reglamento de practicas pre profesionales.ciencias economicas. fce unsm2 final

35
UNVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Escuela Académico Profesional de Administración REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LAS CARRERAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS”

Upload: alver-diaz

Post on 27-Sep-2015

46 views

Category:

Documents


5 download

DESCRIPTION

Reglamento de Practicas pre profesionales

TRANSCRIPT

UNVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

Escuela Acadmico Profesional de Administracin

REGLAMENTO DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LAS

CARRERAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

ECONOMICAS

TARAPOTO-PER

2012

REGLAMENTO DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LAS CARRERAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS DE LA UNSM-T

INTRODUCCION

El presente Reglamento de Prcticas Pre-Profesionales de las Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas de la UNSM-T, responde a la necesidad de normar las actividades de las Prcticas Pre-Profesionales de los estudiantes de la Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas, en base a su formacin curricular recibida en sus respectivos planes de estudios.

Mediante el presente documento se asegurar el procedimiento adecuado para complementar la formacin de nuestros estudiantes en la iniciacin profesional, lograr que el estudiante realice trabajos para adquirir eficiencia para resolver problemas en el mbito de las ciencias econmicas. Asimismo, entrando en contacto directo con los centros laborales e instituciones empresariales u otros equivalentes, donde pueda el estudiante aplicar sus experiencias universitarias y su formacin, compatibilizando con las tecnologas aplicadas en dichas instituciones y sobre todo captando las innovaciones tecnolgicas que respondan a las exigencias actuales del desarrollo de la economa.

La facultad de Ciencias Econmicas, considera a las Prcticas Pre-Profesionales uno de los pilares importantes en la formacin de sus estudiantes, construyendo un requisito fundamental para que los futuros profesionales puedan incorporarse a un mercado laboral cada vez ms exigente y competitivo.

Es por este motivo, que las Practicas Pre-Profesionales, como periodo de actividades, es una excelente oportunidad para que los alumnos de las Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas, logren las habilidades y competencias para un excelente ejercicio profesional del economista.

La Direccin de la escuela Acadmica Profesional, considerando la importancia de las Practicas Pre-Profesionales, elaboro el presente reglamento, con la finalidad de brindar un efectivo servicio complementario a la formacin del estudiante de las carreras profesionales de la Facultad Ciencias Econmicas de la Universidad Nacional de San Martin de Tarapoto.

CAPTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artculo 1. El Reglamento de Prcticas Pre-Profesionales constituye el documento normativo, acadmico-administrativo, para autorizar y reconocer oficialmente, por las Carreras Profesionales de la facultad de Ciencias Econmicas - UNSM-T, el desarrollo de esta importante actividad, garantizando la idoneidad acadmica de sus alumnos y egresados y velando por el prestigio institucional.

Artculo 2. Las asignaturas Prcticas Profesionales del Plan de Estudio 2007, en adelante se denominaran Prcticas Pre-Profesionales, igual que las del Plan de estudio 2010.

Artculo 3. La aplicacin del presente Reglamento de Prcticas Pre-Profesionales, es de carcter obligatorio para los alumnos de las Asignaturas de Prcticas Pre-Profesionales, as; como para los Docentes que son responsables de las indicadas asignaturas.

Artculo 4. El presente Reglamento establece y norma los mecanismos de cmo se llevar a cabo las Practicas Pre-Profesionales de los alumnos de las Carreras Profesionales de la facultad de la Facultad de Ciencias Econmicas de la Universidad Nacional de San Martn-Tarapoto.

Artculo 5. Constituye base legal del presente Reglamento de Practicas Pre Profesionales:

a. Constitucin Poltica del Per.

b. Ley Universitaria N 23733.

c. Estatuto General de la UNSM-T.

d. Resolucin N 123-2007-UNSM/FCE-CO: Plan de Estudio 2007.

e. Resolucin N 286-2010-UNSM/FCE-CO: Plan de Estudio 2010.

f. Decreto Legislativo 728.

g. Ley N 28518: Ley de modalidades formativas.

h. Decreto Supremo N 007-2005-TR: Reglamento de la Ley N 28518.

i. Resolucin N 090-2011-UNSM/FCE-CF.

j. Resolucin N 357-2010-UNSM/FCE-CO.

Artculo 6. La Sub Comisin de Prcticas Pre profesionales y el Docente de Prcticas Pre- Profesionales, son los responsables de la planificacin de la misma y ejercer por ello una permanente labor de supervisin, asesoramiento, control y vigilancia as como la evaluacin de los alumnos.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA Y FINALIDAD

Artculo 7. Las Prcticas Pre-Profesionales constituye el conjunto de actividades donde el alumno realiza trabajos para adquirir eficiencia para resolver problemas en el mbito de las ciencias econmicas y obtener experiencia en entidades (empresas, instituciones) pblicas o privadas, orientadas al logro del perfil Profesional de: Economista, Contador, Administrador y Administracin en Turismo; de la Universidad Nacional de san Martn.

Artculo 8. Las Practicas Pre-Profesionales, es una estrategia pedaggica que se desarrolla como asignaturas del plan de estudio de las Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas- UNSM-T. Por su calidad de asignaturas obligatorias, otorgan un nmero definido de crditos acadmicos, por lo tanto; tienen carcter obligatorio para los alumnos que se hallen estudiando segn el plan de estudio respectivo.

Artculo 9. Las Prcticas Pre-Profesionales como aspecto formativo del estudiante no estn afectas a exoneracin alguna.

Artculo 10. Las Prcticas Pre-Profesionales a que se hacen referencia en el presente reglamento, no obligan a ningn tipo de vnculo laboral entre el practicante y la entidad receptora.

Artculo 11. Las Practicas Pre-Profesionales son obligatorias para culminar el currculo de estudios de las Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas y, optar el Grado Acadmico de Bachiller en: Ciencias Econmicas, ciencias contables, Administracin, y Administracin en Turismo.

Artculo 12. Las Practicas Pre-Profesionales debern realizarse en la Universidad y Entidades pblicas o privadas.

Artculo 13. La duracin de las Prcticas Pre-Profesionales, ser la establecida en el plan de estudio de las Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas.

Artculo 14. Los objetivos de las Prcticas Pre-Profesionales son:

a. Objetivos Generales

- Brindar al estudiante la posibilidad de aplicar en el mbito laboral, los conocimientos cientfico adquiridos durante su preparacin acadmica.

- Introducirlos en el campo de la investigacin de las Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas-UNSM-T, con suficiente criterio analtico y racional.

b. Objetivos Especficos

Complementar, actualizar y consolidar la formacin acadmica curricular.

Lograr que los estudiantes de las carreras profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas-UNSM-T, consoliden sus capacidades cognitivas, destrezas y habilidades propias y crear condiciones adecuadas para el ejercicio profesional calificado, en concordancia con su formacin universitaria.

Fomentar el espritu de superacin personal permanente y la solidaridad social, como elementos fundamentales del desarrollo personal.

Establecer los nexos necesarios entre la Escuela Acadmico Profesional de Economa de la UNSM-T y el mercado laboral.

CAPITULO III

DE LAS MODALIDADES DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

Artculo 15. La Prctica Pre-Profesional de la Carrera de Economia tiene una duracin de un semestre acadmico, y se realiza:

Plan/Ciclo

Ciclos

Ciclos

Ciclos

Plan 2007

V

VII

X

Plan Integral

IX

X

Artculo 16. La Prctica Pre-Profesional de Contabilidad tiene una duracin de un semestre acadmico, y se realiza:

Plan/Ciclo

Ciclos

Ciclos

Ciclos

Plan 2007

V

IX

X

Plan Integral

V

IX

Artculo 17. La Prctica-Pre Profesional de Administracin tiene una duracin de un semestre acadmico, y se realiza:

Plan/Ciclo

Ciclos

Ciclos

Ciclos

Plan 2007

V

VIII

X

Plan Integral

VII

VIII

IX

Artculo 18. La Prctica-Pre Profesional de Administracin de Turismo tiene una duracin de un semestre acadmico, y se realiza:

Plan/Ciclo

Ciclos

Ciclos

Ciclos

Plan 2009-I

V

VIII

X

Plan Integral

VIII

IX

X

Artculo 19. Las Modalidades de las Prcticas Pre Profesionales son:

a. Prcticas Pre-Profesionales Internas: Son las que tienen por objetivo lograr que el estudiante realice trabajos para adquirir eficiencia para resolver problemas en el mbito de las ciencias Econmicas.

Las Prcticas Pre-Profesionales Internas, comprenden las asignaturas de Prcticas Pre- Profesionales I del Plan de estudio 2007 y, Practicas Pre-Profesionales I del Plan de Estudio 2010.

b. Prcticas Pre-Profesionales Externas: Son aquellas tienen por objetivo que el estudiante realizar prcticas en entidades pblicas y privadas para consolidar los conocimientos tericos adquiridos durante su formacin.

Las Practicas Pre-Profesionales Externas comprenden las asignaturas de Prcticas Pre -Profesionales II y III del Plan de Estudio 2007 y, Practicas Pre-Profesionales II del Plan de estudio 2010.

CAPITULO IV

DE LOS REQUISITOS DE LAS PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

Artculo 19. Los requisitos para que un estudiante de las Carreras Profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas-UNSM-T, pueda realizar sus Practicas Pre-Profesionales, son las siguientes:

a. Para realizar Prcticas Pre-Profesionales I:

Haber aprobado 81 crditos, es decir; haber finalizado el IV ciclo, segn el Plan de estudio 2007.

Haber aprobado 173 crditos, es decir; haber finalizado el VIII ciclo, segn el Plan de estudio 2010.

b. Para realizar Prcticas Pre-Profesionales II:

Haber realizado Prcticas Profesionales I y haber aprobado 143 crditos, en el Plan de estudio 2007.

Haber realizado Prcticas Pre Profesionales I y haber aprobado 190 crditos, en el Plan de Estudios 2010.

c. Para realizar Prcticas Pre-Profesionales III:

Haber realizado Prcticas Profesionales II y haber aprobado 190 crditos, en el Plan de estudio 2007.

Artculo 21. El alumno podr acceder a una Entidad para realizar sus Practica Pre-Profesionales Externas, a travs de las siguientes modalidades:

a. Por gestin de la Sub Comisin de Practicas Pre-Profesionales o convenios establecidos por la Facultad de Ciencias Econmicas o la UNSM-T.

b. Por gestin del propio alumno.

c. Por gestin del docente de Practicas Pre-Profesionales.

CAPITULO V

DE LA SUB COMISION DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

Artculo 21. La Sub Comisin de Prcticas Pre-Profesionales de la Escuela Acadmico Profesional de la Facultad est conformada por cuatro (04) de sus profesores ordinarios, depende de la Comisin de Coordinacin y Registro Acadmico, de la Facultad de Ciencias Econmicas, y, est encargada de planificar, organizar y supervisar las Prcticas Pre-Profesionales.

Artculo 23. Los miembros de la Sub Comisin de Prcticas Pre-Profesionales de la Escuela Acadmico Profesional de la Facultad, sern designados por un periodo de dos (02) Semestres Acadmicos.

Artculo 24. Los miembros de la Sub Comisin de Prcticas Pre-Profesionales de la Escuelas Acadmico Profesional de la Facultad, sern designados en el mes de diciembre (mes anterior al inicio de sus funciones).

Artculo 25. Son funciones de la Sub Comisin de Prcticas Pre- Profesionales:

a. Promover y Proponer convenios de Prcticas Pre-Profesionales con entidades de la Regin San Martn y del Per.

b. Gestionar ante empresas e instituciones pblicas y privadas, las Practicas Pre- Profesionales de los estudiantes de la Carreras Profesionales de la facultad.

c. Tramitar, a travs de la CCyRA/FCE, las solicitudes de autorizacin.

d. Programar y difundir actividades orientadoras para los estudiantes aptos para realizar las Prcticas Pre-Profesionales.

e. Coordinar la designacin del Profesor Asesor de la Prctica Pre-Profesional, cuando ste es solicitado por el alumno.

f. Inscribir a los alumnos que renen los requisitos para llevar Prcticas Pre-Profesionales.

g. Presentar el expediente de la Prctica Pre-Profesional al Presidente de la Comisin de Coordinacin y Registro Acadmico de la Facultad de Ciencias Econmicas, para la emisin de la Resolucin correspondiente.

h. Llevar el Registro de Control de Prcticas Pre-Profesionales, para anotar todas las constancias de inicio y conclusin de las Prcticas Pre Profesionales en cada una de las entidades donde el alumno haya desempeado dichas prcticas y otras observaciones.

i. Controlar la labor de los Docentes asesores de las Practicas Pre-Profesionales.

j. Otras que le asigne el Presidente de la Comisin de Coordinacin y Registro Acadmico.

CAPITULO VI

DE LOS DOCENTES DE PRCTICAS PRE PROFESIONALES

Artculo 26. Los Docentes de Practicas Pre-Profesionales, asesoran, supervisan y evalan el ejercicio de las Prcticas Pre-Profesionales. Adems, los Docentes de Practicas Pre-Profesionales Externas, presentan al estudiante en el centro de prcticas entre la segunda y tercera semana de iniciadas las clases.

Artculo 27. Los Docentes de Practicas Pre-Profesionales, de las horas de la asignatura de Prcticas Pre-Profesionales, asumen las horas tericas como carga acadmica, y las horas prcticas como parte de las horas de labores de proyeccin universitaria.

Artculo 28. Los Docentes de Practicas Pre-Profesionales, presentan quincenalmente a la Sub Comisin de Prcticas Pre-Profesionales de la FCE, las Fichas de Supervisin efectuada a los alumnos en sus centros de prcticas.

Artculo 29. Los Docentes de Practicas Pre-Profesionales, al finalizar el semestre acadmico, presentan un Informe Final a la Sub Comisin de Practicas Pre-Profesionales de la FCE-UNSM-T.

CAPTULO VII

DEL TRMITE DE LAS PRCTICAS PRE PROFESIONALES INTERNAS

Artculo 30. Cumplido los requisitos de Practicas Pre-Profesionales Internos, por lo menos diez (10) das antes de la matricula del semestre acadmico, el estudiante solicitara su inscripcin ante la Sub Comisin de Prcticas Pre-Profesionales de la EAP de Economa, adjuntando su record acadmico.

Artculo 31. La Comisin de Coordinacin y Registro Acadmico/FCE evaluara la solicitud del estudiante y emitir un informe respectivo en un periodo no mayor de tres (03) das hbiles, el mismo que se har entrega al alumno.

Artculo 32. Cumplido los requisitos de Practicas Pre-Profesionales Internas, por lo menos tres (03) das hbiles despus de la matricula del Semestre Acadmico, el estudiante presentara al Docente de la asignatura de Prcticas Pre-Profesionales I, el expediente integrado por los siguientes documentos:

Solicitud

Plan de trabajo ( Ver anexo 1)

Proyecto para resolver un problema econmico.

Copia de boleta de matrcula.

Informe de la Sub Comisin de Prcticas Pre-Profesionales.

CAPTULO VIII

DEL TRMITE DE LAS PRCTICAS PRE PROFESIONALES EXTERNAS

Artculo 33. Cumplido los requisitos de Practicas Pre Profesionales Externas, por lo menos diez (10) das antes de la matricula del semestre acadmico, el estudiante solicitara su inscripcin ante la Sub Comisin de Practicas Pre-Profesionales de las Escuelas Acadmicas profesionales de la Facultad de Ciencias Econmicas-UNSM-T, adjuntando su record acadmico.

Artculo 34. La Comisin de Coordinacin y Registro Acadmico/FCE, evaluara la solicitud del estudiante y emitir su informe respectivo en un periodo no mayor de tres (03) das hbiles, el mismo que se har entrega al alumno.

Artculo 35. El estudiante solicitar la autorizacin de las Prcticas Pre-Profesionales Externas, al Decano de la Facultad de Ciencias Econmicas mediante una solicitud, a fin de que la Decanato curse una Carta de Presentacin a la Entidad donde realizarn sus prcticas. El estudiante adjuntara:

Solicitud

Copia de boleta de matrcula.

Plan de Trabajo

Constancia de aceptacin de Practicas Pre Profesionales emitida por la Entidad.

Informe de la Sub Comisin de Practicas Pre-Profesionales.

Artculo 36. El Decano de la Facultad de Ciencias Econmicas emitir la Carta de Presentacin, dentro de los tres (03) das hbiles de haber decepcionado la solicitud del estudiante y, remitir copia de la carta de presentacin, a la Comisin de Coordinacin y registro Acadmico/FCE.

Artculo 37.Una vez designada la Entidad el estudiante practicante; no podr cambiarla, salvo que la Comisin de Coordinacin y registro Acadmico/FCE, lo considere conveniente y justificable en forma probatoria, en un plazo de diez (10) das calendarios de haberse iniciado las clases.

Artculo 38.Una vez que la Entidad ha aceptado al practicante, el estudiante solicitar ante la Comisin de Coordinacin y registr Acadmico, la Supervisin de las Practicas Pre-Profesionales respectiva.

Artculo 39. Confirmada las Practicas Pre-Profesionales, el alumno recabara de la Comisin de Coordinacin y registr Acadmico/FCE, la Ficha de evaluacin que har entrega al titular de la Entidad donde realizara sus prcticas.

Artculo 40. El Presidente de la Comisin de Coordinacin y registr Acadmico/FCE, y el Docente de la asignatura de Practicas Pre-Profesionales Externas, de acuerdo al nmero de alumnos matriculados en el semestre correspondiente, establecern la fecha de iniciacin de las prcticas en coordinacin con la Entidad con los que se ha celebrado el Convenio para efectos de las Prcticas Pre-Profesionales.

Artculo 41. El Presidente de la Comisin de Coordinacin y registr Acadmico Prcticas, publicar la relacin de los alumnos que realizarn sus Prcticas Pre-Profesionales Externas en la Entidad con el cual se ha suscrito el Convenio.

CAPTULO IX

DE LA SUPERVISIN DE LAS PRCTICAS PRE PROFESIONALES

Artculo 42. La Supervisin del estudiante practicante est a cargo del Docente de la asignatura y, es permanente, profesional e integral. Podr realizar supervisin de las Prcticas Pre- Profesionales, la Sub la Comisin de Prcticas Pre-Profesionales.

Artculo 43. Son objetivos de la Supervisin de las Practicas Pre-Profesionales:

a. Estimular el inters por la eficiencia en el trabajo dentro de los centros de prcticas.

b. Obtener informacin para mejorar el desempeo del alumno.

c. Desarrollar en el alumno un espritu de responsabilidad y eficiencia.

d. Promover en el alumno la formacin de habilidades y destrezas para el ejercicio de la profesin.

e. Fomentar los valores en las Prcticas Pre-Profesionales

f. Integrar los conocimientos tericos con la praxis permitiendo as su verificacin, confrontacin y desarrollo.

Artculo 44. El Docente de la asignatura de Practicas Pre Profesionales, emplea como instrumentos de medicin y control:

a. Informe semanal elaborado por el alumno.

b. Hojas de supervisin del Docente por las visitas a los centros de prcticas.

c. Informe de la entidad donde se realiza las Practicas Pre-Profesionales

d. Informe final del alumno practicante.

Artculo 45. La Supervisin de las prcticas se efecta peridicamente por parte del Docente o cuando el Presidente de la Sub Comisin de Practicas Pre-Profesionales lo considere necesario. Asimismo, una vez por mes los docentes recabarn los informes del superior o responsable del rea donde se desempea el practicante.

CAPTULO X

DE LAS OBLIGACIONES, DERECHOS Y DE LAS SANCIONES

Artculo 46 El practicante est obligado a cumplir las indicaciones del Docente; las disposiciones normativas que rigen el funcionamiento de la empresa o institucin, cumplir con responsabilidad las tareas que se le asigne; presentar el Informe Final de Prctica dentro de los plazos previsto en el presente reglamento.

Artculo 47 El practicante tiene los siguientes derechos:

Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminacin.

Recibir asesoramiento y orientacin oportuna para el cumplimiento de las gestiones y desarrollo de su Prctica Pre-Profesional.

Artculo 48 Es causal de sancin del practicante:

a. Conducta que afecte la buena imagen de la Facultad o Universidad y/o de la Institucin donde ha realizado su prctica Pre Profesional.

b. Abandono injustificado del centro de prcticas.

c. Falsificacin de datos consignados en el informe de prcticas.

d. Adulteracin y obtencin indebida de constancias.

Artculo 49 Las sanciones, a los practicantes, por faltas son:

a. En caso de incurrir en los incisos a., b., y c. del artculo 47 del presente reglamento, se invalidar las prcticas realizadas y se sancionar con la inhabilitacin a efectuar cualquier trmite en las Carreras Profesionales de la FCE por un periodo no menor de seis (06) meses; en caso de reincidencia se le inhabilitar para las prcticas por un espacio no menor de un (01) ao.

b. En caso de incurrir en el inciso d. del artculo 47, se invalidar la prctica realizada y se sancionar con la inhabilitacin por un periodo no menor de dos aos.

Artculo 50 Los daos y prdidas de los bienes de la Empresa o Institucin, ocasionada por negligencia del practicante sern de su entera responsabilidad.

Artculo 51 Los Docentes responsables de la asignatura de Practicas Pre-Profesionales, que no cumplan con el asesoramiento, supervisin y evaluacin de las Prcticas Pre-Profesionales respectivas, recibirn amonestacin con copia a su file personal.

CAPITULO XIDEL INFORME FINAL DE LAS PRCTICAS PRE PROFESIONALES

Artculo 52. Concluido el perodo de Prcticas Pre-Profesionales Internas y Externas, el alumno tendr un plazo mximo de cinco (05) das hbiles para presentar su Informe Final, caso contrario se anular la Practica Pre-Profesional realizada.

Artculo 53. El expediente de Practicas Pre-Profesionales Externas ser presentado al Docente de la asignatura y contendr:

a. Solicitud dirigida al Docente pidiendo evaluacin de su informe final.

b. Ficha de Evaluacin llenada por el Jefe del rea donde el alumno realiz su prctica.

c. Copia y original del Certificado de Prcticas, el original ser devuelto al alumno en el momento de la sustentacin.

d. Tres ejemplares del Informe Final de las labores realizadas por el alumno en su centro de prcticas, informe que sern original y dos copias.

Artculo 54. El Informe Final de las Practicas Pre-Profesionales tendr la estructura segn el anexo 4.

Artculo 55. El Docente de la asignatura de las Practicas Pre-Profesionales, recepcionado el Informe Final de parte del practicante, tendr tres (03) das hbiles para su respectiva evaluacin.

CAPITULO XIIDE LA EVALUACIN DE LAS PRCTICAS PRE PROFESIONALES

Artculo 56. La Evaluacin y Calificacin de las Prcticas Pre- Profesionales se efecta durante el desarrollo de las asignaturas de Prcticas Pre-Profesionales, y de acuerdo a lo establecido en los slabos correspondientes.

Artculo 57. La Calificacin de las Practicas Pre-Profesionales, se efectuar en el sistema vigesimal, de cero (00) a veinte (20). Si el alumno desaprueba, deber llevar nuevamente la asignatura de Prctica Pre-Profesional.

Artculo 58. La Calificacin de las Supervisiones realizadas por los Docentes de las Prcticas Pre -Profesionales abarcarn los siguientes aspectos: iniciativa, responsabilidad, eficiencia y aporte al centro de prcticas de parte del alumno. (Ver anexo 2)

Artculo 59. Los Informes de las Prcticas Pre-Profesionales sern evaluados y calificados por el Docente de la asignatura de Practica Pre Profesional.

Artculo 60. La Ficha de Evaluacin expedida por la Entidad donde el estudiante realiza sus Practicas Pre-Profesionales Externas, tendr los siguientes calificativos:

Calificativo

Malo :10

Regular :12

Bueno :15

Muy bueno:18

Excelente: 20

Artculo 61. El estudiante que obtenga un calificativo de diez (10) a doce (12) en la Ficha de Evaluacin expedido por la Entidad, deber volver a solicitar las Prcticas Pre-Profesionales Externas.

Artculo 62. El Promedio Final de las Prcticas Pre-Profesionales, considera la calificacin del plan de prcticas, supervisin, evaluacin de la entidad y el informe final del practicante.

Artculo 63.Los criterios de evaluacin y puntaje mximo del Informe Final de las Prcticas Pre-Profesionales son:

Criterio de Evaluacin

Puntaje

Mximo

Calificacin

Aplicacin coherente y ordenada de los esquemas metodolgicos sugeridos.

Adecuada aplicacin de las teoras de la Economa

Presentacin y redaccin

Exposicin

5

5

5

5

Total

20

Artculo 64. Las calificaciones obtenidas en las asignaturas de Prcticas Pre-Profesionales se adjuntarn al expediente del alumno practicante.

Artculo 65. El Docente en un plazo no mayor de tres (03) das hbiles a la finalizacin del Semestre Acadmico remitir a la Sub Comisin de Prcticas Pre-Profesionales, los expedientes de los practicantes para su inscripcin en el Registro de Control de Prcticas Pre-Profesionales.

CAPTULO XII

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Este reglamento, se har de conocimiento a los docentes y estudiantes de la Escuela Acadmico Profesional de Administracin.

Segunda. Cualquier aspecto excepcional no contemplado en el presente Reglamento, ser resuelto por la Sub Comisin de Prcticas Pre Profesionales con la aprobacin posterior del Consejo de Facultad.

Tercera. Este Reglamento entrar en vigencia a partir de la fecha de su aprobacin mediante Resolucin del Consejo de Facultad.

ANEXO 1

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

PLAN DE TRABAJO DE LAS PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

1.DEL PRACTICANTE

Nombre:

N de matrcula:

Fecha de inicio de prcticas: ..

2. DE LA EMPRESA O INSTITUCIN RECEPTORA

Razn Social:

Direccin: ..

Telfono: E-mail:

Funcionario encargado de las Prcticas Pre Profesionales: ..

.

Gerente o representante legal:..

....

3. DEL REA O DEPARTAMENTO

rea, Departamento o Seccin:

Funcionario a cargo: .

4. OBJETIVOS O LOGROS PREVISTOS CON LA PRCTICA PRE-PROFESIONAL.

................................................................................................................................................................

.

.

5. PRINCIPALES ACTIVIDADES QUE SE ESPERAN DESARROLLAR.

ACTIVIDAD

DURACIN ESTIMADA

(Semanas)

6. ENUMERACIN DE PRINCIPALES TEORAS, TCNICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE: ECONOMA, CONTABILIDAD, ADMINISTRACION, Y ADM. EN TURISMO, QUE SE ESPERAN APLICAR. .

Lugar y fecha:...........

.....

Firma del Practicante Vo. Bo. Funcionario a Cargo

ANEXO 2

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

SUPERVISION DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

1.DEL PRACTICANTE

Nombre y Apellidos

Fecha de inicio de Prcticas: ..

Fecha de culminacin de Prcticas: ..

2.DE LA EMPRESA O INSTITUCIN

Razn Social:

Direccin: ..

Telfono: E-mail:

3. DEL REA O DEPARTAMENTO

rea, Departamento o Unidad Operativa:

Funcionario a cargo de la evaluacin: .

4. DEL DOCENTE SUPERVISOR:

Nombres y Apellidos:.

5. FECHA DE SUPERVISION:

Da:Mes:.Ao:.Hora:.

6. EVALUACIN

En la columna de puntaje, para cada criterio, srvase marcar un nmero de 0 a 5 segn corresponda al practicante que est evaluando. El nmero 0 corresponde al peor desempeo y el nmero 5 corresponde al mejor desempeo)

CRITERIO DE EVALUACIN

PUNTAJE

a. Iniciativa

b. Responsabilidad

c. Eficiencia

d. Aporte al centro de prcticas/ solucin de problemaeconmico

CALIFICACIN

Lugar y fecha:..,/../..

Firma del Docente Supervisor

ANEXO 3

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

EVALUACIN DE LA EMPRESA O INSTITUCION

1.DEL PRACTICANTE

Nombre: .

Fecha de inicio de prcticas: ..

Fecha de culminacin de prcticas: ..

2.DE LA EMPRESA O INSTITUCIN RECEPTORA

Razn Social:

Direccin: ..

Telfono: E-mail:

3. DEL REA O DEPARTAMENTO

rea, Departamento o Unidad Operativa:

Funcionario a cargo de la evaluacin: ..

4. EVALUACIN

En la columna de puntaje, para cada criterio, srvase marcar un nmero de 0 a 2 segn corresponda al practicante que est evaluando. El nmero 0 corresponde al peor desempeo y el nmero 2 corresponde al mejor desempeo)

CRITERIO DE EVALUACIN

PUNTAJE

A. ASPECTOS ACTITUDINALES

Asistencia y puntualidad.

Responsabilidad para el cumplimiento de obligaciones.

Esfuerzo y empeo en la ejecucin de sus tareas..

Respeto y colaboracin con sus superiores jerrquicos.

B. ASPECTOS COGNITIVOS

Demostracin de cultura y conocimientos generales propios de un estudiante o egresado universitario.

Demostracin de conocimientos tcnicos propios de la carrera de Ingeniera Industrial

C. ASPECTOS DE PROYECCIN Y DESARROLLO PROFESIONAL

Creatividad e ingenio en la solucin de problemas..

Interaccin con personas, superiores y subordinados

Fluidez en la comunicacin verbal y escrita..

Grado de aprendizaje y asimilacin de experiencias nuevas.

CALIFICATIVO:

Lugar y fecha:

.

Firma y sello del Funcionario

a Cargo de la Evaluacin

ANEXO 4

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

GUA PARA EL INFORME FINAL DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

1.ESQUEMAS SUGERIDOS

1.1. SI EL INFORME CORRESPONDE A TRABAJOS DE INVESTIGACIN EN ADMINSTRACION.

I. INTRODUCCIN

- Exposicin del problema que da origen a la investigacin.

- Justificacin (importancia) de la investigacin.

- Enunciado del problema

- Hiptesis

- Objetivos

II.MARCO TERICO

(Presentacin de los conceptos y tcnicas de Economa que sirven como soporte terico de la investigacin)

III.METODOLOGA

(Presentacin del diseo metodolgico general y el diseo especfico o procedimiento que ha seguido la investigacin para comprobar la hiptesis)

IV.RESULTADOS

(Presentacin de los datos adecuadamente tabulados y resumidos)

V.DISCUSIN

(Anlisis de la informacin presentada en los resultados y su comparacin con las teoras expuestas en el marco terico, as como su contribucin a la prueba de la hiptesis)

VI.CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

(Referencias acerca de la comprobacin de la hiptesis y otros puntos importantes de la investigacin, as como sugerencias para tener en cuenta en futuros estudios)

VII.BIBLIOGRAFIA

(De libros, publicaciones e Internet)

VIII.ANEXOS

(Informacin complementaria que no es prctico presentarla en la parte de Resultados)

1.2. SI EL INFORME CORRESPONDE A TRABAJOS DE APLICACIN DE ECONOMIA.

I. JUSTIFICACIN DE LA APLICACIN

-Importancia del trabajo de aplicacin.

-Objetivos del trabajo de aplicacin.

II.BASE TERICA DE LA APLICACIN

(Breve exposicin de las tcnicas y mtodos en los que se fundamenta la aplicacin)

III.METODOLOGA

(Explicacin resumida de la serie de pasos que se han seguido para desarrollar la aplicacin con el fin de lograr los objetivos expuestos en la justificacin)

IV.RESULTADOS

(Presentacin resumida de la informacin que ha sido recopilada y tratada durante los pasos de la aplicacin)

V. DISCUSIN

(Anlisis y explicacin de la informacin presentada en los resultados)

VI.CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

(Referencias acerca del logro de los objetivos mediante la aplicacin y algunas sugerencias para aplicaciones futuras)

VII.BIBLIOGRAFA

(Anotar los libros, manuales y pginas electrnicas que hayan servido como referencias para la aplicacin)

VIII. ANEXOS

1.3. SI EL INFORME CORRESPONDE A PRACTICA PRE PROFESIONAL EXTERNA

I. CARATULA EXTERNA

Nombre de la Universidad Nacional de San Martn-Tarapoto

Nombre de la Facultad de Ciencias Econmicas

Nombre de la Escuela Acadmico Profesional de Administracin

Titulo de las Prcticas

Autor

Lugar y Ao

II. PORTADA INTERNA

Nombre de la Universidad Nacional de San Martn-Tarapoto

Nombre de la Facultad de Ciencias Econmicas

Nombre de la Escuela Acadmico Profesional de Administracin

Titulo de las Prcticas

Autor

Nombre de la Institucin donde se realizo las Practicas

Fecha de Inicio de las Practicas

Fecha de termino de las Practicas

III. INDICE

(Sirve para localizar los diferentes aspectos del tema tratado)

IV. PRESENTACION

(Se har referencia a la normatividad que establece el cumplimiento de la realizacin de las Prcticas Pre Profesionales)

V. INTRODUCCION

(Se debe indicar un comentario lgico y armnico de la problemtica del sector, importancia y objetivos de las Practicas Pre Profesionales)

VI. DESCRIPCION DE LAS PRCTICAS

(Detalla las actividades realizadas, as como los materiales y equipos utilizados para lograr los objetivos trazados. Presenta los siguientes aspectos: Descripcin de la naturaleza y actividades de la Entidad donde se realiz las prcticas, aspectos conceptuales, detalle de las prcticas, materiales y equipos utilizados)

VII. CONCLUSIONES

(Deben guardar relacin con los objetivos de las prcticas planteados)

VIII. RECOMENDACIONES

(Para superar los problemas detectados en la entidad donde se realizo las practicas y, para la mejora de la enseanza y el contenido de los cursos dictados por la carrera Profesional)

IX. BIBLIOGRAFIA

(Redactar segn las indicaciones de la metodologa de investigacin cientfica)

X. ANEXO

(Deben presentarse al final del informe precedido de una hoja en la que se especifique el nmero y titulo de cada uno de ellos)

2.FORMATO

El Informe de Prcticas Pre-Profesionales ser redactado con procesador de textos en Fuente Arial, Tamao 11, Alineacin justificada, Bordes 2.5, Interlineado 1,5. Ser presentado impreso en papel bond tamao A-4.

3. REDACCION

Redactar con propiedad. El estilo del informe debe reunir tres cualidades: claridad, orden y exactitud. Se recomienda las reglas gramaticales de ortografa, puntuacin y redaccin.

El Informe debe redactarse en tercera persona, debe evitarse referencias personales.

4. PRESENTACION

El Informe se presentara espirilado. Tapa Anverso transparente y Tapa reverso color azul.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

Escuela Profesional de Economa

ANEXO 5

EVALUACION Y SEGUIMIENTO DE LAS PRCTICAS PRE PROFESIONALES

PRACTICANTE:..

1. PLAN DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES (ANEXO 1)

Criterio de Evaluacin

Puntaje

Mximo

Calificacin

Consistencia entre objetivos, actividades y fundamento terico presentados en el Plan de Prcticas

20

Total

20

2. SUPERVISION DE LAS PRCTICAS PRE PROFESIONALES ( ANEXO 2)

Criterio de Evaluacin

Puntaje

Mximo

Calificacin

Iniciativa

Responsabilidad

Eficiencia

Aporte al Centro de prcticas/Solucin de problema econmico

5

5

5

5

Total

20

3. EVALUACIN A CARGO DE LA EMPRESA (ANEXO 3)

Criterio de Evaluacin

Puntaje

Mximo

Calificacin

Aspectos actitudinales

Aspectos cognitivos

Proyeccin profesional

8

4

8

Total

20

4. EVALUACIN DEL INFORME DE PRCTICAS

Criterio de Evaluacin

Puntaje

Mximo

Calificacin

Aplicacin coherente y ordenada de los esquemas metodolgicos sugeridos.

Adecuada aplicacin de las teoras de la Economa

Presentacin y redaccin

Exposicin

5

5

5

5

Total

20

CALIFICACION TOTAL DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

(1 + 2 +3+ 4)/4

Puntaje

Mximo

Calificacin

obtenida

TOTAL

20

Fecha: Dictamen: .....................................................................

..Docente responsable

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

Escuela Profesional de Administracin

ANEXO 6

FORMATO DE FICHA DE REGISTRO DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

SUB COMISION DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES

Ficha de Registro N..

1. DEL PRACTICANTE

Apellidos y Nombres: .................................................................

Cdigo Universitario: ...................................................... DNI N: ................................................................

Escuela Acadmico Profesional: ....

Ciclo de Estudios:

Crditos Aprobados: ...

Ao de Egresado: ................................................................................................................................

Domicilio: .Distrito.

Provincia:..Regin:.

Telfono: e-mail: ...

2. EMPRESA O INSTITUCIN RECEPTORA

Razn Social: .

Direccin: . Distrito

Provincia:..Regin:.

Telfono: e-mail: ..

Gerente (Representante Legal): .....

3. CARACTERSTICAS GENERALES DE LA PRCTICA

Fecha de Inicio: ........ Fecha de Trmino: .......................................................

Horario de trabajo: ..

Renovacin/Ampliacin: .. Hasta: .

rea asignada: .

Jefe de rea: ....

Jefe directo (Supervisor): .

Docente Asesor: ....

Observaciones: ...........................................................................................................................................

.......

.

...

Fecha registro:.

ANEXO 7

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

Escuela Profesional de Administracin

MODELO CARTA DE PRESENTACIN

Tarapoto, fecha emisin

Carta N xxx-201x UNSM-FCE/D

Seor:

(Nombre de Gerente o Persona que atender peticin).

(Cargo Funcional - Nombre de Empresa / Compaa /Institucin).

PRESENTE.

ASUNTO: Presentar al alumno/Egresado (Apellidos y nombres completos) Prcticas Pre-Profesionales.

De mi consideracin:

Es muy grato dirigirme a Ud. expresando nuestro cordial saludo a nombre de la Universidad Facultad de Ciencias Econmicas de la Universidad Nacional de San Martn-Tarapoto; y a la vez para manifestar que en nuestra Facultad se forman profesionales con carcter INTEGRAL en lo Cientfico, Acadmico, Tecnolgico, y en lo humanstico; que requieren asimilar la experiencia de su empresa (compaa, institucin) para consolidar y aplicar sus conocimientos adquiridos en nuestras aulas, y estar aptos para contribuir al desarrollo del Pas.

Dentro de las cualidades personales se destacan su espritu inquisitivo, tenacidad y perseverancia para alcanzar las metas que se ha planteado; estas capacidades deben desarrollarse segn lo dispuesto en la Ley N 28518 sobre modalidades Formativas Laborales, para cualquier informacin adicional estoy a su entera disposicin

Por estas consideraciones permtame presentarle a don (doa): (Apellidos y nombres completos del practicante), identificado con DNI N ,estudiante del Ciclo . de la Carrera Profesional de Administracin de sta Facultad, para quien ste despacho solicita a Ud. tenga a bien facilitar el desarrollo de sus Prcticas Pre-Profesionales en su prestigiosa empresa, compaa, institucin.

Agradeciendo por la deferencia a la presente, es propicia la oportunidad para reiterarle mi afecto y estima personal, deseando xitos en su gestin.

Atentamente;

.

Decano de la Facultad de Ciencias Econmicas

C.c SCPPP

Archivo

ANEXO 8

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN

FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

ESCUELA ACADMICO PROFESIONAL DE ADMINISTRACION

CONSTANCIA N.

LA SUB COMISION DE PRCTICAS PRE-PROFESIONALES DE LA EAP DE ECONOMIA

HACE CONSTAR:

Qu; don (doa) (nombres y apellidos completos), identificado(a) con DNI N , alumno(a)/egresado(a) de la EAP de Economa con Cdigo Universitario N , ha realizado sus Prcticas Pre-Profesionales desde el (fecha inicio) hasta (fecha trmino), en la Empresa(Institucin)ubicada en la ciudad ..Distrito..ProvinciaRegin..As mismo; ha cumplido los requisitos y procedimientos establecidos en el Reglamento de Prcticas Pre-Profesionales de la Carrera Profesional de Economa , desarrollando las prcticas asignadas y con la elaboracin del informe respectivo, verificado y supervisado por el suscrito, intitulado:

Ttulo del Informe de Prcticas Pre-Profesionales

el cul est enmarcado dentro del perfil Curricular de la Carrera Profesional de Economa.

Tarapoto,.............

Presidente de la Comisin de Prcticas Pre Profesionales

de la Facultad de Ciencias Econmicas.

C.c. Archivo

19