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Ta REPUBLICA DEL ECUADOR TRIBUNAL PROCESO TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL A s a No: a • e. W UP CUERPO No: PROCESO ORIGINADO EN: 4 TIPO DE RECURSO: _krki&SO M- :" - \ ON (DOP\ Cto 0 * ACCIONANTE: DEFENSOR: -R A cf‘Fi- GU I VcreN0 i- e.E2. - DOMICILIO Casillero LEGAL: . Contencioso Electoral: Casilla Judicial Electronica: , . ACC/ONADO: 314,-0-1A DEFENSOR: IF DOMICILIO LEGAL: Casillero Contencioso Electoral: Casill Judicial Electra:Silica: , ORGANISM° DEL QUE RECURRE: t1 JUEZ EN Ciudad: Provincia: Direccion: Telt: Correo electronico: QUE CORRESPONDI° SECRETARIO RELATOR: EL SORTEO: t eNt\ - 5(44FLJP\ 1.10P\cis Dtik 5/IppeA Hea) P4KI6 )

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TaREPUBLICA DEL ECUADOR TRIBUNAL

PROCESO

TRIBUNAL CONTENCIOSOELECTORAL

A s aNo: a • e. W UP CUERPO No:

PROCESO ORIGINADO EN:

4

TIPO DE RECURSO:

_krki&SO M-:"- \ ON (DOP\ Cto 0* ACCIONANTE: DEFENSOR:

-RAcf‘Fi- GU I VcreN0 i- e.E2. -

DOMICILIOCasillero

LEGAL: .Contencioso Electoral: Casilla Judicial Electronica:

, .

ACC/ONADO:

314,-0-1A

DEFENSOR:

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ORGANISM° DEL QUE RECURRE:

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Ciudad: Provincia:

Direccion: Telt:

Correo electronico:

QUE CORRESPONDI° SECRETARIO RELATOR:EL SORTEO:

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JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA

Ab. Gabriela Melo FloresSECRETARIA GENERAL

S

JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA.- Quito, 16 de febrero del 2.009.-Las 10H00.- VISTOS.- El escrito contencioso de impugnacion presentado en laSecretaria de la Junta Provincial Electoral de Pichincha el dia 14 de fetrrero del 2009,"a las 11H40, en 5 fojas Wiles; por el Dr. Rafael Quintero Lopez; Presidente Provincialde Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, a la calificacion de la lista decandidatos a Concejales Urbanos del canten Pedro Moncayo por el Movimiento "PedroMoncayo en Accien" Listas 79, en la cual consta el senor Marlon Jose Tumbaco,candidato a Primer Concejal Principal, el Pleno de la Junta Provincial Electoral dePichincha, en sesion de 15 de febrero del 2009, RESOLVIO: Conceder el recursocontencioso de impugnacien presentado para ante el Tribunal Contencioso Electoral yenvier todo el expediente para conocimiento del Organismo Superior.-NOTIFIQUESE.- f) Ec. Jorge Benitez Zapata, Presidente, Sra. Blanca Chamorro Frias,Vicepresidenta, Sra. Elid Jacome Uvidia, Ab. Daysi Nunez Puruncajas y Sr. JuanChangoluisa Cuzco, Vocales de la Junta Provincial Electoral de Pichincha.- Certifico.-

Ab. Gabriela Melo FloresSECRETARIA GENERAL

RAZOR: La providencia que antecede fue notificada el dia 16 de febrero del 2009, a las121100 al Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en elcasillero electoral N° 17 perteneciente al sujeto politico; y, al representante delMovimiento "Pedro Moncayo en Accion", Listas 79, a traves de carteles exhiidos en laJunta Provincial Electoral de Pichincha para el efecto.- Certifico.

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-z

PARTIDO SOCIALISTA — FRENTE AMPLIO

CONSEJO PROVINCIAL DE PICHINCHA

SIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DEPICHINCHA:

Dr. FtAFAEL QUINTERO LOPEZ en ml °elided de Presidente Provincial delPartido Socilaista-Frente Amplio, y como tal su representante; ante usted y lossenores Miembros de la Junta Provincial Electoral, con • odo respeto;encontrandome dentro del termini) establecido en el Art. 19, inciso septimo delInstrucitivo para la InscripciOn y Calificacien de Candidaturas, emitida por el'Concejo Nacional Electoral, mediante ResoluciOn No. PLE-CNE-9-30-12-2008,ante ustedes c:omparezoo para interponer el presente Recurso de Apelacienante el Tribunal Contensioso Electoral:

•Con fecha 12 de febrero del 2009, notificada en el Casillero Electoral el die z

Viemes 13 de febrero del mismo alio en horns de la tarde, la Junta Provincial ar''Electoral RESOLVIO: "Rechazar /a impugnacien presentada per el Dr.Rafael Quintero Lopez, Presidente Provincial de Pkifincha del PartidoSocialists Front° Amplio, en contra del seilor Marlon Jose TumbacoCabascango, candidata a Primer Concejal Principal en la lista SCancelsles Urbanos del canton Pedro Moncayo por el Movindento "PedroMoncayo en , Accion, y calificar la lista de candidatos a Concejales ...";por lo que al respect° me permito presentar la siguiente apelacien, la mismaque la fundament° en los siguientes considerandos:

PRIMERO.- Los senores Miembros de la Junta Provincial Electoral en suresolucion emitida c.onsideran: "...; el esctito de contestaci6n presented° pore!.seffor Marion Jose Tumbaco Cabascango, el 9 de febrero del 2009, a las ,14h45, en 14 fojas Of/es; y, el informe jutfdico 028-DPP-DJ-2009, de 12 defebrero de/ 2009, suscrito por el Dr. Alexei Hoyos Jaramillo, Asesor Juridic° (E)

1de Is Delegation Provincial de Pichincha de/ Concejo National Electoral; y, enrazon S que el analisis S is documentacien constante en el expedient° 0 8%so desprende quo de las pruebas quo se acompafian no son documentosjustificativos, ..."; senores Miembros del Tribunal Contencioso Electoral, en laimpugnacien en legal y debida forma presentada adjuntamos la copidebidamente certificada por la_safinrita Nancy Guamba Diaz, SecretariqGeneral dell. Municipio de Pedro Moncayo del Tftulo de Credit° Solidario Na z685-TC-MPM-09, pot el valor de 80,00,20 dolares de los Estados Unidos deseNorteamerica. La copia legalmente certificada y emitida por Is senoritaSecretaria General del Municipio de Pedro Moncayo se la realize deconfonnidad con lo que prescribe el Art. 81, numeral 4 de Ley de RegimenMunicipal quo trata de las Eleccien de Las Atribuciones del Secretario delConcejo y dice en la patio correspondiente: "Former un protocol°encuademado y wiled°, con su respetivo indite numeric° de los actosdecisotios del concejo, de cada aflo, y conforir coa tis de esos documentosconforms a la Lew" 6 "Ms denies aue le se/tale la Lev v losmakosafgeLen virtud de aquello la (mica persona que puede despachar y

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certificar los documentos del Municipio de Pedro Moncayo es la:•SecretariaGeneral, ademas ese echo no fue unilateralmente expedido por là SecretariaGeneral toda vez que existe el memorandun, mediante el cual el senor Alcaldedispone que certifique el mencionado Titulo de Credit°, por coS ese .estramite ordinario que se realize en la Municipalidad; en razOn de aquellosenores Miembros del Tribunal Contencioso Electoral y al demostrarfehacientemente que el senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango es deudor dela Municpalidad de Pedro Moncayo y que al presentarse como candidato a laConcejalia en Primer Puesto Principal del Municipio de Pedro Moncayo, estatotalmente inhabilitado para inscribirse como aspirante a la Concejalia dePedro Moncayo de conformidad con lo que dispone el Art. 11, del Instrucitivopara la Inscription y CalificaciOn de Candidaturas, el mismo que para suanalisis me permito transcribir: "Art. 11.- Requisitos e inhabilidades parePrefectos y Viceprefectos, Alcalde Municipal y Concejales Municipales:Inhabilidades b) Ser deudor de/ organismo seccional correspondiente, a lafecha de inscripciOn de la candidature: ..." Por lo que nos permitinnos una vezmas adjuntar la copia debidamente certificada del Titulo de Credit° adeudadopor el senor Jose Tumbaco, edemas de una CertificaciOn emitida por el senor

Financiero de la Municipalidad de Pedro Monc,ayo para demostrar que/hasta el die de hoy se encuentra en mora con el Municipio. Que si -

•cierto el Instructivo pare la Inscripcidn de Candidatures en su Art. amanifiesta: "Para la determination de la mora de los deu deorganismos sectiona/es, se considerare la misma a la fecha desu candidatura y bastare la certificacido de/ tesorero dcorrespondiente ..". Esta norma dice que bastara el CertificadoTesorero y no que la certificacion del tesorero es el documento ecompruebe si es deudor o no un candidato, como muy malintenahace pmsumir el Infornie Juridic° emitido par el Asesor legal, masespiritu de la norma dice que solo basta demostrar en forma legal que elaspirante a cualquier dignidad de election popular adeuda al organismoseccional respectivo pare que automaticamente quede inhabilitado por moroso,para ser calificado como candidato.

SEGUNDO.- En la Resolucion emitida poi" los senores Miembros de la JuntaProvincial Electoral de Pichincha, expresan: "...; y, en razon del analisis de ladocumentacion constante en el expediente, se desprende quo de laspruebas quo se acomperlan no son documentos justificativos, el pleno dela Junta Provincial de Pichincha conforme lo establece el Art. 57 de las Normasgenerales pare las elecciones dispuestas en el Regimen S Transion de laConstitution de la RepOblica , publicadas en el R. O. N° 472, de 21 denoviembre del 2008, en concordancia con el Art 19 del lnstructivo paraInscription CalificaciOn de Candidaturas aprobada par el Concejo NationalElectoral mediante Resolucion No. PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembredel 2008, en sesion de 12 de febrero del 2009 RESOLVIO: Rechazar laimpugnacion presentada par el Dr. Rafael Quintero Lopez, PresidenteProvincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en contra delselfor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, candidato a Primer ConcejalPrincipal en I lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo porel Movlmiento "pedro kfoncayo en AcciOn, ..."; senores Miembros delTribunal Contencioso Electoral es inadmisible que la copia Certificada del titulo

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OCIALISTA - FRENTE AMPLIO

EJO PROVINCIAL DE PICHINCHA

e credito no sea considerada prueba o justificativo con la cual hemosdemostrado que el senor Jose Tumbaco Cabascango, es deudor al momentode la inscripcion de su candidatura del Orgamismo at cual quiere representar, acaso el instructivo no es claro en su Art. 11, de las inhabilidades, literal b); o acaso el criterio parcializado del Asesor legal y de la Junta, pretende vulnerarflagrantemente lo espitulado en la Ley y en el Reglamento y que debe sercumplido a raja table por los aspirantes a las dignidades de eleccion popular.

TERCERO.- Senores Miembros del Tribunal Contencioso la resoluciOn emitidapor los Senores Miembros de la Junta Provincial Electoral con fecha 12 defebrero del 2009, notificada el dia Viernes trece en horas de la tarde, no

• contiene motivaciOn alguna, es decir no se manifiestan las cosideracionesjuridicas del porque se desecha la impugned& porque jamas la han motivado,y con ello violentando las normas expresas contenidas en la constitucion y laley, entonces por que niegan la impugned& y solo se limita a decir: "...; elescritd de contested& presentado por el seffor Marlon Jose Tumbaco

• pabascango, el 9 de febrero del 2009, a las 14h45, en 14 fojas Utiles; y, elinforme juridic° 028-DPP-DJ-2009, de 12 de febreto del 2009, suscrito por el•Dr. Alexei Hoyos Jaramillo, Asesor Juridico (E) de la Delegacien Provincial dePichincha del Concejo National Electoral; y, en fez& de que el analisis de ladocumented& constante en el expediente, se desprende que de las pruebas

, que se acompaflan no son documentos justificativos, el pleno de la JuntaProvincial de Pichincha con forme lo establecido en el Art. 57 de las Normasgenera/es pare las elecciones dispuestas en el Regimen de Transion de laConstitucion de la RepOblica , publicadas en el R.O. N° 472, de 21 denoviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del lnstructivo paraInscription Calificacien de Candidaturas aprobada par el Concejo NationalElectoral mediante Resoluci& No. PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembredel 2008, en sesien de 12 de febrero del 2009 RESOLWO: Rechazar laimpugnaci6n presentada por el Dr. Rafael Quintero Lopez, PresidenteProvincial S Pichincha del Pattido Socialista Frente Amplio, en contra delseffor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, candidato a Primer ConcejalPrincipal en I lista de Concejales Urbanos del cant6n Pedro Moncayo porel Movimiento "pedro Moncayo en AcciOn, ."; como queda demostrado laresolution de la Junta Provincial Electoral no esta legalmente motivada, lo cualautomaticamente la anula porque contraviene nuestra Constitucion de laRepublica del Ecuador en su Art. 76, numeral 7, literal 0, el mismo que mepermito transcribir: "Las resduciones de los poderes pOblicos deberan sermotivadas. No ha bra motivacion si en la resolucien no se enunciaren lasnormas y principios jurldicos en que se funda y no se explica la pertinencia desu aplicaci& a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos,resoluciones o Milos aue no 'se encuentren debidamente motivados seconsideturan nulos. La violacion de este deber juridico acarrea no solo lanulidad del ado, por violaciOn a la norma, sino que edemas hace responsablecivilmente al Estado, por expreso mandato del articulo 31 de la Ley deModernized& del Estado, que dice: "MO TIVACION.- Todos los actos

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Dr. Rafael Quintero L.

PRESIDENTE PS-FA

emanaobs de los 6rganos del Estado, deberen ser motivados. La motivaci6ndebe indicar los presupuestos de hecho y las razones juridicas que handeterminado la decision del 6rgano, en relacion con los resultados delprocedimiento previo. ...".

CUARTO.- Por estas consideraciones solicito a ustedes senores Miembros delTribunal Contencioso Electoral, quo ml apelacien sea aceptada; y, enconsecuencia se niegue la inscripcien de la candidature para. Concejal por elPrimer Puesto Urbano del senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, por laMovimiento "Pedro Moncayo en Accion".

Notificaciones quo me correspondan las seguire recibiendo en el CasilleroElectoral No. 17.

Por ser legal ml apelacien, firmo el presente escrito.

JUNTA PRONIAL ELECTORAL DE PKION

RECEPCION

Feekt..A109a0za Howell-kW .... . ... .Rev Iwo on:

Envied* ......................

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GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON "PEDRO NIONCAYO"

TABACUNDO-ECUADOR

Tabacundo, 13 de febrero de 2009Oficio No 084-APM

Senores.JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE P1CHINCHA.Quito.

JCC/KGM13-02-09

De mi consideracien:

0Julian Caluguillin Cuascota, en ml calidad de Alcalde del Gobierno Municipal delCanten Pedro Moncayo, referente a las Certificaciones de los documentos, la (mica

-Eh persona facultada para CERTIFICAR los documentos que pertenecen a estaInstitucion, es la o el Secretario General, en tal virtud mediante oficio No. 074- APM,dispuse y autorice certifique las copias de los titulos de credito a la senorita NANCYGuamba Diaz, en su calidad de Secretaria General.

Ademas debo indicar que los senores y senoras: Sr. Virgilio Andrango Cuascota,Marlon Jose Tumbaco Cabascango, Sr. David Tatiana, Srta. Ver6nica Sanchez, Sr.Catucuago Cabascango Jose' Alfonso, Sra. Enny Yessenia Zambrano, tienenobligaciones pendientes en esta municipalidad, conforme se desprende de lostitulos de creditos SUSCRITOS POR EL SENOR TESORERO DE ESTAMUNICIPALIDAD; Y, EL SENOR DIRECTOR FINANCIER° DE LAMUNICIPALIDAD.

LO OUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY PERTINENTES.

Atentamente,

Sr. Julian in Cuascota.ALCALDE MONCAYO.

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GORIERNO MUNICIPAL Da CANTON -PEDRO MONCAYO"

TABACUNDO-ECUADOR

4

ILLS aftOr as

meiitittt ILWOO

Tabacundo, 06 de febrero de 2009Oficio No 074-APM

JCC/KGM06-02-09

SenoritaNancy Guamba.SECRETARAIA GENERALGOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO.Presente.

De mi consideracion:

Mediante el presente oficio dispongo y autorizo a Usted, se digne CERTIFICAR, en sucalidad de Secretaria General de la Municipalidad, las copias de los Titulos de Credit°,pertenecientes a las siguientes personas:

Sr. Virgilio Andrango Cuascota, Marlon Jost Tumbaco Cabascango, Sr. David Tituana,Srta. Veronica Sanchez, Sr. Catucuago Cabascango Jost Alfonso, Sra. Enny YesseniaZambia no.

Atentamente,

Sr. JuliáfCiiguiliIn Cuascota.ALCALD DE PEDRO MONCAYO.

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NICIPAL DEL CANTON -PEDRO MONCAYO"

TABACUNDO-ECUADOR

z

SeA‘

TESORERO

SUBTOTALDESCUENTORECARGOINTERESTOTAL

80.000,200,00%0,00%

LUSTRE MUNICIPIO DE PEDRO MONCATODEPARTAMENTO DE RENTASCOMPROBANTE DE COBRO

VakisiiiiiudiliatiiiW ---,,.p,m,- witilidOiOniiiieti:itiiis fait*, "cievanktiiiiiio[alSiii0:74114aMitai. _ Ss/ MSS Paw do p*Itdiddi tisidelidd. de cardonitides :- ,di b , CittpaSsibe.A1 talifie JtMan rakosi ="froitisiitsicii*14;ruili,cescsAtannt obviator fInWII:deo,!seen hpiniet4i, _Ty int_ -,- II Obi,fSemds '24us re"stecuyinien ao corm, soniiii. It eastotktorWitikiiiiiinr':'dS I '..

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CAVE CATASTRAL

NOMBRE 0 RAZON SOCIAL

CONCEPT°

FECHA DE EMISION:

ISOLW066-1

CL/ RUC.

TITULO DE CREDITO No.

835-TC-PAPM-09'

DIRECCION

PARTIDA1/3.98

DENOMINACIONCUENTAS PORCOBRAR ARCS ANTERIORESPROCESAMIENTO

VALOR80.000,00

0,20

4

CertificaciOn.- Certifico que la presente copia es pia del origincal, la misma que

reposa en los archivos de Tesore ria de la Municipal'

W g

lug. Pablo Alejandro Ruiz Guerrakr; TESORERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON PEDSRO

MONCAYO

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Oficio No 062- TM -2009

Ing. Pablo Aleja 1-2fliGueTESORERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL IkE

MONCAYO

ntamente,

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON -PEDRO LONGA

TABACUNDO-ECUADOR

Tabacundo, 13 de febrero de 2009

CERTIFICACION DE TESORERIA

Senores.JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA.Quito.En su Despacho.-

De ml consideracion:

Ing. Pablo Alejandro Ruiz Guerra, en mi calidad de Tesorero de la Municipalidad delCanten Pedro Moncayo, por disposicinn y Autorizacion del Senor Julian CaluguillinCuascota, Alcalde de esta municipalidad, cumplo con CERTIFICAR QUE ANOMBRE DE LOS SENORES: VIRGILIO ANDRANGO CUASCOTA,MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, SR. DAVID TITUASIA, SRTA.VERONICA SANCHEZ, SR. CATUCUAGO CABASCANGO JOSE ALFONSO,SRA. ENNY YESSENIA ZAMBRANO, SE ENCUENTRAN EMITIDOS LOSTITULOS DE CREDITOS, POR TENER OBLIGACIONES PENDIENTES CONESTA MUNICPALIDAD, LOS MISMOS QUE SE ENCUENTRANCONSIDERADOS DENTRO DE CUENTAS POR COBRAR V QUE HASTA LAPRESENTE FECHA NO SE HAN ACERCADO A CANCEIAR.

LO OUE CERTIFICO PARA LOS FINES DE LEY CONSIGUIENTES.

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abriel Melo FloresSECRETARIA GENERAL

REM MICA DLL HA .tholL

• JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA

JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA.- Quito, 12 de febrero del 2.009.- Las20H00.- VISTOS.- El escrito de impugnacien presentado en la Secretaria de la Junta ProvincialElectoral de Pichincha el 7 de febrero del 2009, a las 14H45, en 3 fojas Ofiles, por el Dr. RafaelQuintero LOpez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, encontra del senor Marlon Jose Tumbaco, candidato a Primer Concejal en la lista de ConcejalesUrbanos del cant6n Pedro Moncayo presentada por el Movimiento "Pedro Moncayo en AcciOn";el escrito de contestacien presentado por el senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, el 9 defebrero del 2009, a las 14H45, en 14 fojas utiles; y, el informe juridico 028-DPP-DJ-2009, de 12de febrero del 2009 suscrito por el Dr. Alexei Hoyos Jaramillo, Asesor Juridico (E) de laDelegacien Provincial de Pichincha del Consejo Nacional Electoral; y, en razOn de que, delanalisis de las pruebas constantes en el expediente, se desprende que los documentosaparejados a la impugnaciOn no cumplen lo dispuesto en el Art. 14, literal d) del Instructivo para

Inscripcion y CalificaciOn de Candidatures, el Pleno de la Junta Provincial Electoral dePichincha, conforme lo establece el Art. 57 de las Normas Generales para las eleccionesdispuestas en el Regimen de TransiciOn de la ConstituciOn de la RepUblica, publicadas en R.O.N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del lnstructivo paraInscripcien y Calificaci6n de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoralmediante ResoluciOn PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, en sesion de 12 defebrero del 2009, RESOLVIO: Rechazar la impugnaci6n presentada por el Dr. RafaelQuintero Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio,en contra del senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, candidato a Primer ConcejalPrincipal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por el Movimiento"Pedro Moncayo en Accion", y calificar la lista de candidatos a Concejales Urbanos delcanton Pedro Moncayo presentada por dicha organizacien politica.- NOTIFIQUESE.- f) Ec.Jorge Benitez Zapata, Presidente, Sra. Blanca Chamorro Fries, Vicepresidenta, Sra. ElidJacome Uvidia y Daysi Nunez Puruncajas, Vocales de la Junta Provincial Electoral dePichincha.- Certifico.-

Ab Gabriela P/elo FloresSECRETARIA GENERAL

RAZON: La providencia que antecede fue notificada el dia 13 de febrero del 2009 a las 12H30al Dr. Rafael Quintero Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista FrenteAmplio; en el casillero electoral perteneciente al sujeto politico; y, al Representante delMovimiento "Pedro Moncayo en AcciOn"; y, candidato impugned°, a haves de cartelesexhibidos en la Junta Provincial Electoral de Pichincha para el efecto.- Certifico.

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INFORME JURIDICO No. 028-DPP-DJ- 2009 n9e)fid

cnECONSEJO NACIONAL RICTORAL

DELMACI0111 PROYMICLO.LPellAiNA

Quito, 11 de febrero del 2009

EconomistaJorge Benitez ZapataPRESIDENTE DE LA JUNTAPROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHAEn su Despacho.-

Senor Presidente:

Para su conocimiento y del Pleno de la Junta, presentamos el Informe Juridico de laDelegacion Provincial de Pichincha, en relacion a la impugnaciOn presentada por elPartido Socialista-Frente Amplio, en contra del senor MARLON JOSE TUMBACOCABASCANGO.

Previo a resolver la Jefatura de Asesorla Juridica considera lo siguiente:

ANTECEDENTES.-

1.- El Dr. Rafael Quintero, en su calidad de Presidente Provincial del PartidoSocialista-Frente Amplio, ha presentado una impugnaci6n en contra del senorMARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, quien presento la inscripci6n de sucandidatura para la dignidad de Concejal Urbano en primer puesto del Canton PedroMoncayo, de la Provincia de Pichincha, representando al Movimiento Independiente"PEDRO MONCAYO EN ACCION".

2.- De la documentaciOn presentada consta el Titulo de Credito Nro. 685-TC-MPMM-09, certificado por la Secretaria General del Gobierno Municipal de Pedro Moncayo, porel valor de USD $80.000,20, en contra del senor VIRGILIO ANDRANGO CUASCOTA YMARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, emitido por el I. Municipio de PedroMoncayo, el 04 de febrero del 2009.

3.- El Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, en sesiOn del 07 de febrerode 2009, resolvi6 aceptar al tramite, el escrito de innpugnaciOn, presentado por el Dr.Rafael Quintero, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista-FrenteAmplio, en contra del senor MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, candidato aPrimer Concejal en la Lista de Concejales urbanos del cant6n Pedro Moncayo,presentado por el Movimiento Independiente "Pedro Moncayo en Accion", conforme lodispuesto en los Arts. 56 y 57 de las Normas Generales para las elecciones dispuestasen el Reglamento de Transicion de la Constituci6n de la Repdalica, en concordancia

Ifiaquito N35-227 e Ignacio San MariaConmutador: 2454-253 / 2242-284

Quito - Ecuador

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kg5

C117)REPUBLKA DO. E CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

DauwlraiN p-aka dit-bcon el aitW el ructivo para Inscripcion y CalificaciOn de Candidaturas, aprobado

por el Con clonal Electoral, mediante Resolucion PLE-CNE-9-30-12-2008 de 30de diciembre del 2008, y, correr traslado con el expediente al candidato impugnado y ala organizacion politica que representa, a fin de que, en el plazo de 24 horas, contadosa partir de la notificacien realizado el dia 8 de febrero de 2009, presente las pruebas dedescargo.

4.- La solicitud de proclamaci6n e inscripcion de las candidaturas, fueron presentadosel 05 de febrero del 2009 y notificados el 06 de febrero del 2009.

5.- Mediante contestacian recibida en Secretaria de la Junta Provincial Electoral dePichincha, con fecha 09 de febrero de 2009, las 14h45, el senor Marlon Jose TumbacoCabascango, procede a contestar, sefialando entre sus panes mas relevantes que:"JAMAS SE ME HA NOTIFICADO CON TITULO DE CREDITO ALGUNO; NI CONESTE NI CON NINGUN OTRO, razon por la que red& me entero de la existencia deeste titulo de credit° forjado..." "...el supuesto titulo de credito que tiene el NCimero685-TC-MPM-09 ha sido expedido RECIEN EL 4 DE FEBRERO DEL 2009, es decir,CON DEDICATORIA..." "DEJO CONSTANCIA DE LA CONTRADICCION EINCONFORMIDAD... ... el representante del Partido Socialista afirma que lo queadeudo es ochenta &Mares con veinte centavos de los Estados Unidos deNorteamerica, en el titulo de credito en cambio aparece que son ochenta mil &flarescon veinte centavos..." "... me hice cargo de la Alcaldia, por Resolucion del Concejoexpedida el 5 de agosto del 2008. Es en esta calidad de Alcalde encargado quedispuse que el vehiculo de la Alcaldia se ponga a mis ordenes..." "Me dirigi alContralor General del Estado el 8 de septiembre del 2008, mediante comunicaci6n No.APM- 03- 78-08 que el vehiculo marba Nissan, tipo 4x4, modelo Patrol, motorTB48023271, chasis JNITFSY614X133019, color plateado brillante, alio 2004, seencontraba en mi poder y a buen recaudo..." "El 14 de enero 2009 me volvi a dirigir alsenor Contralor General del Estado para reclamarle por la perdida de la comunicachona la que antes me habia referido, y para manifestarle, una vez mas que el vehiculocontinuaba en mi poder y que esperaba que la Contraloria resuelva a quien lo deboentregar..." "Presentando tanto en la Contraloria como en el Ministerio Publico losdocumentos de mis afirmaciones y solicitando tambien al Ministro Fiscal de Pichcinchaque me indique a quien tengo que entregar el vehiculo..." "HAGO NOTAR que existeuna FALSEDAD en el titulo de credit° en el que se hace constar que el vehiculo es unMONTERO cuando la verdad es que esta caracteristica NO CORRESPONDE alautomotor de la Alcaldia"

II.- MARCO JURIDICO

• Regimen de transicion de la Constituci6n de la RepUblica.• Normas Generates para la Elecciones dispuestas en el Regimen de Transicion

de la Constitucion de la Republica.• lnstructivo para la calificaciOn de candidaturas.

!Aaiun() N35-227 e Ignacio San MariaConmutador: 2454-253 / 2242-284

Quito - Ecuador

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CONSEJO NACIONAL EUCTORAL

0•1.10ACION PlIOVI•CIAL atPOOMOLA

Feat-It Cad -AHor.:a

etReclbido en:LeaelmEA:lad a.

Elaborado por: Ab. Rodrigo Pinango

Mac. Manuel Carrillo

El articulo 45 de las Normas Generales para las Elecciones Dispuestas en el Regimende transition de la ConstituciOn de la RepOblica, establece que: "La inscripcion decandidaturas se hare ante los organismos electorates competentes; los candidatosdeberan reunir los requisitos previstos en estas normas y no ester& comprendidas enlas prohibiciones determinadas en el articulo 113 de la Constitucion de la RepOblice."

El articulo 14 del Instructivo para inscripci6n y CalificaciOn de Candidaturas aprobadopar el Consejo Nacional Electoral, mediante resoluci& PLE-CNE-9-30-12-2008, 30 dediciembre del 2008 establece en el literal d: "Para la determined& de la mora de losdeudores de los organismos seccionales, se considerara la misma a la fecha deinscripcion de su candidatura y bastara la certificacidon del tesorero de la entidadcorrespondiente, de que el deudor este en mora; salvo que, antes del momento decalificar su candidatura, presente los justificativos del pago correspondiente"; literal f:"Las personas que tuvieren pendientes reclamaciones pendientes administrativas,juicios contenciosos-administrativos o tributarios por deuda con el fisco, consejosprovinciales y concejos municipales, si pueden ser candidatos, mientras no existaresolucion en firme.

IV.- CONCLUSIONES.-

Del estudio pormenorizado del expediente y analisis de documentos y alegatospresentados se establece que la candidatura impugnada al senor Marlon JoseTumbaco Cabascango, se ha dado el tramite conforme a derecho, la Junta ProvincialElectoral de Pichincha es competente para conocer y resolver la impugnacion, porcuanto los documentos aparejados a la impugned& no cumple lo dispuesto en elarticulo 14, literal d, del Instructivo PLE-CNE-9-30-12-2008, el Pleno debe RECHAZARla impugnaci6n y proceder a calificar la candidatura para la dignidad de concejal urbanoen primer lugar, del canton Pedro Moncayo, senor MARLON JOSE TUMBACOCABASCANGO, por el Movimiento Independiente Pedro Moncayo en Acci6n.

Que se disponga a secretaria, notifique al sujeto politico con esta resoluciOn.

Haste aqui el informe Juridico para su conocimiento y del Pleno de la Junta Provincialde Pichincha.

WA PROYMM. EIETORI1 DE MUMMA

RECEPCIONAtenta te,

AlexAsesor uridido (El

illo

Ifiaquito N35-227 e Ignacio San MariaConmutador: 2454-253 / 2242-284

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12E1'1 BE I( A DEI ECI t DOR

JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA

Quito, 10 de Febrero de 2009Oficio No. 004-JPEP-S

Doctor.-Alexei Hoyos JaramilloASESOR JURiDICO (E)DELEGACION PROVINCIAL DE PICHINCHA DEL CONSEJO NACIONALELECTORAL

En su Despacho.-

Senor Asesor:

El Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha en sesi6n realizada el diade hoy 10 de febrero de 2009, resolvio disponer:

Que, el escrito de impugnaciOn presentado por el Presidente Provincial delPartido Socialista Frente Amplio, en contra del senor, Marlon Jose Tumbacocandidato a Alcalde del Canton Pedro Moncayo, y los documentos anexos; asicomo el escrito de contestaciOn y pruebas de descargo, presentadas por elcandidato impugnado, pasen a conocimiento del senor asesor juridic°, de laDelegaciOn Provincial de Pichincha del Consejo Nacional, Electoral; a fin deque, en el plazo de 24 horas se sirva presentar el informe juridico respecto alpresente caso, para conocimiento del Pleno de la Junta Provincial

Anexo el expediente en 18 (Diez y ocho) fojas.

Atentamente

Ab. Gabn la MeloSECRETARIA DE LA JUNTAPROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA

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SENOR PRESIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DEPICHINCHA:

MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, por mis propios derechos y en mlcalidad de Concejal del Municipio del Canton Pedro Moncayo, Provincia de Pichincha,en relacien a la impugnacion de ml candidatura a Concejal Urbano del mencionadoCantein para las prOximas elecciones a realizarse el 26 de abril del 2009, que hapresentado en mi contra el doctor Rafael Quintero en representaciOn del PartidoSocialista, manifiesto y solicito lo siguiente:

I.- Que impugno en todas sus partes el titulo de credito que se ha expedidoarbitrariamente en ml contra y que ha servido de base para la impugnacion de micandidatura a Concejal de Pedro Moncayo, por la sencilla pero categerica raz6n de queyo MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO NADA ADEUDO AL MUNICIPIODE PEDRO MONCAYO NI AL ESTADO ECUATORIANO, POR NINGONCONCEPTO;

2.- El titulo de credit° que se ha emitido en ml contra, es un DOCUMENTO FALSO YFORJADO CON TODA LA MALA FE QUE CARACTERIZA A SUS AUTORES, conla finalidad evidente de pretender impedir ml participacion como candidato a Concejal enla proxima contienda electoral. Por esto es que, con anterioridad, JAMAS. SE ME HANOTIFICADO CON TiTULO DE CREDITO ALGUNO; NI CON -ESTE NI COINNINGUN OTRO, razon por la que recien me entero de la existencia de este titu16-11I.credit° forjado, por la impugnaci6n que se hace de ml candidatura.

3.- SI NO CONOCIA DE LA EXISTENCIA DEL TITULO DE CREDITOTANTAS VECES MENCIONADO PORQUE JAMAS SE ME NOTIFICO CONEL, me he hallado en la imposibilidad material y jurfdica de referirme a el y dedesvirtuarlo.

Y si no he sido notificado con la supuesta obligaciOn que contiene el titulo de credito,MAL PODIA CAER EN MORA DE CUMPLIRLA; MORA que es el requisitoesencial para el cumplimiento de las obligaciones de esta naturaleza, en el caso de querealmente existan;

4.- NOTESE, que el supuesto titulo de credit() que tiene el Nit:micro 685-TC-MPM-09 hasido expedido RECIEN EL 4 DE FEBRERO DEL 2009, es decir, CONDEDICATORIA con el evidente proposito de impedir la calificacien de mi candidaturaa Concejal de Pedro Moncayo;

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5.- DEJO CONSTANCIA DE LA CONTRADICCION E INCONFORMIDADQUE EXISTEN EN CUANTO A LAS CANTIDADES QUE APARECEN en elescrito de impugnacion y en el forjado titulo de credit°. Pues que mientras en el escritoel representante del Partido Socialista afirma que lo que adeudo es ochenta Mares conveinte centavos de los Estados Unidos de Norteamerica, en el titulo de credit° en cambioaparece que son ochenta mil Mares con veinte centavos, lo cual por si solo descaliflcaal escrito de impugnacion;

6.- Como el antecedente que aparece en el "titulo de de credito", segian reza estedocumento, es la tenencia del vehiculo que pertenece a la Alcaldia de Pedro Moncayo,debo indicar, en honor a la verdad, COMO LO HE HECHO SIMPRE, que a raiz de lalicencia que solicito el entonces Alcalde Titular de Pedro Moncayo Virgilio AndrangoCuascota, me hice cargo de la Alcaldia, por Resolucion del Concejo expedida el 5 deagosto del 2008.

Es en esta calidad de Alcalde encargado que dispuse que el vehiculo de la Alcaldia seponga a mis ordenes, como no podia ser de otra manera, porque esto se hallaba dentrode mis facultades legales;

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7.- Como con posterioridad a los hechos que dejo consignados, a mediados de agosto del2008, los Concejales que nos persiguen se tomaron por la fuerza el Municipio de Pedro Aria,Moncayo, con la venia de la Fuerza PUblica, pese a la resistencia del pueblo que en Ant, /valientes jornadas defendia sus derechos, como lo registraron todos los medios decomunicacion, me dirigi al Contralor General del Estado el 8 de septiembre del 2008, - tinStrelelmediante comunicacion No. APM-03-78-08, para hacerle conocer que el vehiculo enmenden, marca Nissan, tipo 4x4, modelo Patrol, motor TB48023271, chasisJNITESY614X133019, color plateado brillante, ailo 2004, se encontraba en mi poder ya buen recaudo.

Esta comunicacion al serior Contralor obedecia al hecho de la situaciOn conflictiva eirregular que se habia producido en el Municipio de Pedro Moncayo y de lasimpugnaciones mutuas que se habian presentado entre las Autoridades y Concejales delMunicipio.

En tales circunstancias, y estando impugnada la legalidad y legitimidad de los—. yConcejales que habian sido destituidos y que posteriormente ingresaron por la fuerza alMunicipio, considere legal y conveniente poner en conocimiento del setior Contralor lasituacion del vehiculo de la Alcaldia que se encontrabar_vai oa_parlasEazonel.expuestas antes con toda claridad;_

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8.- El 14 de enero del 2009 me volvi a dirigir al sefior Contralor General del Estado,para reclamarle por la perdida de la comunicaci6n a la que antes me he referido y de losdocumentos anexos y para manifestarle, una vez mas, que el vehiculo continuaba en mlpoder y clue esperaba pie la Contraloria resuelva a quien lo debo entregar, porque \‘‘las disputas administrativas y judiciales acercrdiTa—Teggitumdad en elMunicipio de Pedro Moncayo continuo todavia y no se han resueltodefinitivamente;

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9.- Como quienes han forjado y emitido a Ultima hora el titulo de credit() tantas vecesreferido, habian presentado una denuncia penal en el Minisjain lir°, he acudido a esainstancia para dejar constancia de todo to que hasta aqui he expuesto, presentando tantoen la Contraloria como en el Ministerio Public° los documentos de respaldo de misafirmaciones y solicitando tambien at senor Ministro Fiscal de Pichincha que meindique a quien tengo que entregar el vehiculo, sin que hasta la presente se me hayadado at respecto ninguna respuesta.

Todo lo hasta aqui consignado, es de pleno conocimiento de quienes han ordenado laemision del titulo de credit() en el que se basa la impugnacion a ml candidatura, conlo cual demuestro la total mala fe con la que han obrado para forjar dicho titulo de credit()en mi contra;

10.- HAGO NOTAR que existe una FALSEDAD en el "titulo de cr6dito" en el que sehace constar que el vehiculo es un MONTERO cuando la verdad es que estacaracteristica NO CORRESPONDE al automotor de la Alcaldia de Pedro Moncayo queesta en ml poder, a la espera de que la Contraloria o el Ministerio Public() disponga aquien debo entregarlo, como asi lo he solicitado desde hace mucho tiempo;

I I.- ME RESERVO el derecho de iniciar las acciones civiles y penales en contra dequienes han forjado el titulo de credit° falso con el cual se ha impugnado mi candidatura;

12.- Es necesario dejar constancia para el senor representante del Socialismo de quetodos estos problemas se originaron porque la Contraloria General del Estado a fines delmes de enero del 2008 envie) a la Municipalidad las glosas definitivas establecidas encontra del ahora Concejal Amilcar Mantilla, que pertenete-al Parrido-Socialistarpara quele cobre los dineros incorrectamente utilizados por 61 cuando desempefio las funciones deA Icalde de Pedro Moncayo. En el mes de junio del 2008, la Contraloria General , vuelve a_enviar un nuevo grupo de glosas definitivas en contra del mismo ConcejalVia ntilla; de filiacien socialista, por los perjuicios economicos causados al Municipiocuande fue A lcalde de Pedro Moncayo;

13.- Por todo lo expuesto. solicit° se deseche la impugnaciOn presentada en mi contrapor el representante del Partido Socialista de Pichincha, ya que se trata de una verdaderapatrafia con la cual se pretende conculcar mi derecho a la participacion politica.

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JUNTA PROVINCIAL ELETOIK DE PICHINCHARECEPCION

FecI.a:.Q o0 . Ply r Retibiclo iem.4ktientalif / °Enviado a• +161.42

14.- En respaldo de todo to aseverado en ml exposici6n envio a usted los siguientesDOCUMENTOS NOTARIZADOS Y CERTIFICADOS:

a.- Oficio No. APM-03-78-08 de 8 de septiembre del 2008 dirigido al senor ContralorGeneral del Estado;

b.- Oficio No. 091-SG-2008 del 5 de agosto del 2008, que me dirige el abogado EnriqueSola Cueva, Secretario General, encargado, del Municipio de Pedro Moncayo, quecontiene la Resolucion del Concejo por la cual me encarga de la Alcaldia;

c.- Oficio No. 090-SG-2008 de II de agosto del 2008 dirigido a la Superintendenta deBancos por el Secretario General del Concejo abogado Enrique Sold, hacidndole conocerque me hallaba encargado de la Alcaldia de Pedro Moncayo;

d.- Dos documentos que contienen las caracteristicas del vehiculo;

e.- ComunicaciOn dirigida al doctor Carlos Polit, Contralor General del Estado, el 14 deenero del 2009;

f.- Escrito que presente el 20 de enero del 2009 al senor Ministro Fiscal de Pichincha,sobre el caso del vehiculo, cuyo contenido se explica por si mismo;

g.- Escrito de denuncia que presente el 6 de febrero del 2009 at Alcalde de PedroMoncayo, en razen de QUE SE ME NEGO en ese Municipio el CERTIFICADO DENO ADEUDAR NADA A ESA ENTIDAD, que es una prueba mas de que estabanforjando el "titulo de credito" que he impugnado, a pesar de ser Concejal de dichoMunicipio.

El que al pie tambidn suscribe Rend Aguirre, Director del Movimiento lndependientePedro Moncayo en cion declaro que hago mia en todas sus partes la exposicion queanteced

DIRECTOR DEL MOVIMIENTOPEDRO MONCAYO EN ACCION

/ose umbaco CabascangdCAN i IDATO A CONCEJALURBANO DE PEDROMONCAYO

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GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCAYO"

TABAC UNDO - ECUADOR

Tabacundo, S de septiembre del 2008ICIO No. APM-0378-08

Senor doctorCarlos POlitCONTRALOR GENERAL DEL ESTADOPresente

De ml consideracion:•

Adjunto: to indicado

"0 rAin ia, "R!MIMAEN .C. 7̂ 1 in4t:t0t.: A t_ PHI •Nri:NVW

(10V FE- vf,:( jr”ovc,or' !:1,1C 011101IIIC '116/. ,in. M1C t6; MK!

er. ...

vaHoS0t“ro

Pongo en su conocimiento que he dispuesto que el vehiculo que presta sus servicios a laAlcaldia del Municipio de Pedro Moncayo, se ponga a mis ordenes y, por consiguiente, abuen recaudo, en razon de pie ejerzo las funciones de Vicepresidente del ConcejoMunicipal y, per Resolucion del Concejo, me hallo encargado de la Alcaldia, como lodemuestro con la copia de la Resolucion correspondiente.

Esta comunicaciOn obedece al hecho de que actualmente el Concejo Municipal atraviesaper una serie de diftcultades intemas que serail resueltas dentro de poco tiempo per elTribunal Constituciortal.

Atentamente,

Marl n Jose Tumbaco tascangoVIC PRESIDENTE DEL CONCEJO DE PEDRO MONCAYO,ENCARGADO DE LA ALCALDIA

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GOBILRNO WiNICIPAL DE "PEDRO MONCAYO -

TABACLADO - ECUADOR

05 de atsesto de 2008Oficio No. -091-SG-2008

Senor:51arlon fos5 Tumbaco CabascaneoALCALDE ENCARGADOGOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO MONCAY0Presente.-

Dc rni consideracion

fin de dam cumplimiento con la Resolucion de la sesion extraordinaria de Concejo det'echa, mattes 05 de aaosto de 2008, una vez que se trate el Unice Punto del Orden del Dia:CONOCLMIENTO V RESOLUCION DEL OFICIO S/IS' ENVIADO POR ELTRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL DANDO A CONOCER LA RESOLUCIONNo. PLE-TSE-7-17-2008 RECIBIDA EL 22 DE JULIO DEL 2008, al respecto en .micalidad de Secretario General Encargado, cumplo con notificar, que el H. Concejo resolvie:OUE SE CUMPLA CON LA RESOLUCION EMITIDA FOR EL TRIBUNALSUPREMO ELECTORAL IL SE ENCARGUE AL ALCALDIA AL SENOR MARLONJOSE TUMBACO CABAS('NGO (TICEPRESIDENTE) Y ALCALDE ENCARGADOFOR LA A USENCIA TEMPORAL DEL SENOR VIRGILIO ANDRANGO CLASCOTA IALCALDE DESTITUIDO) DE CONFORMIDAD CON 10 QUE DETERMLVA EL ART. 78 DE LA LORA!, HASTA DUE SE EMMA LA RESOLUCION DEFINITIVA

POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Y OUE SE COMUNIOUE A LAS AUTORIDADES COMPETENTES. NOTIFIOUESE AL INTERESADO". LA MIS114 DUE ES APROBADA FOR UNANIIIIDAD.

Lo que notifico para los fines pertinentes.

A tentaareni4,

(1Ab. E41, Sola ueva.SE CRiE S GENERAL ENCARGADOGOBLE • MUNICIPAL DE PEDRO MONCAY0

Norar-NA gr ) I O:0EN P.P! foAc!cit: L v No r ARtAi_

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MUNICIPIO DE PEDRO MONCAYOTABACUNDO - ECUADOR

un o, •e agosto eficio N. 090-SG

flora Doctoraoria Sabando

SUPERINTENDENTA DE BANCOSPresente.-

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Ab.que S. aSEC GENERAL (E): :,H••• •

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NOTARIA PRIMERA OF OHITOEN API ie AlAIFY I401ARLALDOY fc[tc;:c.or cou

C.f311T01/1:(: "do

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De mi consideraciOn:

Abogado Enrique Sola Cueva, en mi calidad de Secretario GeneralEncargado, del Gobierno Municipal de Pedro Moncayo, tengo a bienCertificar ante su autoridad que en la sesi6n extraordinaria Ilevadaa cabo el 5 de agosto del 2008, el Concejo Cantonal resolviOencargar la Alcaldia de Pedro Moncayo al Vicepresidente delConcejo Seflor Jose Tumbaco Cabascango, mientras dure laausencia temporal del titular senor Virgilio Andrango deconformidad con lo dispuesto en el articulo 79 de la ley de RegimenMunicipal, certificaciOn que presento ante usted para los finesconsiguientes.

Atentamente,

Calle Sucre No. 981 (Parque Central) Telfs.: 2365-264 / 2365-265 / Telefax: 2366-119

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Par media del pres7r.nte CERTIPICAMOS haber intermediado 'en Cl ft-6mile de

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;:.02-004 es el legftimo propietario del vet:kill° antes mencionado. -

El prod° comerplal del velliculo as de US$60,990.

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abacundo, 14 de enero del 2009

L./

Senor doctorCarlos PoutCONTRALOR GENERAL DEL ESTADOPresente

De mi consideracion:

El 8 de septiembre del 2008, mediante oficio No. APM-0378-08 me dirigf a usted paradarle a conocer que habia dispuesto que el vehiculo que presta sus servicios a la Alcald lade Pedro Moncayo se ponga a mis ordenes y, por consiguiente, a buen recaudo.

Le indique al mismo tiempo que esta disposicion la habia impartido en razor) de queejerzo las funciones de Vicepresidente del mencionado Concejo Municipal y estabaencargado de la Alcaldia.

Explique, finalmente, que esta inforrnacion la entre2aba a la Contraloria General delEstado en consideracion a que el Concejo Municipal de Pedro Moncayo estabaatravesando por una serie de dificultades intemas que estaban en conocimiento yresoluciOn del Tribunal Constitucional, con el objeto de evitar malos entendidos otergiversaciones en relacion con el destino del mencionado vehiculo.

Al concurrir el dia de ayer a la Contra!oda me encontre con la desagradable sorpresa deque la comunicaciOn a la que hago referenda enviada a usted el 8 de septiembre del2008, y los documentos anexos que consisten en la ResoluciOn de encargo de la Alcaldiacertificado por el Secretario General del Concejo y los de identificacion del vehiculo handesaparecido de esa Institucion, a pesar de que tiene la fe de presentacion de esa mismafecha, como lo demuestro con las fotocopias de los mismos que vuelvo a enviarle.

Al parecer, esta extrana desaparicion de los documentos ha dado pretexto a quienesfungen ilegalmente de representantes del Municipio de Pedro Moncayo para presentardenuncias penales falsas en el Ministerio PUblico en contra mio y de otras personas,pretendiendo acusamos de peculado o de hurto en relacion con la suerte del vehiculo,solicit° a usted que, previa la investigacion de lo acontecido con los doCumentosdesaparecidos, disponga de ser el caso, la entrega del vehiculo tantas veces mencionado ala Contraloria, que yo no tengo ningón inconveniente en hacerlo, a pesar de que losproblemas del Municipio de Pedro Moncayo no se han resuelto hasta ahoradefinitivamente en la Corte Constitucional.

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to, finalmente, ante usted que por delicadeza, durante todo este tiempo demunicipal, yo no he ocupado el vehiculo de la Alcaldia y que este ha

permanecido guardado todo el tiempo con Las debidas seguridades

Atentamente,

Jose Tumbaco Cabasca

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Vicepresidente del Concejo Municipal

Adjunto: lo indicado

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ASESORES LEGALES

LUCERO & ASOCIADOS-z4

niPkroo

JOSE TUMBACO CABASCANGO, Concejal y Vicepresidente del Cone* CY'rde Pedro Moncayo, en relaciOn con la Indagacion Previa que se Ileva a cabo eriitftontra,a base de una denuncia falsa presentada por Julian Caluguillin y S Procurado Sindicodel Municipio, maniftesto y solicito lo siguiente:

1.- A raiz de la licencia que el Concejo Cantonal de Pedro Moncayo concedi6 al AlcaldeTitular Virgilio Andrango y de los problemas intemos que se presentaron en el Cabildo,el Concejo expidi6 el 5 de agosto del 2008 la Resolucion correspondiente encargandome freLa Alcaldia en ml condiciOn de Vicepresidente de la Municipalidad.

En tal condiciOn dispuse, dentro de mis atribuciones, que el vehiculo que prestaba susservicios en la Alcaldia, se ponga a mis Ordenes, como no podia ser de otra manera.

2.- Como los Concejales opositores se tomaron el Municipio con la ayuda directa de laFuerza Publica y como continuaron los reclamos administrativos y judiciales acerca dequien tenia la legitimidad, el 8 de septiembre del 2008, mediante Oficio No. APM-0378-08, en un exceso de precauciOn, puse en conocimiento del doctor Carlos Mit, ContralorGeneral del Estado, que el mencionado vehiculo se encontraba a mis 6rdenes y, porconsiguiente, a buen recaudo. Adjunte a esta comunicacion una Certificacien delabogado Enrique Sold, Secretario General del Concejo de Pedro Moncayo, de que en mlcalidad de Vicepresidente de esa Municipio me hallaba encargado de la Alcaldia porResolucion del Concejo. Adjunte tambien los documentos de identificacion del vehiculo.

3.- Cuando concurri el 13 de enero del 2009 a la Contraloria me encontre con ladesagradable sorpresa de que el oficio que dirigi al seilor Contralor el 8 de septiembre del2008 al que antes me he referido y toda la documentacion anexa, habian desaparecido deesa Institucion.

Con este antecedente, el 14 de enero del presente alio 2009 me he vuelto a dirigir a serlorContralor General pan que ordene una prolija investigaciOn de la desapariciOn de losdocumentos antes setialados y para dejar una vez mas constancia de que el vehiculo encuestion sigue en ml poder y de que no tengo ningtin inconveniente en entregarlo a lapersona o entidad que seciale la Contraloria, peticiOn que en igual sentido me permitoelevarla tambien a usted.

4.- Todo lo hasta aqui expresado demuestra con claridad ante usted la raz6n por la quedispuse que el vehiculo se ponga a mis 6rdenes; el motivo por el que lo he mantenido enml poder mientras se ventilan las situaciones juridicas de Pedro Moncayo, que aim noterminan; el hecho de que jamas he tenido siquiera la intencion de ocultar el vehiculo ymenos min de apropiarme de él como calumniosamente se ha expresado en la denuncia;y, mas bien mi voluntad de devolved° apenas haya una orden de la Contraloria o delMinisterio Palk°, a pesar de que los conflictos de legalidad y legitimidad no hanconcluido definitivamente en el Municipio de Pedro Moncayo.

Juan Gonzalez e Ignacio San Maria, Ed. MerrOpoli 3er. piso Of. 304 Telefax 2 26 87 58Quito - Ecuador

OR MINISTRO FISCAL DE PICHINCHA:

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411113111111111M

011111111a

LUCERO & ASOCIADOSASESORES LEGALES

B.Matricula No. 20 CAC.

ose Tumbaco CabascangoVICEPRESIDENTE DEL CONCEJOMUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO

NOTAMA r)R i n.4FRA r1F QUITOEN API. I CH1t i c.)0' {, ;,.;c.-)T,5,! n AL

DOY -„H;; •:;

(? 1'-1890

1 *A

11 it4 Ott:01/4411\ \ 0...., St esto es asi, como lo compruebo con la documentaci6n que acompaii6 en siete fojas,

como puede admitirse la denuncia calumniosa que se ha presentado en ml contra, puesque no he cometido ningun delito.

Mas bien, solicito que se de por terminada la indagacion previa y se archive el caso.

Serialo como ml domicilio el Casillero Judicial No. 752 del Palacio de Justicia de laciudad de Quito y designo como ml defensor al doctor Wilfrido Lucero Bolarms, a quienautorizo presente todos los escritos que sean necesarios para mi defensa.

ImisTrazo prze..4z

"":7:7PC114ii Ittr-_24,10 ILI de ...c7. .

5. . Cerafico.-

.....uzutizzi.:616 ''''

16 .0 C

Juan Gonzalez c Ignacio San Marfa, Ed. Metrapoli 3er. pis() Of. 304 Telefax 2 26 87 58Quito - Ecuador

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.u.:011,.!(‘ LI 06 cIL: lehrero de "'DO

de del LantCm Pedro Moneayo.

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k g ) CriCilnik:S.

Ellk 'II Jost .: iunihaeo Cabascanuo. con CI . 170819826-0. tenuo a Hell LIC111.1116:11' loIC:

dia mi,:reoles cuatro de lehrero del presente aim. acudi il Municipio ha rea117:ir0 .:111Iiie personal que consiste en el pauo de mis Inheres por el catastro urban() de minropiedad. y tamhik:n ha solicitar un certiticado de no adcudar at Municipio. pero en laVc i lLinii la correspondientc me manifiesta que las carms del catastro no estan listas del

200 0 . solicitandole a la senorita de apellido Fiallos me Iticilitara Liii 01 : 1111Thll'Io 11c

Rc ;kit:Rd:AI' al Nlunicipio. Ia mencionada empleada manillesta que el senor tesorero 110

eneuentra Y que dejard tirmando para que sea revisado por mencionado em plead yq!;'2 ne fleCIVZIRI at siguiente dia.

iLleVeS CIRCO de IOS presentes ha que se me entregue este document° elln correspondiente. y me manitiesta la se9.ora Zara Andrango que nt PIC

CntreLiar eSte document() porque el jete inmediat6 de la mencionada empleadacily::,:mra en lin curso en la eiudad de Guayaquil y clue la documentacion de ml tramitePt ' el. y clue ademas existe unit disposiciOn del senor alcalde de que no se entregni:iftuill doeumento. habiendole solicitado se me lacilite una copia clue ya ingrese el di;:

situaciOn tine se negO ha haeerlo. ademas me manilestO que cualesquier reclainolo kap por eserito al senor Alcalde.

olth, se puede notar que existe una total indisposicion de realizar los tramites haciani persOna. eviclencianclo una persecuciOn politica de los clue usuman hasta el motnerito

urn ti pal idad. pero sin embargo dentinciare a los organismos correspondientes todilsR 1 OS.

ELIEIThae0

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NOTARiA PRIMERA OF QUITOEN APLICACION A LA LEY NOTARIAL

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HEN BI IC% DEL thOR

JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA

JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA.- Quito, 7 de febrero del 2.009.- Las22H00.- VISTOS.- El escrito de impugnaci6n presentado en la Secretaria de la Junta ProvincialElectoral de Pichincha el 7 de febrero del 2009, a las 141-145, en 3 fojas Utiles, por el Dr. RafaelQuintero LOpez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, encontra del senor Marlon Jose Tumbaco, candidato a Primer Concejal en la lista de ConcejalesUrbanos del canton Pedro Moncayo presentada por el Movimiento "Pedro Moncayo en Accion";y, conforme lo establecen los articulos 56 y 57 de las Normas Generales pare las eleccionesdispuestas en el Regimen de TransiciOn de la ConstituciOn de la RepOblica, publicadas en R.O.N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia con el Art. 19 del Instructivo paraInscripcien y CalificaciOn de Candidaturas aprobado por el Consejo Nacional Electoralmediante ResoluciOn PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 de diciembre del 2008, el Pleno de laJunta Provincial Electoral de Pichincha, en sesi6n de 7 de febrero del 2009, RESOLVIO: IAceptar al tramite el escrito de impugnacion presented° por el Dr. Rafael Quintero )Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista Frente Amplio, en contradel senor Marlon Jose Tumbaco, candidato a Primer Concejal en la lista de ConcejalesUrbanos del canton Pedro Moncayo presentada por el Movimiento "Pedro Moncayo eniAccien", conforme lo dispuesto en los articulos 56 y 57 de las Normas Generales paralas elecciones dispuestas en el Regimen de Transicion de la ConstituciOn de laRepUblica, publicadas en R.O. N° 472, de 21 de noviembre del 2008, en concordancia conel Art. 19 del lnstructivo para Inscripcion y Calificacion de Candidaturas aprobado por elConsejo Nacional Electoral mediante Resolucion PLE-CNE-9-30-12-2008, de 30 dediciembre del 2008, y correr traslado con el expediente al candidato impugnado y a laorganizacion politica que representa, a fin de que, en el plazo de 24 horas, contados apartir de la notificacion, presente las pruebas de descargo.- NOTIFIQUESE.- f) Ec. JorgeBenitez Zapata, Presidente, Sra. Blanca Chamorro Frias, Vicepresidenta,- Sra. Elid JacomeUvidia, Daysi Nunez Puruncajas y Sr. Juan Changoluisa Cuzco, Vocales de la Junta ProvincialElectoral de Pichincha.- Certifico.-

Ab. Gabriela elo FloresSECRETARIA GENERAL

RAZON: La providencia que antecede fue notificada el dia 8 de febrero del 2009 a las 17H00 alRepresentante del Movimiento "Pedro Moncayo en AcciOn" y al candidato impugnado, en lacartelera dispuesta por la Junta Provincial Electoral de Pichincha para el efecto.- Certifico.

7 .,4c.avkl.ELE Ab Gabriela elo Flores

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SECRETARIA GENERAL

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CIALISTA - FRENTE AMPLIO

EJO PROVINCIAL DE PICHINCHA

SENOR PRESIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DEPICHINCHA:

Dr. FtAFAEL QUINTERO LOPEZ en mi calidad de Presidente Provincial delPartido Socilaista - Frente Amplio, y como tal su representante; ante usted y lossenores Miembros de la Junta Provincial Electoral, con todo respeto,encontrandome dentro del tormino establecido en el Art. 19, inciso tercero delInstrucitivo para la InscripciOn y CalificaciOn de Candidaturas, emitida por elConcajo Nacional Electoral, ante ustedes comparezco con la siguienteIMPUGNACION DE CANDIDATURA:

1. La persona impugnada es del senor MARION JOSE TUMBACOCABASCANGO, quien ha presentado la inscripci6n de su candidaturapara la dignidad de Concejal Urbano en primer puesto del Cant6n PedroMoncayo, de esta provincia de Pichincha, representando al MovimientoIndependiente "PEDRO MONCAYO EN ACCIGN".

2. La presente impugnaciOn la realizo en mi condici6n de representante delsujeto politico Partido Socialista — Frente Amplio, al haber sido notificadoen el Casillero Electoral N° 17 con la inscripci6n de la candidaturamencionada.

3. EL senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango„ no pude ser candidato ala dignidad de Concejal Urbano del cantOn Pedro Moncayo, porencontrarse inmerso dentro de las lnhabilidades, del Instrucitivo para laInscripciOn y CalificaciOn de Candidaturas, emitida par el ConcejoNacional Electoral mediante Resolucien PLE-CNE-9-30-12-2008, par lassiguientes razones:

• El senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, es deudor del I.Municipio de Pedro Moncayo, en tal virtud es deudor de EstadoEcuatoriano, segun consta de la certificacien que acopano,contentiva en el Titulo de Credit° aCin no cancelados por elciudadano, cuyo valor es: Titulo de Credit° Solidario No. 685-TC-MPM-09, por el valor de 80,00,20; de &Star Ode los Estados Unidosde Norteamerica; situaciOn que le inhabilita para inscribirse deconformidad con lo que dispone el Art. 11, del Instrucitivo para laInscripciOn y Calificacion de Candidatures, el mismo que para sumayor criterio me permito transcribir: "Art. 11.- Requisitos einhabilidades pan Prefectos y Viceprefectos, Akalde Municipaly Concejales Munkipah3s: Inhabilldades b) Ser deudor delorganismo seccional correspondiente, a la lecha de inscnpcidon de lacandidatura: ..."

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Dr. afael Quitero L.PRESIDENTE PS-FA

-0107t5 5 V9-7

PARTIDO SOCIALISTA - FRENTE AMPLIO

CONSEJO PROVINCIAL DE PICHINCHA

En tat virtud senores miembros de la Junta Provincial Electoral dePichincha, con los razonamientos hechos, hemos demostradoundamentadamente, nuestra impugnacion, por lo que solidtamos astedes sea aceptada en todas sus partes y se deje sin efectonscripci6n de la candidatura del senor MarlOn Jose TumbacoCabascango, a la Concejalia Urbana del I. Municipio de Pedro Moncayo.

5. Mis notificaciones que me correspondan las recibire en el CasilleroElectoral No. 17, correspondiente at Partido Socialista — Frente Amplio.

Por ser legal nuestra impugnaci6n, firmo con ml Abogado defensor, a quienautorizo expresamente suscribir cuanto escrito sea necesario dentro delpresente tramite.

JUN PROVINCIAL ELECTORAL DE PICIIINCtu

RECEIPCIONFecha:D;g2...—}fm:

R•eibidoEnv's°

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924

-11111

SUBTOTALDESCUENTORECARGOINTER ESTOTAL

TESORERO

80,000,000,20

80 000,200,00%0,00%

!LUSTRE MUNICIPIO DE PEDRO MONCAYODEPARTAMENTO DE RENTASCOMPROBANTE DE COBRO

CLAVE CATASTRAL

NOMBRE 0 RAZON SOCIAL

FECHA DE EMISION:

f713,-..70R)V0eni

Cl/ RUC.

TITULO DE CREDITO No.

Er _TO*OaD1RECCION

VIMIL167115-RAUddidakiTilikiaiti:OffitiSIUMIAtti

CONCEPTO BASE IlLiPtitIBLE

iVai6Tetircrejr,6,.irfiri, Marco

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'del eh1cuI3 -1`"4k4 4:46166iniel D3' Citdkitiiihite Director Financier°,lo'ilapilOtO`aofirakai<46110;tifikkkitCini;,Alrfag„iai

libba hiephatnientet,Ar ci+i!Th, ton; .rnieuitti4e6049.014N., 5(.1:Y914.7.Drirn:LecnOt-kc. Y. S. a terictokifie tift.lOC,4,cf*,0601:;?`@,e1 9.tb!#,T9.4.11,u7

PARTIDA DENOMINACION

113 98 CUENTAS POR COBRAR AAOS ANTERIORESPROCESAMIENTO

OR FINANCIERO

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emanados de los Organos del Estado, deberan ser motivados. La motivaciOndebe indicar los presupuestos de hecho y las rezones juridicas que handeterminado la decision del 6rgano, en relacion con los resultados delprocedimiento pro via. ...".

QUARTO.- Por estas consideraciones solicito a ustedes senores Miembros delTribunal Contencioso Electoral, que ml apelacion sea aceptada; y, enconsecuencia se niegue la inscripcien de la candidatura para. Concejal par elPrimer Puesto Urbano del senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, par laMovimiento "Pedro Moncayo en Accien".

Notificaciones que me correspondan las seguire recibiendo en el CasilleroElectoral No. 17.

Par ser legal mi apelacion, firma el presente escrito.

MIA PROVINCIAL ELECTOR/10E PiCliill

RECEPCION

Dr. Rafael Quintero L. Fech....)4109,A

Reelbido on:,. feignEnvied° a: ........................ .........

5%.

PRESIDENTE PS-FA

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7- q- LI 9

of confonnidad con la Constitucion de la RepUblica, la Le*,0161i de Bedispuestas en el Regimen de Transicien de la Constitucien de la Rque consta(n) a continuaciOn:

w ilc iiiiik:Tolv gide_ /9-6d , RgE MitiaNOISES VPELUOCS DEL REPRESENTAiiirorPCCERADOESEtciAL

Provincia . Picoloc HP

Canton: FiA)1L0 /401\k'll°\SI;\•€ IA

CONSEJO NACIONAL ELECTORALELECCIONES DEL 26 DE ABRIL DE 2009

FORMULARIO 11) %day; rig CANDIDATOS FARA&

C( 4:4CEJALES llt;.?ANOS (3)

LID TA NTh

CERTIFICO (AMOS): Quo los candidatos •nsta s en este formulario, son auspiciados de conformidad a los Estatutos del Partido Politico yoMoyimieMo Politico, participant

A0017...e .I.) I V re 5 0 Lo d,Nr.., 0-(X)

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En el case de alianzas:

1) Se requiere las firmas de los representantes de las Organizaciones Politicas abates. El orden de las organizaciones coaligadas quo antecede, es elque se ufilizara en el proceso electoral, y constara en la papeleta electoral;

2) Panel efecto de quo los sujetos coaligados hayan adoptado un nombre que aglutine la Alianza, deberan indicar la denominacion de la misma, en elsiguiente espacio:

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NOTA:

iNdiciolial a' las at coaonsignara claram#11,*"

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PRIMER PRINCIPAL . SUPLENTE

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CANDIDATO PRINCIPAL Nialme 30 carecleres, ingrese solo los nombres gue <Arista en so NW's)

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CANDIDATOS:

De acuerdo a los Ms. 53, 67 LOE y Art. 4 inciso final del R7, aceptamos expresamente estas candidatures y bajo juramento declaramos no hallarnzincursos en alguna de las prohibiciones e inhabilidades detemfinadas par la Ley y Ia Constitucion.

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CERTIFICACION

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TA RIOJUNTA PROVINCIAL ELECTORAL

OBSERVACIONES:

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A abriela Melo FloresSECRETARIA GENERAL DE LA JUNTAPROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA

Adj. Lo indicado

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JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA

Quito, 16 de Febrero del 2009Oficio N° 014-JPEP-S

DoctoraTania Arias ManzanoPRESIDENTA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORALEn su Despacho.-

Senora Presidenta:

El Pleno de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, en sesien de 15 de febrero del2009, resolvio conceder el recurso contencioso de impugnacion presentado en laSecretaria del Organismo, el 14 de febrero del 2009, a las 11H40, por el doctor RafaelQuintero_ Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista FrenteArbblid, a la calificacien de la lista de candidatos a Concejales Urbanos del cantOnPedro Moncayo por el Movimiento "Pedro Moncayo en AcciOn", en la cual consta elsenor Marlon Jose Tumbaco, candidato a Primer Concejal Principal.

Por lo expuesto sirvase encontrar, senora Presidenta, en 31 fojas Utiles foliadas yrubricadas por esta Secretaria, el respecfivo expediente, a fin de que el OrganismoSuperior resuelva lo pertinente.

De la senora Presidenta del Tribunal Contencioso Electoral,

Atentamente,

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RECIBIDO EL DIA DE HO'! LUNES DIECISEIS DE FEBRERO DELDOS MIL NUEVE A LAS DOCE HORAS CON DIEZ CONSTA DE UNEXPEDIENTE EN TREINT *OS FOJAS Y UN OFlCIO. slflHO

gliNgsgELECTORAL

SFCOFT ARIA GENERAL

FtAZON.- Siento como tal que realizado el sorteo, esta causa lecorrespondio al Dra. XIMENA ENDARA OSEJO Jueza del TribunalContencioso Electoral, Ingresa con el Niimero 060 - 2009.-CERTIFICOQuito, 16 de Febrero d 09

TRIAUNALcomtw,,,a

TRIP ' Kn11 LiJnitnit.Nst, ELECTORAL

Sct-Ail AMA GtNERAL

Recibido el dia de hoy Lines dieciseis de febrero del dos milnueve, a las quince horas cuarenta minutos.- Consta de an ex-pediene en treinta y tres fojas.- Certifico.-

7JDr*}S MannSecretaria Relatora Encargada

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guirreMovimiento IndependientePEDRO MONCAYO EN ACCION

SENOR PRESIDENTE DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DEPICHINCHA:

RENE AGUIRRE, en rtni calidad de Director del Movimiento lndependiente PEDROMONCAYO EN ACCION pongo en su conocimiento que redbird notificaciones en elcasillero electoral No. 2 del Tribunal Contencioso Electoral.

Presentado el dia de hoy martes diecisiete de febrero deldos mil nueve, a Las doce horas cJn treinta minntos, en —un origin .— Certifico.—

Pt Sa a e o Max-inSecretaria Relatora Encargada

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TG E TRIBUNAL

DESPACHO DE LA DRA. XIMENA ENDARA OSEJOJUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL

EN EL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE IMPUGNACION No. 060-2009,PLANTEADO POR EL SENOR RAFAEL QUINTERO LOPEZ, PRESIDENTE PROVINCIAL DELPARTIDO SOCIALISTA- FRENTE AMPLIO, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE LA JUNTAPROVINCIAL ELECTORAL DE PICHINCHA, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 17 de Febrero de 2009.- Las 18h00.-Previo a resolver lo que en derecho corresponda y revisado que ha sido el expedienteremitido por la Junta Provincial Electoral de Pichincha al Tribunal ContenciosoElectoral, con fecha 16 de febrero del 2009, a las 15h40, en mi calidad de Jueza delTribunal Contencioso Electoral, de conformidad con el Art. 24 del Reglamento deTramites en el Tribunal Contencioso Electoral, dispongo lo siguiente: 1) Oficiese a la

stb Ab. Gabriela Melo Flores, Secretaria General de la Junta Provincial Electoral dePichincha, a fin de que certifique si el senor Rafael Quintero Lopez, ostenta la calidadde Presidente Provincial del Partido Socialista-Frente Amplio.- 2) Remitase atentooficio al senor Contralor General del Estado, a fin de que, en el plazo de un dia y bajoprevenciones de ley, ordene a quien corresponda, certifique documentadamente sidicha Entidad determin6 alguna responsabilidad administrativa, civil o penal en contradel senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango.- 3) Remitase atento oficio al senorAlcalde del Gobierno Municipal de Pedro Moncayo, a fin de, en el plazo de un dia ybajo prevenciones de ley, ordene a quien corresponda, envie copias certificadas de losantecedentes (auditorias internas, auditoria de la Contraloria General del Estado yotros) que dieron origen a la emision del titulo de credit() No. 685-TC-MPM-09 defecha 4 de febrero del 2009, suscrito por el Director Financiero y Tesorero del referidoGobierno Municipal en contra del senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango.-como secretaria relatora encargada la Dra. Sandra Melo Marin.-COMPLASE yNOTIFIQUESE.-

LUCL 1L_ -

DrrXiThaEndara OsejoJUEZA PONENTE

Certifico.- Quito, 17 de febrero del 2009

Dia. Sar4ra1MëIo MarinSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

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lar

RAZON.— Siento por tal que el dia de hoy mieroles dieciochode febrero del dos mil nueve, a las quince horas con cuarenta y nueve minutos, remitti el oficio a la Ab. Gabriela Me—lo, Sectetaria General de la Junta Provincial Electoral dePirhinpha haciendole conocer el contenido de la providenciaque an ecede.— Certifico.—,

Are-CODr a Melb Marin.—Secretaria Relatora Encargada

RAZON.— Siento por tal que el dia de hoy miercoles dieciochode febrero del dos mil nueve, a las dieciocho horas, envie —el oficio al Alcalde de Pedro Moncayo, Sr. Julies CaluguillinCuascot C rtifico.—

/2-60

Dra.1/4fland: Melo Marin.—

RAZON.— Siento por tal que el dia ue hoy jueves diecinueve delfebrero del dos mil nueve, a ias nueve horas, entregue al se-nor Contralor General del Estado, el oficio ordenado en la —provide cia q ue antecede.— Certifico.—

M2-11.1DM MarinSc etaria Relatora Encargada

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Quito, 18 de febrero de 2009

Oficio No. 023-09-XEO-VTCE

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TRIBUNAL,tic, Oft

Causa No. 060-2009Recurrente: Sr. Rafael Quintero Lopez

Senorita AbogadaGabriela Melo FloresSECRETARIA GENERAL DE LA JUNTA PROVINCIALELECTORAL DE PICHINCHAPresente

De mi consideracion:

Dentro del recurso contencioso electoral de impugnacion ntimero 060-2009planteado por el senor Rafael Quintero Lopez, en su calidad de Presidente del PartidoSocialista Frente Amplio de Pichincha en contra de la Resolucion de la Junta ProvincialElectoral de Pichincha, se ha dictado la siguiente providencia, la misma que a continuaci6ntranscribo:

"EN EL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE IMPUGNACION No. 060-2009, PLANTEADOPOR EL SENOR RAFAEL QUINTERO LOPEZ PRESIDENTE PROVINCIAL DEL PARTIDOSOCIALISTA- FRENTE AMPLIO, EN CONTRA DE IA RESOLUCION DE LA JUNTA PROVINCIALELECTORAL DE PICHINCHA, SE HA DICTA DO LO SIGUIENTE:

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 17 de Febrero de 2009.- Las 18h00.- Previaa resolver lo que en derecho corresponda y revisado que ha sido el expediente remitido porla Junta Provincial Electoral de Pichincha al Tribunal Contencioso Electoral, con fecha 16 defebrero del 2009, a las 15h40, en mi calidad de Jueza del Tribunal Con tencioso Electoral, deconformidad con el Art. 24 del Reglamento de Tromites en el Tribunal Con tenciosoElectoral, dispongo lo siguiente: 1) Oficiese a la Ab. Gabriela Melo Flores, SecretariaGeneral de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, a fin de que certifique si el searRafael Quintero Lopez, ostento la calidad de Presidente Provincial del Partido Socialista-Frente Amplio ActOe coma secretoria relatora encargada la Dra. Sandra Melo Marin.-COMPLA5E y NOTIFIQUESE.- Dra. Ximena Endara Osejo, Jueza del Tribunal Con tenciosoEleitoraL- Certifico.- Quito, 17 de febrero del 2009.-"

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TGE(6-TRIBUNAL

1010 tIIC DIAL

Lo que comunico a usted para los fines de ley..."

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andr Melo Mann.D../naSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL

JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE PIC4Pich:

RECEPCION

Now /8 - 0-e- 1200 9,

Hort '5 4_14 Reelbide err 72C Gees-sea.

Envied° r

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TG-TRIBUNAL

e_ eivSrp

Quito, 18 de febrero de 2009Oficio No. 025-09-XEO-VTCE

Causa No. 060-2009Recurrente: Sr. Rafael Quintero Lopez

Senor

Julian Caluguillin CuascotaALCALDE DE PEDRO MONCAYOPresente

De ml consideracion:

Dentro del recurso contencioso electoral de impugnacion nomero 060-2009planteado por el senor Rafael Quintero Lopez, en su calidad de Presidente del PartidoSocialista Frente Amplio de Pichincha en contra de la Resolucion de la Junta ProvincialElectoral de Pichincha, se ha dictado la siguiente providencia, la misma que a continuaci6ntranscribo:

"EN EL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE IMPUGNACION No. 060-2009, PLANTEADOPOR EL SENOR RAFAEL QUINTERO LOPEZ, PRESIDENTE PROVINCIAL DEL PART/DOSOCIALISTA- FRENTE AMPLIO, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE LA JUNTA PROVINCIALELECTORAL DE PICHINCHA, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:

OtIL1 TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 17 de Febrero de 2009.- Las 18h00.- Previoa resolver lo que en derecho corresponda y revisado que ha sido el expediente rem itido porla Junta Provincial Electoral de Pichincha al Tribunal Contencioso Electoral, con fecha 16 defebrero del 2009, a las 15h40, en mi calidad de Jueza del Tribunal Contencioso Electoral, deconformidad con el Art. 24 del Reglamento de Tramites en el Tribunal Con tenciosoElectoral, dispongo lo siguiente: ...3) Remitase atento oficio al serior Akalde del GobiemoMunicipal de Pedro Moncayo, a fin de, en el plazo de un dia y bajo prevenciones de ley,ordene a quien corresponda, en vie copias certificadas de los antecedentes (auditoriasintemas, auditoria de la Con traloria General del Estado y otros) que dieron origen a laemision del titulo de credit° No. 685-TC-MPM-09 de fecha 4 de febrero del 2009, suscritopor el Director Financiero y Tesorero del referido Gobiemo Municipal en contra del senorMarlon Jose Tumbaco Cabascango.- Acttie como secretaria relatora encargada la Dra.Sandra Melo Marin.-COMPLASE y NOTIFIQUESE.- Dra. Ximena Endara Osejo, Jueza del

L. Tribunal Con tencioso Electoral.- Certifico.- Quito, 17 de febrero del 2009,"

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Lo que comunico a usted para los fines de ley.-

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ornindra Melo MarinSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

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Quito, 18 de Febrero del 2009

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CONSOONAttOIYAI HS TONAL

DRIGOCIOft 0110V11101111 DI

fIGHIRCHN

EdmoSECRETARIO DE

DE PICHINCHA DEL

teat's.rremr„

ozE L • VINCIAL

LECTORAL

ue

SE IONLEL

CERTIFICADO

A QUIEN INTERESE:

En ml calidad de Secretario de la DelegaciOn Provincial de Pichincha delConsejo Nacional Electoral, CERTIFICO que en el libro de DirectivasProvinciales de las Organizaciones Politicas que reposa en los archivosde este Organismo Provincial, consta registrado el nombre del doctorRAFAEL QUINTERO LOPEZ, portador de la cedula de ciudadania080016547-4 como Presidente Provincial de Pichincha del partidoSocialista Frente Amplio, Lista 17.

Es todo cuanto puedo certificar en honor a la verdad.

Atentamente,DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

3. SECRETARIA\

Presentado hoy mierco148 diesiocho de febrero dk el dos milnueve a las diesinueve horas con diez minutos en el despacho de laDra. imena Endargt Gsejoi.—Certifica.—

to flatvDra. Sandra ao. MariniSECRETARIA REISTORA ENCARGADA

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CONTRALL n EF.AL DEL EDTADDDOCUMENT ION Y ARC HIV)

CORR PONDENCIARECISID REGISTRADA

ER. 2009 "°"•TRAMITE ASIGNADON CC GID

I FIRMA RESPONSABLE

Quito, 18 de febrero de 2009Oficio No. 024-09-XEO-VTCE

Causa No. 060-2009Recurrente: Sr. Rafael Quintero Lopez

• Senor DoctorCarlos MitCONTRALOR GENERAL DEL ESTADOPresente

De mi consideracion:

Dentro del recurso contencioso electoral de impugnacion flamer° 060-2009planteado por el senor Rafael Quintero Lopez, en su calidad de Presidente del PartidoSocialista Frente Amplio de la provincia de Pichincha en contra de la Resolucidn de la JuntaProvincial Electoral de Pichincha, se ha dictado la siguiente providencia, la misma que a

continuacion transcribo:

"EN EL RECURS° CONTENCIOSO ELECTORAL DE IMPUGNACION No. 060-2009, PLANTEADOPOR EL SENOR RAFAEL QUINTERO LOPEZ PRESIDENTE PROVINCIAL DEL PAR TIDOSOCIALISTA- FRENTE AMPLIO, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE LA JUNTA PROVINCIALELECTORAL DE PICHINCHA, SE HA DICTA DO LO SIGUIENTE:

TRIBUNAL CONTENOOSO ELECTORAL.- Quito, 17 de Febrero de 2009.- Las 18h00.- Previoa resolver lo que en derecho corresponda y revisado que ha sido el expediente remitido porla Junta Provincial Electoral de Pichincha al Tribunal Contencioso Electoral, con fecha 16 defebrero del 2009, a las 15h40, en mi calidad de Jueza del Tribunal Contencioso Electoral, deconformidad con el Art 24 del Reglamento de Tramites en el Tribunal ContenciosoElectoral, dispongo lo siguiente: ...2) Remitase atento oficio al senor Contralor General delEstado, a fin de que, en el plaza de un dIa y halo prevenciones de ley, ordene a quiencorresponda, certifique documentadamente si dicha Entidad determin6 algunaresponsabilidad administrativa, civil o penal en contra del seflor Marlon Josa TumbacoCabascango.- ActOe como secretaria relatora encargada la Dra. Sandra Melo Marin.-COMPLASE y NOTIFIQUESE.- Dra. Ximena Endara Osejo, Jueza del Tribunal Con tenciosoElectoral.- Certifico.- Quito, 17 de febrero del 2009.-"

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iiLo que comunico a usted para los fines de ley

andr. Melo MarinSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

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OCIALISTA — FRENTE AMPLIOerr:•

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SSRA PRees"

EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL:

JO PROVINCIAL DE PICHINCHA

Dr. RAFAEL QUINTERO LOPEZ, en ml calidad de Presidente Provincial delPartido Socilaista-Frente Amplio, en relaciOn al Recurso Contencioso Electoralde ImpugnaciOn No. 060-09- Dra. Ximena Endara, propuesto ante Jos6 MarlonTumbaco Cabascango, candidato a la dignidad de Concejal del canton PedroMoncayo, ante usted comparezco para manifestar lo siguiente:

Senores Miembros del Tribunal Contencioso Electoral, el senor Marlon Jos6Tumbaco Cabascango, esta inhabilitado para ser candidato a la dignidad deConcejal del canton Pedro Moncayo, par la razones ya anotadas en larespectiva impugnaciOn presentada en su debida oportunidad ante elorganismo electoral competente, ya que cuando supuestamente desempenabalas funciones de Alcalde mantenia a su cargo un Vehiculo marca Nissan Patrol,comprado en convenio con un organismo internacional y que en la actualidadcuesta aproximadamente 80 000 USD, vehiculo que hasta la presente fecha noha sido devuelto par quien lo utilizaba. El debit!) haber entregado al automotor ala municipalidad y hasta la presente fecha no lo entrega, por lo tanto la actituddel ciudadano mencionado se encuentra inmersa en las prohibicionesestipuladas en la Ley Organica de Regimen Municiapal, en su Art. 72, indsotercero, el mismo que me permit() transcribir "Es prohibido al aside ... 3.Pre star o hacer que se de en prestamo fondos, matetiales, herramientas,maquinarias o cualouier otro bien municipal o distraerlos bajo cualquierpretest° de los especificos destinados del servicio publico";

Senores Miembros del Tribunal Contencioso Electoral, Marlon Jos6 TumbacoCabascango al cesar las funciones de Alcalde del Municipio de PedroMoncayo, estaba en la obligation de entregar el vehiculo que se encontraba asu cargo o disposici6n, y al terminar las funciones de alcalde tenia laobligacion no solo moral sino legal de entregarlo, razon por la cual, enconsideracion que es un bien que se encuentra inventariado en lamunicipalidad y por lo tanto dentro del sistema contable, ha sido valorado y alno encontrarse como bien productivo en este organismo seccional, el Alcaldedespues de varios informes de los funcionarios respectivos ordena la emisiOnde los titulos de credito en contra de Virgilio Andrango y Jose Tumbaco, porqueellos no cumplieron con su obligaciOn de devolver dicho vehiculo.

El doctor Guillermo cabanellas de las Cuevas, daramente define a lasobligaciones como: "La obliged& es un precepto de inexcusablecumplimiento... mas estrictamente, en lo juridico, el vinculo legal, voluntario ode hecho impone una acci6n o una omision. Con mayor sujeciOn a laclasificacien legal; el vinculo de Derecho por e/ cual una persona esconstrefiida hacia otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. entonces erasu obligaciOn era entregar dicho vehiculo a la Municipalidad y noarbitrariamente Ilevarselo sin conocer hasta el momento su paradero; en

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a Melo Mann

consecuencia de aquello, y reitero, por dispocision del senor Alcalde JulienCaluguillin; previo informes del senor Jefe Financiero y senor ProcuradorSindico, se emiti6 el Titulo de Credit° No. 685-TC-MPM-09, solidiario con elsehor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, ya que como queda expresadojamas hasta el dia de boy se ha entregado dicho autonnotor en lasDependencies Municipales, motivo por el cual se constituy6 en una deuda porpager a la Municipalidad, la misma que at no ser pagada existe morosidad y el SP/moroso como en forma clam y absolute manifiesta la Ley no puede sercandidato.

Por todos estos acontecimientos en virtud de que el sehorMarlon JoseTumbaco Cabascango, es deudor de la Municipalidad de Pedro Moncayo, y porende se encuentra inmerso en lo que estipula el Art. 11, del Instrucitivo para laInscripciOn y CalificaciOn de Candidaturas, emitida por el Concejo NacionalElectoral, mediante Resolucidn No. PLE-CNE-9-30-12-2008, el mismo que parasu analisis me permito una vez mas transcribir: "Art. 11.- Requlsitos einhabilidades pant Prefectos y Viceprefectos, AkaMe Municipal yConcejales Munkipales: inhabilidades b) Ser deudor de/ organismoseccional correspondiente, a la fecha de inscripcion de la candidature: ...";solicito a ustedes se dignen aceptar ml apelaciOn y se niegue la candidature deMarlon Jose Tumbaco cabascango a la dignidad de Concejal del canton PedroMoncayo por el Movimiento "Pedro Moncayo en AcciOnn , porque hasta lapresente fecha no ha canceled° sus obligaciones frente a la Municipalidad dePedro Moncayo; ya que la deuda pendiente este demostrada fehacientementey no ha sido cancelada.

Notificaciones que me correspondan las recibire en el CasiIlero del TribunalContencioso Electoral No. 3, perteneciente a nuestra organizaciOn Politica.

Por ser legal ml peticion, firmopor mis propios derechos,

rIvnets,

Presentado el dia de hoy, jueves diecinueve de febrerOdos mil nueve, a las oiez horas con cuarenta ytos n un original.- Certifico.-

PRESIDENTE P.S-F.A

cinco mint'-

SE RETARIA RELATORA ENCAGADA

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daTORA XIMENA ENDARA OSEJO, JUEZA DEL TRIBUNALCONTENCIOSO ELECTORAL:

JOSE TUMBACO CABASCANGO, candidato a Concejal del CantOn Pedro Moncayo,Provincia de Pichincha, por el Movimiento lndependiente PEDRO MONCAYO ENACC1ON, en relacion con el Recurso Contencioso Electoral de Impugnacion No. 060-2009 presentado por el doctor Rafael Quintero L6pez, Presidente Provincial del PartidoSocialista en contra de la Resolucion expedida por la Junta Provincial Electoral dePichincha, manifiesto atentamente lo siguiente:

I.- Que me ratifico plenamente en todos y cada uno de mis argumentos y documentosnotarizados que presente oportunamente ante la Junta Provincial Electoral de Pichincha,de los que aparece, con indiscutible claridad, que el vehiculo que pertenece a la Alcaldiade Pedro Moncayo se puso a mis erdenes, como no podia ser de otra manera, cuando elConcejo Municipal de Pedro Moncayo resolvio encargarme de la Alcaldia, en razOn deque yo ejercia entonces la Vicepresidencia del Cabildo y el Alcalde Titular VirgilioAndrango C. se hallaba con licencia.

Por lo mismo, no era un acto ilegal o arbitrario que el vehiculo de la Alcaldia se ponga aml servicio porque yo era a la sazon el Alcalde encargado y esa disposicion estaba dentrode mis facultades.

2.- Como posteriormente se presentaron serios conflictos internos en el Concejorelacionados con las impugnaciones mutuas que Ilevaron a cabo entre unos Concejales yotros acerca de la legalidad de cada sector, maxime si el que se adueflo del Municipiopudo hacerlo solamente con la fuerza publica y en contra de la voluntad mayoritaria delpueblo que se enfrentO en memorables jornadas, el 8 de septiembre del 2008 puse enconocimiento de la Contraloria que el vehiculo estaba en mi poder y pedi, que en talescircunstancias, me indique a quien debo entregarlo. Lo mismo hice despues ante elMinistro Fiscal Distrital de Pichincha.

3.- Como hasta ahora ni la Contraloria ni el Ministerio Public° han atendido mi peticien,concurri el dia martes 17 de febrero del 2009, a las 17 horas 30 en compatlia de variaspersonas a las dependencias del Municipio de Pedro Moncayo con la Unica finalidad deentregar el tantas veces mencionado vehiculo, que ha sido el motivo para forjar eltitulo de credit') con el cual se pretende impugnar mi candidatura, encontrandomecon la sorpresa de que NO SE QUISO RECIBIRME EL AUTOMOTOR, PORORDEN DEL ALCALDE, como asi expreso el Policia Municipal Orlando Torres enpresencia de Rosa Cuichan, Enma Puga, Ernesto Cabascango y otros, como locompruebo con el documento protocolizado en la Notaria Primera del Canton Quitoque adjunto al presente alegato y con el cual demuestro una vez mas la mala fe con la quevienen actuando coaligadamente mis impugnadores y enemigos y la campaita sucia de laque soy victima.

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OP `n(Y

'nueDIRECTORMOVIMIENTO "PEDROMONCAYO EN ACCION"

POR SER ESTE UN ELEMENTO NUEVO me permito darlo a conocer a usted y a losJueces del Tribunal Contencioso Electoral para que se me haga justicia y se deseche lamaliciosa impugnacion, ratificando la Resolucion emitida por la Junta ProvincialElectoral de Pichincha que califice mi candidatura.

El que suscribe Rene Aguirre, Director del Movimiento Independiente Pedro Moncayo enAccien, ha uyo tambien el presente alegato.

Jose Tumbaeo C.CANDIDATO A CONCEJALMOVIMIENTO INDEPENDIENTE"PEDRO MONCAYO EN ACCION"

Presentado el dia de hoy, juefesdos mil nueve, a las diecisietedos fojas originales y un anexo

tifico.

diecinueve de febrero delhoras con cinco minutos, enen copia certificada. — cer-

Dr .-SiEldiii-WMTMarinSecretaria Reiatora Encargada

ntaalculull Larnoven f/Ile el vPhirlan An

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Alcalde de Pedro MoncayoPresente

de febrero del 2009

Una vez que se desbaratO la maniobra de pretender descaliflcar ml candidatura a Concejaldel Canton Pedro Moncayo por el Movimiento Independiente PEDRO MONCA YO ENACC1ON, habiendose forjado para ello un ilegal titulo de credit() en ml contra, y que

lalista de candidatos a Concejales urbanos ha sido legalmente calificada e inscrita, y una

vez que ha sido tambien desvirtuada la patraria que se urdi6 alrededor del vehiculo de la

A lcaldia, es ml voluntad en esta fecha al Guardalmactn Municipal el mencionadovehiculo en perfectas condiciones de funcionamiento, aclarando de ml pane que tuve ladelicadeza de no hacer uso del mismo mientras ha durado el conflicto interno delMunicipio.

Todos estos particulares puse en conocimiento de la Contraloria General del Estado desdeseptiembre del alio pasado 2008 y, luego, del Ministerio Public° para que no se levantencalumnias y falsos testimonios en ml contra.

Como hoy voy a participar directamente en esta contienda electoral cantonal y como

hombre de honor y de bien que soy, he resuelto entregar el vehiculo en menden paraactuar en forma absolutamente libre en este evento, aclarando tambien que el vehiculo encuestien estuvo a mis Ordenes porque el Concejo Cantonal me encarg6 la Alcaldia dePedro Moncayo en ausencia de su titular.

Sin embargo de lo anteriormente expuesto, cuando concurri hoy manes 17 de febrero del2009, a las 17 horas con 30 minutos, a las dependencias municipales para hacer la entregadel vehiculo, nadie quiso recibirlo porque, segtin expres6 el Policia Municipal, OrlandoTorres, usted habia dado la orden de que no se lo reciba. Esta afirmacion del mencionadoPolicia la escucharon varias personas que se encontraban presentes en ese momento en ellugar de los hechos como son los seflores Enma Puga, Rosa Cuichan, WashingtonCabascango, Ernesto Cabascango, Victor Taquerrez, Mercedes Centeno y otros a cuyotestimonio a I 6 de se esario.

ose umbac C.CONCEJA DEL CANTONPEDDRO MONCAYO

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GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCAYO"TABACUNDO-ECUADOR

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Tabacundo, 20 de febrero de 2009Oficio No.95 -ALPM-GMPM-09

Seiiora DoctoraX imena Endara OsejoJUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORALEn su Despacho.-

En ml calidad de Alcalde, del Gobierno Municipal de Pedro Moncayo; y. encumplimiento de lo solicitado mediante oficio No. 025-09-XEO-VICE. dentro deltannin() establecido en el mismo, remito a listed, el Informe presentado por el sefiorDirector Financiero de la Municipalidad. mediante oficio No. 118 DF-MPM, en cuatrofojas originales; y, veinte y nueve copias debidamente certificadas.

Lo que remito para los fines legales pertinentes.

Atentamente,

Sr. Ju guillinALC LDEGO IERNO MUNICIPAL DE PEDRO MONCA

Presentado en el despacho de la Ora. Ximena Endara Oseja !toyviernes veinte de febrero del dos mil nueve a las.adiest horascon %ncue.taY7 'o.cha-minutoa en una foj a original y un anexo

c o y dos fojas.-Certifico.-.,

-A-PAODva.S MannSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

1?5,40k$04.1.1,1 Pil*.!;.040)141.1i:40.47)09,40 lAika 0 . di.ic.tthan .: -

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X A •

GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCAYO"TABACUNDO - ECUADOR

Tabacundo, 19 de febrero de 2009Oficio No.- 118 DF-MPM

DE

PARA

ASUNTO

Senor Alcalde.

. Eco Juan Carlos Marmol B.DIRECTOR FINANCIERO.

Sr. Julian Caluguillin.ALCALDE DEL CANTON PEDRO MONCAYO.

Informe sobre emisiOn de titulos de credito No.- 685 —TC-MPM -09.

•En atenci6n a la sumilla inserta por usted en Oficio No.-25-09-XE0 — VTCE de fecha 18 de febrerode 2009, suscrito por la Dra. Sandra Melo Mann Secretaria Relatora encargada del TribunalContencioso Electoral, en el mismo que se solicita se emitan copias certificadas de los documentosdel proceso que dieron origen a la emision del titulo de credit° No.- 685 —TC-MPM- 09 de fecha 4de febrero de 2009, al respecto a usted informo:

ANTECEDENTES. 0

Con fecha 14 de agosto de 2008, presento la denuncia ante el senor Agente Fiscal de lo Penalde Pichincha, sobre I sustracciônldel yehiculo marca nissan patrol de propiedad del Municipio dePedro Moncayo, denuncia que fue en contra del ex — Alcalde Viroilio Andrango v el chofer

Victor TOQueres.

Con fecha 25 d agosto de 2008, el senor Victor Thqueres, da ha conocer que el senor Marlon JoseTumbaco Cabascango, aadsise furciones de...alcalde, se ha dispuesto arbitrariamente el usodel mencionado yehiculo y que hasta la fecha no lo ha de yuelto. Sobre ese acto ilicito el mismosenor Jose Tumbaco Cabascango, da a conocer a la Contraloria General del Estado, medianteoficio Nro. APM-0378-08, de fecha 8 de septiembre del 2008, reconociendo que el se ha dispuestodel automotor. ( adjunto copia compulsa debidamente certificada).

Senor Agente Fiscal de lo Penal de Pichincha, Dr. Vicente Reinoso Larrea, en providenciaadministrativa de fecha /3 de diciembre de 2008, las 08h30, se inhibe del conocimiento de laIndagacion previa Nro. 773-2.008, por cuanto el senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, esconcejal y por tanto goza de fuero de corte.

Por lo antes mencionado avoca conocimiento el senor Fiscal Distrital de Pichincha, signando a lacausa el Nro. 94-2008, instancia en la que esta siendo indagado el senor Marlon Jose Turnbaco—__

OE PEOR6----Cabascango.4.)

El senor Victor Tuquerrez chofer municipal con fecha 25 de agosto de 2008, en oficio Siediri•senor Director encargado de Obras Publicas, entre otras cosas dice lo siguiente: ,ortfiikyr 77.ocasiones me acercado a con versar con el senor Jose Tumbaco en vista de quo* ye • 4;711,-

Wcs011cr

alle Sucre No 981 (Parque Central) Telf: 2365-264 / 265 / Telefax: 2366-119 - low.; edromolica o..ov.ec - Email: mum • m@c Ilecuaonlin • .11-

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GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MOTABACUNDO-ECUADOR

aun no asido entregado y las manifestaciones de dicha persona fueron quapox que las autoridades de tumo desde su punto de vista estan en formapreocupacion es que aun ese vehiculo esta bajo ml responsabilidad consideranvehiculo es de propiedad municipal mas no de propiedad particular".

El Sr. Luis Guzman Aguilar Jefe de Bodega, mediante oficio 111-BM de fecha 16e septiembre de2008, informa al Sr. Alcalde Julian Caluguillin Cuascota, que hasta la presente fecha el Sr. VictorTirq-uerez chafer municipal del ex Alcalde Virgilio Andrango Cuascota, no ha procedido a la entregadel vehiculo Nissan Patrol de propiedad municipal, pese al pedido realizado en forma personal elsupo manifestar que las Haves y el vehiculo los habia entregado al senor Jose Tumbaco, y que iba aconverser con el para que devuelva los mismos, documento en el cual edemas consta la petici6n deque se tomen las medidas necesarias urgentes para la recuperacion del bien descrito.-/

Con fecha 29 de septiembre de 2008 con oficio No. 194-SM, dirigido a la Contraloria General delEstado - Auditoria 4, suscrito por el senor Julian Caluguillin y Dr. Gustavo Cisneros, Alcalde yProcurador Sindico respectivamente, solicitan lo siguiente: "por cuanto se ha presentado en laFiscalia Distrital de Pichincha (Cayambe-Pedro Moncayo), la respective denuncia sobre ladesaparicion del vehiculo de propiedad municipal, se ha Ileoadolener conocimiento que el (-Psehor Jose Tumbaco Cabascango, a entregado a su oficina el oficio en el que da a conocer ladireccien del inmueble donde se encuentra guardado el automotor y bajo la responsabilidad de quepersona. Par lo manifestado, solicitamos se nos confiera copia debidamente certificada del o losdocumentos entregados par el mencionado ciudadano, a fin de proseguir con los terrifiesjudiciales.."

Con fecha 5 de agosto de 2008, los representantes legales de esta Municipalidad presentan ante elSenor Ministro Fiscal Distrital de Pichincha, la denuncia par Arrogacion de funciones de alcalde

mado en contra de Marlon Jose Tumbaco Cabascango. (adjunto copia de la denuncia).

Con fecha 9 de octubre de 2008, mediante oficio No. 025406 - DA.4, suscrito par el senor Dr.Jaime Luna Alvarez, Secreted° General Encargado - CONTRALORiA GENERAL DEL ESTADO,se remite la copia certificada, del oficio APM-0378-08 de 8 de septiembre de 2008, suscrito por JoseTumbaco Cuascota, que arrogandose funciones suscribe en calidad de vicepresidente delconcejo de Pedro Moncayo oficio que en su parte pertinente textualmente dice: "pongo en suconocimiento que he dispuesto que el vehiculo que presta sus servicios a la Alcaldia del Municipiode Pedro Moncayo, se ponga a mis 6rdenes y, par consiguiente a buen recaudo, en razor' queejerzo las funciones de Vicepresidente del Concejo Municipal

fecha 9 de enero del 2009, mediante Oficio Na.- 03 BM el Sr. Guardalmacen Municipal Sr. LuipGuzman insiste en la peticiOn formulada en el parrafo anterior y solicita a esta direcciOn se tomenmedidas legales urgentes para la recuperacien de los vehiculos Nissan Patrol y Nissan Frontier.

Ante requerimiento del Sr. Guardalmacen a Direcci6n Financiera mediante oficio Na.- 046- DF-MPMde fecha 21 (*spec° .de.2009, solicite al senor Procurador Sindico de la municipalidad, eminforme sabre la situacion di los vehiculos de propiedad municipal, dando ccntestaciOnProcurador, mediante oficio No. 079, de fecha 04 de febrero de 2009, de lo cual -tupertinente dice: "en vista de que hasta la fecha no se Ea realizado la entrega - recepetnautomotores por las partes responsables. solicito que pare garantizar los Wags

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municipalidad, se aplique lo previsto en el Art. 90, del Fkalamento General Sultitu oel Manejo Adminigragion de bienes del Sector Nblico. Para justificar la aplicadicho articulo, me permito adjuntar copias de los dos procesos que se sustancian ante lossenores Fiscales de lo Penal de la ciudad de Quito".

PROCEDIMIETO Y FUNDAMENTO LEGAL PARA EMITIR LOS TITULOS DE CREDITO

En ml calidad de Director Financiero, fundamentado en lo que dispone el Art. 457 de la LeyOrganica de Regimen Municipal, el mismo que me permito transcribir: "En las municipalidades quepar el volumen de sus rentas no se justifique tener un auditor de tiempo completo, se podracontratar los servicios de un auditor par tiempo parcial, el que ejercera sus funciones par lomenos una vez cada semestre para informar al concejo del movimiento presupuestario yeconomic° de la municipalidad. De no realizarse dicha contratacion, las funciones asianadasat auditor en el articulo anterior, serail desempenadas por el iefe de la direccion financiera,de acuerdo al reglamento organico v funcional de la municipalidad", ademas con el informeJuridico suscrito por el senor procurador Bindle° de la Municipalidad, consta el Art. 90 delReglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administracion de bienes del SectorPUblico, asi mismo me permits, transcribir Art. 90.- Responsabilidades.- Mientras dure latramitaci6n del proceso a que diere lugar la perdida de un bien y solo dentro de los plazasestablecidos en el tercer inciso del Art 87, su valor sera carqado a una cuenta_por cobrar alserSloasti Lario del big. Las responsabilidades a que tuviere lugar la desapariciOn del bien setramitara luego del examen especial cor respondiente. El Auditor Intern° remitira la copia delinforme a la Contraloria General para que se establezcan las responsabilidades a las que hubierelugar, y en concordancia a lo que dispone el Art. 87 IBIDEM en su tercer inciso "la indagacionprevia no podra prolongarse por mas de un alio en delitos sancionados con pena de reclusion Laindagacion previa no podra prolongarse par mas de un an° en delitos sancionados con pena deprision, ni par mas de dos arlos en los delitos sancionados con pena de reclusion. Estes plazos secontaran desde la fecha en la cual el Fiscal tuvo conocimiento del hecho, transcurridos estos

Or'plazas se archivara la denuncia", y edemas considerando lo dispuesto en el Art. 5.- lbidem.-Empleo de los bienes.- Los bienes de las entidades y organismos del sector priblico solo seemplearan para los fines propios del servicio aka Es prohibido el uso de dichos bienes parafines politicos, electorales, doctrinarios o religiosos o para actividades particulares y/o extranas alservice° pQblico. (negrillas y subrayado son mios).

Cumplidos todos los requerimientos establecidos en la Ley, y en cumplimiento de las funcionespertenecientes a mi cargo, dis use se emitan los titulos de credi o, porque la Municipalidad, tiene 0que precautelar los bienes y recursos del Esta o, porque su destine final no pueden ser elusufruct° personal sine de la comunidad representada por las autoridades de turno.

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Ademas senor alcalde, el senor Jose Tumbaco no solo tiene que responder por el titulo de.credtoD9ya ampliamente descrito, sino que esta Direcci6n determin6 se emita el titulo N° 684 por ue , ,,adeuda a la Municipalidad de Pedro Moncayo„ r orrmakielefgthasejular con fecha. .. te. '

febrero del 2009, y que tampoco hasta el momenta hay que contamos 19 de febrero del erea

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ha sido cancelado por el senor Tumbaco. (adjunto copia certificada del documento de ' 4 *0 \-z-c . \

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Este mencionado senor adicionalmente en forma descomedida, ha remitido una cortitinic \

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Es todo cuanto puedo informar en honor a la verdad, para los fines legales..pe,reirieb

Atentamente,4.

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la cual dice que no se le quiere receptar el vehiculo que mantiene en su poder, no existeconstancia alguna de que en jornada laboral haya querido hacerlo, pretendiendo dejar elautomotor en forma clandestina y no a las personas responsables de precautelar los bienes de lainstitucion, sino en forma arbitraria para pretender justificar el ilicito por el cometido, aclaro senoralcalde, el vehiculo NO se encuentra en las instalaciones de la Municipalidad hasta lapresente fecha.

ADJUNTO: VEINTE Y NUEVE FOJAS DEBIDAMENTE CERTIFICADAS.

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Tabacundo, 17 de febrero del 2009

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1.PEDIIO N I( )NCAY0RcCEPCION

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SefiorAlcalde de Pedro MoncayoPresente

Una vez que se desbarato la maniobra de pretender descalificar mi candidatura a Concejaldel Canton Pedro Moncayo por el Movimiento Independiente PEDRO MONCAVO ENACCION. habiendose forjado para ello un ilegal titulo de credit° en ml contra, y que lalista de candidatos a Concejales urbanos ha sido legalmente calificada e inscrita, y unavez que ha sido tambien desvirtuada la patrafia que se urdi6 alrededor del vehiculo de laAlcaldia. es mi voluntad en esta fecha at Guardalmaan Municipal el mencionadovehiculo en perfectas condiciones de funcionamiento. aclarando de ml pane que tuve ladelicadeza de no hacer uso del mismo mientras ha durado el conflicto intemo delMunicipio.

Todos estos particulares puse en conocimiento de la Contraloria General del Estado desdeseptiembre del aho pasado 2008 y, luego, del Ministerio Pfiblico para que no se levantencalumnias y falsos testimonios en mi contra.

Como hoy voy a participar directamente en esta contienda electoral cantonal y comohombre de honor y de bien que soy, bessuelto-entregar el vehiculo_en meneion paraactuar en forrna absolutamente libre en este evento, aclarando tambien que el vehiculo encuestion estuvo a mis ordenes porque el Concejo Cantonal me encargo la Alcaldia dePedro Moncayo en ausencia de su titular.

Sin embargo de to anteriormente expuesto, cuando concurri hoy manes 17 de febrero del2009, a las 17 horas con 30 minutos, a las dependencias municipales para hacer la entregadel vehiculo, nadie quiso recibirlo porque, segfin expres6 el Policia Municipal, OrlandoTorres, usted habia dado la orden de que no se lo reciba. Esta afirmacion del mencionadoPolicia la escucharon varias personas que se encontraban presentes en ese momento en ellugar de los hechos como son los sefiores Enma Puga, Rosa Cuichan, WashingtonCabascango, Emesto Cabascango, Victor Toquerrez, Mercedes Centeno y otros a cuyotestimonio a .s!h é de se cesario.

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SENOR MINISTRO FISCAL DES FRITAI DE PICHINCILA:

JOSE JULIAN CA IV GUILLIN CUASCOTA, en 1M calidGobierno Municipal del CantOn Pe ho Moncayo, comparezco ante tried, any present° In siguiente &nuncio

1.- Meditune resolucion Nt-o PLE-TSE-2-26-6-2008, de fecha 26 delegalmente notificada el 30 de _nun° del 2008, el Tribunal . Supremo Electorcumplimiento de sus Inuciones resolviO: "1.- Declarar que el senior Virgilio AndrtmgoCuascota, Alcalde del 1. Municipio de Pedro Moncavo, es el autor de la intraccion descrita vsancionada por el Art. 55 de in Coditicacien de la Lev Organica de Partidos Politicos deacuerdo con Ins pruebas presentadas por los denunciantes. v de confortnidad con In disposiciendel atiiculo 12 , 1 de In Lev Organica. de Servicio Civil v Carrera Administrativa v deUnificacion y HomologaciOn de las Rentuneraciones del Sector Public°. 2.- En aplicaciOn de ladisposicien del artictdo 55 de la CoditicaciOn de la Lev Organica de Partidos Politicos. se f

destituye de su Calt0 de Alcalde (lel I. Mtmicipio de Pedro . Moncavo al seitor II/J(1'4lbAndrango Cuascota, multandole ademas con in soma de DIEZ MIL SLICRES que equivalen aCUARENTA cf_ NTA V OS DE: DOEAR DE LOS ESTA DOS ENID OS DENORTEAMERIC A 1$0 , 10 tr (11''

Por limber solicitado el destituido a»le el Tribunal Supremo Electoral, In aclaraciOnampliacion de dicha resoluciOm dicho Organism° de Estado, mediante resolucion Nro. PEE-T8E-23-8-7-2008, de fecha 8 de julto del 2008, legalmente notiticada el 8 de Julio del 2008, enfiel cumplitniento de sus funciones resolviO: "Visto el escrito presentado por el senior VirilioAndrango y su abogado patrocinador el doctor Wilfrid() Lucero, receptado en el Archly° de laSecretaria General el 3 de julio del 2008, el Pleno del Tribunal Supremo ElectoraLdispone queel Secretario General notitique a los peticionarios que, las Resolucien PEE-TSE-2-26-6-2008de 26 de junio del 2008. mediante la (me se le destituv° al senor Viriho Andramm Cuascotadel cargo de Alcalde del Municipio del Ctuilen Pedro Moncavo pOr encontrtu-se Miners° en ininfraccion tipificada en el Art. 55 de la Lev Oranica de Partidos Politicos. es sulicienteexplicita por lo que no cabe aclaracion alguna. Por otra parte, no cabe Iampoco ampliaciensobre dicha resoluciOn, pot- (amigo todos los aspectos relacionados con el proceso lum sidoresueltos; consecuentemente. se Megan los pedidos constantes en el escrito my se provee...".

No convencido de las mites reteridas resoluciones el destituido interpone el recurso denulidad, tnotivo por el cual el "tribunal Supremo Electoral, el uso de sus atribuciones yconforme a derecho, emite la ResoluciOn Nro. PEE-LSE-7-17-7-2008, de fecha .jueves 17 de 13 "Y."julio del 2008, legalmente notilicada el 17 de ittlio del 2008, en la que resolvio: "Acmyer elinforme No 192-0-TSE-2008. de 16 de _Mho del 2008 de la Comisien Juridic° v negaraccion de nulidad de los actos administrativos contenidos en las resoluciones PLE-TSE6-2008, TLE-TSE-12-25-6-2008 v PLE-TSE-2-26-6-200, por cuattto las mismas hint itto .

tribunal Supremo Electoral v pot- Imberse resuelto todos los pedidos de reconsideraciOn

adoptadas en uso de las atribuciones constitucionales, le ctales v redamentarias (file tienc#1

ampliacien v aclaracien e incluso It] reconsideracion de la reconsideratiOn de in resohnPLE-TSE-2-26-6-2008, la tnisma se encuentra en lirme v cabe recurs° algutto.".

%Con fecha 22 de jul to del 2008, las LIM 5. la Ultima resoluci On fire ingresarrt i*);

recepcion de la Alcaldia del I. Municipio de Pedro Moncayo, dando a conocer que-Efft.resoluciOn PEE-TSE-2-26-6-2008, se encuentra en finite, es dear desde el 26 de .junio2008, fecha tic It Ii cual el senor Virgin() Andrtmgo CW/scota, estaba en la obligaCionnit;abandotuir el tecinto Municipal. para ' p ie el compareciente astutta his funciones de Alcaika

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•,`; , T• ' A eSte hay:que sumar, que el stuck Alcalde Encar gado Jose Tumbaco, con ensanos„ .• ,esta tonVocandO a las fuerzas vi as del Canton, pare quit concurnm a "ma Gran Asatnblea

• .Popular, para el dia martes;:5 :sle ago to del 2008, a in 171-100 PM, con in tinalidad lop-ar tura• , ConfrontaciOn entre' los' •Pedromonctyenses y no dejar que Los Concejales Principales y• • •-• persona ingreiernoS Palaeie • Municipal. Todo In subratudo es mio.—

':-.06111-to§ 7atitecedenteS' ::eitplie§tos, veneo ante usted y por los derechos que represent°,entineio %liis ActOS • que'dejecrelatades. a tin de quit Sc de itticio a la Indasacion Previa,

-tOnfortite in ''diSponeet'Art215-; ,:del Cad's° de Procedimiento Penal, en contra del senor• , , MARILONIOSE,s-TU ' fABASCANCia, nor arro,garse funciones de Alcalde. o yt•

3.- El delito por el coal denuncio, se encnentra tipiticado y sancionado el Art. 233, del-9 C;Cod's° Penal. C4)4- -

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, ,: •toda vez ,que per disposicion de'lLey, nit compete asumir dich&cargo., Como lo dispone 'el Art.

i.778';' ;dela.,CoiliftCaCion de la Lev okattica 'de Regimen MuniciPaLque - diee: "En caso de' falta 0- ausentia•ciefinitiVa•clel alcalde le'reeinplazara , el vicepresidente Per todo el tiempo que dime la

auSeneii 0 pOr el tiertuM qtie 'fake para Cempletar el period(); para el cual The elegido".,

Mas sucede, senor Fiscal, que el senor Vir gilio Andran go (Mosconi. pese a estm•legalmente destituido del cargo de Alcalde del Municipio de Pedro Moncayo. este ha hechocase otniso a dichas resoluciones y mos hien, a procedido a enc'utarle la Alcaldia al ConcejalMARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, qqiett desde el dia 2 de ;V OSILLACQ,U esta

• despachando todo tipo de comunicaciones y lirmando documentos que dentro del ambito legal• no le compete, en vista de clue se esta arrogando funciones que por Ley no le corresponde y

Peor que el senor yirgilio Amino's° Cuascota, le ha encw-s,ado cuando el esta legalmentedestittido,

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4.- No estoy inipedido de denunc

5.- Sc ordenara el reconoProcedimiento Penal.

6.- Por tratar de tin deliCARACTER PERSONAL.

o dispone el Art. 46, del Cacho() de0

calla/a LAS MED1DAS CAUTELAP DE(39,/

Frs'----rri.chtf Sc ordenatt natodas v cada u.. . .. . genc i as procesal es qtte scan nec esari as.

2. ,,] •; ; Leifttetifietteiettekt0e:"Me ,•:e0n-espondan, recibire en el Casillero Judicial -M .o.:- 1593.-'iq4izo0 'lit Di Rafael Gustave Cusneros Moralescpara que a mi notnbre y per los;rdereehbs., .. . , ...

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SENOR AGENTE FISCAL DISTRITAL DE PICHINCHA: CAYAMBE - (

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JOSE JULIAN CALUGUILLIN CUASCOTA, en ml calidaAlcalde del Gobierno Municipal del Canton Pedro Moncayo, comparezcoante usted, muy comedidamente y presento la siguiente SA° c,

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de Pedro Moncavo. es el autor de la infraccion descrita_y sanArt. 55 de la Codificackon de la In Or gAnica de Parades h acuerclo con las nruebas nresentadas nor los denuncianconformiclad con la disposicion del articulo 124 de la Lev Onzanica deServicio Civil v Carrera Administrativa y de Unificacion v Homologacion delas Remuneraciones del Sector Pdblico. 2.- En anlicackon de la disposiciondel articulo 55 de la Codificacien de la La Organics de Partidos Politicos,se destituve de su cargo de Alcalde del I. Municinio de Pedro Moncavo alsetter Virgilio Andrango Cuascota, multandole edemas con la stuna de DIEZMIL SUCRES que eauivalen a CUARENTA CENTAVOS DE DOLAR DE LOSESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA ($0.40 usd).".

Por haber solicitado el destituido ante el 'Tribunal Supremo Electoral,la aclaracion y ampliaciOn de dicha resolucien, dicho Organismo deEstado, mediante resolucien Nro. PLE-TSE-23-8-7-2008, de fecha 8 de juliodel 2008, legahnente notificada el 8 de julio del 2008, en fiel cumplimientode sus funciones resolvio: "Visto el escrito presentado Dor el senor VirgilioAndrantzo v su abogado natrocinador el doctor Wilfrido Lucero. receptacle enel Archive de la Secretaria General el 3 de iulio del 2008. el Pleno delTribunal Supremo Electoral disnone cue el Secretario General notifique atos neticionarios aue. las Resolucion PLE-TSE-2-26-6-2008. de 26 de iuniodel 2008. mediante la cue se le destituve al setter Virgilio AndrangoCuascota del cargo de Akalde del Municipio del Canton Pedro Moncavoper encontrarse inmerso en la infraccion tinificada en el Art. 55 de la LevOrganica de Partidos Politicos, es suficiente explicita por le cue no cabeaclaracion alauna. Por otra parte, no cabe tarnocco ampliacion sobre dicharesolucion. nor cuanto todos los asnectos relacionados con el proceso hanside resueltos: consecuentemente, se niegan los pedidos constantes en elescrito aue se prove...".

No convencido de las antes referidas resoluciones el destituidointerpone el recurso de nulidad, tnotivo por el cual el Tribunal SupremoElectoral, el uso de sus atribuciones y conforme a derecho, etnite laResolucion Nro. PLE-TSE-7-17-7-2008, de fecha jueves 17 de julio del2008, legalmente dotificada el 17 de julio del 2008, en la que resolvio:"Acoger el informe No 192-CJ-TSE-2008, de 16 de iulio del 2008 de laComision Juridica v negar la acciOn de nuliciad 4e1osacosmbSfr3ttVs

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1.- Mediartte resolucion Nro. PLE-TSE-2-26-6-2008, de fecdel 2008, legalmente notificada el 30 de junio del 2Supremo Electoral en fiel cumplimiento de sus funcioneDec c a u el nor V • o Andran o Cuascota calde d

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contenidos en las resoluciones PLE-TSE 16-24-6-2008. TLE-TSE-12-25-6- 2008 v PLE-TSE-2-26-6-200. Dor cuanto las mismas han sido adootadas enuso de Las atribuciones constitucionales, 'males v realamentarias aue tdeneel tribunal Suoremo Electoral v nor haberse resuelto todos Los pedidos dereconsideracion. de amoliacion v aclaracion e incluso la reconsideracion dela reconsideracion de la resoluciiin PLE-TSE-2-26-6-2008. la misrna seencuentra en firme v no cabe recurso alkuno.".

Con fecha 22 de julio del 2008, las 14h15, la Ultima resolucion fueingresada a recepcion de la Alcaldia del I. Municipio de Pedro Moncayo,dando a conocer que la resolucion PLE-TSE-2-26-6-2008, se encuentra enfirme, es decir desde el 26 de junio del 2008, fecha desde la cual el sefiorVirgilio Andrango Cuascota, estaba en la obligacion de abandonar el recintoMunicipal, pan que el compareciente asuma las funciones de Alcalde todavez que por disposicion de Ley, me compete asumir dicho cargo, como lodispone e/ Art. 78, de la CodificaciOn de /a Ley Organica de RegimenMunicipal, que dice: "En caso de falta o ausencia definitiva del alcalde lereemplazarit el vicepresidente por todo el tiempo que dun la ausencia o porel tiempo que fake para completar el periodo, para el cual fue elegido".

Mediante acta de entrega recepcitin de activos fijos de fecha 18-dediciembre del 2007, se le ha entregado al sefior VICTOR TULIO TUQUEREZPUENTE, el vehiculo de las siguientes caracteristicas: COdigo 005-01-017-001, Clase Montero 4 x 4, Estructura Electronic°, fecha de adquisicion27/05/2004, Marta Nissan, No. Serie TB48023271, Modelo Patrol, SeccionAlcaldia. Automotor este que esta destinado para servicio de Alcaldia dePedro Moncayo, mas sucede senor Fiscal, que el mencionado vehiculo, yano ingresa a los Patios de la Municipalidad, pero aim que este al serviciopara el cual esta destinado, en vista de que desde &as a tras adesaparecido, sin que se separa el parader° del mismo conoceel paradero del senor antes mencionado, toda v se p s e elcometizniento de un delito, perpetrado por el sena fictoçl: lio erezPuente, en complicidad con el senor Virgilio Andran ft u.;

tAl (.0 asit4)1-1t.0 •-

:2.- Con los antecedentes expuestos, vengo ante usted pro p ilos • ereahosque represento, denuncio los actos que dejo relatados, a fin de que , . :se deinicio a la Indagacion Previa, conforme /o dispone el Art. 215, del Coiligo de atioAtProcedimiento Penal, en contra del senor VICTOR TULIO TUOUEREZPUENTE_y_YLRQILIO ANDRANGO CUASCIYIA.

3.- El delito por el cual denuncio, se encuentra tipificado y sancionado el 2 9 4--Art. 257, del Codigo Penal.

4.- No estoy impedido de denunciar.n-011r

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GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCA,TABAC UNDO - ECUADOR

5.- Se ordenarit el reconocimiento conforme lo dispone el Art:„; , delCodigo de Procedimiento Penal.

DOBIEPO MlINICIPAI. DE "i111)i:0 ^IONCAYCY

EVA.ESARiA GENERAL ES r:EL (A:AA, A

DEL DOT:Al:Li -r-L-)

GT:. HSI:LYS-A US LOS ARCA:LAOS-DE LA NSIALLASIESAL

tq c'ef ...

>1"-°

6.- Per tratar de un delito flagrante, se dictara. LAS MEDIDAS CAUTELARDE CARACTER PERSONAL.

7.- Se onienank todas y cada una de las diligencias procesales que seannecesarias.

8.- Las notificaciones que me correspondan, recibire en el CasilleroJudicial Nro. 2427 . Autorizo al Dr. Rafael Gustavo Cisneros Moraleque a nil nombre y por los derechos que represento, suscribaescritos que sean necesarios, dentro de la presente cause.

Firmo con mi Defensor,

Sr. Jose JuC.C:

aluguillfri Cuascota.

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sE; ochcicS) /V.

(IP°

-fi Gatt‘Gta A4)-1

‘.D1 CS KtiO SSo' SciWeson eixtP,

• INDAGACION PREVIA 771-08-VRL

MINISTERIO PUBLIC° DEL ECUADOR; MINISTERIO FISCAL-.DE PICHINGIA.- PISCALIAS DE CAI-After& V PEDRO ACayambe, a cies 15 dias del mes tie _Agc+sto de 200R, a las ORF120.-Avoco cont

de la denutieis presentada pot el senor JOSt., 3131.1A,N CAIXIG1711OtASCOTA, en -virtud tie encontranne legalrneme poset,iterado del cargo de Agent':Fiscal del Distrito de Pichinclta, cott :Istituto en. el Cmtent Calprabe; en consecueneia,protect° a reatizar la indagation previa tiet nettle presuntatnente &cite denuntiado pot

:::etior lase Tuba Cahiadka Cuaccota, :Pupa tenor es el siguierete: "...Mediateres.e.olutiOn Nro. PIETS.E-2-26--6-200R, de fedi? 26 de Junin del 2002, I.egaltnenteliotificada el Ai de Junio .21ng, el Tribunal Supremo Electoral en lid cumplanientode sus lencionts resolsaiE 1.- Decimal rule • el sector VIROILIO ANDRANGOCUASCOTA. Altai& dell. Music:* de Pedro Monrayo, ed et :tutor de la infraccieadesetita y sancionada per et Art. 55 de fa Codification de fa Lev Otganica de PartidosTolitickm, de acuerdo. ant !as pruebas peseutattas p4.'r lts denurieiaides, y•conform:dm:Leon -la divas:en* del Art. 124 -de la Ley Organ:Ira tie Senitio Civil yCarrera Administrativa.y de tmilicaciem y flomologatiOn de lag Remunerationes delSectin Pn'olito, 1- En aplitaziOw de la dispositiOn del Mt. SS de la CodificatiOn de laLey Ottaniea.de Pattidoi Politicos, e detitnye de eu carte de Alcalde del I. Municipiode Pedro Mencayo at serior fifROTTIO ANDRANGO CCIASCOTA., multondofeadernas COB DMZ SUCKS nue eqtrivaten a CUAR.ENTACENTAVOS DE DOLAR• DE LDS -EST:ADCS LiNVIOS DE NORIEJLITER/CA(S0.40 usdr„. Por babe solicitado el destituido ante el Tribunal Suprettio Electoral, laaciatatibu , y.:ampliation tie dials: resell:e'en, ditho Organism° 'de estado,:.inedianteresoluciOn lito..PLE-TSE-231-1-1A1M, de ftella Z . de . Mits. del 200g., 'LegaImenteTsTotifunda et OR de Julio det 200R, en fig cumplimiento tie ciu funciottes tesolvily. "sisto ef escrito pmentado Forelleiter VIRGILIG AiNPRANCA? CITASCOTA., yAbogade-patoacittadur d -Dr- WILFRIDOLZICERO: tee/read! en el .Archint de isSet-Maria Gisi3P121 S 03 de Julio del .2008, el Pleno del Ttibunal Suinenio Electoral,dispone que d-Settetario- Generat Notilique a log petitionatios que, 1 ResolutiOnPLE-TSE.:2-26-6-2_il08, de 26 de Rinio del 2002, mediante a que se le deAltiiy6senot VIPSALIO ANDR_ANCIO CU- ASCOT& del cart° de .Alcable del MunicipioCanton Pedro ilfoncayo pot enemata:se in:nets° en fa intracciOn tipitleada en et Att.55de la Ley Ore.:aka de Pattid‘v Paliticas, es ufkiente exglicets got lo Ine no cab(aclaracian alguna Por tta patte, no raiw tampon' ampliaetint .. .f:ebr, e dielta :resolution,pot cuanto todos los iepectes, telac..imittddi#1 con ',el pOeSso`. Mau sido„ resueitos.conettentwjcnte e niet.:,:an Sidle; coik*anie .en et SSA& 41)3t,0 provee..convent:id° de las antes referidas- resitturies destitnido ittexpotte et recutsonufidad, motive pot ef cud ef Tribunal Supretno Electoral.; ef-uso de sus atribuciones yconforrue a tisecho, &suite ta Restettaitin Mo. P1E:J5E- 7-1 ?- 2008,- de fectia .(12

ge, ,100,41200$1 ,I-esalinente Notilicada el 1 7 de Juli6 del 20n, en la que Resolviit-"Xcoger el infOrrne de 4f/ cle)ulie del 2h08 ., de Ia,Conit*U.ntY,1Jutidita negm la actiOn ivolidad de Ice; actiO ls . Admini-4.10.i.ioy, ent eeoluriones T 4.I SF 16 N 6 200R , 11 E-ISE-, 2:- 7. 5. -6:2,Q98, y P LE- ISE-- 2- 26:t4i,;::,200g, pot cuanto Las Intonta han sido atrOPtitilas. - an inc dee las.- atribileioner,

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crthstitucionales ; legales y reglarn ern:alas (pre tient', 'el Tribtruatfibprem o ;Electhaberse resuelto tortes Los pecbdo de reconsiderarian. de ampliaridn vincluse hi reconsider-acien de la reconsideraciOn de la 4eso1uciOn. PIE-'O0, la In ismo se enenentra en firm e no robe eriro alguno Con terba

del ? eXt8 .. las 7141115.. hi Ultima resolution file nurresada a reeepcidn de la Altk ?Nig ° Idaucaya, etaa44. 4 a cotioctr 130 e tia resolatim 7.13LIL4-11

200E,e encuerdta en firme,,es. decir desale el-26 de hunt det M08,fecttadt!,et f;cliot ANDFANG2 CCrAS.c.OIA, e ,,,atoa en fa obirgacion eabanei (ethic) .114wiicipal, pa 11 tliSC el codpatetierde 14::;" tisacthrits de "-fifth& WSVe2 VC piü i SpOSJaciti de _Ley, me ccamptitv WIAL/nr akin) ratgO, rcmo )0 Ilk TO/IP eliii TS., de la eddifieaciOn de la l_ey Organica . de Regimen Municipal; clue dice: Hi

caE,o it 1ala u awencia deixàtrva M Altalkle le teemplazate es Vicepresidente . por todotiempo (Lae &re La ansenria a pat et tiempo tine HU: paraentrtpletar et pertodo; pan- •

el that fue . elegido v.itlassucede, senor fiscal que et senor VIRGIL() ANDRANGOCIASCOtt„ pee if estar Leg-auente Deaduido del cargo ne it/caide del ithuticipiodt Peffro Mtic.ayo, o14e ha beat, caf-!o• typist) a &drag resolutiantee y snas hie•, sifueduperienrio- disposiciow a todos y cada uno tie los funcionatios y empleatios tie la

'IrdAraxi41., ez? tktd, tit c4.a ategaido6t fidnzione6 tage gut no le ostenta 110corn pete-,.y. : to (me es tads, no permile que Los so:trim-es reconactdo pat et.Tribunal Supremo Electoral v nal persona, podatnos sagresar a- taf: Lu gafaciones de faAltsnicipatt.ttadi con ei objetivo Lk , si4.juir trabarando en - dim de .Ia CornunidadPedrotni.nkezyuts.fe; actos- tJegales cue est a pespetransitylue,diante Jaiii ty2a Sub) de.,,spscolaboradores „y personal- *alas a la infirtiucian, gut .estau siendo _ inainpulatias • yorditynw6 paa gut. van3tr, datiea. y 202.0b1 a 4 %oda persorea gat riaitra erar2s at Munitipit,'y Tie dr.U gruQo, PrarAtopease.las•signielde ditigerltta. s itlyeqtrgativat:Cconparac41 el denunciante dOstc. JULIAIN (A,LUGUILLIN C:c/ASC:01A, et diau1O4cates i tie,Agmtudel 2..008; a: tn . 101100. a Fate Detliatiia : reconds..-er. Ii

•estadn.dagatiito; la!) Reconaiewe lugartte.s resultatitA :bnetiaqsenaiefi. rdw,. oPietos ..e in4tumento concluute, a e,i(ablecet- la extstencia del deitto eidenrdRat L46 ; p0 „,ifoles.resputo:101t$,-, 11. 7 R.ettbaist a.,versione.s Ware: )1 :1-111jblankeniti

dc ta-.1 pekona% 'clue tuba:sett pteceurinda 1.0411techos 4) de aquellas:Ea. suriues cattc;tam4aftlin dare Sobte ei died° a sus, aut.omt--. 4) Deleguese fa practica de Las ctifigenciw

ell 10-z; xrdaterales 2 y 3 n,:klAtliatIo. 226 del Collie° de Proceditaiento. 'Pam) 4

la Terz.nre)) Judiord Cayanaht, y Pedro.-.Montayo.-5) Pradiquese Jai dem-,chlis!endas ciue Cuero necesatiaG i .para el esciareeintiento del -1secho denunciado-C-1211PL'AS.i. y

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Dr. VICE NW RP! OSO 1,1(FR KA.FISCAL PENAL DE PICKINCITA,CA irtlittRE V PEDRO 1101(rAvey,

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Particular cue inform° tiara tines consicruientes.

Aremarneme,

1.:r. -0- tor Tacuerez(jiff:JEER 11n4UNICIPs1_11.

GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCTABACUNDO-ECUADOR

Tabacundo, 25lugenieroCristran MarrnolDIRECTOR ENCARGADO BE n BRAS PUBLICASPresente

Be mi consideraciOn:

INFORME DEL VEHICLE° NISSAN PATROL

A traves dci presente informe me permito comunicar la situacienPATROL; veniculo que esta bajo ml responsabilidad.

del NISSAN

Con fetha 05 de Agosto del presentemunicipaiidad y mi jefe inmediato en;laves del vehiculo las deje a su cargo-va na porter a bum recaudo.

ao el Sr. :lose Tumbaco alcalde encargado de laesa epoea, me eunumico de forma verbal que lasy one no inc preocupara del vehiculo porque el lo

Halo ese oedido accedi ya que el era ml jeft, lumediato, hasta la presente fecha el Sr,:lose Turnbaco no procede a realizar La entrega del vehiculo de propiedad municipal paragee permanezca cl entro de los patios de esta 1re:1i-dye:On.

ceasiones me he acercaclo a distiotrar can es Sr. Jose Tumbaco en visita de‘.tieci vehiculo aun no asido entre gado. y las manifestaciones de dicha persona erondue no pasaba nada por cue las autoridade.s de rum° descie su punto de vista estan defOrrna ;legal, p ro preocupacion es elle ann ase veicwc. esta bajo mi responsabilidadcoils:de-rand° clue el veniottio es de oroniedad municipal ma; no de propiedad particular. •

preocupacion es corno acrta- bajo estas irracuns:ancias ya que mi prioridadhi:dame:1mi es trabajar :elle, con ningurra persona es por este motivoL2e o hrt oodido as:stir a In: poesy.) de trabajo va due he estado haciendo los dialogose •rresnendiente.s con i a perstona antes men:eionaria para que se devuelva de forma tf7? .:,:rtirtearatia e: vehiculo de pro p:ea:ad munlcIpai a los pal* de esta institucien y

:Mc de responsabilidad.cr2:"ri1

rt,

fly 9ci

..........................

Fecha: .......

Hort. ........... ---cataa ..............

Ile Sucre No.981 (Par. ue Central) Telf: 2365-264 / 265 / Telefax:2366-119 - www If111 . 111 - 11. s ni a I • .81 1' 1'

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Oficio No. 1023 -:1 002,111PDPC PILIN.P.Cat , ambe aelNtlfik,

Senor Cul-sten.; enteSYRIA 0 7NAIIIRIO 0Jere de l.. etriarArt Carlstnat d. ertyaribe

En !rill. 71e-ix/Fin/

ftli ,tert/Stilet

114t. revi-aspontlialo trinotti &Tins& pleitit2lear put % T:itratfi 3ettCAI.J.}(1 1 1111. 1.7N,1 C11ASCOT.IA, en, el cr2he !lacev. crtnocer Si*t 4 cne einvin ttelitoPecti (ado.

anivato k isci:testi/ en et arlinuto 21j5 tanneto 71, ? del C&trlisn de Ptceneditentu. Petaf,. turicufc, g numerates [7. icit120gterf1eF generates Ocrava (let Regal/lento

.11141.-44, we permits) disponer i fits' senates- Agene ks a sa (nark pi-or...Tatum;3. prarticat tar; ibligencitts dispilestas en la Jnitsgacti*Yrevra.Nn 713-02,.

1, One oceita a per-ivin- er-litEnres, „buellact, 7criales, atnraf., ithjescer r iv4iatmsotiscon duceniesii establecer Ia existencia del tiellto e identificar a sus posiblatictspotistiolter,i.

Recillaie tie la oteadixia ) de tas yersirttas gse twilit:sea 7cent/wrath-I los bechils t/ deaguellas a stiteries constate aiglin ciao cf tecao o itis airfares sin furathento, lasvett; thaes gac.' dicteti. Se !c iàide thStiiig.,t&-iiiti sue &exit de peestytta-.:;c. sdeciarar ante el ittaz c, ante el irthiwat l3atiatPara la practica Oe las oillgene/as dispuesias e ingnara clisponet se coon-line lapersona oierigula Haim susidoe preseate tithegatiOn.±1.itern co.tiria=unettittA de la resolution cie inicio de la Indiratiitn. Previa,

0 W

Agradecere &spoiler nue (as difigeneias sears practicadas ((entre clef pfazo sue fa fey -Yisdeterinina. a pa/fadt M presence &vita Et iatirrnic E/Vt resottaali ik :as trY6i;witchis sera

s ri arlosit 0ikEin al al Fiscal ;pie rittitteme la present c invertigarittp'77 trii r?-

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,XDR, 1.'1(4.404 .) R.11NOS'0 LARKKA. T 4friSC U., PENAL BE EICRINGIA NiCAYANMY VIT.P.IV.) NIONCAY0

•it kk0 l ogrippo \At.

Ateto am P±13

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GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCAYO"TABACUNDO - ECUADOR

CONTRALORA GtDOCUMENTA

CORRERECIRID

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tOITIMPIACbila

St IMP,

QUITO,

RAJAITE ASIGNADO A: -

FIRMA RESPONSABLETabacundo, 29 de septiembre de 2008.Of. Nro. 194-SM.

3

Sr. Eco.Fernando Larrea.JEFE DE AUDITORIA 4 DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO.Presente.-

De nuestras consideraciones.

Reciba un atento y cordial saludo Cubiemo Municipal de Pedromoncayo, a la vez deseandole exitos en sus funciones a usted encomendadac

Adjuntamos copia de la denuncia.

Atentamente,

z

For cuanto se ha presentado en la Fiscalia Distrital de Pichincha(Cayambe —Pedro Moncayo), la respectiva denuncia sobre la desaparicion del vehiculode propiedad municipal; se ha Ilegado tenet conocimiento que el Ffier Jose Tumbaca --Cabascango, a entregado a su oficina-el-oficio en crime da —a-cot—iOcer la direccien delitunueble en donde se encuentra guardado el automotor y bajo la responsabilidad de quepersona.

For In manifestado, solicitamos de la manera mas urgente, se nosconfiera una copia debidamente certificada del o los documentos entregados por elmencionado ciudadano, a fin de proseguir con los tramites judiciales.

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Pot la favorable atencion que se sirva dar a la presente le reiteramos los Et, z LI,L)

sentimientos de estima y consideracion. 1g

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Sr. Juli in Cuascota.ALC 7, E DE PEDRO MONCAYO.

Calle Sucre No 981 (Parque Central) Tell : 2365-264 1 265 1 Telef ax: 2366-119 - www.pedromoncayo.gov.ec - Email: munipm#cyb,ecuaonli

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CONTRALORIA GENERALDEL ESTADO

Stead's* DIRECCION DE AUDITORIA 4

Ammo: Copia docurnento.

Quito, 9 OCT 2008

SeftorJulian Caluguillin CuascotaALCALDE DEL MUNICIPIO DE PEDRO MONCATOTabacundo.

En atencion al °tido 194-SM, de 29 de septietnbre de 2008, adjunto copiacertificada, del • I * • APM-0378-08 de 8 de agosto de 2008.

AtentamenteDIOS, PATfJ IBERTAD,Por el C. r C - ner I Estado,

lDr. JaimeSECRET NERAL ENCARGADO.

Adjunto: 4 h jas.•

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r 9 379-

FIRMA RESPfv. ISABLE

C- 7 3 '79

•-:GOBIERNO 'MUNICIPAIIDE iPEDRO MONGAY0•• • •. .tABACUNDO L.ECpApOr,1

Tabacundo, 8 de septiembre del 2008OFICIO N. A! -378-08

Senor doctorCarlos P61 itCONTRALOR GENERAL DEL ESTADOPresente

A• g wifinia ‘,Ks..num wet -

0r WW1 8 EIETIAL

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onERNErsAisotoNiv icAtiictatrvoLicipoEcii

SEE 2008

"310A RE DENCIA

QUITO. 8 "A

Gm-I-RAD%

tcc.

De ml consideraci6n:

Pongo en su conocimiento que he dispuesto que el vehiculo que presta sus servicios a laAlcaldia del Municipio de Pedro Moncayo, se ponga a mis 6rdenes y, por consiguiente, abuen recaudo, en razon de que ejerzo las funciones de Vicepresidente del ConcejoMunicipal y, por Resolucien del Concejo, me hallo encargado de la Alcaldia, como lodemuestro con la copia de la Resoluciem correspondiente.

Esta comunicaci6n obedece at hecho de que actualmente el Concejo Municipal atraviesapor una serie de dificultades intemas que serail resueltas dentro de poco tiempo por elTribunal Constitucional.

Atentamente,

e a•••nn'WraTe;--W" -a -by

C—

Marl n Jose Tumbaco ascangoVIC PRESIDENTE DEL CONCEJO DE PEDRO MONCAYO,ENCARGADO DE LA ALCALDiA

Adjunto: lo indicado

3c5

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LST 3--t-v7.-C-oGOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCAY

TABACUNDO-ECUADOR

Tabacundo, 05 de agosto de 2008Oficio No. -091-SG-2008

Sefton -Marlon Josa Tumbaco Cabascango . ,

ALCALDE ENCARGADOGOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO MONCAYOPresente.-

0De mi consideracion:

A fin de dar cumplimiento con la Resolucion de la sesion extraordinaria de Concejo defecha, martes 05 de agosto de 2008, una vez que se trate/ el unico Punto del Orden del Dia:CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DEL OFICIO S/N ENVIADO POR ELTRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL DANDO A CONOCER LA RESOLUCIONNo. PLE-TSE-7-17-2008 RECIBIDA EL 22 DE JULIO DEL 2008, al respecto en micalidad de Secretario General Encargado, cumplo con notificar, que el H. Concejo resolvio:OUE SE CUMPLA CON LA RESOLUCION EMITIDA FOR EL TRIBUNALSUPREMO ELECTORAL Y SE ENCARGUE AL ALCALDIA AL SENOR MARLONJOSE TUMBACO CABASCANGO CEPRESIDENTE Y ALCA DE ENCARGADOPOR LA AUSENCIA TEMPORAL DEL SENOR VIRGILIO ANDRANGO CUASCOTA (ILCALDE DESTITUIDO) DE CONFORMIDAD CON LO QUE DETERMINA ELART. 78 DE LA LORM, HASTA QUE SE EMITA LA RESOLUCION DEFINITIVA EMITIDA FOR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Y QUE SE COMUNIQUE A LAS AUTORIDADES COMPETENTES, NOTIFIQUESE AL INTERESADO". LA MISMA QUE ES APROBADA POR UNANIMIDAD.

Lo que notifico para los fines pertinentes.

AtentarneritepTh

c,..,r 4,-,

Ab. E ueva. J., vg I,:'(11SEC 4 RII ENERAL ENCARGADO

1,

GOB E MUNICIPAL DE PEDRO MONCAYO

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6-45 cac.„9€17-1..D. y

GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO

TABACUNDO-ECUADOR

SEROR AGENTE FISCAL DISTRITAL DE PICHINCHA:MONCAYO

JOSE JULIAN CALUGUILLIN CUASCOTA y DR .---CCISNEROS MORALES, en las calidades que tenemos invocadas en relacieti aIndagaciOn No.-773-2008, que tenemos presentado en contra de los senores VICTORTULIO TUQUEREZ PUENTE y Otro, al respecto manifestamos:

1.- Adjunto se servird encontrar trece copias derf 4 --_-_mte certificadas per la senoritaNancy Gum-11m, Secretaria General del Gobiemo Municipal de Pedro Moncayo, de lascuales consta que el senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, the declarado vacante de lasfunciones de Concejales de Pedro Moncayo.

2.- Adjunto se servird encontrar seis copias debidamente certificadas per la senoritaNancy Guamba, Secretaria General del Gobiemo Municipal de Pedro Moncayo, de la quepuede observar que el senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, arrogandose funciones deAlcalde, pone en conocitniento de la Contraloria General del Estado, que en forma arbitrariae ilegal se ha dispuesto del automotor material del delito que se investiga y que hasta lapresente fecha, se encuentra oculto.

3.- Adjunto se servird encontrar el oficio Nro. 01218-DOP, de fecha 08 de octubre del2008, suscrito per el Ing Oscar Narango, Director de Obras Publicas del Municipio de PedroMoncayo, mediante el cual solicita al senor Victor Taquerez, encargado del vehiculo materiadel delito para que presente el automotor.

4.- Adjunto se servird encontrar el oficio Nro. 0138-DOP, de fecha 15 de octubre del2008, suscrito por el Ing. Oscar Narango, Director de Obras Ptiblicas del Municipio de PedroMoncayo, el cual informa que el senor Victor Ttiquerez, pese ha ser requerido ncentregado el vehiculo materia del delito

7.- De los documentos adjunto y que son publicos, se ha podido obtener indicios clarosde que las personas que son los responsables de la desaparicion del vehiculo de propiedad delMunicipio de Pedro Moncayo, per lo que, de la manera mas urgente, solicito se lignerequerirle al senor Juez Decimo Sexto de lo Penal de Pichincha, pan que ordene LADETENCION de los senores MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO y VICTORTULIO TUQUEREZ PUENTE, conforme lo dispone el Art. 164, del Oeigo de

rocedimiento Penal.

Adjunto copiaCabascango, por arrog_ _

Por el Gobie o Mum

ustavo CisnerPROCURADOR

de la denuncia presentada en contra de Marlon Jose Tumbacoon de funciones.

como su defensor,..debidamente alit()WW”IMICIFMCALCiirqrrt”.

DEPICHINCIO

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s MoraDICO

pal de Pedro Mo

Calle Sucre No.981 (Parquetentral) Telf: 2365-264 265 I Telefax:2366-119 www.pedromoncayo.gov.ec - Emailmunipm@cyb,ecuaonline.

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r. Gustavo Cisne osPROCURADOR INDICO MUNICIPALMatr. 8281 C.A.

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67 gess, yGOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO MONCAYO

TABACUNDO-ECUADOR

SESOR AGENTE FISCAL DEL DISTRITO CAYAMBE- PEDRO MON

Julian Caluguillin Cuascota y Dr. Gustavo Cisneros, en las calidinvocadas, en relacion a la indagacion previa No.- 773-08, que seVictor Tuquerez , y otro, al respecto manifestamos:

Por cuanto el Sr. Marlon Jose Tumbaco Cabascan on . nn ha cornversion en la fecha sefialada, demostrando de esta manera desobediepor lo que solicito se digne sefialar nuevo dia y hora, a fin de que elTumbaco Cabascango, concurra a su despacho a rendir la version so a enprovidencia de fecha 12 de noviembre del 2008, requerirniento que se lo hard bajoprevenciones de ley.

iemo M pal de Pedro Moncayo y como su defensor debidamente

Calle Sucre No 981 (Parque Central) Telf: 2365-26412651 Telefax: 2366-119 - www.pedromoncayo.goLec - Email: muni b.ecuaonline.n:

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FISCAUA GENERAL DEL ESTADO.- FISCAUA DE PICHINCHA. Cayambe, 19 de Noylembre del

2.008, las 148H43, continuando con la investigaciOn an la INDAGACION PREVIA Nro. 773-08, que

par el presunto delito sexual inveStiga esta Fiscalia, seidispone: 1) Agreguese al expediente el

escrito presentado par MARLthrlbSettiMilibtreAWASEANGO, y en atencion al mismo:dispongo: 2) Lo expuesto srifrlitziugeriejtIMEN,Aarik*ckenti.ondejal, que dice ostentar elpeticionante, debe acreditarse mediante la certificacion conferida par el Tribunal Provincial

Electoral, ahora CONCEJO ELECTORAL, organismo del Estado que es el Onico ente encargado de

extender el nombramiento pertinente, circunstancia que no se encuentra justificada en el

expediente; en tal virtud, se atiende lo solicitado en el numeral segundo, disponiendo se curse

atento oficio Al senor Presidente del Concejo Electoral de la Provincia de Pichincha, a fin de quepor medio del funcionario correspondiente, se sirva extender y remitir a este Despacho

CERTIFICADO, del que conste si el Sabi- MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, harecthldo o noNOMBRAMIENTO de dignidad de elecciOn popular en el CantOn Pedro Moncayo, y la fecha en laque fue extendido dicho nombramiento caso de haberlo; en consecuenci4 \t-bOsta qua se acreditela representacion de la dignidad de concejal que dice tener el senor tit46 .aba‘ltango; debeseguir acatando las disposiciones de esta Fiscalta, por lo que no habiendo comparecido a rendir suversion en el dia y hora que estaba senalado en providencia anterior; bajo prevenctones legales,

par tratarse de segundo senalamiento, se fija el &a el dia lunes 24 de Noviembre del 2.008, a las10H00, a fin de que rinda su version el senor MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, quien debeasistir acompanado de su abogado Defensor, caso contrario la Fiscalia, le designare un defensor deoficio par no existir defensoria pOblica en este Cant6n. La insinuaci6n que se hace de no haber

sido notificado con la providencia anterior no tiene sustento real, pues, consta del expediente la

rutin sentada por Secretaria de habersele notificado en el casillero judicial Nro. 12, del Dr.Reinaldo Guamani que tiene senalado. Sigase teniendo en cuenta el casillero Judicial Nro. 12 del

Dr. Reinaldo Guamani que por segunda ocasiOn ha sefialado MARLON JOSE TUMBACOCABASCANGO; 3) Agreguese al expediente el escrito presentado por el senor JULIAN CALUGUILLINCUASCOTA y DR. GUSTAVO CISNEROS, y lo solicitado en el mismo se encuentra ordenado. 4) De

oficio dispongo, comparezca a este Despacho el senor JULIAN CALUGUILLIN CUASCOTA, el dia

lunes 24 de Noviembre del 2.008, a las 16H00, a fin de que rinda SU versi6n en esta

clibera asistir acomparlado de su Abogado Defensor, caso contrario la Fiscalia le designara un 1111

defensor de oficio por no existir en esta localidad defensoria pOblica. Al senor JULIAN

CALUGUILLIN CUASCOTA, se lo notificara en el casillero judicial Nro. 2427, del Dr. Gustavo

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GEGRETARIA GENERAL ES F 1GP EEL EIDEL!! !GOCUE kEPCSAEN LOE A RCIEL OS DE LINSTF[UCIO

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Cisneros. 5) En igual forma de oficio dispongo, comparezca a e -

ANDRANGO CUASCOTA, el dia lunes 24 de Noviembre del 2.008, a las 14H00, a fin detga_rinda su „version en esta indagaci6n, debera asistir acompanado de su Abogado Defensor, caso contrarld la

Fiscalia le designara un defensor de oficio por no existir en esta localjdod defnsorintiblicaDAI

senor JULIAN CALUGUILLIN CUASCOTA, se lo notificara en d casillero judicial Nro. 2427, del Dr.Gustavo Cisneros. Al senor VIRGILIO ANDRANG() CUASEOTA:se lo notificara en el casillero judicial

No. 12 del Dr. Reinaldo Guamani Jeie.CUMPLACE Y NOTIFIQUESE.-4 '

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YAMBE — PEDitoSEIn1OR AGENTE FISCAL DEL DISTRITO DMOCAYO:

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Nosotros: JULIAN CALUGUILLIN CUASCOTA y DR. GUSTAVOCISNEROS MORALES, en nuestras calidades de Alcalde y Procurador Sindico, enrelacion a la Indagacien Previa nro. 0773-2008. Dr. Reinoso, comparecemos ante usted,muy comedidamente y decimos:

1.- Con fecha 19 de noviembre de 2008, las 148h43, su Autoridad, dispuso bajoprevenciones de ley, para que el sefior Marlon Jose Tumbaco Cabascango, comparezcahasta su despa.cho el dia lunes 24 de noviembre de 2008, a las 10h00, y rinda su version,pero este ciudadano haciendo caso omiso a su llamado no comparecie, por lo que,solicitamos que para que cumpla dirigencia, se lo haga con la intervenci6n de la fuerza

4 publica, conforme lo dispone el Art. 129, del COdigo de Procedimiento Penal.

2.- Igualmente, solicitamos se dire sefialar nuevos dia y hora, pan que el senorVirgilio Andrango Cuascota, comparezca hasta su despacho y rinda su versionconforme a derecho, requerimiento que se lo hara bajo prevenciones, toda vez que a suprimer Ilamo no compareciO, sin justificaciOn alguna.

3.- En 'Ili calidad de Alcalde y denunciante, compared hasta su despacho en el dia yhorn senalado, para rendir mi version, pero fue imposible por ocupaciones propias de suAutoridad, motivo pot el cual, solicitamos, se dire sefialar nuevo dia y hora, paracumplir con dicha diligencia.

4.- De los documentos que constan en el expediente y alguno de ellos finnados porlos denunciados, claramente se demuestra que estan haciendo uso o estan disponiendosearbitrariamente de un bien pablico, que por disposicien de la ley, el bien debe estar enlas instalaciones municipales y bajo responsabilidad del sefior guarda almacen; por loque, existen fundamentos suficientes para que se de INICIO A LA INSTRUCCIGNFISCAL, conforme lo dispone el Art. 217, del C6digo de Procedimiento Penal.

Pot el Gobierno Municipal de Pedro Moncayo, debidamente autorizado y como su

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INDAG. Previa Nro: 733-08VORL

DR. C.1 ri Luc (i1s nujiCASILLERO JUDICIAL No. :24 2.1

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Dr. Vicente 0. R re

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FISCALIA PROVINCIAL DE PICHINCHA.-FISCAth DE CAYAMBE.--Cayambe 02 de Diciembre del

2.008, las 17H30.-continucnado con la investigacian en esta indagacion Previa Nro. 733-08-VORL,

dispongo: 1) Agreguese al expediente el escrito presentado por el seflor VIRGIUO ANDRANGO, y

en atencidn al mismo, se dispone: 1) senalase para el dia mie4rcoles 03 de Diciembre del 2.008, a

las 151-130, para que comparezca a este Despacho el peticionario Virgilio Guerrero, a fin de que

rinda su version en esta indagacion, Se le previene que de no concurrir, se lo hard comparecer

mediante el auxilio de la fuerza publica por tratarse de segundo sefialamiento; 2) De oficio se

dispone: La comparecencia del senor MARION JOSE TUMBACO CABASCANGO, mediante el

auxilio de la Fuerza Püblica, por no haber concurrido el dia y hora que se habia sefialado para

reception de su version. Para el efecto, oficiese en tat sentido a la Policia Judicial de este Canton.-CUMPLACE Y NOTIFIQUESE.-

FISCAL DE CAYAMBE Y PEDRO MONCAYO.

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DR.: Go\c"'12"

Casilla judicial No:

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FISCALIA PROVINCIAL DE PICHINCHA-Cayambe 08 de diciembre del 2.008, las 08H30. Agregueseal expediente el escrito presentado por el senor MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, y oficioNo. 934-CNE-DP, suscrito por el senor EDMO MUNOZ BARREZUETA, en calidad de

ADMINISTRADOR TEMPORAL DEL ORGANISMO ELECTORAL DESCONCENTRADO DE PICHINCHA, del

que consta que el sefior MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, ha sido electo concejal del

Cant& Pedro Moncayo, en las elecciones del 17 de Octubre del 2.004, habiendo recibido la

credencial y posesionado de su cargo el 30 de Noviembre del mismo ano, circunstancia que viene

a corroborar con la copia notariada del Tribunal Provincial Electoral de Pichincha, que obra a fjs 56

del expediente, por lo que atento lo prescrito en el articulo 23 de La Ley Organica de la FuncieinJudicial, cuyas atribuciones y deberes, comprende el conocimiento en primera y segundainstancia de toda causa penal que se promueva en contra, entre otros, de consejeros y concejales,

ME INHIBO SE SEGUIR CONOCIENTDO ESTA CAUSA, disponiendo se remita el expediente y todolo actuado al senor Fiscal Provinel, de Pichincha, para que avoque conocimiento de la misma.CUMPLACE Y NOTIFIQUESk

FISCAL DE CAYEMBE Y P.M.

OCISIERNO M UNICIFM/ DE ' 11:1-m, NI ,SECRETARA GENERAL: ES Fre.t CrP4

- QUEREPOSA EN 1.C.S AK /MICI S ET 1 7, ).,ilr,:r'!C;:,'c” r013 .fIS- -'‘., - - ' -- fr.

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SENOR AGENTE FISCAL DISTRITAL DE PICHINCHA:

Dr. Gustavo Cisneros oralesPROCURADOR SI DICO

STEM FISCAL DE PICHINCHA

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GOIMERNO MUNICIrni,SECRETAENA GENERAL:

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Nosotros: JOSE JULIAN CALUGUILLIN CUASCOTA y DR.RAFAEL GUSTAVO CISNEROS MORALES, en relaciOn a la Indagacic nPrevia Nro. ri -2008, que por el presunto delito de peculado se sigue encontra de VICTOR TUQUERES y OTROS, comparecemos ante usted,muy comedidamente y decimos:

1.- Toda vez que el Dr. Vicente Reinoso Larrea, Fiscal de Cayambe yPedro Moncayo, se inhibit') del conocimiento de la presente causa envista de que en el transcurso de la indagacion se encuentra investigadoel senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, quien ha demostrado tenerel cargo de Concejal del CantOn Pedro Moncayo; motivo por el cual, paraseguir con la sustanciaci6n, solicito se digne sefialar dia y hora, paraque el mencionado edil comparezca hasta su despacho y rinda suversion conforme a derecho.

2.- Futuras notificaciones que nos corresponda, recibiremos en el.Casillero Judicial Nro. 1593, situado en el Palacio de Justicia de Quito.

Por la Municipalidad de Pedro Moncayo y como su Defensor,

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Por el Gobiemo Municipal del cant& Pedro Moncayo y como su defensor debidamentea

Gustavo Cisneros o esPROCURADOR SIN b ICO MUNICIPALMATRICULA 8281 AP

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SEISOR AGENTE FISCAL DISTRJTAL DE PICHINCHA ono OAS-filttet10113119191.

JOSE JULIAN CALUGUILLIN CUASCOTA y DR GUSTAVO asNtitpsMORALES, en las calidades que tenemos invocadas en relacion a la 1ndagacion Praia .No.- 94-2008, que por el presunto delito de peculado se sigue en contra de VictorTuquerez y otros, al respecto manifestamos:

1.- Se digne sefialap dia y hora para que los seflores Marlon Jose Tumbaco Cabascangoy Virgilio Andrango Cuascota comparezcan a rendir su version conforme a derecho.Requerimiento que se lo hará bajo prevenciones de ley.

GOBIERNO MUNICIPAL DE TEDTABACUNDO - ECUAD

Sureflo.331 (Parque Central) Telt: 2365-2641265 / Telefax: 2366-119 - www,pedromoncayo.gov.ec Email: [email protected]

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GOBIERNO MUNICIPAL DE "PEDRO

TABACUNDO-ECUADOR

SENOR FISCAL D1STRITAL DE PICHINCHA:

Nosotros: JOSE JULIAN CALUGUILLIN CUA' • %, EL:odic° ,GUSTAVO CISNEROS MORALES, en nuestras calidades de AlcaN 1

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del Gobiemo Municipal del Canton Pedro Moncayo, conforme se justi . .n lanoptascertificadas de los nombramientos que se adjunta, comparecemos ante usted, muycomedidamente y presentamos la siguiente denuncia:

1.- Mediante CARTA DE VENTA de fecha 28 de octubre de 2004, el PROGRAMA DELAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (UNDP) PROYECTO ECU-02-004,de desprende que es propietario del vehiculo: Marca Nissan, Tipo 4 x 4, Modelo Patrol,Motor TB48023271, Chasis JN1TFSY614X133019, Color Plateado brillante, alio 2004, conPlaca Provisional 01-0268. Segall resolucion Nro. PLE-TSE-2-26-6-2008, de fecha 26 dejunio del 2008, legalmente notificada el 30 de junio del 2008, el Tribunal Supremo Electoralen fiel cumplimiento de sus funciones resolviO: "1.- Declarar que el sefior Virgilio AndrangoCuascota, Alcalde del I. Municipio de Pedro Moncavo, es el autor de la infraccion descrita vsancionada por el Art. 55 de la Codificacion de la Ley Organica de Partidos Politicos deacuerdo con las pruebas presentadas por los del-twit:antes, v de conformidad con 12.disposiciOn del articulo 124 de la Lev Organica de Servicio Civil v Carrera Administrativa y de Unificacion v HomologaciOn de las Remuneraciones del Sector Public°. 2.- En aplicaciende la disposicion del articulo 55 de la Codificaci6n de la Lev Organica de Partidos Politicos,se destituve de su cargo de Alcalde del I. Municipio de Pedro Moncayo al sefior virgilioAndrango Cuascota, multandole ademas con la suma de DIEZ MIL SUCRES clue equivalen a -CUARENTA CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DENORTEAMERICA ($0.40 usd).".

Por haber solicitado el destituido ante el Tribunal Supremo Electoral, la aclaracion y ci?ampliacion de dicha resolucion, dicho Organism° de Estado, mediante resolucion Nro. PLE-TSE-23-8-7-2008, de fecha 8 de julio del 2008, legalmente notificada el 8 de julio del 2008, #[3.en fiel cumplimiento de sus funciones resolvio: "Visto el escrito presentado por el so,Virgilio Andrango v su abogado patrocinador el doctor Wilfrido Lucero, receptado en elArchivo de la Secretaria General el 3 de iulio del 2008, el Pleno del Tribunal SupremoElectoral, dispone que el Secretario General notifique a los peticionarios que, las Resolucion 8'PLE-TSE-2-26-6-2008, de 26 de iunio del 2008, mediante la que se le destituve al sefiorf,Virgilio Andrango Cuascota del cargo de Alcalde del Municipio del Canton PedrcE:qMoncavo nor encontrarse inmerso en la infracciOn tivificada en el Art. 55 de la Lev Organickede Partidos Politicos, es suficiente explicita Dor lo que • In cabe aclaraci6n alguna. For otigipane no cabe tampoco ampliacion sobre dicha resolucien, nor cuanto todos los asvectiii7relacionados con el procesO han sido resueltos; consecuentemente, se Megan los pedi014-2constantes en el escrito que se provee...".

No convencido de las antes referidas resoluciones el destituido intsrpone el recurs-6:4'nulidad, motivo pot el cual el Tribunal Supremo Electoral, el uso de sus atribuciones yconforme a derecho, emite la Resolucion Nro. PLE-TSE-7-17-7-2008, de fecha jueves 17 dejulio del 2008, legalmente notificada el 17 de julio del 2008, en la que resolvio: "Acoger elinforme No 192-G-1'SE-2008, de 16 de julic del 2008 de la Comision Juridica v negar laaccion de nulidad de los actos administrativos contenidos en las resoluciones PLE-TSE 16-24-6-2008. TLE-TSE-12-25-6-2008 v PLE-TSE-2-26-6-200, pot cuanto las mismas han sido

Calle Sucre No 981 (Parque Central) Telf: 2365-264 2651 Telefax: 2366-119 www.pedromoncayo.gov.ec - Email: munipm cyb.ecuaonline.net

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5.- Se ordenara el reconocimiento conforme lo disProcedimiento Penal.

6.- Se ordenara todas y cada una de las diligenespecial la de catheter persona en contra del sator M

7.- Las notificaciones que me conespondan, re1593. autorizo al Dr. Rafael Gustavo Cisneros Moraleque a mi nombre y por los derechos que representamos, s

sarios, dentro de la presente causa.

46, del C6digo de`b

em Judicial Nro.co Municipal, para

los escritos que sean

Firmo con mi Defensor

a if Sr. Jose Jul' CuascoALCALD DE PEDRO MON

Eibli

S.

\7„ gdontadas en nso de las atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias que tiene el .yk oc. tribunal Supiemo Electoral y por haberse resuelto todos los pedidos de reconsideraciOn, de

Nk..Q_Arnoliaciert v aclaracion e incluso la reconsideracion de la reconsideracion de la resoluci6r-PtELTSE-2-26-6-2008„ la misma se encuentra en firme v no cabe recurso alguno.".

Con fecha 08 de septiembre del 2008, el senc: . !arlon Jose Tumbaco Cabascangoarrogandose las Funciones de Alcalde, da a conocer al seflor Contralor General del estado,que se ha dispuesto arbitrariamente el antes mencionado vehiculo y que hasta la presentefecha, no lo ha devuelto a la Municipalidad. Cabe indicar sehor Ministro Fiscal, que porarrogarse funciones ante su Autoridad, se encuentra sustanciando la Indagacion Previa Nro.64-2008, en contra del mencionado ciudadano, quine es tinicamente goncejal de PedroMoncayo.

Ademas haya que indicar, que a la fecha que el denunciado se ha dispuesto del 0..automotor la Mimicipalidad de Pedro Monca-yo, sufrfa una gran conmocion publica, ya queuna muchedumbre de antisociales trataba de mgresas al palacio Municipal, con la intenciOnde destruir el edificio y agredir a empleados y fimcionarios que no le habian apoyado al e Aalcalde que the destituido y al sehor Tumbaco, de cuyos hechos se han presentado 1/4.vcorrespondientes denuncias.

2.- Con los antecedentes expuestos, venimos ante usted y por los derechos que7representamos, denunciamos el acto que de'3 latado, a fin de que se de inicio a la

Indagacion Previa, conforme lo dispone el Art) 215 del Codigo de Procedimiento Penal, encontra del sehor: MARLON JOSE TUMBACO C ASCANGO.

3.- El delito por el cual denunciamos, se encuentra tipificado y sancionado el Art. 547, liottlicon la agravante tipificada en el Numeral 2, del Art. 549, del Cedigo Penal.

No estamos impedidos de denunciar.

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PARA:

ABOGADO:

CASILLERO JUDICIAL: 1593

FECHA:

DR. GUSTAVO CISNEROS MORALEW-

02 DE FEBRERO DEL 2009

es\L tcpc-FISCALlA GENERAL DEL ES

FISCALlA DE PICHINC

BOLETA DE NOTIFICACION

JOSE JULIAN GALUGUILLIN

41°)

Dentro de la Indagacion Previa No. 9448, que se ha aperturado en este Despachopor el presunto delito HURTO, el sefior Fiscal Provincial de Pichincha (E) hadictado la siguiente resolucion, misma que a continuacion transcribo:

"FISCALiA GENERAL DEL ' ESTADO.- FISCALIA DISTRITAL DEPICHINCHA.- DESPACHO DISTRITAL.-,QUITO 02 DE FEBRERO DEL 2009.-Las 09H00.- Agreguese el expediente No 02-02009, conforme lo dispuesto en laresolucion del dia 29 de enero del 2009, la s 10h20.- En lo principal y continuando conla investigacion dispongo: 1.- De conformidad con el numeral 3, e inciso tercero delnumeral 10 del Art. 216 del Codigo de Procedimiento Penal receptese la version libre ysin juramento del senor MARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO, el dia tunes 09de febrero del 2009, a las 09h00, quien debera cornparecer acompailado de su abogadopatrocinador y portando su cedula de ciudadania, y papeleta de votacion del ultimoproceso electoral; 2:-Tomese en cuenta los casilleros seflalados por el selior JOSEJULIAN GALUGUILLIN Y MARLON JOSE TUM AR4SCANGO parafuturas notificaciones.- Oficiese y Notifiquese.- C Pt t'j'çeire Lopez,FISCAL PROVINCIAL DE PICHENCHAIE) 15

I.P. 094-2008

UIP-IF-Q/2

Dr. Eduardo Erazo SalSECRETAR OV1NCIALDE-P

6'1;9\

Calle Roca N-631 y Juan Le6n Mera. PBX: 290-5053 / RUC.: 1768143300001e-mail: [email protected] y.ee / pagina web: www.fiscalia.govec

Quito - Ecuador

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EP)GOBIERNO MUNICIPAL DE TEDR

TABACUNDO-ECUAD

SESIOR FISCAL DISTRITAL DE PICHINCHA: etz•y DR.

RAFAEL GUSTAVO CISNEROS MORALES, en relacien a la Indagacion Previa Nro.94-2008, que se sigue en contra de MARION JOSE TUMBACO CABASCANGOOTROS, comparecemos ante usted, muy comedidamente y decimos:

1.- El denunciado Marlon Jose Tumbaco Cabascango, mediante escrito de fecha 14de enero de 2009, dirigido al senor Contralor General del Estado, da a conocer que se hadispuesto del vehiculo marca nissan patiol (materia del delito), es decir aceptavoluntariamente, que tiene bajo su poder el automotor, aduciendo que las Autoridadesque estamos en el Gobierno de Pedro Moncayo, somos ilegales.

2.- Seem escrito de fecha 20 de enero de 2009, presentado por el denunciado, unavez mas acepta que ha retenido el vehiculo, par cuanto es el el Alcalde del canton depedro Moncayo, par cuanto en sesion de Concejo de fecha 5 de agosto de 2008, le hannombrado, en cuya parte pertinente dice: "Y mks bien mi voluntad de devolverapenas haya una orden de la Contraloria o del Ministerio Publico". 1 Seran estas lasautoridades competentes pan ordenar la entrega del autpmotor?

..1,117,:"90 6 tk

Can lo cual demostramos que las calidades en la que cotnparecemos son)' '":" dlegitimas, ya que, el nombratniento del denunciado que aduce ser Alcalde es nubo de nuliciad absoluta. 9_

-...,c ,3.- Segan la version del denunciado rendida el tunes 9 de febrero' de 2009, dice:?"...Sin embargo reitero senor Fiscal e insisto que no tengo ningfin problema elf-41devolver el vehiculo si asi usted lo dispone...". Es ,decir una evidencia mas que 4 tt,,;‘z9senor Tumbaco, tiene en su poder un vehiculo que es de propiedad de Estado en e "caso del Gobiemo Municipal de Pedro Moncayo y gm: --..1. mismo y por ningun concegtE.,,puede estar en poder de terceras persona, que sin ostentar cargo atuno, tenga lafacultad de disponerse arbitrariamente.

Si el denunciado en varias ocasiones dice que tnientras no haya , una resolucihnen la que resuelva la situacion juridica de los cinco concejales destituidoS en este caso elsenor Jose Julian Caluguillin Cuascota, con la referida Resolucion de la CorteConstitucional, nos pennitimos justificar que el senor Marlon ;Jose Tumbaco

c'ttritagNosotros: JOSE JULIAN CALUGUILLIN C

Z

Sobre este particular me permit() adjuntar copia certificada de la Resolucion Nro.0025-08-RS, emitida por la Corte Constitucional, en la cual resuelve: "1.- Confirmaren todas sus parks la resolucion adoptada por el Consejo provincial de Pickinchaen sesien de 20 de agosto de 2008 y, en consecuencia, declarar la. nulidad de laresolucien No. 45 adoptada por el Concejo Municipal del canton Pedro Moncavo,adoptada en sesien del 28 de 'tan e destitu o a loscons/Wes Jose Julian Caluguillin Cuascota, Ines Gorethy Jarrin J tiva, Gulnaradel Rocio Valencia Cisneros, Manuel Amikar mantilla Valencia y Jaime AlbertoJaramillo".

alle Sucre No 981 (Parque Central) Telf: 2365-264 / 265 Telefax: 2366-119 - www.pedromoncayo.gov.ec Email [email protected]

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Por el Gobiemo Municip de pedro Moncayo y como su defensor, debidame-teaut

r. Gustavo Cisneros orales.PROCURADO SIN P ICOMatr. 8.281 C.A.P.

B\(.;ttPkaa

at ,

)11,

ascango, jamas podia haber sido nombrado alcalde por los sefior concejalessuplentes, ya que ellos, violentaron la normas del debido proceso.

Por to manifestado y todos los documentos adjuntos y la misma version deldenunciado, se demuestra que existe fundamentos suficientes para imputar al sefiorMarlon Jose Tumbaco Cabascango, y por ende se de inicio a la Instruccion Fiscalconforme lo dispone el Art. 88, del Reglamento Genvial Sustitutivo Para el manejo yAdministracion de Bines del Sector PAblico y Art„.217, del Codigo de ProcedimientoPenal. -

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"El Ecuador ha sido

es y seri Pals Amathnico"

REPUBLICA DEL ECUADORCONTRALORIA GENERAL 03343

Oficio No.

SGEN.0

Providencia juicioAsunto:

Quito, 20 it ZE109

SecciOn: CERTIFICACIONES

Senora doctoraSandra Melo MannSecretaria Relatora ( e)Tribunal Contencioso ElectoralCiudad

Senora Secretaria:

Contesto su oficio 024-09-XEO-VTCE de 18 de febrero de 2009, ingresado aesta InstituciOn el 19 de los mismos mes y ario, mediante el cual, dentro delrecurso contencioso electoral de impugnacion No. 060-2009 planteado por elsenor Rafael Quintero Lopez en cu calidad de Presidente del Partido SocialistaFrente Amplio de la provincia de Pichincha en contra de la Resolucion de laJunta Provincial Electoral de Pichincha, transcribe la providencia de 17 defebrero de 2009, mediante la cual solicita se certifique si la Contraloria Generaldel Estado determine) alguna responsabilidad administrativa, civil o penal encontra del senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango.

Al respecto, le indico que la Secretada de la DirecciOn de Responsabilidades, deeste Organismo, con memorando 00273-DIRESJSR de 20 de febrero de 2009,manifiesta: ..."luego de revisados los registros y el archivo existentes en laUnidad no se desprende responsabilidad civil ni administrativa en contra delsenor Marlon Jose Tumbaco Cabascango",

El doctor Wilson Vallejo Bazante, Administrador de Gestion de Patrocinio,mediante memorando No. 0133 DPRCDP de 20 de febrero de 2009, manifiesta:..." en atenci6n al oficio No. 024-2009-XEO-UTCE, de 18 de febrero de 2009, enel cual la Secretaria Relatora del Tribunal Contencioso Electoral dentro del juicioNo. 060-2009 planteado por el senor Rafael Quintero Lopez, en providencia de

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1-- LIT VSN\-_-_-.) 1/4-c 1.3

'17 de febrero de 2009 soficita se certifique si el senor MARLON JOSETUMBACO CABASCANGO registra alguna responsabilidad administrativa, civilo penal..- Revisados los registros y archivo existente en la unidad, el senorMARLON JOSE TUMBACO CABASCANGO no registra a la fecha indicios deresponsabilidad penal, derivados de examenes especiales realizados por laContraloria General del Estado."

Atentamente,Dios, Patria y LibertadPar el Contralor General del Estado

Lcda. reriragn JoJefe de Area de Certificaciones

ii resentadoen el desP acho de la Bra. Ximena Enthara Osejo hoy.viernes veinte de febrero del dos mil nueve a las quincehoras con ' veinte minutos eth dos fojas originalesCer% ico.-

11 I , _

uor . S dra lo Marin

SECRETARIA RELATORA ENCARGADA

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AL Sit. FVFECTO PROVINCIAL DE PICHINCHAcAsttratrrc • ONALaSE LE HACE S • • 01

GurEtiORTE CONSTI

o?

IONACTRa

PARA EL PERiODO

0 RESOLUCIoN Nro. 0025-08-RS

Juez Ponente: Dr. Freddy Donoso Paramo

"LA CORTE CONSTITTJCIONAL, pant el periodo de transicia

ANTECEDENTES:

El presente caso viene a conocirniento del Tribunal Constitucional en virtud c19 0.La apelacion interpuesta por el seffor joira Turnba.cd Cabascango respecto de laresolticion del 'Cdris• pjo . proVinoial de Pichincha adoptada en sesion ordinariadel "20 fife a.gosto del 2008 con relacion al Recurso de Apelacion presentadopor los seliores Concej ales de Pedro Moncayo: Jos6 Julian CaluguillinCuascota, Ines Gorethy Jarrin Jativa, Gulnara del Rocio Valencia Cisneros;Manuel Amilcar Mantilla Valencia y Jaime Alberto Jaramillo.

El Concejo Municipal del canton Pedro Moncayo en sesiOn extraordinaria del28 de junio del 2008 resolviO lo siguiente: "Se aprueba el informe juridico yse procede a separarlos de sus funciones y a declarar vacantesdefinitivamente a los Concejales: Julián Caluguillin Cuascota, Gulnara delRocio Valencia Cisneros, Ines Gorethy Jarrin Jativa, Jaime Jaramillo yManuel Amilcar Mantilla Valencia; que se principalicen en sus cargos lossenores Concejales suplentes de conform idad con lo que disponen losarticulos 48 y 52 de la Ley Organica de Regimen Municipal; y, que senotifiquen a los interesados de conformidad con lo que dispone el articulo 67ib idem. "

Con fecha 30 de junio del 2008 se procedi6 a notifiear a los ex Concejales condicha resoluciOn, como se desprende del Acta notarial que se adjunta alproceso.

El I de julio del 2008, los sefiores Jaime Jaramillo, doctor Amilcar Mantilla V,licenciadas Goretti Jarrin J., Gulnara Valencia C. y Julian Caluguillin C,Concejales del canton Pedro Moncayo, interpusieron el Recurso de Apelacionante la Prefectura Provincial de Pichincha, dentro del tannin() previsto en elinciso tercero del articulo 59 de la Ley Organica de Regimen Municipal, sobreLa ResoluciOn emitida por el Coneejo Municipal del cantOn Pedro Moncayo,con la cual se procedie a notificarlos. Sefialan que las sesiones extraordinariasde 28 y 29 de junio del 2008 que se citan en dichas notificaciones, nocon-esponden a la realidad, toda vez que el canton Pedro Moncayo estuvo enfestividades de San Pedro, las que presidie ilegalmente el seflor VirgilioAndrango, quien como ex Alcalde no podia hacerlo y rnenos dirigir lassupuestas scsiones del Come] o de Pedro Moncayo, por lo dispuesto en el

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VOZZI; 7, 1.

u ri;asoklro. 0025-08-RS

nbunal Supremo Electoral en la: "Resolucz -TSE-2-26-6-2008, defecha 30 de junio del 2008, emitida por el Tribunal Supremo Electoral,Resolvio: "Declarar que el senor Virgilio Andrango Cuascota, Akalde del LMunicipio de Pedro Moncayo, es autor de la infraccien descrita y sancionadanor el Art 55 de la Codifkacion de Partidos Politicos, de acuerdo con lasPruebas presentadas por los denunciantes, y de conformidad con laclisposicion del articulo 124 de la Ley Orgcinica de Servicio Civil y CarreraAdministrativa y de Unificaci6n y Homologacion de las Remuneraciones delSector Pablico. 2.- En aplicacion de la disposicion del Art 55 de laCodificackm de la Ley Orgcinica de Partidos Politicos, se destituye de sucargo de Alcalde del I. Municipio de Pedro Moncayo al senor VirgilioAndrango Cuascota, multandole °dermas con la suma de diez mil sucres queequivalen a cuarenta centavos de dolar de los Estados Unidos deNorteamerica ($ 0.40USD)...". Que la senora Secretaria General (e) queprocedio a notificarlos, no actu6 en forma legal, debido a que sunombramiento es nubo por el pronunciamiento realizado por la ProcuradurfaGeneral del Estado, en oficio No. 009207 de 24 de marzo del 2008, quedandoen evidencia que lo actuado desde la fecha en que se acept6 la supuestarenuncia irrevocable de la Secretaria General, vicia de nulidad absoluta, como'„o determina el Art. 81, letra a) de la Ley Organica de Regimen Municipal.

El dia 7 de julio del 2008 la Secretaria General del Concejo Municipalcertifico que los Concej ales referidos no han presentado apelacion algunadirigida al Alcalde Virgilio Andrango.

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El Alcalde encargado del Gobierno Municipal del canton Pedro Moncayo, conOficio No. 094-S-GMPM de 22 de agosto del 2008 le dice al ConsejoProvincial de Pichincha que: "Dentro del tirmino legal y en virtud de que enel proceso y en la Resolucion dictada por zistcdcs No han tornado en cuentanuestras pruebas de cargo y han hecho caso omiso a las disposiciones legalesestablecidas en nuestra Constitucion y la Ley Organica del RegimenMunicipal interpongo el presente recurso de apelaciOn a fin de que se envietodo el expediente al Tribunal ConstitucionaL.."

La seflora Secretaria General del Gobiemo de la Provincia de Pichincha, enOficio No. 996-SG de 28 de agosto del 2008, remite al TribunalConstitucional el expediente materia de la apelacion, por haber sidointerpuesto dentro del termino legal.

Al encontrarse el expediente en estado de resolver se hacen las siguientes

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Nro. 0025-08-RS PARA EL PER

CONSIDERACIONE ,c97eft, Get- ,-

PRIMERA.- La Corte Constitucional es competente pan conocer y it slyerel presente caso, de conformidad con lo previsto en el articulo 27 del Regimende Transicien, publicado con la Constitucion de la Repablica del Ecuador, enel Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008 y la resolucion publicadaen el Suplemento del Registro Oficial No. 451 de 22 de octubre de 2008.

SEGUNDA.- No se ha omitido solemnidad sustancial alguna que pueciaincidir en la resoluciOn de la causa, por lo que se declara su validez

TERCERA.- El articulo 59 de la Ley Organica de Regimen Municipal, serialaque: "De las resoluciones que dicte el concejo en uso de las facultades que leconcede este titulo podra recztrrirse ante el consejo provincial, y de lasresoluciones de isle, ante el Tribunal Constitucional".

CUARTA.- En la especie, se entiende que el serior Jose Tumbaco Cabascangoapelo la Resolucion tomada pot el Consejo Provincial de Pichincha, en sesiende 20 de agosto de 2008 (fs.575), mediante la cual resolvio declarar la nulidadde la Resolucion No. 45 del Concejo Municipal de Pedro Moncayo adoptadael 28 de junio de 2008 (Is. 88), la misma que resolvio separarlos de susfunciones y a declarar vacantes definitivamente a los Concejales: JulianCaluguillin Cuascota, Gulnara del Rocio Valencia Cisneros, hies Gw;cdtyJarrin Jativa, Jaime Jaramillo y Manuel Amilcar Mantilla Valencia.

QUINTA.- Un acto administrativo no es formalmente perfecto y por lotanto intangible, si no está motivado, pues, la circunstancia de que laadministraciOn no obre arbitrariamente, sino en los limitcs que elordenamiento juridico legal le impone, hace imprescindible que susdecisiones expresen los motivos de hecho y de derecho que concurren paradeterminar su legitimidad. La Constitucion Politica de la Republica de1998, vigente a esa fecha asi lo disponia cuando en su articulo 24 numeral13 preceptuaba: "Las resolziciones de los poderes pablicos que afecten alas personas, debercin ser motivadas. No habra tal motivacitin si en laresolucion no se enunciaren normas o principios juridicos en que se hayanfitndado, y si no se explicare la pertinencia de su aplicacion a losantecedentes de hecho..." La violacion de este deber juridico acarrea ,rtosolo la nulidad del acto, por violacion a la norma, sino que ademas naccresponsable civilmente al Estado, por expreso mandato del articulo 33 de laLey de ModernizaciOn del Estado, Privatizaciones y Prestacion de Serviciospor parte de la Iniciativa Privada y su Reglamento que, aunque sonanteriores a la ConstituciOn de 1998, tambien preven la obligacion demotivar los actos de la administracion pQblica en el articulo 31;

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Gt"disposiciones que deben ser interpretadas en el orden constitucional, envirtud del cual todas las resoluciones de los poderes publicos deben sermotivadas. Dice el articulo 31 de la referida Ley: "MOTIVACION.- Todoslos actos emanados de los Organos del Estado, deberthn ser motivados. Lamotivacion debe indicar los presupuestos de hecho y las razones juridicasi;z4e han determinado la decisi6n del Organ°, en relacion con los resultadosdel procedimiento previo. La indicacion de los presupuestos de hecho noSera necesaria para la expedicion de actos reglamentarios"; a su vez elarticulo 20 del Reglamento setiala: "De conformidad con el articulo 31 dela Ley de Modernizacion los actos que emanen de un organ° del Estado yque no se encuentren debidamente motivados se considerardn como actosviolatorios de ley. La motivacion de una decision, resolucion o fallo debecomprender tanto los antecedentes o presupuestos de hecho y las razonesjuridicas que la determinaron. Tan to los uhos como los otros debercinconstar en el document° u oficio en que se materialice la decision demanera que los interesados los puedan conocer directamente".

Es sabido por otra parte que, en la motivacion se reconoce una importantefuncion en la garantia y tutela de los derechos de los particulares y delinteres general. La falta de motivacion produce indefensi6n en la persona ala que se dirige el acto en la medida en que impugnarlo sin conocer susfundamentos es recurrir "a ciegas", es decir, tener que argumentar contramotivos hipoteticos, en la suposicion de que la Administraci6n se hayaquerido apoyar en ellos al dictar el acto. Tratandose de actos como el quenos ocupa, es obvio que la falta de motivacion hace imposible el controljudicial del contenido del acto, pues dada la naturaleza discrecional del actoimpugnado se hace imposible su control por via judicial.

SEXTA.- A folios 134 y siguientes, se encuentra copia del Acta Notarial deentrega de notificaciones solicitadas por el Setior Virgilio Andrango Cuascotade 30 de junio de 2008, la misma que da fe que el doctor Angel RamiroBarragan Chauvin, Notario del Cant6n Pedro Moncayo, notifico a los serioresJulian Caluguillin Cuascota, Gulnara del Rode, Valencia Cisneros, Inesciorethy Jarrin Saliva, Jaime Jaramillo y Manuel Amilcar Mantilla Valencia,tion el Oficio No. 047-SG-GMPM de 30 de junio de 2008, por medio del cualse les hace conocer la Resolucion tomada por el Concejo Municipal delCanton Pedro Moncayo, en sesion extraordinaria de 28 de junio de 2008 yratificada en sesion extraordinaria de 29 de los mismos mes y alio; y, delanalisis del Oficio No. 047-SG-GMPM se desprende que este no seencuentra motivado, ya que solo se limita a enunciar un informe juridic° elcual aprueba el Concejo Cantonal par adoptar la Resolucion de separarlosy declarar vacantes las dignidacics que ostentaban las personas notificadas,sin que se adjunte dicho informe para conocer las causas y la normativa

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PARA ELNro. 0025-08-RS DO DE TRANSICI

legal con la cual se fundamento el Concejo para la adopcion de tal antpor lo que dicho oficio se encuentra viciado de nulidad absoluta.

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SEPTIMA.- Si bien el articulo 55 de la Ley Organica de imenMunicipal concede accion popular a los ciudadanos para dnunciarirregularidades que cometan los concejales, se espera que estas dinunciasdeben contener pot lo menos en una forma clara, el nombre, miner° decodula y la firma de responsabilidad de o las personas quienes pre gaztan ladenuncia, ya qua en la especie solo existen firmas y/o huellas digities queen su mayoria no se determina a quien corresponden (fs. 166 a 173,175 y176), asi mismo se percibe que la recoleccion de dichas firmas fue rnlizadaen una forma desordenada ya que existen hojas sin un encabezado ande sejustifique los motivos de la adhesi6n de esas personas a la denuncia. Estaidentificacion basica es con el fin de no vulnerar los derechos de losdenunciados, ya que si estas denuncias tienen una finalidad de pi:dud:carderechos fundamentales como el de la honra y a la buena rertacionconsagrados en el numeral 8 del articulo 23 de la Constitucion vigene a esafecha, el perjudicado debe tener la posibilidad de que dichas injuriaspuedan ser indemnizadas por las vias judiciales pertinentes, ya qtre no sepuede con estas actuaciones el dirigir quejas a nombre del puebler por loque se mira con preocupacion el actuar del Procurador Sindico doctorEckenner Recalde que con Oficio No. 11 SP-GMPM-2008 de 12 k juniode 2008 (fs. 174), seliale en forma textual que : "...es legitima laindagacion del pueblo Pedromoncayense, por lo que salvo sa mejorcriterio y el de los concejales se proceda a dar cumplimiento con lo quepide el pueblo...". (Lo resaltado es nuestro), desconociendo lo quepreceptuaba el numeral 15 del articulo 23 de la Constitucion de 199g.

OCTAVA.- Los Concejales separados de su cargo, sefialan que el sc,t7Virgilio Andrango Cuastota no pudo presidir las supuestas sesiated delConcejo de Pedro Moncayo, de 28 y 29 de junio con las cuales se loscleclaro vacantes del cargo, ya que el Tribunal Supremo Electoral sodianteResolucian No. PLE-TSE-2-26-6-2008 de 26 de junio de 2008 y notificadael 30 de los mismos mes y alio (fs. 200), resolvio que el SefiorAndrango es autor de la infracciOn establecida en el articulo 55 de /a LeyOrganica de Partidos Politicos, por lo que se lo destituye del cargo deAlcalde del I. Municipio de Pedro Moncayo; a folios 519, se encientra laResolucion No. PLE-TSE-23-8-7-2008 de 8 de Julio de 2008, por medio delcual el Pleno del Tribunal Supremo Electoral sefiala que la resoluden No.PLE-TSE-2-26-6-2008 es suficientemente explicita por lo que o cabeaclaracion o ampliaciOn; y por Ultimo con Resolucion PLE-TSE-7-17-7-2008, el Pleno del Tribunal Supremo Electoral nego la acciOn de nthdaci delos actos administrativos PLE-TSE-16-24-6-2008, PLE-TSE-12-25-6-290.8

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SECREMILesVaValy PLE-TSE-2-26-6-2008, por cuant ifeirk.on.. ' tadas en uso de lasatribuciones constitucionales, legales y re arias que tiene el TribunalSupremo Electoral, y pot haber resuelto todos los pedidos dereconsideracion, de ampliacion y aclaracion e incluso la reconsideracion dela Resolucion No. PLE-TSE-2-26-6-2008, misma que se encuentra en firmepot lo que cabe recurso alguno.

•De lo anterior es preciso determinar hasta que fecha el sefior VirgilioAndrango Cuastota, debia desempeiiar las funciones de Alcalde del CantonPedro Moncayo, y de conformidad con la doctrina del DerechoAdministrativo, un acto administrativo es de cumplimiento inmediato apartir de su notificacion y en ese mismo sentido se manifiesta RamonMartin Mateo, en su obra "Manual de Derecho Administrativo", pag. 326 al!iefialar que: "La notificacion de los actos administrativos es para losParticulares requisito de eficacia de lo dispuesto en ellos. El particular al queno se notifica el acto, que no se entera fehacientemente de el, no vieneobligado por su contenido...", es decir, todo acto administrativo se caracterizapor su ejecutividad y por ende sus decisiones deben ser cumplidas desde queel administrado tiene conocimiento de las mismas, pero dicho cumplimiento sesuspende cuando exista una oposici6n en via administrativa o judicial, aexcepcion en materia electoral que Las decisiones son de anima instancia y noexiste recurso alguno que interponer, esto de conformidad con el articulo 68de la Ley Organica de Partidos Politicos que dice: "Toda decision delTribunal Supremo Electoral o de los tribunales provinciales sethfundamentada; tiene el catheter de resolucion administrativa de altimainstancia y causara ejecutoria"; en concordancia con el literal d) del articulo 6de la Ley de la JurisdicciOn Contencioso Administrativa; es decir, que el setiorVirgin() Andrango Cuastota, si bien a la fecha de celebracion de lagsesiones de 28 y 29 de junio de 2008, se encontraba en funciones comoAlcalde del Canton Pedro Moncayo, ya que fue notificado el 30 de losmismos mes y alio con la Resolucion de destitucion, se debe analizar que elsefior Virgilio Andrango Cuastota, no tenia capacidad o competencia paradirigir estas sesiones, ya que para el conocimiento de las denunciaspresentadas en contra de los concejales destituidos, el sefior Andrangodebia excusarse, pot cuanto fueron los mismos concejales los que conanterioridad presentaron una denuncia en contra del Alcalde ante elTribunal Supremo Electoral la que culmino con su destitucion, y por lotanto de conformidad con el numeral 1 del articulo 41 de la Ley Organicade Regimen Municipal, es prohibido a los concejales presenciar o interveniren la resolucion de asuntos en que tengan interes ellos o sus parientesdentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

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Nro. 0025-08-RS PARA EL PERf0110 gtx 1:111 1/ Its_t" NSI it

NOVENA.- Es necesario de igual ma

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a integraciOner-Concejo Municipal del Cant6n Pedro Moncayo, especialmente para larealizacion de las sesiones de 28 y 29 de junio de 2008, y es asi que se miradel Acta de sesiones No. 27 que dicho Concejo es integrado con altemos,aplicando el numeral 1 del articulo 41 de la Ley Organica del RegimenMunicipal, que se refiere a la imparcialidad de sus miembros, pero elAlcalde omite el procedimiento para llamar a los altemos para conformar elConcejo, y lo realiza en una forma arbitraria y unilateral, ya que no es elmismo Concejo el que resuelve la principalizaciOn de los Alternos comodebe de ser, por lo que fueron arbitraria e ilegalmente convocados, de igualmanera estos debian excusarse porque ellos se encontraban en una situaciondonde involucra sus intereses particulares, ya que al votar a favor de ladestitucion de los Concej ales denunciados, ellos automaticamente seprincipalizarian en dichos cargos, por lo que sedan jueces y parte de ladecision, lo que de conformidad con el articulo 42 de la Ley Organica deR8gimen Municipal, los actos que se adopten en contravencion a lasprohibiciones del articulo 41, son nulos y por ende carecen de legitimidad.Por lo que de lo anterior se puede determinar que no solo la integraci6n delConcejo Cantonal es ilegitima y por ende incompetente para adoptar laResoluciOn No. 45 del Concejo Municipal de Pedro Moncayo, sino que ,esamisma Resolucion esta viciada porque sus integrantes estan inhabilitados paraconocer el tema de las denuncias.

DECIMA.- Estos hechos y actos realizados por el seiior Virgilio AndrangoCuastota, han provocado la violaciOn de derechos fundamentales de losconcejales que se les declar6 vacantes de sus cargos, como el del debidoproceso, en especial la prohibicion que ninguna persona podra ser distraidade su juez competente, ni juzgada por tribunales de excepcion o porcomisiones especiales que se creen para el efecto, establecida en el numeral11 del articulo 24 de la Constitucion de 1998; a los concejales se lesimpidi6 ejercer su legitimo derecho a la defensa, ya que al constituirse unConcejo Municipal parcializado e ilegitimo, estos no podian comparecercon argumentos y pruebas para que sean debidamente valoradas, y recibanun proceso transparente y sobre todo garantizando sus dereeliosfundamentales, y asi garantizar la seguridad juridica que tanto exigimesEstado.

DECIMA PRIMERA.- Es necesario anotar que la Primera Sala del TribunalConstitucional en la Resolucion del caso signado con el No. 0011-08-RS del 2de junio del 2008, concedio un amparo constitucional a favor del destituidoAlcaide seflor Virgilio Andrango Cuastota, por cuanto los concejalesviolando de igual manera derechos fundamentales de este, pretendieronsepararlo de su dignidad que ostentaba, sin el acatamiento del

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procedimiento establecido en la Ley Organica del Regimen Municipal, potlo que una vez mas se les llama la atenciOn a las autoridades que conformanel Concejo Municipal de Pedro Moncayo, y se les solicita que lasactuaciones realizadas en ejercicio de sus funciones esten amparadas bajo elordenamiento juridico vigente, y no inspirados en un ambiente deconfrontacion, que lo utile° que provoca es el retraso de nuestra sociedad,debiendo tomar conciencia que los Unicos perjudicados en esta clase deconfrontaciones es el pueblo del canton de Pedro Moncayo, como ya se loanotO en los considerandos de la ResoluciOn anteriormente citada dejemosque en el Ecuador se institucionalice el respeto al ordenamiento juridico, notratemos de imponer la ley del "mas vivo" o del "Inas fuerte", y dejar a unlado la concertaci6n y el respecto a la democracia, unamos fuerzas paraayudar a buscar dias mejores para el Cant6n de Pedro Moncayo.

Por las consideraciones que anteceden, la Corte Constitucional, para el periodode transicion, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales,

RESUELVE:

Confirmar en todas sus partes la ResoluciOn adoptada pot el ConsejoProvincial de Pichincha en sesien de 20 de agosto de 2008 y, en consecuencia,declarar la nulidad de la ResoluciOn No. 45 adoptada pot el ConcejoMunicipal del canton Pedro Moncayo adoptada en sesion del 28 de junio del2008, mediante la cual se destituy6 a los concejales Jose Julian CaluguillinCuascota, Ines Goretthy Jarrin Jativa, Gulnara del Rocio Valencia Cisneros,Manuel Amilcar Mantilla Valencia y Jaime Alberto Jaramillo.

2.- Devolver el expediente al inferior para los fines legales pertinentes.Notifiquese y publiquese.-

• Razon: Siento por tal, que la Resolucion que antecede fue aprobada por laCorte Constitucional, para el periodo de transicion, con seis votos a favor,correspondientes a los doctores Roberto Bhrunis Lemarie, Patricio HerreraBetancourt, Ruth Seni Pinoargote, Fabian Sancho Lobato, Edgar Zarate Zarate yPatricio Pazmino Freirc, un voto salvado del doctor Alfonso Luz Yunes, sin contar

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no0(2.53 3• - —CORTE CONSTITUCIO

PARA EL PERIODO DE TRANSICIDNro. 0025-08-RS

Ncon la presencia de los doctores Hernando Morales Vinueza y Manuel Viteri / lyeen sesion del dia martes veinte de enero de dos mil nueve.- Lo certifico.

1CORTE CONSTITUOIONALES FIEL COPIA DEL ORIGINAL

a)j.FEB. nos

Presentado en el despacho de la Bra. Ximena Endara Osejo hoyviernes veinte de febrero del dos mil nueve a las quince horascon cuarenta minutos en nueve fojas y un anexo de tres foias —Ce t !fico

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. andra Melo MannSte RETAR IA RELATORA ENCARGADA

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CORTE CONSTITUCIPARA EL PERiODO DE TRANSICION

• TER CERA SALACASILLA CONS TITUCIONAL N°582

AL SENOR: Miembros del Con cejo del Gobierno Mu icipal dePedro Mon cayo

Sc le hace saber lo siguiente:

TERCERA SALA

Quito, D.M., 12 de diciembre de 2008

Juez ponente: Dr. Patricia Herrera Betancourt

RESOLUCION Nro. 1085-2008-RA

En el caso Nro. 1085-2008-RA

ANTECEDENTES:

Virgilio Andrango Cuascota, Alcalde cantonal de Pedro Moncayo, canton PedroMoncayo, provincia de Pichincha, deduce accion de amparo constitucional, en contra delos actos administrativos contenidos en las resoluciones PLE-TSE-16-24-6-2008 de 24de junio del 2008, PLE-TSE-12-25-6-2008 de 25 de junio del 2008 y PLE-TSE-2-26-6-2008 de 26 de junio del 2008, emitidas por el Tribunal Supremo Electoral dentro delexpediente sobre la denuncia presentada por cinco Concejales del canton PedroMoncayo, en los siguientes terminos: Que los concejales del cant6n Pedro MoncayoAmilcar M antilla, Julian Caluguillin, Gulnara Valencia, Jaime Jaramillo y GorethyJarrin, ban presentado una dentin. cia ,falta , y ,temeraria ante el Tribunal SupremoElectaral, acusandole haber infringido . el Art., 55 'de la Ley Organica de PartidosPoliticos y pidiendo, la destituciOn del cargo de Alcalde del canton Pedro Moncayo, quela ejerce por voluntad del pueblo. Que al senor notiftcado con la denuncia por parte delPresidente de la comision Juridica, la misma que se ha encontrado con tachones, por loque no tenia validez juridica. Que al percatarse de esta irregularidad, dispone medianteprovidencia de 23 de mayo del 2008, "de oficio, dej6 sin efecto tal notificacion" y hadispuesto que se vuelva a notificar sin tachones. Que se mencionaba en la denuncia quevarias personas habian manifestado que han sido objeto de coaccion o de presi6n porParte del accionante para obligarles a hacer aportaciones de parte de sus remuneracionesmensuales para los fines electorales, financiamiento para la campaila politica o decandidatos que sefiala el Art. 55 de la Ley Organica de Partidos .Pcilitiebs`..ecttiewha

Fell; .1593-2) 2565- I77 / 2 -,6 3 - 144E-MAIL: INFOcA CC.GOV ECQUITO - ECCADOR

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presentado declaraciones que bajo juramento rindieron los empleados mencionados enla denuncia, quienes manifiestan que sus aportaciones son libre y voluntarias y decatheter social y que no han estado destinados a cumplir objetivos politicos y que e 1Alcalde Virgifio Andrango, nada tiene que vet con esas contribuciones. Que en ladenuncia se menciona que quien recibia esas aportaciones era la sefiora Maria ElisaCuzco, candidata a Concejal de Pedro Moncayo por el partido Izquierda Democratica,quien bajo juramento indica que efectivamente ella se encargaba de recibir esos valoresa base de confianza de los empleados municipales y que los mismos no tienenfinalidades de catheter politico-partidista sino con catheter social y que el Alcalde notiene nada que ver en esas aportaciones. Que en la Audiencia de juzgamiento prevista enel Art. 65 de la Ley organica de Partidos politicos la misma que se llev6 a efecto el 18de junio del 2008, en dicha audiencia estuvieron presentes tanto el Presidente delTribunal supremo electoral y los vocales a excepcion de la vocal principal Abgda. ElsaBucaram. Que en el art. 65 de la Ley de partidos dispone que: "En el dia y hornsefialados se oira al infractor, se actuaran las pruebas y SE EXPEDIRA EN EL ACTOLA RESOLUCION CORRESPONDIENTE". Aduce el actor, que el Tribunal no dio laresoluciem en el acto como lo detenthria el articulo antes enunciado, sino que lo hace alos ocho dias de realizada la audiencia. Que la resoluciem ha sido • • • or los vocalessuplentes a sabiendas que ellos no estuvieron presentes en I , neiti>c_amiento,

/demostrando de esta manera la uniformidad e inmediac1/2 , pro 1 quE agra yexige el Art. 194 de la Constitucion. Que con fecha 25C jun ftsee hace

iconocer sobre la resoluciem PLE-TSE-16-24-6-2008 aØopt. satn I el diamiercoles 18 de junio, reinstalada el jueves 19 de jtmio os e o del2008, que por la denuncia presentada por cinco Concejales tonen contra del sefior Virgilio Andrando Cuascota, y en uso de sus atrilktie

oncayotges resuelven

que el sefior Virgilio Andrando Cuascota se halla incurso en lo establecido en el Art. 55de la Codificaeion de la Ley Organica de Partidos Politicos, por lo tanto, se le sancionacon la destitucion de la dignidad de Alcalde del Cant6n Pedro Moncayo, de la provinciade Pichincha. Que con fecha 26 de junio del 2008, mediante Resolucien PLE-TSE-12-25-6-2008, se deja sin efecto la anterior resolucien PLE-TSE-16-24-6-2008, con la cualse le destituia del cargo de Alcalde Pedro Moncayo, en consecuencia se le restituye alas funciones en la Municipalidad. Que el 30 de junio del 2008, Resolucion PLE-TSE-2-26-6-2008, el Pleno del Tribunal Supremo Electoral, declara que el setior VirgilioAndrango Cuascota, Alcalde del I. Municipio de Pedro Moncayo, es autor de lainfraccion descrita y sancionada por el Art. 55 de la Codificaciem de la Ley Organica dePartidos Politicos, de acuerdo a las pruebas presentadas y de conformidad con ladisposicion del Art. 124 de la ley Organica de Servicio Civil y Carrera Administrativa yde Unificacion u Homologacion de las Remuneraciones del Sector Publico y se le multacon cuarenta centavos de &Mar de los Estados Unidos de Norteamerica. Manifiesta el

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CORTE CONSTITUCI

PARA EL PERIOD() DE TRANSICI

recurrente que el Tribunal Supremo electoral no tiene competencia ya quLa Ley Organica de Partidos Politicos dispone que: "las infracciones d

TITULO SEXTO SERAN RECONOCIDAS Y SANCIONADATRIBUNALES PROVINCIALES", lo que en el presente las infraccionle acusa contempladas en el Art. 55 de la Ley de Partidos, por las que

forman parte del Titulo Sexto de esta rnisma Ley, y que el Juez que dseria el Tribunal Provincial Electoral de Pichincha y no el Tribunal SupremoEl accionante, despues de realizar un analisis de su destitucion, indica que los actosilegitimos administrativos que impugna por haber sido cumplidos pot el TribunalSupremo electoral sin t ener c ompetencia n i a tribuciones legales, y mas bien o brandocon exceso de poder son: Resolucion No. PLE-TSE-16-24-6-2008 que le fueranotificada el 25 de junio del 2008, mediante la cual se le destituye de las funciones de

Alcalde; Resoluci6n No. PLE-TSE-12-25-6-2008 expedida el 25 de junio y que fueranotificada el 26 de junio del 2008, mediante la cual se le restituye al cargo de Alcaldedel canton Pedro Moncayo; Resolucion No. PLE-TSE-2-26-6-2008 expedida el 26 dejunio y que fuera notificada el 30 de junio del 2008, mediante la cual se le destituye dela funcion de Alcalde. Indica, que los actos impugnados son compleramente ilegitimos,no solo por haber sido decretaros pot uan Autoridad que carece de competencia, ya quedichos actos lesionan los intereses y derechos amparados pot la Constitucion, como asilo sefiala el Art. 119 de la Constituci6n al establecer el principio de legalidad yjuricidad, que sefiala que los' funcionarios pablicos no pueden ejercer otras atribucionesque las que se le confiere expresamente en la Ley y en la Constituci6n; Art. 24 numeral13, que indica que las resoluciones de los poderes pablicos que afecten a las personasdeberan ser motivadas. Los actos administrativos impugnados vulneran los derechosfundamentales que ,ampara la Carta Magna, como es el debido proceso consagrado enlos Arts. 23 y 24; la seguridad juridica, Art. 25 numeral 26 de la Constitucion Politicadel Ecuador. Que estos actos administrativos impugnados dictados en forma ilegitimapor el Tribunal Supremo Electoral, no solo que amenazan con causar un dafioinminente, sino que ya lo estan haciendo, ocasionando amenazas de violencia, a la pazciudadana, dificultades especiales que han creado para la atenci6n municipal a Loshabitantes de Pedro Moncayo. De todo lo anteriormente indicado, solicita que sesuspenda de inmediato los efectos de las Resoluciones pot las cuales el TribunalSupremo electoral se le destituye ilegalmente del cargo de Alcalde de Pedro Moncayo,en aplicaciOn con el Art. 55 de la Ley de Partidos.

El Juez Decimo Primero de lo Civil (E) de Pichincha resuelve desechar la acciOn de

amparo, de la cual apela el actor.

La Sala previo a resolver hace las siguientes

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Affiganagiciulna:

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CONSIDERACIONES:

..—PRIMERA.- La Sala es competente para conocer y reso • 4. tit. BAo ,conformidad con lo previsto en el articulo 27 del Regimen de Tr len public.' t( con1vOin

la Constitucien de la Republica del Ecuador, en el Registro Oficial No. Ver yde 20 deoctubre del 2008 y la resolucien publicada en el Suplemento del Registro Oficial No.451 de 22 de octubre del 2008

SEGUNDA.- La presente acci6n ha sido tramitada de conformidad con el ordenamientojuridic° constitucional y legal aplicable al caso

TERCERA.- La acci6n de amparo constitucional prevista en la Constitucion de 1998cuando esta destinada a cesar o remediar las consecuencias de un acto u omisionilegitimo , debe cumplir los siguientes presupuestos, a) Que el acto u omision deautoridad publica sean ilegitimos b) Que violen o puedan violar cualquier derechoconsagrado en la Constitucion

CUARTA.- Que, un acto se toma ilegitimo cuando ha sido dictado por una autoridadque no tiene competencia para ello, o que no se lo haya dictado de conformidad con losprocedimientos sefialados por el ordenamiento juridico o cuyo contenido sea contrario adicho ordenamiento o bien que se lo haya dictado sin fundament° o suficientemotivaciOn.

QUINTA.- El accionante impugna los actos emitidos por los vocales del TribunalSupremo Electoral, constantes en las resoluciones Nros. PLE-TSE-16-24-6-2008 del 24de junio del 2008 y notificada el 25 de junio del mismo afio.; PLE-TSE-12-25-6-2008del 25 de junio del 2008 y notificada el 26 de junio del mismo alto y la PLE-TSE-2-26-6-2008 del 26 de junio y n otificada el 30 de junio del alto que transcurre. Los actosimpugnados constan a fjs. 4, 5 y de 9 a 14 respectivamente del proceso de instancia.

SEXTA.-Del analisis del proceso y especificamente de los actos impugnados constaque el Tribunal Supremo Electoral abrie expediente para conocer, tramitar y juzgar ladenuncia presentada por un grupo de Concejales del Canton Pedro Moncayo, Provinciade Pichincha, los cuales son: Jose Julian Caluguillin Cuascota, Manuel AmilcarMantilla Valencia, Jaime Alberto Jaramillo, Gulnara del Rocio Valencia Cisneros, InesGorethy Jarrin Jativa.

Los denunciantes afirman que el recurrente valiendose de su funcion y dignidad deAlcalde del C anten Pedro M oncayo, ha e jercido p resien moral y c oaccion en c iertosempleados y funcionarios municipales a fin de que contribuyan con una parte de sussueldos para a ctividades proselitistas personales, para lo c ual se les descuenta de sus

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impugnacion y se encuentran seftaladas en el considerando QU1NTO. 1 09*en el Art. 65 de la antes mencionada ley, dictan ties resoluciones lakue

Del proceso consta la Resolucion Nro. PLE-TSE-16-2-6-2008 de 24 de junio del 2008,por la cual se sanciona al actor con la destitucion de su cargo de Alcalde del cantonPedro Moncayo por infringir el Art. 55 de la Ley Organica de Partidos Politicos, peromediante resolucion Nro. PLE-TSE-12-25-6-2008 de 25 de junio, que tambien constaen autos, se aprueba la reconsideracion a la resolucion anterior, quedando sin efecto lamisma. Posteriormente se emite la resolucion Nro. PLE-TSE-2-26-2008 de 26 de juniodel 2008, por la cual se sanciona definitivamente al recurrente con la destitucien de sucargo de Alcalde del canton Pedro Moncayo, lo que conlleva a su vez que la resolucienPLE-TSE-12-25-6-2008 de 25 de junio del 2008 quede sin efecto.

Realizado este analisis queda evidenciado que las dos primeras resolucionesimpugnadas no s encuentran en vigencia, fiieron extinguidas por to que no cabe acciende amparo en contra de actos extinguidos.

OCTAVA.- En cuanto a la resolucian PLE-TSE-2-26-2008 de 26 de junio del 2008, losvocales del Tribunal Supremo Electoral aplicaron el Art. 55 de la Ley Organica dePartidos Politicos, luego del respectivo procedimiento de juzgamiento.

El Art. 55 de la Ley Organica de Partidos dice:

"Quienes se aprovechen de sus funciones para coaccionar a otros a fin de que se afilien

a determinada agrupacion politica, participen en manifestaciones o desfiles, voten por

un candidato, contribuyan pecuniariamente a financiarlos, serest, castigados con la

multa de un mil a diez mil sucres. Si el infractor fuere un funcionario ptiblico serci

inmediatamente destituido de su cargo.".

El actor ha cuestionado la competencia del Tribunal Supremo Electoral para imponer lasand& de la fundamentandose el Art. 64 de la Ley ibidem.

La disposicion antes referida dice:

"Las sanciones por las infracciones establecidas en esta Ley sercin impuestas por el

Tribunal Supremo Electoral Las infracciones determinadas en el Titulo Sexto de esta

Ley, sercin reconocidas y sancionadas por los tribunales provinciales ..."

roles de pago. Consideran que esto constituye una infracci6n tipifila Ley Organica de Partidos Politicos, por to que solicitan la sanci6

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SEPTIMA•kLos•vocales del Tribunal Supremo Electoral, luego tra

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Esta norma establece una aparente contradicci6n en si misma ya que por una parte diceque las sanciones por las infracciones a que se refiere la ley serail impuestas por el

Tribunal Supremo Electoral, mientras que otra parte dice que las que estan incluidas en

el Titulo Sexto de la misma serán sancionadas por los tribunales provinciales.

Por otra parte tambien se evidencia que la controversia radica en la aplicacion de unadisposiciOn legal respecto a la competencia para sancionar la infraccion, (Art. 64 de laLey Organica de Partidos Politicos) lo que le convierte ha este caso en un tema de

control de legalidad y no de constitucionalidad, pot consiguiente la via correcta y

adecuada para resolver una controversia legal no es la justicia constitucional sino la

contenciosa administrativa, mas aun cuando tambien se ha aplicado el Art. 124 de la

Ley Organica de Servicio Civil y Carrera Administrativa.

Por las consideraciones precedentes y por cuanto no se han configurado los elementosde procedibilidad del amparo, la Sala en uso de sus atribuciones

RESUELVE:

1.- Confirmar la resolucien venida en grado, por consiguiente negar al amparo

solicitado por Virgilio Andrango Cuascota.

2.- Dejar a salvo el derecho de acudir a la instancia judicial respectiva, hacer valer losderechos que se crea asistido.

3.- Devolver el expediente al Juez de origen para los fines de ley.- NOTIFIQUESE Y

PUBLIQUESE.- ffi Dreg. , Patricio Herrera Betancourt; MiguelAngel Naranjo Iturralde; y, Diego Pazmitio Holguin, JuecesTercera Sala.- Sigue la certificacion.-

Lo que comunico, para los fines legales consiguientes.

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o, 20 de febrero del 2009

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RETARIA RELATORA ENCARGADA

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DESPACHO DE LA DRA. XIMENA ENDARA 769---renteri:JUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL ..-,13\s‘i

EN EL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE IMPUGNACION No. 060-2009, PLANTEADO POR

EL SENOR RAFAEL QUINTERO LOPEZ, PRESIDENTE PROVINCIAL DEL PARTIDO SOCIALISTA-

FRENTE AMPLIO, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE LA JUNTA PROVINCIAL ELECTORAL DE

PICHINCHA, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 20 de febrero del 2009.- Las 17H05.- VISTOS.-

Por haber dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de 17 de febrero del 2009 y en

virtud del sorteo de ley que antecede, en mi calidad de Jueza Ponente del Tribunal

Contencioso Electoral, avoco conocimiento del recurso contencioso electoral de impugnacion

planteado por el senor Rafael Quintero Lopez, Presidente Provincial del Partido Socialista

Frente Amplio, en contra de la Resolucion de 12 de febrero del 2009 expedida por la Junta

Provincial Electoral de Pichincha, notificada al recurrente el 13 de los mismos mes y Por

cumplir con lo previsto en el Reglamento de Tramites en el Tribunal Contencioso Electoral, se

lo admite a tramite, por lo que dispongo: 1) Agreguense al expediente los siguientes

documentos: a) el escrito presentado el 17 de febrero del 2009 a las 12H30 en un original,

mediante S cual el senor Rene Aguirre, en calidad de Director del Movimiento Independiente

Pedro Moncayo en Accien, seriala casillero electoral para futuras notificaciones; b) La

certificacion suscrita por el senor Edmo Munoz Barrezueta, de 18 de febrero del 2009 a las19H10; c) El escrito en dos fojas originales y anexo en copia certificada, presentados el dia 19

de febrero del 2009 a las 10H45.- d) El oficio No. 95-ALPM-GMPM-09 suscrito por el senor

Julian Caluguillin, Alcalde del Gobierno Municipal de Pedro Moncayo y anexo con 32 fojas

certificadas.- d) El oficio No.03343-SGEN.0 suscrito por la Lcda. Ximena Chavez Cornejo, Jefe deArea de Certificaciones de la Contraloria General del Estado, presentado el dia 20 de febrero

del 2009 a las 15H20 en un original en dos fojas.- e) Copias simples de la resolucion No. 0025

08-RS, de la Corte Constitucional, presentado el 20 de febrero del 2009 a las 15H40 en nueve

fojas y una anexo en tres fojas.- 2) Hagase conocer del particular al senor Rafael Quintero

Lopez, en el casillero electoral No. 17 del Consejo Nacional Electoral, recomendandole sefiale

casillero electoral en este Tribunal para futuras notificaciones.- 3) Al senor Rene Aguirre, se le

notificara en el casillero judicial No. 3 del Tribunal Contencioso Electoral.- 4) Atento el estado

de la causa, se ordena pasen los autos para resolver.; Publiquese el presente auto en la

cartelera que para el efecto se Ileva en el Tribunal Contencioso Electoral.- Actue como

Secretaria Relatora Encargada, la Dra. Sandra Melo Marin.- NOTIFIQUESE.-

Xte-deci:

Dra. Ximena Endara OsejoJUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECT 0

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ENCAROADA

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RAZON.-En la ciudad de Quito a los veinte y un dias del mes de fe-brero del alto dos mil nueve a las catorce horas con cera . .minutas pcedi a notificar al senor Rafael Quintero Lopez mediante boleta deda end casillero electoral numero tres del tribunal ContenciosoElectoral.- Certifica.-

Dra:San ra Melo MartmSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

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TC E--TRIBUNAL

DESPACHO DE LA DRA. XIMENA ENDARA 05E10JUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL

EN EL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE IMPUGNACION No. 060-2009, PLANTEADOPOR EL SENOR RAFAEL QUINTERO LOPEZ, PRESIDENTE PROVINCIAL DEL PARTIDOSOCIALISTA- FRENTE AMPLIO, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE LA JUNTA PROVINCIALELECTORAL DE PICHINCHA, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 22 de febrero del 2009.- Las 11h45.- Enrazon de que en la providencia dictada el 20 de febrero del 2009 a las 17h05, se hadeslizado un error involuntario, en el numeral 3 el cual dice: "3) Al sefior Rene Aguirre, sele notificard en el cash/era judicial No. 3 del Tribunal Con tencioso Electoral" se procede acorregir de la siguiente manera: 3) Al senor Rene Aguirre, se le notificara en el casillerojudicial No. 2 del Tribunal Contencioso Electoral.- NOTIFIQUESE.-

ale-e-ao

• Dra. Ximena Endara OsejoJUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL

Certificgr Quito 22 de noviembre del 2009

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Dia. andr MeloiAarinSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

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TC ETRIBUNAL

Certifi Quito 22 de noviembre del

andr Melo MarinSECRETARIA RELATORA ENCARGADA

InCIALnut?I

IftlftUAREUTOIAENCARGADA

DESPACHO DE LA DFtA. XIMENA EN DAM OSEJOJUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL

EN EL RECURS° CONTENCIOSO ELECTORAL DE IMPUGNACION No. 060-2009, PLANTEADOPOR EL SENOR RAFAEL QUINTERO LOPEZ, PRESIDENTE PROVINCIAL DEL PARTIDOSOCIALISTA- FRENTE AMPLIO, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE LA JUNTA PROVINCIALELECTORAL DE PICHINCHA, SE HA DICTADO LO SIGUIENTE:

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.- Quito, 22 de febrero del 2009.- Las 11h45.- Enrazdn de que en la providencia dictada el 20 de febrero del 2009 a las 17h05, se hadeslizado un error involuntario, en el numeral 3 el cual dice: '3) Al seflor Rene Aguirre, sele notificaro en el casillero judicial No. 3 del Tribunal Con tencioso Electoral" se procede acorregir de la siguiente manera: 3) Al senor Rene Aguirre, se le notificard en el casillerojudicial No. 2 del Tribunal Contencioso Electoral.- NOTIFIQUESE.- F) Dra. Ximena EndaraOsejo JUEZA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.

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REPUBLICA DEL ECUADOR

REPUBLICA DEL ECUADOR

TRIBUNALCONTENCIOSO ELECTORAL TILInE11

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EXPEDIENTE: 060-2009PLENO DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.- Qui 09,las 19H30.-VISTOS.-Llega a conocimiento del Tribunal Conte anterecurso contencioso electoral de impugnacion, presentado oport I senorRafael Quinteros Lopez, en su calidad de Presidente Provincial del Socialista-Frente Amon°, en contra de la resolucion de la Junta Provincial de Pichincha, adoptadael 12 de febrero de 2009, las 20H00, que resolvio rechazar la impugned& presentadapor el recurrente en contra de la inscripcion de la candidatura del sehor Marlon JoseTumbaco Cabascango, candidato a Primer Concejal Principal en la lista de Concejales(Jrbanos del canton Pedro Moncayo par el Movimiento "Pedro Moncayo en AcciOn", ycalificar la lista de todos los candidatos a Concejales Urbanos por la referidaorganized& politica. I.- COMPETENCIA.- a) El Tribunal Contencioso Electoral pormandato del articulo 217 inciso segundo, en concordancia con los articulos 167, 168numeral tercero y el inciso final del Art. 221 de la Constitucion de la Republica delEcuador, tiene jurisdiccion para administrar justicia en materia de derechos politicos yde partIcipacion que se ejerce a tray& del sufragio, siendo sus fallos de Ultimainstancia. De igual forma al tenor del articulo 221 numeral 1 de la Constitucion, es elOrgan° competente para conocer y resolver los recursos electorales contra los actosdel Consejo Nacional Electoral y de los organismos desconcentrados. Especificamente,de acuerdo al articulo 14 numeral 1 y 36 literal a) del Reglamento de Tramites en elTribunal Contencioso Electoral, publicado en el Segundo Suplemento del RegistroOficial 524 de 9 de febrero de 2009, es competente para conocer y resolver el recurs°contencioso electoral de impugnaciOn, de "la aceptacion o negativa de inscripcion decandidatos o candidatas emit/dos por el Consejo Nadonal Electoral o de los organismoselectorales desconcentrados".- b) Una vez determlnada la jurisdicclan y competencia,revisado el expedlente se observe que el recurrente tlene legltimidad active procesal,que se ha interpuesto dentro del plazo legal y no se encuentra omisIOn de solemnidadalguna, por lo que se admite a &Smite. II.- ANTECEDENTES.- a) El Movimiento"Pedro Moncayo en Accion", en fecha 05 de febrero de 2009 a las 15H20, inscribiet alsenor Marlon Jose Tumbaco Cabascango como candidato a primer concejal del cantonPedro Moncayo, provincia Pichincha, inscripcion que fue notiflcada el 06 de febrero de2009, las 18H00 (Fojas 31 y 32).- b) El 07 de febrero de 2009, a las 14H45, El senorRafael Quinteros Lopez, en su calidad de Presidente Provincial del Partido Socialista-Frente AmpHo, presenta el escrito de impugned& de la candidature a primer concejaldel cant& Pedro Moncayo, provincia Pichincha del senor Marlon Jose TumbacoCabascango, aduciendo, que el mencionado candidato "es deudor del I. Municiplo dePedro Moncayo, en tal virtud es deudor de Estado Ecuatoriano... segun consta en elTitulo de Credit° SoMario No. 685-TC-MPM-09... situacien que le inhabilita parainscribirse de conformidad al Art. 11 del Instructivo para la Inscripcion y CalificaciOn deCandidatures" (Fojas 28y 29), con la cual corren traslado al candidato impugnado elmismo dia 08 de febrero de 2009, a las 17H00.(Fojas 27).- c) El 09 de febrero de2009, a las 14H45, el candidato impugnado senor Marlon Jose Tumbaco Cabascangocontesta la impugned& (Fojas 13 a 16), aduciendo fundamentalmente que no ha sidonotificado con el titulo de credit° emitido el 04 de Febrero de 2009, por tanto, que sele ha imposibilitado desvirtuar.- d) El 13 de febrero de 2009, a las 121130, se notificacon la Resoludo& de la Junta Provincial Electoral de Pichincha de fecha 12 de febrerode 2009, mediante la cual se rechaza la impugned& presentada por el senor RafaelQuinteros Lopez, Presidente Provincial de Pichincha del Partido Socialista FrenteAmplio, en contra del senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, candidato a PrimerConcejal Principal en la lista de Concejales Urbanos del cant& Pedro Moncayo por elMovimiento "Pedro Moncayo en Accion", y calificar las listas de candidatos a ConcejalesUrbanos del indicado canton presentado por dicha organized& politica (Fojas 8).- e)El 14 de Febrero de 2009, a las 11H40, el senor Rafael Quinteros Lopez, en calidad de

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Presidente Provincial del Partido Socialista-Frene Amplio, dentro del termino legal,interpone el fecurso contencioso electoral de impugnacion, para ante el TribunalContencioso Electoral (Fojas 2 y 3).- f) El 16 de Febrero de 2009, a las 10H00, laJunta Provincial Electbral de Pichincha dispone, que se remita el expediente al TribunalContencioso Electoral (Fojas 1), el mismo que es recibido en la Secretaria General delTribunal Contencioso Electoral el mismo dia a las 12h10 (Fojas 33 vuelta).- g) ElTribunal Contencioso Electoral, avoc6 conocimiento el 20 de febrero del mismo ario, alas 17H05 (Fojas 95), ordenando la notificacien al recurrente e impugnado, actos quese han cumplido tal como consta de las razones sentadas en el proceso (Fojas 95vuelta).- h) El impugnado comparece ante el Tribunal Contencioso Electoral (Fojas 44y 45) con escrito de fecha 19 de febrero de 2009, a las 17H05, en donde se ratificatodos los argumentos sustentados ante la Junta Provincial Electoral de Pichincha.Ademas, comparece el senor Rene Aguirre, en calidad de Director del MovimientoIndependiente "Pedro Moncayo en Acci6n", Cinicamente senalando casillero electoralpara notificaciones (Fojas 45).- i) De conformidad al articulo 24 del Reglamento deTramites en el Tribunal Contencioso Electoral y articulo 14 inciso segundo de lasNormas Indispensables para Viabilizar el Ejercicio de la Competencias del TribunalContencioso Electoral Conforme a la Constitucion, mediante providencia de fecha 16 defebrero de 2009, a las 09H30, se dispuso enviar °tidos a los senores: ContralorGeneral del Estado y Alcalde de Pedro Moncayo, a fin de que: "certifiquedocumentadamente si dicha Entidad determine alguna responsabilidad administrativa,civil o penal en contra del senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango"; y, "envie copiascertificadas de los antecedente (auditoria interna, auditoria de la Contraloria Generaldel Estado y otros) que dieron origen a la emisien del titulo de credito No. 685-TC-MPM-09 de fecha 4 de febrero del 2009..." (Fojas 35).- III. CONSIDERACION YFUNDAMENTACION JURIDICA.- A) En el presente caso, por un lado, el recurrentesostiene que el senor Marlon Jose Tumbaco Cabascango, candidato a Primer ConcejalPrincipal en la lista de Concejales Urbanos del canton Pedro Moncayo por el Movimiento"Pedro Moncayo en Accion", es deudor del Municipio de Pedro Moncayo... segen constaen el Titulo de Credito Solidario No. 685-TC-MPM-09... situaci6n que le inhabilita parainscribirse como candidato, de conformidad al Art. 11 del Instructivo para laInscripcion y Califlcacion de Candidaturas; por otro lado, el impugnado sostiene, queno ha sido notificado con el titulo de credit° emitido el 04 de Febrero de 2009, portanto, que se le ha imposibilitado desvirtuar el mismo. B) La Ley Organica deElecciones, en el articulo 57 literal b) senala que una de las inhabilidades yprohibiciones para optar por una dignidad de eleccion popular es "Ser deudor delorganism° seccional correspondiente, a la fecha de inscripcion de la candidatura." En elmismo sentido dispone el Instructivo para la inscripcion y calificacion de candidaturas,en el articulo 11 literal b). C) El articulo 14 literal d) del Instructivo citado, dispone"Para la determinacion de la mora de los deudores de los organismos seccionales, seconsiderara la misma a la fecha de inscripcion de su candidatura y bastare lacertificacian del tesorero de la en tided correspondiente, de que el deudor esti enmora, salvo que antes del momento de calificar su candidature, presente losjustificativos del pago correspon . D) Si bien, el informe de la ContraloriaGeneral enviado a este Tribu o No. 03343 SGEN.0 del 20 de febrero".del 2009, la Lcda. Ximena rf . .4?efa de Area de Certificaciones, senala"Revisados los registros y hivos ente, \en la unidad, el senor Marlon JoseTumbaco Cabascango, ri, .„--t,e fectia indicios de responsabilldad penal,derivados de examenes en .. Ar4fado‘. rpor la Contraloria General del Estado"(ft. 82; del expediente se 1 . ' sta qUe"el,44191pio de Pedro Moncayo emitio, el 4 defebrero del 2009, contra, frr tiAttieigo,' Cuascota y Marlon Jose TumbacoCabascango, el titulo de crétTho 5-Tc-MPM-09 por ochenta mil (Wares, con

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einte centavos "[...] por cuant alizado la entrega recepcion del vehiculo

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REPUBLICA DEL ECUADOR

C.

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Rimena Endara OsejoVICEPRESIDENTA TCE

Dra. Tania Arias ManzanoPRESIDENTA TCE

tchitia-64-71/20-L,D .Alejandra Cantos Molinaj

-----Dr. Arturo Donoso Castellon

JUEZ TCE

REPUBLICA DEL ECUADOR

TRIBUNALCONTENCIOSO ELECTORAL Ictic,oPILNICALAL

6k L

tc

v-P ayefrMontero 4x4 estructura electronic° (sic), marca Nissan, M

propiedad municipal de conformidad a lo dispuesto por el salcalde y economista Juan Carlos Marmol, Director Financiero,iflamer° 50 y 014- DF-de fechas 2 y 3 de febrero del 2009 resal oficio flamer° 079-SM de fecha 4 de febrero del 2009, suscritCisneros, procurador sindico del gobierno municipal del canton52). Tambien consta en el expediente que el Municiplo de Pedro el 2de febrero del 2009, otro titulo de credit°, signado con el flamer° 684- 09, porel valor de ciento veinte y tres dolares con nueve centavos a nombre de JoseTumbaco Cabascango, con cedula de ciudadania 0819826-0, por el concepto de "Valorque adeuda al gobierno municipal del canton Pedro Moncayo por consumo en planes detelefonia celular, de conformidad al oficio No. 077-DF-MPM, de fecha 29 de enero de2009 y oficio DC No. 027-09 de fecha 29 de enero de 2009 suscrito por el Econ. JuanCarlos Marmol y la senorita Milena Lema, Director Financiero del Gobierno Municipaldel Canton Pedro Moncayo respectivamente." (fs. 53). De estos dos titulos de credit°,a nombre del candidato impugnado no se han presentado a la fecha justificaciones delpago correspondiente. Por lo expuesto EN NOMBRE DEL PUEBLO DEL ECUADOR YPOR LA AUTORIDAD QUE NOS CONFIERE LA CONSTITUCION, se acepta elrecurso contencloso electoral de impugnackm presentado oportunamente par el senorRafael Quintero Lopez, en su calidad de Presidente Provincial del Partido Socialista-Frente Amplio. Se revoca la resolucion de la Junta Provincial de Pichincha, de 12 defebrero de 2009, de 20H00 en la que se califica la candidatura del senor Marlon JoseTumbaco Cabascango, candidato a primer concejal principal en la lista de concejaiesurbanos por el Movimiento Pedro Moncayo en Accion. Se deja a salvo el derecho delMovimiento Pedro Moncayo en AcciOn para ejercer lo contemplado en el articulo 58 delas Normas Generales para las Elecclones dIspuestas en el Regimen de TransiciOn,publicadas en el SS del R.0 No. 472 de 21 de novlembre del 2008. Ejecutorlado el falloremitase el expediente para su ejecucion a la Junta Provincial Electoral de Plchincha,previo a dejar copia certificada del mismo en los archivos de este Tribunal. Una copiade esta sentencia remitase al Consejo Nacional Electoral para los fines consiguientes.-COmplase y notlfiquese.-

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Siento como tal que el dia de hoy veinte y dos de febrero del dos mil nueve,desde las veinte horas con treinta y dos minutos notifique la sentencia que antecede a

los senores Rafael Quinteros Lopez por boleta en el Casillero Electoral N. 3; y, al senorRena Aguirre en el casillero electoral N 9.2 del Tribunal Contencioso Electoral.-CERTIFICO.-

Jo

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SESIORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL:

JOSE TUMBACO C.A, Concejal del Canton Pedro Moncayo y candidate a ConcejalUrbane del mismo Cant6n per el Movimiento lndependiente "Pedro Moncayo, enAcciOn", dentro de la causa No. 060-2009, solicito a usted lo siguiente:

El dia de boy, viernes 27 de febrero del 2009, aproximadamente a las nueve de lamanana, el Comisario del Municipio de Pedro Moncayo, RECIEN ME NOTIFICA CONLOS "TITULOS DE CREDITO" que se forjaron para plantear ml descalificaciOn comoCandidate a Concejal Urbane de Pedro Moncayo para las elecciones del pr6ximo 26 deabril.

Por mi parte, deje expresa constancia, con mi purl° y letra, de que esta es la PRIMERANOTIFICACION que recibia al respecto.

Al margen de todo lo expresado, este hecho es la MEJOR PRUEBA de que antes de lainscripcion de la lista de Concejales del Movimiento "Pedro Moncayo en Accien" NOHABIA SIDO NOTIFICADO per parte del Municipio de Pedro Moncayo CONNINGlIN TiTULO DE CREDITO y que to que se orquestO en ml contra era unapatratia.

La Contra!oda General, segen lo reconoce la sentencia expedida per ese Tribunal de loContencioso, reconoce expresamente que no existe en mi contra ningen titulo de credit°,ni ninguna obligaciOn pendiente con el Estado per ningun concepto.

Me llama la atencion que ese Tribunal en su sentencia se refiera tambien a OTROTITULO de credit° distinto del que hace constar en su impugnacion el doctor RafaelQuintero, Presidente del Socialismo de Pichincha. El se refiere, en todo case, a un solotitulo de credit°, en el que sustenta su impugnacion, pero el Tribunal aumentaarbitrariamente uno mas.

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JJV

El Tribunal no puede argumentar que mi reclamaciOn para que se revise la sentencia y sela rectifique calificando y admitiendo mi candidatura, presentada el 26 de febrero del2009, es extemporanea, precisamente porque NO HE SIDO NOTIFICADOLEGALMENTE en el casillero electoral que me corresponde, como lo reconoce elmismo Tribunal en su providencia de rectificacion; providencia que se la vuelve aenviar a otro casillero distinto, con el agravante de que esta Ultima notificaciem tienefecha 22 de noviembre del 2009.

Por lo mismo, es obligacion legal y moral de ese Tribunal, vistas las gravesirregularidades que se han venido cometiendo en ese caso, rectificarlas en aras de lajusticia y atender mis peticiones en este sentido.

IllAdjunto a este escrito, en cuatro fojas utiles, los originales de la notificaciOn a la quehago referencia, haciendo notar que resulta extratio, por decir lo menos; que el TesoreroMunicipal le solicite autorizaciem al Alcalde para realizar esta "SEGUNDANOTIFICACION"..., con lo que seguramente pretenden esconder la falta denotificacion, que he venido selialando.

Dejo constancia tambien de que en uno de los documentos de notificacien consta queuno de los titulos de credit() se ha expedido con el pretexto de que no he entregado elvehiculo de la Alcaldia cuando en el expediente consta todo lo que he hecho al respecto yque en el Municipio NO SE QUUISO RECIBIR EL CARRO.

Jose Tumbaco CabascangoCANDIDATO MOVIMIENTO"PEDRO MONCAYO EN ACCIoN"

Rene A uirreDIRECTOR MOVIMIENTO"PEDRO MONCAYO ENACCICIN"

Adjunto: lo indicado

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PRESENTADO EL DIA DE HOY VIERNES VEINTISIETE DE FEBRERO DELDOS MIL NUEVE A LAS DIECISEIS HORAS CON CINCUENTA Y DOSMINUTOS CON COPIA IGUAL Y UN ANEXO EN DOS FOJAS Y DOS COPIASSIMPLES.- CERTIFICO

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Atentamente,

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON -PEDRO MONCAYO"

TABACUNDO - ECUADOR

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a I 7aTabacundo 25 de Febrero del 2009Oficio. 064-TM-2009

Sr. JULIAN CALUGIALINALCALDE DEL MUNICIPIO PEDRO MONCAYOPrescn tc:

Senor Alcalde, reciba tin cordial saludo y exitos en sus funciones diarias, el motivode la presente es para solicitarle muy comedidamente, se autorice a la Comisaria,mediante su representante, para que proceda. con la SEGUNDA NOTIFICACIONde los TITULOS DE CREDITO, pie tengo en custodia y que me fueronentregados con fecha 2 y 4 de febrero del 2009, de las siguientes personas queno se ban acercado a cancelar, ya que tienen valores pendientes que adeudan a laNlun ici pa lid ad:

Sr. Virgilio Andrango Cuascota; por un valor de USD. 2.699,24Sr. Virgilio Andrango Cuascota y Marlon Jose Tumbaco Cabascango; portin valor de USD. 80.000,20Sr. Virgilio Andrango Cuascota; por un valor de USD. 0,99Sr. Jose Tumbaco Cabascango; por un valor de USD. 123,09Sr. Carlos Eduardo Saenz Santana; per un valor de USD. 228,11Sr. Jose Alfonso Catucuago Cabascango; por un valor de USD. 724,70Sr. David Tituafia; por un valor de USD. 724,70Sri. Sanchez Cardenas Veronica Zoraya, por un valor de 905,83St-a. Yesenia Zambrano; por tin valor de 24.844,56

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Ing. Pablo Rui1',.TESORERO MUNLCIRALc.c. Direccion Financiera

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Esperando que se realice las gestiones pertinentes y en espera de sus comentarios,me suscribo con tin cordial saludo.

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A ten arnente,

nica AlemanIRECTORA DE DESARROLLO HUM

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTO

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Egar.-1/4131. C:

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Tabacundo, 26 de febrero Lie 2009

GOBIERNO MUNICIPAL DE 'PEDRO MONCAYO"

TABACUNDO-ECUADOR

MEMORA ND 0001 - DHS-GAIRVI

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PARA: Sr. Jimny Alvear. +1 Okrst.COMISARIOGOBIERN'O MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO MONCANO

DE: kg. Monica AlemanDIRECTORA DE DESARROLLO HUMAN° SUSTENTABLE

AS UNTO: Disposicion de trabajo

Por medic) del presente dispongo a su persona. que proceda a entre gar as notiticacionesLie Titulos de Credit() hasta el dia viernes 27 de febrero del presente ano, a las siguientespersonas en sus respectivos domicilios:

• Sr. V irgil io Andran go Cuascota• Sr. Marlon Jose Tumbaco Cabascangb• Sr. Carlos Eduardo Saenz Santan• Sr. Jose Alfonso Catucuago Cabascango• Sr. David Tituana• Sra. Veronica Soraya Sanchez Cardenas• Sra. Yessenia Zambrano

Adjunto notificaciones en 10 fojas originales, y oficio No. 064-TM-2009 suscrito por elkg. Pablo Ruiz Tesorero Municipal,. con la sumilla inserta por el senor Alcalde delCanton para cumplir la disposicion. (Total l I fojas atiles)

Sin otro particular me suscribo de usted.

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Ta bacundo, 25 de febrero de 2009

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TESORER Ni IPALMUNICIPIO DE PEDRO MONCAYO

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO NIONCAYO"

SalonVIRGILIO ANDRANGO CUASCOTA VMARLON JOSE TUMBACO CABASCANGOPresente.-

SEGUNDA NOTIFICACION

• El Municipio de Pedro Moncayo, tiene a bien notificar a usted, con fecha 4 defebrero del presente afio, se emitio TIM() DE CREDITO DE CUEN f ASPOW COBRAR, a su persona, par USD. 80.000,20 (OCEIENT A MIL, CONVEINTF, CENTAVOS), valor que adeuda a la Municipalidad, por euanto no banrealizado la entrega recepcion del Vehiculo Montero 4x4 Marea Nissan, Modell)Patro de propiedad Municipal.

l,e solicitamos muy comedidamente que se acerque a cancelar inmediatamente atdepartamento de Tesoreria, el valor mencionado, con la ftnalidad de gestionar elcierre de las cuentas por cobrar que mantiene con el Municipio de Pedro Monea n o

Calle Sucre No 981 (Parque Cential) Telf . 2365-264 / 265I Telefax:2366-119 www.pedromoncayo.gov .e(- Etna& [email protected]

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GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTON "PEDRO MONCAYO"0 (0TABACUNDO - ECUADOR 10•"-

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Senor:JOSE TUMBACO CABASCANGOPresente.-

SEGUNDA NOTIFICAC ION

El Municipio Ide Pedro Moncayo, tiene a bien notificar a usted, con fecha 2 defebrero del presente afio, se emiti6 un TITULO DE CREDIT() DE CUENTASPOR COBRAR, a su persona, por USD. 123,09 (CIENT() VEINTE Y TRES CONNUEVE CENTAVOS), valor que adeuda a la Municipalidad, por consumo deplanes de telefonia celular.

Le solicitamos muy comedidamente que se acerque a cancelar inmediatamente aldepartamento de Tesoreria, el valor rnencionado, con la finalidad de gestionar elcierre de las cuentas por cobrar que tnantiene con el Municipio de Pedro Moncay o

INC.TESORERCIVIUNICIPAL

MUNICIPIO DE PEDRO MONCAVO

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SE&ORA PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL:

JOSE TUMBACO CABASCANGO, Concejal del Canten Pedro Moncayo y Candidatoa Concejal Urbano del mismo Cant6n por el Movimiento Independiente "Pedro Moncayoen Accion", dentro de la causa No. 060-2009, manifiesto a usted y solicito lo que sigue:

1.- Que expreso, en primer lugar, ml absoluta y total disconforrnidad con la sentenciaexpedida por ese Tribunal mediante la cual me excluye de la candidatura y del procesoelectoral sin ningim fundamento legal serio, y mas bien violando no solo principios ynormas legales y cometiendo graves irregularidades procesales, como paso a demostrarlo.

2.- Inscribi ml candidatura el dia 5 de febrero del 2009 y a raiz de este hecho reeler'me entero de la patraria urdida por mis enemigos del Municipio de Pedro Moncayo queutilizando a un irresponsable Tesorero, ban emitido tin titulo de credit° en ml contra el4 de febrero del 2009.

Es evidente y asi lo he serialado, que se trata de una maniobra para impedir micandidatura porque nadie que sea elementalmente sensato puede admitir que se tratade una emision legitima de un titulo de credito en visperas de la inscripcion de unacandidatura, maxime si yo ostento la dignidad de Concejal en ese mismo Municipio.

Si realmente yo hubiese sido deudor del Municipio, el Tesorero tuvo suficiente tiempo nosolo para notificarme sino pan cobrarme el titulo de credito correspondiente por micondiciOn de Concejal; y el resto de ediles hubiera tenido la oportunidad dedescalificarme como Concejal por esta misma causa.

NADA DE ESTO SUCEDIO PORQUE TODO ES FORJADO A ULTIMA HORA.

3.- Como lo he afirmado en mis escritos anteriores, JAMAS HE SIDO NOTIFICADOCON EL TITULO DE CREDITO EN MENCION. NI HASTA ESTE MISMOMOMENTO HE SIDO NOTIFICADO CON ESE TITULO FORJADO.

Como entonces es posible que, juridicamente admita como valida una obligaciontributaria que no ha sido siquiera notificada al supuesto deudor y c6mo es posible que seadmim que ha sido constituido en mom? Esto no sucede ni en la justicia del TercerMundo.

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4.- Demostre con varios documentos legalmente certificados y notarizados que el carrode propiedad de la Alcaldia de Pedro Moncayo se hallaba en ml poder porque cuando sepresentaron los graves conflictos intemos en ese Municipio yo me hallaba encargado dela Alcaldia por Resolucien del Concejo, y lo menos que podia hacer es disponer que esevehiculo se ponga a ml servicio.

4.- Como posteriormente los Concejales enemigos se tomaron por la fuerza pablica elConcejo y el vehiculo estaba en ml poder, puse este hecho en conocimiento del ContralorGeneral del Estado mediante Oficio de 8 de septiembre del 2008 y le pedi que meindique a quien debia entregar dicho automotor.

Esta peticien obedecia al hecho de que el Municipio entre en una disputa ante Jueces yTribunales acerca de que Concejales tenian a su favor la legalidad y legitimidad de susactos, cuestiOn que hasta ahora en buena pane no se resuelve.

Lo mismo hice en el Ministerio POblico, ante el cual quienes fimgen de AutoridadesMunicipales presentaron una denuncia penal por el asunto del vehiculo.

Ni LA CONTRALORIA, NI EL MINISTERIO PUBLICO se han pronunciado hastaahora a quien debo entregar el vehiculo.

5.- Mas aim, ante tales circunstancias decidi entregar directamente el vehiculo alMunicipio, pero el Alcalde orden6 que no recibieran.

TODO ESTO ESTA DOCUMENTADO EN EL EXPEDIENTE.

C6mo entonces admitir la patrafia municipal orquestada con el Socialismo parainventarse un titulo de credito e impedir ml candidatura?

sit6.- IRREGULARIDADES GRAVES EN EL TRIBUNAL CONTENCIOSOELECTORAL

En ese Tribunal se le asigne al Movimiento "Pedro Moncayo en Acciem" el casilleroelectoral No. 2 para las notificaciones que le correspondan, casillero del que hemosestado pendientes permanentemente.

Con gran indignacion y sorpresa logramos descubrir que la boleta de notificacion por lacual ese Tribunal negaba ml candidatura NO HABIA SIDO NOTIFICADA ENNUESTRO CASILLERO SINO EN OTRO DISTINTO, seguramente porque alguienqueria impedir ml candidatura sino acabar con toda la lista del Movimiento.

ESTE HECHO INSOLITO ESTA RECONOCIDO POR EL PROPIO TRIBUNALQUE USTED PRESIDE, cuando en providencia especial ordena que se rectifique.

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Rene AguirreDIRECTOR DELMOVIMIENTO

Firmo junto con el Director del Movimiento.

umbaco CabascahóIDATO

JoseCAN

SECRETARIO GENERAL

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PERO EL CASO SE AGRAVA MAS, porque esta providencia rectificatoria laVUELVEN A ENVIAR A OTRO CASILLERO DISTINTO DEL QUELEGALMENTE NOS CORRESPONDE, con lo cual el propio Tribunal le quitaba todaeficacia practica y juridica porque nos ponia una vez mas en la INDEFENSIONTOTAL.

El asunto tatnpoco queda alli porque la doctora Sandra Melo Mann, Secretaria RelatoraEncargada, nos notifica con la providencia rectificatoria el 22 DE NOVIEMBRE DEL2009.

No le parece que esto ya es el colmo?

Por todo lo expuesto y en aras de la verdad y de la justicia y del buen nombre con el quedebe empezar este Tribunal, solicito a usted la revision del proceso y su rectificacion enlos puntos que claramente dejo sefialados, para que luego se disponga la inscripcion deml candidatura.

PRESENTADO EL DiA DE HOY JUEVES VEINTISEIS DE FEBRERO DELDOS MIL NUEVE A LAS DOCE HOFtAS CON DIEZ MINUTOS CON COPIAIGUAL.- CERTIFICO

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SESORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL:

RENE AGUIRRE, Director del Movimiento Independiente "Pedro Moncayo enAccion", solicito lo siguiente:

Sirvase ordenar a quien corresponda se me confiera copia certificada del todo elexpediente correspondiente a la causa No. 060-2009, referente a la inscripci6n decandidaturas, impu naciones, resoluciones, sentencias y mas documentos al respecto.

• • nkd eDIRECT a R DEL MOVIMIENTOINDEPENDIENTE "PEDRO MONCAYOEN ACCION"

PRESENTADO EL DiA DE HOY VIERNES VEINTISIETE DE FEBRERO DELDOS MIL NUEVE A LAS DIECISEIS HORAS CON CINCUENTA Y CINCOMINUTOS CON COPIA IGUAL Y UN ANEXO EN DOS FOJAS Y DOS COPIASSIMPLES.- CERTIFICO

SECRETARIO GENERAL

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TRIBUNALCONTENCIOSO ELECTORAL

9 &MICA DE( ECUA DOR

DRA. XIMENA ENDARA OSEJO DRA.VICEPRESIDENTA

EXANDRA ANTOS MOLINVOCAL'm

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ifico, uito 28 de fe de 2009

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL- Quito, 28 de febrero de 2009.-Las 15h05.- Agreguese a los autos los escritos y anexos precedentes. Porsecretaria a costa del peticionario confieranse las copias certificadas,conforme solicita- NOTIFIQUESE

DRA. TANIA ARIAS MANZANOPRESIDENTA

DR. ARTURO DONOSO CASTELLON DR. JORGE MOR YANESJUEZ VOCAL JUEZ VO AL

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RazOn.- Siento par tal que las ciento once fojas que antecede son copias y compulsascertificadas del expediente Nomero 060-09, en el que se resolvio el Recurso deImpugnacion plateado por el senor Rafael Quinteros Lopez, en contra de la Resolucionde 12 de febrero de 2009, de la Junta Provincial Electoral de Pichincha. Expediente quefue remitido a la Junta Provincial Electoral de Pichincha. CERTIFItOcz:Quito, 02 demarzo de 2009. 4cR,,

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SECRETARIO GENERAL.

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munico para los fines de Ley.

Secretario Ge

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TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL

Quito, 02 de marzo de 2009OF. N 2 82-09-TJ-SG-TCE.

Seliores.Junta Provincial Electoral de PichinchaPresente.-

En su despacho.

Dando cumplimiento a la sentencia dictada dentro del expediente N 2 060-2009, defecha 22 de febrero del 2009, las 19h30; presentada por el senor Rafael QuinterosLopez, en calidad de Presidente Provincial del Partido Socialista Frente Amplio, encontra de la resolucion dictada por la Junta Provincial Electoral de Pichincha, remito elexpediente completo, a fin de que proceda a ejecutar la referida sentencia.

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Secretario General

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TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL

Quito, 02 de marzo de 2009OF. N 2 81-09-TJ-SG-TCE.

Senor Doctor.-

Omar Simon.PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.Presente.-

En su despacho.

Dando cumplimiento a la sentencia dictada dentro del expediente N 2 060-2009, defecha 22 de febrero del 2009, las 19h30; por la que se resuelve el recurso contenciosoelectoral de impugnaciOn presentada por el senor Rafael Quinteros Lopez, en calidadde Presidente Provincial del Partido Socialista Frente Amplio, en contra de laresolucion dictada por la Junta Provincial Electoral de Pichincha, remito copiascertificadas del expediente a fin de que proceda a observar la actuaciOn de la JuntaProvincial Electoral de Pichincha.

Lo que comunico para los fines de Ley.

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