ordenamiento legal del sector electrico argentino

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ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS. GENERACION - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

ORDENAMIENTO LEGALORDENAMIENTO LEGAL

DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINODEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

Page 2: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

GENERACION

- Diversidad tecnológica: (centrales hídricas, térmicas y nucleares...) implica distintas combinaciones de

costos fijos y variables, de utilización de factores e insumos y flexibilidad en el

arranque de equipos.

- Niveles o umbrales mínimos de producción: que evitan la caída del sistema interconectado

- Imposibilidad de almacenamiento: la igualdad entre generación y demanda debe verificarse momento a

momento. TRANSPORTE

- No direccionalidad de la energía: no se puede seleccionar las líneas para el envío de la energía, ésta

fluye de los nodos generadores a los demandantes según la resistencia que ellas le

oponen; lo cual provoca dificultades para su tarificación y valoración del servicio de

transporte.

- Subaditividad de costos: tanto en la transmisión como en la distribución suele ser más económico

brindar el servicio con una empresa que con dos o más o que una empresa provea

dos tipos de servicio. Esto conlleva a la presencia de monopolios y por lo tanto su

regulación debe brindar al resto del mercado señales de precios correctas y evitar

la apropiación de rentas DISTRIBUCION

- Baja sustituibilidad de la demanda: los altos costos de sustituir la electricidad por otras fuentes de

energía hacen que la interrupción del servicio genere elevados costos sociales.

- Demanda variable y aleatoria: diaria y estacional

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS

Page 3: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

Leyes Nac. Nº 15336/60 y 24065/91Decretos Reglamentarios Nº 2073/61; 1398/92; Decreto 186/95

OBJETO

Artículo 1º, ley 24065

Negocio eléctrico dividido por actividades

-GENERACIÓN: de interés general, destinada a abastecer de energía a un serv.

Público,

es decir que la generación debe realizarse en provecho o utilidad común para todos los

individuos, o sea subordinada y afectada al transporte y distribución para asegurar su

normal funcionamiento.

.. Por responder al libre juego de la O y D, debe ser regulada sólo en los asp. que

afecten el Inerés General (seguridad pública, medio ambiente) .

-TRANSPORTE: servicio público regulado por su cond de monop natural. Comparte

las reglas de mercado por sus particularidades en lo atinente a su expansión.

-DISTRIBUCIÓN: servicio público por su cond de monop natural. Regulación p/

fijación de tarifas y control de calidad de la prestación del servicio

AMBITO DE APLICACIONArtículo 1º, ley 15.336.- .......... las actividades de la industria eléctrica destinadas a la generación, transformación y transmisión, o a la distribución de la electricidad, en cuanto las mismas correspondan a la jurisdicción nacional; ........

Page 4: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

POLITICA GENERAL

ARTÍCULO 2º, LEY 24.065.- Fíjense los siguientes objetivos para la política nacional en materia de

abastecimiento, transporte y distribución de electricidad:

a) Proteger adecuadamente los derechos de los usuarios;

b) Promover la competitividad de los mercados de producción y demanda de electricidad y alentar

inversiones para asegurar el suministro a largo plazo;

c) Promover la operación, confiabilidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado de

los servicios e instalación de transporte y distribución de electricidad;

d) Regular las actividades del transporte y la distribución de electricidad, asegurando que las tarifas

que se apliquen a los servicios sean justas y razonables;

e) Incentivar el abastecimiento, transporte, distribución y uso eficiente de la electricidad fijando

metodologías tarifarias apropiadas;

f) Alentar la realización de inversiones privadas en producción, transporte y distribución, asegurando

la competitividad de los mercados donde sea posible.

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad que se crea en el Artículo 54 de la presente ley,

sujetará su accionar a los principios y disposiciones de la presente norma, y deberá controlar que la

actividad del sector eléctrico se ajuste a los mismos.

Page 5: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

GENERADOR: (art. 5,6,8, Ley 24065)

- titular central eléctrica (adquirida o instalada)

- concesionario serv. explot. (art. 14 Ley 15336)

Coloca su producción total o parcial en el sist. de tpte y/o distrib., sujeto a jurisd.

nacional

TRANSPORTISTA: (art. 3,7,29, Ley 24065)

-persona jurídica titular de una concesión de tpte de energía eléctrica

Responsable de la transmisión y transformación desde el punto de entrega por el

Generador hasta el de recepción por el Distribuidor. 

DISTRIBUIDOR (art. 4,9, Ley 24065)

-persona jurídica titular de una concesión

Responsable de abastecer a aquellos USUARIOS FINALES (que no tengan facultad de

contratar el suministro en forma independiente), que se encuentran dentro de su zona de

concesión.

GRAN USUARIO (art. 10, Ley 24065)

(diferenciados en categorías según nivel de consumo)

Persona de existencia visible o ideal que contrata en forma independiente y para

consumo propio, su abastecimiento de EE con el GENERADOR y/o DISTRIBUIDOR.,

reuniendo los requisitos técnicos exigidos por la Ley.

ACTORES

Page 6: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

MEM (Mercado Eléctrico Mayorista) - MEMSP (Mercado Eléctrico Mayorista Sist. Patagónico)

GENERACION

-Capacidad instalada: 22.000 MW (2001) - Generación anual: 76.636 GWh (2002)

Tipos de generación

Page 7: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

TRANSPORTE

-Sistema de transmisión:

dividido en:

-Empresa de Transporte de Alta

Tensión (500 kv) s/normativa única y

monopólica en todo el país.

9669 km líneas AT

-Empresas de Transporte Regional o

por Distribución Troncal -DISTRO-

12471 km líneas DISTRO (s/ Prospectiva

2002)

- PAFTT

MEM (Mercado Eléctrico Mayorista) - MEMSP (Mercado Eléctrico Mayorista Sist. Patagónico)

DISTRIBUCION

-Demanda máxima: 13.000 MW

TRANSENERPRESTADOR FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE

TRANSNOA,

TRANSNEA

TRANSPA(aislada SADI)

COTDT COMAHUE TRANSBA

DISTRO CUYO

Page 8: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

ESQUEMA

GEOGRAFICO

DE LA RED ELECTRICA

Page 9: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

AGENTES DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA

AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO

Fuente: Informe del Sector Eléctrico – Año 2002. SECRETARIA DE ENERGIA - DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA

Page 10: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

CAP. ART. TEMA DESCRIPCION

LEY Nº 24.065 – REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICAESTRUCTURA

Sanción: 19 dic 199121 capítulos100 artículos

I 1º OBJETOTransporte y Distribución SERVICIO PUBLICOGeneración INTERES GENERAL

Generación, transporte y distribución de electricidad

II 2ºPOLITICA GRAL.

Y AGENTES

Derecho de usuarios, Competitividad de los mercados, inversiones para suministro, Largo plazo, Igualdad, libre acceso, no discriminación, Reg. Transporte y dist.c/tarifas justas y razonables, etc

III 3ºTRANSPORTE Y DISTRIBUCION

Personas jurídicas privadas – concesión.PE s/ leyes 15336, 23696 y decretos reglamentarios.

Page 11: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

CAP. ART. TEMA DESCRIPCION

LEY Nº 24.065 – REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICAESTRUCTURA

Sanción: 19 dic 1991 21 capítulos100 artículos

Generación, transporte y distribución de electricidad

IV 4º al 10º

GENERADORES, TRANSPORTISTAS, DISTRIBUIDORES

Y GDES. USUARIOS

GENERADOR: Arts. 5,6,8 - titular central eléctrica (adquirida o instalada – Ley 24065)- concesionario serv. Explot. (art. 14 Ley 15336)Coloca su producción total o parcial en el sist. de tpte y/o distrib., sujeto a jurisd. Nacional Contratos de suministroArt. 39 autogeneradores

TRANSPORTISTA: Arts.3,7,29-titular de una concesión de tpte de EE s/ég. Ley 24065 (art. 3º)Responsable de la tranmisión y transformación desde el punto de entrega por el Generador hasta el de recepción por el Distribuidor ó G Usuario

DISTRIBUIDOR: Arts.3,9-titular de una concesión de tpte de EE s/ég. Ley 24065 (art. 3º)Responsable de abastecer a aquellos USUARIOS FINALES (que no tengan facultad de contratar el suministro en forma independiente), que se encuentran dentro de su zona de concesión.

GRAN USUARIO: Arts.10,9Quien contrata en forma independiente y para consumo propio, su abastecimiento de EE con el GENERADOR y/o DISTRIBUIDOR., reuniendo los requisitos técnicos exigidos por la Ley.

Page 12: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

CAPITULO ARTICULOS TEMA

LEY Nº 24.065 – REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICAESTRUCTURA

V 11º Aa 20 º DISPOSICIONES COMUNES A

TRANSPORT. Y DISTRIBUIDORES

VI 21º a 29º PROVISION DE SERVICIOS

VII 30º a 33º LIMITACIONES

VIII 34º EXP. E IMPORT.

IX 35º a 39ºDESPACHO DE

CARGAS

CAPITULO ARTICULOS TEMA

X 40º a 49 º TARIFAS

XI 50º a 53º ADJUDICACIONES

XII 54º a 69ºENTE NAC.

REGULADOR

XIII 70º EXP. E IMPORT.

XIV 71º a 76º PROCEDIMIENTOS Y CONTROL

JURISDICCIONAL

XV 77º a 81 ºCONTRAVENCIONES Y SANCIONES

XVI 82º a 84ºDISPOSICIONES

VARIAS

XVII 85ºAMBITO DE

APLICACION

XVIII 86º a 88ºDISPOSICIONES TRANSITORIAS

XIX 89º a 92º MODIF. A LA LRY 15336

XX 93º a 97º PRIVATIZACION

XXI 98º a 100º ADHESION

Page 13: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

Despacho Nacional de Cargas – Sistema Argentino de Interconección

Cap. IX Ley 24065 - Despacho técnico del Sistema Argentino de Interconexión

SADIa cargo del Despacho Nacional de Cargas (DNDC), órgano bajo la forma de una S.A. con capital representado por acciones nominativas no endosables y cuya mayoría accionaria estará, inicialmente, en la cabeza de la Secretaría de Energía, y en el que podrán tener participación accionaria los distintos actores del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). La participación estatal podrá ser reducida por el Poder Ejecutivo hasta el diez por ciento (10 %) del capital social, no obstante este porcentaje deberá asegurarle la participación y poder de veto en el directorio.

La Secretaría de Energía (art. 35 Dec Reglam. 1398/92)determinará las normas a las que se ajustará el DNDC para cumplir sus funciones

SADI

DNDCSoc. Anónima

ACCIONISTASESTADO (mín 10%)GENERADORESTRANSPORTISTASDISTRIBUIDORESGRANDES USUARIOS

PRINCIPIOS-Garantizar Transparencia y Equidad de las decisiones-Permitir la ejecución de los contratos pactados libremente (Mercado a Término) entre las partes (G - D - GU)-Despachar la demanda requerida en base al reconocimiento de precios de energ. y potencia-Asegurar el compromiso explícito de los actores de esos precios p/ tener derecho a suministrar o recibir electricidad no pactada libremente-Uniformidad de las tarifas p/todos los generadores en c/lugar de entrega que fije el DNDC (art 36-Tarifa uniforme y estabilizada c/90 días p/distribuid. Medida en los puntos de recepción (lo que perciben G + costos de Tpte)

Page 14: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

Despacho Nacional de Cargas – Sistema Argentino de Interconección

Cap. IX Ley 24065 - Despacho técnico del Sistema Argentino de Interconexión

SADIARTÍCULO 37, LEY 24.065.- Las empresas de generación y transporte de propiedad total o mayoritaria del Estado nacional tendrán derecho a: recuperar solamente sus costos operativos y de mantenimiento totales que les permitan mantener la calidad, continuidad y seguridad del servicio, cuyo concepto y metodología de determinación serán establecidos por la Secretaría de Energía.

Se integrará un FONDO UNIFICADO, cuyo presupuesto será aprobado anualmente por el Congreso de la Nación y será administrado por la Secretaría de EnergíaRecursos- Los excedentes resultantes de la diferencia entre los costos operativos y de mantenimiento y el precio de venta de la energía generada - Los excedentes que resulten de la venta de la energía generada por los entes binacionales conforme sus respectivos convenios, o resultantes de interconexiones internacionales.Objetivo-atender los compromisos emergentes de deudas contraídas hasta el presente-atender las inversiones en las obras que se encuentren en ejecución a la fecha de vigencia de esta ley que determine la Secretaría de Energía. -estabilizar, por el período que se determine, los precios que pagarán los distribuidores, conforme el artículo 36 de esta ley. Utilización: La Secretaría podrá dividir en cuentas independientes, conforme su origen y destino, pudiendo establecer un sistema de préstamos reintegrables entre las mismas.

ARTÍCULO 39, LEY 24.065.- El DNDC no impondrá restricciones a los autogeneradores que suministren energía a través de contratos libremente pactados con los demandantes, salvo que existieran razones técnicas fundadas, y canalizará ventas de saldos de este tipo de generación, en la medida que resulte económico para el sistema.

Page 15: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA) Decreto 1192/92

Órgano encargado del Despacho Técnico y Económico del SADI

Constituido como S. A. integrada por los agentes del MEM junto al Estado Nacional.

Entidad sin fines de lucro. Administra por cuenta y prden de los actores del mercado,

encargándose del despacho de cargas y de su programación y fijación de precios

Accionistas: Estado; AGEERA SA (Generadores); ATEERA SA (Transportistas); ADEERA SA

(Distribuidores); AGUEERA SA (Grandes Usuarios)

Acciones nominat no endosables, 5 clases: A a E

Directorio: 10 miembros, el Estado Nac. Designa el presidente y vice. 2 directores tit y 2 supl.

designa c/asociación.

Sus objetivos son:

- Operar y programar el S.A.D.I

- optimizar la producción y minimizar los costos totales del MEM

- maximizar la seguridad del Sistema Eléctrico Nacional y calidad de los suministros

- planificar los requerimientos de potencia y energía optimizando su aplicación y proponiendo el

comportamiento de los precios a futuro.

- calcular el monto de las transacciones económicas de los agentes del MEM

- supervisar el funcionamiento del “Mercado a Término” y efectuar el despacho técnico de los

contratos.

- garantizar las transparencia y equidad de las decisiones que afecten al MEM

Page 16: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

La competencia se expresa en el Mercado Eléctrico Mayorista en el que concurren

generadores, transportistas, distribuidores, grandes usuarios y comercializadores.

El sistema de fijación de precios es el resultado de la libre expresión de las fzas. del

mercado.

La energía se canaliza a través del MEM dividido en 2 segmentos:

- Mercado a Término, por contrato entre el generador y el distribuidor o gran usuario;

- Mercado Spot, el precio se establece de acuerdo al costo marginal de corto plazo

(combustible), dependiendo del parque en operación, donde el ingreso de máquinas sigue

el orden del costo marginal creciente hasta cubrir la demanda más la reserva. Se

remunera además la potencia en función de los costos fijos;

Page 17: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

MEMFlujo Energía

Page 18: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

MEMFlujo Económico

Page 19: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

TARIFA ELECTRICA

PrincipiosPrincipiosPrecio justo y razonableRentabilidad empresaria

Calidad aceptable del servicio

GeneradoresVenden en

Transportistas Distribuidores

MERCADO SPOT

Capítulo XLey 24065

MERCADO A

TERMINOLibremente pactado

Gdes Usuarios

MenoresMayores

Hora por hora

Régimen Costo Marginal de corto plazo

Fondo Estacional manejado x CAMMESAMercado Spot estacional estabilizado con precios semestrales reajustados trimestralmente

Page 20: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

Creación (art. 54 Ley 24065)

Encargado de llevar a cabo las medidas necesarias para cumplir los objetivos de la

política nacional enunciados en el art.2º.

Caracteres jurídicos (art. 55 Ley 24065)

organismo autárquico en el ámbito de la Secretaría de Energía con plena capacidad

jurídica en los ámbitos del derecho público y privado, ...patrimonio, sede, e.orgánica

Funciones y facultades:(art. 56 Ley 24065)

- Controlar el cumplimiento de la ley 24065 y los contratos de concesión, la calidad del

servicio

- Prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminartorias.

- Participar en el proceso de selección de los concesionarios

-Organizar y aplicar el régimen de audiencias públicas para esclarecer conflictos entre

las partes. Dar publicidad a sus decisiones.

- Dictar reglamentos en materia de seguridad, normas técnicas y calidad del servicio

-Autorizar ampliaciones del sistema de transorte y la utilizacion de la capacidad de tpte.

existente

-Velar por la protección de la propiedad, el medio ambiente y la seguridad pública en

las actividades del sector.

-Reglamentar y controlar la aplicación de sanciones por violaciones a disposiciones

vigentes

-Estableecer bases para el cálculo de tarifas reguladas y controlar su aplicación.

Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE)

Integración (art. 57 a 63 Ley 24065)

Gest y finan (art. 64 a 69 Ley 24065)

Page 21: ORDENAMIENTO LEGAL DEL SECTOR ELECTRICO ARGENTINO

BIBLIOGRAFIABIBLIOGRAFIA

• RODRÍGUEZ, Felipe. “El ordenamiento legal del sector eléctrico Argentino. La ley 15336 y su importancia jurídica en la normativa reguladora. El Pacto Federal Eléctrico. Análisis. Significación como precedente regulatorio. Las leyes 23696 y 24065. Análisis exegético” Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. Univ. Nacional de Córdoba. 1996 .

• ROMERO, Carlos A. “Regulación e Inversiones en el Sector Eléctrico Argentino”. CEPAL – Naciones Unidas. CEER – UADE Centro de Estudios Económicos de la regulación

• SECRETARIA DE ENERGIA. REP. ARGENTINA “Informe del sector eléctrico 2002”. Buenos Aires, mayo 2003

• Legislación Argentina: Leyes Nac. Nº 15336/60 y 24065/91, Decretos Reglamentarios Nº 2073/61; 1398/92; Decreto 186/95

• Sitio web organismos e instituciones de la Rep. Argentina:- Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE) www. enre.gov.ar- Secretaria de Energía www.energia.mecon.gov.ar- Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA)

ammesa.com.ar