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IMPUESTO AL VALOR IMPUESTO AL VALOR AGREGADO AGREGADO

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tributacion

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  • IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

  • *Mandato Constituyente No. 16Vehculos hbridos o elctricos cuya base imponible sea de hasta USD 35.000. En caso de que exceda este valor, gravarn IVA con tarifa doce por ciento (12%)BIENES GRAVADOS CON TARIFA 0%Art. 55 LRTILey Fomento Ambiental y Optimizacin de Ingresos del Estado SRO583 - 24/11/2011Ley Incentivos a la Produccin y Prevencin del Fraude Fiscal SRO405 - 29/12/2014

    Cocinas de uso domstico elctricas y las que funcionen exclusivamente mediante mecanismos elctricos de induccin, incluyendo las que tengan horno elctrico.As como las ollas de uso domstico, diseadas para su utilizacin en cocinas de induccin y los sistemas elctricos de calentamiento de agua para uso domstico, incluyendo las duchas elctricas.

  • Art. 148 RLRTI / Modificado por Reglamento Ley Orgnica de Incentivos a la Produccin y Prevencin del Fraude Fiscal 3SRO 407 31/12/2014 NO SE REALIZAR RETENCIONESOBSERVACIONES:En pagos y adquisiciones efectuadas por contribuyentes especiales a otros contribuyentes especiales si aplica retencin (A partir del 2015).El Exportador habitual retendr a todos los contribuyentes el 100% del IVA, incluso a contribuyentes especiales, excepto los mencionados anteriomente en el que se emitir una retencin informativa del 0%.Compaas de Aviacin

    Contribuyentes EspecialesAgencias de Viaje (venta de pasajes areos)Instituciones del EstadoDistribuidores de Combustible

  • EXPORTADOR HABITUALSe entender como exportador habitual de bienes al contribuyente que:a) Sus exportaciones netas sean iguales o superiores al 25% del total de sus ventas netas anuales del ejercicio fiscal anterior; yb) Realice por lo menos 6 exportaciones en un mismo ao fiscal y en diferentes periodos mensuales. En el caso de exportaciones de produccin cclica, se considerar por lo menos 3 exportaciones en un mismo ao fiscal y en diferentes periodos mensuales.Art. 72 LRTI - Art. 148 RLRTI / Agregado por Reglamento Ley Orgnica de Incentivos a la Produccin y Prevencin del Fraude Fiscal 3SRO 407 31/12/2014. ADEMS...Los exportadores, personas naturales o sociedades, por la totalidad del IVA pagado en las adquisiciones locales o importaciones de bienes que se exporten, as como aquellos bienes, materias primas, insumos, servicios y activos fijos empleados en la fabricacin y comercializacin de bienes que se exporten tienen derecho a que ese impuesto les sea reintegrado, sin intereses.

  • www.sri.gob.ecImpuesto a la Salida de Divisas

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