manual basico del guarda de seguridad

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MANUAL BASICO DEL GUARDA DE SEGURIDAD INDICE PRESENTACION... …02 INTRODUCCION... …03 CONCEPTOS BASICOS... …04 NORMATIVIDAD LEGAL... …09 RELACIONES HUMANAS... …09 ETICA Y PROFESIONALISMO... …11 OBSERVACIÓN Y DESCRIPCION... …12 ANALISIS DE RIESGOS... …14 REDACCION DE INFORMES... …15 EL ARMA DE DOTACION... …18 COMUNICACIONES... …23 EXTINCION DE INCENDIOS... …27 PRIMEROS AUXILIOS... …31 CONTROL DE ACCESOS... …40 MODUS OPERANDI DELINCUENCIAL... …45 TECNICAS DE SEGURIDAD… …47 MANEJO DE SITUACIONES DE CRISIS... …51 VOCABULARIO …53 INTRODUCCION La Vigilancia Privada en nuestro país es una actividad profesional a la cual necesariamente tanto las personas jurídicas así como las naturales en su gran mayoría se ven en la necesidad de acudir a sus servicios con el fin especifico de proteger su integridad física y sus activos de amenazas tales como actos de sabotaje, terrorismo, hurto, robo, secuestro, extorsión, etc., donde quiera que vengan.

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MANUAL BASICO DEL GUARDA DE SEGURIDAD

INDICE

PRESENTACION...02 INTRODUCCION...03 CONCEPTOS BASICOS...04 NORMATIVIDAD LEGAL...09 RELACIONES HUMANAS...09 ETICA Y PROFESIONALISMO...11 OBSERVACIN Y DESCRIPCION... 12 ANALISIS DE RIESGOS...14 REDACCION DE INFORMES... 15 EL ARMA DE DOTACION...18 COMUNICACIONES...23 EXTINCION DE INCENDIOS... 27 PRIMEROS AUXILIOS... 31 CONTROL DE ACCESOS...40 MODUS OPERANDI DELINCUENCIAL...45 TECNICAS DE SEGURIDAD 47 MANEJO DE SITUACIONES DE CRISIS...51 VOCABULARIO53

INTRODUCCION

La Vigilancia Privada en nuestro pas es una actividad profesional a la cual necesariamente tanto las personas jurdicas as como las naturales en su gran mayora se ven en la necesidad de acudir a sus servicios con el fin especifico de proteger su integridad fsica y sus activos de amenazas tales como actos de sabotaje, terrorismo, hurto, robo, secuestro, extorsin, etc., donde quiera que vengan.

Este manual prctico del vigilante, es una recopilacin de conceptos nuestros y de algunos autores expertos en la materia y buscamos mediante su lectura y aprendizaje, que el hombre de seguridad afiance sus conocimientos para que al ejecutarlos tenga satisfaccin de recoger los frutos de su dedicacin y esfuerzo.

En seguridad nadie ha dicho la ltima palabra; por eso apreciado Hombre de Seguridad le sugerimos que lo revise e igualmente lo exhortamos a que consulte otros textos que le permitan complementar sus conocimientos.

CONCEPTOS BASICOS

VIGILANCIA.Es la observacin y atencin puesta en las cosas que estn a cargo de una persona para PREVENIR daos o prdidas.Su objetivo principal es la PREVENCION.

SEGURIDAD.Es el conjunto de medios y de acciones que se utilizan para minimizar y reducir el riesgo, PROTEGIENDO a las personas en su integridad fsica o de patrimonio.Su objetivo principal es la PROTECCION.

FUNDAMENTOS DE LA VIGILANCIA

PREVENCIONDISUASION

ACCION

RESULTADOS

PREVENCION. Es preparase con anticipacin para evitar que algo suceda.DISUASION. Es convencer a otro de que no ejecute un determinado acto.ACCION. Es donde el vigilante pone en prctica sus conocimientos y habilidades.RESULTADOS. Toda accin inteligentemente realizada conduce al resultado deseado.

PROCEDIMIENTO PARA LA ACCION.

1. Proteccin personal o barrera protectora.2. Voz de alerta ( ALTO! SEGURIDAD PRIVADA ) Serenidad. Posicin. Tono de voz.3. Reaccin. Pasiva ( preservar ) Activa ( defender )

EL HOMBRE DE SEGURIDAD.EL VIGILANTE.

Es aquel, que adems de sus condiciones y cualidades (ASTUCIA HONRADEZ LEALTAD ALERTA ABNEGACION RESPETO DISCIPLINADA - RESPONSABILIDAD, etc.), debe recibir capacitacin, estar dotado de los elementos necesarios, debe estar motivado, debe estar supervisado, y debe formar parte de una organizacin establecida para fines de seguridad.

FUNCIONES GENERALES DEL VIGILANTE.

1. Cumplir a cabalidad lo estipulado en el Cdigo Sustantivo de Trabajo, el Reglamento Interno de Trabajo y el Reglamento o manual del lugar de trabajo asignado.2. Contribuir a la prevencin del delito.3. Asumir actitudes disuasivas o de alerta, cuando observen la comisin de actos delictivos.4. Prestar apoyo cuando lo soliciten las autoridades con el fin de atender casos de calamidad publica.

FUNCIONES ESPECFICAS DEL VIGILANTE.

En todo momento el Guarda debe de permanecer con el uniforme completo, recuerde que es la imagen del puesto y de la Empresa. Responder por los elementos a su cargo de acuerdo al inventario, dndoles el uso correcto y adecuado. La portera bajo ninguna excusa debe permanecer sola, en ella solo debe permanecer el Guarda encargado de esta rea. El Guarda atender el citfono debiendo emplear un buen vocabulario contestando BUENOS (DIAS, TARDES, NOCHES) HABLA EL GUARDA..., para anunciar a los invitados deber reportar de esta manera DE PARTE DEL SEOR... DE PARTE DE LA SEORA... Si excepcin toda visitante (Familiar y/o amiga) debe ser anunciado a la dependencia donde se dirija y se permitir su ingreso previa autorizacin de una persona responsable, estos deben quedar registrados en el libro de visitantes o planilla control de accesos. Las visitas que recibe el personal de servicio domestico no puede permanecer en el rea de portera ni reas comunes, estas atendern sus visitas en la dependencia donde trabajan, si el propietario as lo autoriza o en caso contrario saldrn del puesto. Exigir documentos de identificacin a todo vendedor, cobrador, tcnico en reparacin que se dirijan a cualquiera de las dependencias y consignarlos en el libro de visitantes o planilla control de accesos previa comprobacin de que el propietario esta en la residencia y autoriza su ingreso. El Guarda controlara la puerta de acceso peatonal y vehicular del puesto y estas siempre deben permanecer cerradas. El citfono solo puede ser manipulado por el Guarda. Revisar todo paquete sospechoso que sea sacado por visitantes o personal del servicio y reportarlo al residente para verificar su procedencia. Responder por la imagen de aseo y orden que la portera debe ofrecer a los residentes y evitar por todos los medios que artculos en mal estado sean dejados en esta rea. El bao debe permanecer en las condiciones sanitarias ptimas y el desaseo que pueda presentar esta rea se considera como una falta a las labores bsicas del Guarda. En las horas de la noche las luces de portera y alrededores ms necesarias deben permanecer encendidas. Dejar por escrito todas las consignas pendientes para que el Guarda entrante las pueda realizar y tenga pleno conocimiento de todas las situaciones que se le puedan presentar. Cualquier inconveniente que se presente ser responsabilidad del que entrego el turno sino hubiese dejado la respectiva consigna por escrito. Es funcin recordar y hacer cumplir el reglamento interno del conjunto tanto a residentes como visitantes con la debida educacin y respeto. Conocer y distinguir a cada uno de los residentes y visitantes frecuentes, as como los vehculos y sus placas. Conocer los puntos crticos y mantener constante observacin de estos en horas ms delicadas para la seguridad de los residentes. Conocer y ubicar los elementos de emergencia tales como extintores, hidrantes, elementos de contra incendio, fusibles o tacos elctricos, dndoles el uso adecuado. Controlar al personal que se encuentren en las zonas comunes despus de las 22:00 horas, las cuales deben de ser desalojadas para comodidad de los residentes. Apoyar al Guarda de portera en los relevos asumiendo las funciones del mismo cuando la situacin as lo requiera. En cada ronda realizada deber de informar las novedades observadas en portera para el respectivo registro en la minuta. Controlar al personal de mantenimiento y acompaarlos (telfonos, agua, luz, parablica, etc.) y a que viviendas corresponde para el respectivo registro en libro de novedades. Verificar el buen funcionamiento de portones, luces, motobombas en general y piscina. Efectuar la apertura y cierre del cuarto de basuras segn sea el horario. Controlar los diferentes parqueaderos de visitantes. Revisar los salones sociales cuando estos permanezcan abiertos por alquiler de mesas de juegos, reuniones sociales y culturales, verificar el aseo del mismo. Mantener en constante comunicacin con los dems guardas de seguridad y la administracin, para el cabal cumplimiento de las diferentes consignas sealadas. Atender las solicitudes de la administracin y constatar que si una orden va en contra del reglamento esta sea por escrito, para el cumplimiento de la misma. Marcar las llaves correctamente si existe reloj de marcacin.

EL PUESTO.

Es un sitio especfico o una actividad bajo el cuidado y responsabilidad del Guarda. Un puesto tiene sus propias consignas especficas, una minuta, armamento y equipos de dotacin asignados. Puede ser desempeado por un Guarda en turno nico, o por dos o tres segn la programacin establecida.

Un Guarda debe tener la capacidad de describir su puesto de trabajo. Siga la siguiente gua til:01.Denominacin de la empresa. Razn u objeto social.02.Nombre del Gerente y Jefe de Seguridad. Telfonos.03.Organizacin general. Numero de empleados.04.Ubicacin. Direccin. Vecindario. Rutas de acceso.05.Facilidades o dificultades para relevos y supervisin.06.Nivel de riesgo general.07.Puestos de Guardas existentes.08.Ubicacin de la polica, bomberos, autoridades.09.Grado actual de aseguramiento de la instalacin.10.Puntos crticos. Actividades claves.11.Facilidades de comunicacin y transporte interno.12.Puestos cercanos de vigilancia de otras empresas.13.Historia de seguridad de la empresa. ltimos sucesos.14.Armamento y equipos necesarios.15.Facilidades y comodidades para los Guardas.16.Recomendaciones para la prestacin de un buen servicio.17.Actitud y aptitud de los empleados hacia la vigilancia.

EL RELEVO.

Es el acto mediante el cual el Guarda que esta en servicio entrega la responsabilidad de su puesto al Guarda que recibe el turno. Esta actividad requiere toda la atencin de ambos Guardas.

Normas a tenerse en cuenta al momento del relevo:01. Presentarse con 30 minutos de anticipacin para recibir el puesto, enterarse de las novedades y consignas.02. El relevo se efectuara estando ambos Guardas totalmente uniformados.03. Verifique el arma y radio de dotacin (estado, numero, municin, salvoconducto, funcionamiento).04. Reciba los dems elementos (botas, poncho, linterna, reloj de control, llaves, carpetas, inventario del puesto)05. Realice un recorrido por las instalaciones junto con el Guarda saliente o entrante, verificando puertas, chapas, ventanas, vidrios, iluminacin, telfonos, extintores, sillas, maquinas, vehculos; terminado la revista haga la anotacin de las novedades si las hubo.06. No reciba nada que no haya verificado personalmente.07. El Guarda saliente se retirara del puesto ya cerciorado que el entrante haya firmado la recibida del puesto.08. No entregue su puesto si su compaero se presenta con sntomas de alicoramiento, reporte a la empresa para que enven un relevo.09. No entregue el puesto a un Guarda desconocido. Exjale identificacin y verifique con la empresa.010. Si su relevo no llega a la hora indicada, informe a la empresa y espere instrucciones. No se retire del puesto hasta no haber sido reemplazado o autorizado.

LOS TURNOS.

Los turnos de trabajo varan de acuerdo al puesto o programacin, que pueden llegar a ser de 8 horas hasta de 24 horas. La programacin de turnos le proporciona al Guarda un conocimiento exacto y fcil de los das y horas en que debe entrar de servicio, as como la duracin de la jornada de trabajo y los das en que debe descansar.

LA MINUTA DEL PUESTO.

Es el Libro Oficial del sector de la Vigilancia y Seguridad Privada, que forma parte integral de la dotacin del Guarda para el registro obligatorio y personalizado de las consignas, novedades y entregas suscitadas respectivamente, en su turno de trabajo.El libro de minuta es la hoja de vida del puesto.

FECHAHORAASUNTOANOTACION

DMA

16080606:00ENTREGA

16080606:00RECIBIDA

16080608:45NOTA

16080613:20REVISTA

16080614:22CONSIGNA

16080615:35NOVEDAD

16080618:00ENTREGA

16080618:00RECIBIDA

17080600:55REVISTA

17080606:00ENTREGA

17080606:00RECIBIDA

NORMATIVIDAD LEGAL

DECRETO 2453 / 93.Por el cual se determina la estructura orgnica, objetivos, funciones y rgimen de sanciones de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones.

Ver los arts. 34 y 35, numeral 7, Ley 62 de 1993,Ver el Decreto Nacional 2974 de 1997CAPITULO INATURALEZA, OBJETIVOS Y FUNCIONES.Artculo 1o.NATURALEZA JURIDICA.LaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaesunorganismodelordennacional,decarctertcnico,adscritoalMinisteriodeDefensaNacional,conautonomaadministrativayfinanciera.Artculo 2o.OBJETIVOS.AlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,correspondeejercerelcontrol,inspeccinyvigilanciasobrelaindustriaylosserviciosdevigilanciayseguridadprivadayenespecialelcumplimientodelossiguientesobjetivos:1.Asegurarlaconfianzapblicaenlaindustriaylosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.2. Velarporquequienesprestanestosserviciosmantenganenformapermanentelosmsaltosnivelesdeeficienciatcnicayprofesionalparaatendersusobligaciones.3.Evitarquepersonasnoautorizadasconformealaley,ejerzanlasactividadesexclusivasdelosvigilados.4.Garantizarelcumplimientodelasnormaslegalesyprocedimientosparalaadecuadaprestacindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.5.Garantizarqueelejerciciodelavigilancia,ylaseguridadprivada,ylaspersonasaellavinculadas,contribuyanrealmentealaprevencindeldelito,reduciendolasoportunidadesparalaactividadcriminal,desalentandolaaccindeloscriminalesencolaboracinconlasautoridadesdelaRepblica.6.Velarporquelasentidadessometidasasuvigilanciaylosequiposoelementosautorizadosnoseanempleadasparafinesdistintosalosautorizadosporlaley,protegiendoelintersgeneralyparticularmenteeldetercerosdebuenafe.7.Asegurarqueencumplimientodelasactividadesdevigilanciayseguridadprivadaserespetenlosderechosylibertadesdelacomunidad.8.Adoptarpolticasdeinspeccinyvigilanciadirigidasapermitiryestimulareldesarrollotecnolgicoyprofesionaldelaindustriadelavigilanciaylaseguridadprivada.9.Adoptarcorrectivoseimponersancionesenloscasosenqueseviolenlasnormasqueregulanlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,ocuandoseejerzaestaactividadsinlasautorizacioneslegalescorrespondientes.Artculo 3o.COMPETENCIA.CorrespondealaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadalavigilancia,inspeccinycontroldelossiguientesserviciosoactividades:1.Serviciosdevigilanciayseguridadprivada.2.Serviciosdetransportedevalores.3.Serviciosdeseguridadyvigilanciainternadeempresas,pblicasoprivadas.4.Serviciosdecapacitacinyentrenamientoenvigilanciayseguridadprivada.5.Serviciosdeasesora,consultoraeinvestigacinenseguridad.6.Otrosserviciosespecialesdevigilanciayseguridadprivada.7.Fabricacin,instalacinocomercializacindeequiposparavigilanciayseguridadprivada,deacuerdoconlareglamentacinqueexpidaelGobiernoNacional.8.Fabricacin,instalacinocomercializacindeblindajes.Artculo 4o.FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.-LaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,desarrollarsusobjetivosmedianteelejerciciodelassiguientesfunciones:1.AsesoraralGobiernoNacionalenlaformulacindelaPolticaenmateriadeVigilanciaySeguridadPrivada.2.VigilarelcumplimientodelasdisposicioneslegalesqueregulanlaVigilanciaySeguridadPrivada.3.Autorizaryreglamentarelestablecimiento,modalidadesylasoperacionesqueserealicenconlasempresaseindustriasqueprestenserviciosdevigilanciaprivada.4.Velarporquelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaseprestendeconformidadconelrespetoalosderechosfundamentales,consagradasenlaConstitucinPoltica.5.Ordenardeoficiooapeticindeparte,quesesuspendanlasprcticasquetiendanaestablecercompetenciadesleal,imponiendolassancionesqueconarregloasusatribucionesgeneraleslecorrespondansinperjuiciosdelasdemssancionesaquehayalugar.6.Autorizar,registraryejercerlasupervisinycontrolsobretodoslosequiposyelementosutilizadosporlosvigiladosparaeldesarrollodesuslaboresdevigilanciayseguridadprivada.7.Dirigir,coordinaryejecutarlasfuncionesdeinspeccin,controlyvigilanciadetodoslosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaquesedesarrollenenelterritorionacional.8.Interrogarbajojuramentoyconobservanciadelasformalidadesprevistasparaestaclasedepruebasenelprocedimientojudicial,acualquierpersonacuyotestimoniopuedaresultartilparaelesclarecimientodeloshechosduranteeldesarrollodesusfuncionesdeinspeccineinvestigacin.Endesarrollodeestafacultadpodrexigirlacomparecencia,haciendousodelasmedidascoercitivasqueseconsagranparaestosefectosenelCdigodeProcedimientoCivil.9.EjercerencoordinacinconlaJefaturadeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitaresoladependenciaquehagasusvecesyconlaPolicaNacional,lasupervisinyelcontroldelasarmasdefuego,municionesyblindajequeempleenlosvigilados.10.Desarrollarmecanismosparaevitarquepersonasnoautorizadasprestenserviciosdevigilanciayseguridadprivada.11.Adelantarlasinvestigacionesporinfraccionesalasnormasqueregulanlosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaeimponerloscorrectivosysancionesdelcaso.12.Instruiralosvigiladossobrelasdisposicionesqueregulansuactividad,fijarcriteriostcnicosyjurdicosquefacilitenelcumplimientodetalesnormasysealarlosprocedimientosparasucabalaplicacin.13.Desarrollarsistemasdeinformacinquepermitanconocerlasituacindelosvigiladosentodossusaspectosencualquiermomento.14.DesarrollarpolticasenmateriadeintercambiodeinformacinconlasotrasentidadesdelEstado,quetenganrelacinconlasfuncionesdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.15.Autorizar,previoestudiodeantecedenteseidoneidadprofesional,laexpedicindecredencialesdeasesores,consultoreseinvestigadoresdeseguridad,alaspersonasquelosoliciten.16.Orientarysupervisarelentrenamientoylacapacitacindelpersonalquesededicaaprestarserviciosdevigilanciayseguridadprivada.17.Estimular,orientarydesarrollarelprofesionalismodelpersonalquesededicaalaprestacindeserviciosdevigilanciayseguridadprivada.18.Mantenerinformadaalaciudadanasobrelosalcancesdelasactividadesdevigilanciayseguridadprivadaysobrelasobligacionesdelaspersonasnaturalesyjurdicasautorizadasparadesarrollarlas.19.Atenderlosreclamosdelaciudadanasobrelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaprestadosporlasentidadesvigiladasylasdenunciassobrelaprestacindeesteservicioporpersonasnaturalesojurdicasnoautorizadas.20.DesarrollarmecanismosdecoordinacinentrelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaylaPolicaNacional.21.CoordinarconlaDireccinGeneraldelaPolicaNacionalyconelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares,elapoyodeestasinstitucionesenlarealizacindevisitasdeinspeccin.22.Adelantaraveriguacionesyobtenerinformacinprobatoriaquerequieradepersonas,institucionesoempresas,ajenasalsectordelaindustriadelaVigilanciaylaSeguridadPrivada,siemprequeresultennecesariaseneldesarrollodesufuncindevigilancia,inspeccinycontrolysecumplanlasformalidadeslegales.23.Ejercerconrelacinalosvigilados,funcionesdePolicaJudicialbajoladireccinycoordinacindelaFiscala.24.Liquidarycobrarlacontribucinestablecidaporlaleyacargodelosvigilados.25.ProponeralGobiernoNacionallafijacindelacuantadelastarifasparaelcobrodeserviciosdevigilanciayseguridadprivada,porpartedelosvigilados,ensusdiferentesmodalidades.26.Expedirlascertificacionessobreexistenciayrepresentacinlegaldelosvigilados.27.Imponermedidascautelarestantoalaspersonasnaturalesojurdicasquerealicenactividadesexclusivasdelosvigiladossincontarconladebidaautorizacin,comoalosvigiladosqueincurranenirregularidades,as:-Ordenparaquesesuspendandeinmediatotalesactividades,bajoapremiodemultassucesivashastapor10salariosmnimoscadauna,mientraspersistaestasituacin.-Lasuspensindelalicenciaopermisodefuncionamientocuandoseadelcaso.-Terminacinrpidayprogresivadeloscontratososerviciosdesarrolladosilegalmente,medianteintervencinespecialdelaSuperintendencia,quegaranticeeficazmentelosderechosdetercerosdebuenafe.28.Aplicaralosvigilados,queincurranencausaldesancin,cuandoloconsiderepertinenteyprevioelprocedimientoestablecido,lassiguientessanciones:-Amonestacinyplazoperentorioparacorregirlasirregularidades.-Multassucesivasde5a100salariosmnimoslegalesmensuales.-Suspensindelalicenciadefuncionamientoocredencialhastapor6meses.-Cancelacindelalicenciadefuncionamientodelvigilado,sussucursalesoagencias,odelascredencialesrespectivas.C A P I T U L O IIDE LA ESTRUCTURA ORGANICA.Artculo 5o.ESTRUCTURA ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.LaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,tendrlasiguienteestructuraorgnica:a)DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE.-OficinadeControlInterno.-OficinaJurdica.-OficinadePlaneacin.-OficinadeInformticaySistemas.b)DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA VIGILANCIA.1.DireccindeEmpresasyCooperativas.2.DireccindeDepartamentodeSeguridaddeEmpresasyTransportedeValores.3.DireccindeDesarrolloTecnolgico,EscuelasdeCapacitacinyServiciosEspeciales.c)DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA INSPECCION Y CONTROL.1.DireccindeInspeccineInvestigacin.2.DireccindeCoordinacinRegional.Regionales.3.DireccindeRegistroeIdentificacin.d)SECRETARIA GENERAL.1.DireccinAdministrativa.2.DireccinFinanciera.e)ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION.-ComitAsesordeEvaluacindeserviciosdevigilanciayseguridad.-ComisindePersonal.-JuntadeAdquisicionesyLicitaciones.Artculo 6o.SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.AlSuperintendente,comoJefedelorganismolecorrespondeelejerciciodelassiguientesfunciones:1.DirigirlasSuperintendenciasdeVigilanciaySeguridadPrivadaysealarlaspolticasgeneralesdelaentidad,enlostrminosdelpresenteDecretoydemsdisposicionescomplementarias.2.Dirigirycoordinarlasactividadesdevigilancia,controleinspeccindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaqueoperenenelTerritorioNacional.3.Ordenarvisitasinspectivasalosvigiladosyaplicarloscorrectivosaquehayalugar.4.Autorizarlaconstitucin,fusin,transformacin,renovacin,compraventa,cambiodesociosyrepresentanteslegales,establecimientodeagenciasosucursales,lacancelacindelicenciasdefuncionamientoycredencialesdeidentificacinparalosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.5.Emitirlasrdenesnecesariasparaquesesuspendandeinmediatolasprcticasilegalesyseadoptenlasmedidascorrectivasydesaneamiento,cuandoconsiderequealgnserviciosometidoalavigilanciadeestaSuperintendenciahavioladodisposicionesdeobligatoriaobservancia.6.Imponertantoalaspersonasnaturalesyjurdicasquerealicenactividadesexclusivasdelosvigilados,yaquienescontratensusservicios,comoalosvigiladosqueincurranenirregularidades,unaovariasdelasmedidascautelaresprevistasenelnumeral27delartculo40.deesteDecreto.7.Aplicaralaentidadvigiladaqueincurraenirregularidadlassancionesprevistasenelnumeral28delartculo4o.deesteDecreto.8.CoordinarconlaSuperintendenciadeSociedadeselcontrolyvigilanciaenaspectoseconmicosyfinancierosdelasociedadesmercantilesquedesarrollenserviciosdevigilanciayseguridadprivada.9.Fijaralosvigilados,conlaaprobacindelMinisteriodeHaciendayCrditoPblico,lascontribucionesdequetrataelartculo34delaLey62de1993.10.Deacuerdoconlaestructuraorgnica,reasignarydistribuircompetenciasentrelasdiferentesdependenciascuandoelloresultarenecesarioparaelmejordesempeo.11.Abrirosuprimiroficinasregionalesenlasciudadesqueconsidereconvenienteparaeldesarrollodelasfuncionesrelacionadasconlainspeccinycontroldelosvigilados.12.DirigirlaadministracindepersonaldelaSuperintendencia,nombraryremoverasusempleadosdeacuerdoconlasnormasvigentes,conexcepcindelosSuperintendentesDelegados,cuyadesignacinyremocincorrespondealPresidentedelaRepblica.13.CoordinarconlaPolicaNacionalelapoyoquestadebeprestarparalasactividadesdevigilancia,controleinspeccindelosserviciosvigiladosporlaSuperintendencia.14.EjercerencoordinacinconlaJefaturadeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitaresyconlaPolicaNacional,lasupervisinycontroldelasarmas,municiones,explosivosyaccesoriosqueutilicenlasentidadesvigiladas.15.Aplicarsancionesconformealaley,sinperjuiciodelafacultadgenricaquesobreelparticularcompetealosSuperintendentesDelegados,deconformidadconloestablecidoenelpresenteDecreto.16.Ejercerlasupervisinycontrolsobrelosequiposdevigilanciayseguridad,ycualquierotroelementooequipoqueutilicenlosvigiladosendesarrollodesuslabores.17.Expediryejecutarlosactos,realizarlasoperaciones,ordenarlosgastosycelebrarloscontratosnecesariosparaelcumplimientodelosobjetivosdelaSuperintendenciadeacuerdoconlasnormaslegalesvigentes.18.ExpedirlosactosadministrativosquelecorrespondanconformelodisponeelpresenteDecretoydemsnormascomplementarias,ascomolosreglamentosymanualesinstructivosqueseannecesariosparaelcabalcumplimientodelasfuncionesdelaentidad.19.PresentaraconsideracindelMinisteriodeDefensaNacionalelPresupuestodelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.20.Controlarlagestinyresultadosdecadaunadelasdependenciasasucargoydelmanejofinancierodelaentidad.21.PrepararypresentaraconsideracindelMinistrodeDefensalosproyectosdeleyodereglamentorelacionadosconeltemadelavigilanciayseguridadprivada.22.Delegarensussubalternos,cuandoloconsidereprocedente,conformealaleyyalosreglamentos.23.DelegarenelSecretarioGenerallafacultaddeordenargastos.24.Conocerdelosrecursosdereposicinqueseinterpongancontralosactosqueexpidaylosdeapelacinqueseinterpongancontralasprovidencias,delosSuperintendentesDelegadosyelSecretarioGeneral.25.DirigirelprocesodeintercambiodeinformacinyelsuministropermanentededatosconlaPolicaNacionalyelDepartamentodeControlComercioArmasdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares,enlorelacionadoconvigilanciayseguridadprivada.26.Sealarlaspolticasparaeldesarrollodeprogramasdecapacitacinyentrenamientodelosvigilados.27.EstablecerencoordinacinconlaPolicaNacionalmecanismosaseguirparaquelosvigiladoscolaborenconlasautoridadesenlaprevencindeldelitoyelmantenimientodelatranquilidadciudadana.28.Impartirinstruccionessobrelacolaboracinquelosvigiladosdebenprestaralasautoridades,sobresucomportamientofrentealacomunidad,ysobreelrespetoalosderechosfundamentales.29.PresentaralMinistrodeDefensaNacionalelinformeanualdelabores.30.Lasdemsqueconformealaleypuedadesarrollar.Artculo 7o.OFICINA DE CONTROL INTERNO.CorrespondealaOficinadeControlInternoeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Disearyestablecer,consujecinalaley,losmtodosyprocedimientosdecontrolinternoaplicablesenlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.2.BrindarasesoraintegralalaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,paraeldesarrollodelcontrolinternoentodasycadaunadelasdependencias.3.EvaluareldesempeodelossistemasdecontrolinternoquesehayanestablecidoenlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaypresentarlosinformescorrespondientesconelfindeelevarlosnivelesdeeficienciayeficacia.4.Practicarauditorasinternasselectivas,enlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.5.Evaluarenformaindependiente,dentrodelaorganizacin,lasoperaciones,actividadesyprocesosfinancieros.6.Elaborarypresentarinformesdelresultadodelasauditorasselectivas,ascomolosdeevaluacinincluyendoloscomentarios,conclusionesyrecomendacionessobrelosprocedimientosyactividadesdelaadministracin.7.Comunicaralaautoridadcompetente,inmediatamentesecompruebecualquierhechoquevayaencontradelasnormas,odelaspolticasadministrativas,queregulenlaadministracindelosrecursosasignadosparacumplirlosobjetivospropuestos.8.Velarporladifusinyelcumplimientodelasnormasdecontrolinterno.9.Estableceryllevaracabounprogramaintegralparaefectuarelseguimientodelasrecomendacionesquesehayanformuladosobreelcontrolinterno.10.EvaluarperidicamenteyenformaselectivamediantelaPrcticadeauditorasintegralesoparcialeselcumplimientodelosobjetivospropuestos.11.Programarperidicamentecursosdecapacitacinalpersonalenlasreasdecontrolyauditorainterna.Artculo 8o.OFICINA JURIDICA.CorrespondealaOficinaJurdicaeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.AsesoraralSuperintendenteyalSecretarioGeneralenlaatencindelosasuntoslegalesinherentesalasfuncionesdelasdistintasreasydependenciasasucargo.2.Recopilarymanteneractualizadalasleyes,decretosydemsdisposicioneslegalesqueserelacionenconelcampodeaccindelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.3.Prepararorevisarminutasdecontratos,pliegosdelicitaciones,proyectosderesolucinydemsactosadministrativosquesometaasuconsideracinelSuperintendenteymantenerlosarchivoscorrespondientes.4.AtenderpordelegacindelSuperintendentelosasuntosjudicialesenqueseaparteotengainterslaSuperintendencia,efectuarloscobroscoactivosdelosCrditosafavordelorganismo,einformacinoportunasobreelalcancedelosnegocios.5.ApoyaralSecretarioGeneralenladireccindelosprocesoslicitatoriosydecontratacin.6.PrestarasistenciajurdicaafuncionariosdelaSuperintendenciaquelosolicitencuandodebidoalcumplimientodesusfuncionesysiemprequenosetratedeactuacionesdendoledisciplinariotenganquecompareceranteautoridadesjurisdiccionales.7.Absolverlasconsultasqueenmateriajurdicarealicenlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,elpblicoengeneralylasdemsdependenciasdelaSuperintendencia.8.Recopilarlasleyes,decretosydemsdisposicionesquesetramitenyconceptuarsobrelaexpedicinyrenovacindelaslicenciasdefuncionamientoydemsasuntosjurdicosrelacionadosconlosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaanivelnacionalqueselesoliciten.9.LasdemsqueleasigneelSuperintendente.Artculo 9o.OFICINA DE PLANEACION.CorrespondealaOficinadePlaneacineldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Asesoraralasdistintasdependenciaseneldiseo,ejecucinysupervisindeplanesyprogramasdetrabajoyenladeterminacindesusrecursos.2.ElaborarconbaseenlosplanespropiosdecadareaelplandetrabajodelaSuperintendenciaysugerirladeterminacinglobaldelosrecursos.3.Planificar,asesoraryevaluarperidicamenteelprocesoadministrativo,elaborandolosreglamentosnecesariosparalaejecucindelasmedidasquedebanaplicarseencuantoasistemas,mtodos,procedimientosytrmitesadministrativos,ymantenerlosrespectivosmanualesactualizados.4.AsesoraralasdiferentesdependenciasdelaSuperintendenciaensuorganizacininternaydistribucindeltrabajo.5.Identificaraquellasreasoprocedimientosquepuedanautomatizarseyrecomendarsuinclusinenlosplanesdesistematizacin.6.AprobarlosformulariospreimpresosquesugieranlasdiferentesdependenciasdelaSuperintendenciaparalarecoleccindelainformacindelasinstitucionesvigiladasyparaelprocesoadministrativointernoydisearloscuandoseanecesario.7.RemitiralDepartamentoNacionaldePlaneacinyalMinisteriodeDefensanacionallosinformequeleseanrequeridos.8.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo 10.OFICINA DE INFORMATICA Y SISTEMAS.CorrespondealaOficinadeInformticaySistemaseldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Realizarlasactividadesdeplaneamiento,anlisis,desarrolloinstalacinymantenimientodelossistemasautomatizados.2.Analizar,disearyrecomendarlaspolticasquesedebenseguirconrespectoalprocesamientodedatos.3.DesarrollarelplandesistematizacindelaSuperintendencia.4.PonerenmarchaymantenerunsistemadeinformacinquepermitaalaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaconocerenformaciertaysegura,yentodomomento,lasituacindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaenelpasentodossusaspectos.5.EstablecerymantenerunsistemadeinformacincomputarizadadevigilanciayseguridadprivadaquetengaaccesoalabasededatosdevigilanciayseguridadprivadadelaPolicaNacionalyalabasededatosdelDepartamentodeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares.6.Suministrarlosreportesquefacilitenlagestinadministrativa,financierayjurdicadelaSuperintendencia.7.ProporcionareintercambiarlainformacinquesegenereenlaSuperintendenciaconrelacinalpersonalylasactividadesdelpersonaldevigilanciayseguridadprivada,conlaPolicaNacionalyelDepartamentodeControlComerciodeArmasMunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares.8.Establecerunsistemadeinformacindeincidentesdeseguridadoquejasqueinvolucrenalosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,quepermitaevaluarlosriesgosylasamenazasquelasafectany/oqueafectenopuedanafectarlatranquilidadciudadana.9.CoordinarconlasotrasdependenciasdelaSuperintendencia,elsuministrodelainformacinquedebeincluirseenlabasededatosdevigilanciayseguridadprivada,ydelainformacinquestarequiereparaeldesarrollodesusactividadesyprogramas.10.PrepararypresentarinformesyevaluacionesalSuperintendenteyalasotrasdependenciasdelaSuperintendencia,sobreaspectosespecficosquestossolicitenyquetenganqueverconasuntosdesucompetencia.11.PresentaralSuperintendenteinformesperidicossobrelasituacinylaevolucindelasactividadesdevigilanciayseguridadprivada,quepermitanhacerseguimiento,proyeccinyevaluacindeestaindustriaydelasorganizacionesypersonasquelacomponen.12.Manteneraldaunabasededatoscomputarizadadelosequiposdeseguridadydelaspersonasnaturalesojurdicasquelosproducenocomercializanenelpas,quepermitaconocerelusoqueselesdayelniveldecalidadyconfiabilidaddecadaunodeellos.13.Ponerenmarchaymanteneraldasistemasdeinformacinsobretodaslaspersonasquetrabajanenactividadesdevigilanciayseguridadprivada,quepermitaconocerlainformacinbsicadelosindividuos,hojadevida,susantecedentesjudiciales,experiencia,capacidadydesempeoprofesional.14.Manteneractualizadasyencorrectofuncionamientolasaplicacionesyprogramassistematizados.15.Velarporlaseguridadyconfidencialidaddelainformacinqueseprocesaenformaautomatizada.16.Prestarasesorayapoyoalasdistintasdependenciasdelaentidadsobreaspectosdesistemasyprocesamientosdedatos.17.BrindarlacapacitacinnecesariaalosfuncionariosdelaSuperintendenciaparalaadecuadautilizacinyracionalizacindelosequiposdesistematizacindelorganismo.Artculo 11.DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA VIGILANCIA.CorrespondealDespachodelSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararyejecutarplanesoperativosydedesarrollodeladependenciaidentificandoaccionesintegradasydecontrolinterno,einformarlosalSuperintendente.2.ColaborarconelSuperintendenteenladireccindelaSuperintendenciay,enespecialenloreferentealasdependenciasbajosucargo.3.ProponerlaspolticasquedebeformularelSuperintendente,ascomonuevasdisposicionesenestecampoparagarantizarelcontrolyunamejorprestacindelosserviciosporpartedelosvigilados.4.CoordinarysupervisarlosestudiosdesolicitudesyformularlasrecomendacionesqueconsidereconvenientesalSuperintendente,enlossiguientesaspectos:--Concesinorevalidacindelicenciasdefuncionamientodeentidadesvigiladas.--Aperturaycierredesucursalesyagenciasdelasentidadesvigiladasquelorequierandeacuerdoconlasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.-Fusin,compraventa,cambiodesocios,derepresentanteslegalesygerentesdelasentidadesvigiladasdeacuerdoconlosrequerimientosdelasnormaslegales.-Expedicinyrevalidacindecredencialesdeasesores,consultoreseinvestigadoresdeseguridad.-CualquierotroaspectoasignadoporelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.5.CoordinarysupervisarlosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladasquedispongaelSuperintendenteosolicitenlasotrasdependenciasyformularlasrecomendacionessobreloscorrectivosqueconsiderenecesarias.6.SolicitaralSuperintendenteDelegadoparalaInspeccinyControl,lasinspeccioneseinvestigacionesalosvigiladoscuandoexistaevidenciaderealizacindeprcticasilegalesoquedesbordenlosobjetivosdelavigilanciaylaseguridadprivada.7.Imponerlassancionesymedidasaquehayalugarconformealaley.8.Mantenerinformadosalosvigiladossobrelaformacomodebencumplirlasnormasqueregulansuactividad,sobreloscriteriostcnicosyjurdicosquedebenaplicarenelcumplimientodetalesnormasysobrelosprocedimientosquedebenseguirparasucabalaplicacin.9.Establecerloscriteriosparalarecoleccin,organizacinyelmantenimientodeinformacinactualizadadetodoslosvigilados,delasactividadesquerealizan,delaspersonasvinculadas,delosequiposdeseguridadqueemplealavigilanciaylaseguridadprivadaenelpas,ydelaspersonasnaturalesojurdicasquelosproducenycomercializan.10.Establecerlaspolticassobrelaproduccin,comercializacinyutilizacindelosequiposdeseguridadporpartedelosvigilados.11.CoordinarconlasdemsdependenciasdelaSuperintendencia,conlaDireccindelaPolicaNacionalyconelDepartamentodeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivos,lainformacinrequeridapararealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasporlosvigiladosylaformacomoestainformacindeberecolectarse.12.ProponerseparasuaprobacinalComitAsesordeEvaluacindeServiciosdeVigilanciaySeguridadPrivadadelaSuperintendencia,loscriteriosquesedebenaplicarenlosestudiosdelassolicitudespresentadasporlosvigilados,enlosestudiosdedesempeodelasmismasyenelotorgamientoocancelacindelicenciasdefuncionamientoyhacerlosconoceralasdemsdependenciasunavezaprobados.13.CoordinarconlaDireccindelaPolicaNacional,laformacomodebeoperarelenlaceocoordinacinentreloscentros,comunicaciones,estacionesdecontrol,centralesdealarmasydemssistemasdeseguridadprivadadelasentidadesvigiladasconloscuerposlocalesdePolica,paralograrunaestrechacolaboracinenlasactividadesdeprevencindeldelitoyluchacontraelcrimen.14.EjecutarlasdecisionesdelSuperintendente.15.Lasdemsqueseasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo 12.DIRECCION DE EMPRESAS Y COOPERATIVAS.CorrespondealaDireccindeEmpresasyCooperativas,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.RealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendenciaparalossiguientesefectos:-Concesinorevalidacindelicenciasdefuncionamientodeempresasdevigilancia,ocooperativasdevigilanciayseguridadprivada.-Aperturaocierredesucursalesoagenciasdelasentidadesaqueserefiereelincisoanteriordeacuerdoconlosrequisitosexigidosenlasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.-Ampliacindecoberturaocambiodemodalidaddelservicio.-Fusin,compraventa,cambiodesociosyderepresentanteslegalesygerentesdelasentidadesvigiladas,deacuerdoconlasnormaslegales.2.PresentaralSuperintendenteDelegadoparalavigilancia,lasconclusionesdelosestudiosdelassolicitudeselevadasalaSuperintendencia,conrelacinalcumplimientodelosrequisitosqueexigelaleyparacadacasosobrelaconvenienciafrentealinterspblico.3.EncoordinacinconelSuperintendenteDelegadoparaInspeccinyControl,realizarlosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladasquedispongaelSuperintendenteparalavigilancia,ypresentarsusconclusionessobrelacalidaddelaprestacindelserviciodevigilanciayseguridadprivada,cumplimientodelasdisposicioneslegalesyexistenciadeirregularidadesodeprcticasilegalesysobrelaconvenienciadesolicitarlaaplicacindecorrectivososancionesparagarantizarqueestaactividadseajustealaley.4.FormularrecomendacionesalSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,sobrelainformacinqueserequiereparaadelantarlosestudiosdelassolicitudespresentadasyparaeldesempeodelasmismas.5.Aplicarenlarealizacindelosestudiosdesolicitudesydedesempeodelosvigilados,ademsdelasnormaslegales,loscriteriosrecomendadosporelComitdeEvaluacinyVigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadayaprobadosporelSuperintendente.6.AprobarlassolicitudesdecompradearmasymunicionesquepresentenlosvigiladosanteelDepartamentodeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivos,conrelacinalasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.7.DesarrollarprogramasymecanismosparaprevenirelestablecimientodeserviciosdevigilanciayseguridadprivadasinlaautorizacinyvigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.8.Lasdemsfuncionesqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeestadependencia.Artculo 13.DIRECCION DE DEPARTAMENTOS DE SEGURIDAD DE EMPRESAS Y TRANSPORTE DE VALORES.CorrespondealaDireccindeDepartamentosdeSeguridaddeEmpresasyTransportedeValoreseldesarrollodelassiguientesfunciones:1.RealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendenciaporlasempresas,paralaconstitucindeDepartamentosdeSeguridaddeEmpresasyEmpresasdeTransportedeValores,enlossiguientescasos:-Concesinorevalidacindelicenciasdefuncionamientoocredenciales,segnelcaso.-Aperturaocierredesucursalesoagenciasdelosvigiladosentodoelterritorionacional,deacuerdoconlosrequisitosexigidosenlasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.-Ampliacindecoberturaomodificacionesenlamodalidaddelservicio.-Fusin,compraventa,cambiodesociosyrepresentanteslegalesygerentesdelosvigilados,deacuerdoconlosrequerimientosdelasnormaslegales.2.PresentaralSuperintendenteparalaVigilancia,lasconclusionesdelosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendencia,conrelacinalcumplimientodelosrequisitosqueexigelaleyparacadacasoylaapreciacindelassolicitudesdentrodelcontextoenquevayanadesarrollarse.3.RealizarlosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladasquedispongaelSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,ypresentarsusconclusionessobrelacalidaddelaprestacindelservicio,elcumplimientodelasdisposicioneslegalesylaexistenciadeirregularidadesodeprcticasilegalesysobrelaconvenienciadeaplicarcorrectivososanciones.4.FormularrecomendacionesalSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,sobrelainformacinqueserequiereparaadelantarlosestudiosdelassolicitudespresentadasyparalosestudiosdedesempeodelasmismas.5.Aplicarenlarealizacindelosestudiosdelassolicitudesyenlosestudiosdedesempeodelosvigilados,ademsdelasnormaslegales,loscriteriosfijadosporelComitAsesordeEvaluacinyVigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,aprobadosporelSuperintendente.6.AprobarlassolicitudesdecompradearmasymunicionesquepresentenlosvigiladosanteelDepartamentodeControl,ComercioArmas,MunicionesyExplosivos.7.DesarrollarprogramasparaprevenirelestablecimientodeserviciossinlaautorizacinyvigilanciadelaSuperintendencia.8.Velarporqueeltransportedevaloresserealiceencondicionesquegaranticenaltosnivelesdeseguridadparalosusuarios,ysedesarrolledeacuerdoconlasnormasestablecidas.9.CoordinarconelSuperintendenteDelegadoparaInspeccinyControllarealizacinderevistasinspectivas,ordinariasyextraordinariasydeverificacinalosvigiladosbajosucompetencia.10.Lasdemsfuncionesqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeestadependencia.Artculo 14.DIRECCION DE DESARROLLO TECNOLOGICO, ESCUELAS DE CAPACITACION Y SERVICIOS ESPECIALES.CorrespondealaDireccindeDesarrolloTecnolgico,EscuelasdeCapacitacinyServiciosEspeciales,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.FormularrecomendacionesalSuperintendenteDelegadoparaPlaneacinyDesarrollodeServicios,sobrelaclasedeequipoyelementosapropiadosparalosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.2.Conceptuarsobrelosequiposyelementosparaloscualessolicitenautorizacinlosvigiladosendesarrollodesusactividades.3.Formular,desarrollaryejecutarpolticasdeinspeccinycontrolalasempresasqueproducenycomercializanenelpasequiposparavigilanciayseguridadprivadayaquieneslasutilizan.4.MantenerestrechacoordinacinconelComandoGeneraldelasFuerzasMilitaresyPolicaNacional,conelobjetoderegularlautilizacindeequiposdealtatecnologaporlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.5.Desarrollarloscriteriostcnicosquedebentenerseencuentaenlosestudiosdelassolicitudesrelacionadasconlautilizacindeequiposyparaevaluarsusresultados.6.Promoverlautilizacinoempleodemediostecnolgicosenlasactividadesdevigilanciayseguridadprivada.7.CoordinarconlaDireccindeInformticayEstadstica,laelaboracindeunregistrodeequiposquepermitaconoceryubicarlosequiposqueempleanlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,ylosmecanismosdecooperacinconlasautoridades.8.Evaluarlautilizacindeequiposyelementosporpartedelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaysuincidenciaenlaseguridadpblica,yenelrespetoalosderechosfundamentales.9.Evaluarsobrelassolicitudesdeautorizacinparaestablecimientodeserviciosdeblindajedecualquiertipodeelementos.10.Controlarqueproductoresycomercializadoresdeequipodevigilanciayseguridadprivadaseajustenalasnormaslegalesysusproductoscontribuyanalaprevencindeldelito.11.Estudiarlassolicitudesyprogramasdelasescuelasdecapacitacinenvigilanciayseguridadprivadayemitirconceptotendienteaadoptarcorrectivos.12.Verificaryadoptarloscorrectivosnecesariosparaquelasescuelasdecapacitacindesarrollenmtodosyprocedimientosqueseajustanalasnormaslegalesyalrespetodelosderechoshumanos.13.Prepararoaprobarlaspruebasalascualesdebesometerseelpersonaldevigilanciayseguridadprivadaparaobtenerlacredencialquelosidentificacomotalesyaplicarlasocalificarlascuandoseadelcaso.14.RealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendenciaparaelejerciciodelasasesoras,consultoraseinvestigacionesenseguridadyotrosserviciosrelacionadosconvigilanciayseguridadprivada.15.EncoordinacinconlaDireccindeInformticayEstadstica,llevarunregistronacionaldetodaslaspersonasnaturalesyjurdicasquedesarrollenactividadesdeasesora,consultoraeinvestigacinenseguridad.16.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo 15.DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA INSPECCION Y CONTROL.CorrespondealDespachodelSuperintendentedelegadoparalaInspeccinyControl,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararyejecutarplanesoperativosydesarrollodeladependencia,identificandoaccionesintegradasydecontrolinternoeinformarlasalSuperintendenteyalaOficinadeControlInterno.2.ColaborarconelSuperintendentedevigilanciaySeguridadPrivadaenlaDireccindelaSuperintendenciayenespecialenloreferentealasdependenciasbajosucargo.3.ProponerlaspolticasquedebeformularelSuperintendenteparaunamejorsupervisinycontroldelosvigilados.4.Velarporelcumplimientodelasleyesynormasvigentesyproponernuevasdisposicionesenelcampodelavigilanciayseguridadprivada,paragarantizarelcontrolyunamejorprestacindelosserviciosporpartedelasentidadesvigiladas.5.Programarlarealizacindevisitasdeinspeccinalasentidadesvigiladasteniendoencuenta:-LasrdeneseinstruccionesdelSuperintendente.-LosrequerimientosdelSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,conelobjetodeobtenerinformacionesnecesariasparalosestudiosdesolicitudespresentadasalaSuperintendenciayparalosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladas.-Lanecesidadderealizarinspeccionesperidicasalasentidadesvigiladas.-Paraatenderdenunciasdelaciudadana.-Paraatenderrequerimientosdelasautoridades.-PorcualquierotroeventoqueajuiciodelSuperintendenteameriteunaInspeccin.6.Imponerlassancionesymedidasaquehayalugarconformealaley.7.Coordinar,dirigirysupervisarlasinspeccionesalosvigiladosdeacuerdoconloprevistoenelDecreto1440de1991olasnormasquelomodifiquen,conelfindevelarporelcabalcumplimientoyaplicacindelasnormasqueregulanlasactividadesdevigilanciayseguridadprivada.8.CoordinarconlaDireccindelaPolicaNacionalyconelComandoGeneraldelasFuerzasMilitareselapoyoqueestasinstitucionesdebendarparalaconformacindelosgruposdeinspeccinylaprogramacindelasmismas.9.CoordinarconelMinisteriodelTrabajo,elDancoopyotrasentidadesdelGobierno,laparticipacindefuncionariosenlosgruposdeinspeccin.10.CoordinarconlasotrasdependenciasdelaSuperintendencia,conlaPolicaNacionalyconelDepartamentodeControldeComerciodeArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneral,lainformacinylosaspectosquedebencomprobarsedurantelasvisitasdeinspeccinalasentidadesvigiladas.11.CoordinarlaprogramacindevisitasdeinspeccinylapreparacindelosformulariosquedebendiligenciarseduranteestasvisitasconelSuperintendenteDelegadoparaPlaneacinyDesarrollodeServiciosdelaSuperintendencia.12.Recibirlasactasdeinspeccinpresentadasporlasautoridadesinspectoras,analizarlainformacinallcontenida,garantizarquedichainformacinllegueaconocimientodelasotrasdependenciasdelaSuperintendenciaquedebenconocerlaypresentaralSuperintendentelasrecomendacionesqueconsiderepertinentes.13.RealizarlasinvestigacionesquesoliciteelSuperintendenteoalasentidadesvigiladassobreactividadesirregularesquestasrealizanypresentarlosinformesderesultadosalaautoridadqueordenlainvestigacin.14.RealizarlasinvestigacioneseinspeccionesqueordeneelSuperintendenteoelComitAsesordeevaluacinyvigilanciadelaSuperintendenciaalaspersonasnaturalesojurdicasnosometidasavigilanciapermanentecuandoexistaevidenciaatendiblesobreelejercicioirregulardeactividadesdevigilanciayseguridadprivadaypresentarlosinformesderesultados.15.Lasdemsqueseasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo 16.DIRECCION DE INSPECCION E INVESTIGACION.CorrespondealaDireccindeInspeccineInvestigacineldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararelplananualdevisitasdeinspeccinalasentidadesvigiladasteniendoencuenta:-LasinstruccionesimpartidasporelSuperintendenteDelegadoparaInspeccinyControl.-LadisponibilidadderecursospropiosydelosapoyossuministradosporlaDireccindelaPolicaNacionalyelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares.-LaparticipacindefuncionariosdelMinisteriodeTrabajodelDancoopydeotrasentidadesdelGobiernoquetenganqueverconelcontroldelosvigilados.2.Coordinar,dirigirycontrolarlarealizacindelplananualdevisitasdeinspeccinalosvigilados.3.Preparar,dirigirycontrolarlarealizacindevisitasdeinspeccinextraordinariasqueordeneelSuperintendenteoelSuperintendenteDelegadoparalaInspeccinyControlalosvigiladosoalaspersonasnaturalesojurdicas,delascualessetenganevidenciaatendibledeejercicioirregularonoautorizadodeactividadesdevigilanciayseguridadprivada.4.Ejecutarloslineamientos,parmetrosycuandoseadelcasoaplicarlosformatosparalapresentacindelosinformesdelasinspeccionesoactasdelosgruposdeinspeccin.5.Revisarlosinformesdeinspeccinoactasdelasvisitasdeinspeccin,lasconclusionesyrecomendacionespresentadasporlosgruposdeinspeccinyrecomendarlaadopcindecorrectivososanciones.6.PresentaralSuperintendenteDelegadoparalaInspeccinyControl,losresultadosdelplananualdevisitasdeinspeccinydelasinspeccionesextraordinarias.7.Preparar,dirigirycontrolarlarealizacindelasinvestigacionesqueordenelaDireccindeInspeccinyControlalasentidadesvigiladasoalaspersonasnaturalesojurdicasnosometidasalavigilanciadelaSuperintendencia,cuandoexistaevidenciaatendibledeejercicioirregulardeactividadesdevigilanciayseguridadprivada.8.EfectuarlasinvestigacionesrelacionadasconlaconductadelpersonaldevigilanciayseguridadprivadafrentealacomisindehechosilcitosyproponeralSuperintendenteloscorrectivososancionesdelcaso.9.DisearmtodosyprocedimientosencoordinacinconlaDireccindeInformticayEstadstica,quepermitanproyectarlapresenciadevigilanciaprivadaenlosdistintossectoresdelasciudadesysuincidenciaenlatranquilidadpblicaydentrodeorganizaciones.10.Analizaryemitirconceptosobrelaidoneidaddelaspersonasqueelevansolicitudesparalaconstitucinoprrrogadelicenciasparaserviciosdevigilanciaprivada,deacuerdoconlosinformesdeantecedentes,quedeacuerdoconlaleypuedensertenidosencuenta.11.CoordinarconlaPolicaNacional,losmtodosyprocedimientosparaelintercambiodeinformacinrelacionadaconlaspersonasyactividadesdesarrolladasporlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.12.Lasdemsqueporlanaturalezadeladependencialeseanasignadas.Artculo 17.DIRECCION DE COORDINACION REGIONAL.CorrespondealaDireccindeCoordinacinRegionaleldesarrollodelassiguientesfunciones:1.CoordinarlasaccionesquedesarrollenlasRegionalesdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.2.EvaluarelrendimientoylosresultadosdelagestindelasRegionalesdelaSuperintendencia.3.CoordinarconlasdireccionesdelaSuperintendenciaelasesoramientoyapoyonecesarioparaelcumplimientodelasfuncionesdelasregionales.4.DirigirlasactuacionesqueanivelregionalordeneelSuperintendenteolosDelegados.5.CoordinarconlasotrasdependenciaslaatencinalosrequerimientosdetipologsticoydepersonaldelasRegionales.6.ProponereldesarrollodeprocedimientosymtodosparalostrmitesyelmanejodelainformacinoriginadaenlasRegionales.7.VelarporeleficientefuncionamientodelasRegionalesyproponeralSuperintendenteloscambiosoajustesqueseannecesarios.Artculo 18.REGIONALES.CorrespondealasRegionales,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.AtenderlasrdeneseinstruccionesquedeleguenelSuperintendenteoelDelegadoparalaInspeccinenlarespectivazonadesucompetencia.2.SupervisarlosserviciosdevigilanciayseguridadprivadadelaregincorrespondienteeinformaralDirectorOperativoRegionalsobresusresultados.3.Recepcionarladocumentacinqueanivelregionalpresentenlosparticularesparalaexpedicinorenovacindelicenciasdefuncionamientoocredencialesyconceptuarsobrelasmismas.4.ElaboraryenviarlosreportesquerequieralaDireccindeCoordinacinRegionalylasdemsDireccionesdelaSuperintendencia.5.AsesorarseconlasdemsdependenciasdelaSuperintendenciaparaatenderlasconsultasypeticionestantodelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadacomodesususuarios.6.NotificarcuandoasloordeneelSecretarioGeneral,lasdecisionesadoptadasporlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaensuregin.7.AcataryhacercumplirlasdisposicionesdelSuperintendente.8.Llevaractualizadoelregistrofotogrficoydactilardelpersonaldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadadesuregin,ysuministraestainformacinalasdependenciascentralesencargadasdedichomanejo.9.Llevaractualizadolainformacinsobrecredencialesexpedidas,vigentesyextraviadasascomosuministrardichainformacinalasdependenciascentralesencargadasdeestemanejo.10.CoordinarconlaDireccindeInspeccinyControllarealizacindelasinspeccionesalosvigilados.11.CoordinarconlasdemsRegionaleslaformamseficientepararacionalizareltrabajodeestasdependencias.12.RecomendaralSuperintendentedeInspeccinyControlmecanismosderacionalizacindetrmitesenlasregionalesconelobjetodeoptimizarsulabor.13.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeestasdependencias.Artculo 19.DIRECCION DE REGISTRO E IDENTIFICACION.CorrespondealaDireccindeRegistroeIdentificacin,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Desarrollarelprocesodesistematizacindelainformacindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.2.Dirigiryverificarlaactualizacindelosregistrosestadsticosdelosvigilados,personal,usuarios,armamento,equipos,vehculos,incidentes,ejercicioinformaloilegaldeactividadesdevigilanciayseguridadprivadayotrosaspectosqueordeneelDelegadoparaInspeccinyControl.3.ControlareladecuadofuncionamientodelosequiposinstaladosparaelfuncionamientodelaSuperintendenciaysusregionales.4.Analizarydesarrollarlasdiferentesaplicacionesrequeridasporlosusuariosdelsistema.5.Elaborarelprogramaparalasistematizacindelarchivonacionaldevigilanciayseguridadprivada.6.ManejaryoperarlosenlacesconlasbasesdedatosdelaPolicaNacionaldelDepartamentoControlComercioArmasMunicionesyExplosivosydeotrasentidadesdelGobiernoconlascualesserequieraelintercambiodeinformacin.7.Desarrollarprogramasparaintercambiarinformacinconagenciasextranjerassobreactividadesdevigilanciayseguridadprivadaquepermitanteneraccesopermanentealosavancesqueenestecamposegenerenanivelinternacional.8.PrepararypresentarlosinformesquerequieraelSuperintendenteparaeldesarrollodesusprogramasyactividades.9.Disearyaplicarindicadoresquepermitanestablecernivelesderendimientoyeficienciaeneldesarrollodelasactividadesejercidasporlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.10.Llevarunarchivofotogrficoydactiloscpicodelpersonaldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.11.Expedirlascredencialesdeidentificacinalpersonaldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaquecumplanlosrequisitosdeley.12.Operarymantenerunsistemadeinformacindelascredencialesexpedidas,renovadasycanceladasdelpersonalvinculadoalserviciodevigilanciayseguridadprivada.13.Dejaradisposicindelasautoridadesjudicialescompetentes,laspersonasquetenganordendecapturavigenteyquesepresentenaladependenciaasolicitarlaexpedicindecredencial.14.Operarlosequiposparaexpedircredencialesyvelarporlaseguridaddeloselementosasucargo.15.Dirigirycoordinarlaidentificacinplenadelaspersonasvinculadasalosserviciosdevigilanciayseguridadprivadayverificarlaactualizacindelarchivofotogrficoydactiloscpico.Artculo 20.SECRETARIA GENERAL.-CorrespondealaSecretaraGeneraleldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararyejecutarplanesoperativosydedesarrollodeladependencia,identificandoaccionesintegradasydecontrolinternoeinformarlasalSuperintendenteyalaOficinadeControlInterno.2.AsesoraralSuperintendenteenlaadopcindelaspolticasyplanesdeaccindelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.3.RefrendarconsufirmalosactosdelSuperintendenteylosSuperintendentesDelegados.4.AsistiralSuperintendenteensurelacionesconlosdemsorganismosdelEstadoymantenerloinformadodelasituacindelosproyectosadministrativosqueserelacionenconlasactividadespropiasdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.5.VelarporelcumplimientodelasnormaslegalesorgnicasdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,poreleficientedesempeodelasfuncionestcnicasyadministrativasdelamisma.6.DirigirycoordinarlasfuncionesdelasDireccionesFinancierayAdministrativa,asucargo.7.DirigirlaelaboracindelproyectoanualdepresupuestodelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.8.NotificarlosactosadministrativosemanadosdelaSuperintendenciaydesignarlosnotificadoresaquehayalugar.9.DisponerlapublicacinoportunadelosactosadministrativosdecarctergeneraldelaSuperintendenciaconformeloestablecelaley.10.Coordinarlopertinenteparalaoportunapublicacindelinformeanualdelabores.11.Revisaryaceptarlospoderesconferidosporlaspersonasnaturalesyjurdicasvigiladasasusapoderados.12.Mantenercontactoconlaspersonasqueejerzanlafuncindevigilanciaycontroldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadadeotrospases,cuandoajuiciodelSuperintendenteseanecesariooconvenienteestablecerrelacionesconlosmismos.13.CoordinarlacolaboracinquepuedaprestarlaSuperintendenciaenmateriadeperitosdeacuerdoconladisponibilidaddepersonaldelamisma.14.Expedirlascertificacionesquerequieranlosrganosjurisdiccionales.15.Expedirloscertificadosdeexistenciayrepresentacinlegaldelosvigilados.16.Dirigir,coordinarycontrolarlaprestacindelosserviciosdearchivoycorrespondenciadelaSuperintendencia.17.DesignarlosfuncionariosencargadosdeexpedirlascertificacionesqueporrazndesuscompetenciasyenvirtuddedisposicioneslegalescorrespondanalaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.18.Realizarprogramasdedivulgacindestinadosamantenerinformadalaciudadanasobrelosalcancesdelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,ysobrelosdeberesyobligacionesdelaspersonasnaturalesojurdicasautorizadasparaprestarestosservicios.19.RealizarprogramasdedivulgacinencoordinacinconlaPolicaNacional,destinadosainformaralaciudadanalasmedidasdeseguridadpreventivaquepuedenponerenprcticaparaprotegersecontralaaccindeloscriminalesylosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaquepuedencontratarse.20.Mantenerunserviciodeatencindequejas,einformacinyconsultasobrelosserviciosdevigilanciaprivadaenformapermanenteparalaciudadana.21.Tramitarlasquejasdenunciasyreclamosdelaciudadanaconelfindequeserealiceelprocesolegaldecomprobacinadopcindecorrectivosyaplicacindesancionesquehubierelugar.22.HacerseguimientoalosreclamospresentadosporlaciudadanaeinformaralosreclamanteslasaccionesrealizadasporlaSuperintendenciaparaatenderlos.23.Elaborarpublicaciones,revistasyboletinesqueinformenalsectorsobretemasdesuinters.24.Recomendarelestablecimientodenormasmnimasdecarcterlogsticoparaeldesempeodelaslaboresdelpersonalquelaboraenvigilanciayseguridad.25.LasdemsqueledelegueosealeelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.Artculo 21.DIRECCION ADMINISTRATIVA.CorrespondealaDireccinAdministrativaeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.PrepararyejecutarplanesoperativosydedesarrollodeladependenciaidentificandoaccionesintegradasydecontrolinternoeinformarlasalaSecretaraGeneralparalavigilancia.2.Organizaryadelantarlosprocesosdecarreraadministrativa,seleccin,clasificacin,registroydesarrollodelpersonalalserviciodelasdependenciasdelaSuperintendenciadeconformidadconlaley.3.Prepararlosactosadministrativosreferentesanombramientos,remocionesydemssituacionesadministrativasdelpersonal;tramitarlasnovedadesyexpedirlascertificacionesquecorrespondan.4.Elaboraryejecutarocoordinarlosprogramasdebienestarydecapacitacinparaelpersonaldelorganismo.5.Planear,ejecutarycontrolarlapolticainstitucionalenlasreasdereclutamiento,seleccin,promocin,induccin,capacitacinydesvinculacindelosrecursoshumanosdelaSuperintendencia.6.DirigirlaejecucindelaspolticasenmateriadelaadministracininternadelaSuperintendenciaydelmanejoadministrativo.7.DirigirlosprocesosdecontratacinylosprocesoslicitatoriosquerequieralaSuperintendencia.8.PrepararygestionarlasmodificacionesdelaplantadepersonalsegnlasinstruccionesdelSuperintendente.9.PlanificaryproyectarlosrequerimientosqueentrminoslogsticosdepersonalyfinancierosrequierelaSuperintendencia.10.EjecutardirectamenteoporcontratoquecelebrelaSuperintendencia,eldiseo,construccin,ointerventoradelasobrascivilesdelaSuperintendenciaylareparacinyelmantenimientodelasinstalacionesfsicasydelosequiposdedichasoficinas.11.Apoyaratodaslasdependenciasconelsuministrooportunoyeficientedetodosloselementosmaterialesyserviciosnecesariosparaelnormaldesempeodesusfunciones.12.Adelantarlostrmitescorrespondientesparalaadquisicindebienes,almacenamientoeinventariosysuministrosdeloselementosyequiposyotrosbienesnecesariosparaeleficientefuncionamientodelasoficinasdelaSuperintendencia.13.RecibiryalmacenarloselementosadquiridosporlaSuperintendenciaenlascondicionesycalidadespreviamenteestipuladas.14.Manejarycontrolarlosinventariosdeelementosdevolutivosyconsumo.15.Prepararelprogramaanualdecompras.16.LlevarymanteneractualizadoelregistrodeproveedoresdelaSuperintendencia.17.MantenerlaseguridadfsicadelasinstalacionesdelaSuperintendencia.18.Organizarycontrolarlosserviciosdepublicaciones,biblioteca,celadura,aseo,mantenimiento,reparacioneslocativas,cafeteraylosdemsqueserequieran.19.AsesoraralasdependenciasdelaSuperintendenciaenlorelacionadoconlaadministracindelrecursohumano.20.Desarrollaryadministrarprogramastendientesagarantizarbienestarsocialylaboraldelosempleados.21.Llevarlashojasdevidadelosfuncionariosdelorganismoyexpedirlasrespectivascertificaciones.22.ProponeralSuperintendentelasmodificacionesalmanualdefuncionesyrequisitosdelaentidad.23.MantenersistemasdecontroldehorariosdetrabajodelpersonaldelaSuperintendenciayvelarporsucumplimiento.24.CoordinarlostrmitesnecesariosparalaliquidacinycancelacindelaprestacionessocialesdelosexfuncionariosdelaSuperintendencia.25.SuministrarlainformacinnecesariaalaDireccinFinancieraparalaelaboracindenminasycancelacindetodotipodeemolumentosdevengadosporlosfuncionariosdelaentidad.26.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo 22.DIRECCION FINANCIERA.CorrespondealaDireccinFinancieraeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Dirigir,controlarysupervisarlaejecucinpresupuestaldetodoslosrecursosdelaSuperintendencia.2.Elaborarencoordinacinconlasdemsdependenciaselproyectoanualdepresupuestodelorganismoyelprogramaanualdecajayprepararlosproyectosdeacuerdosdegastos,ascomodeadicionesytrasladosalpresupuestodelaSuperintendenciayadelantarlostrmitescorrespondientes.3.AtenderelmanejodelacontabilidaddelaSuperintendenciaypresentarlosestadosfinancierosdelaentidad.4.Planear,ejecutarycontrolarlapolticainstitucionalenlasreasdepagadura,presupuestoycontabilidad.5.ElaborarencoordinacinelproyectoanualdepresupuestodelorganismoyelprogramaanualdecajayprepararlosproyectosdeacuerdodegastosascomolasadicionesytrasladosdelpresupuestodelaSuperintendenciayadelantarlostrmitesrespectivos.6.Desarrollarlosprocesosdeprogramacin,formulacin,ejecucinycontroldelpresupuestodeacuerdoconlasnormaslegalesvigentesylaspolticasestablecidasporelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.7.ControlarelmanejoycustodiadelosfondodelaSuperintendenciayvigilarlarecepcindeingresosyelcontroldepagosconsujecinalaley.8.TramitarlosrecursosdereposicininterpuestoscontralascontribucionesfijadasporlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaalasentidadesvigiladas.9.ControlarlarendicindecuentasylosaportesprestacionalesquedeberealizarlegalmentelaSuperintendencia.10.PlanearydesarrollarelsistemadecontabilidadgeneralydepresupuestodeconformidadconlanormasestablecidasporlaContraloraGeneraldelaRepblicayelMinisteriodeHaciendayCrditoPblico.11.RecaudarlascontribucionesqueporconceptodevigilanciaycontrollaSuperintendenciacobrealosvigiladosdeacuerdoconloscriteriossealadosatravsdelasresolucioneselaboradassemestralmenteporestaoficinayaprobadasporelMinisteriodeHacienda.12.Expedirloscertificadossobredisponibilidadpresupuestalyefectuarlosregistrosdeapropiacinyreservaenlosdistintosrubrosdepresupuestovigente.13.RegistrarlacorrectayoportunacontabilizacindelasoperacionesfinancierasdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadayelaborarsusestadosfinancieros.14.ManteneractualizadosycontrolarloscontratosdesegurosrelativosalosbienesmuebleseinmueblesdelaSuperintendenciaascomoladelosdiferentesempleadoselmanejoalserviciodelamismadeconformidadconlasdisposicioneslegales.15.Organizarycoordinarlacontabilidaddelaentidad,consolidarlosestadosfinancierosyenviarlainformacinalaSecretaraGeneralparalaelaboracindelosestadosfinancierosdelaentidad.16.Expedirloscertificadosdedisponibilidadpresupuestal.17.Llevarelregistro,controlysuministrarlainformacindelasactividadescontablesyfinancierasenformaoportunayfidedigna.18.Recibirlosingresos,manejarlosfondos,tramitarlascuentas,efectuarlospagosycustodiarlosvaloresydocumentosnegociablesydegarantadelaSuperintendencia.19.Realizarlosgiros,trasladosyavancesdefondosdeacuerdoconlosprocedimientosydisposicionesadministrativasyfiscales.20.Llevarelcontrolsobreelflujodecajaycuentasbancarias.21.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo 23.ORGANISMOS DE ASESORIA Y COORDINACION.1. COMITE ASESOR DE EVALUACION DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA.LaSuperintendenciatendrunComitAsesordeEvaluacindeVigilanciaySeguridadPrivadaintegradopor:-ElMinistrodeDefensaosudelegado.-ElDirectorGeneraldelaPolicaNacionalosudelegado.-LosSuperintendentesDelegados.-ElSecretarioGeneraldelaSuperintendencia.-ElDirectordelDepartamentodeControlyComerciodeArmas,MunicionesyExplosivos.-ElSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.FUNCIONES:ElComitAsesordeEvaluacindeServiciosdeVigilanciaySeguridadPrivadatendrlassiguientesfunciones:a)RecomendarloscriteriosquesedebenaplicarparalosestudiosdelassolicitudesqueendesarrollodelaleyformulenlosvigiladosalaSuperintendencia.b)RecomendarlaspolticasycriteriosquelaSuperintendenciadebeaplicarparalaimposicindesancionesymedidasalaspersonasnaturalesojurdicasnosujetasalavigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaquerealicenactividadespropiasdelosvigilados.c)RecomendarlaspolticasycriteriosquelaSuperintendenciadebeaplicarparalaimposicindesancionesymedidasalosvigiladosqueincurranencausaldesancin.d)Estudiartodosaquellosasuntosrelacionadosconlosaspectosadministrativos,tcnicosuoperativosdelaSuperintendenciaquesolicitenelMinistrodeDefensaosudelegadooelSuperintendenteyformularlasrecomendacionesaquehayalugar.2.COMISION DE PERSONAL.LacomposicinyfuncionesdelaComisindePersonaldelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaseregirporlasdisposicioneslegalesyreglamentariasvigentes.3.JUNTA DE ADQUISICIONES Y LICITACIONES.LaJuntadeAdquisicionesyLicitacionesdelaSuperintendenciaasesorarenmateriadecompraycontratacinyestarintegradaporelSecretarioGeneralquienlapresidir,losDirectoresFinancieroyAdministrativodelamisma,elJefedelaOficinaJurdicaylosdemsfuncionariosquedesigneelSuperintendente,ycumplirlasfuncionesprevistasenlasnormaslegalesyreglamentariasvigentes.C A P I T U L O IIIDISPOSICIONES GENERALES.Artculo 24.DEFINICION.ParaefectosdelpresenteDecreto,entindeseporvigilanciayseguridadprivadatodaactividadquedesarrollenlaspersonasnaturalesojurdicasdederechopblicooprivado,enbeneficiopropioodeterceros,tendienteaprevenirodetenerperturbacionesalaseguridadytranquilidadindividualyalavigenciadeunordenjusto,enlorelacionadoconlavida,lahonraylosbienespropiosodeterceros.Artculo 25.INHABILIDADES.NopodrserdesignadoSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivadaquienestincursoenalgunadelassiguientesinhabilidades.a)Estarvinculadopormatrimonio,uninpermanenteoparentescohastaelcuartogradodeconsanguinidad,oprimerocivilconpersonaspropietariosdeserviciosdevigilanciayseguridadprivada.b)Serohabersidodentrodelosdos(2)aosanterioresaladesignacin,propietario,socio,representantelegalogerentedeserviciosdevigilanciayseguridadprivada.Artculo 26.PARTICIPACION EN ORGANISMOS ASESORES.ElSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivadaparticiparcomomiembroenlaComisinNacionaldePolicayParticipacinCiudadana.Artculo 27.REGIMEN. CAPACIDAD DE CONTRATACION Y ORDENACION DEL GASTO.ElSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivadatendrcapacidadparacelebrarcontratosenlostrminosprevistosenlaLey80de1993,ydeordenacindelgastoenlostrminosestablecidosenlaLeyOrgnicadelPresupuesto.Artculo 28.PAGO DE CONTRIBUCIONES.TodoslosgastosnecesariosparaelmanejodelasSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadasernpagadosdelacontribucinimpuestacontalfinalasentidadesvigiladas,lacualserexigidaporelSuperintendenteconaprobacindelMinisteriodeHaciendayCrditoPblico.Paraestosefectos,elSuperintendentedeberel1o.defebreroyel1o.deagostodecadaao,oantes,exigiralasentidadesvigiladaslacontribucinlacualdeberserdepositadaporstosenlaDireccinGeneraldelTesoroasufavor.Lacontribucinguardarproporcinrespectodelosactivosdelaempresa,utilidades,nmerodepuestosvigilados,ycostodevigilancia,deacuerdoconlasmodalidadesdelosserviciosprestadosysegnstesedirijaatercerosoalaseguridadinternadeunaempresa.Artculo 29.GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO.SegnlasnecesidadesdeservicioelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada,podrestablecergruposdetrabajosinqueconellomodifiquenlaestructuraorgnicadelaSuperintendencia.Artculo 30.PLANTA GLOBAL.LaSuperintendenciatendrunaplantaglobalyflexibleparaelcumplimientodesusobjetivos,planesyprogramas.Artculo 31.AUTORIZACIONES PRESUPUESTALES.ElGobiernoNacionalefectuarlasoperacionesytrasladospresupuestalesqueserequieranparaelfuncionamientodelaSuperintendenciaenlasvigenciasde1993y1994.ARTICULOS TRANSITORIOS.Artculo 32. MientrassedesarrollalaestructuraorgnicadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,laPolicaNacionalcontinuardesarrollandolasfuncionesquehastaelmomentoadelantaconrelacinavigilanciayseguridadprivada,deacuerdoconlasinstruccionesqueimpartaelSuperintendentesinperjuiciodelacolaboracinpermanentequestadebeprestaralaSuperintendencia.Artculo 33. LasfuncionesasignadasalMinisteriodeDefensaNacionalenelDecreto848de1990ydemsnormascomplementarias,serndesarrolladasporlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.Artculo 34. ElpresenteDecretorigeapartirdelafechadesupublicacinyderogatodaslasdisposicionesqueleseancontrariasenespecialelnumeral4o.delartculo1o.yelartculo5o.delDecreto2162del30dediciembrede1992.

DECRETO 2535 / 93.

Por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos.

armasDefinicin y ClasificacinArtculo 5.-Definicin.Son armas, todos aquellos instrumentos fabricados con el propsito de producir amenaza, lesin o muerte a una persona.Artculo 6.-Definicin de armas de fuego.Son armas de fuego las que emplean como agente impulsor del proyectil la fuerza creada por expansin de los gases producidos por la combustin de una sustancia qumica.Las armas pierden su carcter cuando sean total y permanentemente inservibles y no sean portados.Artculo 7.-Clasificacin.Para los efectos del presente Decreto, las armas de fuego se clasifican en:a. Armas de guerra o de uso privativo de la Fuerza Pblica;b. Armas de uso restringido;c. Armas de uso civil;Artculo 8.-Armas de guerra o de uso privativo de la Fuerza Pblica. Son armas de guerra y por tanto de uso privativo de la Fuerza Pblica, aquellas utilizadas con el objeto de defender la independencia, la soberana nacional, mantener la integridad territorial, asegurar la convivencia pacfica, el ejercicio de los derechos y libertades pblicas, el orden constitucional y el mantenimiento y restablecimiento del orden pblico, tales como:a. Pistolas y revlveres de calibre 9.652 mm. (.38 pulgadas) que no renan las caractersticas establecidas en el artculo 11 de este Decreto;b. Pistolas y revlveres de calibre superior a 9.652 mm. (.38 pulgadas);c. Fusiles y carabinas semiautomticas de calibre superior a 22 L.R;d. Armas automticas sin importar calibre;e. Los antitanques, caones, morteros, obuses y misiles de tierra, mar y aire en todos los calibres;f. Lanzacohetes, bazucas, lanzagranadas en cualquier calibre;g. Cargas explosivas tales como bombas de mano, bombas de aviacin, granadas de fragmentacin, petardos, proyectiles y minas.h. Granadas de iluminacin, fumgenas, perforantes o de instruccin de la Fuerza Pblica;i. Armas que lleven dispositivos de tipo militar como miras infrarrojas, lasricas o accesorios como lanzagranadas y silenciadores;j. Las municiones correspondientes al tipo de arma enunciadas en lo literales anteriores.Pargrafo 1.-En material descrito en el literal g) podr ser autorizado de manera excepcional, previo concepto favorable del Comit de Armas, de que trata el artculo 31 de este Decreto.Pargrafo 2.-El Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Defensa Nacional determinar las armas de uso privativo que puedan portar los miembros de los organismos nacionales de seguridad y otros cuerpos oficiales armados de carcter permanente creados o autorizados por la Ley.Artculo 9.-Armas de uso restringido.Las armas de uso restringido son armasde guerra o de uso privativo de la fuerza pblica,que de manera excepcional pueden ser autorizadas con base en la facultad discrecional de la autoridad competente, para defensa personal especial, tales como:Subrayado declarado Inexequible Sentencia Corte Constitucional 296 de 1995a. Los revlveres y pistolas de calibre 9.652 mm. (.38 pulgadas) que no renan las caractersticas establecidas en el artculo 11 de este Decreto;b. Las pistolas de funcionamiento automtico y subametralladoras.Pargrafo 1.-Aquellas personas que a la fecha de expedicin de este Decreto tengan armas de este tipo con su respectivo permiso o salvoconducto vigente, debern obtener el nuevo permiso para tenencia o para porte, en los trminos sealados en los artculos 22 y 23 del presente Decreto.Pargrafo 2.-El Comit de Armas del Ministerio de Defensa Nacional podr autorizar la tenencia o porte de armas de uso restringido, a las empresas transportadoras de valores, departamentos de seguridad de empresas y a los servicios especiales de seguridad, previo concepto favorable de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.TTULO IIIPermisosCAPTULO IDefinicin, clasificacin, excepciones y Comit de ArmasArtculo 20.-Permisos.Es la autorizacin que el Estado concede con base en la potestad discrecional de la autoridad militar competente, a las personas naturales o jurdicas para tenencia o para el porte de armas.Cada una de las armas de fuego existentes en el territorio nacional en manos de los particulares, debe tener un (1) permiso para tenencia o para porte segn el uso autorizado. No obstante, podrn expedirse dos (2) permisos para un (1) arma, si su uso se autoriza entre parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o entre cnyuges o compaeros permanentes.Pargrafo.Adicionado por el art. 5, Ley 1453 de 2011Artculo 21.-Clasificacin de los permisos.Los permisos tienen validez en todo el territorio nacional y se clasifican en: permiso para tenencia, para porte y especiales.Artculo22.-Permiso para tenencia.Modificado por el art. 9, Ley 1119 de 2006. Es aquel que autoriza a su titular para mantener el arma en el inmueble declarado, correspondiente a su residencia, a su sitio de trabajo o al lugar que se pretende proteger.Slo podr autorizarse la expedicin hasta de dos (2) permisos para tenencia por persona.El permiso de tenencia tendr una vigencia mxima de diez (10) aos.Pargrafo.-Para la expedicin de permisos de tenencia a los coleccionistas deber presentarse la credencial de coleccionista de acuerdo con lo previsto en este Decreto; para la expedicin de permiso de tenencia para deportistas deber acreditarse la afiliacin a un club de tiro y caza afiliado a la Federacin Colombiana de Tiro.Artculo 23.-Permiso para porte. Es aquel que autoriza a su titular para llevar consigo un (1) arma.Slo podr autorizarse la expedicin hasta de dos permisos para porte por persona. La autorizacin para el segundo permiso ser evaluada de acuerdo con las circunstancias particulares de seguridad del solicitante. A quienes demuestren estar en las circunstancias contempladas en el literal c) del artculo 34 de este Decreto, se les podr autorizar un nmero superior, previa autorizacin del Comit de Armas del Ministerio de Defensa Nacional.El permiso para el porte de armas de defensa personal se expedir por el trmino de tres (3) aos; y el permiso para porte de armas de uso restringido tendr una vigencia de un (1) ao.Artculo 24.-Permiso especial. Es aquel que se expide para la tenencia o para porte de armas destinadas a la proteccin de misiones diplomticas o funcionarios extranjeros legalmente acreditados.Cuando la concesin del permiso se haga a nombramiento de la misin diplomtica, la vigencia ser de cuatro (4) aos. Tratndose de permisos concedidos a nombre de un funcionario, su vigencia ser hasta por el trmino de su misin.Declarado EXEQUIBLE por la Sentencia de laCorte Constitucional 296 de 1995pero nicamente por los vicios de forma expresamente estudiados en esta sentencia.Artculo 25.-Excepciones. No requieran permiso para porte o para tenencia, las armas neumticas, de gas y las armas largas de plvora negra, incluso las escopetas de fisto.Pargrafo.-No obstante lo establecido en este artculo, las armas que no requieren permiso estn sujetas a las disposiciones prevista en los artculos 81 a 94 del presente Decreto, en lo pertinente.Artculo 26.-Autorizaciones a personas naturales. Sin perjuicio de lo previsto en los artculo 23 y 34 literal c) de este Decreto, a las personas naturales slo les podr ser autorizado hasta dos permisos para tenencia y hasta dos permisos para porte para las armas relacionadas de los artculos 10 y 12 de este Decreto y excepcionalmente para las previstas en el artculo 9 del mismo.Artculo 27.-Autorizaciones para personas jurdicas. A partir de la vigencia del presente Decreto a las personas jurdicas slo les podr ser autorizado permiso para tenencia hasta para cinco (5) armas, de cualquiera de las siguientes: pistola, revlver, carabina o escopeta de las caractersticas previstas en el artculo 11 del presente Decreto, salvo a los servicios de vigilancia y seguridad privada. Los cuales se rigen por las normas especficas previstas en este Decreto y en las disposiciones que reglamenten esta actividad.Artculo 28.-Autorizaciones para Inmuebles rurales.A partir de la vigencia del presente Decreto, para los inmuebles rurales, la autoridad militar respectiva podr conceder permiso para tenencia hasta para cinco (5) armas de defensa personal.Pargrafo.-Cuando por especiales circunstancias se requiera un nmero superior de permisos, el propietario del inmueble deber constituir un Departamento de Seguridad en los trminos establecidos en la Ley.Artculo 29.-Misiones diplomticas. El Comando General de las Fuerzas Militares podr autorizar la expedicin de permisos para la tenencia o porte de armas y municiones para la proteccin de sedes diplomticas y sus funcionarios, debidamente acreditados ante el Gobierno Colombiano, teniendo en cuenta las circunstancias concretas de cada misin o funcionario.Artculo 30.-Autorizacin para instalacin de polgonos.La instalacin de polgonos para tiro requiere autorizacin del Comando General de las Fuerzas Militares, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Gobierno Nacional.Artculo 31.-Comit de Armas del Ministerio de Defensa Nacional. El Comit de Armas estar integrado por:a. Dos delegados del Ministro de Defensa Nacional;b. El Defensor del Pueblo o su delgado;c. El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada o su delegado;d. El Jefe del Departamento D-2 EMC del Comando General de las Fuerzas Militares;e. El Subdirector de Polica Judicial e Investigacin;f. El Jefe del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.El Comit de Armas estudiar y decidir sobre las peticiones que formulen los particulares en relacin con armas, municiones, explosivos y sus accesorios en los casos establecidos en el presente Decreto.El Comit ser presidido por el delegado del Ministro de Defensa que ste seale.Declarado EXEQUIBLE por la Sentencia de laCorte Constitucional 296 de 1995pero nicamente por los vicios de forma expresamente estudiados en esta sentencia.CAPTULO IICompetencia, requisitos, prdida y suspensin de la vigencia de permisosArtculo32.-Competencia.Son competentes para la expedicin y revalidacin de permisos para tenencia y para porte de armas y para la venta de municiones y explosivos en los lugares que determine el Ministerio de Defensa Nacional, las siguientes autoridades militares: El Jefe del Departamento Control Comercio Armas, Municiones y Explosivos, los Jefes de Estado Mayor de las Unidades Operativas Menores o sus equivalentes en la Armada Nacional o la Fuerza Area y los Ejecutivos y Segundos Comandantes de Unidades Tcticas en el Ejercito Nacional o sus equivalentes en la Armada Nacional, o sus equivalentes en la Armada Nacional y la Fuerza Area.Artculo33.-Requisitos para solicitud de permiso para tenencia.Modificado por el art. 11, Ley 1119 de 2006. Para el estudio de las solicitudes de permisos para tenencia, deben acreditarse los siguientes requisitos:1. Para personas naturales:a. Formulario suministrado por la autoridad competente, debidamente diligenciado;b. Presentacin de la tarjeta de reservista o provisional militar;c. Fotocopias de la cdula de ciudadana y del certificado judicial debidamente autenticadas;d. Certificado mdico de aptitud sicofsica para el uso de armas.1. Para personas jurdicas:a. Formulario suministrado por autoridad competente debidamente diligenciado;b. Certificado de existencia y representacin legal;c. Fotocopias de la cdula de ciudadana y del certificado judicial del representante legal debidamente autenticadas;d. Concepto favorable de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para los servicios sometidos a su vigilancia.Pargrafo.-El solicitante, adems de los requisitos anteriores deber justificar la necesidad de un arma para su seguridad y proteccin, circunstancia que ser evaluada por la autoridad competente.Artculo 34.-Requisitos para solicitud de permiso para porte.Para el estudio de las solicitudes de permiso para porte deben acreditarse los siguientes requisitos:1. Para personas naturales:a. Acreditar los requisitos establecidos en el artculo anterior, en lo pertinente;b. Si se solicita permiso para el porte de un arma de defensa personal, el solicitante deber justificar la necesidad de portar un arma para su defensa e integridad personal de acuerdo con lo previsto en el artculo 23 de este Decreto, aportado para ello todos los elementos probatorios de que dispone;c. Si se solicita permiso para el porte de un arma de uso restringido, el solicitante deber justificar que se encuentra en peligro de muerte o grave dao personal por especiales circunstancias de su profesin, oficio, cargo que desempea o actividad econmica que desarrolla, que ameriten su expedicin, para lo cual podr aportar todos los elementos probatorios de que disponga, previa autorizacin del Comit de Armas del Ministerio de Defensa Nacional.1. Para servicios de vigilancia y seguridad privada:a. Acreditar los requisitos establecidos en el artculo anterior para las personas jurdicas.

DECRETO 356 / 94.Por el cual se expide el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada.

TITULO IASPECTOS GENERALESVer la Resolucin de la Super. Vigilancia y Seguridad Privada 2852 de 2006Artculo 1.-Objeto.El presente Decreto tiene por objeto establecer el estatuto para la prestacin por particulares de servicio de vigilancia y seguridad privada.Artculo 2.-Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.Para efectos del presente Decreto, entindese por servicios de vigilancia y seguridad privada, las actividades de que en forma remunerada o en beneficio de una organizacin pblica o privada, desarrollan las personas naturales o jurdicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros y la fabricacin, instalacin, comercializacin y utilizacin de equipos para vigilancia y seguridad privada, blindajes y transporte con este mismo fin.Artculo 3.-Permiso del Estado.Los servicios de vigilancia y seguridad privada, de que trata el artculo anterior, solamente podrn prestarse mediante la obtencin de licencia o credencial expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada, con base en potestad discrecional, orientada a proteger la seguridad ciudadana.La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada con base en esa misma potestad, podr suspender la licencia o credencial expedida.Artculo 4.-Campo de Aplicacin.Se hallan sometidos al presente Decreto:1. Los servicios de vigilancia y seguridad privada con armas de fuego o con cualquier otro medio humano, animal, tecnolgico o material.2. Los servicios de transporte de valores.3. Los servicios de vigilancia y seguridad de empresas u organizaciones empresariales, pblicas o privadas.4. Los servicios comunitarios de vigilancia y seguridad privada.5. Los servicios de capacitacin y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada.6. Los servicios de asesora, consultora e investigacin en seguridad.7. La fabricacin, instalacin, comercializacin y utilizacin de equipos para vigilancia y seguridad privada.8. Utilizacin de blindajes para vigilancia y seguridad privada.Artculo 5.-Medios para la prestacin de los servicios de vigilancias y seguridad privada.Los servicios de vigilancia y seguridad privada slo podrnutilizar para el desarrollo de sus actividades aquellas armas de fuego, recursos humanos, animales, tecnolgicos o materiales, vehculos e instalaciones fsicas, y o cualquier otro medio autorizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.Artculo 6.-Modalidades para la prestacin de los servicios de vigilancia y seguridad privada.Los servicios de vigilancia y seguridad privada podrn autorizarse en cuatro (4) modalidades:1. Vigilancia fija. Es la que se presta a travs de vigilantes o de cualquier otro medio, con el objeto de dar proteccin a personas o bienes muebles o inmuebles en un lugar determinado.2. Vigilancia mvil. Es la que se presta a travs de vigilantes mviles o cualquier otro medio, con el objeto de dar proteccin personal, bines muebles o inmuebles en un rea o sector delimitado.3. Escolta. Es la proteccin que se presta a travs de escoltas con armas de fuego, o de servicios de vigilancia y seguridad privada no armados a personas, vehculos, mercancas o cualquier otro objeto, durante su desplazamiento.4. Transporte de valores. Es el servicio de vigilancia y seguridad privada que se presta para transportar, custodiar y manejar valores y el desarrollo de actividades conexas.Pargrafo.-El Gobierno Nacional podr desarrollar el desarrollo operativo de estas modalidades.Artculo 7.-ControlLa Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ejercer control, inspeccin y vigilancia sobre todas la personas naturales o jurdicas que desarrollen actividades de vigilancia y seguridad privada y sus usuarios de conformidad con lo establecido en la ley.TTULO VPRINCIPIOS, DEBERES Y OBLIGACIONES QUE RIGEN LA PRESTACIN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADAArtculo 73.-Objetivo de la vigilancia y seguridad privada.La finalidad de los servicios de vigilancia y seguridad privada, en cualquiera de sus modalidades, es la de disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legtimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su proteccin, sin alterar o perturbar las condiciones para el ejercicio de los derechos libertades pblicas de la ciudadana y sin invadir la rbita de competencia reservada a las autoridades.Artculo 74.-Principios, deberes y obligaciones que rigen la prestacin del servicio de vigilancia y seguridad privada.Los servicios de vigilancia y seguridad privada debern desarrollar sus funciones teniendo en cuenta los siguientes principios:1. Acatar la Constitucin, la Ley y la tica profesional.2. Respetar los derechos fundamentales y libertades de la comunidad, abstenindose de asumir conductas reservadas a la fuerza pblica.3. Actuar de manera que se fortalezca la confianza pblica en los servicios que presta.4. Adoptar medidas de prevencin y control apropiadas y suficientes, orientadas a evitar que su servicios puedan ser utilizados como instrumentos para la realizacin de actos ilegales, en cualquier forma, o para dar apariencia de legalidad a actividades delictivas o a prestar servicios a delincuentes o a personas directa o indirectamente vinculadas con el trfico de estupefacientes o actividades terroristas.5. Mantener en forma permanente altos niveles de eficiencia tcnica y profesional para atender sus obligaciones.6. Contribuir a la prevencin del delito, reduciendo las oportunidades para la actividad criminal y desalentando al accin de los criminales, en colaboracin con las autoridades de la repblica.7. Observar en el ejercicio de sus funciones el cumplimiento de las normas legales y procedimientos establecidos por el Gobierno Nacional, as como las rdenes e instrucciones impartidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.8. Emplear las armas de acuerdo con el uso autorizado en los respectivos permisos y abstenerse se emplear armamento hechizo o no autorizado de acuerdo con la ley.9. Emplear los equipos y elementos autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, nicamente para los fines previstos en la licencia de funcionamiento.10. Asumir actitudes disuasivas o de alerta, cuando observen la comisin de actos delictivos en los alrededores del lugar donde estn prestando sus servicios, dando aviso inmediato a la autoridad, de manera que puedan impedirse o disminuirse sus efectos.11. El personal integrante de los servicios de vigilancia y seguridad privada que tenga conocimiento de la comisin de hechos punibles durante su servicio o fuera de l, deber informar de inmediato a la autoridad competente y prestar toda la colaboracin que requieran las autoridades.12. Prestar apoyo cuando lo soliciten las autoridades, con fin de atender casos de calamidad pblica.13. Mantener permanentemente actualizados los permisos, patentes, licencias, libros y registros, seguros y dems requisitos que exige este Decreto.14. El personal de los servicios de vigilancia y seguridad privada en servicio, deber portar la credencial de identificacin expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.15. Pagar oportunamente la contribucin establecida por la Superintendencia de Vigilancia y seguridad Privada, debidamente aprobada por le Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico, as como las multas y los costos por concepto de licencias y credenciales.16. Colaborar con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la labor de inspeccin, proporcionando toda la informacin operativa, administrativa y financiera que sta requerida para el desarrollo de sus funciones.17. Salvaguardar la informacin confidencial que obtengan en desarrollo de sus actividades profesionales, salvo requerimiento de autoridad competente.18. Dar estricto cumplimiento a los trminos pactados en los contratos con los usuarios, y por ningn motivo abandonar el servicio contratado, sin previo y oportuno aviso al usuario.19. Atender en debida forma los reclamos de los usuarios y adoptar medidas inmediatas en el caso de que alguno de sus dependientes se vea involucrado por accin o por omisn, en hechos que atenten contra los bienes o personas a las cuales se brindan vigilancia o proteccin.20. Conocer las caractersticas bsicas de las actividades que desarrollen sus clientes, el uso de las instalaciones o bienes y la situacin de las personas que se pretende proteger.21. Desarrollar mecanismos de control interno, para prevenir que el personal del servicio de vigilancia y seguridad privada, se involucre directa o indirectamente en actividades delictivas.22. Establecer mecanismos y reglas de conducta que debern observar representantes legales, directivos y empleados.23. Dar estricto cumplimiento a las normas que rigen alas relaciones