manual de interventoria

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 CODIGO MSE-MN-01 VERSIÓN 01 MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE VIAS SECRETARIA GENERAL TECNICA MANUAL DE INTERVENTORIA PÁGINA 1 DE 29 ELABORADO POR: EQUIPO DE TRABAJO TÉCNICO - INVIAS Junio de 2007 REVISADO POR: JUAN GABRIEL B ERÓN ZEA Secretario General Técnico Junio de 2007  APROBA DO POR: DANIEL ANDRÉS GARCÍA  ARIZAB ALETA Director General Junio de 2007 REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS MANUA L DE INTERVE NTORÍ A VERSIÓN 1 BOGOTA D.C., JUNIO DE 2007  

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Manual Interventoria

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    VERSIN 01

    MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE VIAS SECRETARIA GENERAL TECNICA

    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 1 DE 29

    ELABORADO POR:

    EQUIPO DE TRABAJO TCNICO - INVIAS

    Junio de 2007

    REVISADO POR:

    JUAN GABRIEL BERN ZEA Secretario General Tcnico

    Junio de 2007

    APROBADO POR:

    DANIEL ANDRS GARCA ARIZABALETA Director General

    Junio de 2007

    REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRANSPORTE

    INSTITUTO NACIONAL DE VAS

    MANUAL DE INTERVENTORA VERSIN 1

    BOGOTA D.C., JUNIO DE 2007

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    MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE VIAS SECRETARIA GENERAL TECNICA

    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 2 DE 29

    DANIEL ANDRS GARCA ARIZABALETA Director Instituto Nacional de Vas INVIAS

    JUAN GABRIEL BERON ZEA Secretario General Tcnico - INVIAS

    COORDINACIN Secretaria General Tcnica

    EQUIPO TCNICO

    Yeine Barbosa Secretara General Tcnica Jaime Duarte Secretara General Tcnica Arturo Bonilla Secretara General Tcnica

    Nancy Palencia Subdireccin Red Nacional de Carreteras Jhon Ever Velasco Subdireccin Red Nacional de Carreteras

    Hctor Nieto Cspedes Gerencia de Grandes Proyectos Andres Buritic Palacio Subdireccin de Medio Ambiente y Gestin Social

    Humberto Echavarra Subdireccin Red Terciaria y Frrea Jorge Hernn Hurtado Subdireccin Martima y Fluvial

    Luis Fernando Hernndez Archila Oficina de Control Interno Clemencia Rodrguez Oficina de Control Interno

    Ricardo Gmez C. Oficina Asesora de Planeacin

    Agradecimiento Especial Daniel Andrs Garcia Arizabaleta

    Juan Gabriel Beron Zea Oficina de Control Interno

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 3 DE 29

    INDICE

    1 INTRODUCCIN ..........................................................................................................................................4

    2 OBJETIVOS Y ALCANCE ...........................................................................................................................5

    3 PRINCIPIOS Y VALORES ...........................................................................................................................6

    3.1 PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES..............................................................................6 3. 2 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES.................................................................................7 3.2.1 PRINCIPIOS INSTITUCIONALES ..........................................................................................................7 3.2.2 VALORES INSTITUCIONALES..............................................................................................................8

    4 LINEAMIENTOS GENERALES ...................................................................................................................8

    5 NORMATIVIDAD VIGENTE .......................................................................................................................10

    6 LA INTERVENTORA.................................................................................................................................13

    6.1 OBJETIVO DE LA INTERVENTORA ..................................................................................................13 6.2 FACULTADES DE LA INTERVENTORA ...........................................................................................13 6.3. PRINCIPIOS DE LA INTERVENTORA:.............................................................................................13 6.4. OBLIGACIONES ....................................................................................................................................14

    7 GLOSARIO.................................................................................................................................................20

    7.1 TRMINOS BSICOS.............................................................................................................................20 7.2 TIPOS DE ACTAS ....................................................................................................................................25 7.3 TRMINOS AMBIENTALES.................................................................................................................26

    8 RELACION DE FORMATOS E INSTRUCTIVOS: .....................................................................................28

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 4 DE 29

    1 INTRODUCCIN Dentro del proceso de mejoramiento continuo que adelanta el Instituto Nacional de Vas- INVIAS, se prioriz la actividad relacionada con la actualizacin del Manual de Interventora implementado mediante Resolucin No. 005282 del 18 de diciembre de 2003. En el presente MANUAL DE INTERVENTORA se desarrollan metodologas, formatos y procedimientos dirigidos a orientar las actividades de vigilancia, control, asesora y coordinacin en los contratos que celebra el INVIAS. Es un Manual de obligatoria aplicacin por parte de los contratistas, consultores, supervisores y dems servidores pblicos de la Entidad que participan en los procesos contractuales. Igualmente, se convierte en un documento para la orientacin de todas aquellas personas, Organismos, Gremios y Asociaciones interesadas en la ejecucin y el seguimiento de proyectos y contratos a cargo del INVIAS. Este documento contiene las principales acciones y responsabilidades de las partes que intervienen en los procesos contractuales, relaciona la normatividad contractual vigente y un glosario de trminos que reduce la ocurrencia de interpretaciones errneas y lo orienta hacia la mejor comprensin y cumplimiento de los procedimientos. La esencia del presente Manual est en los diferentes formatos presentados, los cuales, acompaados de un instructivo orienta su diligenciamiento y explica las principales actividades en cada uno de los procedimientos de la ejecucin contractual. El Manual de Interventora es un documento dinmico, susceptible y accesible a los cambios y modificaciones que se pueden desprender de: correcciones, observaciones, normas y ajustes a las polticas institucionales, dentro de los estndares de calidad.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 5 DE 29

    2 OBJETIVOS Y ALCANCE El presente Manual de Interventora se elabor con base en el anlisis y la experiencia acumulada por los servidores pblicos del Instituto Nacional de Vas y tiene como objetivos: 2.1. Sealar los lineamientos bsicos y responsabilidades durante la ejecucin de los proyectos. 2.2. Su seguimiento y control. 2.3. Como orientar la interaccin que debe existir entre el contratista de obra, consultor, interventor y supervisor. Para asegurar unidad de criterio, confianza y certeza en sus actuaciones, todo lo anterior en bsqueda de un ambiente favorable hacia el cumplimiento efectivo de la misin institucional. Con la actualizacin y estandarizacin de formatos e instructivos, se resaltan los procedimientos fundamentales para la gestin tcnica, administrativa, financiera, jurdica, predial y socio-ambiental, apuntando al seguimiento y control del cumplimiento de los fines contractuales. Dentro de los objetivos especficos del Manual, se encuentran los de servir como marco de referencia para llevar a buen trmino las acciones emprendidas por la Entidad contratante, y contribuir al desarrollo sostenible de los proyectos.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 6 DE 29

    3 PRINCIPIOS Y VALORES La Ley 842 del 9 de Octubre de 2003, en su TITULO IV Cdigo de tica para el ejercicio de la ingeniera en general, CAPITULO II De los deberes y obligaciones de los profesionales, resalta y adopta los Postulados ticos del ejercicio y comportamiento profesional de la Ingeniera en todas las ramas, profesiones afines y sus respectivas profesiones auxiliares.

    3.1 PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES Los contratistas, interventores y supervisores, deben desempear su labor con el orgullo de cumplir, en verdad, una misin muy importante para el Estado y ante todo para la comunidad. Ejecutar, controlar y vigilar, son tres verbos que denotan las funciones macro que deben realizar. Pero su labor va ms all: Su conducta y el desarrollo de sus actividades deben estar siempre enmarcadas dentro de un cdigo de integridad moral. La persona natural o jurdica que sea contratada o designada, segn el caso, para desempearse como contratista, interventor o supervisor en proyectos que adelante el Instituto Nacional de Vas, deber conocer y aplicar los principios que orientan la actividad de la administracin pblica establecidos en el artculo 209 de la Constitucin Nacional, Artculo 2 del Cdigo Contencioso Administrativo y Artculos 23, 24, 25, 26, 27 y 53 de la Ley 80 de 1993, los cuales se definen a continuacin, as como, las normas tcnicas de calidad en la gestin pblica NTCGP-1000-2004: Igualdad: Igualdad ante la Ley. Trato uniforme en situaciones similares. Descansa este principio en el tratamiento rigurosamente imparcial dado a todos los administrados, sin favorecer ni perjudicar a individuos o a grupos. Moralidad: Conducta y actitud que busca el bien comn. Las funciones asignadas deben desarrollarse con el autntico propsito de servicio, aplicando siempre la honestidad y el respeto a las normas sobre sus obligaciones, incompatibilidades y prohibiciones. Eficacia: Logro de los resultados planificados. Exige que la finalidad sea el logro oportuno de los objetivos, salvando de oficio los obstculos puramente formales y evitando situaciones que limiten la toma de decisiones. La importancia de la eficacia reside en que un orden jurdico solo es vlido cuando es eficaz. Eficiencia: Relacin entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados. Apunta a la necesidad de hacer todo aquello que resulte apropiado para la bsqueda del efecto deseado. Efectividad: Medida del impacto de la gestin tanto en el logro de los resultados planificados, como en el manejo de los recursos utilizados y disponibles. Economa: Eliminacin de trmites innecesarios. Las normas y procedimientos deben ser utilizados para agilizar las decisiones, desarrollndolos en el menor tiempo y con la menor cantidad posible de gastos, aplicando los principios de celeridad y eficacia.. Celeridad: Impulso oficioso de los procedimientos. Suprimiendo los trmites innecesarios y utilizando formatos para actuaciones en serie, de acuerdo con su naturaleza.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 7 DE 29

    Imparcialidad: Equivale a rectitud, equidad, neutralidad y objetividad. Se tendr en cuenta que la finalidad de los procedimientos consiste en asegurar y garantizar los derechos de todas las personas sin ninguna condicin. Publicidad: Divulgar los procesos y procedimientos. Las decisiones se darn a conocer oportunamente mediante comunicaciones, notificaciones, publicaciones o el medio que ordena la Ley. Coordinacin: Cooperacin y articulacin en y entre entidades. Las actividades precisan de un adecuado y lgico nivel de entendimiento, comunicacin, interaccin e interdependencia. Control: Verificar, evaluar, comprobar, inspeccionar y revisar. Se demostrar disposicin a todas las actividades de control que impliquen vigilancia, supervisin y seguimiento a las metas y objetivos propuestos. Delegacin: Transferir el ejercicio de funciones a servidores pblicos de los niveles directivo y asesor, con el propsito de dar desarrollo a los principios de la funcin administrativa. Transparencia: Facilitar el control social de la gestin garantizando el acceso a la informacin, de manera clara, ntida y traslucida. Exige que las actividades desarrolladas y la informacin que de ellas se desprenda, sea tan clara que todos la puedan ver. Responsabilidad: Busca el cumplimiento de los fines de la contratacin, la vigilancia de la correcta ejecucin del objeto contratado y la proteccin de los derechos de la Entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecucin del contrato, as como, sealar las consecuencias que sufren estos por sus acciones y omisiones. Ecuacin Contractual: Mantener la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidas al momento de proponer o de contratar, segn el caso.

    3. 2 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES Mediante Resolucin No. 006730 del 21 de diciembre de 2005, proferida por el Instituto Nacional de Vas, se adopt el Cdigo de Principios y Valores y Gua de Conducta tica de la Entidad, estableciendo los siguientes principios y valores, los cuales se deben reconocer, aprender y vivenciar, por parte de sus servidores pblicos y el personal externo que presta servicios a la Entidad; conceptos que deben ser igualmente reconocidos y aplicados por quienes prestan sus servicios en calidad de contratistas e interventores. 3.2.1 PRINCIPIOS INSTITUCIONALES Compromiso Social: Ayuda efectiva al desarrollo social y econmico del pas. Valoracin Personal: Desarrollo de las potencialidades y dignidad del ser humano en beneficio del crecimiento personal e institucional. Orientacin al Servicio: Atencin amable y respetuosa a las solicitudes y necesidades de los clientes internos y externos. Coordinacin: Desarrollo de objetivos comunes bajo un mismo criterio.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 8 DE 29

    Innovacin: Asumir los retos impuestos utilizando los adelantos tcnicos, tecnolgicos, cientficos y organizacionales. Gestin por Resultados: Logro del cumplimiento de los objetivos planificados con eficacia, eficiencia y efectividad. Mejoramiento Continuo: Desarrollo de mtodos sistemticos para optimizar los recursos y mejorar los rendimientos. 3.2.2 VALORES INSTITUCIONALES Cooperacin: Actitud para participar activamente en la consecucin de un propsito comn. Honestidad: Decisin para mantenerse dentro de unos parmetros de comportamiento tico. Respeto: Capacidad para entender las diferencias de actitudes y puntos de vista de los otros. Responsabilidad: Conciencia de la repercusin que tienen las propias acciones. 4 LINEAMIENTOS GENERALES

    Se pretende dar un marco general, que sirva de directriz para el desarrollo armnico del manual de interventora y as evitar ambigedades en su aplicacin. 1. Todos los documentos que se generen en desarrollo de un contrato estarn organizados de acuerdo

    con las normas del Archivo General de la Nacin Ley 594 de 2000.

    2. Para permitir a la sociedad civil el conocimiento y seguimiento de la ejecucin de los proyectos, los contratistas, interventores y supervisores atendern las peticiones de los ciudadanos, comunidades y veeduras ciudadanas.

    3. El contratista es responsable por el cumplimiento de los requisitos contenidos en la Licencia

    Ambiental o en el Plan de Adaptacin de Guas Ambientales (P.A.G.A). Cuando el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) o la Autoridad Regional competente imponga multas por el incumplimiento, el INVAS repetir contra el Contratista y si fuere necesario, har efectiva la pliza de calidad del servicio de la Interventora.

    4. Para la totalidad de los proyectos, el Interventor seguir los lineamientos y adoptar los formatos

    Informes de Cumplimiento Ambiental (ICA) que para la supervisin y seguimiento trace el MAVDT los cuales se podrn conseguir en la siguiente pgina web www.minambiente.gov.co. .

    5. Los contratistas de obra e interventora debern velar, de manera especial, por el estricto

    cumplimiento de la programacin de obra, lo anterior, considerando las implicaciones de este proceso en el PROGRAMA ANUAL DE CAJA PAC de la Entidad.

    6. Los interventores externos respondern civil, penal y disciplinariamente tanto por el cumplimiento de

    las obligaciones derivadas del contrato de interventora, como por los hechos u omisiones que les fueren imputables y que causen dao o perjuicio a la entidad, derivadas de la celebracin y ejecucin de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido sus obligaciones.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 9 DE 29

    7. En todos los contratos de tracto sucesivo, se suscribirn actas de entrega y recibo definitivo de obra/

    interventora y liquidacin. En los de ejecucin inmediata, como el de compraventa, slo se requiere la orden de pedido y el acta de recibo donde conste que ste se dio a satisfaccin.

    8. Para el cumplimiento de las exigencias de calidad, los formatos e instructivos y dems documentos

    sern elaborados con sujecin al tamao y modelo establecido en el presente manual. Cualquier cambio, previa solicitud, deber ser aprobado por la Secretaria General Administrativa, siguiendo el procedimiento interno instituido.

    9. Para trmite y validez de los formatos de seguimiento y control establecidos en el presente Manual,

    debern contar con el nombre, firma, matrcula y cargo de todas las personas que los suscriban. 10. Los supervisores sern servidores pblicos profesionales, con experiencia en la materia y que su

    actividad corresponda a las funciones establecidas para el desempeo del cargo.

    11. Los Supervisores sern designados por el Jefe de la Unidad Ejecutora o Director Territorial mediante acto administrativo.

    12. Cuando los contratos que celebre el Instituto Nacional de Vas contengan clusulas que involucren

    exigencias originadas en convenios o crditos de orden bilateral o multilateral, los formatos del presente manual podrn ser reemplazados o modificados segn los requerimientos contractuales. As mismo, los convenios celebrados con organismos o entidades nacionales o del orden territorial debern ajustarse a lo establecido en el presente manual.

    13. Para los contratos suscritos por los Directores Territoriales, se entender que las funciones de

    Supervisin de Contrato y de Proyecto sern desempeadas por funcionarios de la misma Direccin Territorial. As mismo, se entiende que los abogados adscritos a las Direcciones Territoriales adelantarn los procesos y procedimientos que en el presente manual asume la Oficina Asesora Jurdica.

    14. En el caso de declararse impedido un servidor pblico o un ordenador del gasto para realizar el

    seguimiento de un contrato de obra por conflicto de intereses, este impedimento se har extensivo al contrato de interventora y/o consultora.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 10 DE 29

    5 NORMATIVIDAD VIGENTE

    Las firmas interventoras, deben tener conocimiento del marco legal bajo el cual se desarrollan los contratos

    del INVAS y estar sujetos a su aplicacin normativa vigente. Sin embargo a continuacin se enuncia varias

    decretos, leyes, normas, especificaciones, resoluciones que son de estricto cumplimiento:

    1. Los Pliegos de Condiciones o Trminos de Referencia, segn el caso, as como los contratos suscritos con el Instituto Nacional de Vas, para el desarrollo de los respectivos proyectos.

    2. Los estudios, diseos, planos y especificaciones del proyecto.

    3. Ley 76 de 1920 sobre el ancho de la va frrea

    4. Decreto 1075 de 1954 Artculo Sexto, por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con

    el ramo de ferrocarriles.

    5. Ley 146 de 1963, por la cual se ordena a la Nacin, Departamentos y Ferrocarriles Nacionales, la construccin de unas obras y se reglamenta la futura construccin de carreteras y lneas frreas....

    6. La Ley 80 de 1993 Estatuto de Contratacin y sus decretos reglamentarios, las normas

    comerciales y civiles vigentes que rijan las materias que aquella o estos no regulen particularmente.

    7. La Ley 99 de 1993 (Ley Ambiental) y sus decretos reglamentarios.

    8. La Ley 105 de 1993 - Por la cual se dictan disposiciones bsicas sobre el transporte.

    9. Ley 418 de 1997, Ley 548 de 1999, Ley 782 de 2002 y Decreto 128 de 2003, reglamentario de la Ley 418 de 1997, por las cuales se consagran unos instrumentos para la bsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y en materia de reincorporacin a la sociedad civil.

    10. La Ley 685 de 2001. - Por el cual se expide el Cdigo de Minas y se dictan otras disposiciones.

    11. La Ley 716 de 2001. - Por la cual se expiden normas para el saneamiento de la informacin contable

    en el sector pblico y se dictan otras disposiciones en materia tributaria.

    12. La Ley 734 de 2002. - Por la cual se expide el Cdigo Disciplinario nico.

    13. La Ley 789 de 2002. - Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la proteccin social y se modifican algunos artculos del Cdigo Sustantivo del Trabajo.

    14. La Ley 816 de 2003. - Por medio de la cual se apoya la Industria Nacional a travs de la

    Contratacin Pblica.

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    15. La Ley 828 de 2003. - Por la cual se expiden normas para el control de la evasin del Sistema de Seguridad Social.

    16. La Ley 850 de 2003. - Por la cual se reglamentan las veeduras ciudadanas.

    17. El Cdigo Colombiano de Diseo Ssmico de Puentes, adoptado mediante Resolucin No. 0003600, del

    20 de junio de 1996, emanada del Ministerio de Transporte.

    18. Las Normas de Ensayos de Materiales para Carreteras, versin 1996, adoptadas mediante Resolucin No. 008067 del 19 de diciembre de 1996, emanada de la Direccin General del Instituto.

    19. Las Especificaciones Generales de Construccin de Carreteras, versin 1996, adoptadas mediante

    Resolucin No. 008068 del 19 de diciembre de 1996, emanada de la Direccin General del Instituto.

    20. Gua Ambiental para proyectos de Mejoramiento, Mantenimiento, Rehabilitacin y pavimentacin de vas de la Red primaria y Terciaria.

    21. Gua Ambiental para proyectos de la Red Fluvial y Martima.

    22. Gua Ambiental para proyectos de la Red Frrea.

    23. El Manual de Capacidad y Niveles de Servicio para Carreteras de Dos Carriles segunda versin,

    adoptado mediante Resolucin No. 005864 del 12 de noviembre de 1998, emanada de la Direccin General del Instituto.

    24. El Manual de Diseo Geomtrico para Carreteras, adoptado mediante Resolucin No. 005865 del 12 de

    noviembre de 1998, emanada de la Direccin General del Instituto.

    25. El Manual de Diseo de Pavimentos Asflticos para Vas con Bajos Volmenes de Trnsito, adoptado mediante Resolucin No. 005867 del 12 de noviembre de 1998, emanada de la Direccin General del Instituto.

    26. El Manual de Diseo de Pavimentos Asflticos en Vas con Medios y Altos Volmenes de Trnsito,

    adoptado mediante Resolucin No. 002857 del 6 de julio de 1999, emanada de la Direccin General del Instituto.

    27. El Manual Sealizacin de Dispositivos para la Regulacin del Trnsito en Calles, Carreteras y Ciclo

    rutas de Colombia, adoptado por la Resolucin No. 001050 del 5 de mayo de 2004, proferida por el Ministerio de Transporte.

    28. La Gua Metodolgica para el Diseo de Obras de Rehabilitacin de Pavimentos Asflticos de

    Carreteras, adoptada mediante Resolucin No. 002658 del 27 de julio de 2002, emanada de la Direccin General del Instituto.

    29. La Resolucin No. 007001 del 18 de noviembre de 1997, emanada de la Direccin General del

    Instituto, por medio de la cual se establecen los porcentajes mnimos y su vigencia en las garantas de los contratos que celebre el Instituto.

    30. La Resolucin No. 003000 del 5 de junio de 1998, emanada de la Direccin General del Instituto, por

    medio de la cual se adopta la poltica ambiental del Instituto Nacional de Vas.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 12 DE 29

    31. La Resolucin No. 002661 del 27 de junio de 2002, emanada de la Direccin General del Instituto,

    por medio de la cual se actualizan las Normas de Ensayo de Materiales para Carreteras del Instituto Nacional de Vas.

    32. La Resolucin No. 002662 del 27 de junio de 2002, emanada de la Direccin General del Instituto,

    por medio de la cual se actualizan las Especificaciones Generales de Construccin de Carreteras para los contratos de obra celebrados por el Instituto Nacional de Vas.

    33. La Resolucin No. 001101 del 3 de abril de 2003, emanada de la Direccin General del Instituto, por

    la cual se adopta el Manual de Gerencias Tcnicas Comunitarias como norma para el desarrollo de las veeduras tcnicas ejercidas en los proyectos a cargo del Instituto Nacional de Vas.

    34. La Resolucin No. 000070 del 21 de enero de 2004, emanada del Ministerio de Transporte, por la

    cual se reglamenta la certificacin sobre la calidad tcnica de mezclas asflticas para proyectos de pavimentacin.

    35. La Resolucin No. 000227 del 26 de enero de 2004, emanada del Instituto Nacional de Vas, por

    medio de la cual se establecen las sanciones y se sealan las causales y cuantas para hacer efectiva la Clusula de Multas en los contratos celebrados por el Instituto Nacional de Vas.

    36. La Resolucin No. 001129 del 25 de marzo de 2004, emanada de la Direccin General del Instituto,

    por medio de la cual se establecen las funciones de los supervisores de proyectos, de contratos de obra y consultora.

    37. La Resolucin No. 004344 del 5 de octubre de 2004, emanada de la Direccin General del Instituto,

    por la cual se reglamenta la competencia, el procedimiento, se fija los requisitos y se adoptan documentos modelo para la liquidacin de los contratos celebrados por el Instituto Nacional de Vas, y se delega una facultad.

    38. La Resolucin No. 003555 del 22 de noviembre de 2005, emanada del Ministerio de Transporte, por

    la cual, a partir de su vigencia, debern instalarse con carcter obligatorio las vallas informativas de acuerdo con la cantidad y la informacin requerida en la resolucin y,

    39. Resolucin No. 000747 del 9 de marzo de 1.998, emanada del Ministerio de Transporte. Por la cual

    se establecen los topes mximos para sueldos y dems gastos que se pueden pagar en los contratos de Consultora, por el sistema de cobro de costos directos ms sueldos afectados por un multiplicador, y se establece un sistema de actualizacin.

    40. Resolucin No. 007280 del 20 de octubre del 2006. Por la cual se modifica la resolucin N 004356

    del 14 de septiembre de 2005 por medio de la cual se ajust el Manual Especfico de Funciones y de competencias laborales para los empleos de la Planta de personal del INSTITUTO NACIONAL DE VAS.

    Las dems normas que sean concordantes.

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    MANUAL DE INTERVENTORIA PGINA 13 DE 29

    6 LA INTERVENTORA 6.1 OBJETIVO DE LA INTERVENTORA La Interventora nace en el Artculo 32 numeral 2 de la Ley 80/93 Su funcin consiste en controlar que el contratista durante la ejecucin de su contrato se cia a los plazos, trminos, y dems condiciones contractuales, garantizando la eficiente y oportuna inversin de los recursos establecidos contractualmente, colaborando con el contratista en la correcta ejecucin de los trabajos con orden y eficiencia, resolviendo con prontitud los requerimientos tcnicos del contratista, previniendo con su experiencia y anlisis los posibles inconvenientes tcnicos y financieros en el desarrollo del contrato, verificando y supervisando las actividades de la firma contratista de obra encaminadas a cumplir las especificaciones tcnicas, actividades administrativas, requerimientos socio ambientales, legales y presupuestales, establecidos en los Pliegos de Condiciones y en los contratos o Convenios que se celebren, teniendo como referencia los principios establecidos en la Ley 80 de 1.993. 6.2 FACULTADES DE LA INTERVENTORA

    La Interventora de un contrato de obra pblica est facultada para actuar de acuerdo con lo establecido en la Ley, con lo estipulado en el correspondiente contrato y con lo regulado en el presente Manual. El Interventor debe:

    1. Requerir al contratista el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y en las leyes y normas que le sean aplicables. 2. Solicitar el cumplimiento de las obligaciones de manera clara y oportuna al contratista. 3. Las instrucciones dadas son de carcter obligatorio para el contratista, si estn dentro del marco de la ley y lo pactado contractualmente. Se debe dejar constancia escrita de toda actuacin con firma de recib por parte del contratista y del INSTITUTO NACIONAL DE VAS. 4. Son de obligatorio cumplimiento recomendar por escrito las acciones necesarias para la mejor ejecucin del contrato apuntando a su optimizacin financiera y tcnica. 5. Requerir al contratista los documentos necesarios para la liquidacin del contrato y vigilar permanentemente que las plizas contractuales y post contractuales en valor y vigencia estn debidamente aprobadas por el INSTITUTO NACIONAL DE VAS.

    6.3. PRINCIPIOS DE LA INTERVENTORA:

    1. Los contemplados en la Ley 80/93 en su articulo 23: Transparencia, Economa y Responsabilidad. 2. Los establecidos en el Cdigo Contencioso Administrativo : Eficiencia, economa , eficacia, imparcialidad

    y celeridad.

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    3. El Interventor, debe cumplir con sus labores de controlar y vigilar con responsabilidad basndose en la misin que le han delegado el Estado y la Comunidad.

    6.4. OBLIGACIONES

    1. Organizacin y la normatividad vigente del INSTITUTO NACIONAL DE VAS. Conocer sobre la organizacin y la normatividad del INSTITUTO NACIONAL DE VAS, para su aplicacin en desarrollo del contrato de obra y de interventora, igualmente deber tramitar adecuadamente la correspondencia, utilizando los formatos y procedimientos establecidos y cumplir con las disposiciones contenidas en el Manual de Interventora vigente, resoluciones y decretos que se relacionen con el ejercicio de la interventora.

    2. Estudios, Diseos y Planos. Si se requiere.

    Verificar con las condiciones actuales de la va y de las normas y especificaciones vigentes, los estudios, diseos y planos, requeridos para la ejecucin de la obra.

    3. Necesidades prediales del proyecto. Verificar que los predios en donde se realizarn las obras sean de propiedad o estn a cargo de la Nacin y que la titulacin y planos correspondientes se encuentren debidamente aprobados y legalizados conforme a las normas y reglamentaciones vigentes, de lo contrario informar al INVAS la necesidad de legalizar los predios que a travs del diseo sean requeridos para la ejecucin del proyecto, quien se encargar del tramite pertinente para su adquisicin.

    4. Planos de detalles y definitivos de la obra. Elaborar planos de las obras en todos los casos que sean necesarios y especificar con detalle, cuando en los planos generales del proyecto no lo hagan. As mismo, Velar por que el contratista de obra elabore y entregue los planos definitivos de la obra construida, los cuales deben incluir todas las modificaciones realizadas durante la ejecucin del proyecto.

    5. Iniciacin de los trabajos.

    Exigir al constructor, una vez se tenga la orden de Inicio expedida por la Unidad Ejecutora, la iniciacin de los trabajos, dentro de los trminos establecidos en el respectivo contrato y en cumplimiento de la programacin contractual vigente.

    6. Reunin tcnica y visita al proyecto Mximo dentro de los cinco (5) das calendario siguientes a la orden de iniciacin del proyecto el interventor coordinar una reunin tcnica y la Direccin Territorial respectiva, el Ingeniero Residente del contratista/interventora y el Supervisor de Contrato de la Direccin Territorial. Se deber analizar con el constructor los planos y especificaciones del proyecto, el programa de inversiones, el programa de trabajo, el equipo disponible, las fuentes de materiales, requerimientos de mano de obra y ambientales, sitios de disposicin de materiales, manejo del transito, la

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    seguridad de los trabajadores y del pblico y en general todo aquello que permita el desarrollo normal de las obras. As mismo, la interventora aprobar antes de iniciar la ejecucin de los trabajos, los procedimientos constructivos, las frmulas de trabajo y el tramo de prueba que presente el contratista para realizar las diferentes actividades propias del contrato a ejecutar.

    7. Hacer entrega de los puntos topogrficos para localizar el proyecto.

    Hacer entrega de los puntos topogrficos necesarios, con sus coordenadas y cotas, que le permitan al constructor localizar adecuadamente el proyecto sobre el terreno y ejecutar las obras correspondientes.

    8. Replanteo. Verificar el replanteo que el constructor realice con base en las referencias entregadas y ordenar la correccin cuando se encuentren diferencias.

    9. Referencias topogrficas. Revisar durante la construccin la permanencia de las referencias topogrficas y exigir al constructor su proteccin, traslado o reposicin cuando sea necesario.

    10. Inversin del anticipo. Controlar la inversin del anticipo concedido al contratista de la obra, vigilando mediante cuenta conjunta y autorizando los desembolsos que correspondan a gastos del contrato efectuados y que estn de acuerdo con el programa de inversiones aprobado por el INSTITUTO NACIONAL DE VAS.

    11. Recursos necesarios. Disponer, administrar y mantener, en sitios cercanos a la obra, durante el tiempo de ejecucin del contrato, personal profesional, tcnico y administrativo, instalaciones, equipos de laboratorio y control, y una organizacin logstica adecuada para el ejercicio de las funciones de interventora.

    12. Diario de Obra ( Bitcora) Llevar junto con el constructor un diario de la obra que deber permanecer disponible en la oficina de campo de la interventora, en el cual se consignarn todas las instrucciones, observaciones, ejecuciones y determinaciones relacionadas con el desarrollo de la obra. ste deber iniciarse el da en que comiencen las Obras.

    13. Actualizacin del archivo. Llevar, Mantener actualizado y tener disponible el archivo de la interventora con la correspondencia, informes tcnicos, resultados de laboratorio, planos y dems documentos requeridos para el control de la ejecucin de las obras, en donde se detallen las condiciones geolgicas, topogrficas y meteorolgicas, equipos utilizados, mtodos constructivos y en general todo aquello que permita determinar completamente las caractersticas de la obra ejecutada.

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    Este archivo deber ser entregado a la Unidad Ejecutora correspondiente como requisito para el recibo de la Interventora y si por circunstancias ajenas al INVAS, se requiera, la interventora deber suministrar el archivo.

    14. Estado, calidad y cantidad del equipo disponible. Durante todo el desarrollo del proyecto verificar que el equipo ofrecido por el contratista en su propuesta se encuentre completo y en perfecto estado de funcionamiento. El interventor exigir el cambio o adicin del equipo necesario dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes a su requerimiento; de no darse cumplimiento a lo anterior, deber informar al supervisor de contrato y la Unidad Ejecutora correspondiente para las acciones a que haya a lugar.

    15. Personal y equipo del constructor. Durante todo el desarrollo del proyecto deber mantener actualizada una relacin diaria de los profesionales, trabajadores y equipo del constructor empleados en la ejecucin de las obras y en las oficinas o campamentos. El interventor podr exigir el cambio o adicin del personal necesario; de no darse cumplimiento a lo solicitado, deber informar al supervisor de contrato y a la Unidad Ejecutora correspondiente para el trmite pertinente con base en la Resolucin 00227 del 26 de Enero del 2004 y dems normas que expida el Instituto Nacional de Vas sobre la materia.

    16. Ensayos y control de calidad. Efectuar ensayos de campo, de laboratorio para el control de calidad de materiales y productos terminados con el objeto de verificar el cumplimiento de las normas y especificaciones de construccin del Instituto Nacional de Vias. En caso de incumplimiento de stas, se abstendr de recibir la obra informando al supervisor de contrato y a la Unidad Ejecutora correspondiente para el trmite pertinente con base en la Resolucin 00227 del 26 de Enero del 2004 y dems normas que expida el Instituto Nacional de Vas sobre la materia.

    17. Seguimiento del avance del contrato.

    Realizar el seguimiento al avance del contrato de obra de acuerdo con el programa de obra, de tal manera que si se detectan atrasos e incumplimientos parciales o totales se requiera oportunamente al contratista y de continuar con los mismos e incumplimientos, se informe con la debida sustentacin al supervisor de contrato y a la Unidad Ejecutora correspondiente, junto con la cuantificacin del valor de la sancin o multa para el trmite pertinente, con base a la Resolucin 00227 del 26 de Enero del 2004 y dems normas que expida el Instituto Nacional de Vas sobre la materia.

    18. Acta de recibo parcial de obra.

    Elaborar acta de recibo parcial de obra de acuerdo con el pliego de condiciones y con los trabajos ejecutados en el mes o perodo a reconocer al contratista. Intervenir directamente en la medicin y cubicacin de las obras ejecutadas, las cuales deben quedar consignadas en una PRE-ACTA detallada. Dichas actas sern suscritas conjuntamente con el constructor y constituyen el soporte para el recibo definitivo de la obra.

    19. Registro de provisin, consumo y existencia de explosivos.

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    Llevar un registro de la provisin, consumo y existencia de los materiales explosivos utilizados en la obra, as como la medida de las obras que se realicen con su aplicacin, el equipo utilizado y el personal encargado de su manejo. Exigir, adems el cumplimiento de las normas vigentes establecidas por el Ministerio de Defensa para su manejo y control.

    20. Estado tcnico financiero y legal del contrato. Conocer al detalle el estado financiero y legal del contrato y registrar las operaciones efectuadas con los fondos del mismo, as como del trmite de contratos adicionales, actas de modificacin de cantidades de obra, aprobacin de precios para tem no previstos.

    21. Informe Mensual. Elaborar informe en el formato establecido en el Manual de Interventora y enviarlo dentro de los quince (15) primeros das de cada mes durante la vigencia de la interventora. En dicho informe debe aparecer el estado de la obra teniendo en cuenta aspectos tcnicos, econmicos, financieros, contractuales, estado del equipo, personal, materiales, programa de trabajo, avance en la ejecucin de la obra, problemas pendientes de solucin que afecten la realizacin del proyecto y en general todo aquello que de una u otra forma est relacionado con el desarrollo de la obra.

    22. Actualizacin Sistema de Informacin de Seguimiento Fsico - Financiero. Capturar en el aplicativo la informacin correspondiente al avance fsico y financiero de los contratos en ejecucin a su cargo. El Instituto Nacional de Vas, a travs del rea de Desarrollo Informtico de la Secretara General Administrativa, suministrar la informacin necesaria para obtener el acceso al aplicativo con el correspondiente usuario y contrasea de ingreso.

    23. Programa de utilizacin del equipo. Verificar que el programa de utilizacin del equipo est de acuerdo con el programa de obra.

    24. Revisiones peridicas.

    Realizar en forma peridica y semanal cuando el contrato y el inters del INVAS lo requieran, en forma conjunta con el contratista, revisando de las cantidades de obra ejecutadas contra las contempladas en el proyecto. Haciendo un balance general del proyecto, contra lo pactado contractualmente.

    25. Evaluacin trimestral de proyectos con financiacin externa. Para los proyectos con financiacin externa, adicionalmente se debe evaluar cada trimestre el programa detallado de obra en coordinacin con la Direccin Territorial y el supervisor de contrato designado, siguiendo la metodologa establecida por la Secretara General Tcnica o la entidad Financiera.

    26. Aplicacin de la reglamentacin sobre sealizacin.

    Velar por que el contratista de estricto cumplimiento a la reglamentacin vigente sobre sealizacin temporal durante la etapa de construccin y sobre sealizacin definitiva, en el caso de estar incluida en el contrato de obra.

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    27. Entidades encargadas de los recursos naturales.

    Colaborar con las entidades encargadas del manejo y control de los recursos naturales, ecolgicos y del medio ambiente cuando estas as lo requieran.

    28. La licencia Ambiental para la explotacin de fuentes de Material. Conocer y asesorar en los trmites para la obtencin del titulo minero y la licencia ambiental para la explotacin de las fuentes de materiales.

    29. Concepto sobre modificaciones. Emitir concepto durante la ejecucin de la obra y someter a consideracin del supervisor de contrato y de la Unidad Ejecutora correspondiente con la debida justificacin tcnico-econmica y anlisis beneficio costo, los casos en que se le solicite o presenten: 1. Cambios o modificaciones en el diseo y/o especificaciones iniciales del proyecto. 2. Afectacin de predios no indemnizados. 3. Cambios o modificaciones en cantidades de obra. 4. Anlisis, comparacin y fijacin de precios no previstos. 5. Cambios o modificaciones en mtodos constructivos. 6. Reprogramaciones. 7. Fijacin de costos y/o tarifas de maquinaria de construccin. 8. Solicitudes de Adicin y Prrroga.

    30. Visitas de Supervisin y/o de Control Acompaar y suministrar la informacin tcnica financiera y en general cualquier informacin que las comisiones de supervisin y/o de control o evaluacin enviadas por el Instituto Nacional de Vias y/o de las Entidades Financieras requieran.

    31. Sugerencias, reclamaciones y consultas de contratista. Estudiar las sugerencias, reclamaciones y consultas del contratista que sean de su competencia, resolviendo oportunamente las que estn a su alcance y de las que no, emitir concepto tcnico, financiero y legal segn el caso, con los correspondientes soportes remitindolas al supervisor de contrato y a la Unidad Ejecutora pertinente, para su trmite.

    32. Documentos para la liquidacin del contrato de obra e interventora. Elaborar proyecto de acta de liquidacin de obra e interventora y allegar la documentacin requerida para la liquidacin del respectivo contrato de obra e interventora de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia. (Acta de Visita Previa, Acta de Recibo Definitivo, relacin de

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    pagos de SICO, Certificacin con los debidos soportes del Pago Parafiscales hasta el mes final de obra e interventora, Certificacin Bancaria de cierre de cuenta de anticipo, Paz y Salvo de proveedores, comunidad y trabajadores, Borradores o definitivas Actas de Liquidacin y plizas actualizadas y aprobadas, cierre ambiental y otros)

    33. Informe final.

    Presentar original a la unidad ejecutora y ejemplar a la Direccin Territorial correspondiente.

    34. Manuales de mantenimiento de equipo. Cuando la obra lo requiera, estudiar y conceptuar respecto de los manuales elaborados por el contratista o proveedor, sobre el mantenimiento y conservacin de los equipos instalados en la obra.

    35. Visita previa de obra. Efectuar con el Director de Obra/Interventora y el supervisor de contrato una visita, para efecto de determinar el estado de la obra que se va a recibir, siguiendo el procedimiento establecido en las normas vigentes y elaborar el Acta de Visita Previa al Recibo.

    36. Recibo definitivo de la obra. Efectuar el Acta de Entrega y Recibo Definitivo de la obra mediante la elaboracin del acta correspondiente, con la presencia del Representante Legal o delegado de obra/Interventora y supervisor de contrato o el delegado por el INVAS, pues ste, a partir de ese momento, tendr a cargo la va y ser quien haga el seguimiento a la calidad de las obras y su posterior mantenimiento.

    37. Recibo de la interventora. Cumplir con las normas vigentes que fijan el procedimiento para el recibo de la interventora.

    38. El interventor deber cumplir con el Cdigo de tica Profesional en el ejercicio de todas las actuaciones inherentes al desarrollo del contrato.

    39. El Ingeniero Director de Interventora y de obra, estn obligados a visitar el sitio de las obras, objeto

    del contrato obra, como mnimo una vez al mes.

    40. El personal de la interventora debern portar un documento que los acredite, ya que este podr ser requerido por los servidores pblicos o comisionados por parte del Instituto Nacional de Vias, en las visitas de Supervisin de las obras o control interno y los Organismos de control.

    41. Manejo de los impactos socio - ambientales de la obra. Hacer cumplir los requerimientos socio ambientales establecidos para el proyecto. Exigir la ejecucin de las medidas de manejo que aparecen en el P.A.G.A o en la Resolucin de Licencia Ambiental otorgada por la entidad competente. Presentar informes Trimestrales sobre el avance y cumplimiento del P.A.G.A o segn lo requerido en la Licencia Ambiental, a la Unidad Ejecutora y a la Subdireccin del Medio Ambiente y Gestin Social del INVIAS.

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    42. Monitoreos Ambientales El interventor deber verificar que el contratista elabor los monitoreos ambientales (Agua, Aire, Ruido, Inventarios) a que haya a lugar estipulados en el P.A.G.A o en la respectiva Licencia Ambiental.

    43. Generalidades del P.A.G.A: El Interventor deber aprobar el PAGA elaborado por el contratista de acuerdo con los lineamientos contenidos en la Gua Ambiental y que hacen parte de los pliegos de condiciones.

    44. Normas de Seguridad Industrial. Exigir al constructor el cumplimiento de todas las normas sobre seguridad industrial del personal a su cargo.

    45. Cumplir instrucciones y dems obligaciones establecidas por el Instituto Nacional de Vias.

    7 GLOSARIO 7.1 TRMINOS BSICOS

    Acta: Documento donde se describe un evento del contrato o lo tratado en una reunin, dejando constancia de los compromisos y tareas pactadas e indicando el responsable de cada uno de ellas. Ajustes: Es un factor de actualizacin que se genera por la variacin de los ndices de costos establecidos entre la fecha de presentacin de la propuesta y la fecha de ejecucin. Anticipo: Son recursos pblicos entregados por el INVAS al contratista, quien se obliga a destinarlos en forma exclusiva a la ejecucin del contrato, de acuerdo con el programa de inversin avalado por el interventor y el supervisor de contrato aprobado por el jefe de la unidad ejecutora. Caducidad: Potestad excepcional de la Entidad para dar por terminado y ordenar la liquidacin del contrato cuando el acto administrativo quede en firme. Se hace efectiva mediante resolucin motivada, por el incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista o las causas de Ley, que afecten de manera grave y directa el contrato y que evidencien su paralizacin, los establecidos en la Ley 80 de 1993 y normas reglamentarias. Certificado de Disponibilidad Presupuestal: Documento expedido por el servidor pblico que ejerza las funciones de jefe de presupuesto del INVAS o quien haga sus veces con el cual se garantiza la existencia de apropiacin presupuestal disponible y libre de afectacin para asuncin de compromisos. Concurso de Mritos: Proceso pblico de seleccin que se aplica para la contratacin de consultoras (estudios o interventoras). Consorcio: Asociacin de dos o ms personas naturales o jurdicas, las cuales presentan en forma conjunta una misma propuesta para la adjudicacin, celebracin y ejecucin de un contrato, respondiendo

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    solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarn por igual a todos los miembros que la conforman. Contratacin Directa: Proceso de seleccin para la contratacin prescindiendo de las formalidades establecidas para el proceso licitatorio o concursal contractual, en los casos enumerados taxativamente por la ley, garantizando el cumplimiento de los principios consagrados en el Estatuto de Contratacin y decretos reglamentarios. Contratista: Persona natural o jurdica (consorcio o unin temporal a quien se le ha adjudicado una licitacin, concurso o convocatoria y contratacin directa) con quien se celebra el respectivo contrato. Contrato Adicional: Acuerdo que celebra el INVAS y el contratista para prorrogar el plazo y/o adicionar el valor de un contrato. Contrato de Concesin: Es aquel que celebre el INVAS con el objeto de otorgar a una persona llamada concesionario, la prestacin, operacin, explotacin, organizacin o gestin, total o parcial, de una obra, bien o servicio pblico o la construccin, explotacin o conservacin total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso pblico, as como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestacin o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneracin que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorizacin, o en la participacin que se le otorgue en la explotacin del bien, o en una suma peridica, nica o porcentual y en general, en cualquier otra modalidad de contraprestacin que las partes acuerden. Contrato de Consultora: Es el que celebre el INVAS referido a los estudios necesarios para la ejecucin de proyectos de inversin, estudio de diagnstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos especficos, as como a las asesoras tcnicas de coordinacin, control y supervisin. Son tambin contratos de consultora los que tienen por objeto la interventora, asesora, gerencia de obra o de proyectos, direccin, programacin y la ejecucin de diseos, planos, anteproyectos y proyectos. Contrato de Fiducia Pblica: Es un negocio jurdico en virtud del cual una persona, llamada fiduciante o fideicomitente (INVAS), transfiere uno o ms bienes especificados a otra, llamado fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de ste o de un tercero llamado beneficiario o fideicomisario. Contrato de Obra: Es el que celebre el INVAS para la construccin, mantenimiento, mejoramiento, rehabilitacin etc, instalacin y en general para la realizacin de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecucin y pago. Contrato de Prestacin de Servicios: El que celebre el INVAS para desarrollar actividades relacionadas con la administracin o funcionamiento de la entidad. Estos contratos slo podrn celebrarse con personas naturales cuando tales actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. Contrato Estatal: Acuerdo celebrado entre el INVAS y el oferente seleccionado con la adjudicacin de una licitacin, concurso, convocatoria o contratacin directa, en el cual se fijan el objeto, valor, plazo y dems condiciones que regirn la relacin contractual. Siguiendo los parmetros establecidos en la reglamentacin legal vigente sobre contratacin.

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    Control de Calidad: Es el proceso mediante el cual se verifican las condiciones de los materiales, elementos, mtodos, modelos, normas, etc., que se utilizan, de acuerdo con las especificaciones requeridas para la ejecucin del contrato. Convocatoria: Proceso pblico de seleccin que se aplica para la contratacin dependiendo del presupuesto asignado a la entidad. Cuenta de Anticipo: Es la cuenta bancaria especial que se abre con el valor total del anticipo que entrega el INVIAS, para ser manejada en forma conjunta entre el contratista y el interventor. Los rendimientos que genere esta cuenta sern del INVAS. Empresa Unipersonal: Constituida por una persona natural o jurdica que rena las calidades requeridas para ejercer el comercio y que destine una parte de sus activos para realizar actividades de carcter mercantil, una vez inscritas en el registro mercantil, se forma una persona jurdica. Est reglamentada en el artculo 71 de la Ley 222 de 1995. Encargos Fiduciarios: Son negocios fiduciarios que se celebran con sociedades fiduciarias autorizadas por la Superintendencia Bancaria, cuyo objeto es la administracin o el manejo de los recursos vinculados a los contratos del INVAS. Garanta nica de Cumplimiento: Pliza expedida por una compaa de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia o garanta bancaria a travs de la cual el Contratista avala el cumplimiento de las obligaciones que surjan a su cargo, por razn de la celebracin, ejecucin y liquidacin de un contrato estatal. Debe contener entre otros y de acuerdo a la naturaleza del contrato, los amparos de: Cumplimiento, Correcta inversin y buen manejo del anticipo; calidad del bien o servicio suministrado; pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones; estabilidad de la obra, provisin de repuestos y accesorios, segn el caso. Glosario Ambiental: Definiciones de los trminos ambientales al final de este acpite. Grupos de Ajuste: Estos corresponden a los indicados en los ndices de Costos de la Construccin Pesada (ICCP) suministrados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadstica (DANE) y son: Obras de Explanacin (1), Sub-bases y Bases (2), Transporte de Materiales (3), Aceros y Elementos Metlicos (4), Aceros Estructurales y Cables de Acero (5), Concretos Morteros y Obras Varias (6), Concretos para Superestructura (7), Pavimentos con Asfalto y Otros (8). En el evento en que los contratos incluyan actividades de Estudios y Diseos, estos no estarn sujetos a ajustes. Grandes Partidas de Pago: Se definen como la agrupacin de varios Item del contrato que conforman una etapa representativa desde el punto de vista constructivo. La finalidad de esta agrupacin es la de obtener una visin de conjunto sobre el avance de las principales etapas de la obra. Su agrupacin corresponder segn las Especificaciones Generales de Construccin as: Explanaciones (E), Sub-bases (SB), Bases (B), Pavimentos (P), Estructuras y Obras de Drenajes (OA) Sealizacin y Control de Trnsito (SCT), Obras Varias y de Mitigacin Ambiental (OV) y Transportes (T), (solo los indicados en ste captulo, los dems transportes se agrupan en las actividades correspondientes). Imprevistos: Es el porcentaje de los costos directos del precio unitario del contrato, que en el desarrollo normal de una actividad o tem que puede presentarse y que debe ser asumido por el contratista.

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    Interpretacin Unilateral: Poder excepcional de la entidad pblica para interpretar algunas estipulaciones o clusulas del contrato cuando surjan discrepancias entre las partes, sobre la interpretacin de alguna de stas, que puedan conducir a la paralizacin o a la afectacin grave del servicio pblico que se pretende satisfacer con el objeto contratado. Interventora: Es el ejercicio de vigilancia, control, asesora y coordinacin para el cumplimiento de las obligaciones pactadas en los contratos que celebre el INVAS. Interventor Externo: Es la persona natural o jurdica a quien se le ha adjudicado un contrato para ejercer control y vigilancia durante todas las etapas del contrato celebrado por INVAS y lo representa ante el contratista. Interventor Interno: Es el servidor pblico o a quien se ha designado por acto administrativo o resolucin para ejercer control y vigilancia durante todas las etapas del contrato celebrado por INVAS y lo representa ante el contratista. tem no Previsto: Actividades complementarias a las inicialmente contratadas, que surgen durante la etapa de ejecucin y son indispensables para cumplir con el objeto contratado; debern ejecutarse previo anlisis, estudio y aprobacin del precio unitario. Legalizacin del Contrato: Es el cumplimiento de la aprobacin de las garantas, pago de la publicacin en el Diario Oficial y del Impuesto de Timbre (segn comprobante de ingreso expedido por el rea de Tesorera del Instituto Nacional de Vas), dentro de los trminos establecidos en el contrato. Licitacin Pblica: Proceso pblico de seleccin que se aplica para la contratacin en general salvo para las consultoras, a las cuales aplica el concurso de mritos. Modificacin Unilateral: Es una facultad excepcional que tiene la entidad estatal para introducir mediante acto administrativo debidamente motivado, variaciones en el contrato con el fin de evitar la paralizacin o afectacin grave del servicio pblico que se deba satisfacer cuando las partes previamente no lleguen al acuerdo respectivo. Obra Adicional: Es el incremento en la cantidad de un tem inicialmente contratado. Obra Complementaria: Es la obra no prevista en la propuesta inicial y cuya ejecucin se hace necesaria para dar mayor estabilidad, buen funcionamiento y/o adecuada terminacin a las obras contratadas. Orden de Iniciacin: Documento en el cual se imparte la fecha de iniciacin del contrato. A partir de la cual contabiliza el plazo del contrato. Orden de Pago: Documento a travs del cual se autoriza el pago por parte del INVAS al contratista, por las labores ejecutadas durante el perodo respectivo, de acuerdo con la modalidad de pago estipulada en el contrato. Otrosi o Modificacin Contractual: Acuerdo que celebra el INVAS con el contratista para modificar, aclarar, agregar o suprimir una o algunas de las clusulas estipuladas inicialmente en el contrato, sin tener que rehacerlo. Debe ser firmado por las partes.

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    Pago Anticipado: Son recursos pblicos pagados en forma adelantada al contratista, que representan una parte del pago por la ejecucin del contrato, los cuales salvo casos excepcionales plenamente justificados y motivados, no podrn ser pactados, segn lo establece la Directiva Presidencial No. 12 de 2002. Perfeccionamiento del Contrato: Es el evento jurdico que se surte mediante la firma del contrato por las partes y la expedicin del registro presupuestal. Plazo de Ejecucin del Contrato: Es el perodo entre la fecha de iniciacin y de vencimiento del trmino estipulado en el contrato. Pliego de Condiciones: Documento en el cual se fija el Marco normativo bajo el cual se desarrolla el procedimiento licitatorio que contiene los derechos y obligaciones de las partes, describe el objeto a contratar, con la inclusin de los requisitos tcnicos, financieros y jurdicos que deben cumplir los proponentes y posteriormente, el contratista durante la ejecucin del contrato. Pliza de Responsabilidad Civil Extracontractual: Amparo autnomo que debe ser constituido por los contratistas en contratos de obra y en los dems que considere necesario la entidad, con el que se cubre la responsabilidad civil frente a daos a terceros, derivados de la ejecucin del contrato respectivo. Registro Presupuestal: Operacin mediante la cual se perfecciona el compromiso y se afecta en forma definitiva la apropiacin, garantizando que sta no ser desviada a ningn otro fin. En esta operacin se debe indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. El valor total del contrato podr estar respaldado por un registro presupuestal o la suma de varios. Reversin de Precios: Llevar el precio del tem no previsto a la fecha de cierre de la licitacin (Io). Supervisor: Servidor pblico o contratista por prestacin de servicios que representa al INVAS, designado mediante resolucin o por oficio respectivamente, para coordinar y controlar los contratos asignados en todos sus aspectos, acorde con las funciones de supervisin establecidas en la resolucin vigente. Supervisor de Contrato: Es el servidor pblico designado como supervisor que desempea sus funciones en la Direccin Territorial en cuya jurisdiccin se adelantan las obras objeto de un contrato. Servidor pblico encargado de vigilar la ejecucin de un contrato de interventora. Supervisor de Proyecto: Es el servidor pblico designado como supervisor que desempea sus funciones en Planta Central Bogot y que adelanta la supervisin de los proyectos de una zona del pas. Servidor pblico encargado de adelantar un proyecto desde su etapa inicial hasta su culminacin. Terminacin por Mutuo Acuerdo: Es el mecanismo que tienen las partes para la terminacin anticipada de un contrato, mediante acta debidamente motivada y proceder a su posterior liquidacin. Terminacin Unilateral: Es un mecanismo excepcional que tiene la entidad para la terminacin anticipada de un contrato, se presenta en los eventos citados en el artculo 17 de la Ley 80 de 1993. Trminos de Referencia: Marco normativo bajo el cual se desarrolla un concurso de mritos (estudios o interventora), que contiene los derechos y obligaciones de las partes, describe el objeto a contratar, con la inclusin de los requisitos tcnicos, financieros y jurdicos que deben cumplir los proponentes y posteriormente, el contratista durante la ejecucin del contrato.

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    Unin Temporal: Asociacin de dos o ms personas naturales o jurdicas, quienes en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicacin, celebracin y ejecucin de un contrato, respondiendo solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrn de acuerdo con la participacin en la ejecucin de cada uno de los miembros de la unin temporal. Unidad Ejecutora: Nombre que se le da a la dependencia del Instituto Nacional de Vas, bajo la cual est la suscripcin, coordinacin ,supervisin y control de un contrato.

    7.2 TIPOS DE ACTAS Acta de Ajustes: Documento contractual mediante el cual se reconoce los ajustes de precios pactados en el contrato, correspondientes a un acta de recibo parcial o de recibo final. Acta de Aprobacin de Estudios y Diseos: Documento mediante el cual el contratista entrega y el INVAS o la Interventora recibe y aprueba los estudios y/o diseos pactados en el contrato. En esta acta se deja constancia de la aprobacin de parte o de la totalidad de los estudios y diseos. Acta de Comit: Documento mediante el cual se deja constancia del avance fsico, financiero, administrativo y legal del contrato y compromisos que deben realizarse de acuerdo a las necesidades del contrato. Acta de Costos: Documento contractual mediante el cual se reconoce cuantificados los servicios realizados por la interventora externa durante la ejecucin de un contrato. Esta acta es el soporte para el pago gradual a la interventora. Acta de Entrega de Bienes y/o Equipos: Documento contractual mediante el cual se formaliza el recibo y la entrega de bienes y/o equipos por parte del contratista al INVIAS. Acta de Entrega de Estudios y Diseos: Documento contractual mediante el cual el contratista hace entrega al INVAS o a la Interventora de los estudios o diseos totalmente terminados, que fueron elaborados o ajustados segn sea el caso. En esta acta se deja constancia de la entrega de parte o de la totalidad de los estudios y diseos. Acta de Entrega por Cambio de Interventor o Supervisor: Documento contractual mediante el cual se protocoliza el empalme entre el interventor o supervisor saliente y entrante. En este documento se deja constancia del estado y manejo del anticipo, del avance fsico y financiero del contrato y de la entrega y recibo de todos los documentos. Acta de Fijacin de Precio no Previsto: Documento contractual mediante el cual se aprueba por parte del Jefe de la Unidad Ejecutora el justo precio del tem no previsto. Insumo: Se refiere a cualquier componente del anlisis del Precio Unitario. Acta de Liquidacin del Contrato: Documento contractual donde se hace un balance contable de las inversiones ejecutadas por el contratista contra las pagadas por la entidad Acta de Reanudacin: Documento mediante el cual se deja constancia de la reanudacin de las obras. Acta de Entrega y Recibo Definitivo de Obra: Documento contractual mediante el cual el contratista hace entrega y el INVIAS recibe en el estado en que se encuentran las obras.

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    Acta de Recibo Parcial de Obra: Documento contractual mediante el cual el contratista hace entrega parcial y el INVIAS recibe a satisfaccin cuantificados los bienes, las obras o los servicios. Esta acta es el soporte para el pago parcial al contratista. Acta de Reunin Tcnica: Documento que se elabora, mximo dentro de los cinco (5) das calendario siguientes a la orden de inicio, se realizar la Direccin Territorial respectiva, con los directores de obra e interventora, los ingenieros residentes de obra e Interventora y el supervisor de contrato. Acta de Suspensin o Ampliacin de la Suspensin del Contrato: Documento contractual mediante el cual el INVAS y el contratista acuerdan con fundamentos Tcnico y Jurdicos la suspensin del plazo de ejecucin del contrato o ampliacin de la suspensin, indicando la fecha probable de reanudacin. El contratista se obliga a actualizar las plizas, ampliando la vigencia de stas por el trmino de la suspensin.

    7.3 TRMINOS AMBIENTALES Coordinador Ambiental de Proyecto: Profesional de la Subdireccin de Medio Ambiente y Gestin Social del INVAS encargado de la verificacin del cumplimiento de las medidas ambientales de los proyectos mediante informes de Interventora y visitas en campo. Diagnstico Ambiental de Alternativas: Tendr como objeto suministrar la informacin para evaluar y comparar las diferentes opciones que presente el peticionario, bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad. Las diferentes opciones debern tener en cuenta el entorno geogrfico y sus caractersticas ambientales y sociales, anlisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad, y de las posibles soluciones y medidas de control y mitigacin para cada una de las alternativas. Lo anterior con el fin de aportar los elementos requeridos para seleccionar la alternativa o alternativas que permitan optimizar y racionalizar el uso de recursos y evitar o minimizar los riesgos, efectos e impactos negativos que puedan generarse.

    Desarrollo Sostenible: Se define como el crecimiento econmico y el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad sin agotar los recursos naturales que sirven de sustento a la actividad econmica.

    Estudio de Impacto Ambiental: Es el conjunto de informacin que deber presentar ante la autoridad ambiental competente el peticionario de una licencia ambiental. El estudio de impacto ambiental contendr informacin sobre la localizacin del proyecto y los elementos abiticos, biticos y socioeconmicos del medio que puedan sufrir deterioro por la respectiva obra o actividad, para cuya ejecucin se pide la licencia, y la evaluacin de los impactos que puedan producirse. Adems, incluir el diseo de los planes de prevencin, mitigacin, correccin y compensacin de impactos y el plan de manejo ambiental de lo obra o actividad.

    Exigibilidad de la Licencia Ambiental: Proyectos de la red vial nacional referidos a: a) La construccin de carreteras; b) La construccin de segundas calzadas;

    c) La construccin de tneles con sus accesos. (Decreto 1220 del 2005)

    Geotextil: Los geotextiles son cualquier textil permeable usado en fundaciones, suelos, roca o cualquier otro material relacionado con ingeniera geotcnica como una parte integral de un proyecto, estructura o sistema hecho por el hombre. Los geotextiles cumplen bsicamente con cinco funciones, que son las siguientes: Separacin, Refuerzo, Filtracin, Drenaje Planar y Proteccin.

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    Impacto Ambiental: Cualquier alteracin en el sistema ambiental bitico, abitico y socioeconmico, que sea adverso o beneficioso, total o parcial, que pueda ser atribuido al desarrollo de un proyecto, obra o actividad.

    Licencia Ambiental. La licencia ambiental, es la autorizacin que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecucin de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al cumplimiento de los requisitos, trminos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en relacin con la prevencin, mitigacin, correccin, compensacin y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada.

    Marco de Referencia Ambiental: Es un estudio en el que se analizan las condiciones ambientales prevalecientes en un lugar y en un tiempo determinado, para lograr la planificacin armnica de la industria con su entorno ecolgico a corto, mediano y largo plazo.

    Medidas de Compensacin: Son las acciones dirigidas a resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados,, corregidos, mitigados o sustituidos. Medidas de Correccin: Son las acciones dirigidas a recuperar, restaurar o reparar las condiciones del medio ambiente afectado por el proyecto, obra o actividad. Medidas de Mitigacin: Son las acciones dirigidas a minimizar los impactos y efectos negativos de un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente. Medidas de Prevencin: Son las acciones encaminadas a evitar los impactos y efectos negativos que pueda generar un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente.

    Medioambiente: Sistema compuesto por los elementos naturales, sociales y culturales que existen en la tierra, sus permanentes interacciones y los resultados que de ellas se derivan.

    MAVDT: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial..

    P.A.G.A: Programa de Aplicacin de las Guas Ambientales: Es el documento elaborado por el contratista y aprobado por la Interventora, en el que se establece un programa de aplicacin de las Guas Ambientales del sector transporte (Expedidas por INVIAS) para proyectos no licenciados de acuerdo a las particularidades de cada proyecto.

    Plan de Contingencia: Son los procedimientos mediante los cuales se hacen preparativos para hacer frente a un acto de interferencia ilcita o emergencia que se presente en el propio aerdromo o en sus inmediaciones.

    Plan de Manejo Ambiental: Es el conjunto detallado de actividades, que producto de una evaluacin ambiental, estn orientadas a prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales que se causen por el desarrollo de un proyecto, obra o actividad. Incluye los planes de seguimiento, monitoreo, contingencia, y abandono segn la naturaleza del proyecto, obra o actividad.

    Riesgo: Es la coincidencia de un grado de peligrosidad con un grado de vulnerabilidad que nos indica la probabilidad de prdidas futuras que sufriremos cuando la amenaza se manifieste en un escenario vulnerable.

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    8 RELACION DE FORMATOS E INSTRUCTIVOS:

    .- DIAGRAMA DE LA APLICACIN DEL MANUAL INTERVENTORIA.

    8.1. SGT FR-001-Entrega documentos previos

    8.2. SGT FR-002 Orden de Iniciacin.

    8.3. SGT FR-003 Acta Reunin Tcnica

    8.4. INSTRUCTIVO SGT IN-001 ( Para FORMATOS: SGT FR- 001 ; SGT FR-002 y SGT FR-003)

    8.5. SGT FR-004 Acta Aprobacin de Estudios y Diseos.

    8.6. SGT FR-005 Plan Inversin Anticipo

    8.7. SGT FR-006 Informe Inversin y Manejo Anticipo

    8.8. INSTRUCTIVO SGT IN-002 ( Para FORMATOS: SGT FR-005 y SGT FR-006)

    8.9. SGT FR-007 Acta Recibo Parcial de Obra

    8.10. INSTRUCTIVO SGT IN-003 ( Para FORMATO SGT FR-007)

    8.11. SGT FR-008 Acta Ajuste.

    8.12. INSTRUCTIVO SGT IN-004 ( Para FORMATO SGT FR-008)

    8.13. SGT FR-009 Programa de Inversiones.

    8.14. INSTRUCTIVO SGT IN-005 (Para FORMATO SGT FR-009)

    8.15. SGT FR-010 Acta Modificacin de Cantidades de Obra.

    8.16. INSTRUCTIVO SGT IN-006 ( Para FORMATO SGT FR-010)

    8.17. SGT FR-011 Acta de Costos de Interventora.

    8.18. INSTRUCTIVO SGT IN-007 ( Para FORMATO SGT FR-011)

    8.19. SGT FR-012 Acta de Modificacin Interventora.

    8.20. INSTRUCTIVO SGT IN-008 ( Para FORMATO SGT FR-012)

    8.21. SGT FR-013 Acta de Fijacin Precios No Previstos.

    8.22. SGT FR-014 Anlisis Precios No Previstos.

    8.23. SGT FR-015 Reversin Precios No Previstos.

    8.24. SGT FR-016 Comparacin Precios No Previstos.

    8.25. INSTRUCTIVO SGT IN-009 ( Para FORMATOS :SGT FR-013 ; SGT FR-014 ;SGT FR-015 y SGT

    FR-016)

    8.26. SGT FR-017 Acta de Suspensin.

    8.27. SGT FR-018 Acta de Reanudacin.

    8.28. INSTRUCTIVO SGT IN-010 ( Para FORMATOS :SGT FR-017 y SGT FR-018)

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    8.29. SGT FR-019 Solicitud de Adicin y Prorroga.

    8.30. INSTRUCTIVO SGT IN-011 ( Para FORMATO SGT FR-019)

    8.31. SGT FR-020 Informe Semanal

    8.32. SGT FR-022 Informe Mensual y Anexos

    8.33. SGT FR-022-10 Informe Resumen ( Fsico Financiero)

    8.34. INSTRUCTIVO SGT IN-013 ( Para FORMATOS :SGT FR-020 y SGT FR-022)

    8.35. SGT FR-021 Acta de Comit.

    8.36. INSTRUCTIVO SGT IN-012 ( Para FORMATO SGT FR-021)

    8.37. SGT FR-023 Acta de Visita Previa

    8.38. SGT FR-024 Seguimiento a las Garantas Contractuales

    8.39. SGT FR-025 Acta de Entrega y Recibo Definitivo de Obras.

    8.40. INSTRUCTIVO SGT IN-014 ( Para FORMATO SGT FR-023 Y SGT FR-025)

    8.41. SGT FR-026 Cierre Ambiental.

    8.42. INSTRUCTIVO SGT IN-015 ( Para FORMATO SGT FR-026)

    8.43. SGT FR-027 Acta de Entrega y Recibo Definitivo Interventora.

    8.44. INSTRUCTIVO SGT IN-016 ( Para FORMATO SGT FR-027)

    8.45. SGT FR-028 Acta de Liquidacin.

    8.46. INSTRUCTIVO SGT IN-017 ( Para FORMATO SGT FR-028)

    8.47. SGT FR-029 Radicacin Ambiental de Proyectos.

    8.48. INSTRUCTIVO SGT IN-018 ( Para FORMATO SGT FR-029)