alumnos del aula abierta manifiestan necesidades educativas como consecuencia de

discapacidades intelectuales y cognitivas específicas y la mayor parte presentan

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Trastorno del Espectro Autista, reduciéndose el nivel de comprensión de las situaciones

sociales, y por otro, el déficit en funciones de resolución de problemas que implican

falta de planificación, percepción de las consecuencias y dificultades en el control de los

impulsos, conlleva la aparición de conductas inadaptadas.

Diferentes estudios muestran que los comportamientos inadaptados tienen una causa

múltiple y que se hace más compleja con el paso del tiempo. Un número importante de

alumnos presentan alteraciones orgánicas, como hipersensibilidad a determinados

estímulos, dificultades perceptivas, dolor... Otros alumnos muestran conductas

inadecuadas como consecuencia tanto de un exceso de activación (ansiedad, ambiente

muy ruidoso) como defecto de activación (falta de actividades que realizar,

aburrimiento). La mayor parte de los problemas aparecen como una forma de intentar

adaptarse a un ambiente cambiante y ante el cuál se carece de habilidades adaptativas

socialmente aceptables, esto ocurre fundamentalmente cuando se presentan

discapacidades en la comunicación, autonomía y autodirección como es el caso de

nuestro alumnado. Finalmente, con independencia del origen de las dificultades, en la

mayoría de las ocasiones, el comportamiento desadaptado ha adquirido una

funcionalidad para el alumno a través del tiempo, por ejemplo, conseguir un reforzador

(objeto, atención del adulto, actividad, interacción…) o evitar una situación que le

desagrada (actividad, interacción, atención sostenida en una tarea…). En otros casos las

conductas problemáticas pueden llegar a ser bastantes graves precisando de

intervenciones físicas restrictivas.

Habitualmente, cuando se analiza un problema de comportamiento menos o más grave,

son múltiples las variables que provocaron o están manteniendo dicha conducta que

altera la convivencia. Por tanto el análisis funcional para la resolución del problema

requiere de instrumentos e información de distintas fuentes, incluyendo la familia, el

profesorado y otros profesionales.

C. PROTECCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE AGRESIONES:

PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN C.1: PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN.

1. La intervención ante conductas problemáticas graves se basará en el respeto de los

valores del alumno y en la evaluación funcional del comportamiento problemático,

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utilizando de forma prioritaria procedimientos y técnicas destinadas a la enseñanza de

habilidades alternativas y a la adaptación del entorno.

2. La intervención se realizará en los contextos de la vida diaria del alumno, haciendo

uso de los recursos disponibles y basándose en una visión compartida del problema, y

exigirá el trabajo en equipo y del compromiso por parte de todos y cada uno de los

miembros del equipo docente y de los profesionales del centro, así como de las familias

de los alumnos.

3. El éxito de la intervención se medirá por el incremento en la frecuencia de la

conducta alternativa, el descenso de frecuencia e intensidad de la conducta problemática

y por la mejora en la calidad de vida del alumno.

4. Los procedimientos y técnicas que se apliquen se ajustarán a los valores del alumno,

al respeto de su dignidad y sus preferencias, y a la mejora de su calidad de vida.

C.2: PROTOCOLO DE EVALUACIÓN E INTERVENCIÓN ANTE

CONDUCTAS PROBLEMÁTICAS GRAVES.

1. Corresponde al equipo directivo del centro garantizar que el protocolo de evaluación

e intervención ante conductas problemáticas graves se desarrolle adecuadamente

conforme a lo establecido en la presente resolución.

2. El procedimiento de actuación del protocolo de evaluación e intervención será el

siguiente:

I. Fase de evaluación. Una vez detectadas las conductas problemáticas graves se

realizará una evaluación funcional de dichas conductas de acuerdo con lo previsto en el

resuelvo cuarto de la presente resolución.

II. Fase de intervención. A partir de la información obtenida en la fase anterior, se

elaborará un plan individual de apoyo conductual positivo para el alumno. En dicho

plan se priorizará la enseñanza de habilidades alternativas, el diseño de adaptaciones del

entorno y la introducción de mejoras en el estilo de vida del alumno.

III. Fase de seguimiento. En esta fase se realizará el seguimiento del alumno para

valorar el incremento en el uso de habilidades alternativas y la eliminación o

disminución de la frecuencia e intensidad con la que ocurren las conductas

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problemáticas; así como la evaluación de la eficacia del plan de apoyo conductual

positivo. En el caso de que, como resultado del seguimiento y la evaluación de las

actuaciones y medidas emprendidas, éstas resultaran insuficientes, los servicios de

orientación educativa podrán derivar al alumno al Equipo de Orientación Educativa y

Psicopedagógica Específico correspondiente, y si este lo considera necesario después de

su intervención, a la unidad de atención educativo terapéutica conforme el

procedimiento establecido en la normativa vigente.

3. Será responsabilidad de la jefatura de estudios el adecuado y eficaz desarrollo del

protocolo de evaluación e intervención ante conductas problemáticas graves en el centro

educativo, pudiendo solicitar en cualquier momento del desarrollo del mismo la

colaboración de los servicios de orientación educativa, del Servicio de Prevención de

Riesgos Laborales y de la Inspección de Educación.

4. El desarrollo de este protocolo requerirá de un trabajo interdisciplinar que posibilite

una intervención coordinada entre los profesionales de las administraciones educativa y

sanitaria, manteniendo una estrecha colaboración con los padres o representantes legales

de los alumnos, así como con los servicios de salud mental, servicios sociales,

asociaciones, y otros responsables de su atención. A tal efecto, y con el consentimiento

de los padres o representantes legales, se permitirá el intercambio de información entre

los profesionales que intervengan con el alumno garantizando su seguridad,

confidencialidad y deber de sigilo, pudiendo usar el modelo orientativo previsto en el

anexo I de la presente resolución.

5. En situaciones provocadas por conductas problemáticas que supongan un peligro

manifiesto y grave, existe la obligación de prestar auxilio o socorro, el cual podrá

consistir, en función de la gravedad y de las circunstancias de la situación, en la práctica

de primeros auxilios, en la utilización de intervenciones físicas restrictivas o en la

comunicación al servicio de emergencias regional (112).

6. Conforme a lo establecido en el artículo 3.2. e) del Decreto 16/2016, de 9 de marzo,

el plan de convivencia incluirá el procedimiento específico de actuación para intervenir

ante las conductas problemáticas contemplado en esta resolución.

C.3: EVALUACIÓN FUNCIONAL DE LA CONDUCTA PROBLEMÁTICA.

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1. La evaluación funcional de la conducta problemática tiene por objeto identificar las

variables que inciden en su ocurrencia y determinar la función que tiene dicha conducta

y el objetivo que persigue, con el fin de elaborar, sobre esa base, planes de apoyo

conductual orientados a reducirla o eliminarla.

2. La evaluación funcional de la conducta problemática del alumno tendrá como

referente la información contemplada en su informe psicopedagógico, e incluirá como

mínimo:

a) La identificación de la conducta problemática, describiendo en qué consiste la

conducta, con qué frecuencia ocurre y con qué intensidad.

b) El análisis de la historia de la conducta problemática, indicando cuando apareció

por primera vez, desde cuando se produce y si ha habido una evolución o cambio

significativo de la misma.

c) El análisis del contexto en el que se produce la conducta problemática, identificando

aquellas características del entorno escolar, familiar y social que pueden estar

influyendo en su presencia.

d) El análisis de los acontecimientos que ocurren justo antes de que se produzca la

conducta problemática, describiendo los lugares, personas, horas, actividades y eventos

que inmediatamente preceden a su aparición.

e) El análisis de las consecuencias que ocurren inmediatamente después de la

conducta problemática, identificando las reacciones y las pautas de actuación que

pueden contribuir a aumentar o aminorar el problema de conducta.

f) El análisis del significado de la conducta, estableciendo hipótesis sobre la función

de dicha conducta.

Con objeto de facilitar la realización de la evaluación funcional de la conducta se

incluye un modelo de informe orientativo en el anexo II de la presente resolución.

3. La evaluación funcional de las conductas problemáticas del alumno será realizada

conjuntamente por su tutor, el orientador del centro y, en su caso, por el maestro de

pedagogía terapéutica. A tal efecto, contarán con la colaboración de la familia del

alumno y de los profesionales que le atienden en los diferentes contextos en los que se

desenvuelve, tanto educativo como sanitario.

4. Los equipos docentes establecerán un orden de prioridad entre las conductas

problemáticas identificadas con la finalidad de determinar qué conductas deben ser

objeto de una evaluación funcional e intervención prioritaria.

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5. En caso de que sea necesario, la evaluación funcional de la conducta se realizará en

diversos contextos, en la medida en que las conductas problemáticas pueden servir para

diferentes objetivos en diferentes entornos.

C.4: PLAN INDIVIDUAL DE APOYO CONDUCTUAL POSITIVO

1. El alumnado que presente conductas problemáticas graves asociadas a necesidades

educativas especiales derivadas de discapacidad intelectual dispondrá de un plan de

apoyo conductual positivo, que se mantendrá vigente mientras tengan continuidad las

conductas problemáticas graves del alumno.

2. El plan de apoyo conductual positivo tiene como objetivo la eliminación o

disminución de las conductas problemáticas del alumno, la mejora de sus capacidades y

oportunidades de participación en el medio escolar, social y familiar, y la mejora de su

calidad de vida.

3. Este plan, que formará parte del plan de trabajo individualizado del alumno, se

elaborará a partir de la evaluación funcional de la conducta problemática e incluirá, al

menos:

a) Objetivos que se pretenden conseguir con el desarrollo del plan.

b) Procedimientos de intervención, en los que se contemplarán tanto medidas

preventivas como, en su caso, estrategias reactivas, y medidas de coordinación.

c) Evaluación y seguimiento del plan, incluyendo los indicadores para valorar el

progreso del alumno y la eficacia del plan de apoyo; así como los instrumentos para la

recogida de información.

Con objeto de facilitar la realización del plan individual de apoyo conductual positivo se

incluye un modelo orientativo en el anexo III de la presente resolución.

4. Dicho plan incluirá, en su caso, el procedimiento para la utilización de intervenciones

físicas restrictivas y el procedimiento de actuación ante episodios de crisis agresiva

grave, conforme lo establecido en el resuelvo octavo y noveno de la resolución.

5. El plan de apoyo conductual positivo será elaborado conjuntamente por el tutor del

alumno, el orientador del centro y, en su caso, por el maestro de pedagogía terapéutica;

y contarán con la colaboración de la familia del alumno y de los profesionales que le

atienden en los diferentes contextos en los que se desenvuelve, tanto escolar como

sanitario.

6. Los profesores técnicos de servicios a la comunidad o los trabajadores sociales, en

aquellos centros que cuenten con los mismos, realizarán, sin perjuicio de las actuaciones

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que realice con anterioridad, una intervención socioeducativa en aquellos casos en los

que exista una situación social o familiar que así lo requiera. Asimismo, se podrá

solicitar la ayuda e intervención de los servicios municipales, regionales o estatales que

proceda, para prestar al alumno y a sus familias el apoyo psicológico, sanitario o social

que, en su caso, pudieran precisar.

7. El equipo docente evaluará la eficacia del plan de apoyo conductual positivo al

menos una vez al trimestre, verificando el incremento en el uso de habilidades

alternativas por parte del alumno y la disminución de la frecuencia e intensidad con la

que ocurre la conducta problemática; e introduciendo, en su caso, las modificaciones

que se consideren oportunas.

8. El tutor informará a los profesionales implicados y a la familia del alumno de los

resultados obtenidos en dichas evaluaciones.

C.5: MEDIDAS DE PREVENCIÓN.

1. Conforme al artículo 24 del Decreto 16/2016, de 9 de marzo, los centros educativos,

en el ejercicio de su autonomía, podrán adoptar, para evitar o impedir la comisión de

conductas contrarias a las normas de convivencia, las medidas educativas de carácter

preventivo que consideren oportunas. Estas medidas, además de las contempladas en el

capítulo II del citado Decreto, incluirán la planificación de estrategias de intervención

en el entorno y de aprendizaje de habilidades alternativas que contribuyan a la

reducción de las conductas problemáticas.

2. De acuerdo con la identificación de los antecedentes de la conducta problemática

realizada en la evaluación funcional, se determinarán las modificaciones del entorno,

tanto en variables de actividad y ambientales, como en variables personales y sociales.

Dichas modificaciones irán dirigidas a:

a) Diseñar entornos comprensibles y previsibles, delimitando espacial y temporalmente

las diferentes actividades que tienen lugar en el día a través de la utilización de apoyos

visuales (pictogramas, fotografías, dibujos, objetos, etc.).

b) Retirar, eliminar o modificar un suceso para prevenir que ocurra la conducta

problemática (evitar que se siente al lado de un determinado compañero; evitar tareas

repetitivas; acortar el tiempo de la tarea; reducir el número de tareas a realizar;

modificar la enseñanza para disminuir el número de errores; aumentar el ritmo de la

actividad; modificar factores ambientales como el ruido o la luz; etc.)

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c) Alternar tareas difíciles con otras más fáciles, o combinar tareas que ya sabe realizar

con otras que está aprendiendo.

d) Añadir nuevas situaciones a su rutina diaria que estimulen conductas positivas (dar a

elegir tareas, materiales y actividades; integrar las preferencias del alumno en el diseño

y en la aplicación de su plan de actividades; utilizar estrategias de aprendizaje

cooperativo para estimular la participación, etc.).

e) Bloquear o neutralizar el impacto de los acontecimientos negativos (permitir al

alumno tener descansos frecuentes durante las actividades que le resultan difíciles;

disminuir el número de actividades a realizar cuando se observa que está agitado o

nervioso; etc.)

3. La enseñanza de habilidades alternativas contribuirá a que el alumno consiga los

resultados deseados por medios más adaptados, evitando que ocurran situaciones

problemáticas y afrontando de forma eficaz las situaciones difíciles.

Estas habilidades pueden consistir en:

a) Enseñanza de habilidades funcionalmente equivalentes. Consiste en enseñar al

alumno a utilizar, en las situaciones o en los entornos que le resultan problemáticos,

conductas que le sirvan para la misma función que la conducta problemática; como por

ejemplo la comunicación, la autonomía personal o las habilidades sociales.

b) Enseñanza de habilidades generales. Consiste en ayudar al alumno a desarrollar

competencias que le permitan prevenir las situaciones problemáticas y, en su caso,

afrontarlas sin tener que presentar conductas desajustadas. Se incluyen habilidades de

resolución de problemas, de autocontrol, de elección, de comunicación, de interacción

social, de aprendizaje, y también de ocio y tiempo libre.

c) Enseñanza de habilidades de afrontamiento y tolerancia. Consiste en enseñar al

alumno cómo afrontar o tolerar las situaciones difíciles o tiempos de espera razonables.

Se trata de determinar qué habilidades de autocontrol debe adquirir para ser capaz de

afrontar este tipo de situaciones ineludibles: cómo controlar la angustia, cómo esperar

pacientemente en una actividad o cómo relajarse cuando se producen situaciones

estresantes que persisten durante la realización de actividades que le resultan difíciles.

4. En la selección y enseñanza de habilidades alternativas se tendrá en cuenta los

siguientes principios:

a) Las habilidades alternativas deben servir exactamente para la misma función

que la conducta problemática.

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b) Se seleccionarán habilidades que le resulten relativamente fáciles de aprender al

alumno, de modo que no le suponga demasiado esfuerzo conseguir el mismo resultado

que con la conducta problemática.

c) Se enseñarán, en primer lugar, habilidades que produzcan los resultados deseados

con rapidez. De este modo, las conductas problemáticas disminuirán rápidamente y el

entorno será más favorable a un aprendizaje fácil y agradable.

d) Se evitará enseñar habilidades alternativas durante o inmediatamente después

de que ocurra la conducta problemática, ya que puede tener el efecto contrario al

deseado.

e) Siempre que sea posible se seleccionarán habilidades que se puedan utilizar en

diferentes situaciones, que sean fácilmente comprensibles por otras personas y que

sean apropiadas en diversos entornos.

f) Se procurará que la conducta alternativa aprendida se convierta en un hábito para el

alumno y sea capaz de trasladarla a los diferentes contextos en los que se desenvuelve.

5. Además de las estrategias contempladas en los apartados anteriores, se podrá utilizar

cualquier otra que, previo asesoramiento por parte de los servicios de orientación

educativa, contribuya a la prevención o disminución de las conductas problemáticas del

alumno.

C.6: ESTRATEGIAS REACTIVAS

1. Las estrategias reactivas constituyen un procedimiento de emergencia para evitar que

el alumno y otras personas del entorno inmediato sufran daños, o para disminuir la

intensidad de las situaciones de crisis cuando las estrategias para la prevención de

conductas problemáticas resulten insuficientes.

2. Las estrategias reactivas, en caso de que se incorporen al plan de apoyo conductual

positivo del alumno, deberán complementar a las estrategias de intervención en el

entorno y a las estrategias de aprendizaje de habilidades alternativas especificadas en el

resuelvo sexto.

3. En consonancia con la evaluación funcional de la conducta, el plan de apoyo

conductual positivo del alumno podrá incluir una o varias de las siguientes estrategias

reactivas:

a) Ignorar la conducta cuando no presente riesgo de producir daños, ni al propio

alumno ni a otras personas.

b) Redirigir al alumno a otra actividad que le distraiga de la conducta no deseada.

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c) Aportar retroalimentación positiva al alumno para recordarle cuál es la conducta

apropiada que se espera de él y qué puede conseguir si llega a controlarla.

d) Aplicar la escucha activa.

e) Controlar la conducta del alumno con la proximidad de un profesional del centro o

compañero con los que sea menos probable que manifieste conductas

problemáticas.

f) Utilizar instrucciones verbales, escritas o gestuales para reorientar al alumno hacia

actividades más apropiadas o para que abandone las actividades en curso.

g) Modificar o cambiar estímulos.

h) Usar intervenciones físicas restrictivas.

i) Cualquier otra estrategia previo asesoramiento por parte de los servicios de

orientación educativa.

4. Cuando las situaciones y episodios de crisis graves del alumno se produzcan con una

frecuencia, duración e intensidad tal, que requieran de una atención especializada que

exceda a la que se le puede ofrecer desde el centro educativo, se podrán aplicar las

medidas correctoras y los procedimientos por la comisión de faltas graves y muy graves

contra las normas de convivencia escolar contempladas en el Decreto 16/2016, de 9 de

marzo.

C. 7: USO DE INTERVENCIONES FÍSICAS RESTRICTIVAS

1. Se considera intervención física restrictiva cualquier método de respuesta a una

conducta problemática grave que implique algún grado de fuerza física dirigida a limitar

o restringir el movimiento o la movilidad del alumno.

2. La intervención física restrictiva puede consistir en el uso de materiales o

equipamiento para restringir o impedir el movimiento del alumno, la utilización de

barreras para limitar la libertad de movimientos, o el contacto físico directo.

3. La utilización de intervenciones físicas restrictivas se regirá por los siguientes

principios:

a) La intervención física será el último recurso excepto cuando el alumno u otras

personas estén en serio e inmediato peligro.

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b) En el caso de tener que utilizar el contacto físico directo, se utilizarán los

procedimientos menos restrictivos, con la mínima fuerza necesaria, y durante el

más corto tiempo posible.

c) Los procedimientos utilizados mantendrán la dignidad del alumno y de los

profesionales del centro educativo.

d) Estos procedimientos tendrán en cuenta las características físicas del alumno, el

tipo e intensidad de la conducta, su localización y el contexto.

e) La intervención física nunca se utilizará como una forma de castigo.

4. En el caso de que sea necesario recurrir a este tipo de intervención se incluirá, en el

plan de apoyo conductual positivo del alumno, el procedimiento de actuación que se

llevará a cabo. Dicho procedimiento recogerá, al menos, los siguientes aspectos:

a) Descripción de la conducta que requiere del uso de la intervención física.

b) Tipo de intervención física que va a utilizarse.

c) Situación en la que es preciso su uso.

d) Personal necesario y papel de cada uno en su uso.

e) Duración de la contención física.

f) Cuándo y cómo dar por finalizado su uso.

g) Cómo tratar al alumno después.

Con objeto de facilitar la realización de dicho procedimiento a los centros docentes, se

incluye un modelo orientativo en el anexo IV de la presente resolución.

5. Todos los casos en los que se utilice algún tipo de intervención física restrictiva

deberán ser registrados debidamente, incluyendo como mínimo:

a) Nombre del alumno.

b) Fecha, hora y lugar del incidente.

c) Profesionales que han intervenido en la contención física.

d) Descripción de los hechos, incluyendo las estrategias utilizadas previas a la

intervención física, el tipo y duración de la intervención física utilizada, y el resultado y

consecuencias de la aplicación del procedimiento.

Con objeto de facilitar el registro de intervenciones físicas a los centros docentes, se

incluye un modelo orientativo en el anexo V de la presente resolución.

6. Además de registrar las intervenciones físicas, se notificará inmediatamente al jefe

de estudios, y en su caso, a la familia del alumno, incorporando los registros de

intervención a su plan de apoyo conductual.

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7. En la medida de lo posible, los procedimientos de intervención en los que sea

necesario el contacto físico directo con el alumno serán aplicados por más de un

profesional. A tal efecto, los centros educativos podrán crear equipos de intervención

física que estarán constituidos por cualquier profesional del centro debidamente

designado por el director del mismo. Para la constitución de dichos equipos de

intervención se contará con el asesoramiento de los servicios de orientación educativa.

8. Los materiales o equipamientos para restringir o impedir el movimiento del alumno

durante el transporte escolar deberán de ser homologados, y contarán con el

asesoramiento previo del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

9. El equipo docente, con el asesoramiento del orientador del centro, revisará de forma

periódica el protocolo de intervención física del alumno, intentando siempre limitar el

nivel de restricción de la misma a lo estrictamente necesario en cada caso y momento y

velando siempre por los derechos y la calidad de vida del alumno.

C.8: PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE UN EPISODIO DE CRISIS

AGRESIVA GRAVE

1. Sin perjuicio de aplicar intervenciones que consigan la disminución de conductas

problemáticas, el alumnado objeto de esta resolución puede presentar episodios de crisis

agresiva grave en los que será necesario que los profesionales del centro educativo

intervengan de forma inmediata para evitar situaciones que le pongan en riesgo al

propio alumno o a otros que se encuentren presentes, o situaciones en las que puede

causar importantes daños materiales.

2. A modo orientativo, el procedimiento de actuación para intervenir ante estas

situaciones podría realizarse atendiendo a las fases que presentan las mismas:

- Fase 1. Fase de identificación de la crisis. Se da cuando se observa la escalada o

incremento de la intensidad de la conducta y coincide con la etapa de ansiedad con la

que se inician todas las crisis. Es el momento en el que se deberá considerar cómo

evitarla. En cuanto aparezca la primera señal, se utilizarán cualquiera de las estrategias

previstas en las letras a), b), c), d), e), f), g) y h) del apartado tercero del resuelvo

séptimo. En el plan de apoyo conductual del alumno se deberá especificar qué signos

pueden ser indicativos de que la crisis va a ocurrir.

- Fase 2. Fase de intervención. En esta fase ya aparece la conducta agresiva, que puede

ir acompañada de negativismo o de una actitud desafiante. Se intentará convencer al

alumno para que se retire de la situación y llevarle a un entorno más tranquilo fuera de

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la situación grupal. Si el alumno se negara desde el inicio a ir a otra zona o se ve poco

viable sacarlo de la situación, se creará un círculo de seguridad que proporcione el

control y aislamiento del alumno desafiante respecto al resto de alumnos y

profesionales. Si pese al círculo de seguridad el alumno se muestra retador y con

intenciones de continuar agrediendo de forma indiscriminada, se considerará el uso de

técnicas de intervención física restrictiva, de acuerdo con lo establecido en el resuelvo

octavo. Si pese a la intervención física el nivel de agitación es insostenible se procederá

a llamar al servicio de enfermería del centro; quien administrará la pauta prescrita por su

médico para estas situaciones. Si no existe este servicio o no hay una prescripción

médica previa, se llamará tanto al servicio de emergencias regional (112) como a la

familia.

- Fase 3. Fase de desactivación de la crisis. Es el momento en el que se observa que la

conducta va disminuyendo en intensidad y una reducción del nivel de tensión. En esta

fase se considerarán aquellas estrategias que puedan calmar al alumno y a todas las

demás personas implicadas, y que prevengan otras crisis, tales como la enseñanza de

aspectos relacionados con el autocontrol, la relajación, el reconocimiento de las

emociones y la comprensión de las normas de convivencia. El alumno, dentro de sus

posibilidades, deberá pedir disculpas y reparar el daño causado.

C. 8: INFORMACIÓN Y COLABORACIÓN DE LAS FAMILIAS

1. Los padres o representantes legales de los alumnos, o en su caso las instituciones

públicas competentes, colaborarán con los centros docentes en la obtención de la

información necesaria para el adecuado desarrollo del protocolo establecido en esta

resolución, garantizando su seguridad y confidencialidad.

2. El tutor informará de forma exhaustiva y comprensible a la familia del alumno del

plan de apoyo conductual positivo, y en su caso, del protocolo de intervención física,

solicitando su consentimiento informado por escrito; pudiendo utilizar el modelo

orientativo previsto en el anexo VI de la presente resolución. No obstante lo anterior,

los centros educativos podrán llevar a cabo intervenciones físicas restrictivas sin

necesidad de contar con el consentimiento de las familias cuando exista riesgo

inmediato grave para la integridad física del alumno o de las personas de su entorno

próximo.

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3. El tutor, asesorado por los servicios de orientación, colaborará con las familias en el

seguimiento de las medidas adoptadas y les asesorará en la adopción de las estrategias

que contribuyan a mejorar las conductas del alumno.

ANEXO I

Modelo orientativo de consentimiento para el intercambio de información del

alumno entre los profesionales de las administraciones educativa y sanitaria, así

como con otros servicios responsables de su atención

CONSENTIMIENTO PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE LOS

SERVICIOS EDUCATIVOS Y SANITARIOS

D. /Dña. ____________________________________ con DNI nº _______________,

en calidad de padre, madre, o representante legal (subrayar lo que proceda) del

alumno/a _____________________________________________________________

AUTORIZO, como responsable legal del menor, el intercambio de información entre

los profesionales educativos y sanitarios, y en su caso, con otros servicios, que van a

intervenir en el proceso de evaluación, intervención y seguimiento de éste. Esta

información será utilizada exclusivamente con esta finalidad y se ajustará en todo

momento a las condiciones y requisitos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13

de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, y su Reglamento de

Desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

En cualquier momento y sin necesidad de dar ninguna explicación, puedo revocar de

forma expresa la autorización que ahora presto, por escrito o mediante comparecencia

personal en el centro educativo, de la que se levantará acta, en su caso.

En consecuencia, doy mi consentimiento para que se intercambie dicha información.

Firma del padre/madre/representante legal

En_______________, a________ de_______________________ de 20 ___

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ANEXO II

Modelo orientativo de informe de evaluación funcional de la conducta

problemática

EVALUACIÓN FUNCIONAL DE LA CONDUCTA PROBLEMÁTICA

A. DATOS DEL ALUMNO (Nombre y apellidos del alumno, centro docente, curso, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono,

localidad, municipio, etc.)

B. ANÁLISIS FUNCIONAL DE LOS PROBLEMAS DE CONDUCTA

(Establecer un orden de prioridad entre las conductas problemáticas identificadas con la finalidad de

determinar qué conductas deben ser objeto de una evaluación funcional e intervención prioritaria. Se

realizará un análisis funcional de cada una de las conductas problemáticas que presenta el alumno)

1. Identificación de la conducta problemática (Describir en qué consiste la conducta, con qué frecuencia ocurre y con qué intensidad)

2. Análisis de la historia de la conducta problemática (Indicar cuando apareció por primera vez la conducta, desde cuando se produce y si ha habido una

evolución o cambio significativo de la misma)

3. Análisis del contexto en el que se produce la conducta problemática (Identificar las características de las actividades y del entorno escolar, familiar y social que pueden estar

influyendo en la presencia de la conducta problemática).

4. Análisis de los antecedentes (Describirlos lugares, personas, horas, actividades y eventos que inmediatamente preceden a la aparición

del problema de conducta).

5. Análisis de las consecuencias (Identificar las reacciones y las pautas de actuación que pueden contribuir a aumentar o aminorar el

problema de conducta)

6. Análisis del significado de la conducta (hipótesis)

(Establecer hipótesis sobre la función de la conducta problemática)

Antecedentes Conducta Consecuencias Hipótesis

En_________________, a _______ de__________________ de 20___

El tutor El orientador El maestro de pedagogía terapéutica

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ANEXO III

Modelo orientativo de plan de apoyo conductual positivo

PLAN DE APOYO CONDUCTUAL POSITIVO 1. Datos del alumno (Nombre y apellidos del alumno, centro docente, curso, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono, localidad, municipio, etc.): 2. Objetivos que se pretenden conseguir con el desarrollo del plan (Incluir tantos objetivos generales: eliminar o disminuir las conductas problemáticas, mejorar sus capacidades y participación, mejorar su calidad de vida, etc.; como objetivos específicos: descripción de la conducta específica a modificar, cambio esperado en su frecuencia, intensidad y duración, tiempo necesario para la ocurrencia del cambio, etc.) 3. Procedimientos de intervención a) Medidas preventivas: �� Estrategias de modificación del entorno y de los antecedentes que provocan los problemas de conducta. � Enseñanza de habilidades alternativas:

• Habilidades funcionalmente equivalentes (comunicación, autonomía personal, habilidades sociales)

• Habilidades generales (resolución de problemas, autocontrol, elección, interacción social, aprendizaje, ocio y tiempo libre)

• Habilidades de afrontamiento y tolerancia � Estrategias de tratamiento directo (reforzamiento diferencial de otras conductas, reforzamiento diferencial de baja tasa de respuestas, reforzamiento diferencias de respuestas alternativas, asociación de estímulos, etc.) � Otras estrategias:

b) Medidas reactivas (ignorar, redirigir, retroalimentar, entrenar, escuchar activamente, cambiar estímulos, aplicar intervenciones físicas restrictivas. En el caso de intervenciones físicas incluir procedimiento de actuación y registros de intervención) c) Medidas de coordinación (entre los profesionales de las administraciones educativa y sanitaria, y los padres o representantes legales del alumno, así como con los servicios de salud mental, servicios sociales, asociaciones, etc. responsables de su atención) 4. Evaluación y seguimiento a) Indicadores para valorar el progreso del alumno (disminución de la ocurrencia de las conductas problemáticas, incremento en el uso de habilidades alternativas, mejoras en la calidad de vida: participación, interacción, inclusión,…) b) Indicadores para valorar la eficacia del plan (consecución de los objetivos del plan, idoneidad de los procedimientos de intervención, coordinación de los profesionales, ajuste del plan a la evaluación funcional de la conducta, grado de satisfacción del alumno, familias y profesionales, idoneidad de los instrumentos de evaluación, etc.) c) Instrumentos para la recogida de información (observación directa, entrevistas, escalas de evaluación, registros, listas de control,…)

En____________, a_______ de_____________ 20_____

El tutor El orientador El maestro de pedagogía terapéutica

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ANEXO IV

Modelo orientativo de procedimiento de intervención física restrictiva

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE CONDUCTAS PROBLEMÁTICAS

GRAVES QUE REQUIERAN DE UNA INTERVENCIÓN FÍSICA RESTRICTIVA

Nombre del alumno/a: _____________________________________________ Descripción de la conducta o conductas que requieren del uso de la intervención física: - - - Descripción de la intervención física restrictiva

• Tipo de intervención física que va a utilizarse: (Describir el procedimiento con el mayor detalle posible)

• Situación en la que es preciso su uso:

• Profesionales que intervienen: Nombre y Apellidos Función que desempeña

1 2 3 • Duración de la contención física: • Cuándo y cómo dar por finalizado su uso:

• Cómo tratar al alumno después de la intervención:

• Observaciones:

En _________________, a_______ de _______________ de 20____. El tutor El orientador El maestro de pedagogía terapéutica

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ANEXO V

Modelo orientativo de registro de intervención física restrictiva

REGISTRO DE INTERVENCIÓN FÍSICA RESTRICTIVA

Nombre del alumno/a: ___________________________________________________

Fecha: / / Hora: _____________ Lugar y actividad: ____________________

Profesionales que han intervenido:

-

-

-

Descripción de los hechos:

Estrategias utilizadas previas a la intervención física: (Medidas preventivas y reactivas)

Tipo y duración de la intervención física utilizada:

Resultado y consecuencias de la aplicación del procedimiento: (Especificar las consecuencias tanto en el alumno como en sus compañeros, profesionales y entorno)

Observaciones:

Profesional que cumplimenta el registro: __________________________________

En __________________a________ de_________________ de 20___

Fdo.:

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ANEXO VI

Modelo orientativo de consentimiento informado para la utilización de

intervenciones físicas restrictivas

CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA UTILIZACIÓN DE INTERVENCIONES

FÍSICAS RESTRICTIVAS

D./Dña._________________________________ con DNI nº___________________,

en calidad de padre, madre, o representante legal (subrayar lo que proceda) del

alumno/a______________________________________________________ declaro:

� Que he sido informado acerca del plan de intervención física restrictiva y de sus

beneficios y posibles riesgos.

� Que he comprendido la información recibida y he podido formular todas las

preguntas que he creído pertinentes.

� Que puedo revocar mi consentimiento en cualquier momento, por escrito o

mediante comparecencia personal en el centro educativo, de la que se levantará acta, en

su caso.

En consecuencia, doy mi consentimiento para que se utilice dicha intervención física.

En __________________, a_____ de____________________ de 20____

Firma del padre, madre o representante legal

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1º 2º

FAMILIA

FASE EVALUACIÓN

FASE INTERVENCIÓN

FASE SEGUIMIENTO

Plan individualizado de apoyo conductual positivo: Habilidades

alternativas (ANEXO III)

Evaluación funcional de la conducta:

frecuencia, significado, análisis…

(ANEXO II)

Observación del incremento de

habilidades alternativas y/o

disminución conducta problema.

Medidas preventivas: Modificación en el

entorno, modificación tareas…

Estrategias reactivas: Ignorar conducta,

redirigir al alumno, escucha activa…

Intervenciones físicas restrictivas ANEXO IV

CRISIS GRAVE

CONDUCTA PROBLEMÁTICA GRAVE

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10. PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ACTUACIÓN PARA PREVENIR E INTERVENIR EN LOS CASOS DE ACOSO, MALTRATO Y AGRESIÓN. (PROTOCOLOS AVE)

10.1 Instrucciones para facilitar la identificación de las situaciones de acoso entre escolares y

los procedimientos de intervención correspondientes.

Se considera que existe acoso escolar cuando un alumno se ve expuesto de forma repetida y

deliberada a un maltrato verbal, físico, y/o psicológico por parte de un compañero o grupo de

compañeros, con el objeto de someterlo, apocarlo, asustarlo y/o amenazarlo, atentando contra su

dignidad e integridad física o moral.

El acoso se puede llevar a cabo mediante diferentes conductas:

Ø Comportamiento de desprecio, difamación y ridiculización.

Ø Coacciones.

Ø Agresiones físicas y/o verbales.

Ø Comportamientos de intimidación y amenaza.

Ø Comportamiento de exclusión y marginación social.

Ø Sustracciones, extorsiones, chantajes y deterioro de pertenencias.

Ø Utilización de internet, mensajería de móviles, etc., con intención de hacer daño a través de

diferentes procedimientos: envío masivo de correos electrónicos no deseados, difusión de

imágenes sin consentimiento del interesado, etc.

Existe una situación de acoso entre escolares si se dan simultáneamente las tres circunstancias

siguientes:

Ø Intención de hacer daño.

Ø Reiteración de conductas agresivas.

Ø Desequilibrio de fuerzas entre acosador o acosadores y víctima.

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de acoso

entre alumnos, o considere la existencia de indicios razonables, tiene la obligación de ponerla

inmediatamente en conocimiento del equipo directivo del centro, quien utilizará el Anexo I para la

recogida inicial de información.

El equipo directivo facilitará la comunicación de las situaciones de acoso, garantizando el

anonimato de las personas que realicen la comunicación. Se pondrá en funcionamiento un “Buzón

de Convivencia” para la recogida de denuncias o comunicaciones.

10.2 Procedimiento de intervención ante supuestas situaciones de acoso entre escolares.

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Para valorar la situación denunciada el Jefe de Estudios, siguiendo las instrucciones del Director,

solicitará al tutor del alumno afectado que recabe información relacionada con esta situación. Para

ello utilizaremos los indicadores del Anexo II. Si considera necesario completar ésta información

con la aportada desde el entorno familiar podrá utilizar los indicadores contenidos en el Anexo III.

Se podrá incorporar cualquier otro tipo de información que se considere significativa. Todo ello con

la necesaria confidencialidad. El resultado de estas actuaciones se comunicará de forma inmediata

al Director.

En función de la información aportada por el tutor, el Director podrá establecer medidas preventivas

de protección que garanticen la inmediata seguridad del alumno supuestamente acosado. Mayor

vigilancia en aquellas zonas y durante los momentos en los que se haya denunciado que se suele

producir el acoso y/o cambio de grupo.

Si de la intervención del tutor del alumno afectado se confirmara la existencia de indicios de acoso,

y para verificar la situación, el Director instará al tutor o a la persona que designe, para que continúe

el procedimiento. A tal efecto se mantendrán las siguientes entrevistas:

● Con el alumno presuntamente acosado. En todo momento se le asegurará al alumno la

confidencialidad de sus informaciones. La información nos permitirá identificar:

Ø Alumno o alumnos agresores.

Ø Observadores no participantes.

Ø Alumnos que, en ocasiones, han protegido y ayudado a la víctima

Ø Localización de espacios y tiempos en los que suele producirse la agresión.

Ø Consecuencias de la intimidación para la víctima (absentismo escolar, disminución de

rendimiento académico, repercusiones emocionales y físicas, etc.).

● Con observadores no participantes. Recabar información de aquellos compañeros que conocen los

hechos pero que nunca se han involucrado activamente en ellos. Interesa conocer:

Ø Frecuencia con la que se produce el acoso.

Ø Tipo de acoso.

Ø Lugar donde se produce.

Ø Sentimiento de seguridad que tienen los alumnos en la escuela.

Todas estas entrevistas son confidenciales y, en todo caso, garantizar el anonimato del alumno con

relación a las informaciones que aporte.

● Con los padres de la presunta víctima. En esta entrevista se informará sobre los hechos que se

investigan, sobre las medidas preventivas adoptadas, sobre el proceso disciplinario que se iniciaría

si se confirmase la existencia de una situación de acoso y, en caso necesario, de las medidas

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paliativas que se adoptarían. Siempre que se planifique las entrevistas se evitará que coincidan los

padres de los alumnos implicados como supuesto acosado y agresor o agresores.

● Con los padres del alumno presunto agresor o agresores. Se informará sobre la acusación que se

ha realizado, sobre las evidencias que existen relacionadas con esa acusación y que, si se confirma

la existencia de acoso, se iniciará el procedimiento disciplinario legalmente establecido. En

cualquier caso se manifestará a los padres la preocupación y el interés por ayudar a los alumnos a

que establezcan unas relaciones adecuadas y se solicitará la colaboración familiar.

● Con el presunto agresor o agresores. Se pedirá al alumno que informe sobre los hechos que están

sucediendo al alumno supuestamente acosado, y se constatará su versión con los datos conocidos.

Si es necesario a lo largo del proceso se solicitará orientaciones al Equipo de Orientación Educativa

y Psicopedagógica.

Una vez concluidas las entrevistas, el tutor o persona encargada de realizar el proceso, realizará un

breve informe sobre los datos más relevantes de la denuncia y lo trasladará al Director. Éste en

función de la información aportada, decidirá si procede la incoación de expediente disciplinario al

alumno o alumnos agresores de acuerdo con el Decreto nº 16/2016, de 9 de marzo, y trasladará toda

la documentación existente al instructor del mismo.

El instructor antes de finalizar el expediente podrá pedir al alumno acosador que proponga y adopte

compromisos con el fin de que cese la situación de acoso, repare moralmente al acosado y colabore

con el profesorado en la erradicación de este tipo de comportamiento. La actitud y compromiso del

alumno ante estas propuestas se podrá tener en cuenta a la hora de determinar la medida correctiva

que corresponda.

El Director confirmada la situación de acoso y considerando el informe del tutor o persona en quien

se haya delegado, podrá solicitar la intervención más especializada del Equipo de Orientación

Educativa y Psicopedagógica Específico para la Convivencia Escolar.

El Director, una vez decidida la incoación de expediente disciplinario, informará por escrito de los

hechos a la Fiscalía de Menores.

También se trasladará esta información a la Consejería competente en materia de protección de

menores, a los efectos de que dentro de sus atribuciones adopte las medidas procedentes.

Igualmente el Director, al comunicar la incoación de expediente disciplinario a la Dirección General

de Ordenación Académica, se adjuntará una copia de la información recogida en los Anexos

I y IV, y de los escritos al Equipo Específico para la Convivencia Escolar y la Fiscalía de Menores.

10.3 Actuaciones posteriores con los implicados en las situaciones de acoso escolar.

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Una vez verificada la situación de acoso, e iniciadas las medidas correctoras, el Director adoptará

las medidas necesarias para paliar sus efectos negativos y evitar la reproducción de situaciones

similares. A estos efectos se llevarán a cabo actuaciones con la víctima, agresor o agresores y

observadores.

Actuaciones con la víctima:

a. El tutor, o persona que se designe, en colaboración con el Equipo de Orientación Educativa

y Psicopedagógico, asesorará al alumno para que adopte conductas de afrontamiento

adecuadas ante aquellas situaciones conflictivas que, con anterioridad, habían concluido en

una situación de acoso.

En la instauración de estas pautas se contará con la colaboración de los padres.

b. El profesorado, coordinado por el tutor, introducirá actuaciones tendentes a ampliar y

fortalecer el círculo de relaciones de la víctima. Estas medidas se llevarán a cabo con la

adecuada discreción para evitar que la situación personal de la víctima sea comentada

delante de todos los alumnos.

c. En el caso de que se observe que el alumno está especialmente afectado desde el punto de

vista psicológico, el orientador del centro recomendará a la familia que sea atendido por los

servicios externos pertinentes.

Actuaciones con el agresor o agresores.

a. Como complemento a las medidas correctoras adoptadas, el tutor adoptará las medidas

necesarias para favorecer la integración del agresor o agresores en el grupo respetando los

intereses y derechos de los demás.

b. En caso necesario, el orientador del centro podrá recomendar a la familia que el alumno sea

atendido por apoyos externos (especialistas sanitarios, servicios sociales, etc.,)

Actuaciones con los observadores.

El tutor realizará actividades con el grupo de clase para que los alumnos conozcan cómo actuar ante

diferentes situaciones de acoso. Especialmente se incidirá sobre:

Ø Modo de reprobar las conductas de acoso.

Ø Modo de mostrar apoyo a la víctima.

Ø Procedimiento para aislar al agresor cuando se comporta de modo inadecuado.

Ø Procedimiento para denunciar las agresiones.

Estas actividades tienen también carácter preventivo.

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10.4 Actuaciones de seguimiento y evaluación.

a. El Director mantendrá informado al Consejo Escolar de las situaciones detectadas y de las

actuaciones adoptadas.

b. La Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de compromisos y pautas de

actuación adoptadas con alumnos y padres.

c. El Consejo Escolar evaluará la eficacia de las medidas correctivas y orientadoras adoptadas.

(Añadir los Anexos de la Resolución de 4 de abril de 2006)

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10.5 PROTOCOLOS DE APOYO INMEDIATO Y COORDINADO A LAS VÍCTIMAS

ESCOLARES (AVE).

En el centro pueden producirse situaciones que supongan en un momento determinado un riesgo

para la integridad o desarrollo de nuestros alumnos, y que les lleve a convertirse en víctimas de las

mismas.

Desde el centro es necesario apoyar a estos alumnos, aplicando las medidas necesarias y siguiendo

los cauces que lleven a su adecuada protección.

Tras una fase previa de detección, en la que se valore el impacto de la causa del problema, es

importante saber qué actuaciones son necesarias, además de conocer las pautas que permitan

realizar un correcto seguimiento del alumno.

En estos protocolos se abordan las diferentes situaciones conflictivas que podrían suceder en el

contexto del centro.

En su desarrollo, el documento plantea en primer término consideraciones generales, señala la

normativa vigente en relación a las problemáticas tratadas y propone las primeras intervenciones a

tener en cuenta, tanto dirigidas a los alumnos directamente afectados como a sus familias; se

incluye asimismo un apartado de actuaciones que con carácter preventivo puedan ayudar en la

detección de riesgos o facilitar la intervención.

Ante cualquier situación que se produzca en el centro que implique la puesta en marcha de alguno

de los protocolos AVE, el Director, o persona en quien delegue, deberá informar al orientador del

centro de lo sucedido y, en función de la gravedad y las repercusiones del caso, ambos determinarán

la necesidad o no de intervención de otros recursos de asesoramiento y orientación especializados

de apoyo al centro, que en estos casos se canalizarían a través del Equipo de Orientación Educativa

y Psicopedagógica Especifico de Convivencia Escolar.

Los distintos sectores de la comunidad educativa podrán contar con el asesoramiento, la orientación

e información de la Inspección de Educación en aquellas situaciones en las que se haya podido

vulnerar algún derecho del alumnado y en las que este pueda ser considerado víctimas.

Cuando se observe una situación de peligro manifiesta y grave, existe la obligación de prestar

auxilio o socorro, el cual podrá consistir, en función de la gravedad y de las circunstancias de la

situación, en la práctica de primeros auxilios o en la comunicación a los correspondientes servicios

de emergencia.

Cada una de las acciones que se lleven a cabo debe garantizar la protección efectiva de los derechos

de los alumnos en situación de riesgo o vulneración y violación de derechos, evitando prácticas

revictimizadoras.

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Es preciso generar y brindar espacios de escucha respetuosa, evitando, no obstante, forzar la

situación o las explicaciones.

Realizar un trabajo interdisciplinar que posibilite una intervención coordinada, con posterioridad a

las actuaciones inmediatas llevadas a cabo en el centro educativo (Servicios de Salud Mental,

Servicio de Atención a la Diversidad de la Consejería (Equipo Específico de Orientación Educativa

y Psicopedagógica de Convivencia Escolar) Servicios Sociales, Fiscalía de Menores, etc..

Los protocolos se desarrollan en tres fases: detección, intervención y seguimiento.

Protocolos AVE.

Ø Atención al alumnado víctima de agresión aislada.

Se activará en casos de agresión aislada que conlleve daño físico o psicológico.

Ø Atención al alumnado objeto de acoso escolar.

Se activará en casos de agresión física, psíquica o ambas mantenidas en el tiempo, donde se

dé un desequilibrio de fuerzas entre agresor y agredido.

Ø Intervención con víctimas de accidentes, emergencias o catástrofes.

Este protocolo tiene como finalidad ayudar a paliar el alto grado de estrés que genera en el

alumnado cualquier desastre, accidente o emergencia, así como a organizar la respuesta

inmediata de los centros educativos a estas situaciones extremas.

Ø Actuación escolar en situaciones de enfermedad de media o larga duración del alumnado.

El objetivo de este protocolo es compensar las consecuencias de enfermedad en el plano

psicológico y escolar, tanto en los casos de hospitalización como de convalecencia en el

propio domicilio.

Ø Gestión de duelo en los centros docentes.

Cuando la pérdida de un alumno, de un profesor o de un familiar directo genera un proceso

de duelo que afecta a los miembros de la comunidad educativa, causando un gran impacto

emocional e interviene en la vida del centro, requiriendo la intervención psico-educativa

para ayudar a canalizar y abordar las emociones y sentimientos que afloran en los alumnos y

les permitan un duelo normal.

Ø Intervención escolar con actos autolíticos.

Por actos autolíticos se entienden todas aquellas acciones que un sujeto puede llevar a cabo

poniendo en riesgo su vida de manera directa o intencional: intento de suicidio,

comportamientos autodestructivos y conductas automutilantes.

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En los casos de suicidio, el protocolo de intervención va dirigido solamente a aquellas

situaciones de tentativa o riesgo que no acaben en muerte, dado que en este caso el

protocolo a seguir sería el de fallecimiento y duelo.

Ø Atención a víctimas de conductas contra la libertad e indemnidad sexual.

El código penal distingue entre abuso sexual, agresión sexual y acoso sexual. Este protocolo

va dirigido a víctimas que sufren cualquiera de esos actos.

Los tipos de intervención educativa serán distintos en función de: descubrimiento in situ, a

partir de sospechas, a partir de información de terceros o a partir de la denuncia del propio

alumno.

La detección del abuso sexual será a través de indicadores físicos y comportamentales.

Todos estos protocolos los encontraremos en la página de la Carm, siguiendo la ruta:

Carm---Consejería de Educación y Universidades---Convivencia Escolar---Protocolos AVE

También podemos encontrar toda la documentación necesaria referente al maltrato infantil en la

misma página siguiendo la ruta:

Carm—Consejerías y otros Organismos de la CARM---Consejería de Educación y Universidades---

Áreas Temáticas---Atención a la Diversidad u Ordenación Académica.

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11.- DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

11.1 El Director.

1. El Director favorecerá la convivencia en el centro, garantizará la mediación en la resolución

de los conflictos, que se aplicará cuando la considere la vía más adecuada, e impondrá las

medidas correctoras que correspondan al alumno, sin perjuicio de las competencias

atribuidas al consejo escolar en los casos de las faltas graves y muy graves, que podrá ser

revisada la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas por este órgano,

a instancia de los padres.

2. Impulsará la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten

la relación del centro con el entorno, y fomentará un clima escolar que favorezca el estudio

y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y

valores de los alumnos.

3. Es el órgano competente para valorar la gravedad de las conductas o hechos cometidos, así

como para decidir la iniciación y resolución de los procedimientos preventivos o correctores

previstos.

El Director, en el ejercicio de sus funciones delegará en los profesores, tutores y jefe de

estudios la competencia para imponer las medidas correctoras en los términos previstos en el

apartado de faltas, tipificación y medidas correctoras de este Plan.

4. El Director comunicará, simultáneamente, al Ministerio Fiscal, a la Consejería de Educación

y, en su caso, a la Consejería competente en materia de protección de menores, cualquier

hecho que pudiera ser constitutivo de delito o falta, según las leyes vigentes, sin perjuicio de

que se adopten las medidas cautelares o correctoras que procedan.

11.2 El Jefe de Estudios.

1. El jefe de estudios es el responsable directo, junto con el director, de la aplicación de las

normas de convivencia y conducta. Por ello, deberá llevar control de las actuaciones

llevadas a cabo por los alumnos contra las normas de convivencia, así como de las medidas

correctoras impuestas, debiendo informar de ellas, a los padres.

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2. El jefe de estudios, por delegación del director y bajo su supervisión podrá imponer las

medidas, previstas en este plan, que se lleven a cabo en el centro, procurando siempre que el

clima de convivencia no se vea alterado.

11.3 El Profesorado.

1. El Claustro de Profesores tendrá conocimiento de la resolución de conflictos y la

imposición de medidas correctoras, y velará por que estas se atengan a la normativa vigente.

Asimismo, podrá proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

2. Los profesores son los responsables, en primera instancia, de la prevención de conflictos y

del respeto a las normas de convivencia y conducta, y contribuirán a que las actividades del

centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, de participación y de libertad, para

fomentar en los alumnos los valores de la ciudadanía democrática.

3. Los tutores coordinarán a los profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su

tutoría y serán los intermediarios entre profesores, alumnos y padres, cuando existan

situaciones conflictivas que alteren la convivencia en el centro.

4. Los orientadores educativos, en el marco de sus funciones, desempeñarán las siguientes

actuaciones dirigidas a la mejora de la convivencia:

Ø Asesoramiento al profesorado en la reducción y extinción de problemas de

comportamiento y en estrategias de prevención de los mismos.

Ø Diseño de planes de actuación específicos para la mejora de la convivencia, dirigidos

al alumnado que presente alteraciones graves de conducta.

Ø Colaboración con la jefatura de estudios en la adecuación del Plan de Acción

Tutorial al Plan de Convivencia, impulsando y programando la realización de

actividades que favorezcan un buen clima de convivencia, y la prevención y

resolución pacífica de conflictos.

5. Los profesores técnicos de servicio a la comunidad realizarán las funciones propias de su

especialidad relacionadas con la convivencia escolar, desarrollando actuaciones específicas

de mediación y seguimiento del alumno y sus familias

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11.4 El Consejo Escolar.

El consejo escolar del centro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, tendrá las siguientes competencias:

Ø Conocer la resolución de conflictos y velar por que se atengan a la normativa vigente.

Ø Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia, la igualdad entre hombres y

mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo,

religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, la resolución

pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

Ø Cuando las medidas correctoras adoptadas por el director correspondan a faltas tipificadas

como graves o muy graves, el consejo escolar, a instancia de los padres podrá revisar la

decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

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12. LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR.

12.1 Composición y actuaciones.

La Comisión de Convivencia será constituida por el Consejo Escolar para el seguimiento de este

Plan y de la resolución de conflictos.

La Comisión de Convivencia estará integrada por: el Director, que será su presidente, el Jefe de

Estudios, un maestro y un padre o madre, elegidos por y entre los representantes de cada sector en

el Consejo Escolar.

La Comisión de Convivencia se reunirá, al menos y preceptivamente, dos veces a lo largo del curso;

una vez en el primer trimestre y otra vez en el tercero (dará cuenta en el Consejo Escolar de sus

actuaciones en estos dos momentos). El Director, en función de las necesidades, podrá convocarla

las veces que estime oportunas a lo largo del curso.

El Director podrá requerir la intervención de la Comisión de Convivencia para que emita su opinión

en lo relativo a la prevención y resolución de conflictos.

La Comisión podrá recurrir a otros miembros o profesionales especializados en la atención

educativa, como los equipos psicopedagógicos, cuando la naturaleza de la actuación emprendida así

lo requiera.

12.2 Funciones de la Comisión de Convivencia:

- Informar al Consejo Escolar sobre la aplicación de las normas, así como sobre todos

aquellos aspectos relacionados con la misma que por aquel se determinen.

- Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la

convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia.

- Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los

miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del

Centro.

- Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes de

acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.

- Mediar en los conflictos planteados.

- Realizar el seguimiento del cumplimiento efectivo de las correcciones en los términos en

que hayan sido impuestos.

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- Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la

convivencia en el Centro.

- Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, a las menos dos veces a lo largo del curso, de las

actuaciones realizadas.

- Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas

de convivencia en el Centro.

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13. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

Desde el Equipo Directivo se buscará la difusión de este Plan de Convivencia a través del

Claustro, de la Comisión de Coordinación Pedagógica, Consejo Escolar, reuniones con el AMPA

y tutorías con padres y alumnos. El objetivo es que todos los miembros de la Comunidad

Educativa conozcan, acepten y sean participes de la mejora de la Convivencia en el Centro.

Para que el Plan de Convivencia Escolar sea conocido y asumido por todos los miembros de la

Comunidad Educativa, se realizarán las siguientes actuaciones:

Ø ---Incorporación a la agenda escolar de los aspectos más relevantes del plan.

Ø ---Información en las reuniones con los padres-madres de inicio de curso de todos los

aspectos relativos al Plan de Convivencia, así como su seguimiento en las restantes

reuniones trimestrales.

Ø ---Desarrollo y seguimiento en las tutorías con alumnos del Plan de Convivencia.

Ø ---Seguimiento en el Consejo Escolar y en el Claustro a lo largo de todo el curso del

funcionamiento del Plan de Convivencia.

Ø ---Información al AMPA de todos los aspectos relativos al Plan de Convivencia.

Ø ---Difusión por las aulas y el Centro de algunos aspectos del Plan: normas, derechos,

obligaciones… a través de carteles, dibujos, murales…

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14. DESARROLLO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

El seguimiento de este Plan se llevará a cabo en primera instancia por la Comisión de

Convivencia, que se reunirá, al menos una vez al trimestre para analizar las incidencias

producidas, las actuaciones realizadas y los resultados conseguidos en relación con la aplicación

del Plan de Convivencia Escolar, así como para elaborar y elevar al Consejo Escolar propuestas

para la mejora de la convivencia.

En el desarrollo del Plan de Convivencia tiene especial relevancia los procesos de coordinación y

supervisión de las distintas actuaciones que se quieren implementar. Es necesario supervisar que

los responsables de las distintas actuaciones cumplan su cometido, proporcionado apoyo,

orientaciones, asesoramiento y formación.

Al finalizar el curso escolar el centro elaborara la memoria anual de convivencia, en la que se

evalúan el conjunto de medidas previstas y aplicadas para mejorar la convivencia, así como, las

propuestas de mejora.

El equipo directivo facilitara al Consejo Escolar para su análisis información relativa a la

aplicación del Plan de Convivencia Escolar en los siguientes aspectos:

n Actividades realizadas.

n Recursos Humanos y materiales utilizados.

n Asesoramiento y apoyo técnico recibido (Orientadora PPSC, servicios externos, etc.).

n Correcciones impuestas relativas a las conductas contrarias a las normas de convivencia en el

centro, tipología de las conductas corregidas y las medidas educativas aplicadas; casos de

acoso e intimidación detectados, etc.

n Programas desarrollados en casos concretos de alumnos.

El Director deberá informar trimestralmente al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar de los

conflictos disciplinarios y de la imposición de sanciones.

Al finalizar el curso escolar, el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar del Centro evaluarán el

Plan de Convivencia escolar y elevarán al Equipo Directivo las propuestas para su mejora que,

serán tenidas en cuenta para la actualización del mismo. Este informe recogerá, al menos, los

siguientes apartados.

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En relación con la evaluación del Plan de Convivencia Escolar:

- Nivel de consecución de los objetivos propuestos.

- Grado de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa

- Valoración de resultados y propuestas de mejora.

En relación con los resultados de la aplicación de las normas de convivencia:

-Análisis de los problemas detectados.

Anexo que incluya la información elaborada por el Equipo Directivo.

El informe anual de convivencia se incorporara a la memoria anual. Una copia del mismo se

remitirá a la Dirección General de Ordenación Académica.

La Dirección General de Ordenación Académica, a partir de los informes anuales de convivencia

recibidos de los centros, elaborará un informe regional sobre convivencia en el que se hará constar

resultados y propuestas de mejora del clima escolar en el ámbito de los centro docentes de la

Región de Murcia.