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    TRÁFICO DE INFLUENCIAS-En las que valiéndose del cargo el concejal deGirardot busca beneficiar a un tercero

    TRÁFICO DE INFLUENCIAS-Definición tráfico

    El tráfico de influencias se presenta, según lo ha establecido el Consejo de Estado,cuando se antepone la investidura de congresista -en este caso de concejal- ante unservidor público, quien bajo tal influjo psicológico, realiza una actividad que no adelantaríade no ser por la calidad de quien se lo solicita, y que atendiendo esta descripción y ladefinición legal contenida en el art !"" del Código penal, es necesario relevar que, segúnla #ey $"% de &''', la causal se configura por el tráfico de influencias debida(enteco(probado, por lo que la decisión tiene que estar funda(entada en pruebas allegadasoportuna(ente al proceso que de(uestren con certeza la e)istencia del hecho y laresponsabilidad del inculpado, y no es dable aplicarla con base en si(ples suposiciones o

    sospechas

    TRÁFICO DE INFLUENCIAS-Pérdida de investidura de un concejal

    *i al tenor del nu(eral + del art ! de la #ey $"% de &''', los concejales (unicipales pueden perder su investidura .por tráfico de influencias debida(ente co(probado/, esobligante establecer entonces si en el sub-littae e)istió dicho tráfico de influencias por 

     parte del concejal encartado al haber pretendido (ediar ante el gerente de *E0  1234E561#E* para que se per(itiera a un tercero usuario de los locales del centro deacopio, la continuidad en el uso de tres locales por ser (ayorista, a ca(bio de no ser lla(ado por el Concejo 2unicipal a rendir infor(es sobre su gestión

    El supuesto tráfico de influencias se radica por el reportante, en el hecho de haber asistido a una reunión a requerir a la *ecretaria 7eneral de la entidad por haber adjudicado el puesto aleda8o al de un usuario, a otra persona

    TRÁFICO DE INFLUENCIAS-Aplicabilidad jurisprudencial del Consejo de Estado

    TRÁFICO DE INFLUENCIAS-Segn estatuto anticorrupción

    Co(o puede verse, a diferencia de la definición del anterior art "!% del anterior Código9enal en la redacción nueva del art &+ de la #ey ":' de "::+, la conducta deberealizarse por servidor público, la influencia ha de ser real y no si(ulada y debe obtenerseel resultado o sea el beneficio de cualquier tipo por la decisión del servidor públicoinfluenciado

    TRÁFICO DE INFLUENCIAS-Aspectos que generan la conducta en el Concejal

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    ;e los (is(os se deduce que la causal en co(ento no corresponde o co(porta unaconducta de resultado, esto es, que efectiva(ente la gestión pro(etida sea realizada y que se obtenga el beneficio o la dádiva que se persigue por el sujeto que realiza laconducta, de (odo que basta con que

    Dependencia: PROCURADURIA PROVINCIAL DE GIRARDOTRadicación IUC-D-2009-!-"#!$0Di%cip&inad': O(AR AGUIRRE )ERNANDE*Ca+,' En.idad: CONCE/AL CONCE/O (UNICIPAL DE GIRARDOT-CUNDINA(ARCA1e3'%': OSCAR (ORENO LO*ANO GERENTE SER REGIONALESFec4a de 5e3a: 2 DE /ULIO DE 2009Fec4a 4ec4'%: "$ DE FE6RERO DE 2009A%n.': A.' de .e+7inación de &a ac.ación 8 a+c4i' deini.i'; =-02-20""

    AUTO N'; 000"?#

    "; 1UE/A

     Al Despac!o de la Procuradur"a Provincial# la queja instaurada por el se$or %SCA& '%&E(% )%*A(% en su calidad de Gerente de la E+presa SE&&EG,%(A)ES# quien refiere que el d"a . de febrero de /001# en las oficinas de laGerencia de la e+presa# se !i2o presente el se$or %'A& AG3,&&E

    4E&(A(DE*# aco+pa$ado del se$or ',G3E) A(GE) 43E&5AS quien searrendatario de la central de acopio +a6orista de la pla2a de +ercado de Girardot#de +anera brusca 6 presunta+ente a+parándose en su condición de Concejal# lerecla+ó a la Secretaria General de la e+presa Dra7 SA(D&A 8E&(A)# por !aber cedido el puesto (o7 9.9 A# a la se$ora 'ercedes Suáre2# sin contar con elconsenti+iento del se$or 'arcos 8eltrán# quien era el arrendatario de dic!o

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    puesto 6 quien al parecer lo ten"a sub arrendado a la se$ora Suáre2# aduciendoque ten"a derec!os adquiridos sobre el puesto en +ención7

    Por lo anterior# considera el se$or 'oreno# que el apadrina+iento del Concejalconstitu6e falta disciplinaria al ser constitutiva de posible tráfico de influencias#

    toda ve2 que intento inti+idarlo# al decirle que lo !ar"a concurrir al Concejo 6procurar"a una +oción de censura en su contra7 :;ol7 - del < de agosto de /001 :;ol7?-.= se dispuso adelantar indagación preli+inar contra %'A& AG3,&&E en sucondición de Concejal del 'unicipio de Girardot# para adelantar la averiguación delos !ec!os causa de reproc!e# referidos por el representante de la e+presa SE&

    &EG,%(A)ES# por lo que se ordeno la práctica de pruebas# recepcionandose lassiguientes@

    - 5esti+onio del se$or 'A&C% 53),% 8E)5&A( 'A&5,(E* quien sobre los!ec!os causa de investigación se$aló que llevaba 9 a$os de posesiónsobre un lote que le dio la E+presa en la pla2a de +ercado# aclarando queantes se encontraba ubicado frente a la ,glesia de la Sagrada ;a+ilia#después lo trasladaron para la pla2a de acopio# siendo el +a6orista en

    verdura 6 fruta en la ciudad de Girardot# del Concejal %'A& AG3,&&E#se$aló !aberlo o"do no+brar 6 visto por allá en la pla2a# sobre lospresuntos inconvenientes con la Gerencia de la e+presa SE&&EG,%(A)ES# aclara que de+ando la E+presa porque le iban a quitar unpeda2o del local# sabiendo que era +a6orista 6 que no le alcan2aba elca+po para descargar su carga# 6 tener /9 a$os de posesión# que se la+onto ese tal gerente# porque co+o le iba a quita un peda2o después de 9a$os# le redujo un peda2o# pero que sobre esto no intervino para dar solución el se$or Concejal %'A& AG3,&&E# sino que él puso un abogadoo tinterillo Carlos (i$o# de quien se valió para poner la de+anda7 Sobre lo

    afir+ado por el se$or %scar 'oreno que el . de febrero de /001 se !i2opresente en su Despac!o el se$or %+ar Aguirre# aco+pa$ado por 'iguel4uertas# 6 que el Concejal de +anera brusca le recla+ó a la SecretariaGeneral por !aber cedido a la se$ora 'E&CEDES S3A&E* el puesto 9.9

     A# sin consenti+iento de 'arcos 8eltránB# aclaró que no vio al se$or 'oreno# ni !a co+parecido a las oficinas de la E+presa# la cual le redujo

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    parte del local por él ocupado# pero de todas +aneras sigue pagando

    arriendo sin deberle a la e+presa :;ol7 ?-.=7

    /- Declaración de la se$ora SA(D&A 3),E54 8E&(A) A&,AS quien se$aló!aberse dese+pe$ado co+o Secretaria General de SE& &EG,%(A)

    encargándose de la supervisión de los contratos 6 actividades coneas dela e+presa# relacionadas con las pla2as de +ercado sobre los !ec!osocurridos el . de febrero de /001 se$aló que los d"as lunes el gerentereun"a a todos los jefes de sección 6 coordinadores de área para llevar lasnovedades de la se+ana# en una de esas reuniones llegó el se$or %'A&

     AG3,&&E con el se$or 'iguel 4uertas# inquilino de la pla2a# solicitandouna eplicación de las deter+inaciones adoptadas con relación al se$or 'A&C%S 8E)5&A(# considerándola arbitraria 6a que éste llevaba +ás de/0 a$os en el sector# a quien ella le respondió que ello no le daba derec!oal se$or 8eltrán de disponer de los bienes del Estado al !aber subarrendado# siendo esta causal de ter+inación del contrato sobre laconversación del Concejal Aguirre con el se$or Gerente# advierte que!ablaron pero que desconoc"a sobre que te+as7 :;ol7 9#>=

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    8E)5&A(# 6 se le aclaró que la e+presa SE& &EG,%(A)ES con esteprocedi+iento !i2o uso de su autoridad ad+inistrativa para asignarle unpuesto en un sitio que le pertenece a la e+presa 6 en ese +o+ento noten"a titular alguno# e incluso la e+presa estaba en todo su derec!o dedisponer de los otros < espacios o puestos puesto que el se$or 'A&C%S

    8E)5&A( no paga sino derec!os por uno solo puesto para co+erciali2ar sus productos7 Sobre el carácter legal de la E'P&ESA SE& E&G,%(A)ES6 la ingerencia que sobre la +is+a pod"a tener el Concejo 'unicipal deGirardot# aclaró que la e+presa SE& &EG,%(A)ES es ,ndustrial 6Co+ercial del 'unicipio de Girardot# tiene una unta Directiva presidida por el se$or Alcalde e integrada por algunos +ie+bros del gabinete +unicipalcon sus respectivos suplentes 6 si !a6 un control pol"tico que tiene derec!oa ejercer el !onorable Concejo 'unicipal# respecto a su parte operativa 6ad+inistrativa# prueba de ello es que los Gerentes de esta e+presa

    descentrali2ada asist"an a las invitaciones 6 citaciones del !onorableConcejo para escuc!arlos en plenaria# desconociendo si la actuación delse$or Aguirre correspond"a a control del Cuerpo Colegiado# o se si él ven"acon autori2ación o delegación de parte de la Presidencia del !onorableconcejo para tratar este te+a del se$or 'arcos 8eltrán# puesto que cuando!ubo el cruce de palabras con la Secretaria General 6 el Concejal# el se$or Gerente les pidió el favor de retirarse de la reunión +ientras dialogabapersonal+ente 6 en privado con el !onorable Concejal 6 el se$or 'iguel4uertas7 :;ol7 /-/

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    de+ás contratistas de la e+presa# tratando asuntos concernientes a losasuntos de cada área# llego el concejal %+ar Aguirre 6 el 'iguel 4uertas# else$or Gerente los !i2o seguir a la Gerencia donde estába+os todosreunidos 6 se e+pe2aron a tratar asuntos sobre la ocupación de 2onasco+unes en relación con el se$or 8eltrán no recuerdo el no+bre que

    porque le !ab"a quitado unos puestos que ten"a el se$or 8eltrán# ese d"a laSecretar"a General de la e+presa le eplico los +otivos de lo que ellospreguntaban que en ningn +o+ento al se$or se le !ab"an quitadopuestos# que el se$or sie+pre estaba ocupando el +is+o puesto 6 que se!ab"a dado en arriendo un puesto que estaba desocupado a una se$ora deno+bre 'E&CEDES# sin recordar nada +ás sobre ésta reunión# aclaraque la e+presa es descentrali2ada del orden +unicipal que presta serviciode operación ad+inistración 6 eplotación de las diferentes pla2as de+ercado del +unicipio# centros de acopio# pabellón de carne 6 pescado#

    planta de beneficio ani+al# sin que tenga ingerencia el Concejo sobre la+is+a# sin observar que el se$or Aguirre !iciera sugerencia alguna alGerente7 :;ol7

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    una persona referente al punto seto donde el se$or Gerente dice que lointi+ido 6 le +anifestó que el se$or 'arcos 8eltrán ten"a +uc!o dinero 6que !ab"a aportado a su ca+pa$a pol"tica# solicito se verificara los aportesa su ca+pa$a# aclara que la nica ve2 que fue a la oficina de SE&&EG,%(A) fue en co+pa$"a del Concejal orge 4ernánde2 para que se

    eplicara los estado contables de la e+presa# se$ala !aber sido objeto deatropellos por parte de este se$or 6 sus funcionaros# que inti+idadosporque el se$or era su jefe acud"an al Concejo a agredirle 6 a agredir a susco+pa$eros# considerando que los declarantes actuaron coaccionados por el jefe superior reitera que # pese a lo indicado por los funcionarios sobre lavisita del Concejal a la Gerencia de la E+presa SE& &EG,%(A)ES parasolicitar eplicaciones por la +edida adoptada con el se$or 'A&C%S8E)5&A(# es total+ente falso 6a que ni ese d"a que ellos dicen subió 6 lanica ve2 que lo !i2o fue en el a$o /00> en co+pa$"a del Concejal orge

    4ernánde2 para averiguar sobre la estabilidad financiera de la e+presapara poder estar enterado 6 poder participar en el debate que se !ar"a en elConcejo 'unicipal7 Aclara que cada ve2 que se investiga algo o ingresa aalguna oficina puede ser denunciado por tráfico de influencias7 :;ol7

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    actividad que no adelantar"a de no ser por la calidad de quien se lo solicita# 6 queatendiendo esta descripción 6 la definición legal contenida en el art7 ? delCódigo penal# es necesario relevar que# segn la )e6 .9 de /000# la causal seconfigura por el tráfico de influencias debida+ente co+probado# por lo que ladecisión tiene que estar funda+entada en pruebas allegadas oportuna+ente al

    proceso que de+uestren con certe2a la eistencia del !ec!o 6 la responsabilidaddel inculpado# 6 no es dable aplicarla con base en si+ples suposiciones osospec!as7

    Si al tenor del nu+eral IK del art7 ?> de la )e6 .9 de /000# los concejales+unicipales pueden perder su investidura por tráfico de influencias debida+enteco+probadoB# es obligante establecer entonces si en el sub-littae eistió dic!otráfico de influencias por parte del concejal encartado al !aber pretendido +ediar ante el gerente de SE& A'8,E(5A)ES para que se per+itiera a un tercerousuario de los locales del centro de acopio# la continuidad en el uso de tres locales

    por ser +a6orista# a ca+bio de no ser lla+ado por el Concejo 'unicipal a rendir infor+es sobre su gestión7

    El supuesto tráfico de influencias se radica por el reportante# en el !ec!o de !aber asistido a una reunión a requerir a la Secretaria General de la entidad por !aber adjudicado el puesto aleda$o al de un usuario# a otra persona7

     A!ora bien# ante la ausencia de una definición legal del tráfico de influencias co+ocausal de pérdida de investidura# dentro de este proceso# preciso es acudir# con la

     jurisprudencia del 47 Consejo de Estado co+o criterio auiliar# a la definición que

    de tal figura trae el art7 ? del nuevo Código Penal# vigente para la época de los!ec!os# bajo el acápite tráfico de influencias de servidor pblico# para etraer deella los ele+entos que la tipifican a saber@

    .1rtículo !"" El servidor público que utilice indebida(ente, en provecho propio o

    de un tercero, influencias derivadas del ejercicio del cargo o de la función, con el 

    fin de obtener cualquier beneficio de parte del servidor público en asunto que a

    ocho => a8os/

    Co+o puede verse# a diferencia de la definición del anterior art7 ?9 del anterior Código Penal en la redacción nueva del art7 /I de la )e6 10 de 11I# la conductadebe reali2arse por servidor pblico# la influencia !a de ser real 6 no si+ulada 6debe obtenerse el resultado o sea el beneficio de cualquier tipo por la decisión delservidor pblico influenciado7

     Anali2ada esta clara situación nor+ativa# frente a la causal de pérdida deinvestidura alegada en el sub-ea+ine# se tiene que aceptar# por fuer2a de lo

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    fáctico 6 lo jur"dico que no se da dic!a causal en la persona del Concejal %'A& AG3,&&E para poder dar continuidad a un proceso disciplinario# en tanto el !ec!oen el que se !ace consistir o en el que se !alla sustentado el tráfico de influencias#o sea la recla+ación presunta+ente a favor de uno de los benefactores de laca+pa$a pol"tica del concejal i+plicado# no se aviene a la tipificación de la

    disposición que define el tráfico de influencias# ni +uc!o +enos a los ele+entosque estructuran la conducta penal# o al +enos no aparece co+probada7

    Sobre el tráfico de influencias# en la sentencia del 47 Consejo de Estado Sala de loContencioso Ad+inistrativo# Sección Pri+era# Consejero Ponente Doctor &afael E7%stau De )afont Pianeta# de abril // de /00?# radicación n+7@/I000/# epediente AC-I?#consejero ponente doctor )uis Eduardo ara+illo 'ej"a# se sostuvo@

    LAnte la falta de definición constitucional o legal respecto a esta causal dedesinvestidura de los congresistas# la jurisprudencia de la 47 Corte

    Constitucional 6 del Consejo de Estado# !a precisado que dic!a disposiciónconstitucional tiene un sentido e+inente+ente ético 6 bajo esta óptica debeea+inarse# independiente+ente de las previsiones penales que conte+planconductas se+ejantes7 (o se incurre en el caso de los congresistas en unasanción de tipo penal# sino en la de castigar la violación del régi+endisciplinario que regula el ejercicio de estos servidores pblicos7 )a Sala alproferir sentencia del

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    del doctor Silvio Escudero# to+ando co+o referencia lo que en +ateriadisciplinaria !a dejado sentado la doctrina sobre el particular 6 de otra parte# elart"culo ?9 del Código Penal que define el tráfico de influencias# precisó losele+entos que podr"an configurar esta conducta en el caso de loscongresistas# no sin antes advertir que lo !ac"a desde el punto de vista

    constitucional 6 no penal# es decir no tuvo en cuenta el precepto penal paraaplicarlo al caso all" decidido# sino co+o si+ple referencia para establecer por v"a de jurisprudencia los ele+entos que en sentir de la Sala# configuran eltráfico de influencias segn el sentido natural 6 obvio de las palabras conquese describe la causal en la Constitución7

     A!ora bien tratándose de una causal en+arcada en conceptos de ética 6+oral que por falta de regla+entación legal# su sentido 6 alcance debe ser fijado por el interprete# la aplicación de los anteriores ele+entos debe estar precedido en un juicioso análisis para no incurrir en desigualdades einjusticias# dadas las actividades que en ejercicio de sus funciones reali2an los

    congresistas en representación de sus regiones# pero ade+ás el !ec!o que sealegue con funda+ento en esas !ipótesis# deberá sustentarse en pruebasregular 6 oportuna+ente allegadas al procesoL7

    Siguiendo el linea+iento anterior# ta+bién en sentencias proferidas dentro delos epedientes AC-90>?# 'agistrado Ponente Dr7 Silvio Escudero Castro 6

     AC- 99>?-AC-9>II 'agistrado Ponente Dr7 avier D"a2 8ueno# se adoptaronlos fallos de Pérdida de ,nvestidura correspondientes sobre la base de que lacausal L5ráfico de ,nfluenciasL se estructura confor+e se dé la eistencia delos ele+entos antes citados7

    De los +is+os se deduce que la causal en co+ento no corresponde oco+porta una conducta de resultado# esto es# que efectiva+ente la gestiónpro+etida sea reali2ada 6 que se obtenga el beneficio o la dádiva que sepersigue por el sujeto que reali2a la conducta# de +odo que basta con queéste tenga la espec"fica calidad oficial institucional# que en este caso !a de ser la de concejal# al traerse la tipificación de esa conducta al á+bito de estosservidores pblicos que to+o tal e invocando esa condición o calidad se !agadar o pro+eter dinero o dádiva para s" o para un tercero# con el fin degestionar ante otro u otros funcionarios o servidores pblicos la decisión de unasunto de su co+petencia en provec!o de ese tercero7 De +odo que serequieren tres sujetos# co+o son el concejal# el tercero de quien se !ace dar o

    pro+eter la dádiva o el dinero 6 el servidor o funcionario co+petente antequien se ofrece !acer la gestión# 6 no es necesario que dic!a gestiónefectiva+ente se realice 6 +enos que se logre el beneficio que interesa altercero# co+o ta+poco que se reciba el dinero o la dádiva a ca+bio de lagestión ofrecida# sino que es suficiente con que se la !aga pro+eter7:subra6as fuera de teto=

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     Ante lo anterior# los testi+onios recepcionados no da fe +ás que de la posiblepresencia del se$or %'A& AG3,&&E en la sede de la e+presa SE&

     A'8,E(5A)ES# donde recla+ó a la Secretaria General el !aber adjudicado unlocal que 6a ven"a siendo de uso de un +a6orista# pero ade+ás# no !a6 claridadsobre la fec!a de ocurrencia del !ec!o o la posible recla+ación o solicitud de

    favoreci+iento o beneficio a favor de un tercero# o influencia sobre el Gerente dela entidad para obtener tal beneficio7

    Si bien# el se$or %'A& AG3,&&E se$ala en su versión no ser ciertos los !ec!osnarrados por algunos de los testigos# dado que se trata de una versión libre# librede todo apre+io# no puede deter+inarse que se trate de una falsedad testi+onial#por lo tanto 6 dado que no !a6 certe2a de la ocurrencia de los !ec!os narradospor el gerente de SE& A'8,E(5A)ES# ante la eistencia de duda sobre laocurrencia de los !ec!os# no es factible seguir adelante con la averiguacióndisciplinaria7

    &a2ón suficiente para declarar# de confor+idad con lo previsto en el art"culo 9< dela )e6 9

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    SEGUNDO : N'.ii5e%e al i+plicado# !aciendo saber que contra la presentedecisión no procede recurso alguno 6 !ace transito a cosa ju2gada7

    Por tratarse de reporte de servidor pblico# no se requiere dar cu+pli+iento a lodispuesto en los Art"culos 0/ 6 01 de la )e6 9

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     Ade+ás de la relación de la e+presa de un pri+o del congresista para el proceso deselección 6 calificación para el proceso para contratar la navegabilidad del &"o 'agdalenapor < a$os 6 a un costo aproi+ado de dos billones trescientos +il +illones de pesosB7

     Ante esto se +anifiesta en la queja que efectiva+ente la fa+ilia del Senador (a+eCardo2o# s" ten"a interés en dic!o proceso# pues reitero# participó dentro de un proceso deprecalificación para escoger el nuevo concesionario del &"o 'agdalenaB7 En la acción sese$ala que no es cierto que la actual junta directiva !a6a celebrado contratos congobernaciones o alcald"as co+o lo +anifestó el congresista7

    &ecib" en las instalaciones de la &ed de Feedur"as Ciudadanas# dos quejas anóni+asque fueron presentadas en contra del Senador osé David (a+e 6 ante el Despac!o delSe$or Procurador General# en la que se indica que se estar"a presunta+ente

    a+ena2ando a los alcaldes que no votaron por el se$or 'anga# al igual que se denunciael presunto apo6o del Senador (a+e a la ca+pa$a del Se$or 'anga a la Dirección deCor+agdalenaB# se$ala uno de los apartes de la acción7

     Ante esto se le solicita a la Procuradur"a General citar a los alcaldes que participan eneste proceso de selección 6 elección para deter+inar la veracidad de estas denuncias7Se oficie a Cor+agdalena a efecto de verificar 6 establecer si el Senador (a+e Cardo2o!a venido ejerciendo a través de derec!os de petición presiones 6 controles pol"ticos enrelación con la contratación celebradaB7

    Por estos !ec!os será radica en los prói+os d"as ante el Consejo de Estado unade+anda de pérdida de investidura 6 una denuncia ante la Sala Penal de la CorteSupre+a de usticia7cnnMg,3C-I?9.0-/001N )'8, P7 37 G-9-

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    Varias organizaciones, entre ellas la Comisión Colombiana de Juristas,Dejusticia, el centro de estudios Plural y la fundación Nuevo Arcoiris, radicaronuna queja discilinaria ante la Corte !urema de Justicia ara que se investigueal rocurador, Alejandro "rdó#ez or $aber cometido un resunto revaricatoor omisión, revaricato or acción y tr%&co de in'uencias(

    As) mismo, radicar%n or los mismos $ec$os una denuncia ante la *iscal)a queseg+n las organizaciones no $a odido formalizarse, ues, or el aro judicialen ninguna de las -./0s de 1ogot% y alrededores lo $an recibido $asta elmomento( 2an ronto como el aro lo ermita se radicar% el escrito oniendoen conocimiento de la *iscal)a estas resuntas conductas unibles3(

    4as agruaciones retenden que se investiguen algunos nombramientos que

    $abr)a $ec$o el actual rocurador ara asegurar su reelección y se#alan que,de acuerdo con información ublicada en diversos medios de comunicación,columnas de oinión y en algunas resuestas a derec$os de etición, el actualrocurador $abr)a nombrado a5 Ana Josefa Velasco de 1ustos, esosa de Jos64eonidas 1ustos 7art)nez, magistrado de la Corte !urema de Justicia8 Carmen9elena :ómez !egura, $ija de :ustavo :ómez Aranguren, consejero de ;stado8"lga 4uc)a Cadavid Castro, cu#ada de Javier imo martes( De conformidad con el art)culo ?@ de laConstitución eso odr)a con&gurar un delito y queremos oner en conocimiento

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    de la *iscal)a y la Corte !urema de Justicia esos $ec$os ara que seaninvestigados y sean ellos quienes determinen si se $a con&gurado un delito ouna serie de los mismos3, a&rmó Armando Novoa director del Centro de;studios Plural(

    4os demandantes sostienen que "rdó#ez $abr)a incurrido en el delito de tr%&code in'uencias ara obtener bene&cios de arte de otros servidores +blicos,congresistas y magistrados, en la elección del Procurador(

    4a demanda e>lica que las informaciones sugieren que $abr)a $ec$o uso de ladiscrecionalidad con la que cuenta ara nombrar y remover funcionarios delibre nombramiento y remoción y as) favorecer a ersonas aliadas a senadoresy senadoras(

    Adem%s que, seg+n el te>to de la demanda, los art)culos de rensa indicanque estos nombramientos $abr)an sido utilizados ara favorecer a senadores ysenadoras con el objeto de que 6stos, favorezcan a Alejandro "rdó#ez en sureelección3(

    4os denunciantes sostienen que el funcionario $abr)a incurrido en el delito derevaricato or acción ya que5 el art)culo ?@ de la Constitución ro$)be alProcurador nombrar en la Procuradur)a a ersonas que fueran familiares deservidores +blicos cometentes ara intervenir en su designación3(

    !eg+n la denuncia que instaurar%n en los ró>imos d)as, el funcionario tambi6n$abr)a incurrido en el delito de revaricato or omisión debido a que el se#or"rdó#ez se $abr)a abstenido de remover de sus resectivos cargos afuncionarios de la Procuradur)a que ten)an v)nculos familiares con servidores+blicos cometentes ara intervenir en su designaciónB(

    ;l Procurador udo $aber realizado, con ocasión o como consecuencia de lafunción o cargo de Procurador una conducta que est% tii&cada como un

    delito3, asegura un comunicado de los denunciantes(PERDIDA DEINVESTIDURA-Procedibilidad de la acción

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    0equisito sine qua non para efectos de tra(itar la p

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    9ara efectos de configurar esta causal de p

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    Esta causal, así lo tiene se8alado la jurisprudencia Gpresupone anteponer la investidurade congresista ante un servidor público, quien, bajo tal influjo sicológico, realiza unaactividad que no adelantaría de no ser por la calidad de quien se lo solicitaConfor(e se indica en el escrito contentivo de la solicitud de p, quien en fallo disciplinariode pri(era instancia, del & de agosto de &'"&, e)pedido por la 9rocuraduría *egunda;elegada para la Iigilancia 1d(inistrativa lo declaró responsable disciplinaria(ente y losancionó con destitución en el ejercicio del cargo

     1hora bien, co(o los presupuestos que configuran la p

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    ;e confor(idad con los ele(entos de prueba allegados al plenario, el entonces0epresentante de(andado no violó el artículo $$ de la #ey ":' de "::+, por cuanto notenía parentesco en los grados establecidos en la nor(a, con la postulada;e confor(idad con lo anterior, se concluye que el cargo es infundado, por cuanto carecede respaldo probatorio y en ese entendido, no resulta pertinente efectuar elucubraciones(ayores para establecer que el cargo debe ser desesti(ado

    4ndependiente(ente de lo anterior, aun en el evento de considerarse de(ostrado el  parentesco que se afir(a del senador, el hecho resulta inane para la acción incoada, pues es claro que el 0epresentante no intervino en la designación de la que se dice es su pariente, que es el aspecto que debe ser de(ostradoH ya que quien la postuló no fue el 0epresentante de(andado

    PERDIDA DE INVESTIDURA-Por conflicto de intereses

    *ostiene el de(andante que el *enador desconoció el rH =ii>el tH =iii> la publicidad del registro =artículo&:>H =iv> la (odificación del registro =artículo &:'>H =v> el r

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    cónyuge o co(pa8ero per(anente, el de sus socios, o el de sus parientes en los gradosantes se8alados 6a(bi

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    dese(pe8an funciones públicas de hacer contribución alguna a los partidos, (ovi(ientoso candidatos, e)ceptuando a los (ie(bros de las corporaciones públicas de elección

     popularConsiderado el acervo probatorio allegado al plenario se puede establecer? que lanor(a no se8aló la prohibición para recibir la contribución de quien dese(pe8e funciones

     públicas sino de

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    "; ANTECEDENTES

    ";"; La de7anda

    )a Asociación &ed (acional de Feedur"as# actuando por inter+edio de apoderado

     judicial for+uló ante el 47 Consejo de Estado O Sala Plena de lo Contencioso

     Ad+inistrativo -# solicitud de pérdida de la investidura que co+o Senador de la

    &epblica ostenta el doctor Plinio Edilberto %lano 8ecerra;

    ";";"; )ec4'% de &a %'&ici.d de p+dida de &a ine%.id+a

    Se advierte que en este acápite se registrarán sólo aquellos que tienen relación

    directa con la causal de pérdida de la investidura que !a se$alado el de+andante7

    Co+o supuestos fácticos de la solicitud de pérdida de la investidura se$aló los

    siguientes@

    • ue el se$or Plinio Edilberto %lano 8ecerra !a sido elegido Senador de la

    &epblica en diversos per"odos as"@ Por el per"odo /00/ O /00. # lo fue en

    no+bre del Partido )iberal# +ovi+iento pol"tico del cual se retiró co+o

    +ilitante para pasar a for+ar parte del Partido Ca+bio &adical en los

    co+icios electorales llevados a cabo el . de +ar2o de /00.# fue elegido

    Senador co+o integrante del Partido Ca+bio &adical# +ovi+iento del cual

    !i2o dejación para for+ar parte del Partido Social de 3nidad (acional OPartido de la 3-7

     Nota5 la a&rmación que se transcribe se $ace conforme a lo que se#ala el actor en el suuesto f%ctico de lademanda, la realidad, dice que el se#or "lano 1ecerra ara este er)odo fue elegido .eresentante a laC%mara or la circunscrición electoral de 1ogot% y no !enador como lo a&rma( ;n esta elección el se#or"lano artició en nombre del Partido 4iberal(

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    • Por lti+o# se$ala que el Senador !a inducido a servidores pblicos a

    contribuir a su ca+pa$a pol"tica7 Segn lo refiere el de+andante# la se$ora

    Glad6s &ussi 6 los se$ores Ger+án %lano 6 Ar+ando Gutiérre2#

    contribu6eron e !icieron aportes en favor de la ca+pa$a electoral del

    Senador Plinio %lano# epresando que as" consta en la rendición de

    cuentas que presentó el elegido Senador7 

    ";";2; Fnda7en.'% de de+ec4' de &a %'&ici.d de p+dida de ine%.id+a

    En acápite especial del escrito de pérdida de investidura el peticionario indicó

    co+o funda+entos legales de la +is+a# las siguientes disposiciones@

    • )os art"culos 0# // 6 >< nu+erales K 6 IK de la Constitución

    Pol"tica• El parágrafo transitorio del art"culo K del Acto )egislativo de /0017• )os art"culos /.> nu+eral .K# />.# /1# /1/# /1. nu+erales

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    El actor en escrito que obra a folio 9 +anifestó que la acu+ulación no era

    procedente# por cuanto que su solicitud de pérdida de investidura versaba sobre

    !ec!os distintos a los alegados en el caso de la Senadora doctora Piedad

    *uccardi# 6 dijo# ade+ás# que las causales en las que se fundaba la solicitud eran

    distintas7

    Por auto del K de junio de /0 :fl7 9. 6 s7s7=# el 47 Consejero doctor Alfonso

    Fargas &incón denegó la acu+ulación de este proceso# con funda+ento en que la

    solicitud de pérdida de investidura que !ace la &ed (acional de Feedur"as

    Ciudadanas por inter+edio del doctor Car+elo Padilla# ade+ás del tráfico de

    influencias se plantea con funda+ento en otras causales# es decir# que la acciónplanteada proviene de una causa distinta a la de los de+ás procesos cu6a

    acu+ulación se solicitó# no versa sobre el +is+o objeto# ni se sirve de las +is+as

    pruebas 6 por lo +is+o# la decisión que se profiera no tiene el +is+o funda+ento7

    ";=; C'n.e%.ación de &a %'&ici.d de p+dida de ine%.id+a

    Por conducto de apoderado judicial el Senador %lano 8ecerra dio contestación a

    la solicitud de pérdida de investidura7

    El apoderado del de+andado# ab initio# +anifestó que se opon"a a la prosperidad

    de la pretensión de pérdida de investidura7

    En relación con los cargos for+ulados# se$ala lo siguiente@

    En lo que ata$e con el tráfico de influencias por ra2ón del apo6o pol"tico que# se

    dice# recibió el Senador del Alcalde del 'unicipio de Suta+arc!án# supuesto

    fáctico en que se funda el cargo# sostuvo que éste está relacionado con

    actividades desplegadas por el Alcalde de esa localidad# no as" con las que son

    propias del Senador %lano dijo# igual+ente# que los resultados electorales

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    obtenidos en ese +unicipio son el fruto del trabajo pol"tico reali2ado por el equipo

    que se integró con varios pol"ticos de la región de igual +anera destaca que el

    resultado electoral en este +unicipio se reflejó positiva+ente no solo para el

    Senador %lano# sino# igual+ente# para los de+ás +ie+bros del colectivo pol"tico

    que se integró para afrontar el debate electoral7 Se$aló ta+bién que los dos

    &epresentantes que aco+pa$aron al senador Plinio %lano en su aspiración

    pol"tica 6# que trabajaron en el equipo que apo6ó su candidatura al senado#

    obtuvieron en el 'unicipio de Suta+arc!án# I1 votos :Pablo Sierra )éon= 6 I>

    :)uis Guiller+o 8arrera= a su ve2 el elegido senador obtuvo una votación de I>.

    votos :ver folio /I O Certificación epedida por el Director de Gestión Electoral de

    la &egistradur"a (acional del Estado Civil=7

    En cuanto al cargo de tráfico de influencias generado por la designación de

    e+pleados en la 3757) del Senador %lano# se$ala@ en lo relacionado con la se$ora

    'ar"a 5eresa 8ecerra +anifiesta que el !ec!o no es cierto por cuanto la citada

    nunca !a estado vinculada a la Cá+ara de &epresentantes 6 en referencia con el

    no+bra+iento de la se$ora Sandra &odr"gue2# dice que no se configura la causal

    por cuanto que la se$ora Sandra &odr"gue2# quien fue la designada# no tiene

    ninguna relación de parentesco con el Senador %lano ade+ás# se$ala que quien

    efecta el no+bra+iento es la 'esa Directiva de la Cá+ara de &epresentantes# a

    través de la Dirección Ad+inistrativa# ra2ones suficientes para desesti+ar el

    cargo7

    Sobre la presunta violación al régi+en de conflicto de intereses por la participación

    del Senador %lano en el estudio 6 debate del Acto )egislativo de /001 6 su

    ulterior beneficio de las disposiciones en él se$aladas# en especial la posibilidad

    de ca+biar de partido# se$aló que este !ec!o no genera la pérdida de la

    investidura dice que Rintervenir# participar o aprobar un Acto )egislativo#

    dif"cil+ente puede configurar un conflicto de intereses# pues en la refor+a de la

    Constitución Pol"tica no eiste un interés particular# al ser ésta# co+o 6a se anotó

    una nor+a de carácter general# abstracto 6 que concierne a todos los

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    colo+bianos# por lo tanto su contenido i+pide la posibilidad de beneficios

    particulares directos7

    Del lti+o de los cargos for+ulados# de confor+idad con el cual el Senador !abr"a

    inducido a servidores pblicos a contribuir a su ca+pa$a pol"tica# fundado en un

    aparte de la sentencia de la Sala Plena de lo Contencioso Ad+inistrativo del 47

    Consejo de Estado proferida el / de +ar2o de /00# ponencia de la 47 Consejera

    8ert!a )uc"a &a+"re2 de Páe2# conclu6e diciendo que Rlo +anifestado por el

    de+andante no tiene funda+ento alguno# pues el ,ngeniero %)A(% 8ECE&&A

    nunca !a ejecutado ninguna conducta que le genere la incursión en esta causal de

    pérdida de investidura7

    2; CONSIDERACIONES DE LA PROCURADURIA SBPTI(A DELEGADA ANTE

    EL CONSE/O DE ESTADO

    Esta Delegada +anifiesta a la 47 Sala que el ea+en del asunto en el cual a!ora

    interviene# se !ará siguiendo de +anera estricta el pará+etro se$alado por el

    actor en su escrito de solicitud de pérdida de investidura# tanto en lo fáctico co+o

    en lo jur"dico se considerarán solo los argu+entos de derec!o propuestos por el

    actor 6 los !ec!os se anali2arán confor+e a las pruebas que oportuna 6

    legal+ente !an sido allegadas al plenario que resulten conducentes# pertinentes 6

    tiles# 6 que corroboren o infir+en aquellos en que se funda la pretensión incoada

    de pérdida de investidura del ciudadano Plinio Edilberto %lano 8ecerra# co+o

    Senador por el Partido de la 3# periodo /00-/0?7

    2;";- La c'ndición de Senad'+ de &a Rep&ica de& cidadan' P&ini'

    Edi&e+.' O&an' 6ece++a

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    &equisito sine qua non  para efectos de tra+itar la pérdida de investidura es

    acreditar que la persona so+etida a juicio tiene o tuvo la condición eigida por la

    )e6# es decir# que sea o !a6a sido congresista7

    En el asunto que es objeto de estudio# la condición de congresista no lla+a a duda

    6 se encuentra debida+ente acreditada con el siguiente docu+ento@

    • Copia de la resolución 9>9 de > de julio de /00# epedida por el Consejo

    (acional Electoral RPor +edio de la cual se declara la elección de Senado de

    la &epblica para el per"odo /00 O /0? 6 se ordena la epedición de las

    respectivas credenciales# en la cual se indica que el ciudadano Plinio

    Edilberto %lano 8ecerra fue declarado elegido al Senado de la &epblica# parael per"odo constitucional /00 O /0?# por la circunscripción ordinaria# inscrito

    por el Partido Social de 3nidad (acional O Partido de la 3 -7

    2;2; EL FONDO DEL ASUNTO

    C'n%ide+aci'ne% p+eia% en +e&ación c'n &a d'&e 7i&i.ancia

    Es necesario definir previa+ente el asunto relacionado con la doble +ilitancia7 En

    efecto el solicitante de la pérdida de investidura en la parte inicial de su escrito se

    refiere a la +ilitancia que el Senador %lano 8ecerra !a tenido en el Partido )iberal

    Colo+biano# en el partido Ca+bio &adical 6 en el Partido de la 37 De igual

    +anera# !ace alusión a lo se$alado en la refor+a pol"tica adelantada por el

    Congreso 6 que se +ateriali2ó en el Acto )egislativo de /00

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    2;2;"; P+i7e+ ca+,':P+dida de ine%.id+a p'+ .+Hic' de in&encia% deida7en.e

    c'7p+'ad' Ap'8' de& A&ca&de de S.a7a+c4Hn

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    RA&5,C3)% /1.7 Causales7 )a pérdida de la investidura se produce@

    :T=

    I7 Por tráfico de influencias debida+ente co+probadas7

    Esta causal# co+o se !a indicado por este Despac!o# siguiendo en ello la

     jurisprudencia elaborada por la Sala Plena# 6 a!ora se reitera Rno está

    constitucional ni legal+ente definida# no obstante# por v"a de la jurisprudencia que

    se !a elaborado por el 47 Consejo de Estado# se !a se$alado que se entiende por 

    tráfico de influencias# para efectos de la pérdida de investidura# aquella práctica

    por +edio de la cual el congresista prevaliéndose de su condición# recibe# se !ace

    dar o pro+eter para s" o para un tercero# un particular beneficio de un servidor pblico7 Se antepone# la investidura de congresista frente al servidor pblico# para

    que éste acceda a las peticiones de aquel# que buscan un favoreci+iento

    particular7

    Confor+e a la jurisprudencia que la 47 Corporación !a elaborado en torno a esta

    causal de pérdida de investidura# el tráfico de influencias presupone anteponer la

    investidura de congresista ante un servidor pblico# quien# bajo tal influjo

    sicológico# reali2a una actividad que no adelantar"a de no ser por la calidad de

    quien se lo solicita7 Consiste en una relación de doble env"o en donde el

    congresista# gracias a la investidura que posee# crea en el destinatario de su

    influencia la decisión de reali2ar el !acer solicitadoB

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    Para efectos de configurar esta causal de pérdida de la investidura# se requiere la

    de+ostración de los siguientes presupuestos@

    • ";- ue se trate de persona que ostente la calidad de Congresista7•

    2;- ue se invoque esa calidad o condición7• =;- ue se reciba# !aga dar o pro+eter para s" o para un tercero dinero o

    dádiva# con las salvedades o ecepciones conte+pladas en la )e6 IQ de 11/#

    en cuanto a las gestiones de los congresistas en favor de sus regiones7• #;- ue sea con el fin de obtener beneficio de un servidor pblico en asunto

    que éste se encuentre conociendo o !a6a de conocer7 :4= :5=7• ;- Estos presupuestos se deben presentar de consuno# no son alternativos 6

    deben estar plena+ente de+ostrados7

    De confor+idad con lo anterior# procede esta Agencia del 'inisterio Pblico a

    anali2ar si en el caso en ea+en# se estructuran los presupuestos que se eigen

    para que se configure la causal7

    • Ace+' p+'a.'+i'

    I

    LMConsejo de ;stado, !ala Plena de lo Contencioso Administrativo, !entencia del @ denoviembre de @GGG( .adicación No( ACE??FIK( Consejera Ponente5 "lga /n6s Navarrete 1arrero(

    Consejo de ;stado( !ala Plena de lo Contencioso Administrativo( !entencia del FG de agosto de@GG( .adicación No( ??GG?EGFE?EGGGE@GGEGGIIEGGLP/M( Consejero Ponente5 Alejandro"rdo#ez 7aldonado(

    Consejo de ;stado( !ala Plena de lo Contencioso Administrativo( !entencia del ? de mayo de@GGH( .adicación No( ??GG?EGFE?EGGGE@GGEG?@EGGLP/M( Consejero Ponente5 :abriel ;duardo7endoza 7artelo(

    Consejo de ;stado( !ala Plena de lo contencioso Administrativo( !entencia del de marzo de@GG( .adicación No( ??GG?EGFE?EGGGE@GGHEG?GIEGGLP/M( Consejera Ponente5 !usana 1uitragoValencia(

    Consejo de ;stado( !ala Plena de lo Contencioso Administrativo( !entencia del ?H de abril de@GGH( .adicación No( ??GG?E GFE?EGGGE@GGEGG?K@EGG LP/M( Consejero Ponente5 .einaldoC$avarro 1uritic%(

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    prensa :televisión=# se requiere que sea cierto 6 este aspecto no se aprecia en el

    asunto +ateria de ea+en7 Por el contrario# la noticia del !ec!o que es fuente de

    prueba# por si sola no per+ite considerar lo infor+ado o publicado co+o cierto#

    tanto es as" que# co+o es de su6o conocido por el apoderado de la parte actora#

    fue objeto de investigación disciplinaria por parte de la Procuradur"a General de la

    (ación# proceso que se adelantó con el áni+o de precisar la verdad de lo

    denunciado 6 el autor o autores del +is+o 6 all" !abr"a de establecerse no solo si

    el alcalde de Suta+arc!án influenció al electorado con la entrega de letrinas# sino

    si esa actuación !ab"a sido pro+ovida por el se$or Plinio %lano co+o Senador de

    la repblica7

    Confor+e al !ec!o noticioso al cual se refiere el actor# lo nico de lo que se dacuenta en él es del ofreci+iento de unas bater"as sanitarias a ca+bio de votos por 

    el Senador %lano 8ecerra# que# presunta+ente efecto el Alcalde del 'unicipio de

    Suta+arc!án a unos !abitantes de la localidad# pero de este ofreci+iento que !i2o

    el Alcalde no se puede inferir el !ec!o generador de la causal de pérdida de

    investidura7

    )a configuración de la causal i+pone un actuar de quien se encuentra en ejercicio

    de la calidad de congresista# que presupone anteponer la investidura de

    congresista ante un servidor pblico# quien# bajo tal influjo sicológico# reali2a una

    actividad que no adelantar"a de no ser por la calidad de quien se lo solicita7

    Consiste en una relación de doble env"o en donde el congresista# gracias a la

    investidura que posee# crea en el destinatario de su influencia la decisión de

    reali2ar el !acer solicitado la de+ostración de estos supuestos# que es carga del

    actor# son los que per+iten o truncan la prosperidad de la pretensión7

     As" las cosas# es claro que en el asunto que se estudia le corresponde al actor 

    :onus probandi incu(bit actori = de+ostrar los presupuestos que se !an dejado

    se$alados# para efectos de probar la causal de pérdida de investidura por tráfico

    de influencias7

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    Esta Delegada procede a estudiar los presupuestos que jurisprudencial+ente se

    !an establecido 6 que deben ser de+ostrados para efectos de la prosperidad de la

    solicitud de pérdida de la investidura por tráfico de influencias7

    Fea+os@

    • "M ;- 1e %e .+a.e de pe+%'na 5e '%.en.e ' 4a8a '%.en.ad' &a ca&idad de

    C'n,+e%i%.a E& d'c.'+ P&ini' Edi&e+.' O&an' 6ece++a '%.en.a &a

    c'ndición de Senad'+ 

    Para efectos de este cargo ésta se encuentra plena+ente de+ostrada# el doctor Plinio Edilberto %lano 8ecerra# fue elegido Senador de la &epblica para el

    per"odo /00. O /00# 6 su candidatura estuvo avalada por el Partido Ca+bio

    &adical confor+e se indica en la &esolución n+ero 1I de junio I de /00.

    epedida por el Consejo (acional Electoral -RPor +edio de la cual se declara la

    elección de Senadores de la &epblica por la circunscripción ordinaria# para el

    per"odo /00. - /00:ver fls ?19 6 s7s7= igual+ente# se encuentra acreditada la

    condición de actual Senador de la &epblica del ciudadano Plinio Edilberto %lano8ecerra# la cual consta en la &esolución n+ero 9>9 de > de julio de /00#

    epedida por el Consejo (acional Electoral RPor +edio de la cual se declara la

    elección de Senado de la &epblica para el per"odo /00 O /0? 6 se ordena la

    epedición de las respectivas credenciales :ver fls />0 6 s7s7=# indicando que el

    ciudadano Plinio Edilberto %lano 8ecerra fue declarado elegido al Senado de la

    &epblica# para el per"odo constitucional /00 O /0?# por la circunscripción

    ordinaria# inscrito por el Partido Social de 3nidad (acional O Partido de la 3 -7

    • 2;- 1e %e in'5e e%a ca&idad ' c'ndición

    Esta causal# as" lo tiene se$alado la jurisprudencia Lpresupone anteponer la

    investidura de congresista ante un servidor pblico# quien# bajo tal influjo

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    sicológico# reali2a una actividad que no adelantar"a de no ser por la calidad de

    quien se lo solicitaL7

    Confor+e se indica en el escrito contentivo de la solicitud de pérdida de la

    investidura de Senador# no es posible predicar la eistencia de un tráfico de

    influencias por cuanto que el Senador no !a sido quien se !a valido de su

    condición para lograr apo6os a su aspiración electoral# ni está de+ostrado que el

    ofreci+iento de las bater"as sanitarias lo !i2o el acalde por solicitud del Senador

    el funcionario que acto as" frente al electorado# al parecer# es el Alcalde del

    'unicipio de Suta+arc!án :8o6acá=# quien en fallo disciplinario de pri+era

    instancia# del / de agosto de /0/# epedido por la Procuradur"a Segunda

    Delegada para la Figilancia Ad+inistrativa lo declaró responsable

    disciplinaria+ente 6 lo sancionó con destitución en el ejercicio del cargo7Pero no es solo el escrito del apoderado de la parte actora el que per+ite arribar a

    la conclusión que se se$ala7

    )o es# igual+ente la queja anóni+a con la que se dio inicio a la investigación

    disciplinaria que adelanta la Procuradur"a General contra el Alcalde del 'unicipio

    de Suta+arc!án :8o6acá=# la cual inicial+ente se dirigió al Personero de esa

    +unicipalidad en no+bre de Co+unidad de Suta+arc!ánB :ver folio / del cd7

    de la investigación disciplinaria=# igual+ente la declaración de testigo del cargo

    disciplinario rendida por el ciudadano *a+ir Antonio &odr"gue2 'erc!án7

    De la +is+a +anera# infir+an el cargo las declaraciones obrantes en el plenario#

    en especial la rendida por el &epresentante a la Cá+ara se$or Pablo Aristóbulo

    Sierra )eón :ver folios

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    que ellos apo6aron su candidatura al senado de la repblica en el 'unicipio de

    Suta+arc!án7

    Es +ás las declaraciones de los &epresentantes a la Cá+ara doctores Pablo

     Aristóbulo Sierra )eón 6 )uis Guiller+o barrera Gutiérre2# se puede inferir que el

    Senador no reali2ó actividades proselitistas en el 'unicipio de Suta+arc!án7

    uiere destacar esta Agencia del 'inisterio Pblico# lo infor+ado por el Personero

    del 'unicipio de Suta+arc!án al Consejo de Estado por +edio del oficio P'S 0><

    S- del > de octubre de /0# en donde se da respuesta al oficio n+ero 10I#

    en este docu+ento indica lo siguiente7

    RCon respecto a dic!a investigación# segn el docu+ental de CanalCaracol SEP5,'% D,A# las personas beneficiadas con estas unidadessanitarias +anifestaron# que quien !ab"a ordenado otorgar el voto por elSenador Plinio %lano 8ecerra# fue directa+ente el se$or Alcalde Carlos&oberto Castellanos pinilla7 Es de aclarar que este despac!o en ningn+o+ento propicio que dic!o senador !a6a entregado ba$os o !aber reali2ado pol"tica en el 'unicipio de Suta+arc!án 8o6acá7 )asdenuncias instauradas son en contra del se$or CA&)%S &%8E&5%CAS5E))A(%S A)CA)DE '3(,C,PA) DE S35A'A&C4A(

     Ade+ás# en la versión que rindiera ante el ue2 Pro+iscuo 'unicipal deSuta+arc!án# prueba solicitada por el actor de la presente acción# el se$or 

    personero doctor Aguilar +anifiesta# entre otras cosas# que no conoce

    personal+ente al senador Plinio %lano 6 que no le consta que !a6a estado en el

    'unicipio en actividad proselitista +ás adelante +anifiesta que no le consta que

    el Senador %lano !a6a !ec!o ofreci+ientos o entregado las fa+osas bater"as

    sanitarias agrega que Rel Se$or Alcalde de una for+a irresponsable 6 atrevida

    reali2ó tal proselitis+o en no+bre del doctor P),(,% %)A(% 6 )3,S G3,))E&'%8A&&E&A representante a la cá+ara

    De igual +anera las versiones de los se$ores %scar avier )agos 6 4ércules

     Alfonso Suáre2 Suáre2# denunciantes del alcalde# rendidas ante el ue2 de esta

    +unicipalidad son claras en afir+ar que no les consta que el Senador !ubiere

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    !ec!o presencia f"sica en el +unicipio en época pre-electoral# co+o ta+poco que

    de él partiera el ofreci+iento de ca+bio de votos por bater"as sanitarias7

     A!ora bien# co+o los presupuestos que configuran la pérdida de investidura#

    segn lo se$alado jurisprudencial+ente# se !an de de+ostrar en for+a conjunta#

    de consuno# se conclu6e que la solicitud no está lla+ada a prosperar con

    funda+ento en este pri+er cargo# por cuanto los ele+entos de prueba que se

    allegan no son de+ostrativos del presupuesto que se anali2a de ninguna de ellas

    es posible inferir que el Senador Plinio %lano !a invocado su condición de senador 

    ante el alcalde del +unicipio de Suta+arc!án para lograr apo6os pol"ticos que

    favorecieran su aspiración electoral7

    El onus probandi le i+pon"a al solicitante de la pérdida de la investidura de+ostrar 

    que el Senador Plinio %lano 8ecerra# antepone su investidura de congresista ante

    el alcalde del 'unicipio de Suta+arc!án# servidor pblico# 6 que este# bajo tal

    influjo sicológico# reali2a una actividad que no adelantar"a# la de ofrecer dádivas a

    ca+bio de votos por una causa electoral# de no ser por la calidad de quien se lo

    solicita7 Ello no se infiere de las pruebas allegadas al plenario7

    Entonces# se puede concluir que el Senador %lano 8ecerra no !a utili2ado su

    dignidad ni se !a valido de ella para lograr respaldo del Alcalde de Suta+arc!án

    :8o6acá= a su causa pol"tica 6 +enos que !a6a ofrecido las +encionadas bater"as

    sanitarias para que votaran por él# !ec!os estos que eran los que se !an debido

    de+ostrar# pero lo cual no se establece a través de los +edios probatorios que se

    !an considerado ninguno de ellos per+ite concluir que el senador %lano 8ecerra

    utili2ó o se valió de su calidad de Senador para obtener apo6o pol"tico del Alcalde

    del 'unicipio de Suta+arc!án 6 por lo +is+o# se puede concluir que no se !alla

    incurso en la causal de pérdida de investidura se$alada por el apoderado judicial

    de la %(G &ed (acional7

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    En este conteto# los otros presupuestos de la causal no a+eritan ser 

    considerados7 Por lo tanto# el cargo no está lla+ado a prosperar7

    2;2;2; Se,nd' ca+,':

    P+dida de ine%.id+a p'+ .+Hic' de in&encia% deida7en.e

    c'7p+'ada In.e+ención en e& n'7+a7ien.' de pa+ien.e% de&

    Rep+e%en.an.e> 8 a4'+a Senad'+ O&an' en &a U;T;L; de& Rep+e%en.an.e a

    &a CH7a+a C%a+ Ca%.e&&an'% Pe+J'd' "99? 2002 Rep+e%en.an.e a &a

    CH7a+a

    Para dic!o per"odo el doctor %lano 8ecerra fue elegido &epresentante a la

    Cá+ara por la circunscripción electoral de 8ogotá# Distrito Capital as" se consigna

    en el Acuerdo 0 del // de abril de 11># e+anado del Consejo (acional Electoral

    :ver folios //. 6 s7s7= 6 se infiere# igual+ente# del Acta de Plenaria n+ero 9/ del

    9 de septie+bre de 11># en donde se !ace constar que uno de los

    &epresentantes a la Cá+ara que prestó jura+ento en la sesión inaugural del

    per"odo co+prendido entre el /0 de julio de 11> 6 /00/ es el doctor PlinioEdilberto %lano 8ecerra7

    De confor+idad con el escrito de solicitud de pérdida de investidura# el cargo

    segn voces del actor# se !ace consistir en el !ec!o de que la t"a del senador 

    %lano 8ecerra# la se$ora 'ar"a 5eresa 8ecerra# fue no+brada a instancias su6as

    en la 3757)7 del &epresentante a la Cá+ara# se$or César Castellanos# que a su

    ve2 6 a +anera de trueque o a ca+bio de esta designación# el Senador %lano

    8ecerra no+bró en su 3757) a la se$ora Sandra &odrigue2# !er+ana de la

    Senadora Claudia &odr"gue2 de Castellanos 6 a su ve2 cu$ada del &epresentante

    César Castellanos# en cu6a 3757) se designó a la t"a del Senador %lano7 :ver folio

    /# cargo /U=7

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    Con el proceder anterior# el Senador %lano 8ecerra incurrió en tráfico de

    influencias 6 ade+ás# violó el art"culo /. de la Carta Superior7 Este art"culo

    se$ala una pro!ibición general en esta +ateria para todos los servidores pblicos7

    Fea+os que epresa el +encionado art"culo@

    C'n%.i.ción P'&J.ica

    KARTICULO "2$; )os servidores pblicos no podrán no+brar co+oe+pleados a personas con las cuales tengan parentesco !asta el cuartogrado de consanguinidad# segundo de afinidad# pri+ero civil# o con quienestén ligados por +atri+onio o unión per+anente7 5a+poco podrándesignar a personas vinculadas por los +is+os la2os con servidorespblicos co+petentes para intervenir en su designación7

    Se eceptan de lo previsto en este art"culo los no+bra+ientos que se

    !agan en aplicación de las nor+as vigentes sobre ingreso o ascenso por +éritos7

    Esta nor+a constitucional fue objeto de desarrollo legal# +ediante la )e6 10 de

    11I# la cual# se$ala en su art"culo ..# en relación con los e+pleados 6No

    contratistas de las 3nidades de 5rabajo )egislativo de las Cá+aras# lo siguiente@

    Le8 "90 de "99

    ARTCULO $$; )os e+pleados 6No contratistas de la unidad de trabajolegislativo de las Cá+aras no podrán tener v"nculos por +atri+onio ounión per+anente o de parentesco en cuarto grado de consanguinidad#segundo de afinidad o pri+ero civil con ca&5ie+ c'n,+e%i%.a 'nci'na+i' ad7ini%.+a.i' 5e in.e+en,a en % de%i,nación;:(egrillas 6 subra6as no son del original=

     A!ora bien# el régi+en de la designación de los servidores pblicos en las

    3nidades de 5rabajo )egislativo de los congresistas está regulado en el art"culo

    > de la )e6 IQ de 11/ :nor+a +odificada por el art"culo 9K de la )e6 >.> de

    /00

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    RODRGUE*> designada co+o funcionaria de la 37 57 )7 del Congresistade+ando :sic= para el per"odo constitucional 11> O /00/# debida+enteautenticados7

    De confor+idad con los ele+entos de prueba allegados al plenario# 6 en particular 

    de la certificación# obrante a folio

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    !an se$alado por el 47 Consejo de Estado# co+o configuradores de la pérdida de

    investidura por tráfico de influencias debida+ente co+probado7

    (o obstante lo anterior# en la seguridad de que no afecta el análisis reali2ado# esta

    Delegada quiere dejar advertida la situación siguiente# previa consideración del

    carácter rogado que se predica de esta especial acción7

    Siguiendo lo indicado por la Sala Plena del 47 Consejo de Estado# es necesario

    recordar# en aras de evitar que la defensa se torne incierta e i+posible 6 bajo el

    entendido que le incu+be al actor se$alar de +odo concreto los presupuestos de

    !ec!o 6 la relación de coneidad entre éstos 6 la causal invocada# en orden a

    deter+inar# en debida for+a# los etre+os de la controversia 6# por consiguiente#garanti2ar el ejercicio de los derec!os de defensa 6 contradicción del procesado

    sólo se considerarán los presupuestos fácticos consignados por el actor co+o

    funda+ento de la pretensión 6 que quedaron establecidos en el escrito de solicitud

    de pérdida de investidura# ade+ás se !ará en los precisos tér+inos del escrito de

    solicitud de pérdida de la investidura7

    Se precisa lo anterior por cuanto que en el cuestionario for+ulado por el actor para

    ser respondido por el se$or César Gerardo Castellanos Do+"ngue2 6 la se$ora

    Claudia &odr"gue2# ante el Cónsul de Colo+bia en 'ia+i# diligencia que se llevo a

    cabo el /I de junio de /0/# se !i2o alusión a !ec!os 6 personas que no se

    propusieron en el escrito de solicitud de la pérdida de investidura que fuera

    ad+itido# +ediante auto del /9 de abril de /07

    Esta Delegada se refiere en concreto a la designación del se$or Gerardino 4enr6

    Castellanos Do+"ngue2# en la 3757) del Senador %lano# de éste !ec!o no !i2o

    +ención el peticionario en el escrito de solicitud de pérdida de investidura 6 de la

    se$ora 4er+encia 8ecerra en la 3757)7 del &epresentante a la Cá+ara César 

    Gerardo Castellanos Do+"ngue2# persona a la cual no se refiere ta+poco el actor 

    cuando presenta su de+anda7 Este !ec!o 6 estas personas surgen# se reitera# en

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    el interrogatorio que fuera absuelto por los testigos ante el Cónsul de Colo+bia en

    'ia+i :EE733=7 :ver folios ./1 a .

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    Pero# independiente+ente de lo anterior# aun en el evento de considerarse

    de+ostrado el parentesco que se afir+a del senador 6 la se$ora 4er+encia

    8ecerra Sosa# el !ec!o resulta inane para la acción incoada# pues es claro que el

    &epresentante %lano no intervino en la designación de la que se dice es su

    pariente# que es el aspecto que debe ser de+ostrado 6a que quien la postuló fue

    el propio representante Castellanos para que trabajara en su 3757)7# 6 no el

    &epresentante %lano7

    2;2;=; Te+ce+ ca+,':

    P+dida de ine%.id+a p'+ i'&ación de& +,i7en de c'n&ic.' de

    in.e+e%e% In.e+ención de& Senad'+ en e& .+H7i.e 5e %e ade&an.ó en

    &a epedición 8 ap+'ación de& Ac.' Le,i%&a.i' " de 2009> +e'+7a.'+i'

    de &a C'n%.i.ción P'&J.ica en eneici' p+'pi' Pe+J'd' 200$ 20"0

    Senad'+ de &a Rep&ica

    Sostiene el de+andante que el Senador desconoció el régi+en del conflicto de

    intereses por cuanto participó en el trá+ite surtido para la aprobación de la

    refor+a constitucional consagrada en el Acto )egislativo de /0017 Afir+a el

    de+andante# que la intervención en este trá+ite la !i2o el Senador %lano con elfin de obtener un beneficio propio 6 por ello# no pod"a participar en los debates que

    se adelantaran ni en la votación aprobatoria del acto +odificatorio de la Carta

    Pol"tica7

    )a condición de congresista del se$or Plinio %lano 8ecerra para la época en que

    se sucede el !ec!o del cual se deriva la causal de pérdida de investidura no lla+a

    a duda7 En efecto# al plenario se allegó copia de la &esolución n+ero 1I de

     junio I de /00. epedida por el Consejo (acional Electoral -RPor +edio de la cual

    se declara la elección de Senadores de la &epblica por la circunscripción

    ordinaria# para el per"odo /00. - /00 igual+ente se encuentra acreditada la

    condición de Senador de la &epblica del ciudadano Plinio Edilberto %lano

    8ecerra# la cual consta en la &esolución n+ero 9>9 de > de julio de /00#

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    epedida por el Consejo (acional Electoral RPor +edio de la cual se declara la

    elección de Senado de la &epblica para el per"odo /00 O /0? 6 se ordena la

    epedición de las respectivas credenciales indicando que el ciudadano Plinio

    Edilberto %lano 8ecerra fue declarado elegido al Senado de la &epblica# para el

    per"odo constitucional /00 O /0?# por la circunscripción ordinaria# inscrito por el

    Partido Social de 3nidad (acional O Partido de la 3 -7

    • (a+c' 3+Jdic'

    )a causal invocada tiene co+o funda+ento el art"culo >< nu+eral U de la Carta

    Pol"tica# en concordancia con el art"culo >/ ib"de+ 6 />. de la )e6 IQ de 11/7

    )as nor+as que co+prenden el conflicto de intereses son del siguiente tenor@

    KA+.Jc&' "?=: )os Congresistas perderán su investidura@

    ; Por violación del régi+en de in!abilidades e inco+patibilidades# o delrégi+en de conflicto de intereses7

    :T= KA+.Jc&' "?2: )os congresistas deberán poner en conoci+iento de larespectiva cá+ara las situaciones de carácter +oral o econó+ico quelos in!iban en el trá+ite de los asuntos so+etidos a su consideración7 )ale6 deter+inará lo relacionado con los conflictos de intereses 6 lasrecusaciones7

    )a )e6 IQ de 11/# &egla+ento del Congreso# regula lo referido con el conflicto de

    intereses en el Cap"tulo 3ndéci+o# Sección Cuarta# art"culos />. 6 siguientes7

    El art"culo />. prescribe@

    ARTCULO 2?$; APLICACIN; 5odo Congresista# cuando eista interésdirecto en la decisión porque le afecte de alguna +anera# o a sucón6uge o co+pa$ero o co+pa$era per+anente# o a alguno de susparientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo deafinidad o pri+ero civil# o a su socio o socios de derec!o o de !ec!o#

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    deberá declararse i+pedido de participar en los debates o votacionesrespectivas7

    )os art"culos subsiguientes regulan@ :i= el registro de intereses privados :art"culo

    />9= :ii= el tér+ino de inscripción en el registro :art"culo />>= :iii= la publicidad delregistro :art"culo />1= :iv= la +odificación del registro :art"culo /10= :v= el régi+en

    de i+pedi+entos :art"culos /10# /1# /1/ 6 /1

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    +is+a la virtualidad de configurar el provec!o de +anera autóno+a# esto es# que

    no se requiera de actos# !ec!os# o desarrollos ulteriores para cristali2ar el

    beneficio personal7 >

    En el caso que a!ora corresponde ea+inar# el solicitante de la pérdida de la

    investidura considera que la +is+a se !a de declarar por cuanto que el Senador 

    %lano 8ecerra participó en el trá+ite 6 aprobación del Acto )egislativo 0 de /001#

    con el fin o propósito de lograr un beneficio propio7

    Sostuvo el actor que Rel senador al intervenir en la refor+a pol"tica 6 votar el

    articulado# especial+ente la nor+a que les per+ite ca+biar de partido dentro de

    los dos +eses siguientes a la epedición del acto# estaba i+pedido para !acerlo

    porque estaba legislando en su propio beneficio 6 al !acerlo co+o se pruebaincurrió en la causal en co+ento

    En consideración de esta Agencia del 'inisterio Pblico# el cargo se$alado por el

    de+andante no está lla+ado a prosperar por las siguientes ra2ones@

    Confor+e a las nor+as que regulan el te+a# la causal de pérdida investidura que

    se funda en el conflicto de intereses se configura cuando eiste Rinterés directo

    en la decisión que !a de to+arse en el Congreso porque afecta# de alguna

    +anera# al parla+entario7

    Sobre este aspecto espec"fico del interés directo el Consejo de Estado !a

    se$alado@

    %bsérvese có+o la se$alada causal se estructura en presencia del interésdirecto que pueda surgir en las labores congresionales por parte de senadores

    6 representantes# tanto en las deliberaciones co+o en las votaciones# cuandoel asunto objeto de ea+en pueda generarles directa+ente a ellos algn tipode beneficio personalT7 El caso se presenta cuando el parla+entario

      Corte Constitucional !ala Plena E !entencia CE?GIG de @GGE Asunto5 Demanda deinconstitucionalidad contra el Acto 4egislativo No( G@ de @GGI "Por el cual se reforman algunosartículos de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones".

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    antepone sus propios intereses a los que real+ente le corresponde consultar#co+o son los de beneficio general 6 el bien co+n que sie+pre tendrán quéorientar su actividad dentro del órgano legislativo :arts7

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    la voluntad de los congresistas, tenga por sí (is(o la virtualidad de configurar el hecho de (anera autóno(a, esto es que no se requiera de actos, hecho, o

    desarrollo ulteriores para cristalizar el beneficio personal .” 9 11

    ,ndependiente+ente de lo epresado por el Consejo de Estado# para la Corte

    Constitucional el te+a del interés directo no !a sido ajeno a sus pronuncia+ientos#6 !a entendido el concepto +encionado as"@

    Eiste un interés directo# cuando el provec!o que se obtenga por elparla+entario# sus fa+iliares o socios en los tér+inos previstos en la le6# norequiera para su de+ostración de actos# !ec!os o desarrollos posteriores quelo conviertan en !ipotético o aleatorio7 Sobre el particular la jurisprudencia delConsejo de Estado !a se$alado que la co+probación del +is+o@ Ldebe surgir de los etre+os de la relación que se plantea a través de la decisión que !a6ade to+arse con respecto a los pro6ectos de le6# sin inter+ediación alguna7Sólo dentro de los l"+ites de un deter+inado ordena+iento jur"dico# puede

    tener para el congresista o las personas indicadas en el nu+eral />. de la )e6IQ de 11/# relevancia su interés# el cual no puede ser otro que aquél en elcual sus destinatarios tengan relación directa con el +is+oL ?>7 Por otra parte#el interés se torna en particular# cuando la adopción de una decisión en unasunto concreto le generar"a al parla+entario un provec!o o beneficio#espec"fico 6 personal# para s" +is+o o para quienes de acuerdo con la le6 seencuentren relacionados con él# 6 que no obstante estar consciente de dic!acircunstancia# no +anifiesta su i+pedi+ento para participar en el debate ovotación correspondiente7 ;inal+ente# el interés debe ser in+ediato# con elpropósito de ecluir sucesos o !ec!os contingentes e i+previsibles# sobre loscuales no sea posible deter+inar o predecir con cierto grado de convicción 6de evidencia fáctica su reali2ación en el futuro. 12

     A!ora bien# el cargo propuesto por el actor en este proceso de pérdida de

    investidura es idéntico al que se for+ulara en el caso 6a fallado sobre el

    &epresentante a la Cá+ara doctor 5elésforo Pedra2a %rtega# asunto en el que le

    KL K M !entencia P/ GI GG del K de noviembre de @GGI(

     

    ?? Consejo de ;stado !ala Plena de lo Contencioso Administrativo Consejero Ponente L;M Dr(

    7auricio *ajardo :ómez( @H de julio de @G?G Demandado 5 4uis *elie 1arrios 1arrios?@  !entencia CE ?GIG de @GG  – .eferencia5  ;>ediente DEI  - Asunto5 Demanda deinconstitucionalidad contra el Acto 4egislativo No( G@ de @GGI BPor el cual se reforman algunosart)culos de la Constitución Pol)tica y se dictan otras disosicionesB( E Actor5 1lanca 4inday ;nciso(E 7agistrados Ponentes5 Dr( 7AN-;4 J"! C;P;DA ;!P/N"!A E Dr( ."D./:" ;!C"1A. :/4 E Dr(7A.C" :;.A.D" 7"N."O CA1.A E Dr( 9-71;.2" AN2"N/" !/;..A P".2" E Dr( Q4VA." 2A*-.:A4V/! E Dra( C4A.A /N! VA.:A! 9;.NQND;< E 1ogot%, D( C(, ?K de octubre @GG(

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    correspondió actuar a esta Delegada# solicitando respetuosa+ente a la Sala que

    denegara la petición de perdida de investidura# con base en los siguientes

    argu+entos@

    RT# la nor+a en cu6o trá+ite participó el &epresentante 5elésforoPedra2a# la cual se incorporaba dentro del Acto )egislativo querefor+aba algunos art"culos de la Carta Superior 6 que es la ra2ón deser de la solicitud del actor en el asunto en ea+en# confor+e a suestricto tenor literal dispone lo siguiente@

    A+.Jc&' " ; El art"culo 09 de la Constitución Pol"tica quedaráas"@

    :T=

    Pa+H,+a' .+an%i.'+i' "; Sin pe+3ici' de &' di%pe%.' p'+ e&

    a+.Jc&' "=#> den.+' de &'% d'% a.'+Ja%e>p'+ na %'&a e> a &'% 7ie7+'% de &'% Ce+p'% C'&e,iad'%de e&ección p'p&a+> ' a 5iene% 4ie+en +ennciad' a %c+& c'n an.e+i'+idad a &a i,encia de& p+e%en.e ac.'&e,i%&a.i'> pa+a in%c+ii+%e en n pa+.id' di%.in.' a& 5e &'%aa&ó> %in +enncia+ a &a c+& ' inc++i+ en d'&e 7i&i.ancia;

    uiere destacar esta Delegada que la nor+a estaba co+prendida en elpro6ecto de Acto )egislativo que so+etió el Gobierno para su trá+ite ala Corporación )egislativa# que el origen del pro6ecto es el Gobierno(acional# que propend"a por la refor+a de algunos aspectos

    relacionados con el ejercicio de la pol"tica# con los partidos pol"ticos 6confor+e a lo indicado en la eposición de +otivos del pro6ecto Con elobjeto de profundi2ar en la de+ocrati2ación interna de los partidos# sufortaleci+iento 6 su responsabilidad pol"tica# dentro de un +arcoprogra+ático 6 de transparencia en las relaciones entre los poderespblicos# 6 consiente de la necesidad urgente de proteger el siste+ade+ocrático del influjo de agentes 6 organi2aciones cri+inales# elGobierno (acional en ejercicio de la facultad constitucional consignadaen el art"culo /00 de la Carta# presenta ante el Congreso de la &epblicael presente pro6ecto de Acto )egislativo# por el cual se adopta unarefor+a pol"tica constitucional7

    Co+o objetivo espec"fico se$alaba la eposición de +otivos lossiguientes@

    )a transparencia electoral# la responsabilidad pol"tica de lospartidos# la responsabilidad individual e intransferible de lostitulares de cargos pblicos de elección popular frente al puebloColo+biano 6 la austeridad 6 control en la financiación deca+pa$as 6 partidos son una prioridad para el Gobierno (acional7

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    Dentro de un +arco de equilibrio# colaboración ar+ónica 6 respeto+utuo en el ejercicio de sus funciones# los poderes pblicostene+os la oportunidad de fortalecer los +ecanis+os paraerradicar las +alas prácticas 6 costu+bres en la pol"tica7 Ja larefor+a pol"tica de /00< viene generando i+portantestransfor+aciones en el ejercicio del que!acer pol"tico# sin

    e+bargo# es necesario !acer un ajuste constitucional 6 legal paraadaptar la legislación a las nuevas 6 co+plejas realidades que !o6enfrenta Colo+bia# buena parte de ellas# fruto necesario de unproceso franco 6 abierto de depuración de la pol"tica;

    Siguiendo lo se$alado por la 47 Sala Plena del Consejo de Estado 6 la47 Corte Constitucional# por regla general no cabe plantear conflictos deintereses cuando se trata del trá+ite de Actos )egislativos refor+adoresde la Constitución Pol"tica# nor+a de nor+as 6 por esencia la nor+ageneral# i+personal# abstracta# la que co+prende a la universalidad# atodo el conglo+erado# la causal no se presenta cuando el interés esco+n a todos los +ie+bros de la corporación legislativa7

    )a Sala Plena del 47 Consejo de Estado# en la sentencia del 9 deoctubre de /000# ponencia del 47 Consejero doctor 'A&,% A)A&,%'W(DE*# proceso AC O 7.# pérdida de investidura del&epresentante a la Cá+ara# ciudadano Gustavo &a+os Arjona# sentó lasiguiente !er+enéutica@

    (o !a6 i+pedi+ento# entonces# para participar en la discusión 6votación de los asuntos a cargo del Congreso# cuando lascircunstancias de que derivar"an el provec!o los congresistas seangenerales 6 co+unes por igual a todos ellos

    )a 47 Corte Constitucional# al referirse al te+a espec"fico indicó@

    ;ue intención inequ"voca del Constitu6ente de 11 depurar lasprácticas pol"ticas colo+bianas7 Con este propósito# consagró unaserie de +andatos dirigidos a garanti2ar que los representantes delpueblo en las corporaciones de elección popular acten en procuradel interés general7 8aste citar a este respecto el +andatoconsagrado en el art"culo

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    :T=

    :T=

    3na ve2 reali2ada la aproi+ación conceptual a la institución delos conflictos de intereses# lo pri+ero que debe anali2ar la Corte#

    es si los +is+os caben cuando se está tra+itando una refor+aconstitucional# !abida cuenta de que tales refor+as por sunaturale2a son inte+porales 6 de un grado de generalidad 6abstracción +uc!o +a6or que el de las le6es7

    Para esta Corporación# al igual que lo !a sostenido el Consejo deEstado# al pronunciarse sobre de+andas de pérdida de investidurade congresistas# la regla general   es que no cabe plantear i+pedi+entos o recusaciones por conflicto de intereses con +otivodel trá+ite de una refor+a constitucional estas figuras nica+enteson procedentes en casos e)cepcionales  en los que apare2caclara+ente de+ostrada la eistencia de un interés privadoconcurrente en cabe2a de un +ie+bro del Congreso7 Ello ocurre-en esencia- por las siguientes ra2ones7

    En pri+er lugar# porque co+o se eplicó con anterioridad# para queeista un conflicto de intereses# es necesario de+ostrar que laparticipación del congresista en el trá+ite legislativo le reporta unbeneficio particular# directo e in+ediato :)e6 IQ de 11/# art7 />.=7De +anera que pueda confrontarse el interés general al cual seencuentra obligado por ra2ón de sus funciones# 6 el interésparticular o privado que pretende obtener con su participación enel proceso legislativo# logrando con ello una posición especial dedesigualdad no sólo en relación con los de+ás parla+entarios sinofrente a todos los ciudadanos en general7 Co+o por regla generallas refor+as constitucionales afectan por igual a todos loscolo+bianos# independiente+ente de su condición o no deparla+entario# es inusual que algn congresista se encuentreparticular+ente privilegiado o perjudicado por un acto legislativo# 6que# por lo +is+o# de él se predique un conflicto de intereses?17

    En segundo tér+ino# porque no se deben confundir# de un lado# losintereses pol"ticos -inevitables en el á+bito parla+entario 6 sobretodo cuando se trata de refor+ar la Constitución- los cualespueden concurrir con los intereses generales# con losdeno+inados intereses +era+ente privados que# de otro lado# s"están ecluidos por la figura del conflicto de intereses -tales co+olos intereses econó+icos particulares del congresista o losintereses +era+ente personales 6 subjetivos de orden no pol"tico-7De ad+itirse que los intereses pol"ticos a favor o en contra de unarefor+a constitucional in!iben a los congresistas de participar ensu tra+itación# +uc!as nor+as de la Carta se tornar"anirrefor+ables o pétreas# co+o por eje+plo todas las nor+as sobreel Congreso de la &epblica# las elecciones# los partidos# la

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    relación entre el gobierno 6 la oposición 6 las entidadesterritoriales7 En estos te+as funda+entales para la actividadpol"tica# todos los congresistas tienen algn interés pol"tico# a favor o en contra de un ca+bio# lo +is+o que cualquiera de loscandidatos que les siguen en la lista de elegidos al Congreso7

     Aplicar entonces las reglas del conflicto de intereses a una refor+a

    constitucional por ra2ón del +óvil pol"tico que envuelve su trá+ite#co+o ocurre con el acto legislativo so+etido a revisión# i+plicar"aen la práctica enervar el poder de refor+a reconocido al Congresode la &epblica en la Constitución# contrariando el principio de lano intangibilidad de sus disposiciones# en los tér+inos previstos enesta providencia7

    En tercer lugar# porque el Acto )egislativo (o7 0/ de /00?# por s"+is+o# no garanti2a la continuidad del actual Presidente de la&epblica co+o +ái+a autoridad de la &a+a Ejecutiva del poder pblico7 De suerte que# para que eista un conflicto de intereses enla votación 6 deliberación de dic!a refor+a constitucional# co+o

    ocurre con la +a6or"a de ellas# es necesario que se surtan varios!ec!os dif"cil+ente anticipables 6 de los cuales depende que larefor+a en realidad tenga incidencia sobre la vida de uncongresista o de sus fa+iliares# co+o por eje+plo# que seprofieran las le6es que la desarrollan# que se surta la aplicación dela +is+a# o que se adopten las decisiones pol"ticas que condu2cana poner en riesgo la objetividad 6 transparencia de un congresistacircunstancias que# entre otras# i+piden calificar el interés de unparla+entario co+o directo e in+ediato# 6 por ello# constitutivo deconflicto de intereses; "=

    Confor+e a los anteriores antecedentes jurisprudenciales en casos

    co+o el que es a!ora objeto de estudio# en donde el Congreso acta enejercicio de sus facultades de refor+ador de la Constitución# se puedeconcluir en el +is+o sentido en que lo !iciera el 47 Consejero DelioGó+e2 )e6va en la aclaración de voto que !iciera a la sentencia que se!a citado en este estudio@

    5e en &a% +e'+7a% c'n%.i.ci'na&e%> ca&5ie+a %ea e&'+i,en de &a% 7i%7a%> n' 4a8 &,a+ a& c'n&ic.' de in.e+e%e%c'7' ca%a& de p+dida de ine%.id+a de& c'n,+e%i%.a> p'+ &a

    ?F !entencia CE ?GIG de @GG – .eferencia5 ;>ediente DEI ib)dem(

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    e&e7en.a& +aón de 5e .'da +e'+7a pa%a p'+ e& C'n,+e%' "#2 >%in ei%.i+ 7ecani%7'% 5e pe+7i.an %%.i.i+&' "

    Considerar de +anera apriori   que en el ejercicio de la facultadrefor+adora de la Constitución el congresista puede incurrir en violacióndel régi+en de conflicto de intereses es contrario a los principios 6

    postulados que infor+an el ordena+iento jur"dico# pero en especialconstituir"a un l"+ite al ejercicio libre 6 autóno+o que de esta función sepredica# que se !alla li+itada solo por aquellas circunstancias que de+anera precisa 6 taativa !a se$alado el ordena+iento positivo eloperador jur"dico !a de propender por preservar la independencia delórgano legislativo en el ejercicio de su función 6 considerando laseparación de poderes interferir en la +enor +edida posible la función#+ás cuando ella se traduce en actos de refor+a a la ConstituciónPol"tica# nor+a que se reitera es la +ás i+personal# general# 6 abstracta#la +ás universal en el ordena+iento positivo# ella# co+prende reglasdirigidas a la generalidad de personas que !abitan el territorio tanto ensus derec!o co+o en sus obligaciones7

    Por lo de+ás la nor+a !a establecido una ecepción# que en estrictosentido es un derec!o para quienes está destinada# la que debe ser entendida con un fin lti+o o teleológico que no es otro que el preservar el ejercicio del derec!o funda+ental de contenido pol"tico que tiene todociudadano de participar en la elección 6 control del poder pol"tico# deelegir 6 ser elegido# to+ar parte en elecciones# participar 6 for+ar partede partidos pol"ticos# acceder al dese+pe$o de funciones pblicas#etcT# derec!os todos ellos que se deben interpretar de la +anera queresulte +ás favorable para la persona !u+ana# para su libertad 6 susderec!os7

    De igual +anera se destaca que el pretenso beneficio de la disposiciónno co+prende solo a los +ie+bros de la Cá+ara de &epresentantes# de+anera general abarca a todos los servidores que integren cuerpos

    ?I

    @  !%c$ica 4uis Carlos y Arango 7ej)a Jorge, C(P( ;rnesto .ey Cantor en .eferendo,Asamblea Constituyente y Congreso, ;diciones Ciencia y Derec$o, a#o @(GGG( @F@ y@FF, se#alan resectivamente5 cómo se les ocurre condicionar todos los rocedimientosde reforma de la Constitución E iniciativa oular y de los concejales y diutados,referendo de origen gubernamental, asamblea constituyenteE al revio ermiso delCongresoR3 !i se revisan los art)culos FHI a FG se llega a la conclusión de que todaslas reformas de la Constitución asan or el Congreso3( O el autor citante, en "b, ct,

    , e>resa5 ;n otras alabras, el ueblo as) mismo no se uede convocardirectamente ara reformar la Constitución, toda vez que los tres rocedimientos dereforma constitucional se desarrollan or intermedio del Congreso Larts( FH, FH, FHH yFH, SM3

    ? Consejo de ;stado !ala Plena de lo Contencioso Administrativo Aclaración de voto del 9(Consejero doctor D;4/" :"7;< 4;OVA la sentencia de octubre ?H de @GGG, e>ediente AC ??(??, onente 9( Consejero doctor 7A./" A4A./" 7ND;

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    colegiados de elección popular# es decir# senadores# diputados#concejales# ediles# ade+ás a todos aquellos que !ubieren renunciado asu curul con anterioridad a la vigencia del Acto )egislativo7

    Por lti+o# considera esta Delegada que resultar"a absurdo sancionar alcongresista con la pérdida de investidura por participar en el trá+ite de

    esta disposición cuando la inobservancia de lo que en ella se regulabaen vigencia de la nor+a que se +odificaba# a lo su+o le acarrear"a elincurrir en una d'&e 7i&i.ancia co+porta+iento que no tiene aparejadala consecuencia que a!ora se pretende derivar en vigencia de la nor+aque se +odificó# se establec"a que En ningn caso se per+itirá a losciudadanos pertenecer si+ultánea+ente a +ás de un partido o+ovi+iento pol"ticos con personer"a jur"dicaB# situación que se definióco+o doble +ilitancia# la cual desde un principio# confor+e a la

     jurisprudencia que se elaboró sobre el te+a pod"a ser inobservada sinque se padeciera co+o consecuencia el rigor de la pérdida de lainvestidura7

    Co+o corolario de lo anterior considera esta Delegada que la pretensiónde pérdida de investidura no está lla+ada a prosperar por los siguientes+otivos@

    • por el origen del pro6ecto de acto refor+atorio de la Constitución# queco+o quedó establecido se dio en el Gobierno (acional

    • porque los congresistas en ejercicio de la función refor+adora de laConstitución Pol"tica# por regla general no incurren en violación alrégi+en del conflicto de intereses7

    • por el carácter general de la disposición 6 del beneficio consagrado enella

    • porque el beneficio que se dice surge de la nor+a aprobada no es decarácter directo7 "$

    ;n el roceso de 6rdida de la investidura del .eresentante a la

    C%mara doctor 2el6sforo Pedraza, la !ala Plena del 9( Consejo de ;stado

    desestimó la solicitud considerando ara ello entre otros los siguientes

    argumentos5

    T!e advierte que S la causal de 6rdida de investidura or

    violación al r6gimen de con'icto de intereses tiene ocurrenciacuando en la ersona de un congresista e>ista un inter6s directo,articular y actual, de car%cter moral o económico en la decisión deuno de los asuntos sometidos a su consideración, de la que le genere

    ? Procuradur)a :eneral de la Nación !6tima Delegada ante el Consejo de ;stado concetorendido en el roceso identi&cado con la referencia ??GG?EGFE?EGGGE@G?GEG?F@EGG Acción5P6rdida de investidura Actor5 C6sar Julio :ordillo N+#ez E Demandado5 2el6sforo Pedraza "rtega(

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    a 6l a sus familiares o socios, un bene&cio de car%cter real(3 9 O quelos requisitos ara que acontezca son5 que concurra un inter6sarticular, que comrometa objetivamente la intangibilidad delinter6s general erseguido( As), debe e>istir rovec$o, bene&cio outilidad real o otencial a favor del Congresista o de sus allegados,de tal suerte que sus derec$os subjetivos se involucran en el tema

    que debe decidir, al unto que surge como insirador de ladeterminación norma( De all) que, el inter6s debe radicar en elCongresista o en su cónyuge, coma#ero, ariente $asta el cuartogrado de consanguinidad o segundo de a&nidad(

    .ecu6rdese tambi6n que, seg+n se estableció del art)culo @ de la4ey U de ?KK@, ara la alicación del r6gimen sobre con'icto deinter6s de los Congresistas deben concurrir varios elementos5 iM uninter6s, iiM que sea directo y iiiM que afecte de alguna manera alCongresista o a las ersonas que esta norma determina( O se $ade&nido el inter6s como el rovec$o, conveniencia o utilidad que,atendidas sus circunstancias, derivar)an el congresista o los suyos de

    la decisión que udiera tomarse en el asunto3 18( Adem%s el inter6sdebe ser directo, debe surgir de los e>tremos de la relación que selantea a trav6s de la decisión que $aya de tomarse, LSM, sinintermediación alguna319(

    Alicadas estas ideas al caso concreto, la !ala considera que noe>iste relación directa entre la arobación del ar%grafo que ermitióa los congresistas cambiar de artido Eas) como a los dem%smiembros de cororaciones +blicasE, or un laso de dos meses, ysu traslado efectivo, or las siguientes razones5

    De un lado, orque al momento de arobarse el art)culo no quedó

    demostrado que el demandado $ubiera considerado la osibilidad deservirse de esa disosición ara favorecerse ersonalmente, de all) que se desconoce si ara ese instante e>ist)a el con'icto deintereses(

    ;n esta l)nea de ensamiento, la utilización efectiva de la osibilidadque creó el Acto 4egislativo No( ? de @GGK es osterior a la norma, yde $ec$o muc$os congresistas Ese sabe bienE no $icieron uso de ella(!e trata, no cabe duda, de una razón subjetiva que se desconoce si

    ?H

     Consejo de ;stado, !ección Primera( !entencia del ? de febrero de @GG( CP( 7art$a !of)a !anz(;>( P/EG@@@(

    ?

     !entencia de ?H de octubre de @GGG, antes cita