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  • 8/20/2019 BCRA HSBC

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     El BCRA dejó sin efecto la decisión de no formularobservaciones para el desempeño de los señores

     Martino y Estévez como directores de

     HSBC Bank Argentina S.A.

    El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió, mediante

    Resolución N° 259 de fecha 31 de agosto de 2015, dejar sin efecto el punto 1 de laResolución N° 73/07 por la cual oportunamente dicho Cuerpo no había formuladoobservaciones para que los señores Gabriel Diego Martino y Miguel Ángel Estevez sedesempeñen como directores titulares de HSBC Bank Argentina S.A.

    Entre los fundamentos que motivaron dicha decisión se concluyó que, en su carácter derepresentante legal de la mencionada entidad financiera, el señor Gabriel Diego Martino nodirigió las acciones necesarias para mitigar y abordar adecuadamente el riesgo deprevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, situación que a través dediversas sanciones impuestas por la Unidad de Información Financiera y el Banco Centralde la República Argentina ha tenido impacto cierto sobre el riesgo operacional de la entidad.

     Asimismo, se tuvo en cuenta la causa penal en la que se encuentra involucrado el señorMartino, que fuera promovida por la Administración Federal de Ingresos Públicos ante laJusticia en lo Penal Económico. En dicha causa se investigan delitos tales como asociaciónilícita fiscal y evasión fiscal agravada, así como eventual lavado de activos.

     Adicionalmente, el BCRA consideró que el señor Martino tampoco supo gestionar en formaadecuada los riesgos vinculados con la confiabilidad de la información contable y nocontable de la entidad y el buen funcionamiento de los controles internos y externos. Estoshechos han imposibilitado una efectiva cooperación con el BCRA en materia penal

    cambiaria, así como la posibilidad de cooperación efectiva en materia de prevención dellavado de activos y financiamiento del terrorismo respecto de la documentación siniestradaen el incendio de la contratista Iron Mountain Argentina S.A.

    Respecto de este último caso, se evaluó desfavorablemente la contradicción manifestada porlas autoridades de HSBC Bank Argentina S.A. en las explicaciones ofrecidas ante laComisión Bicameral Investigadora de Instrumentos Bancarios y Financieros Ley N° 27.094

     y ante el BCRA.

    No obstante ello, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias detectó que,en reiteradas oportunidades, el HSBC se negó a remitir documentación al BCRA, bajo el

    pretexto de que la misma se encontraba siniestrada en el mencionado incidente.

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    Por otra parte, en enero de este año, la Superintendencia de Entidades Financieras y

    Cambiarias suspendió transitoriamente a HSBC Bank Argentina S.A. para operar encambios, a los efectos de que la entidad acredite “fehacientemente haber adoptado lasmedidas correctivas necesarias en materia de sistemas informáticos que garanticen laintegridad de los registros de las operaciones de transferencia al exterior de divisas ytítulos”. 

    Finalmente, consideraciones similares se expresaron respecto de la actuación del señorMiguel Estévez.

    La decisión del Directorio fue adoptada luego de la intervención del Comité de Evaluaciónde Idoneidad y Experiencia del BCRA. La normativa del Banco Central que regula las

    condiciones de habilidad legal, idoneidad, competencia, probidad y experiencia en laactividad financiera expresa que tales condiciones “deberán ser mantenidas durante todo el

    período de desempeño del cargo”, así como que “los cambios fundamentales en ellas podrán

    dar lugar a la revocación de la autorización y/o a la orden de cese en las funciones”. 

    En ese sentido, el Directorio del BCRA intimó a HSBC Bank Argentina S.A. a que, dentro delplazo de 24 horas desde la notificación de la Resolución, informe el esquema deoperatividad vigente.

    Por último, se deja constancia que la decisión adoptada por el Directorio del BCRA no afecta

    en medida alguna el normal funcionamiento de la entidad.

    Buenos Aires, 1° de septiembre de 2015