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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES INDICE PARTE 1ª. - INTRODUCCION Y GENERALIDADES 1.1. - DEFINICION Y AMBITO DE APLICACION 1.1.1 - Definición. 1.1.2.- Ambito de aplicación. 1.1.3.- Instrucciones, Normas y Disposiciones aplicables. 1.2. - DISPOSICIONES GENERALES 1.2.1.- Adscripción de las obras. 1.2.2. -Dirección de las obras. 1.2.3.- Funciones del Director. 1.2.4. Personal del Contratista. 1.2.5.- Ordenes al Contratista. 1.2.6.- Libro de Incidencias. 1.3.- DESCRIPCION DE LAS OBRAS 1.3.1.- Descripción de las obras del presente proyecto. 1.4. - DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN AL CONTRATISTA 1.4.1.- Documentos contractuales. 1.4.2.- Documentos informativos. 1.4.3.- Contradicciones, omisiones o errores.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES

INDICE PARTE 1ª. - INTRODUCCION Y GENERALIDADES

1.1. - DEFINICION Y AMBITO DE APLICACION 1.1.1 - Definición. 1.1.2.- Ambito de aplicación. 1.1.3.- Instrucciones, Normas y Disposiciones aplicables. 1.2. - DISPOSICIONES GENERALES 1.2.1.- Adscripción de las obras. 1.2.2. -Dirección de las obras. 1.2.3.- Funciones del Director. 1.2.4. Personal del Contratista. 1.2.5.- Ordenes al Contratista. 1.2.6.- Libro de Incidencias. 1.3.- DESCRIPCION DE LAS OBRAS 1.3.1.- Descripción de las obras del presente proyecto. 1.4. - DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN AL CONTRATISTA 1.4.1.- Documentos contractuales. 1.4.2.- Documentos informativos. 1.4.3.- Contradicciones, omisiones o errores.

1.5.- INICIACION DE LAS OBRAS 1.5.1.- Comprobación del Replanteo. 1.5.2.- Plazo de Ejecución de las obras y Programa de trabajos. 1.6. - DESARROLLO Y CONTROL DE LAS OBRAS 1.6.1.- Replanteo de detalle de las obras. 1.6.2.- Equipos de maquinaria. 1.6.3.- Ensayos. 1.6.4.- Materiales. 1.6.5.- Acopios 1.6.6.- Trabajos nocturnos. 1.6.7.- Trabajos defectuosos. 1.6.8.- Construcción y conservación de desvíos. 1.6.9.- Señalización, balizamiento y defensa de obras e instalaciones. 1.6.10.- Precauciones especiales durante la ejecución de las obras. 1.6.11.- Modificaciones de obra. 1.6.12.- Construcciones auxiliares. 1.6.13.- Conservación del paisaje. 1.6.14.- Conservación de las obras durante su ejecución. 1.6.15.- Vertederos. 1.7.- RESPONSABILIDADES ESPECIALES DEL CONTRATISTA 1.8.- MEDICION Y ABONO DE LAS OBRAS 1.8.1.- Medición de las obras. 1.8.2.- Abono de las obras. 1.8.3.- Otros gastos por cuenta del Contratista. 1.9.- REVISION DE PRECIOS 1.10.- RECEPCION DE LAS OBRAS Y PLAZO DE GARANTIA 1.10.1.- Recepción de las obras y Plazo de garantía.

PARTE 2ª.- MATERIALES BASICOS

2.1.- CEMENTOS 2.2.- BETUNES ASFALTICOS 2.3.- EMULSIONES BITUMINOSAS 2.4.- BETUNES FLUXADOS 2.5.- BETUNES ASFALTICOS MODIFICADOS CON POLIMEROS 2.6.- EMULSIONES BITUMINOSAS MODIFICADAS CON POLIMEROS 2.7.- BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGON ARMADO 2.8.- AGUA A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES 2.9.- MADERA PARA ENCOFRADO 2.10.- MECHINALES 2.11.- TUBERIAS PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA DE POBLACIONES 2.12.- TUBERIAS PARA SANEAMIENTO DE POBLACIONES 2.13.- MATERIALES PARA INSTALACIONES ELECTRICAS 2.14.- GEOTEXTILES 2.15.- MATERIALES NO INCLUIDOS EN ESTE PLIEGO

PARTE 3ª.- EXPLANACIONES

3.1.- DESBROCE DEL TERRENO 3.2.- DEMOLICIONES 3.3.- EXCAVACION DE LA EXPLANACION Y PRESTAMOS 3.4.- EXCAVACION EN ZANJAS Y POZOS 3.5 - EXCAVACIONES ESPECIALES DE TALUDES EN ROCA 3.6 - TERRAPLENES 3.7 - RELLENOS LOCALIZADOS 3.8 - TERMINACION Y REFINO DE LA EXPLANACION 3.9 - GEOTEXTILES COMO ELEMENTOS DE SEPARACION

PARTE 5ª.- FIRMES

5.1.- SUBBASES GRANULARES 5.2.- ZAHORRA ARTIFICIAL 5.3.- RIEGOS DE IMPRIMACION 5.4.- RIEGOS DE ADHERENCIA 5.5.- TRATAMIENTOS SUPERFICIALES 5.6.- MACADAM BITUMINOSO POR PENETRACION 5.7.- MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE 5-8.- PAVIMENTOS DE HORMIGON EN MASA 5.9.- GEOTEXTILES COMO ELEMENTO ANTIRREFLEXION DE GRIETAS EN PAVIMENTOS ASFALTICOS 5.10.- OBRAS COMPLEMENTARIAS 5.10.1.- Bordillos. 5.10.2.- Bordillos de granito.

5.10.3 ADOQUINES DE HORMIGÓN PARA PAVIMENTOS

PARTE 6ª.- ESTRUCTURAS DE HORMIGON Y OBRAS DE FABRI CA

6.1.- ARMADURAS A EMPLEAR EN HORMIGON ARMADO 6.2.- HORMIGONES 6.3.- MORTEROS DE CEMENTO 6.4.- OBRAS DE HORMIGON EN MASA O ARMADO 6.5.- MAMPOSTERIA HORMIGONADA 6.6.- MAMPOSTERIA CAREADA 6.7.- MAMPOSTERIA EN SECO 6.8.- ENCOFRADOS

PARTE 4ª.- SEÑALIZACION, BALIZAMIENTO Y DEFENSA DE LAS CARRETERAS

7.1.- MARCAS VIALES 7.2.- SEÑALES Y CARTELES VERTICALES DE CIRCULACION RETRORREFLECTANTES 7.3.- CAPTAFAROS RETRORREFLECTANTES DE UTILIZACION EN SEÑALIZACION HORIZONTAL 7.4.- ELEMENTOS DE BALIZAMIENTO RETRORREFLECTANTES 7.5.- BARRERAS DE SEGURIDAD

PARTE 7ª.- VARIOS

3.1.- UNIDADES NO DESCRITAS EN ESTE PLIEGO

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES PARTE 1ª. - INTRODUCCION Y GENERALIDADES

1.1. - DEFINICION Y AMBITO DE APLICACION

1.1.1. - Definición

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares incluye el conjunto de prescripciones y especificaciones que, junto a las recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes de la Dirección General de Carreteras y Caminos Vecinales del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (PG-3 de 1.975) y a lo detallado en el documento de Planos del este mismo Proyecto, serán preceptivas en la ejecución de las obras a que él mismo se refiere.

Este Pliego, en relación con los Planos, incluye la descripción general y localización de las obras, condiciones exigidas a los materiales, requisitos para la ejecución, medición y abono de las diversas unidades en el Proyecto, y todas las que integran las directrices a seguir por el Contratista adjudicatario de las obras.

1.1.2.- Ambito de aplicación

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares será de aplicación en la

construcción, dirección, control e inspección de las obras. En cumplimiento de lo establecido en el párrafo 2 del apartado 100.2 del PG-3/75, se

hace constar que el texto vigente para este Proyecto del citado Pliego General es el aprobado por el Ministerio de Obras Públicas el 6 de Febrero de 1.976, publicado por la Secretaría General Técnica con efecto legal según Orden Ministerial de 2 de Julio de 1.976, con las modificaciones introducidas en las siguientes órdenes:

- Orden de 21 de Enero de 1.988. - Orden de 8 de Mayo de 1.989. - Orden de 27 de Diciembre de 1.999 por la que se actualizan determinados artículos del PG-3/75 (Conglomerantes hidráulicos y ligantes hidrocarbonatados). - Orden de 28 de Diciembre de 1.999 por la que se actualiza el PG-3/75 en lo relativo a Señalización, Balizamiento y Sistemas de Contención de vehículos. - Orden Circular 326/00.

1.1.3.- Instrucciones, Normas y Disposiciones aplicables

Serán de aplicación, en su caso, como disposiciones supletorias y complementarias de las contenidas en este Pliego las Instrucciones y Normas que a continuación se

relacionan en cuanto no modifiquen o se opongan a lo que se especifica en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. -Instrucción para la recepción de cementos, RC-08 (Real Decreto 956/2008 de 6 de junio;Corrección de errores publicada en BOE nº 220). -3.1-IC sobre Trazado, aprobada por Orden de 27 de diciembre de 1999 (BOE de 2 de -Manual de Capacidad de Carreteras, 2000, de la Asociación Técnica de Carreteras, Comité Español de la A.I.P.C.R. -5.2-IC sobre Drenaje superficial, aprobada por O.M. de 14 de mayo de 1990. -Norma de Construcción Sismorresistente. NCSE-02 (Real Decreto 997/septiembre. B.O.E. 11 de octubre de 2002). -Norma de Construcción Sismorresistente: Puentes (NCSP-07),637/2007, de 18 de mayo. -Recomendaciones para la redacción de los proyectos de plantaciones (MOPU-1984) -OC 9.1-IC de 31 de marzo de 1964, sobre Alumbrado de carreteras. -Normas y Recomendaciones sobre Alumbrado, del antiguo Ministerio de Obras Públicas y transportes -Recomendaciones de la Comisión Internacional de Alumbrado (C.I.E.). -Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Complementarias y hojas de interpretación -Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión.

- Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes de la Dirección General de Carreteras (PG-3), O.M. de 6 de Febrero de 1.976 (Modificado por O.M. de 21 de Enero de 1.988, O.M. de 8 de Mayo de 1.989, O.M. de 28 de Septiembre de 1.989 y Orden Circular 326/00). Asimismo se incorporarán todas las modificaciones que se vayan introduciendo. - Instrucción para la recepción de cementos, RC-08 (Real Decreto 956/2008 de 6 de junio; - Instrucción de hormigón estructural (EHE) (Real Decreto R.D. 1247/2008, de 18 de Julio o normativa que lo sustituya). - I.A.P.- Instrucción sobre las acciones a considerar en el Proyecto de Puentes de Carreteras (1.999). - Norma Sismoresistente PDS-1 (Decreto 3209/1.974). - Instrucción para el Proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón armado o pretensado (Real Decreto 824/1.988, de 15 de Julio). - Pliego General de Condiciones para la recepción de yesos y escayolas RY-85 (Orden de 31 de Mayo de 1.985). - Instrucción para la recepción de cales en obras de estabilización de suelos RCA-92 (28570 Orden de 18 de Diciembre de 1.992). - Instrucciones de Carreteras vigentes (IC). - Normas UNE de cumplimiento obligatorio en el Ministerio de Obras Públicas, aprobadas por Orden Ministerial de 5 de Julio de 1.967 y 11 de Mayo de 1.971 y posteriores modificaciones. (Real Decreto 1313/1.988, de 28 de Octubre; O.M. de 28 de Junio de 1.989; O.M. de 28 de Diciembre de 1.989; O.M. de 28 de Junio de 1.990 y O.M. de 4 de Febrero de 1.992 o Norma Nacional de cualquier Estado Miembro de la Comunidad Económica Europea, siempre que la Norma en cuestión ofrezca las mismas garantías de seguridad que las ofrecidas por la Norma UNE. - Normas NLT del Laboratorio de Geotecnia del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas y del Centro de Estudios de Carreteras del Cedex. - Normas de Ensayo MELC.- Laboratorio Central de Ensayos de Materiales de Construcción. - Normas de Control de Calidad de la Construcción de la Consejería de Obras Públicas del Gobierno de Canarias (Decreto 80/1.987, de 8 de Mayo).

- Recomendaciones sobre sistemas de contención de vehículos (Orden Circular 321/95 T y P del MOPTMA). - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de Abastecimiento de Agua (Orden de 28 de Julio de 1.974). - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de saneamiento de poblaciones (Orden de 15 de Septiembre de 1.986). - Evaluación de Impacto Ambiental (Real Decreto Legislativo 1302/1.986, de 28 de Junio). - Reglamento para la Ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1.986, de 28 de Junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (Real Decreto 1131/1.988, de 30 de Septiembre). - Ley 11/1990, de 13 de Julio, de Prevención del Impacto Ecológico. - Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. - Decreto 40/1.994, de 8 de Abril, sobre obligatoriedad del Estudio del Impacto Ecológico en los Proyectos de Obras de Promoción Pública. - Protección de Especies de la Flora Vascular Silvestre de la Comunidad Autónoma de Canarias (Orden de 20 de Febrero de 1.991). - Orden de 19 de Julio de 1.995, por la que se regulan los tipos de señales y su utilización en relación con los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. - Ley de Carreteras 25/1.988, de 29 de Julio. - Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1.994, de 2 de Septiembre). - Ley 9/1.991, de 8 de Mayo, de Carreteras de Canarias. - Reglamento de Carreteras de Canarias (Decreto 131/1.995 de 11 de Mayo). - Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (Decreto 2413/1.973, de 20 de Septiembre) y sus Instrucciones Complementarias, así como las Hojas Interpretativas que se han ido publicando en forma de anexos aclarativos. - Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 2/2.000 de 16 de Junio). (En adelante TRLCAP). - Reglamento General de Contratación, aprobado por Decreto 3410/1.975, de 25 de Noviembre actualizado conforme al Real Decreto 2528/1.986, de 28 de Noviembre. - Real Decreto 390/1.996, de 1 de Marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1.995, de 18 de Mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas. - Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que se establezcan para la contratación de estas obras. - Ley de defensa de la Industria Nacional, vigente. - Las disposiciones vigentes referentes a la Seguridad y Salud en las obras de

Construcción. - Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo por el que se modifican el Real Decreto 39/1997 - Restantes Normas e Instrucciones que se aprueben o que deroguen a las mencionadas y que afecten a cualquiera de las unidades de obra incluidas en este Proyecto.

El Contratista queda obligado al cumplimiento de todas las Instrucciones, Pliegos y Normas de toda índole vigentes o que puedan entrar en vigor en el curso de la ejecución de las obras, promulgadas por la Administración, que tengan aplicación en los trabajos a realizar y a las medidas de seguridad a adoptar en su caso, tanto si están citadas como si no lo están en la relación anterior, incluso aquellas que revisiones o actualizaciones que no hayan sido nombradas, quedando a juicio del Ingeniero Director de la obra dirimir las posibles contradicciones existentes.

1.2.- DISPOSICIONES GENERALES

1.2.1.- Adscripción de las obras

En el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que deberá aprobarse antes de la licitación del contrato (artículo 49, TRLCAP), se especificará el Servicio al que está adscrita la obra.

1.2.2.- Dirección de las obras

Será de aplicación todo lo dispuesto en la Cláusula 4 del PCAG, en el Reglamento General de Contratación y en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP).

1.2.3.- Funciones del Director

El Ingeniero Director será el representante de la Administración ante el Contratista, y son de su competencia las siguientes funciones: - Garantizar que las obras se ejecuten con estricta sujeción al Proyecto aprobado, o modificaciones debidamente autorizadas, y exigir al Contratista el cumplimiento de las condiciones contractuales. - Definir aquellas condiciones técnicas que los Pliegos de Prescripciones correspondientes dejan a su decisión. - Resolver todas las cuestiones técnicas que surjan en cuanto a interpretación de Planos, condiciones de materiales y de ejecución de obra, siempre que no se modifiquen las condiciones del Contrato. - Estudiar las incidencias o problemas planteados en las obras que impidan el normal cumplimiento del Contrato o aconsejen su modificación tramitando, en su caso, los presupuestos correspondientes. - Proponer las actuaciones procedentes para obtener, de los Organismos de la Administración competente, los permisos necesarios para la ejecución de las obras y resolver los problemas planteados por los servicios y servidumbres afectados por las mismas. - Asumir personalmente bajo su responsabilidad, en casos de urgencia o gravedad, la dirección inmediata de determinadas operaciones o trabajos en curso, para lo cual el Contratista deberá poner a su disposición el personal y material de la obra. - Acreditar al Contratista las obras realizadas, conforme a lo dispuesto en los documentos del Contrato. - Participar en las pruebas y recepciones y redactar la liquidación de las obras, conforme a las normas legales establecidas.

El Contratista estará obligado a prestar su colaboración al Director para el normal cumplimiento de las funciones a éste encomendadas.

1.2.4.- Personal del Contratista

Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 101.4 del PG-3 en todo lo que no se

oponga a la Legislación vigente. El Contratista tendrá en obra una Delegación y el personal adscrito a la obra residirá

necesariamente en la Isla de La Palma. Se entenderá por Delegado de obra del Contratista la persona designada

expresamente por el Contratista y aceptada por la Administración con capacidad suficiente para: - Ostentar la representación del Contratista cuando sea necesaria su actuación o presencia en todos aquellos actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales. - Organizar la ejecución de la obra e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas de la Dirección. - Proponer a ésta y colaborar con ella en la resolución de los problemas que se plantean durante la ejecución de las obras.

El Adjudicatario notificará a la Administración su residencia o la de su delegado,

situada en las obras o en una localidad próxima a su emplazamiento, en todo caso, en la Isla de La Palma, que precisará de la previa conformidad de la Administración, para su traslado o ausencia.

1.2.5.- Ordenes al Contratista

Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 101.5 del PG-3 en todo lo que no se oponga a la Legislación vigente.

1.2.6.- Libro de Incidencias

Será de aplicación lo dispuesto en la Cláusula 9 del PCAG (Pliego de Cláusulas Administrativas Generales).

1.3.- DESCRIPCION DE LAS OBRAS

1.3.1.- Descripción de las obras del presente Proye cto

Las obras recogidas en el presente Proyecto son las que se describen en la

Memoria.

1.4.- DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN AL CONTRATISTA

1.4.1.- Documentos contractuales

Tendrán carácter de documentos contractuales los siguientes: - Pliego de Prescripciones Técnicas Generales PG-3/75. - Los documentos reseñados en el artículo 102 del citado Pliego. En caso de contradicción entre los datos contenidos en los Planos y los que se

deduzcan de los restantes documentos, prevalecerán los que indique el director de la obra, excepto si la contradicción existe entre los Planos y el presente Pliego, en cuyo caso prevalecerá a priori lo prescrito en este último salvo que el director de la obra indique lo contrario. Lo omitido en él y mencionado en los Planos, o viceversa, habrá de ser ejecutado como si estuviese expuesto en ambos documentos, siempre que, a juicio del Ingeniero Director de la Obra, quede suficientemente definida la unidad de obra correspondiente y ésta tenga precio en el contrato.

1.4.2.- Documentos informativos

Los datos sobre clasificación de tierras, procedencia de materiales, condiciones

locales, estudio de maquinaria, programación, justificación de precios y, en general, todos los que se incluyen en los Anexos a la Memoria son documentos informativos.

Dichos documentos representan una opinión fundada en la Administración y deben aceptarse tan sólo como complemento de la información que el Contratista debe adquirir directamente y con sus propios medios. Por tanto, el Adjudicatario será responsable de los errores que se puedan derivar de su defecto o negligencia en la consecución de todos los datos que afecten al contrato, al planeamiento y a la ejecución de las obras.

1.4.3.- Contradicciones, omisiones o errores

Se aplicará lo indicado en el artículo 102.3 del PG-3/75, excepto en lo relativo al artículo 158 del RGC que queda modificado por lo dispuesto en los artículos 112.10 y 113.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante TRLCAP).

Las omisiones que se adviertan en Planos y Pliego de Prescripciones Técnicas, o las descripciones erróneas de los detalles de la obra que sean manifiestamente indispensables para llevar a cabo el espíritu o intención expuestos en dichos documentos, o que por uso o costumbre deban ser realizados, no sólo no eximirán al Contratista de la obligación de ejecutar estos detalles, omitidos o erróneamente descritos, sino que, por el contrario, deberán ser ejecutados como si hubieran sido

completa y correctamente especificados en los Planos y Pliegos de Prescripciones Técnicas bajo el criterio y juicio del Ingeniero Director.

Si el contratista firmara el Acta de Replanteo se entenderá que ha estudiado la obra en todos sus términos, entiende que es completamente ejecutable en su totalidad con el presupuesto reseñado y estará obligado a asumir a su coste cualquier pequeño defecto o variación que a juicio del director deba realizarse para la adecuada puesta en uso de la obra y no se haya recogido en el documento. 1.5.- INICIACION DE LAS OBRAS

1.5.1.- Comprobación de replanteo

Será de aplicación el artículo 142 del TRLCAP y el artículo 103.2 del PG-3/75 en lo

que no se oponga a la Legislación vigente. El acta de comprobación de replanteo reflejará la conformidad o disconformidad del

mismo respecto de los documentos contractuales del Proyecto, con especial y expensa referencia a las características geométricas de la obra, a la autorización para la ocupación de los terrenos necesarios y a cualquier punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato.

Si el contratista firmara el Acta de Replanteo se entenderá que ha estudiado la obra

en todos sus términos, entiende que es completamente ejecutable en su totalidad con el presupuesto reseñado y estará obligado a asumir a su coste cualquier pequeño defecto o variación que a juicio del director deba realizarse para la adecuada puesta en uso de la obra y no se haya recogido en el documento.

Por otra parte, serán de cuenta del Contratista los gastos de los materiales, los de su

propio personal y los de los representantes de la Administración que sean necesarios para realizar la comprobación del replanteo.

Asimismo, el Contratista será responsable de la conservación de todos aquellos puntos representados en la obra y necesarios para el replanteo de la misma.

1.5.2.- Plazo de ejecución de las obras y Prog rama de trabajos

El plazo de ejecución será el que se fije en el Pliego de Cláusulas Administrativas que regirán en dichas obras, tal como se ha indicado en la Memoria.

Será documento contractual el Programa de trabajos que de acuerdo con el artículo 128 del Reglamento General de Contratos del Estado debe presentar el Contratista. De él se deducirán los plazos parciales que pasarán a ser contractuales, es decir, de obligado cumplimiento por el Contratista.

El incumplimiento de los plazos parciales o totales en la ejecución de las obras por demora del Contratista se sancionará según determina el artículo 95 del TRLCAP.

1.6.- DESARROLLO Y CONTROL DE LAS OBRAS

1.6.1.- Replanteo de detalle de las obras

Podrán realizarse, con posterioridad al replanteo general y a su comprobación, y conforme lo exija el programa de trabajos, los replanteos de detalle que complementan el general sin modificarlo, destinados a fijar puntos de las curvas, ejes y dimensiones de obras transversales, origen y final de las longitudinales, puntos intermedios en las alineaciones rectas y perfiles transversales en el terreno para su utilización en la medición de los movimientos de tierras.

Las operaciones de replanteo deberán realizarse con errores probables menores de un centímetro en las distancias, y un minuto centesimal en los ángulos.

1.6.2.- Equipos de maquinaria

Será de aplicación el artículo 104.2 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

1.6.3.- Ensayos

Será de aplicación el artículo 104.3 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

El Ingeniero Director fijará la clase y número de ensayos a realizar para controlar la calidad de los materiales utilizados y la ejecución de las distintas unidades de obra.

El Contratista de las Obras vendrá obligado al abono de los gastos de ensayos hasta el tope máximo del 1% del Presupuesto de Ejecución por Contrata. Los ensayos serán ordenados por el Director de las obras, si estos dieran resultados insuficientes, el director podrá encargar un mayor número de ensayos a cargo del contratista (superior al 1%) hasta constatar que las deficiencias han sido enmendadas.

1.6.4.- Materiales

Los materiales deberán cumplir las condiciones que se determinan en el artículo 104.4 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989) y las recogidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

El Contratista tiene la obligación de que los materiales cumplan las condiciones exigidas, condiciones que habrán de comprobarse siempre mediante los ensayos correspondientes.

1.6.5.- Acopios

Será de aplicación el artículo 104.5 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989) y lo indicado expresamente en este Pliego.

1.6.6.- Trabajos nocturnos

Se estará a lo dispuesto en el apartado 104.6 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).Si el director de las obras lo entendiera necesario se podría indicar al contratista que realizará trabajos nocturnos en un máximo de 10 días sin incremento presupuestario alguno.

1.6.7.- Trabajos defectuosos

Será de aplicación el apartado 104.7 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

En caso de que fuese necesario, el Director de las obras propondrá a la Administración los límites de aceptación, con la consiguiente rebaja económica, de unidades de obra defectuosas si estimase que las mismas son, sin embargo, admisibles.

1.6.8.- Construcción y conservación de desvíos

Las obras se realizarán de tal manera que siempre sea posible la circulación al menos en un sentido, con una anchura mínima de la explanada de 3 metros.

En estos casos, se harán los desvíos necesarios, se señalizarán adecuadamente y se dispondrán los dispositivos que se recogen en la Instrucción 8.3.IC "Señalización de obras", que deberán ser aprobados previamente a su entrada en servicio.

En cualquier caso, se entenderá que todos los trabajos necesarios para el mantenimiento del tráfico en la forma indicada, o aquella que estime el director de las obras y su defensa , señalización y balizamiento están incluidos dentro de los gastos asumibles por el contratista , sin que esta partida suponga incremento económico alguno.

1.6.9.- Señalización, balizamiento y defensa d e obras e instalaciones

Se aplicará lo dispuesto en el apartado 104.9 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989) y en la Norma de Carreteras 8.3-IC ("Señalización de Obras"). Asimismo será de aplicación la Orden Circular 321/95 T y P del MOPTMA: "Recomendaciones sobre sistemas de contención de vehículos".

Por último, será de aplicación la Orden de 28 de Diciembre de 1.999 por la que se actualiza el PG-3/75 en lo relativo a Señalizaciones, Balizamiento y Sistemas de Contención de Vehículos.

1.6.10.- Precauciones especiales durante la ejecu ción de las obras

a/ Drenaje

Se aplicará lo dispuesto en el apartado 104.10.1 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

b/ Heladas

Se aplicará lo dispuesto en el apartado 104.10.2 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

c/ Incendios

Se aplicará lo dispuesto en el apartado 104.10.3 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

d/ Uso de explosivos

Se aplicará lo dispuesto en el apartado 104.10.4 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

1.6.11.- Modificaciones de obra

Se aplicará lo dispuesto en el apartado 104.11 del PG-3/75 (Modificado por Orden de 28 de Septiembre de 1.989).

1.6.12.- Construcciones auxiliares

El Contratista queda obligado, por su cuenta, a construir, a desmontar y retirar al final de las obras todas las edificaciones auxiliares para oficinas, almacenes, cobertizos, caminos de servicio, etc,.. que sean necesarios para la ejecución de los trabajos. Dado el interés paisajístico, estas construcciones auxiliares habrán de integrarse razonablemente en el paisaje y, para asegurar esta cualidad, todas estas construcciones estarán supeditadas a la aprobación del Ingeniero Director de las Obras. El Contratista retirará a su coste todas sus instalaciones, herramientas, materiales, etc. y procederá a la limpieza general de la obra antes de la recepción acorde indicaciones director de la obra.

Si no procediese así, la Administración, previo aviso y en un plazo de treinta días a partir de éste, puede mandar retirar las construcciones auxiliares por cuenta del

Contratista. 1.6.13.- Conservación del paisaje y de los valo res ecológicos

El Contratista prestará especial atención al efecto que puedan tener las distintas operaciones o instalaciones que necesite realizar para la construcción de las obras y realización del contrato sobre el paisaje y los valores ecológicos de las zonas en que se hallen ubicadas las obras. En particular, evitará deterioros innecesarios en la flora del lugar, especialmente de las especies endémicas. Cuidará además que los hitos, vallas, malecones y demás elementos que puedan ser dañados durante las obras sean debidamente protegidos en evitación de posibles destrozos que, de producirse, serán restaurados a su costa.

Asimismo, cuidará el emplazamiento y estética de sus instalaciones, construcciones, depósitos y acopios que, en todo caso, deberán ser previamente autorizados por el Ingeniero Director.

El Contratista propondrá al Director de las obras los lugares de vertedero que no podrán ser utilizados sin la aprobación de éste. En todo caso será el contratista el responsable a su coste de el traslado y el desalojo de los excedentes de obra.

1.6.14. - Conservación de las obras durante su ejecución

El adjudicatario queda comprometido a conservar a su costa y hasta que sean recibidas todas las obras que integran el Proyecto.

Asimismo, queda obligado a la conservación de las obras durante el plazo de garantía.

La conservación no será objeto de abono independiente y se considerará que los gastos ocasionados por estas operaciones quedan incluidos en los precios unitarios correspondientes a las distintas unidades de obra.

1.6.15.- Vertederos

El Contratista propondrá al Ingeniero Director la localización y forma de explotación de uno o varios vertederos para los productos resultantes de excavaciones, demoliciones y limpieza que no utilice éste en la obra. La situación de éstos así como las condiciones de explotación han de ser aprobadas previamente por la Dirección.

En ningún caso el Contratista podrá exigir un pago en concepto de transporte adicional ni de canon por explotación de estos vertederos.

Los gastos de ocupación de los terrenos y de los accesos a las zonas de vertederos así como los trabajos de nivelación, taluzado, drenaje y acondicionamiento de las escombreras serán de cuenta del Contratista.

1.7.- RESPONSABILIDADES ESPECIALES DEL CONTRATISTA

Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 105 del PG-3/75. 1.8.- MEDICION Y ABONO DE LAS OBRAS

1.8.1.- Medición de las obras

Todas las unidades de obra se abonarán a los precios establecidos en el Cuadro de Precios Nº1 del presente Proyecto, con la baja que resulte de la adjudicación.

Dichos precios se abonarán por las unidades terminadas y ejecutadas con arreglo a las condiciones que se establecen en este Pliego y comprenden el suministro, transporte, manipulación y empleo de los materiales, la mano de obra y la utilización de la maquinaria y medios auxiliares necesarios para su ejecución, así como cuantas necesidades circunstanciales se presenten para la realización y terminación de las unidades de obra.

Cada clase de obra se medirá exclusivamente en el tipo de unidades, lineales, de superficie, de volumen o de peso, que en cada caso se especifique en el Cuadro de Precios Nº1. Excepcionalmente el Ingeniero Director de las obras podrá autorizar, previamente a la ejecución de determinadas unidades, su medición y abono en unidades de distinto tipo del previsto, estableciendo, por escrito y con la conformidad del Contratista, los oportunos factores de conversión.

Cuando haya necesidad de pesar materiales directamente a su recepción o a medida que se empleen en obra, el Contratista deberá situar, en los puntos que señale el Ingeniero Director de las obras, las básculas o instalaciones necesarias debidamente contrastadas, para efectuar las mediciones por peso requeridas. Su utilización deberá ir precedida de la aprobación del Ingeniero Director de las obras.

Todas las mediciones básicas para la cubicación y abono de obras, incluidos los levantamientos topográficos, que se utilicen a este fin, deberán ser conformados por representantes autorizados del Contratista y del Ingeniero Director de las obras, y aprobados por éste. Las unidades que hayan de quedar ocultas o enterradas deberán ser medidas antes de su ocultación. Si la medición no se efectuó a su debido tiempo, serán de cuenta del Contratista las operaciones necesarias para llevarla a cabo. Todos lo movimientos de tierra serán medidos sobre perfil teórico en plano siendo el contratista responsable de los excesos a su cargo.

1.8.2.- Abono de las obras

El importe de las obras ejecutadas se acreditará al Contratista por medio de las certificaciones mensuales, cuyos efectos se ajustarán a las disposiciones legales vigentes y a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares y Económicas que sirva de base para la contratación de estas obras.

Todos los precios unitarios a que se refieren las normas de medición y abono

contenidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, se entenderá que incluyen siempre el suministro, manipulación y empleo de todos los materiales necesarios para la ejecución de las unidades de obra correspondientes, a menos que específicamente se excluya alguno en el artículo correspondiente.

Asimismo, se entenderá que todos los precios unitarios comprenden los gastos de la maquinaria, mano de obra, elementos accesorios, transporte, herramientas y todas cuantas operaciones directas o incidentales sean necesarias para que las unidades de obra, terminadas con arreglo a lo especificado en este Pliego y en los Planos, sean aprobadas por la Administración.

Igualmente se entenderán incluidos los gastos ocasionados por:

- La ordenación de tráfico y señalización de las obras a criterio Director. - La reparación de los daños inevitables causados por el tráfico. - La conservación durante el plazo de garantía. -Dos carteles de Obra con diseño indicado por Director Los precios indicados en letra en el Cuadro de Precios Nº1, con la rebaja que resulte

de la licitación, son los que sirven de base al Contrato y el Contratista no puede reclamar que se introduzca modificación alguna en ellos, bajo ningún pretexto de error u omisión.

Los precios del Cuadro de Precios Nº2, con la rebaja que resulte de la licitación, se aplicarán única y exclusivamente en los casos en que sea necesario abonar obras incompletas, cuando por rescisión u otra causa no lleguen a terminarse las contratadas, sin que pueda pretenderse la valoración de cada unidad de obra fraccionada en otra forma que la establecida en dicho Cuadro.

Los posibles errores o las posibles omisiones en la descomposición que figura en el Cuadro de Precios Nº2 no podrán servir de base al Contratista para reclamar modificación alguna en los precios señalados en el Cuadro de Precios Nº1.

1.8.3.- Otros gastos por cuenta del Contratista

a/ Impuestos

El Adjudicatario presentará a la liquidación de los impuestos de derechos reales y timbre el original del Contrato de Adjudicación y Ejecución de las Obras. El abono de estos impuestos es de cuenta del Adjudicatario, así como los de toda clase de contribuciones e impuestos fiscales de cualquier orden: estatal, autonómico, insular o municipal que graven la obra a ejecutar o su contratación y los documentos a que ello dé lugar.

En ningún caso podrá ser causa de revisión de precios la modificación del sistema tributario vigente.

b/ Anuncios

Igualmente serán por cuenta y cargo del Contratista los anuncios en periódicos oficiales o particulares referentes a las obras adjudicadas, especialmente los relativos a la regulación y ordenación del tráfico.

c/ Otros gastos

Además serán de cuenta del Adjudicatario (sin carácter limitativo entre otros) los siguientes gastos que se considerarán incluidos en los precios de su oferta: - Los gastos de construcción, remoción y retirada de toda clase de construcciones auxiliares. - Los gastos de alquiler o adquisición de terrenos para depósitos de maquinaria y materiales. - Los gastos de protección de acopios y de la propia obra contra todo deterioro, daños o incendios, cumpliendo los requisitos vigentes para el almacenamiento de explosivos y carburantes. - Los gastos de limpieza y evacuación de desperdicios y basura. - Los gastos de conservación de desagües. - Los gastos de señalización y demás recursos necesarios para proporcionar seguridad dentro de las obras y al tráfico. - Los gastos de remoción de las instalaciones, herramientas, materiales y limpieza general de la obra a su terminación. - Los gastos de montaje, conservación y retirada de instalaciones o medios de transporte para el suministro de agua y energía eléctrica necesarias para las obras. - Los gastos de demolición de las instalaciones provisionales. - Los gastos de replanteo general o su comprobación y de los replanteos parciales. - Los gastos de jornales y materiales necesarios para las mediciones periódicas, para la redacción de certificaciones y los ocasionados por la medición final. - Los gastos de ensayos de materiales y ensayos en obra, pruebas, reconocimientos y tomas de muestras de materiales, unidades de obra, elementos de instalaciones que intervienen en la obra, hasta un importe máximo del 1% del Presupuesto de Ejecución por Contrata. - Los gastos necesarios para la obtención de todos los permisos o licencias necesarios para la ejecución de las obras, con excepción de las correspondientes a las expropiaciones, servidumbres y servicios definidos en el Contrato. - Los gastos necesarios para el pago de indemnizaciones por extracción de materiales, por ocupación de parcelas con los mismos, así como las indemnizaciones particulares por perjuicios, daños, etc.., que se puedan causar en las propiedades públicas y privadas con motivo de las obras.

d/ Otros gastos incluidos en los precios

- Todo tipo de cortes y fresado de juntas. - Regularización y compactación previa de explanada - Saneo , perfilado y relleno Z.A. compactada en recrecidos laterales plataforma

adyacente - Pavimentación de base de muro incluso en formación de cunetas hasta rasante vía - Desmontes en formación de muros. - Pavimentación superior de encachados - Barrido desbroce y limpieza. - Formación de peraltes - Cualquier otra recogida en los precios y memoria.

1.9.- REVISION DE PRECIOS

Ha de tenerse en cuenta el Decreto 461/1.971, de 11 de Marzo, por el que se desarrolla el Decreto-Ley 2/1.964, de 4 de Febrero, sobre revisión de precios en los contratos del Estado y Organismos Autónomos, en cuanto no contradiga lo previsto en el TRLCAP.

1.10.- RECEPCION DE LAS OBRAS Y PLAZO DE GARANTIA

1.10.1.- Recepción de las obras y Plazo de Garantía

Tanto para la recepción de las obras como para el plazo de garantía se estará a lo dispuesto en el Artículo 147 del Texto Refundido de la LCAP.

Tal como se recoge en el citado artículo, a la recepción de las obras a su terminación y a los efectos establecidos en el Artículo 110.2 concurrirá un facultativo designado por la Administración representante de ésta, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el Contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo.

Dentro del plazo de dos meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al Contratista a cuenta de la liquidación del contrato.

El plazo de garantía se establecerá en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, atendiendo a la naturaleza y complejidad de la obra y no podrá ser inferior a un año, salvo casos especiales.

PARTE 2ª.- MATERIALES BASICOS

2.1.- CEMENTOS

El cemento cumplirá las prescripciones de la vigente "Instrucción para la Recepción de Cementos (RC-08)" (y todo lo especificado en el PG-3/75 (artículo 202, actualizado por Orden de 27 de Diciembre de 1.999).

El cemento será del tipo CEM II/A-P 42,5 R.

2.2.- BETUNES ASFALTICOS

Serán de aplicación las prescripciones señaladas en el PG-3/75 (artículo 211) con las modificaciones introducidas en la Orden de 21 de Enero de 1.988 y en la Orden de 8 de Mayo de 1.989, así como la Orden de 27 de Diciembre de 1.999 que actualiza el citado artículo 211.

2.3.- EMULSIONES BITUMINOSAS

Serán de aplicación las prescripciones señaladas en el PG-3/75 (artículo 213) con las modificaciones introducidas en la Orden de 21 Enero de 1.988 y en la Orden de 8 de Mayo de 1.989, así como la Orden de 27 de Diciembre de 1.999 que actualiza el citado articulo 213.

Salvo indicación contraria del Ingeniero Director, a la vista de las condiciones particulares de ejecución de la obra, se emplearán las siguientes emulsiones asfálticas:

-ECI en riego de imprimación. -EAR-1 en riego de adherencia. -ECR1m en riego para colocación de geotextil.

2.4.- BETUNES FLUXADOS

Serán de aplicación las Prescripciones señaladas en el PG-3/75 (Artículo 214). Este artículo ha sido añadido al citado Pliego PG-3/75 por Orden de 21 de Enero de 1.988 y posteriormente por orden de 8 de Mayo de 1.989, habiéndose actualizado por Orden de 27 de Diciembre de 1.999.

2.5.- BETUNES ASFALTICOS MODIFICADOS CON POLIMEROS

Serán de aplicación las Prescripciones recogidas en el Artículo 215 de la Orden de 27 de Diciembre de 1.999 por la que se actualizan determinados artículos del PG-3/75. (En particular este artículo se ha añadido).

2.6.- EMULSIONES BITUMINOSAS MODIFICADAS CON POLIM EROS

Serán de aplicación las Prescripciones recogidas en el Artículo 216 de la Orden de

27 de Diciembre de 1.999 por la que se actualizan determinados artículos del PG-3/75. (En particular este artículo se ha añadido).

2.7.- BARRAS CORRUGADAS PARA HORMIGON ARMADO

El acero a emplear en barras corrugadas cumplirá todo lo especificado en el artículo 241 de la Orden de 21 de Enero de 1.988 que modificó determinados artículos del PG-3/75.

2.8.- AGUA A EMPLEAR EN MORTEROS Y HORMIGONES

Será de aplicación lo dispuesto en el artículo correspondiente del PG-3/75 y en la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)".

2.9.- MADERA PARA ENCOFRADO

Será de aplicación lo dispuesto en el artículo correspondiente del PG-3/75.

Procederá de troncos en sazón y será sana y con pocos nudos. Deberá haber sido secada al aire, protegida del sol y de la lluvia. El tiempo de secado de la madera no será menor de dos años.

Sólo se empleará madera de sierra, con aristas vivas de fibra recta paralela a la mayor dimensión de la cabeza sin grietas, hendiduras, ni nudos, de espesor superior a la séptima parte (1/7) de la menor dimensión.

2.10.- MECHINALES

Serán de tubería de PVC, de 90 mm. de diámetro, colocados con la pendiente suficiente que permita evacuar las aguas de la tubería drenante, cuidándose de que queden sus desagües perfectamente limpios, colocados cada cuatro metros cuadrados (4 M2).

2.11.- TUBERIAS PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA DE POBL ACIONES

Las tuberías a emplear cumplirán las condiciones establecidas en el "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Abastecimiento de Agua" vigente.

2.12.- TUBERIAS PARA SANEAMIENTO DE POBLACIONES

Las tuberías a emplear cumplirán las condiciones establecidas en el "Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones" vigente.

2.13.- MATERIALES PARA INSTALACIONES ELECTRICAS

Todo el material eléctrico, cables, conductores, interruptores, elementos de alumbrado, etc... deberán ser de marcas acreditadas y de la mejor calidad existente en el mercado a juicio del Director de las obras.

Antes de proceder a la instalación y con la suficiente antelación, el Contratista presentará al Ingeniero Director las muestras, certificados, análisis, ensayos y toda la documentación que éste exigiera para autorizar su instalación, sin que dicho acto suponga una aceptación definitiva de los mismos, pudiendo ser rechazados aún después de su colocación, si no cumplieran las condiciones exigidas.

2.14.- GEOTEXTILES

Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 290 del PG-3/75 (Orden Circular 326/00).

2.15.- LAJAS , LOSAS O BALDOSAS DE PIEDRA NATURAL Se denominan de esta forma a las piezas planas de poco espesor, de forma cuadrada, rectangular o irregular, con caras horizontales paralelas al lecho de la carretera. La cara superior labrada y la inferior, sólo desbastada o en su estado natural.

2.16.- MATERIALES NO INCLUIDOS EN ESTE PLIEGO

Los materiales no incluidos expresamente en el presente Pliego o en los Planos serán de probada y reconocida calidad, debiendo presentar el Contratista, para recabar la aprobación del Ingeniero Director, cuantos catálogos, muestras, informes y certificados de los correspondientes fabricantes se estimen necesarios. Si la información no se considera suficiente, podrán exigirse los ensayos oportunos para identificar la calidad de los materiales a utilizar, DECIDIENDO EL DIRECTOR DE LAS OBRAS SOBRE LA IDONEIDAD DE LOS MISMOS.

2.17.- NORMATIVA NO RECOGIDA , DEROGADA O REVISADA

Será de aplicación la normativa vigente sobre todos los materiales y unidades de obra a utilizar, incluso cuando por cuestiones de error o desfase temporal se hayan incluido otras o exista un vacío al respecto, quedando siempre a juicio del director de las obras la decisión sobre lo adecuado de los materiales o unidades a utilizar o realizar.

Las unidades de trasplante de árboles, se harán siempre en presencia de técnicos

de medio Ambiente del Cabildo Insular de La Palma y siempre bajo su supervisión y siguiendo sus indicaciones.

PARTE 3ª.- EXPLANACIONES

3.1.- DESBROCE DEL TERRENO

Se ajustará a lo establecido en el artículo 300 del PG-3/75 con todas las modificaciones posteriores que se hayan producido (en adelante PG- 3/75).

3.2.- DEMOLICIONES

Se ajustará a lo establecido en el artículo 301 del PG-3/75 con todas las modificaciones posteriores que se hayan producido.

3.3.- EXCAVACION DE LA EXPLANACION Y PRESTAMOS

Se ajustará a lo establecido en los artículos 320 y 341 del PG-3/75, siendo la explanación no clasificada.

3.4.- EXCAVACION EN ZANJAS Y POZOS

Se ajustará a lo establecido en el artículo 321 del “PG-3”.

3.5.- EXCAVACION ESPECIAL DE TALUDES EN ROCA

Se ajustará a lo establecido en el artículo 322 del “PG-3”.

3.6.- TERRAPLENES

Se ajustará a lo establecido en el artículo 330 del “PG-3”.

3.7.- RELLENOS LOCALIZADOS

Se ajustará a lo establecido en el artículo 332 del “PG-3”. No se considerarán incluidos dentro de esta unidad los rellenos localizados de

material con misión específica drenante, a los que se hace referencia en el artículo 421 “ Rellenos localizados de material drenante” del “ PG-3”.

3.8.- TERMINACION Y REFINO DE LA EXPLANACION

Se ajustará a lo establecido en el artículo 340 del PG-3/75.

3.9.- GEOTEXTILES COMO ELEMENTOS DE SEPARACION

Se ajustará a lo establecido en el artículo 422 del PG-3/75.

PARTE 5ª.- FIRMES

5.1.- SUBBASES GRANULARES

5.1.1.- Descripción

Se define como subbase granular la capa de material situada entre la base del firme y la explanada.

5.1.2.- Materiales

- Los materiales serán áridos naturales o procedentes del machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural, arcilla, marga y otras materias extrañas.

- La fracción cernida por el tamiz 0,080 UNE será menor que los dos tercios (2/3) de la fracción cernida por el tamiz 0,040 UNE, en peso.

- La curva granulométrica de los materiales estará comprendida dentro de los límites reseñados en el cuadro 500-1 del PG-3/75.

- El tamaño máximo no rebasará la mitad del espesor de la tongada compactada. - El coeficiente de desgaste, medido por el ensayo de Los Angeles, será inferior a

cincuenta (<50). - La capacidad portante cumplirá: C.B.R. > 20 - El límite líquido será: LL < 25 - El índice de plasticidad será: IP < 6 - El equivalente de arena será superior a veinticinco (>25).

5.1.3.- Ejecución

La subbase granular no se extenderá hasta que no se haya comprobado que la superficie sobre la que ha de asentarse tiene la densidad debida y las rasantes indicadas en los Planos.

Los materiales serán extendidos, tomando las precauciones necesarias para evitar su segregación o contaminación, en tongadas de espesor uniforme, procediendo, si es necesario, a su humectación antes de efectuar la compactación, la cual se continuará hasta alcanzar una densidad igual, como mínimo, a la que corresponda al noventa y cinco por ciento (95%) de la máxima obtenida en el ensayo modificado de compactación.

La compactación se efectuará longitudinalmente, comenzando por los bordes exteriores marchando hacia el centro y solapándose en cada recorrido un ancho no inferior a un tercio (1/3) del elemento compactado.

5.1.4.- Tolerancia de la superficie acabada

La superficie acabada no deberá rebasar a la teórica en ningún punto, ni diferir de ella en más de un quinto (1/5) del espesor previsto en los Planos para la subbase granular.

La superficie acabada no deberá variar en más de diez milímetros (10 mm) cuando compruebe con una regla de tres metros (3 m.), aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la carretera.

5.1.5.- Limitaciones en la ejecución

Las subbases granulares se ejecutarán cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los dos grados centígrados (>2º C), debiendo suspenderse los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite.

Sobre las capas en ejecución se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico hasta que no se haya completado su compactación. El Contratista será responsable de los daños originados, debiendo proceder a la reparación de los mismos con arreglo a las indicaciones del Ingeniero Director.

5.1.6.- Medición y abono

La subbase granular se abonará por metros cúbicos (M3) realmente ejecutados, medidos en las secciones tipo señaladas en los Planos.

5.2.- ZAHORRA ARTIFICIAL

5.2.1.- Descripción

Se define como zahorra artificial una mezcla de áridos, total o parcialmente machacados, en la que la granulometría del conjunto de los elementos que la componen es de tipo continuo.

5.2.2.- Materiales

Los materiales procederán del machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava

natural, en cuyo caso la fracción por el tamiz 5 UNE deberá contener, como mínimo, un cincuenta por ciento (50%), en peso, de elementos machacados que presenten dos (2) caras o más de fractura.

El árido se compondrá de elementos limpios, sólidos y resistentes, de uniformidad razonable, exentos de polvo, suciedad, arcilla u otras materias extrañas.

La composición granulométrica se ajustará a lo siguiente:

- La fracción cernida por el tamiz 0,080 UNE será menor que la mitad (1/2) de la fracción cernida por el tamiz 0,40 UNE, en peso.

- La curva granulométrica de los materiales estará comprendida dentro de uno de los husos reseñados en el cuadro 501.1. El huso a emplear será el que se especifica en los Cuadros de Precios.

- El tamaño máximo no rebasará la mitad (1/2) del espesor de la tongada compactada.

- El coeficiente de desgaste, medido por el ensayo de Los Angeles, según la Norma NLT-149/72, será inferior a treinta y cinco (<35).

- El material será no plástico. - El equivalente de arena será superior a treinta (<30).

5.2.3.- Ejecución de las obras

La zahorra artificial no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que ha de asentarse tiene la densidad debida y las rasantes indicadas en los Planos, con las tolerancias establecidas en el presente Pliego.

El procedimiento de preparación del material deberá garantizar el cumplimiento de las condiciones granulométricas y de calidad exigidas.

Una vez comprobada la superficie de asiento de la tongada, se procederá a la extensión de ésta. Una vez extendida la tongada se procederá, si es preciso, a su humectación.

Conseguida la humectación más conveniente, se procede a la compactación de la zahorra artificial, la cual se continuará hasta alcanzar una densidad que en todo caso será, como mínimo, la que corresponde al porcentaje de la máxima obtenida en el ensayo Proctor modificado, que se señala a continuación:

- El cien por ciento (100%) en capas de base para tráfico pesado y medio. - El noventa y ocho por ciento (98%) en capas de base para tráfico ligero. - El noventa y cinco por ciento (95%) en capas de subbase. El apisonado se ejecutará longitudinalmente, comenzando por los bordes exteriores,

progresando hacia el centro, y solapándose en cada recorrido un ancho no inferior a un tercio (1/3) del elemento compactador. El acabado final se efectuará utilizando rodillos estáticos.

No se extenderá ninguna tongada en tanto no hayan sido realizadas la nivelación y comprobación del grado de compactación de la precedente.

5.2.4.- Tolerancias de la superficie acabada

La superficie acabada no deberá rebasar a la teórica en ningún punto, ni diferir de ella en más de un quinto (1/5) del espesor previsto en los Planos para la capa de zahorra artificial.

La superficie acabada no deberá variar en más de diez milímetros (10 mm.), cuando se compruebe con una regla de tres metros (3 m.) aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la carretera.

5.2.5.- Limitaciones en la ejecución

Las capas de zahorra artificial se ejecutarán cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los dos grados centígrados (2º C), debiendo suspenderse los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite.

Sobre las capas en ejecución se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico, hasta que no se haya completado su compactación.

5.2.6.- Medición y abono

La zahorra artificial se abonará por metros cúbicos (M3) realmente ejecutados, medidos en las secciones tipo señaladas en los Planos.

5.3.- RIEGO DE IMPRIMACION

5.3.1.- Descripción

Se define como riego de imprimación la aplicación de un ligante bituminoso sobre

una capa no bituminosa, previamente a la extensión de una capa bituminosa sobre aquélla.

5.3.2.- Materiales

a/ Ligante bituminoso

Como ligante bituminoso se empleará cualquiera de los betunes asfálticos fluidificados o emulsiones asfálticas especificados en el artículo 530.2.1 del PG-3/75.

En cuanto a la dosificación, puede estimarse en un kilogramo por metro cuadrado (1 Kg/M2). En cualquier caso, la dotación del ligante quedará definida por la cantidad que la capa que se imprima sea capaz de absorber en un período de veinticuatro horas (24

horas).

b/ Arido

El árido a emplear será arena natural, arena procedente de machaqueo o mezcla de ambos materiales, exento de polvo, suciedad, arcilla, etc...

En el momento de su extensión, el árido no deberá contener más de un dos por ciento (2%) de agua libre.

La totalidad del material deberá pasar por el tamiz 5 UNE.

5.3.3.- Ejecución

a/ Equipos necesarios para la ejecución

Son los especificados en el artículo 530.4 del PG-3/75.

b/ Preparación de la superficie existente

Cuando la superficie sobre la que se va a efectuar el riego se considere en condiciones aceptables, inmediatamente antes de proceder a la extensión del ligante elegido, se limpiará la superficie que haya de recibirlo de polvo, suciedad, barro seco, materia suelta o que pueda ser perjudicial, utilizando para ello barredoras mecánicas o máquinas sopladoras.

c/ Aplicación del ligante

Antes de que se realice la extensión del ligante bituminoso, la superficie de la capa a tratar deberá regarse ligeramente con agua, empleando la dotación de humedad suficiente, sin saturar la superficie, para facilitar la penetración posterior del ligante.

La aplicación del ligante elegido se hará cuando la superficie mantenga aún humedad, con la dotación y a la temperatura aprobadas por el Ingeniero Director.

La temperatura de aplicación del ligante será tal que su viscosidad esté comprendida entre veinte y cien segundos Saybolt-Furol (20-100 SF).

d/ Extensión del árido

La distribución del árido por medios mecánicos se efectuará de manera que se evite el contacto de las ruedas con el ligante sin cubrir, se ejecutará con camión regador con dosificador.

5.3.4.- Limitaciones de la ejecución

El riego de imprimación se aplicará cuando la temperatura ambiente, a la sombra, y la de la superficie sean superiores a los diez grados centígrados (10º C) y no exista fundado temor de precipitaciones atmosféricas.

Deberá prohibirse la acción de todo tipo de tráfico, por lo menos durante las cuatro horas (4 horas) siguientes a la extensión del árido y, preferentemente, durante las veinticuatro horas (24 horas) que sigan a la aplicación del ligante, plazo que define su período de absorción.

5.3.5.- Medición y abono

La preparación de la superficie existente se considerará incluida en la unidad de obra correspondiente a la construcción de la capa subyacente y, por tanto, no habrá lugar a su abono por separado.

Se abonará por Toneladas (Tn) realmente colocadas.

5.4.- RIEGOS DE ADHERENCIA

5.4.1.- Descripción

Se define como riego de adherencia la aplicación de un ligante bituminoso sobre una capa bituminosa previamente a la extensión, sobre ésta, de otra capa bituminosa.

5.4.2.- Materiales

Como ligante bituminoso se empleará cualquiera de los señalados en el artículo 531.2 del PG-3/75.

En cuanto a la dosificación de ligante, puede estimarse entre 0,2 L/M2 y 0,6 L/M2.

5.4.3.- Ejecución

a/ Equipo necesario para la ejecución

Se especifica en el artículo 531.4 del PG-3/75.

b/ Preparación de la superficie existente

Cuando la superficie sobre la que se va a efectuar el riego se considere en condiciones aceptables, inmediatamente antes de proceder a la extensión del ligante elegido, se limpiará si es preciso la superficie que haya de recibirlo de polvo, suciedad, barro seco, etc.. utilizando barredoras mecánicas o máquinas sopladoras.

Si el riego se va a aplicar sobre un pavimento bituminoso antiguo, se eliminarán los excesos de betún existentes en la superficie del mismo en forma de manchas negras localizadas.

c/ Aplicación del ligante

La aplicación del ligante elegido se hará con la dotación y a la temperatura aprobados por el Ingeniero Director con camión regador con dosificador.

La temperatura de aplicación del ligante será tal que su viscosidad esté comprendida entre veinte y cien segundos Saybolt-Furol (20-100º SF).

5.4.4.- Limitaciones de la ejecución

El riego de adherencia se aplicará cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los diez grados centígrados (10ºC) y no exista fundado temor de precipitaciones atmosféricas.

Sobre la capa recién tratada deberá prohibirse el paso de todo tipo de tráfico, hasta que haya terminado el curado del alquitrán o del betún fluidificado, o la rotura de la emulsión.

5.4.5.- Medición y abono

La preparación de la superficie existente se considerará incluida en la unidad de obra correspondiente a la construcción de la capa subyacente y, por tanto, no habrá lugar a su abono por separado.

Se abonará por toneladas (Tn) realmente ejecutadas.

5.5.- TRATAMIENTOS SUPERFICIALES

5.5.1.- Descripción

Se define como simple tratamiento superficial la aplicación de un ligante bituminoso sobre una superficie seguida de la extensión y apisonado de una capa de árido.

La aplicación consecutiva de dos simples tratamientos superficiales, en general de

distintas características, se denomina doble tratamiento superficial.

5.5.2.- Materiales

a/ Calidad de los áridos

Los áridos a emplear serán gravillas procedentes de machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural, que consistirán en fragmentos limpios, sólidos y resistentes, de forma aproximadamente cúbica o esférica, exentos de un exceso de piedras planas alargadas y blandas o desintegrables, polvo y otras materias extrañas y de tal naturaleza que su adhesividad con el material bituminoso sea lo suficiente para que al contacto con el agua no se produzcan separaciones.

Tendrán un coeficiente de calidad en el ensayo de Los Angeles inferior a treinta (30) y las pérdidas máximas en el ensayo de estabilidad sometido a la acción de soluciones de sulfato sódico o magnésico, en cinco (5) ciclos, serán inferiores al doce por ciento (12%).

Cuando se trate de grava triturada, deberá contener, como mínimo, un setenta y cinco por ciento (75%), en peso, de elementos machacados que presenten dos (2) o más caras de fracturas.

b/ Composición granulométrica

Los tipos de áridos y los husos que definen la composición granulométrica de los áridos de granulometría uniforme normal y de los de granulometría especial corresponden, respectivamente, a los cuadros 532-1 y 532-2 del PG-3/75.

c/ Ensayos de áridos

Todas las muestras necesarias de los áridos las suministrará el adjudicatario a sus expensas, con una antelación mínima de diez días (10 días) antes de su utilización en obra; asimismo suministrará todas las muestras adicionales que se necesiten durante la construcción de la obra.

Los ensayos a realizar de acuerdo con las "Normas de Ensayo del Laboratorio del Transporte y Mecánica del Suelo", comprenderán los siguientes:

a/ Identificación. b/ Granulometría. c/ Los Angeles. d/ Estabilidad con Mg SO4 en cinco ciclos (5). e/ Adhesividad.

d/ Material bituminoso

En cuanto al material bituminoso a emplear será cualquiera de los especificados en el artículo 532-2-1 del PG-3/75 y en la Orden de 27 de Diciembre de 1.999 por la que se actualizan determinados artículos del PG-3/75 (“Conglomerantes hidráulicos y ligantes hidrocarbonatados”) .

e/ Ensayo de material bituminoso

Todas las muestras necesarias las suministrará el adjudicatario, a sus expensas, con

una antelación mínima de diez días (10 días) antes de su utilización en obra y asimismo cuantas se precisen durante la ejecución de la obra.

Ningún material se utilizará en obra sin la autorización de la Administración; inmediatamente después de obtener las muestras, se precintarán los recipientes.

El número de muestras y por tanto el de ensayos se reducirá a juicio del Ingeniero Director, si el material bituminoso corresponde a una partida identificable y el adjudicatario presenta un certificado del fabricante garantizando que el material suministrado cumple los requisitos aquí señalados.

El ensayo a realizar será un "ensayo completo" que, en el caso de emulsión, comprenderá los siguientes ensayos:

- Un ensayo de viscosidad. - Un ensayo de residuos de destilación. - Un ensayo de demulsibilidad. - Un ensayo de penetración sobre el residuo de destilación. En caso de ser betunes, un "ensayo completo" comprenderá, entre otros, los

siguientes ensayos: - Ensayo de penetración e índice. - Ensayo de pérdida por calentamiento. - Ensayo de ductibilidad. - Ensayo de penetración sobre el residuo después de la pérdida por calentamiento. - Ensayo de solubilidad con C 14 C. - Ensayo de punto de FRASS.

5.5.3.- Ejecución

a/ Limitaciones en la ejecución

El tratamiento bituminoso se aplicará solamente cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los diez grados centígrados (10º C) y no exista fundado temor de precipitaciones atmosféricas.

No se realizarán tratamientos sobre superficies mojadas, salvo que se utilicen bituminosas o ligantes activados.

Siempre que sea posible, deberá evitarse la acción de todo tipo de tráfico sobre la capa recién ejecutada, por lo menos durante las veinticuatro horas que sigan su

terminación.

b/ Equipo necesario

Se emplearán preferentemente compactadores de neumáticos de peso superior a cinco toneladas (5 Tn).

Cuando se utilicen rodillos de llanta metálica, deberá garantizarse que no se produzca la trituración de los áridos. Los compactadores deberán estar provistos de dispositivos para mantener los rodillos limpios durante la compactación.

c/ Métodos de construcción

c-1/ Preparación de la superficie existente

Se comprobará que la superficie existente sobre la que se va a efectuar el tratamiento cumple las condiciones de calidad y compactación especificadas para la unidad de obra correspondiente y no se halla reblandecido por un exceso de humedad.

c-2/ Primer riego

Después de la limpieza de la superficie, se extenderá el ligante elegido uniformemente con distribuidores a presión, en cantidades que se indican en el capítulo de medición y abono. Cuando se emplee el extendido a mano, se hará con palas desde montones adyacentes a las áreas a tratar.

Cualquiera que sea el método a emplear, el árido se aplicará delante de los rodillos, de forma que el ligante bituminoso se cubra antes de que los rodillos pasen sobre él y en cantidades que queden dentro de las especificaciones más un exceso de diez por ciento (10%) para que, en los procesos de extensión, apisonado, barrido y tráfico posterior, las pérdidas de árido absorban el exceso mencionado. Si a pesar de dicha precaución la cantidad de árido resulta insuficiente, se agregará más a mano.

Una vez extendido el árido, se procederá al apisonado por medio de rodillos. En los sitios inaccesibles al rodillo, se hará con pisones a mano. A continuación, se empezará el barrido cuando el ligante esté suficientemente solidificado.

Tanto el barrido como el apisonado se continuará hasta que la superficie esté saturada, el árido suficientemente sujeto y solidificado, el ligante debiendo quedar terminado antes de media hora (1/2 h.) de iniciada la extensión.

La temperatura de aplicación del ligante será tal que su viscosidad esté comprendida entre veinticinco y cien Saybolt-Furol (25-100 SF).

Las dosificaciones de áridos y ligantes vienen expresadas en la tabla 532-3 del PG-3/75.

Cualquier árido mezclado con barro o material extraño se reemplazará por árido limpio y seco, volviendo a apisonarlo.

c-3/ Segundo riego

El árido sobrante del primer riego se barrerá y alejará de la superficie y si ésta se encuentra excesivamente mojada por la lluvia, se le dejará secar todo el tiempo que juzgue necesario el Ingeniero Director.

El ligante bituminoso se deberá ejecutar dentro de las veinticuatro horas siguientes a la construcción de la primera capa.

Las dosificaciones de árido y ligante se expresan dentro de las tablas 532.5 y 532.6 del PG-3/75.

c-4/ Riego de sellado

Se extenderá un riego de sellado sobre la superficie limpia y uniforme del segundo riego si así se hace constar en el Proyecto.

El ligante se aplicará al menos veinticuatro horas (24 h) después de acabado el segundo riego y en cantidad de un kilo por metro cuadrado (1 Kg/M2).

A continuación, si así lo indicara el Ingeniero Director, se extenderá una capa de arena que cumpla las condiciones impuestas para el árido fino de hormigones en el PG-3/75.

5.5.4.- Tolerancias

La tolerancia admitida en el acabado del simple o doble tratamiento bituminoso será menor de siete milímetros (7 mm.), al comprobar en cualquier dirección con un renglón de tres metros (3 m), para anchos de calzada mayores o iguales a seis metros (6 m) o de dos metros (2 m) para anchos de calzada menores de seis metros (6 m).

5.5.5.- Medición y abono

El simple tratamiento y el doble tratamiento superficial, así como el riego de sellado, se abonarán por metros cuadrados (M2) realmente ejecutados.

5.6.- MACADAM BITUMINOSO POR PENETRACION

5.6.1.- Descripción

Se define como macadam bituminoso por penetración con un ligante viscoso la aplicación de un ligante bituminoso viscoso sobre una capa compactada de árido grueso, de granulometría uniforme.

El ligante se introduce entre el árido por gravedad, el tratamiento se termina mediante la extensión y compactación de una capa de árido fino.

5.6.2.- Materiales

a/ Ligante bituminoso

Son los señalados en el apartado 533.2.1 del PG-3/75.

b/ Aridos

Los áridos a emplear en macadam bituminoso por penetración procederán del machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural, en cuyo caso el rechazo del tamiz 5 UNE deberá contener como mínimo un setenta y cinco por ciento (75%), en peso, de elementos machacados que presenten dos (2) o más caras de fractura.

Los áridos se compondrán de elementos limpios, sólidos y resistentes, exentos de polvo, suciedad, arcilla u otras materias extrañas. En el momento de su utilización, no deberán contener más del dos por ciento (2%), en peso, de agua libre.

Las curvas granulométricas del árido grueso y fino estarán comprendidas dentro de los husos de las tablas 533.1 y 533.2, respectivamente, del PG-3/75. El coeficiente de desgaste, medido por ensayo de Los Angeles, será inferior a treinta y cinco (35).

El equivalente de arena será superior a treinta (30).

c/ Ensayos

Los ensayos a realizar para áridos y ligantes son los descritos en los tratamientos superficiales.

5.6.3.- Ejecución

a/ Equipo necesario

Los elementos compactadores que se empleen deberán tener un peso superior a cinco toneladas (5 Tn). Si tienen llanta metálica, su peso no deberá producir el machaqueo de los áridos y deberán estar provistos de dispositivos para mantener los rodillos limpios y húmedos durante la compactación.

b/ Métodos de construcción

b-1/ Preparación de la superficie existente

Se comprobará que la superficie sobre la que se va a efectuar el macadam bituminoso cumple las condiciones de calidad y compactación especificadas para la unidad de obra correspondiente, y no se halla reblandecida por un exceso de humedad.

b-2/ Extensión y compactación del árido grueso

La extensión del árido grueso elegido se realizará de manera uniforme, con la dotación aprobada por el Director.

Después de la extensión del árido, se procederá a su compactación. El apisonado se ejecutará longitudinalmente, comenzando por el borde exterior y progresando hacia el centro.

Todo el material que se haya mezclado con polvo u otra materia extraña deberá reemplazarse por material limpio, volviéndose a compactar la zona afectada.

b-3/ Aplicación del ligante

La temperatura de aplicación del ligante será tal que su viscosidad esté comprendida entre veinte y cien segundos Saybolt-Furol (20-100 SF).

b-4/ Extensión y compactación del árido fino

La extensión del árido fino elegido se realizará de manera uniforme, con la dotación aprobada por el Director, no dejando transcurrir más de cinco minutos (5 mn.) desde la aplicación del ligante bituminoso.

Inmediatamente después de la extensión del árido fino, se procederá a su compactación que se simultaneará con el paso de rastras de cepillos distribuidores,

comenzando por el borde exterior y progresando hacia el centro. La compactación debe finalizar antes de media hora (1/2 h.) de iniciada la extensión. Debe eliminarse todo el exceso de árido que haya quedado suelto sobre la

superficie. 5.6.4.- Tolerancias de la superficie acabada

La superficie acabada no deberá diferir de la teórica en más de quince milímetros (15 mm.) en ningún punto.

La superficie acabada no deberá variar en más de diez milímetros (10 mm.) cuando se compruebe con una regla de tres metros (3 m.), aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la carretera.

5.6.5.- Limitaciones en la ejecución

La aplicación del ligante bituminoso viscoso tendrá lugar cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los diez grados centígrados (10º C) y no exista fundado temor de precipitaciones atmosféricas.

Siempre que sea posible, deberá evitarse la acción de todo tipo de tráfico sobre las capas recién ejecutadas, por lo menos durante las veinticuatro horas (24 h.) que sigan a su terminación.

5.6.6.- Medición y abono

Se abonarán por metros cuadrados (M2) realmente ejecutados.

5.7.- MEZCLAS BITUMINOSAS EN CALIENTE

5.7.1.- Descripción

Se define como mezcla bituminosa en caliente la combinación de áridos y de un ligante bituminoso, para realizar la cual es preciso calentar previamente los áridos y el ligante. La mezcla se extenderá y compactará a temperatura superior a la del ambiente.

5.7.2.- Materiales

a/ Ligantes bituminosos

Pueden utilizarse cualquiera de los especificados en al Artículo 542.2.1 del PG-3/75 y en la Orden de 27 de Diciembre de 1.999 por la que se actualizan determinados artículos del PG-3/75 (“Conglomerantes hidráulicos y ligantes hidrocarbonatados”).

b/ Aridos

b-1/ Arido grueso

Se define como árido grueso la fracción del mismo que queda retenida en el tamiz 2,5 UNE.

El árido grueso procederá del machaqueo y trituración de piedra de cantera o grava natural y se compondrá de elementos exentos de polvo, arcilla, etc.

El coeficiente de desgaste medido por el ensayo de los Angeles será inferior a treinta (<30) en capas de base y a veinticinco (<25) en capas intermedias.

b-2/ Arido fino

Se define como árido fino la fracción de árido que pasa por el tamiz 2,5 UNE y queda retenida por el tamiz 0,080 UNE. Será arena procedente de machaqueo o una mezcla de ésta y arena natural. El árido se compondrá de elementos limpios, exentos de suciedad, arcilla, etc.

El coeficiente de desgaste medido por el ensayo de Los Angeles cumplirá las condiciones exigidas para el árido grueso.

b-3/ Filler

Se define como filler la fracción mineral que pasa por el tamiz 0,080 UNE. Será de aportación.

c/ Tipo y composición de la mezcla

La mezcla bituminosa será en general de uno de los tipos definidos en la tabla 542.1 del PG-3/75.

El tipo de sección estructural dependerá, en cada caso, del tráfico y de la capacidad. En cuanto a los porcentajes de áridos y betún se decidirán en cada caso, mediante

ensayos.

5.7.3.- Ejecución

a/ Equipo necesario

a-1/ Instalación de fabricación

Puede ser de tipo continuo o discontinuo. La instalación deberá estar provista de indicadores de temperatura de los áridos, situados en los silos de árido caliente y a la salida del secador.

Se dispondrán termómetros en lugares convenientes, para asegurar el control de la temperatura del ligante, especialmente en la boca de salida de éste al mezclador y en la entrada del tanque de almacenamiento.

Las instalaciones de tipo discontinuo deberán estar provistas de dispositivos de dosificación por peso, cuya exactitud sea superior al medio por ciento (0,50%). Los dispositivos de dosificación de filler y ligante tendrán, como mínimo, una sensibilidad de medio kilogramo (0,50 Kg).

El dosificador de ligante deberá estar sincronizado con los de alimentación de áridos y de filler y deberá disponer de dispositivos para su calibrado a la temperatura y/o presión de trabajo, así como para la toma de muestras.

a-2/ Elementos de transporte

Consistirán en camiones de caja libre y estanca y cubierta, perfectamente limpia.

a-3/ Extendedoras

Las extendedoras serán autopropulsadas, dotadas de los dispositivos necesarios para extender la mezcla con la configuración deseada y un mínimo de precompactación.

a-4/ Equipo de compactación

El equipo de compactación será aprobado por el Ingeniero Director, a la vista de los resultados obtenidos en el tramo de prueba.

b/ Métodos de construcción

b-1/ Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo

La ejecución de la mezcla no deberá iniciarse hasta que se haya estudiado y

aprobado su correspondiente fórmula de trabajo. En cuanto al contenido de ligante, se dosificará, salvo justificación en contrario,

siguiendo el método Marshall de acuerdo con los criterios de la tabla 542.3 del PG-3/75. También deberán señalarse: - Las temperaturas máximas y mínimas de la mezcla al salir del mezclador. - Las temperaturas máximas y mínimas de calentamiento previo de áridos y ligantes. - La temperatura mínima de la mezcla en la descarga de los elementos de

transporte. - La temperatura mínima de la mezcla al iniciarse la compactación.

También deberán señalarse, para el caso en que la fabricación de la mezcla se

realice en instalaciones de tipo continuo, el tiempo teórico de mezcla y, para el caso en que la fabricación de la mezcla se realice en instalaciones de tipo discontinuo, los tiempos a exigir para la mezcla de los áridos en seco y para la mezcla de los áridos con el ligante.

Las tolerancias admisibles, respecto a la fórmula de trabajo, serán las siguientes:

Aridos y Filler Tamices superiores al 2,5 UNE..............................+/- 4% del peso total de áridos Tamices comprendidos entre 2,5 UNE y 0,16 UNE, ambos inclusivos..............+/- 3% del peso total de áridos Tamiz 0,080 UNE................................................+/- 1% del peso total de áridos

Ligante Ligante..............................................................+/- 0,3% del peso total de áridos

Si la marcha de las obras lo aconseja, el Ingeniero Director podrá corregir la fórmula

de trabajo, con objeto de mejorar la calidad de la mezcla bituminosa, justificándolo debidamente mediante un nuevo estudio y los ensayos oportunos.

b-2/ Fabricación de la mezcla

Los áridos se suministrarán fraccionados y cada fracción de árido se acopiará separada de los demás.

Los áridos se calentarán antes de su mezcla con el ligante bituminoso. El secador se regulará de forma que la combustión sea completa, indicada por la ausencia de humo negro en el escape de la chimenea.

La dosificación de filler de recuperación y/o el de aportación se hará de forma

independiente de los áridos entre sí. Los áridos preparados se pesarán o medirán exactamente y se transportarán al

mezclador en las proporciones determinadas en la fórmula de trabajo. Si la instalación es de tipo continuo, se introducirá en el mezclador, al mismo tiempo,

la cantidad de ligante requerida. Si la instalación es de tipo discontinuo, después de haber introducido en el

mezclador los áridos y el filler, se agregará automáticamente el material bituminoso calculado para cada amasijo. En ningún caso se introducirá en el mezclador el árido caliente a una temperatura superior en quince grados centígrados (15ºC) a la temperatura del ligante.

Se rechazarán las mezclas heterogéneas, carbonizadas o sobrecalentadas, las mezclas con espumas o las que presenten indicios de humedad.

En cuanto a la temperatura más apropiada para conseguir una envuelta perfecta de los áridos por el ligante, se estiman las temperaturas medias siguientes:

Ligante: 135-15ºC Aridos: 135-15ºC Calentamiento máximo: 165ºC

Por otra parte, se ha determinado, empíricamente, que el tiempo mínimo de

mezclado es de diecinueve segundos (19 seg.).

b-3/ Preparación de la superficie existente

La mezcla no se extenderá hasta que no se haya comprobado que la superficie sobre la que ha de asentarse tiene la densidad debida y las rasantes indicadas en los Planos, caso contrario habrá de compactarse o colocar material compactado a cuenta del contratista.

Si la extensión de la mezcla requiere la previa ejecución de riegos de imprimación o de adherencia, éstos se realizarán de acuerdo con el PG-3/75.

Se comprobará que ha transcurrido el plazo de curado de estos riegos, no debiendo quedar vestigios de fluidificante o agua en la superficie.

b-4/ Extensión de la mezcla

La colocación empezará a partir del borde de la calzada en las zonas a pavimentar con sección bombeada, o en el lado inferior en las secciones con pendiente en un solo sentido.

Las franjas sucesivas se colocarán mientras el borde de la franja contigua se encuentre aún caliente y en condiciones de ser compactado fácilmente. De no ser así, se ejecutará una junta longitudinal. Donde no resulte factible, a juicio del Ingeniero Director, el empleo de máquinas extendedoras, la mezcla se podrá extender a mano.

b-5/ Compactación de la mezcla

La compactación de la mezcla deberá comenzar a la temperatura más alta posible tan pronto como se observe que la mezcla puede soportar la carga a que se somete sin que se produzcan desplazamientos indebidos.

La compactación se continuará mientras la mezcla se mantenga caliente y en condiciones de ser compactada, hasta que se alcance la densidad especificada.

La densidad a obtener deberá ser, por lo menos, el noventa y siete por ciento (97%) de la obtenida aplicando a la fórmula de trabajo la compactación prevista en el método Marshall.

La temperatura de la mezcla para la ejecución del apisonado principal puede establecerse dentro de los siguientes límites: Temperatura ambiente Temperatura mezcla 10ºC 70º a 180ºC 25ºC 140º a 150ºC 40ºC 110º a 120ºC

b-6/ Juntas transversales y longitudinales

Se procurará que las juntas transversales de capas superpuestas queden a un mínimo de cinco metros (5m) una de otra y que las longitudinales queden a un mínimo de quince centímetros (15cm) una de otra. No deberán advertirse en la rodadura, siendo necesario el fresado en cuña de al menos 15 m del asfaalto anterior en las juntas de trabajode .

c/ Tramo de prueba

Al iniciarse los trabajos, el Contratista de las obras construirá una o varias secciones de ensayo, del ancho y longitud adecuados marcado por el Director de las obras, a su coste y en ellas se probará el equipo y el plan de compactación.

Los gastos ocasionados serán a costa del Contratista.

5.7.4.- Tolerancias de la superficie acabada

La superficie acabada no presentará irregularidades de más de cinco milímetros (5mm) en las capas de rodadura, u ocho milímetros (8mm) en el resto de las capas, cuando se compruebe con una regla de tres metros (3m), aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la zona pavimentada. Caso de que a juicio del director no se ajusten las tolerancias o las juntas sean advertidas por el trafico podrá mandarse levantar el tramo a coste del contratista.

5.7.5.- Limitaciones en la ejecución

Salvo autorización del Ingeniero Director, no se permitirá la puesta en obra de mezclas bituminosas en caliente cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea inferior a cinco grados centígrados (5ºC) con tendencia a disminuir, o se produzcan precipitaciones atmosféricas.

5.7.6.- Medición y abono

Se medirán y abonarán por toneladas (Tn) realmente colocadas.

5.8.- PAVIMENTOS DE HORMIGON EN MASA

5.8.1.- Descripción

Se define como pavimento de hormigón el constituido por losas de hormigón en masa.

5.8.2.- Materiales

a/ Hormigón

a-1/ Cemento

El cemento cumplirá las prescripciones de la vigente "Instrucción para la Recepción de Cementos (RC-08)" y todo lo especificado en el PG-3/75 (Artículo 202).

El cemento será del tipo CEM II/A-P 42,5 R.

a-2/ Agua

Cumplirá las condiciones exigidas en el artículo 280 del PG-3/75.

a-3/ Arido fino

El árido fino cumplirá las condiciones que se exigen en el apartado "Arido fino" del artículo 610, "Hormigones".

a-4/ Arido grueso

El árido grueso cumplirá las condiciones que se exigen en el apartado "Arido grueso" del artículo 610, "Hormigones".

El tamaño máximo del árido no será superior a cincuenta milímetros (50 mm), ni a la mitad del espesor de la capa en que se vaya a emplear.

Será suministrado, como mínimo, en dos tamaños. El coeficiente de desgaste, medido por el ensayo de Los Angeles, deberá ser inferior a treinta y cinco (35).

b/ Materiales para juntas

b-1/ Materiales de relleno en juntas de dilatación

El material utilizado cumplirá las condiciones de la Norma UNE 41107.

b-2/ Materiales para la formación de juntas en fres co

Para la formación de juntas realizadas en fresco, podrán utilizarse materiales rígidos que no absorberán el agua, o tiras continuas de plástico con un espesor mínimo de treinta y cinco centésimas de milímetro y un ancho comprendido entre cincuenta y cincuenta y cinco milímetros (50-55 mm.).

b-3/ Materiales para sellado

Será uno de los especificados en el artículo 550.2.6.3 del PG-3/75.

c/ Tipos de hormigón y dosificación

El hormigón empleado será cualquiera de los especificados en la EHE (Artículo 39.2).

En los ensayos característicos en obra, las resistencias medias a flexotracción a los siete días serán iguales o superiores a un ochenta por ciento (80%) de los valores a los veintiocho días.

En cuanto a la dosificación, la cantidad de cemento por metro cúbico de hormigón no será inferior a trescientos kilogramos por metro cúbico (300 Kg/M3).

La relación agua/cemento no será superior a 0,5. En cuanto a la consistencia, el asiento estará comprendido entre dos y seis

centímetros (2 y 6 cm.).

5.8.3.- Ejecución

a/ Equipo necesario

a-1/ Ejecución de las obras entre encofrados fijos

El equipo que se emplee para la ejecución de las obras estará integrado como mínimo por las siguientes máquinas:

- Una extendedora que dejará el hormigón fresco repartido uniformemente. - Una terminadora transversal, con elementos de enrase, compactación por vibración

y fratasado transversal. - Una terminadora longitudinal o diagonal, que realice con precisión el fratasado en

el sentido longitudinal. - Un equipo para ejecución de juntas en fresco. - Sierras de las características adecuadas, en número suficiente para el ritmo de la

obra. - Un distribuidor de productos filmógenos de curado.

a-2/ Ejecución de las obras con pavimentadoras de encofrados

deslizantes

El equipo estará integrado como mínimo por las siguientes máquinas:

- Una pavimentadora de encofrados deslizantes para cada capa de construcción que extenderá, compactará y enrasará uniformemente al hormigón. - Un equipo para la ejecución de juntas en fresco, si se emplea esta modalidad de juntas. - si las juntas se hacen en el hormigón endurecido, se deberá disponer de sierras de las características adecuadas, en número suficiente para el ritmo de la obra. - Un distribuidor de productos filmógenos de curado, si se utiliza este método.

b/ Métodos de construcción

b-1/ Preparación de la superficie de apoyo al hormi gón

El hormigón no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que ha de asentarse tiene la densidad debida y las rasantes indicadas en los Planos, con las tolerancias establecidas en este Pliego para la unidad de obra correspondiente.

b-2/ Fabricación del hormigón

El amasado se realizará en central amasadora. En el caso de carreteras secundarias, o en obras de pequeño volumen, se podrá

autorizar el amasado en camiones hormigonera. Excepto para el hormigonado en tiempo frío, la temperatura del agua del amasado

no será superior a cuarenta grados centígrados (40º C).

b-3/ Transporte del hormigón

El transporte desde la hormigonera se realizará tan rápidamente como sea posible con camiones sin elementos de agitación, de forma que se impida toda segregación, evaporación, etc..

En carreteras de tráfico ligero, o en obras de pequeño volumen, podrá autorizarse el empleo de camiones hormigonera o camiones provistos de agitadores.

La máxima caída libre vertical de las masas en cualquier punto de su recorrido no excederá de un metro y medio (1,50 m), procurándose que la descarga del hormigón en la obra se realice lo más cerca posible del lugar de su ubicación definitiva, para reducir al mínimo las posteriores manipulaciones.

b-4/ Puesta en obra del hormigón

La extensión y puesta en obra del hormigón se realizará con máquinas entre encofrados fijos o con pavimentadoras de encofrados deslizantes.

No deberá transcurrir más de una hora entre la fabricación del hormigón y su puesta en obra, compactación y acabado. El Ingeniero Director podrá aumentar este plazo hasta un máximo de dos horas si se adoptan las precauciones necesarias.

El hormigón se compactará por vibrado, dejando caer la muestra y avanzando en sentido longitudinal.

b-5/ Ejecución de juntas en fresco

Las juntas de hormigonado transversales efectuadas en fresco se dispondrán a fin

de jornada o cuando se haya producido por cualquier causa una interrupción en el proceso de hormigonado que haga temer un comienzo de fraguado en el frente de avance.

A este respecto, una parada de treinta minutos en tiempo seco y caluroso será causa suficiente para establecer una junta de hormigonado.

Siempre que sea posible, se harán coincidir estas juntas con una de contracción o de dilatación. De no ser así, se dispondrán a más de un metro y medio (1,5 m) de distancia de la junta más próxima.

Las juntas transversales y longitudinales podrán también realizarse mediante inserción en el hormigón fresco de una tira continua de material plástico o de otro material aprobado por la Dirección.

Por otra parte, las juntas de contracción irán cada seis metros (6 m.) e irán con una inclinación de 6:1 respecto al eje, de forma que las ruedas de la izquierda de cada eje

atraviesan las juntas antes que las derechas. Asimismo, las juntas de dilatación se dispondrán en las curvas de radio menor de

doscientos metros (200 m). Dichas juntas se dispondrán normales al eje.

b-6/ Acabado para el pavimento.

A menos que se instale una iluminación suficiente a juicio del Ingeniero Director, el hormigonado del pavimento se detendrá con la antelación debida para que las operaciones de acabado se puedan concluir con luz natural.

Se prohibirá el riego con agua o la extensión de mortero sobre la superficie del hormigón para facilitar su acabado. Cuando sea necesario aportar material para corregir algún punto bajo, se empleará hormigón aún no extendido. En caso de que aparezcan grietas finas en la superficie del hormigón recientemente colocado, antes de su fraguado, se le aplicará agua con un pulverizador, de forma que se produzca una neblina y no un riego.

b-7/ Textura superficial

Una vez acabado el pavimento y antes de comenzar el fraguado del hormigón, se dará una textura transversal o longitudinal homogénea a la superficie del pavimento en forma de estriado o ranurado.

b-8/ Curado y protección del hormigón fresco

Durante el fraguado y primer endurecimiento del hormigón, deberá asegurarse el mantenimiento de la humedad del mismo, adoptando para ello las medidas adecuadas, y evitar todas las causas externas, tales como sobrecargas o vibraciones que puedan provocar la fisuración del mismo.

Las superficies se mantendrán húmedas durante siete días como mínimo. Este plazo será aumentado en un cincuenta por ciento (50%) en tiempo seco o caluroso y cuando se trate de piezas de poco espesor.

En cuanto al hormigón en pavimento, el hormigón fresco deberá protegerse contra el lavado por lluvia, contra una desecación rápida, especialmente en condiciones de baja humedad relativa del aire.

Durante un período de protección, que en general no será inferior a tres días a partir de la puesta en obra del hormigón, estará prohibido todo tipo de tráfico en él.

b-9/ Desencofrado

Cuando la ejecución del pavimento se realice entre encofrados fijos, el desencofrado no se efectuará antes de transcurrir dieciséis horas a partir de la puesta en obra del hormigón.

b-10/ Sellado de juntas

Una vez terminado el curado, se limpiarán enérgicamente y cuidadosamente el fondo y los bordes de la ranura, utilizando para ello procedimientos adecuados, tales como cepillos de púas metálicas, etc..

c/ Ensayos de resistencia del hormigón y pruebas en obra

Son preceptivos para las obras de hormigón los ensayos previos, característicos, de control y de información previstos en la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)”.

En cuanto al hormigón de pavimento, cada día de hormigonado se determinará la resistencia de dos amasadas diferentes.

La resistencia de cada amasada vendrá expresada por el valor medio de la resistencia a flexotracción de "n" probetas prismáticas de quince por quince por sesenta centímetros (15 x 15 x 60 cm.), siendo "n" igual o mayor que dos.

Cada vez que se vaya a confeccionar una serie de probetas, deberán controlarse en primer lugar la consistencia del hormigón y el contenido de aire ocluido, con los mismos métodos utilizados en los ensayos previos y en los característicos en obra. Si alguno de los resultados obtenidos no cae dentro de los límites establecidos, se rechazará el hormigón de la amasada, volviéndose a repetir dichos ensayos con las siguientes hasta obtener unos resultados correctos.

Las probetas se conservarán en las condiciones previstas y se ensayarán a los veintiocho días, a flexotracción.

A partir del valor mínimo f min de las N resistencias a flexotracción de un día, se calculará el valor de la resistencia característica estimada a flexotracción festf:

festf = K N . f min.

Los valores de KN se deducirán la tabla 550.2 del PPTG. Si festf es menor o igual

que fckt., se considerará aceptable la resistencia del hormigón puesto en obra durante el día considerado.

Si festf es menor que fckt., pero es mayor o igual que el noventa por ciento (90%) de este valor, el Contratista podrá o bien aceptar las sanciones que para este caso prevea el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, o bien solicitar la realización de ensayos de información tal y como se indica en el apartado 550.9.2 del PPTG.

Si festf es menor que el noventa por ciento (90%) de fckt., se procederá a la realización de ensayos de información.

Para estos ensayos se prevé una partida alzada que se detalla en el Presupuesto.

5.8.4.- Tolerancias del pavimento

La tolerancia superficial de cada zona del pavimento se controlará dentro de las

veinticuatro horas a partir de su ejecución. La superficie del pavimento no deberá presentar diferencias de más de tres

milímetros respecto a una regla de tres metros (3 m.) apoyada en cualquier dirección. El espesor de losas no deberá tener en ningún punto un valor inferior en más de

quince milímetros (15 mm.) al prescrito. Las desviaciones en planta respecto a la alineación teórica no deberán ser

superiores a un centímetro (1 cm.).

5.8.5.- Penalizaciones

En el caso de que una vez realizados los ensayos y comprobaciones que se estimen convenientes, sea la parte de obra afectada por una resistencia menor que la exigida en este Pliego, a las unidades de obra correspondientes será aplicable el precio del Proyecto, multiplicado por un coeficiente de penalización (Cp) que se obtendrá de dividir la resistencia (fest) aceptada por la resistencia característica (fck):

fest Cp = ------- fck

5.8.6.- Medición y abono

La medición y el abono se efectuarán por metros cuadrados (M2) realmente ejecutados, con el espesor especificado en los Planos.

5.9.- GEOTEXTILES COMO ELEMENTO ANTIRREFLEXION DE GRIETAS EN PAVIMENTOS ASFALTICOS

Las aplicaciones de los geotextiles en las capas superiores del firme se destinan especialmente a impedir la reflexión de grietas en la superficie de rodadura de los pavimentos asfálticos. Este problema ha constituido una preocupación importante en los últimos años, por la frecuencia con que el fenómeno se ha ido produciendo, principalmente por las juntas y fisuras de retracción de las bases tratadas con conglomerantes hidráulicos.

Otras causas de las grietas es la fatiga debida a la repetición de las cargas del tráfico pesado, el movimiento del terreno subyacente o defectos de construcción; la fatiga es lo que generalmente requerirá refuerzos más importantes.

La conservación o reparación del agrietamiento es frecuentemente difícil y costosa. Uno de los procedimientos empleados es el que corresponde a la técnica del geotextil impregnado, que además asegura la impermeabilidad.

En esta solución los ensayos de caracterización del geotextil responden a: resistencia a la tracción, deformación mínima de rotura y retención de ligante. Este se empleará en caliente o en emulsión y, en todo caso, el betún será modificado con polímeros elastoméricos (Betunes tipo BM5 y emulsiones catiónicas de los tipos ECR1M, ECR2M y ECR3M). La mayor parte de las experiencias españolas ha sido la rehabilitación de firmes semirrígidos con pavimento bituminoso, en general, con un geotextil no-tejido. En principio, el resultado ha sido bueno, pero la observación corresponde a períodos todavía cortos para llegar a conclusiones definitivas. Por supuesto, en los pavimentos deteriorados, además de la limpieza superficial debe procederse al sellado de grietas (de anchura superior a 1,5 mm), bache y capa de regularización, si es preciso.

El riego previo que se aplique a la superficie preparada tendrá una dotación (betún residual) del orden de 1 a 1,4 litros por metro cuadrado; de ellos, unos 300 gramos para asegurar la adherencia. Se considera necesario que el ligante quede embebido en el geotextil y no aflore a la superficie; en caso de que aflore, hay que "secarlo" con árido fino. Entre el geotextil y la capa superior no se aplicará ningún riego; la capa de rodadura deberá tener un espesor mínimo de 4 cm.

Los geotextiles más apropiados para esta aplicación son los de tipo no tejido, agujereado, de filamento continuo. También se emplean a veces los termosoldados (por una sola cara, con lo que se asegura un material precomprimido con mínima cantidad de betún). Suelen tener un gramaje (masa específica) de 100 a 200 gramos por metro cuadrado (un valor típico es 140g/m2).

La solución con geotextiles impregnados es la de mayor difusión por su facilidad de puesta en obra y menor coste que otros sistemas. Sin embargo, no debe descuidarse esta operación ya que el éxito del sistema radica en ella. En consecuencia, se requieren equipos especializados y maquinaria adecuada.

Se recomiendan las fibras de propileno, material que asegura una buena adhesividad con el ligante y no funde a la temperatura con la que se extiende la capa de rodadura. Se utilizan geotextiles no-tejidos, ya que los tejidos son anisótropos y su comportamiento no es igual en todo el plano.

Debe exigirse que el material se suministre con la anchura máxima posible para reducir el número de juntas longitudinales. La anchura más lógica es de 3,80 metros, que corresponde a la del carril más los solapes.

Los geotextiles de refuerzo, que son a los que con mayor extensión nos hemos referido, son polímeros sintéticos que logran un efecto armadura dentro del suelo y que, siendo compatibles con las deformaciones de éste, colaboran en mejorar la capacidad de soporte del conjunto. Las características básicas que se exigen a estos materiales son: resistencia a la tracción, deformación unitaria reducida, elevado rozamiento geotextil-suelo y durabilidad (capacidad de mantener sus propiedades en el tiempo) y resistencia al envejecimiento y a las agresiones químicas o biológicas.

5.10.- OBRAS COMPLEMENTARIAS

5.10.1.- Bordillos

a/ Bordillos prefabricados de hormigón

a-1/ Descripción

Los bordillos prefabricados de hormigón son piezas que componen una faja o cinta de hormigón, que forman el borde de una calzada, una acera o un andén. Su colocación se realiza sobre una solera o base de hormigón. La forma y dimensiones de bordillos y solera será la señalada en los Planos del Proyecto. Todo ello se efectuará de acuerdo con este Pliego.

a-2/ Materiales

Hormigones

Cumplirán las especificaciones que se señalan en este Pliego, para esta unidad de

obra. El hormigón de la base será de H-20.(20 N/mm2). El hormigón del bordillo será de

H-40. La resistencia mínima a la flexión será de 6 N/mm2. El peso específico será de 2.300 Kg/m3 y la absorción máxima de agua del 6%.

Morteros

El mortero cumplirá las condiciones que se señalan en este Pliego, para esta unidad

de obra y será del tipo M 450.

a-3/ Ejecución

Las piezas que forman el bordillo se colocarán sobre la solera, utilizando para ello el mortero de asiento y de forma que dejen un espacio entre ellas de cinco milímetros (5 mm.), que será rellenado con mortero del mismo tipo.

a-4/ Tolerancia

Las tolerancia admitida en el acabado del bordillo prefabricado de hormigón será menor de dos milímetros (2 mm.), al comprobar con un renglón de tres metros (3 m.).

a-5/ Medición y abono

La medición se hará por metros lineales del bordillo colocado (M.L.). Se pagará el bordillo prefabricado de hormigón por metros lineales (M.L.) al precio unitario que figura en el Cuadro de Precios Nº1.

Comprende este precio el coste de todas las operaciones, equipos, herramientas e imprevistos necesarios para ejecutarla, incluyéndose en el mismo la correspondiente solera de hormigón, así como la adquisición y transporte de todos los materiales necesarios y todo ello de acuerdo con las especificaciones señaladas en este Pliego de Condiciones y las órdenes del Ingeniero Director.

5.10.2.- Bordillos de granito

Si el bordillo es de granito, tendrá una labra semi-tosca, dimensiones indicadas en Planos con tolerancias de +2%. Estará recibido con mortero de características indicadas en este Pliego.

El material tendrá un coeficiente de Los Angeles inferior a veinticinco (25). El abono será el mismo que en el bordillo prefabricado.

5.10.3 ADOQUINES DE HORMIGÓN PARA PAVIMENTOS 1.- DEFINICIONES. 01.- Los adoquines de hormigón son elementos prefabricados utilizados como material de pavimentaciónque satisface las siguientes condiciones: • Cualquier sección transversal a una distancia decincuenta milímetros (50 mm) de cualquiera de los bordes del adoquín, no tiene una dimensión horizontal inferior a cincuenta milímetros (50 mm). • Su longitud total dividida por su espesor es menor o igual a cuatro (≤ 4). 02.- Estas condiciones no son aplicables a accesorios complementarios. 2.- NORMATIVA TÉCNICA. 01. UNE-EN 1338:2004 Adoquines de Hormigón. Especificaciones y Métodos de ensayo. 02. UNE 127338:2007 Adoquines prefabricados de hormigón. Complemento Nacional a la norma UNE-EN 1338. 3.- CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN 01. La clasificación y designación de los adoquines de hormigón se compondrá de los siguientes términos: • Referencia al producto mediante el texto “Adoquines de hormigón” • Normas de aplicación, UNE-EN 1338:2004 y UNE 127338:2007 • Número de capas: Monocapa; Doble capa • Acabado superficial: La cara vista de los adoquines de hormigón puede ser lisa o texturizada y/o haber sido sometida a tratamientos secundarios que serán declarados por el fabricante. • Clase según diagonales: J;K Clase según resistencia al desgaste por abrasión: H; I

• Clase según resistencia climática: B • Resistencia al deslizamiento / resbalamiento • Formato, indicando sus medidas nominales expresadas en cm separadas por el símbolo “x”. • Color 4.- MATERIALES 01. Los materiales empleados en la fabricación de los adoquines cumplirán lo establecido para ellos por la norma UNE-EN 1338:2004, sin perjuicio de lo establecido en la vigente Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08). 5.- REQUISITOS DIMENSIONALES 5.1.- Generalidades 01.- Los adoquines cumplirán lo establecido en las normas UNE-EN 338:2004 y UNE 127338:2007. Su comprobación se realizará según se establece en dichas normas. 02. Las dimensiones verticales u horizontales de las aristas descritas como a escuadra (biselada o redondeada) no deben superar los dos milímetros (2 m). 03. Las aristas biseladas que excedan de dos milímetros (2 mm) deben considerarse como achaflanadas y ser declaradas por el fabricante. 04. En el caso de adoquines doble capa, la capa vista deberá tener como mínimo cuatro milímetros (4 mm) de espesor. 5.2.- Forma y dimensiones 01.- Las dimensiones nominales deberán ser declaradas por el fabricante. 02.- Cuando se fabriquen los adoquines con elementos espaciadores, caras laterales con conicidad perimetral o achaflanadas y perfilados, el fabricante debe declarará sus dimensiones nominales. 03.- Las tolerancias admisibles sobre las dimensiones nominales declaradas por el fabricante son las indicadas en las el cuadro 22.33.1. CUADRO 22.33.1.- TOLERANCIAS DIMENSIONALES DE LOS ADOQUINES (mm) (*) Espesor del adoquín Longitud Anchura Espesor ‹100 ±2 ±2 ±3 ≥100 ±3 ±3 ±4 (*) La diferencia máxima entre dos medidas del espesor de un mismo adoquín no será superior a 3 mm. 04.- En el caso de adoquines no rectangulares, el fabricante debe declarar las tolerancias de las restantes dimensiones. 05.- Las diferencias máximas admisibles entre las medidas de dos iagonales de un adoquín rectangular, cuando la longitud de las diagonales supere los trescientos milímetros (300 mm), se indican en el cuadro 22.33.2. CUADRO 22.33.2.- DIFERENCIAS MÁXIMAS (mm) Clase Máxima diferencia J 5

K 3 06.- Las desviaciones máximas de planeidad y curvatura indicadas en el cuadro 22.33.3 deben ser aplicadas a la cara vista plana cuando la dimensión máxima del adoquín supere los trescientos milímetros (300 mm). Cuando la cara vista no sea plana, el fabricante debe suministrar la información sobre las desviaciones admisibles. CUADRO 22.33.3.- DESVIACIONES SOBRE PLANEIDAD Y CURVATURA (mm) Longitud del Convexidad Max Concavidad Max dispositivo de medida 300 1,5 1,0 400 2.0 1.5 6.- CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Y MECÁNICAS. 6.1.- Generalidades 01.- Los adoquines deben cumplir los siguientes requisitos cuando sean declarados conformes para su uso por el fabricante. 6.2.- Resistencia a rotura 01.- La resistencia a rotura se determina de acuerdo con el anexo F de la Norma UNE-EN 1338:2004. 02.- La resistencia característica a rotura T no debe ser inferior a tres coma seis megapascales (3,6MPa). Ningún valor individual debe ser inferior a dos coma nueve megapascales (2,9MPa), ni tener carga de rotura inferior a doscientos cincuenta Newtons por milímetro (250N/mm) de la longitud de rotura. 6.3.- Resistencia al desgaste por abrasión 01.- La resistencia al desgaste por abrasión se determina de acuerdo con el método de ensayo de disco ancho descrito en el anexo G de la Norma UNE-EN 1338:2004. 02.- Los adoquines deberán cumplir, al menos, los requisitos del marcado H, detallados en el cuadro Marcado Requisito F Sin medición de esta característica H ≤ 23 mm I ≤20mm 6.4.- Resistencia climática 01.- La resistencia climática se determina mediante el ensayo descrito en el anexo E de la Norma UNE-EN 1338:2004 para la absorción de agua. 02.- Los adoquines deberán cumplir, al menos, los requisitos del marcado B, detallados en el cuadro Clase Absorción de agua (% en masa) B ≤ 6 como media 6.5.- Resistencia al deslizamiento / resbalamiento 01. La resistencia al deslizamiento/resbalamiento se determina de acuerdo con el método del péndulo de fricción descrito en el anexo I de la Norma UNE-EN 1338:2004. 02.- Aunque las caras vistas de los adoquines no hayan sido pulidas se declarará

siempre el índice USRV, exigiéndose un valor igual o superior a cuarenta y cinco (45). 03.- En condiciones normales de uso, los adoquines de hormigón deberán mantener la resistencia al deslizamiento/resbalamiento durante toda su vida útil. 7.- ASPECTOS VISUALES 01.- Los adoquines cumplirán lo establecido por la norma UNE-EN 1338:2004. Su comprobación se realizará según se establece en dicha norma. 7.1.- Apariencia 01.- La cara vista de los adoquines no tendrán defectos tales como grietas o exfoliaciones. 02.- En el caso de los adoquines doble capa no existirán delaminaciones entre las capas. 7.2.- Textura 01.- En el caso de adoquines fabricados con texturas superficiales especiales, dicha textura será descrita por el fabricante. La conformidad será establecida si no hay diferencias significativas en la textura respecto a cualquier muestra facilitada por el contratista y aprobada por el Director de las Obras. 7.3.- Color 01.- Según el criterio del fabricante, puede colorearse la capa vista o toda la unidad. 02.- La conformidad será establecida si no hay diferencias significativas en el color respecto a cualquier muestra facilitada por el contratista y aprobada por el Director de las Obras. 8.- IDENTIFICACIÓN Y MARCADO 01. De acuerdo con la Norma UNE-EN 1338:2004 y UNE 127338:2007 se deberán suministrar los siguientes datos relativos a los adoquines: • Identificación del fabricante o fábrica. • Identificación de la fecha de producción y, si la entrega se realiza antes de la fecha en que los adoquines son declarados válidos para su uso, la identificación de esta fecha. • Identificación de las Normas UNE-EN 1338 y UNE 127338 • Identificación del producto (número de capas, clase según diagonales, lase según resistencia al desgaste por abrasión, clase según resistencia climática, formato y color) • Identificación del Marcado CE. • Identificación de la Marca de Calidad. 02.- El Marcado CE es obligatorio para las adoquines de hormigón. El símbolo de dicho Marcado deberá figurar en los documentos comerciales de acompañamiento y/o sobre el embalaje, e ir acompañado por la información que aparece en Anexo ZA de la norma UNE-EN 1338:2004 03.- El contratista podrá aportar una marca o sello de calidad que acredite el cumplimiento de las características exigidas en este Pliego y que deberá ser aceptada por el Director de las Obras. 9.- RECEPCIÓN. 9.1.- Control documental 01.- Para cada remesa, deberá comprobarse que tanto la documentación facilitada como el etiquetado son conformes con el apartado 8 de este artículo. 02.- Se comprobará que la documentación facilitada corresponde a la clase y características especificadas en el Proyecto. 9.2.- Control a pie de obra 01. En cada partida que llegue a obra se verificará que el marcado y las características

de los adoquines corresponden a las especificadas en el Proyecto. 02.- Deberá comprobarse que los adoquines no presentan síntomas videntes de deterioro o pérdida de calidad. Se verificará específicamente que no presente grietas, desconchones ni exfoliaciones. 03.- No deberán existir diferencias, en cuanto a la textura y el color entre los adoquines, entre la remesa suministrada y la muestra suministrada por el contratista y aprobada por el Director de las Obras. 9.3.- Comprobación mediante ensayos 01.- Se fijará un lote por cada mil metros cuadrados (1.000 m2) o fracción suministrada en caso de que el producto no haya sido sometido a una evaluación de conformidad por una tercera parte. 02.- En caso de que el producto haya sido sometido a una evaluación de conformidad por una tercera parte el lote podrá ser de hasta dos mil metros cuadrados (2.000 m2) o fracción. 03.- La muestra de adoquines debe ser representativa del lote, tomándose de una sola operación y al azar. Esta deberá ser suficiente para la totalidad de los ensayos previstos, evitando así muestreos posteriores. 04.- El número de ensayos que deben ensayarse por cada lote y sus criterios de conformidad son los recogidos en el cuadro 22.33.6. CUADRO 22.33.6.- NÚMERO DE ENSAYOS POR LOTE Y CRITERIOS DE CONFORMIDAD Característica Nº de adoquines Criterios de conformidad Forma y dimensiones 8 Apartado 5.2 Espesor de la doble capa 8 Apartado 5.1 Resistencia y carga de rotura 8 Apartado 6.2 Resistencia al desgaste por abrasión 3 Apartado 6.3 Resistencia climática 3 Apartado 6.4 Resistencia al deslizamiento 5 Apartado 6.5 05.- Los ensayos que se realicen con estas muestras deberán efectuarse y validarse tan pronto como sea posible y siempre antes de que los adoquines sean colocados. 10.- MEDICIÓN Y ABONO. 01. La medición y abono de este material se realizará de acuerdo con lo indicado en la unidad de obra de la que forma parte. 02. En acopios, los adoquines se abonarán por metros cuadrados (m2) suministrados.

PARTE 6ª.- ESTRUCTURAS DE HORMIGON Y OBRAS DE FABRI CA

6.1.- ARMADURAS DE ACERO A EMPLEAR EN HORMIGON ARMA DO

6.1.1.- Materiales

Acero especial a emplear en armaduras

Cumplirá las condiciones exigidas a este material en los artículos 241 y 600 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales (PG-3/75) y, además, lo especificado en la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).

6.1.2.- Formas y dimensiones

La forma y dimensiones de las barras serán las señaladas en los Planos. Por lo que respecta a longitudes de solape, radio de los dobleces, dimensiones de

ganchos, patillas, etc.., se deberán cumplir todas las condiciones exigidas en la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).

6.2.- HORMIGONES

6.2.1.- Descripción

Se definen como hormigones los productos formados por mezcla de cemento, agua, árido fino, árido grueso y eventualmente productos de adición que, al fraguar y endurecer, adquieren una notable resistencia.

6.2.2.- Materiales

a/ Cemento

El cemento elegido cumplirá las prescripciones de la vigente "Instrucción para la Recepción de Cementos (RC-08)" y todo lo especificado en el PG-3/75 (artículo 202).

Será del tipo CEM II/A-P 42,5 R y capaz de proporcionar al hormigón las condiciones exigidas en el presente Pliego.

En los documentos de origen se exigirá que el fabricante haga constar por cada partida de cemento la finura, la fecha de fabricación química y su resistencia mecánica.

La duración máxima de almacenamiento será de un mes, salvo autorización del Ingeniero Director.

b/ Agua

Las aguas que se empleen tanto en el amasado como en el lavado de los áridos reunirán las condiciones exigidas en el artículo veintisiete (27º) de la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).

Queda prohibida la utilización del agua de mar en el curado de hormigones y morteros, pudiendo autorizar el Ingeniero Director su uso en el amasado.

c/ Aridos

Como áridos para la fabricación de hormigones se emplearán arenas y gravas procedentes de machaqueo.

Los áridos para hormigones cumplirán el artículo veintiocho (28º) de la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” y el artículo 610 del PG-3/75.

d/ Adiciones

La Dirección de la obra deberá aprobar el tipo de aditivos propuesto por el Contratista, la cantidad del mismo y los hormigones y morteros en que se empleará el producto, sin que por ello se varíe el precio del hormigón que figura en los Cuadros de Precios.

Los aditivos deberán tener consistencia y calidad uniforme en las diferentes partidas y podrán ser aceptados basándose en un certificado del fabricante que atestigüe que los productos están dentro de los límites de aceptación sugeridos.

La cantidad total de aditivos no excederá el dos y medio por ciento (2,5%) del peso del conglomerado.

6.2.3.- Ejecución

a/ Clasificación

Con el objeto de tipificar las resistencias de los hormigones, se recomienda utilizar la siguiente serie: H-20, H-25, H-30, H-35, H-40, H-45, H-50, (Artículo 39.2 de la Instrucción EHE).

b/ Fabricación, transporte y puesta en obra.

b-1/ Fabricación

La fabricación del hormigón se hará por cualquiera de los procedimientos siguientes:

- Mezcla en central : La fabricación del hormigón se hará por pesadas de todos los materiales.

El amasado se hará en hormigonera, vertiendo en ella, durante su funcionamiento, primeramente la mitad del agua de amasado, después el cemento y la arena simultáneamente, luego la grava y, por último, el agua.

- Mezcla en camiones : El camión mezclador podrá ser de tipo cerrado con tambor giratorio o de tipo abierto, provisto de paletas.

En cualquier caso, será capaz de proporcionar mezclas uniformes y de descargar su contenido sin que se produzcan segregaciones.

La descarga del hormigón en obra deberá hacerse dentro de la hora y media que siga a la carga del mezclador.

- Mezcla en obra : La ejecución de la mezcla en obra se hará exactamente de la misma manera que la señalada para la mezcla en central.

- Mezcla a mano : La fabricación del hormigón a mano sólo se autoriza

excepcionalmente en caso de reconocida emergencia.

b-2/ Transporte

Para el transporte del hormigón, se utilizarán procedimientos adecuados para que las masas lleguen al lugar de su colocación sin experimentar variación sensible de las características que poseían recién amasadas.

En ningún caso se tolerará la colocación en obra de masas que acusen un principio de fraguado.

b-3/ Puesta en obra

En el vertido y la colocación de las masas se adoptarán las medidas de precaución necesarias para evitar la disgregación de la mezcla.

En el hormigón ciclópeo, se cuidará que el hormigón envuelva los mampuestos, quedando entre ellos separaciones de a tres veces el tamaño máximo del árido empleado, sin contar los mampuestos.

La consolidación se efectuará especialmente junto a los paramentos y rincones del encofrado.

Se cuidará que las juntas creadas por las interrupciones del hormigonado queden a la dirección de los máximos esfuerzos de compresión y donde sus efectos sean menos perjudiciales.

Al reanudar los trabajos, se limpiará la junta, se humedecerá la superficie, sin exceso de agua, antes de verter el nuevo hormigón.

c/ Ensayos

Los ensayos para cada una de las unidades de obra se establecerán por el Ingeniero Director, así como los niveles de control de la resistencia y de la ejecución.

d/ Curado

Durante los diez días (10 días) siguientes al hormigonado, las superficies deberán mantenerse húmedas.

6.2.4.- Medición y abono

Se abonarán por metros cúbicos (M3) realmente ejecutados. 6.3.- MORTEROS DE CEMENTO

6.3.1.- Descripción

Se describen los morteros de cemento como la masa constituida por arena, cemento y agua y, eventualmente, algún producto de adición para mejorar sus propiedades, todo ello de acuerdo con lo que se especifica en este Pliego.

6.3.2.- Materiales

a/ Cemento

El cemento cumplirá las prescripciones del vigente "Instrucción para la Recepción de Cementos (RC-08)" y todo lo especificado en el PG-3/75 (artículo 202).

Será del tipo CEM II/A-P 42,5 R y capaz de proporcionar al hormigón las condiciones exigidas en el presente Pliego.

En los documentos de origen, se exigirá que el fabricante haga constar por cada partida de cemento la finura, la fecha de fabricación, composición química y su resistencia mecánica.

La duración máxima de almacenamiento será de un mes, salvo autorización del Ingeniero Director.

b/ Agua

Las aguas reunirán las condiciones exigidas en el artículo veintisiete (27º) de la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)".

Queda prohibida la utilización de agua de mar en el curado de hormigones y morteros, pudiendo autorizar el Ingeniero Director su uso en el amasado.

c/ Arena

Regirá el artículo veintiocho (28º) de la “Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)".

6.3.3.- Ejecución

a/ Tipos y dosificaciones

Se establecen los siguientes tipos y dosificaciones de morteros de cemento:

- M 250 para fábricas de ladrillos y mampostería: doscientos cincuenta kilogramos de cemento por metro cúbico de mortero (250 Kg/M3).

- M 450 para fábricas de ladrillos, adoquinados y bordillos: cuatrocientos cincuenta kilogramos de cemento por metro cúbico de mortero (450 Kg/M3).

- M 600 para enfoscados, enlucidos, etc.: seiscientos kilogramos de cemento por metro cúbico de mortero (600 Kg/M3).

- M 700 para enfoscados exteriores: setecientos kilogramos de cemento por metro cúbico de mortero (700 Kg/M3).

El Director podrá modificar la dosificación en más o menos, cuando las circunstancias de la obra lo aconsejen.

b/ Fabricación

La mezcla podrá realizarse a mano o mecánicamente. En el primer caso, se hará sobre un piso impermeable.

El cemento y la arena se mezclarán en seco hasta conseguir un producto homogéneo de color uniforme. A continuación se añadirá la cantidad de agua estrictamente necesaria para que, una vez batida, la masa tenga la consistencia adecuada para su aplicación.

Solamente se fabricará el mortero para su uso inmediato, rechazándose todo aquél que se haya empleado dentro de los cuarenta y cinco minutos que sigan a su amasado.

6.3.4.- Medición y abono

El mortero no será de abono directo, salvo que se defina como unidad independiente, en cuyo caso se medirá y abonará por metros cúbicos (M3) realmente utilizados.

6.4.- OBRAS DE HORMIGON EN MASA O ARMADO

6.4.1.- Materiales

Los materiales a utilizar seguirán lo prescrito en la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE).

6.4.2.- Ejecución de las obras

La compactación del hormigón se realizará por vibración, salvo en los casos concretos en que el Ingeniero Director autorice otro procedimiento. La compactación del hormigón cuando vaya armado será siempre por vibración.

La cimentación de las obras de fábrica se hormigonará directamente contra el terreno, por lo que no será de abono en ningún caso el exceso de hormigón por excavación superior a la teórica, ni ningún tipo de encofrado.

6.4.3.- Medición y abono

Los hormigones se medirán por metros cúbicos (M3) y se abonarán de acuerdo con las condiciones que figuran para cada tipo en el Cuadro de Precios Nº1.

Dentro del precio de cada tipo de hormigón se incluye el encofrado correspondiente, así como la humectación de su superficie durante la semana siguiente a la puesta en obra del hormigón (curado). No serán de abono los excesos de hormigón sobre teóricos.

6.5.- MAMPOSTERIA HORMIGONADA

6.5.1.- Definición

Se define como mampostería hormigonada la construida colocando en obra, incluso en paramentos, piedras o mampuestos sin labra previa alguna, arreglados solamente con martillo.

6.5.2.- Materiales

Hormigón : Salvo especificación en contrario, el tipo de hormigón a utilizar será el designado

como H-20. Mampuestos :

a/ Condiciones generales : La piedra a emplear en mampostería deberá cumplir

las siguientes condiciones:

- Ser piedra basáltica o similar. - Ser homogénea de grano uniforme y resistente a las cargas que tenga que

soportar. Se rechazarán las piedras que al golpearlas no den fragmentos de aristas vivas.

- Carecer de grietas, coqueras, nódulos y restos orgánicos; dará sonido claro al golpe con un martillo.

- Ser inalterable al agua y a la intemperie y resistente al fuego.

b/ Forma y dimensiones : Cada piedra deberá carecer de depresiones capaces de debilitarla o de impedir su correcta colocación y será de una conformación tal que satisfaga, tanto en su aspecto como estructuralmente, las exigencias de la fábrica especificadas.

Las piedras , por lo general, tendrán un diámetro equivalente a 50 cm.; las mismas se trabajarán con el fin de quitarles todas las partes delgadas o débiles.

Los mampuestos se prepararán únicamente con martillo y las tolerancias admisibles en las caras de asiento respecto de un plano, y en juntas respecto de la línea recta, serán inferiores a un centímetro y medio.

c/ Absorción de agua : Su capacidad de absorción de agua será inferior al dos por ciento (2%) en peso.

6.5.3.- Ejecución de las obras

Los mampuestos se mojarán antes de ser colocados en obra, asentándose sobre baño flotante de hormigón H-20, debiendo quedar enlazados en todos los sentidos. Los huecos que queden en la fábrica se rellenarán con piedras de menor tamaño, las cuales se acuñarán con fuerza, de forma que el conjunto quede macizo y que aquélla resulte con la suficiente trabazón.

Después de sentado el mampuesto, se le golpeará para que el hormigón refluya. Deberá conseguirse que las piedras en distintas hileras queden bien enlazadas en el sentido del espesor, levantándose siempre la mampostería interior simultáneamente con la del paramento y ejecutándose por capas normales a la dirección de las presiones a la que esté sometida la fábrica.

Los paramentos se ejecutarán con el mayor esmero, de forma que su superficie quede continua y regular.

El Contratista estará obligado a dejar en la fábrica mechinales regularmente dispuestos, de 10 cm. de diámetro, para facilitar la evacuación del agua del trasdós de la misma, a razón de uno (1) por cada cuatro metros cuadrados (M2) de paramento.

6.5.4.- Medición y abono

La mampostería hormigonada se abonará por metros cúbicos (M3) realmente colocados en obra, medidos sobre los Planos. Podrá ser abonada por metros cuadrados (M2) realmente ejecutados, en los casos en que su espesor sea constante.

6.6.- MAMPOSTERIA CAREADA

6.6.1.- Definición

Se define como mampostería careada aquella cuyos mampuestos están labrados por una sola cara, que define su frente o paramento.

6.6.2.- Materiales

a/ Mortero : Salvo especificaciones en contrario, el tipo de mortero a utilizar será el designado como 250 en el artículo 611 "Morteros de cemento" del PG-3/75. También puede emplearse hormigón H-20, salvo especificación en contrario.

b/ Mampuestos

b-1/ Condiciones generales

La piedra a emplear en mampostería deberá cumplir las siguientes condiciones:

- Ser homogénea, de grano uniforme y resistente a las cargas que tenga que soportar. Se rechazarán las piedras que al golpearlas no den fragmentos de aristas vivas.

- Carecer de grietas, coqueras, nódulos y restos orgánicos. - Dará sonido claro al golpearla con un martillo. - Ser inalterable al agua y a la intemperie y resistente al fuego. - Tener suficiente adherencia a los morteros.

Por excepción, podrá permitirse el empleo de pizarras, siempre que sean duras y la

fábrica se proyecte con lechos de asiento horizontales.

b-2/ Forma y dimensiones

Cada pieza deberá carecer de depresiones capaces de debilitarla o de impedir su correcta colocación; será de una conformación tal que satisfaga, tanto en su aspecto como estructuralmente, las exigencias de la fábrica especificadas.

Las dimensiones de las piedras serán las indicadas en los Planos; si no existieran tales detalles al respecto, se proveerán las dimensiones y superficies de caras necesarias para obtener las características generales y el aspecto indicado en los mismos.

Por lo general, las piedras tendrán un espesor superior a diez centímetros (10 cm), anchos mínimos de una vez y media (1,5) su espesor y longitudes mayores de una vez y media (1,5) su ancho. Cuando se empleen piedras de coronación, sus longitudes serán, como mínimo, las del ancho del asiento de su tizón más veinticinco centímetros (25 cm.).

Por lo menos un cincuenta por ciento (50%) del volumen total de la mampostería estará formado por piedras cuya cubicación sea, como mínimo, de veinte decímetros cúbicos (20 dm3).

Las piedras se trabajarán con el fin de quitarles todas las partes delgadas o débiles. Se proscribirán en los paramentos las piedras de pequeña dimensión o ripios. El

debaste podrá ejecutarse con martillo y trinchante. Las tolerancias de desvío en las caras de asiento respecto de un plano, y en juntas

respecto de la línea recta, no excederán de las indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y, en todo caso, serán inferiores a un centímetro y medio (1,5 cm.).

b-3/ Absorción de agua

Su capacidad de absorción de agua será inferior al dos por ciento (2%), en peso.

6.6.3.- Ejecución de las obras

Los mampuestos se mojarán antes de ser colocados en obra. Se asentarán sobre baño flotante de mortero, debiendo quedar enlazados en todos los sentidos. Para los paramentos vistos, se seleccionarán los mampuestos de tamaño y forma más regulares desbastándolos, si es preciso, con martillo y trinchante, pero sin exigir a estos mampuestos formas ni dimensiones determinadas, excluyéndose en todo caso el ripio. Los huecos del interior de la fábrica se rellenarán con piedras de menor tamaño, las cuales se acuñarán con fuerza, de manera que el conjunto quede macizo y que aquélla resulte con la suficiente trabazón.

Después de sentado el mampuesto, se le golpeará para que el mortero refluya. Deberá conseguirse que las piedras en distintas hileras queden bien enlazadas en el sentido del ancho del muro, evitando que éste quede dividido en hojas en el sentido del espesor, levantándose siempre la mampostería interior simultáneamente a la del paramento y ejecutándose por capas normales a la dirección de las presiones a que está sometida la fábrica.

Cuando el espesor del muro sea inferior a sesenta centímetros (60 cm), se colocarán mampuestos de suficiente tizón para atravesarlo en todo su espesor, de forma que exista una (1) de estas piezas por cada metro cuadrado (M2) de paramento. Cuando el espesor sea superior se alternarán, en los tizones, mampuestos grandes y pequeños, para conseguir una trabazón perfecta.

Los paramentos se ejecutarán con el mayor esmero, de forma que su superficie quede continua y regular. Cuando, excepcionalmente, se autorice la construcción de la fábrica de mampostería con pizarra, los planos de asiento de los mampuestos serán horizontales, salvo prescripción en contrario del Director de las obras.

Si en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares no se especifica ningún tipo de acabado de juntas de paramento, éstas se rascarán, para vaciar las de mortero y otras materias extrañas, hasta una profundidad no inferior a cinco centímetros (5cm.), se humedecerán y rellenarán inmediatamente con un nuevo mortero, cuidando de que éste penetre perfectamente hasta el fondo descubierto previamente; la pasta se comprimirá con herramienta adecuada, acabándola de tal manera que, en el frente del paramento terminado, se distinga perfectamente el contorno de cada mampuesto.

Salvo que el Director disponga lo contrario, el Contratista vendrá obligado a dejar en la fábrica mechinales u orificios, regularmente dispuestos, para facilitar la evacuación del agua del trasdós de la misma, a razón de uno (1) por cada cuatro metros cuadrados (4 M2) de paramento.

6.6.4.- Medición y abono

La mampostería careada se abonará por metros cúbicos (M3) realmente colocados en obra, medidos sobre los Planos. Podrá ser abonada por metros cuadrados (M2) realmente ejecutados, en los casos en que su espesor sea constante.

6.7.- MAMPOSTERIA EN SECO

6.7.1.- Descripción

Se define como mampostería en seco la construida colocando los mampuestos a hueso, sin ningún mortero de unión entre ellos, rejuntando todos sus huecos con ripios en seco a presión colocados con martillo de forma que no puedan ser retirados manualmente.

6.7.2.- Materiales

La piedra a emplear en mampostería deberá cumplir las siguientes condiciones:

- Ser homogénea, de grano uniforme, carecer de grietas, coqueras, etc.; además, ha de ser inalterable al agua y a la intemperie y resistente al fuego.

- Por lo general, las piedras tendrán un espesor superior a diez centímetros (10 cm), anchos mínimos de una vez y media (1,5) su espesor y longitudes mayores de una vez y media (1,5) su ancho.

- Su capacidad de absorción de agua será inferior al dos por ciento (2%) en peso.

6.7.3.- Ejecución

La mampostería en seco deberá construirse con piedras arregladas con martillo hasta conseguir una forma regular y, en lo posible, excluyéndose la de forma redonda.

En las aristas se utilizarán los mampuestos de mayor dimensión y que, por su forma, se adapten mejor a esa función.

El contratista rejuntará todos los huecos con ripios en seco a presión colocados con martillo de forma que no puedan ser retirados manualmente. No habrán huecos >3 cms.

El Contratista vendrá obligado a dejar en la fábrica mechinales u orificios, regularmente dispuestos, para facilitar la evacuación del agua del trasdós de la misma, a razón de uno (1) por cada cuatro metros cuadrados (4M2) de paramento.

6.7.4.- Medición y abono

Se abonará por metros cúbicos (M3) realmente ejecutados.

6.8.- ENCOFRADOS

6.8.1.- Descripción

Se denominan obras de encofrado las consistentes en la construcción, montaje, desencofrado y desmontaje de las construcciones auxiliares necesarias para moldear los hormigones. Todo ello se realiza de acuerdo con las especificaciones señaladas en este Pliego y las órdenes del Ingeniero Director.

6.8.2.- Materiales

a/ Condiciones generales

Los encofrados podrán ser de madera o metálicos de acero. El Contratista deberá presentar los detalles de éstos al Ingeniero Director, para su aprobación previa a la utilización de los mismos.

La forma y las dimensiones de los encofrados a emplear serán las adecuadas para garantizar su resistencia y cubrir el posible riesgo de accidentes.

b/ Calidades

La madera a utilizar deberá cumplir las siguientes condiciones:

- Proceder de troncos sanos, apeados en sazón. - Haber sido desecada al aire, protegida del sol y de la lluvia, durante un período

mayor de dos años. - No presentar signo alguno de putrefacción, carcoma o ataque de hongos. - Estar exenta de grietas, hendiduras, manchas o cualquier otro defecto que

perjudique su solidez. En particular, contendrá el menor número posible de nudos, los que, en todo caso, tendrán un espesor inferior a la séptima parte (1/7) de la menor dimensión.

- Tener fibras rectas y no reviradas, paralelas a la mayor dimensión de la pieza. - Presentar anillos anuales de aproximada regularidad. - Dar sonido claro de percusión. Caso de utilizarse encofrados metálicos de acero, las calidades de éstos deberán ser

justificadamente presentadas por el Contratista al Ingeniero Director para su aprobación previa a su utilización.

6.8.3.- Ejecución

a/ Construcción y montaje

Los encofrados deberán reunir las condiciones que prescribe la "Instrucción de Hormigón Estructural (EHE)” (Artículo 65º).

Se autorizará el empleo de tipos y técnicas especiales de encofrado cuya utilización y resultados estén sancionados por la práctica, debiendo justificarse la eficacia de aquéllos otros que se propongan y que, por su novedad, carezcan de garantía a juicio del Ingeniero Director.

Tanto las uniones como las piezas que constituyen los encofrados deberán poseer la resistencia y la rigidez necesaria para que, con la marcha prevista del hormigonado y especialmente bajo los efectos producidos por el sistema de compactación exigido o adoptado, no se originen esfuerzos anormales en el hormigón, ni durante su puesta en obra, ni durante su período de endurecimiento, así como tampoco movimientos locales superiores a cinco milímetros (5 mm.) en los encofrados.

Los enlaces y uniones de los distintos elementos serán sólidos y sencillos, de modo que su montaje y desmontaje se verifiquen con facilidad sin requerir golpes ni tirones.

Los moldes ya usados y que hayan de servir para unidades repetidas serán cuidadosamente rectificados y limpiados.

El Contratista adoptará las medidas para que las aristas vivas del hormigón resulten bien acabadas, colocando angulares metálicos en las aristas exteriores del encofrado o utilizando otro procedimiento similar en su eficacia. No se tolerarán imperfecciones en las líneas de las aristas mayores de cinco milímetros (5 mm.).

Las superficies interiores de los encofrados deberán ser lo suficientemente uniformes y lisas para lograr que los paramentos de las piezas de hormigón moldeadas en aquéllas no presenten defectos, bombeos, resaltos o rebabas de más de cinco milímetros (5 mm.).

Tanto las superficies de los encofrados como los productos que a ellos se pueden aplicar no deberán contener sustancias perjudiciales para el hormigón.

Los encofrados de madera se humedecerán antes del hormigonado a fin de evitar la absorción del agua contenida en el hormigón y se limpiarán, especialmente los fondos, dejándose aberturas provisionales para facilitar esta labor.

Las juntas entre las diversas tablas deberán permitir el entumecimiento de las mismas por la humedad del riego y del hormigón, sin que, sin embargo, dejen escapar durante el hormigonado la pasta.

Antes de empezar las operaciones de hormigonado, el Contratista deberá obtener del Ingeniero Director la aprobación escrita del encofrado realizado.

b/ Desencofrado

El desencofrado se efectuará con arreglo a lo indicado en la citada "Instrucción de hormigón Estructural (EHE)" (Artículo 75º).

Para facilitar el desencofrado, es aconsejable el empleo de un producto desencofrante, aprobado por el Ingeniero Director.

6.8.4.- Medición y abono

El encofrado no será objeto de abono independiente por hallarse incluido dentro del precio de "M3 de hormigón".

PARTE 7ª.- VARIOS

7.1.- UNIDADES NO DESCRITAS EN ESTE PLIEGO Las unidades no descritas en este Pliego, pero con precio en el Cuadro de Precios nº

1 , se abonarán a los citados precios y se medirán por las unidades realmente ejecutadas que figuran en el título del precio. Estos precios comprenden todos los materiales y medios auxiliares para dejar la unidad totalmente terminada en condiciones de servicio.

Fernando Lozano Piñero Ingeniero T. Obras Públicas

PARTE 4ª.- SEÑALIZACION, BALIZAMIENTO Y DEFE NSA DE LAS CARRETERAS

4.1.- MARCAS VIALES

Será de aplicación lo establecido en el artículo 700 del PG-3/75, actualizado por

Orden de 28 de Diciembre de 1.999 (“Elementos de Señalización, Balizamiento y Defensa de las Carreteras”).

4.2.- SEÑALES Y CARTELES VERTICALES DE CIRCULACION RETRORREFLECTANRES

Será de aplicación lo establecido en el artículo 701 del PG-3/75, actualizado por Orden de 28 de Diciembre de 1.999 (“Elementos de Señalización, Balizamiento y Defensa de las Carreteras”).

4.3.- CAPTAFAROS RETRORREFLECTANTES DE UTILIZACION EN SEÑALIZACION HORIZONTAL

Será de aplicación lo establecido en el artículo 702 del PG-3/75, actualizado por Orden de 28 de Diciembre de 1.999 (“Elementos de Señalización, Balizamiento y Defensa de las Carreteras”) .

4.4.- ELEMENTOS DE BALIZAMIENTO RETRORREFLECTANTES

Será de aplicación lo establecido en el artículo 703 del PG-3/75, actualizado por Orden de 28 de Diciembre de 1.999 (“Elementos de Señalización, Balizamiento y Defensa de las Carreteras “).

4.5.- BARRERAS DE SEGURIDAD

Será de aplicación lo establecido en el artículo 704 del PG-3/75, actualizado por Orden de 28 de Diciembre de 1.999 (“Elementos de Señalización, Balizamiento y Defensa de las Carreteras”).

Asimismo, será de aplicación la Orden Circular 321/95 T y P (“Recomendaciones sobre sistemas de Contención de Vehículos”) excepto en lo que se oponga a la Orden anterior.