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LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y LA REFORMA DE
LOS PARTIDOS POLÍTICOS
THE PROTECTION OF FUNDAMENTAL RIGHTS AND THE REFORM OF
POLITICAL PARTIES
Erika Stefhany Chavez Soto
Alumna de pregrado de la Facultad de Derecho USMP
Enviado: 25 de mayo de 2015 Aceptado:
SUMARIO
1. IDEOLOGÍA DE GOBIERNO ATREVES DE LA HISTORIA
VS LA DEMOCRACIA ACTUAL
1.1 Concepto de la democracia.
1.2 La democracia actual como forma idónea de gobierno en el Perú y su
importancia en los partidos políticos.
1.3 Democracia vs los demócratas modernos en el Perú.
1.4 Ideología del pensamiento Gonzalo.
2. CONSTITUCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LOS PARTIDOS
POLÍTICOS
2.1. Proceso de inscripción regular de un partido político.
2.3 Inscripción en el JNE del MOVADEF como problemática social.
2.3 ¿Debería aceptarse la inscripción de MVADEF como partido político?
1. REFORMA MODIFICATORIA A LA LEY DE LOS PARTIDOS
POLÍTICOS Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES
3.1 Artículos que serán modificados para proteger la ideologia de la política actual
3.2 `` Constitución abierta ´´y defensa de la constitución frente a sus enemigos
3. 3 Pensamiento Gonzalo” Y La Militancia Ideológica
3.4 Argumentos a favor de la denegatoria de la inscripción del MOVADEF como
partido político.
3.5 la constitución del estado constitucional y democrático de Derecho.
RESUMEN
Este trabajo de investigación está motivado por la sorpresiva inscripción del grupo
MOVADEF, el cual optó por llevar sus ideologías políticas a un rango de mayor
accesibilidad para población, mediante una democracia representativa, decidiendo
postular ante el JNE para optar por el titulo de partido político.
De esta manera el MOVADEF busca convertirse en un partido político diferente,
imponiendo la ideología del comunismo, el indulto a los reos que violaron los
derechos fundamentales, época en la cual el Perú tuvo mucha pérdida de vidas
humanas y desorden político y social.
.La problemática surge cuando este partido es rechazado por el ROP (Registro de
organizaciones políticas) por no renunciar a su constitucionalidad antidemocrática
imponiendo sus ideas anti globalización y de protección a el grupo sendero luminoso,
considerando el ROP considera una amenaza para los derechos fundamentales e ideas
anti democráticas como forma de gobierno. Teniendo como fin de esta postulación un
posible caos y desorden social, si hubiera llegado a ser aprobado en la ley de
inscripción de los partidos políticos, luego de este suceso ,se decidió aplicar una
reforma en la política actual modificando el art 14 de la ley de partidos políticos y
demás artículos que desarrollaremos en este artículo científico.
ABSTRACT (traducción al inglés del resumen)
This research is motivated by the sudden inscription of MOVADEF group, which
chose to express their political ideologies to a range of greater accessibility to the
population (through a representative democracy), deciding to apply to the JNE to
qualify for a political party. So in this way, the MOVADEF seeks to become a
different political party imposing the ideology of communism, give clemency to
the prisoners who violated fundamental rights in the era in which Peru had much
loss of lives and had political and social disorder. The Problem arises when this
party is rejected by the ROP (Registration of political organizations) for not giving
up his undemocratic constitutional, imposing its anti-globalization ideas and
protecting Sendero Luminoso, being considered by the ROP a threat to
fundamental rights and anti-democratic ideas form of government. Having as
main point this application as a possible chaos and social disorder, if he had come
to be approved in the law of registration of political parties, after this event, we
decided to implement a reform in the current political, modifying the Article 14
of the political party law and other items that will develop in this scientific article.
PALABRAS CLAVES
Reforma-Indulto-Ideología-Abolir:
KEYWORDS
Reform-Pardon-Ideology-Abolish
Capítulo I
IDEOLOGÍA DE GOBIERNO ATREVES DE LA HISTORIA VS LA
DEMOCRACIA ACTUAL
1. 1 CONEPTO DE LA DEMOCRACIA
La democracia fue inventada en la Grecia clásica (500-250 A.D.C.)Existen dos acepciones de
la palabra democracia, En cuanto a la primera acepción, el término refiere a una forma de
votación por medio de la cual se toman decisiones colectivas para la elección de
gobernantes.(Democracia representativa )
En la segunda acepción, democracia describe unas cualidades particulares que
una sociedad debe de cumplir, como la participación popular, la libertad, la igualdad, la
democracia es simplemente la forma de gobierno en la que los conductores del estado son
electos por mayoría en votaciones. Este carácter es fundamental y determina todas las demás
características de la democracia como sistema de gobierno.
Aportes de dos grandes pensadores de la democracia contemporánea
Los dos grandes fundadores de la democracia contemporánea, Rousseau, era monarquista
y Montesquieu nunca se definió, pero se inclinaba notoriamente hacia la monarquía y no hacia
la república democrática. Esta anotación es particularmente importante para nosotros, porque,
a no dudarlo, Montesquieu echa una de las bases fundamentales de la democracia
contemporánea al abogar por la división del poder del Estado (que en ese entonces detentaba
centralizadamente el monarca) entre un órgano ejecutivo, uno legislativo y otro judicial; y
Rousseau sienta la otra al establecer la predominancia de la voluntad general que es la
voluntad de todos y la de cada uno de los ciudadanos que conviven bajo "el pacto social",
siendo el gobierno un simple mandatario sujeto a renovación, sin restricción alguna, por sus
electores.
1.2 LA DEMOCRACIA ACTUAL COMO FORMA IDÓNEA DE
GOBIERNO EN EL PERÚ Y SU IMPORTANCIA EN LOS PARTIDOS
POLÍTICOS.
El comercio. Carlos Eguren Segundo vicepresidente del Congreso, 2012:
Mucho se ha dicho y se dirá sobre el significado del 5 de abril en la historia del Perú,
particularmente de 1992 (pues en 1879, Chile le declaró la guerra al Perú), en lo que significó la
interrupción del proceso democrático.Por ello, la ocasión es propicia no solo para expresar nuestro
rechazo y condena a la instalación de cualquier gobierno sustentado en la fuerza de las armas o de
cualquier otro poder fáctico .
Con la restauración de la elección constitucional de nuestros gobernantes, ha regresado, el debate
sobre la democracia y las elecciones. En esta polémica han reaparecido los defensores de la
democracia representativa que, en resumen sostienen que lo democrático viene ocurriendo en el
Perú desde 1980: La democracia representativa tiene poco de democracia porque restringe la
participación del pueblo en la tarea política nacional y en las grandes decisiones, las que son
endosadas totalmente a los gobernantes elegidos y por todo el periodo de su mandato. La
democracia representativa lleva, así, a una peligrosa autonomía del representante elegido, lo aleja
del pueblo y finalmente debilita la vigencia del sistema en su conjunto. con transformaciones
sustantivas del sistema político, la democracia puede existir y desarrollarse en el Perú.Frente al
tema de la democracia y lo electoral, la historia nos enseña muchas cosas que intentaremos resumir
en los siguientes postulados:
PRIMERO: No es posible que exista democracia en ausencia del voto popular. En otras palabras,
el voto popular es necesario para lo democrático.
SEGUNDO:Puede existir y ejercitarse el voto popular, inclusive para elegir a los gobernantes, sin
que exista democracia, porque democracia no es equivalente a elecciones.
TERCERO: La conclusión de los dos puntos anteriores es que la democracia, para existir,
requiere no solo elecciones, sino también de otros mecanismos que expresan la voluntad política
del pueblo y la hagan cumplir por quienes nos gobiernan.
1.3 DEMOCRACIA VS LOS DEMÓCRATAS
MODERNOS EN EL PERÚ.
Los demócratas modernos insisten que "verdadera democracia" con el poder del estado está
limitado por una constitución, está divido entre entes autónomos (la entelequia de la "división de
poderes") que se balancean y vigilan los unos a los otros y las minorías ven respetados
sus derechos por las mayorías. Estos elementos supuestamente garantizan que sólo bajo un gobierno
democrático el hombre puede ser verdaderamente libre. Tanto así que la palabra "libertad" y la
palabra "democracia" son sinónimos para todos los efectos prácticos en el discurso político. Esta es
una de las falacias más grandes de la humanidad. En democracia, una mayoría puede reescribir las
reglas delineadas en la constitución, abolir la separación de poderes y violar los derechos de la
minoría. El mero hecho de la superioridad numérica le otorga "legitimidad" y la habilita para
establecer una tiranía mayoritaria.
Resulta importante hacer que la democracia sea un medio eficiente y eficaz para comprender e
impulsar los procesos de desarrollo económico y social de nuestros pueblos. Hay que tener presente
un dato como el que nos brinda el Latino barómetro (2011), según el cual el 61% de los peruanos
apoya la democracia, pero solo un 28% se siente satisfecho con la manera en que se desarrolla, lo
que arroja una diferencia de 33%, que corresponde a los "demócratas insatisfechos".
He allí un factor fundamental y clave para la supervivencia y consolidación del sistema democrático
de gobierno y el destierro definitivo de las dictaduras de cualquier signo.“Resulta importante hacer
que la democracia sea un medio eficiente y eficaz...”
1.4 INSCRIPCIÓN EN EL JNE DEL MOVADEF COMO
PROBLEMÁTICA SOCIAL.
El presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Francisco Távara, sostuvo ayer que el Movimiento por
la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), el brazo político del grupo terrorista Sendero
Luminoso, "institucionalmente no tiene cabida" en el registro electoral de organizaciones políticas del
Perú. Távara anticipó una posible negación del JNE al nuevo intento del Movadef para ingresar al
sistema electoral a través de la alianza que formó con el movimiento Patria para Todos. "No hay que
adelantar criterio, pero tampoco andar con medias tintas en este caso.
Francisco Távara, EL comercio ,2012:
``Hay que decirlo claramente: Movadef no es más que la fachada electoral de Sendero Luminoso, y en
el registro de organizaciones políticas no tienen cabida movimientos violentos ni criminales”.
Francisco Távara, EL comercio ,2012:
Añadió que Sendero Luminoso "ensució la historia de Perú por 20 años" y recordó que el Movadef ya
fue impedido en 2012 de ingresar en el registro de organizaciones políticas, lo que le impidió participar
de manera oficial en las elecciones regionales y municipales.`´
El Movadef presentó este mes la coalición del Frente por la Unidad y Defensa del Pueblo Peruano junto
al movimiento nacionalista Patria Para Todos, el partido ecologista Tierra Verde y el Partido
Etnocacerista Runamasi, cuya corriente defiende el regreso de los indígenas al poder.
La coalición, que aspira a concurrir a las elecciones presidenciales de 2016, mantiene la misma postura
del Movadef, que reclama la amnistía para todos los condenados por delitos cometidos durante la lucha
contra terrorismo.
Capítulo II
CONSTITUCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LOS PARTIDOS
POLÍTICOS
2.1. PROCESO DE INSCRIPCIÓN REGULAR DE UN PARTIDO
POLÍTICO
Para lograr su inscripción como partido político, toda organización requiere cumplir
diversos requisitos estipulados en la Ley de Partidos Políticos, uno de los cuales es la relación de
adherentes en número no menor de 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones
de carácter nacional (164,664 personas).
El trámite de inscripción consta de varias etapas, que se inicia con la presentación de
la solicitud ante el Jurado Nacional de Elecciones. Luego el Registro de Organizaciones Políticas
(ROP) del mencionado órgano envía las firmas de adherentes a la Oficina Nacional de Procesos
Electorales (ONPE) para su revisión.
REQUISITOS:
Además de la relación de adherentes, la solicitud de inscripción debe ir acompañada del acta de
fundación que contenga el ideario, el domicilio legal del partido, así como de las actas de
constitución de 65 comités partidarios como mínimo en todo el país. Cada comité debe tener 50
adherentes válidos.
Igualmente se debe adjuntar el estatuto del partido, la designación de personeros legales y la
habilitación de uno o más representantes legales.
De no haber observaciones, el ROP publica la síntesis de inscripción en el portal institucional del
JNE y en el diario El Peruano. De esta manera se inicia el período de tachas en el que cualquier
ciudadano puede hacer uso de este recurso. Lo resuelto por el ROP puede apelarse ante el Pleno del
JNE.
2.2 ¿DEBERÍA ACEPTARSE LA INSCRIPCIÓN DE MVADEF COMO
PARTIDO POLÍTICO?
El debate en un primer promedio ,se circunscribió a determinar si la constitución política del
Perú o la ley de los partidos políticos ,prohibían la inscripción de organizaciones políticas que
acogieran como ideario el pensamiento o la ideología que sirvió de sustento para el accionar de
organizaciones terroristas Para a los defensores de la inscripción del MOVADEF ,la ley de
partidos políticos solamente permitía la cancelación de organizaciones políticas ya inscritas por
la realización de conductas antidemocráticas previamente declaradas por el poder judicial ,no
así por el ROP .por ello ,quienes sostenían esta posición señalaban que la ley de partidos
políticos no permitía efectuar un control de fondo ni, menos aún , un control sobre las ideologías
y, como base de ello , denegar una solicitud de inscripción ,puesto que no solo seria una
transgresión de la libertad de pensamiento y del derecho a la participación política sino también
de los principios de legalidad y tipicidad .
Por su parte quienes sostenían que la solicitud de inscripción del MOVADEF debía ser
denegada ,antes de ahondar en argumentos sustentados en los principios reconocidos en la
constitución política vigente , no tuvieron mejor idea que presentar proyectos de ley de partidos
políticos _ reconociendo tácticamente. La necesidad de contemplar dicho impedimento de
manera expresa en la norma, respecto de que no procedería la inscripción de organizaciones
que promuevan ideologías contrarias al sistema democrático.
Ahora bien ,al respecto cabe mencionar que antes de que se llevara a cabo la audiencia pública
del caso Movadef ,ya se había presentando en este nuevo congreso ,un proyecto de ley dirigido
a modificar la ley de partidos políticos ,especialmente en el artículo 5 ,referido ,precisamente
, en los requisitos para la inscripción de los partidos políticos.
Ciertamente ,al hacerse público el caso MOVADEF y difundirse a través de los medios de
comunicación el rumor de que la solicitud de inscripción de la referida organización política
iba se admitida por el pleno del jurado nacional de elecciones ,líderes de opinión ,medios de
comunicación y, sobre todo ,los políticos ( congresistas incluidos ,desde luego) dirigieron sus
inquisidoras miradas hacia el organismo electoral ,comentarios que fueron desde amenazas de
acusaciones constitucionales por infracción a la norma fundamental , imputación de posibles
delitos de traición a la patria hasta de afinidad de algunos magistrados con la corriente
ideológica promovida por el MOVADEF o de cobardía de otros .
Fueron el contexto en el que se emitió el primer pronunciamiento del pleno del jurado
nacional de elecciones.
Sin embargo, cabría preguntarnos qué hicieron los congresistas, las organizaciones políticas
durante este tiempo para prevenir y proveer herramientas normativas específicas, al JNE y
evitar que aquel ambiente de incertidumbre respecto al pronunciamiento de este último en el
caso MOVADEF? Al parecer nada. La ley de partidos políticos fue publicada el primero de
noviembre del 2003es decir ya había transcurrido casi una década que la norma fue publicada
siendo que los regazos del terrorismo en el país no había desaparecido y menos aún la
idolología que promovía la violencia.
Capítulo III
REFORMA MODIFICATORIA A LA LEY DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
3.1 Artículos que serán modificados para proteger la ideologia de la política actual
3.2`` Constitución abierta ´´y defensa de la constitución frente a sus enemigos
3.3 Ideología del MOVADEF
3.4 Reforma de partidos vs la protección de los derechos fundamentales
3.1 ARTÍCULOS QUE SERÁN MODIFICADOS PARA PROTEGER LA
IDEOLOGÍA DE LA POLÍTICA ACTUAL
A continuación vamos a mostrar los artículos pertenecientes a la ley de los partidos
políticos que salen en defensa de un sistema democrático, protegiendo a su vez el
sistema de gobierno actual y garantizan la protección de los derechos humanos y son
los siguientes:
El artículo 2 de la Ley de Partidos Políticos, 28094 (LPP) establece entre los
fines y objetivos de los partidos: “asegurar la vigencia y defensa del sistema
democrático”; “contribuir a :
Preservar la paz, la libertad y la vigencia de los derechos humanos”;
“contribuir a la educación y
Participación política de la población, con el objeto de forjar una cultura cívica
y democrática”; y “contribuir a la gobernabilidad del país”.
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 5Y 14 DE
LA LEY N 28094 ,LEY DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS ,SE EMITE
EL TRÁMITE DE REFORMA POLITICA CON EL CARÁCTER
URGENTE ,SEGÚN LO ESTABLECIDO POR EL ART 105. DEL
CÓDIGO CIVIL PERUANO .
Artículo 5 .- Requisito para la inscripción de partidos políticos :
La solicitud de registro de un partido político se efectúa en un solo acto y debe de estar
acompañada de:
a) El acta de fundación que contenga lo establecido en el art 6
b) La relación de adherentes en número ni menor de tres por ciento (3%) de los ciudadanos
que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional con la firma y el número de
documento nacional de identidad (DNI) de cada uno de estos.
C) Las actas de constitución deben ser claras y democráticas estableciéndose al orden
jurídico actual, como forma idónea de gobierno.
3.2`` Constitución abierta ´´y defensa de la constitución frente a sus enemigos
Los peligros de perversión de los regímenes constitucionales democráticos, basados en la
libertad, la igualdad, y el pluralismo, pueden venir, y así ha sucedido históricamente, tanto desde
fuera como desde dentro. En el primer supuesto, se trataría de movimientos violentos o
revolucionarios que intentan alcanzar el poder político al margen de los medios legales previstos
para ello, para después cambiar el propio régimen político. en el segundo caso ,estaríamos ante
el hecho de acceso legal , es decir ,por medios democráticos ,al poder , con el objetivo de desde
el propio poder, desmantelar el régimen democráticos y la libertades ,comviertiendolo en un
régimen autoritario .
En todo caso ,el peligro de ascenso al poder , o de incremento significativo de su representación
, de grupos o tendencias totalitarias o fascistas, puede hoy percibirse en varios lugares del
planeta , y particularmente en algunos estados de Europa occidental , en los que han
experimentado un cierto auge los movimientos neofascistas o neonazis , asi parece suceder en
los últimos años , aunque con diferencias en cada país , en Austria ,Alemania ,Italia o Francia.
La amenaza de acceso al poder por vías democráticas, de personas o grupos políticos contrarios
al propio sistema de libertad y democracia( o que más tarde tratan de desmontar el propio sistema
``desde dentro´´ ),existe también en América . En el caso concreto del Perú, es lamentablemente
conocido el supuesto de la perversión del sistema político democrático, después de acceder al
poder mediante una victoria electoral, utilizando los mecanismos que ofrece el propio sistema
democrático .1
3.3 IDEOLOGÍA DEL MOVADEF
El “pensamiento Gonzalo”, porque es totalizador, no necesita nociones
completas de “realidad” sino puntos específicos de ella que canalicen la
1 Este punto de partida histórico es una buena referencia para la reflexión sobre si las constituciones de los estados democráticos y libres deben articular medios para defenderse ante una posible destrucción de la propia democracia y de la libertad, invocando y utilizado estos mismo valores los procedimientos y derechos en que se traducen . Ciertamente mecanismo de protección de sistemas democráticos frente a quienes constituyen una amenaza para los mismos se han conocido en muy diversos momentos históricos 1, pero situándonos en los constituciones modernas ,cabe encontrar dos entidos de la expresión <<defensa de la constitución >> .
liberación de las heridas causadas por las interacciones sociales cotidianas en la
acción política.
El pensamiento Gonzalo surge con Manuel Rubén Abimael Guzmán Reynoso (Arequipa, 3 de
diciembre de 1934), también conocido por el seudónimo de Presidente Gonzalo, fue el líder de
la organización subversiva y terrorista de tendencia maoísta Sendero Luminoso (PCP-SL), que
se fraccionó del PCP-Bandera Roja, donde Guzmán militó anteriormente. Ex catedrático de
filosofía, se convirtió en el fundador y máximo líder del movimiento durante el conflicto armado
interno en el Perú. Sendero Luminoso ha estado activo en el Perú desde finales de la década de
1970 y comenzó la autodenominada Guerra Popular o lucha armada el 17 de mayo de 1980, un
día antes de las Elecciones Generales.
Buscado por cargos de terrorismo, Guzmán fue capturado el 12 de septiembre de 1992 en Lima,
en una residencia del distrito de Surquillo, gracias a un operativo ejecutado por el Grupo Especial
de Inteligencia (GEIN) de la Dirección Nacional Contra el Terrorismo (DINCOTE) comandado
por un general de la Policía Nacional, el General PNP Ketín Vidal, y sentenciado por un tribunal
militar a cadena perpetua. Dicha sentencia fue anulada en 2003 por el Tribunal Constitucional
que consideró inconstitucionales varios decretos presidenciales que autorizaban la ejecución de
juicios secretos.
El procurador antiterrorismo, Julio Galindo, aseveró a Correo que varios integrantes del Movimiento
por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) -fachada legal del grupo terrorista Sendero
Luminoso- han sido protegidos por los gobiernos que comulgan con su ideología.
Incluso, indica Galindo, "algunos gobiernos, como Argentina, les han dado asilo político pese a estar
requeridos en el Perú".
Fue al lamentar que regímenes, como el de Cristina Fernández de Kirchner, comulguen con ideologías
marxistas, tal como lo reveló a Correo el periodista argentino Agustín Laje.
"Movadef está protegido por ideologías presidenciales. Protegido por la ideología política del
gobernante. Pasa en Argentina, lo mismo con Evo Morales, con (Rafael) Correa y (Hugo) Chávez.
Ellos, en su ideología, los llaman luchadores sociales, pero no lo son porque no están dentro de la
democracia. Al contrario, cometen asesinatos", dijo Galindo.
Según el procurador, si estuviese vigente el negacionismo se les podría denunciar a todos los
integrantes del Movadef en otros países. "Ahora no se puede, si tuviéramos la ley del negacionismo se
les denunciaría, porque ellos en otros países niegan el terrorismo y tergiversan la verdad", anotó el
procurador en declaraciones a Correo.
3.4 REFORMA DE PARTIDOS VS LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES
El debate en un primer promedio ,se circunscribio a determinar si la constitución política del
Perú o la ley de los partidos políticos ,prohibian la inscripción de organizaciones políticas que
acogieran como ideario el pensamiento o la ideologia que sirvió de sustento para el accionar de
organizaciones terroristas Para a los defensores de la inscripción del MOVADEF ,la ley de
partidos políticos solamente permitía la cancelación de organizaciónes políticas ya inscritas por
la la realizacion de conductas antidemocráticas previamente declaradas por el poder judicial ,no
así por el ROP .por ello ,quienes sostenían esta pocision señalaban que la ley de partidos
políticos no permitía efectuar un control de fondo ni,menos aún , un control sobre las ideologías
y, como base de ello , denegar una solicitud de inscripción .
Puesto que no solo una transgresión de la libertad de pensamiento y del derecho a la
participacion política sino también de los principios de legalidad y tipicidad.
Por su parte quienes osteniasn que la solicitud de inscripción del MOVADEF debía ser denegada
,antes de ahondar en argumentos sustentados en los principios reconocidos en la constitución
politica vigente , ni tuvieron mejor idea que presentar proyectos de ley de partdiso políticos _
reconociendo tácticamente. La necesidad de contemplar dicho impedimento de manera expresa
en la norma, respecto de que no procederia la inscripción de organizaciones que promuevan
ideologia contrarias al sistema democrático.
La Constitución política de 1993 dispone en su artículo 35 lo siguiente : Los ciudadanos pueden
pueden ejercer sus derechos individualmente o A través de organizaciones políticas como
partidos movimientos o alianzas conforme a la ley ,su inscripción en el Registro correspondiente
les concede personalidad jurídica la ley establece normas orientadoras asegurar el
funcionamiento democrático de los partidos políticos y la transparencia en cuanto al origen de
sus recursos económicos y acceso gratuito en los medios de comunicación social de propiedad
del Estado en forma proporcional al último resultado electoral el presidente en el presente
artículo evidencia que lo derecho de participación política son derechos fundamentales.
La configuración legal así mismo le reconoce una finalidad constitutional más allá de que puedan
ser considerados como personas jurídicas de derecho privado concurrir en la formación y
manifestación de la voluntad popular lo que he comprendido en sentido amplio puede ser
entendido como la formación de la opinión pública con lo cual sus fines trascienden a los
príncipes a los propios procesos electorales sino circunscribe a una interpretación literal y
restrictiva de los deberes que recaen sobre las organizaciones políticas existe un argumento
favorable Elmo va dir ell controles posterior mas no previó la inscripción efectivamente la
disposición constitucional señala que se establecerá un mecanismo que aseguren el
funcionamiento democrático no así que su creación ideario sea democrático esto resultará
compatible con cuestiones como la regulación de financiamiento público privado hola Fran
electoral y el acceso gratuito medios de comunicación de propiedad del Estado en etapa no
electoral.
Artículo 6 el acta de fundación el acta de fundación de un partido político debe componer
por lo menos La denominación y símbolo partidario se prohíbe el uso de las
denominaciones iguales o semejantes a la de un partido político movimiento Alianza u
organización política local ya inscrito o en proceso de inscripción que produce una
confusión entre los con los presentados anteriormente símbolos iguales o semejantes a
los partidos políticos movimientos alianzas organización política local descrito en el
proceso de selección nombres de personas naturales o jurídicas.
3.5Argumentos a favor vela denegatoria en exhibición de MOVADEF como
organización política
La Constitución el Estado constitucional y democrático de derecho podríamos señalar que
no existe discrepancia en torno a la naturaleza de norma jurídica suprema del ordenamiento
jurídico interno de la Constitución lo que voy a adoptarse un método institucional de
interpretación constitucional vendría a denominarse los principios de fuerza normativa y
supremacía constitucional no obstante la construcción no solamente puede ser vista desde
una concepción estrictamente positiva mi ser entendida como una norma jurídica abstracta
carente de valores y principios mínimos que rigen ordena en la vida en sociedad que se
convierte en el parámetro de actuación del Estado y por sino también de los particulares
evitar que la Constitución permite a convalidar vulneraciones en los derechos fundamentales
.
Más aún si tomamos en cuenta que el fundamento de la existencia de los Estados es
precisamente la defensa de estos entiéndase los derechos fundamentales se produce un
tránsito de Estado constitucional de derecho a un estado constitucional democrático de
derecho qué supone la democracia en líneas generales y más allá de las distintas
clasificaciones que sobre ella existen podría caracterizarse por el respeto a los principios de
la fuerza normativa y supremacía constitucional ve el respeto de los derechos fundamentales
de las personas el respeto y la garantía de un espacio de participación en los asuntos públicos
.
V.CONCLUSIONES:
En las conclusiones podemos decir que el MOVADEF es un grupo ""
revolucionario "" peruano impulsado por el pensamiento Gonzalo (marxista
leninista) y comunista que busca la amnistía por los delitos cometidos en Sendero
Luminoso, lo preocupante en este artículo es el intento de postulación hacia un
medio de democracia representativa, y lo que hace el estado para intentar que este
futuro partido no postule impidiéndolo mediante la reforma no solo esta
organización sino que mediante la reforma presentada por el congreso nos dicen
que el control va ser más estricto en cuanto a las organizaciones que pueden
inscribirse para ser partidos políticos y poder formar parte de una democracia
representativa .
También podemos concluir que el estado no puede evitar ejercer el derecho a la
libre expresión de estas organizaciones ya que todos formamos parte de un
derecho político, pero lo que si debemos evitar es el pensamiento violentista.
como vemos hay argumentos a favor y en contra de esta organización
(MOVADEF) pero lo que estoy de acuerdo es que el estado haya hecho la
reforma para tener mayor control de los partidos políticos ya que es hora de
poder tener partidos honestos y que contribuyan una mejora al país y tener que
estar eligiéndolos como dice la mayoría ´´ al que menos daño nos hace´´.
En mi opinión considero que el estado se debe preocupar en mejoras la calidad
de candidatos que nos dan a elegir, para de esta manera poder reforzar la
democracia mediante personas aptas y capaces que tomen las riendas de nuestro
país. Más allá de cualquier ideología política que nos pueda implantar o traer
consigo mismos, obviamente respetando los derechos fundamentales y evitando
la violencia como forma de gobierno totalitario.
IV. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
DIAS REVORIO ,F, La constitución abierta y su interpretación .
http://elcomercio.pe/movil/politica/elecciones/movadef-no-tiene-cabida-
sistema-electoral-senala-jne-noticia-1787876
http://www.pcm.gob.pe/dialogo/la-reforma-en-el-congreso-la-reforma-
politica-y-electoral-el-estado-de-la-cuestion/
http://www.gacetaconstitucional.com.pe/sumario-cons/doc-
sum/GC%2049%20%20Dosier-ED.pdf