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INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS
MANUAL DEL PROCESO
TRÁMITE PARA EL OTORGAMIENTO DE SEGUROS
Versión 1 Aprobado el COMERI en Sesión Ordinaria No. 6 del 28 de junio de 2016.
Aprobado por el Dir. Gral.
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CONTENIDO
1. Objetivo General……………………………………………………………………….. 6 2. Marco Normativo……………………………………………………………………….. 6 3. Reglas del proceso…………………………………………………………………….. 6
3.1. Observaciones generales……………………………………………………….. 6 3.1.1 Atención a usuarios..………………………………………………………. 6 3.1.2 Actualización del proceso………………………………...………………. 7 3.1.3 Recepción del trámite…...……………………………………...…………. 7 3.1.4 De los Servidores Públicos….……………………………………………. 7
3.2. Requisitos para cubrir la prestación……...……...…………………………….. 7 3.2.1 Seguro de Vida Militar………...….………………….……………………. 7 3.2.2 Seguro Institucional………………………………………...……………… 11 3.2.3 Seguro Colectivo de Retiro………...………………..……………………. 15 3.2.4 Devolución de aportaciones del Seguro Colectivo de Retiro…………. 17
3.3. Ejecución del trámite………….………………….………………………………. 17 3.3.1 Seguro de Vida Militar y Seguro Institucional…………………..………. 19 3.3.2 Seguro Colectivo de Retiro y Devolución de aportaciones del Seguro
Colectivo de Retiro……………….........…………………………………. 20
3.4. Elaboración de dictámenes……………………..………………………………. 22 3.4.1 Seguro de Vida Militar y Seguro Institucional…………………..………. 22 3.4.2 Seguro Colectivo de Retiro y Devolución de aportaciones del Seguro
Colectivo de Retiro……………….........…………………………………. 23
3.5. Inconformidades……………...…………………..………………………………. 24 3.6. Notificaciones………………...…………………..………………………………. 24 3.7. Radicación de pago……….....…………………..………………………………. 24 3.8. Elaboración de conciliaciones.……...…………..………………………………. 25
4. Mapa a nivel 1 PEPSU. ………………………………………………………………. 26 5. Mapa General del Proceso……………………………………………………………. 27
5.1. Subproceso de Trámite para otorgar el Seguro de Vida Militar……...………. 28 5.1.1. Descripción de actividades……………………………………………….. 28 5.1.2. Diagrama de flujo (nivel 0, diagrama de contexto)…………………….. 33 5.1.3. Relación de insumos………………………………………………………. 34 5.1.4. Roles………………………………………………………………………… 34 5.1.5. Relación de productos…………………………………………………….. 34
5.2. Subproceso de Trámite para otorgar el Seguro Institucional.………………... 35
5.2.1. Descripción de actividades……………………………………………….. 35 5.2.2. Diagrama de flujo (nivel 0, diagrama de contexto)…………………….. 39 5.2.3. Relación de insumos………………………………………………………. 40 5.2.4. Roles………………………………………………………………………… 40 5.2.5. Relación de productos…………………………………………………….. 40
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5.3.Subproceso de Trámite para otorgar el Seguro Colectivo de
Retiro………………………………………………………………………….…… 41
5.3.1. Descripción de actividades……………………………………………….. 41 5.3.2. Diagrama de flujo (nivel 0, diagrama de contexto)…………………….. 44 5.3.3. Relación de insumos………………………………………………………. 45 5.3.4. Roles………………………………………………………………………… 45 5.3.5. Relación de productos…………………………………………………….. 45
5.4. Subproceso de Trámite para otorgar la devolución de aportaciones del Seguro Colectivo de Retiro …………………………………………..........….
46
5.4.1. Descripción de actividades……………………………………………….. 46 5.4.2. Diagrama de flujo (nivel 0, diagrama de contexto)…………………….. 49 5.4.3. Relación de insumos………………………………………………………. 50 5.4.4. Roles………………………………………………………………………… 50 5.4.5. Relación de productos…………………………………………………….. 50
6. Indicadores del proceso……………………………………………………………….. 51 7. Glosario…………………………………………………………………………………. 51
8. Siglas y Acrónimos….…………………………………………………………………. 51
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TRÁMITE PARA EL OTORGAMIENTO DE SEGUROS
Versión 1 Aprobado el COMERI en Sesión Ordinaria No. 6 del 28 de junio de 2016.
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1. OBJETIVO GENERAL
Establecer los criterios para tramitar las prestaciones de los Seguros de Vida Militar, Seguro Institucional, Seguro Colectivo de Retiro y Devolución de Aportaciones al Seguro Colectivo de Retiro, que otorga el Instituto a los miembros de las Fuerzas Armadas en activo, en situación de retiro, familiares y beneficiarios de acuerdo a la normatividad vigente.
2. MARCO NORMATIVO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y su Reglamento.
Ley de Retiros y Pensiones Militares de 1955.
Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a Información Pública Gubernamental y su Reglamento.
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
Leyes y Reglamentos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Armada de México.
Ley de los Derechos de las personas adultas mayores y su Reglamento.
Código Civil Federal y Código Federal de Procedimientos Civiles.
Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Manual de Organización del ISSFAM.
Lineamientos de Protección de Datos Personales.
Convenio para el servicio, operación y administración del Seguro Institucional para servidores públicos superiores, mandos medios y homólogos de las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Convenio para el mejoramiento del Servicio, Operación y Administración del Seguro de Vida Militar, de 18 de agosto de 1995.
Convenio por el que se modifican y se adicionan diversas disposiciones del Convenio para el Servicio, Operación y Administración del Seguro Institucional para Servidores Públicos Superiores, Mandos Medios y Homólogos de las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Acuerdo relativo al Seguro Colectivo de Retiro en beneficio de los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas (septiembre 1995).
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3. REGLAS DEL PROCESO.
3.1 OBSERVACIONES GENERALES
3.1.1 ATENCIÓN A USUARIOS
La Subdirección de Prestaciones Sociales es el área responsable de atender a los
usuarios en forma personal o por vía telefónica, a efecto de proporcionar la información y
orientación necesaria con respecto a la gestión de la solicitud de la prestación a la cual
considera tener derecho el usuario.
3.1.2. ACTUALIZACIÓN DEL PROCESO
Los Jefes de Departamento de Trámite del Seguro de Vida Militar y Seguro Institucional y
de Trámite del Seguro Colectivo de Retiro, tendrán que revisar periódicamente el Proceso
de Otorgamiento de Seguros, a fin de proponer las actualizaciones y adecuaciones que
permitan agilizar y eficientar las actividades relacionadas con el mismo.
3.1.3 RECEPCIÓN DEL TRÁMITE
La Dirección de Prestaciones Económicas, a través de la Subdirección de Trámite de
Seguros y Trámite de Prestaciones, por medio de sus Departamentos de Seguro de Vida
Militar y Seguro Institucional y de Trámite del Seguro Colectivo de Retiro recibirán por
conducto de Oficialía de Partes y de la Subdirección de Prestaciones Sociales las
solicitudes con la documentación necesaria, supervisando que los trámites se realicen
oportunamente con apego a las normas de legalidad y calidad en beneficio del usuario.
3.1.4 DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Todo el personal que labora en esta entidad está obligado a desempeñar con intensidad,
cuidado, esmero y confidencialidad, el servicio que le sea encomendado y se abstendrá
de realizar actos u omisiones que pongan en evidencia su honradez, lealtad, eficiencia y
responsabilidad.
Si en el ejercicio de sus funciones, el trabajador llegara a realizar acciones u omisiones
que constituyan incumplimiento a las obligaciones previstas en la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos, Ley Federal de Trabajadores al Servicio
del Estado, así como las Condiciones Generales de Trabajo del Instituto de Seguridad
Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, se harán acreedores a las sanciones de
carácter administrativo que se establecen en los propios ordenamientos, sin menoscabo
de ejercitar la acción penal que corresponda cuando se traten de conductas que
constituyan un delito.
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3.2 REQUISITOS PARA CUBRIR LA PRESTACIÓN:
3.2.1 SEGURO DE VIDA MILITAR.
Según sea el caso, la documentación requerida será la siguiente:
SI EL MILITAR FALLECE EN SERVICIO ACTIVO:
Copia certificada del acta de defunción del militar y copia de simple de las órdenes de
baja por fallecimiento o desaparición comprobada.
Solicitud de pago firmada del o de los beneficiarios.
Identificación oficial con fotografía del o de los beneficiarios (credencial de elector o
pasaporte vigente).
Copia simple del Certificado de Último Pago emitido por la unidad ejecutora de pagos
correspondiente.
SI EL MILITAR FALLECE EN SITUACIÓN DE RETIRO:
Copia certificada del acta de defunción del militar o sentencia ejecutoria que determine
la presunción de muerte, y si el Juez lo ordena acta certificada por el Registro Civil de
la presunción de muerte del militar.
Solicitud de pago firmada del o de los beneficiarios. (ANEXO No. 2)
Identificación oficial con fotografía del o de los beneficiarios (credencial de elector o
pasaporte vigente).
Ultimo talón de pago del haber de retiro emitido por este Instituto, o en el caso de que
no se cuente con el mismo, por ser un documento que se entrega de forma personal y
directa al militar; el último estado de cuenta, que se aprecie el depósito que por
concepto de haber de retiro se realizó a favor del extinto militar retirado y/o pantalla
que emita el Departamento de Nómina del último haber de retiro.
SI EL MILITAR FALLECE ACOGIDO AL SEGURO DE VIDA MILITAR POTESTATIVO:
Copia certificada del acta de defunción del militar.
Solicitud de pago firmada del o de los beneficiarios. (ANEXO No. 3)
Identificación oficial con fotografía del o de los beneficiarios (credencial de elector o
pasaporte vigente).
El último comprobante del pago de la prima emitido por la Dirección de Finanzas de
este Instituto o este último se puede imprimir y verificar en el Sistema de Información
Institucional.
SI EL MILITAR SOLICITA EL BENEFICIO POR INCAPACIDAD CLASIFICADA EN
PRIMERA O SEGUNDA CATEGORÍA, EN ACTOS DEL SERVICIO O COMO
CONSECUENCIA DE ELLOS:
Copia simple de las órdenes de baja expedidas por la Secretaría correspondiente.
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Identificación oficial con fotografía del Militar (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Solicitud de pago firmada (ANEXO No. 4).
Copia simple del certificado de último pago emitido por la unidad ejecutora de pagos
correspondiente.
SI EL O LOS BENEFICIARIOS SON MENORES DE EDAD:
El pago del beneficio se realizará a su tutor natural, el cual podrá ser el padre o la madre
del menor según corresponda:
Solicitud de pago firmada en representación del o de los menores.
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del o los menores.
Copia de una identificación oficial con fotografía del tutor (credencial de elector, o
pasaporte vigente).
EN CASO DEL FALLECIMIENTO DE LOS PADRES DEL MENOR O MENORES.
Se pagará el beneficio a la persona que acredite conforme a la Ley, la tutoría legal del
mismo, aspecto que deberá verificar la sección correspondiente mediante el análisis de
los siguientes documentos:
Solicitud de pago firmada en representación del o de los menores.
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del o los menores.
Copia certificada de la sentencia que se dicte en el juicio de tutoría, así como del
acuerdo a través del cual el tutor designado acepte, proteste y discierna el cargo
conferido.
Copia de una identificación oficial con fotografía del tutor (credencial de elector, o
pasaporte vigente).
SI EL O LOS BENEFICIARIOS NO PUEDEN EJERCER SUS DERECHOS CÍVICOS
(INTERDICTOS).
Se pagará el beneficio a la persona que acredite conforme a la Ley la tutoría legal del
mismo, aspecto que deberá verificar la sección correspondiente mediante el análisis de
los siguientes documentos:
Solicitud de pago firmada en representación del interdicto.
Copia certificada de la sentencia definitiva que se emita en el juicio de interdicción, así
como del acuerdo, a través del cual el tutor definitivo acepte, proteste y discierna el
cargo, ante la autoridad judicial competente.
Copia de una identificación oficial con fotografía del tutor (credencial de elector o
pasaporte vigente).
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Una vez que la autoridad judicial competente determine el cargo de discernimiento de
tutor o representante legal al interesado, correrá el término de prescripción a partir del
nombramiento del mismo.
EN CASO QUE EL, O LOS BENEFICIARIOS OTORGUEN PODER, PARA QUE
SOLICITEN Y COBREN EN SU REPRESENTACIÓN EL SEGURO DE VIDA MILITAR.
Cuando radiquen fuera del país o se encuentren privados de su libertad, recluidos, o
imposibilitados por cualquier causa, la sección correspondiente deberá verificar la
acreditación del representante legal, mediante el análisis de los siguientes documentos:
Copia certificada por el registro civil del acta de defunción del militar fallecido.
Solicitud de pago firmada en representación del o los beneficiarios.
Copia certificada por el Notario respectivo del poder notarial en que conste el nombre
del poderdante para gestionar los trámites y cobro del Seguro de Vida Militar, en caso
de los que radican en el extranjero deberá ser un Poder Especial certificado y
expedido por el consulado mexicano, o por notario público siempre y cuando tenga el
apostillamiento respectivo.
Copia de una identificación oficial con fotografía del apoderado (credencial de elector
o pasaporte vigente).
EN EL CASO DE LOS BENEFICIARIOS QUE FALLEZCAN CON FECHA POSTERIOR
AL FALLECIMIENTO DEL MILITAR.
Sus familiares deberán promover juicio de sucesión in testamentario o
testamentario a bienes del beneficiario, ante autoridad judicial competente, aspecto que
deberá verificar la sección correspondiente mediante el análisis de los siguientes
documentos:
Copia certificada por el registro civil del acta de defunción del beneficiario fallecido.
Solicitud de pago firmada del que resulte albacea de los bienes del extinto
beneficiario.
Copia certificada de la sentencia definitiva dictada dentro del juicio sucesorio y
acuerdo en el que se proteste, acepte y discierna el cargo conferido.
Copia de una identificación oficial con fotografía del albacea (credencial de elector o
pasaporte vigente).
Cuando el beneficio se pague por la prelación, establecida en el artículo 77 de la Ley que
rige a este Instituto, el dictaminador verificará que los familiares acrediten su parentesco
solicitando la siguiente documentación:
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CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO EN CONCURRENCIA CON LOS HIJOS
DEL MILITAR POR PARTES IGUALES:
Copia certificada por el registro civil del acta de defunción.
Solicitudes de pago firmadas.
Copia certificada por el registro civil del acta de matrimonio con fecha posterior al
fallecimiento del militar.
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Copia certificada por el registro civil tomada del libro original de las actas de
nacimiento de los hijos, con los nombres completos y correctos del militar.
Formato de declaración de únicos hijos, debiendo acudir a la zona militar más cercana
a su domicilio, para que en presencia del delegado foráneo certifiquen su calidad de
derechohabientes, cuando los hijos sean menores de edad no será necesario que
estos presenten dicho formato. (anexo No. 5).
Formato de declaración de no descendencia de hijos del militar, mismo que será
llenado por la cónyuge supérstite concubina o concubinario, cuando declaren que no
procrearon hijos. (anexo no. 6).
Certificado de Último Pago (C.U.P.).
Adicionalmente a la documentación requerida la Subdirección de Área solicitará a la a
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud y a la Secretaría de Origen, y de
considerarlo procedente, al Registro Civil, que informen cuales son los últimos
familiares registrados por el militar y sus domicilios.
MADRE:
Solicitud de pago firmada.
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte vigente)
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del extinto militar con el
nombre completo de los padres.
Formato de declaración de descendencia.
Adicionalmente a la documentación requerida la Subdirección de Área solicitará a la a
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud y a la Secretaría de Origen, y de
considerarlo procedente, al Registro Civil, que informen cuales son los últimos
familiares registrados por el militar y sus domicilios.
PADRE:
Solicitud de pago firmada.
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte vigente)
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del extinto militar con el
nombre completo de los padres y acta de defunción de la madre del militar.
Formato de declaración de no descendencia.
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Adicionalmente a la documentación requerida la Subdirección de Área solicitará a la a
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud y a la Secretaría de Origen, y de
considerarlo procedente, al Registro Civil, que informen cuales son los últimos
familiares registrados por el militar y sus domicilios.
Acta de defunción de la madre del Militar.
HERMANOS:
Solicitud de pago firmada.
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del extinto militar con el
nombre completo de los padres y acta de defunción de la madre y padre del militar.
Copia certificada por el registro civil del acta de matrimonio de los padres del militar
con fecha posterior al fallecimiento del mismo.
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento de los hermanos con
nombres completos y correctos de los padres.
Formato de declaración de no descendencia de hijos del militar firmado por todos los
hermanos. (anexo no. 6).
Formato de declaración de únicos hermanos debidamente certificado por el delegado
foráneo de la Zona Militar o Naval más cercana al domicilio del familiar.
CAUSAL DEL FALLECIMIENTO POR HOMICIDIO:
Se otorgará el Seguro de Vida Militar a los beneficiarios designados por el militar en su
hoja de trabajo, salvo que con motivo de las investigaciones ministeriales o judiciales
iniciadas por un supuesto homicidio, se notifique a este Organismo una Orden Judicial de
suspensión del trámite o pago de dicha prestación a favor de un beneficiario designado.
3.2.2 SEGURO INSTITUCIONAL.
Según sea el caso, la documentación requerida será la siguiente:
SI EL MILITAR NO DESIGNÓ A ALGÚN BENEFICIARIO O ESTOS HAYAN FALLECIDO:
Se cubrirá el importe del Seguro Institucional de conformidad con la cláusula octava del Convenio para el servicio, operación y administración del Seguro Institucional para Servidores Públicos Superiores, mandos medios y homólogos de las Fuerzas Armadas Mexicanas, siguiendo las formalidades de la prelación establecido para el SEVIMI.
Al conocer el nombre del o los beneficiarios designados por el militar en la última
designación de beneficiarios, la sección del Seguro Institucional verificará que la
documentación enviada por los interesados acredite su calidad de beneficiarios.
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La sección correspondiente verificará la acreditación del beneficiario designado, mediante
el análisis de la documentación siguiente:
Copia certificada por el registro civil del acta de defunción del militar asegurado o, las
órdenes de baja por presunción de muerte.
Solicitud de pago firmada por el beneficiario o beneficiarios. (anexo 1)
Identificación oficial con fotografía del o de los beneficiarios (credencial de elector o
pasaporte vigente).
Certificado de Último Pago o Certificado de Percepciones y Deducciones desglosado
a la fecha del fallecimiento emitido por la unidad ejecutora de pagos correspondiente.
Documento que acredite el cargo de servidor público, que desempeñaba el militar a la
fecha de su fallecimiento, expedido por la Secretaria de la Defensa Nacional o de
Marina según corresponda.
SI EL O LOS BENEFICIARIOS SON MENORES DE EDAD:
El pago del beneficio se realizará a su tutor natural, el cual podrá ser el padre o la madre
del menor según corresponda, para el efecto la sección correspondiente solicitará la
siguiente documentación:
Solicitud de pago firmada en representación del o de los menores.
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del o los menores.
Identificación oficial con fotografía de los tutores (credencial de elector o pasaporte
vigente).
EN CASO DEL FALLECIMIENTO DE LOS PADRES DEL MENOR O MENORES:
Se pagará el beneficio a la persona que acredite conforme a la Ley, la tutoría legal del
mismo, aspecto que deberá verificar la sección correspondiente mediante el análisis de
los siguientes documentos:
Solicitud de pago firmada en representación del o de los menores.
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del o los menores.
Copia certificada del juicio de tutoría con aceptación y discernimiento del cargo.
Identificación oficial con fotografía del tutor (credencial de elector o pasaporte vigente).
Una vez que la autoridad judicial competente determine el cargo de discernimiento de
tutor o representante legal al interesado, correrá el término de prescripción a partir del
nombramiento del mismo.
SI EL O LOS BENEFICIARIOS NO PUEDEN EJERCER SUS DERECHOS CÍVICOS
(INTERDICTOS):
Se pagará el beneficio a la persona que acredite conforme a la Ley la tutoría legal del
mismo, aspecto que deberá verificar la sección correspondiente mediante el análisis de
los siguientes documentos:
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Solicitud de pago firmada en representación del interdicto.
Copia certificada de la sentencia definitiva dictada dentro del juicio de interdicción con
aceptación, protesta y discernimiento del cargo confirmado, ante autoridad judicial
competente.
Identificación oficial con fotografía del tutor (credencial de elector o pasaporte vigente).
EN CASO QUE EL O LOS BENEFICIARIOS OTORGUEN PODER PARA QUE
SOLICITEN Y COBREN EN SU REPRESENTACIÓN EL SEGURO INSTITUCIONAL:
Copia certificada por el registro civil del acta de defunción del militar fallecido.
Solicitud de pago firmada con la leyenda de que se hace como representante legal del
o los beneficiarios.
Copia certificada del poder notarial en que conste el nombre del poderdante para
gestionar los trámites y cobro del Seguro Institucional.
Identificación oficial con fotografía del apoderado (credencial de elector o pasaporte
vigente).
EN EL CASO DE LOS BENEFICIARIOS QUE FALLEZCAN CON FECHA POSTERIOR
AL FALLECIMIENTO DEL MILITAR:
Antes de cobrar el Seguro Institucional, sus familiares deberán promover juicio de
sucesión in testamentario o testamentario a bienes del beneficiario (de cujus), ante
autoridad judicial competente, aspecto que deberá verificar el dictaminador mediante el
análisis de los siguientes documentos:
Copia certificada por el registro civil del acta de defunción del beneficiario fallecido.
Solicitud de pago firmada del que resulte albacea de los bienes del extinto
beneficiario.
Copia certificada de la resolución del juicio de sucesión in testamentaria, aceptando el
cargo o discernimiento del mismo.
Identificación oficial con fotografía del albacea (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Cuando el beneficio se pague por la cláusula octava del referido convenio, el dictaminador
verificara que los derechohabientes acrediten su personalidad de beneficiarios solicitando
la siguiente documentación:
CÓNYUGE, CONCUBINA O CONCUBINARIO EN CONCURRENCIA CON LOS HIJOS
DEL MILITAR POR PARTES IGUALES:
Solicitudes de pago firmadas.
Copia certificada por el registro civil del acta de matrimonio con fecha posterior al
fallecimiento del militar.
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Identificación oficial con fotografía del o de los beneficiarios acreditados (credencial de
elector o pasaporte vigente).
Copia certificada por el registro civil tomada del libro original de las actas de
nacimiento de los hijos.
Formato de declaración de únicos hijos, cuando los hijos sean menores de edad el
tutor natural padre o madre deberá firmar en su representación. (anexo 2)
Formato de declaración de no descendencia de hijos del militar, mismo que será
llenado por la cónyuge supérstite concubina o concubinario, cuando declaren que no
procrearon hijos. (anexo 3)
MADRE:
Solicitud de pago firmada
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del extinto militar.
PADRE:
Solicitud de pago firmada
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del extinto militar.
HERMANOS:
Solicitud de pago firmada.
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del extinto militar.
Copia certificada por el registro civil del acta de matrimonio de sus padres con fecha
posterior al fallecimiento del militar.
Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento de los hermanos.
Formato de declaración de no descendencia de hijos del militar.
Formato de declaración de únicos hermanos.
Si la persona designada por el militar no ha remitido documentación para el pago del
Seguro Institucional, se le notificara por medio de oficio o telegrama cada 45 días, para
que remita a este Instituto la documentación que acredite la personalidad de beneficiario,
recabando el acuse de recibo de los comunicados, no será necesario el acuse de recibo
cuando se indique por parte del servicio postal mexicano que no se entregó por domicilio
incorrecto, no vive en domicilio, cambio de domicilio o desconocen al remitente o
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cualquier circunstancia. Enviando hasta dos y de no recibir contestación del beneficiario;
el expediente se turnará al archivo.
CAUSAL DEL FALLECIMIENTO POR HOMICIDIO:
Cuando las Secretarias de la Defensa Nacional y Armada de México, notifiquen o
informen a este Instituto que el integrante de la colectividad del Seguro Institucional, se
presuma su fallecimiento por homicidio o cuando el Instituto conozca sobre los hechos
antes mencionados y los beneficiarios designados o aquellos que acrediten su calidad
como tales, resulten implicados en el homicidio, se enviará para su opinión al Director
Jurídico de este Organismo, a efecto de que indique la estrategia legal a seguir para
determinar a quién corresponde el Seguro Institucional.
3.2.3. SEGURO COLECTIVO DE RETIRO.
El Jefe de Departamento recibe la documentación y revisa, procediendo a clasificarla de
conformidad con la prestación solicitada por el usuario, turnando a la sección que
corresponda.
El responsable de la sección revisa y turna a los dictaminadores, que al recibir la solicitud
del beneficio, verifican que la documentación se encuentre completa y que los datos
asentados por el militar o beneficiarios sean los correctos, conforme a las siguientes
causales:
CUANDO SE TRATE DE MILITARES QUE PASAN A SITUACIÓN DE RETIRO:
Solicitud de pago con firma autógrafa (Seguro colectivo de retiro).
Copia de la orden de baja del activo y alta en situación de retiro.
Copia de identificación oficial (credencial de elector o pasaporte vigente)
Copia del Certificado de servicios emitido por la Secretaría de origen.
Certificado de Último Pago C.U.P. (copia simple o certificada).
CUANDO SE TRATE DE MILITARES QUE CAUSEN BAJA POR INCAPACIDAD EN
ACTOS PROPIOS DEL SERVICIO O COMO CONSECUENCIA DE ELLOS:
Solicitud de pago con firma autógrafa (Seguro colectivo de retiro por incapacidad en
actos).
Copia de orden de baja del activo y alta en situación de retiro.
Copia de identificación oficial (credencial de elector o pasaporte vigente)
Copia del Certificado de servicios efectivos emitida por la Secretaría de origen.
Certificado de Último Pago C.U.P. (copia al carbón o certificada).
CUANDO SE TRATE DE LOS BENEFICIARIOS DEL MILITAR EXTINTO:
Solicitud de pago con firma autógrafa (solicitud de Seguro colectivo de retiro por
fallecimiento).
Copia del acta de defunción del militar.
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TRÁMITE PARA EL OTORGAMIENTO DE SEGUROS
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Copia de las órdenes de baja por fallecimiento.
Copia de identificación oficial de los beneficiarios (credencial de elector o pasaporte
vigente).
Copia del Certificado de servicios emitido por la Secretaría de origen.
Certificado de Último Pago C.U.P. (copia al carbón o certificada).
ACREEDORA ALIMENTISTA:
El dictaminador revisa en el Certificado de Último Pago, las deducciones que tenía en el
servicio activo y en caso de tener asentado descuento por pensión alimenticia, deberá
registrar precautoriamente en el sistema de información institucional el porcentaje y el
nombre de la acreedora alimentista.
Cuando se reciban cumplimientos de requerimientos judiciales por pensión alimenticia de
militares que aún se encuentran en el activo, se registrarán en el sistema de información
institucional el porcentaje y el nombre de los acreedores alimentistas, remitiendo dicho
documento al archivo de concentración perteneciente a la Dirección Administrativa
dependiente de la Subdirección de Servicios Generales.
El pago por concepto de pensión alimenticia, se realizará a la persona que acredite este
derecho, una vez que el militar haya solicitado el beneficio acreditando el derecho del
Seguro colectivo de retiro, debiendo considerar el porcentaje solicitado con lo establecido
en el Certificado de Último Pago del militar, presentando los acreedores alimentistas la
siguiente documentación:
Solicitud de pago con firma autógrafa (solicitud por pensión alimenticia del Seguro
colectivo de retiro).
Copia de identificación oficial (credencial de elector o pasaporte vigente o TUIM).
Orden dictada por el juez, en caso de que no la haya presentado el militar.
En virtud de que este beneficio no forma parte de las percepciones mensuales que recibe
el militar, en aquellos casos en que el auto del juez indique que la retención sobre las
percepciones quincenales, mensuales, salariales, cuota fija, etc. Se solicitará la opinión a
la Dirección Jurídica del Instituto.
En caso de existir duda en la orden judicial referente al porcentaje, orden de descuento de
las acreedoras alimentistas etc., se solicitará ante el juez que conoce del juicio de
alimentos, precise por escrito ante este Instituto la información solicitada.
Cuando el militar cuente con más de una pensión alimenticia, el orden de aplicación de
los descuentos se hará de acuerdo a la documentación que obra en el expediente del
militar y a las fechas en que los jueces emitieron las órdenes de descuento.
3.2.4 DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES DEL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO.
Cuando se trate de militares que causen baja definitiva de las Fuerzas Armadas
Mexicanas por haberlo solicitado, por haber cumplido su contrato de servicios, por licencia
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ilimitada y tengan derecho a compensación al momento de la separación del servicio
activo, o por incapacidad en actos fuera del servicio con menos de 20 años de servicios
efectivos, a los beneficiarios de los militares que fallezcan en actos fuera del servicio y
que no hayan cumplido 20 años de servicios efectivos prestados y a los militares que
causen baja del activo por haberse incapacitado en tercera categoría en actos fuera del
servicio y que no hayan cumplido 20 o más años de servicios efectivos prestados;
deberán presentar la siguiente documentación, de acuerdo a las siguientes causales:
MILITARES QUE CAUSARON BAJA DE LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS:
Solicitud de pago con firma autógrafa (devolución de aportaciones al SECORE).
Copia de la orden de baja del activo.
Copia de identificación oficial (credencial de elector o pasaporte vigente).
Copia de Certificado de Último Pago.
BENEFICIARIOS DEL MILITAR EXTINTO:
Solicitud de pago con firma autógrafa (solicitud de devolución de aportaciones de
SECORE por fallecimiento).
Fotocopia de identificación oficial de los beneficiarios (credencial de elector o
pasaporte vigente).
Copia certificada del acta de defunción.
ACREEDORA ALIMENTISTA:
Cuando se reciba la solicitud de la acreedora alimentista, se anexa el dictamen de pago
del militar, cotejando que coincidan los porcentajes asentados en el Certificado de Último
Pago y en la orden emitida por el Juez que conoce del juicio de alimentos; capturando en
el Sistema de Información los datos de los acreedores alimentistas que serán: nombre,
domicilio, porcentaje de pensión alimenticia y radicación de pago, elaborando dictamen
con el porcentaje correspondiente.
3.3 EJECUCIÓN DEL TRÁMITE
GENERALIDADES
Una vez recibida la documentación completa y correcta en la Subdirección de Seguros y
Trámite de Prestaciones, el trámite se realizará de conformidad a los tiempos establecidos
en la Ley del ISSFAM.
Cuando sea autorizado un incremento en los haberes de las Fuerzas Armadas
Mexicanas, las diferencias serán pagadas en caso de ser procedentes, a solicitud expresa
del militar o beneficiario y prescribirán de conformidad a lo estipulado en la Ley del
ISSFAM.
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En los casos de diferencias en las sumas aseguradas de los beneficios tramitados, el
militar o el beneficiario solicitarán por escrito al Instituto las diferencias y no requerirá
acompañar documentación adicional.
Cuando esté ausente en forma temporal un servidor público al que le corresponda rubricar
de revisado los dictámenes de los diferentes trámites de prestaciones, éstos serán
avalados con la rúbrica o firma de un servidor público superior; salvo en lo que señala el
Estatuto Orgánico del ISSFAM, para el caso de suplencias en ausencias temporales de
los Directores.
Si se advierte error en el nombre de los beneficiarios o en el del militar extinto, en las
constancias del registro civil, el dictaminador deberá informar al Jefe de Departamento, a
fin de que previa consulta con la Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones, se
determine si procede que los interesados hagan la rectificación de acta o bien si se puede
entroncar la filiación con las demás documentales que obren en el expediente, en
aplicación a los principios de economía, celeridad, eficacia, legalidad y buena fe que debe
regir el procedimiento administrativo de acuerdo al artículo 13 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
Para agilizar el trámite de pago del Seguro Institucional y evitar gastos excesivos a los
beneficiarios, la Dirección de Prestaciones Económicas, podrá tramitar el beneficio
utilizando copias fotostáticas de los documentos originales entregados, señalando en las
copias el área administrativa en las que se encuentran los documentos, previa
verificación.
DE LA HONORABLE JUNTA DIRECTIVA
La Honorable Junta Directiva celebrará por lo menos dos sesiones al mes y cuantas sean
necesarias para la debida marcha del Instituto, actuará válidamente con la concurrencia
de seis de sus miembros y dentro de sus atribuciones está dictar los acuerdos necesarios
para satisfacer las prestaciones establecidas por la Ley del ISSFAM, así mismo la
Subdirección General de este Organismo será la encargada de informar el calendario de
sesiones, a fin de que la Dirección de Prestaciones Económicas realice el estudio de los
antecedentes y formule dictámenes sobre la procedencia y monto de las prestaciones
relativas a los seguros.
Seguro de Vida Militar.
Seguro Institucional.
Seguro Colectivo de Retiro.
Devolución de Aportaciones al fondo del Seguro Colectivo de Retiro.
Mismos que serán firmados por el Director de Área, quien deberá informar de manera
mensual a la Honorable Junta Directiva, la situación del pago de las prestaciones relativas
a Seguros.
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3.3.1 SEGURO DE VIDA MILITAR Y SEGURO INSTITUCIONAL
El jefe del Departamento de Trámite de Seguro de Vida Militar y Seguro Institucional
recibe la solicitud con la documentación correspondiente y revisa, acuerda y turna a la
sección correspondiente según sea el caso:
Seguro de Vida Militar.
Seguro Institucional.
Cuando se tenga conocimiento del fallecimiento de militares que desempeñen cargos de
servidores públicos superiores, mandos medios y homólogos, ya sea por haberse recibido
las órdenes de baja por defunción o de informes proporcionados por los deudos, solicitará
a la Secretaria de Origen que remita la última designación de beneficiarios del Seguro
Institucional, así como el nivel de servidor público que ostento el militar extinto, para estar
en posibilidad de comunicar a los beneficiarios la designación hecha a su favor, a fin de
que inicien el trámite correspondiente.
El Seguro Institucional prescribe en dos años para los beneficiarios designados por el
asegurado y en tres años para los beneficiarios no designados previstos en la prelación
señalada en la cláusula octava del convenio para el servicio, operación y administración
del Seguro Institucional para servidores públicos superiores, mandos medios y homólogos
de las Fuerzas Armadas Mexicanas; tratándose de fallecimiento se computará a partir de
tal suceso y por desaparición comprobada, se contará a partir de la fecha en que se
emitan las órdenes de baja.
Cuando los beneficiarios sean menores de edad, prescribe a partir de que las o los
menores cumplan la mayoría de edad o que el Juez nombre un tutor legal definitivo en
caso de que ambos padres hayan fallecido.
DETERMINACIÓN DEL MONTO DEL BENEFICIO DEL SEGURO DE VIDA MILITAR
Una vez capturados los datos de los beneficiarios designados o acreditados se determina
la suma asegurada, de conformidad a los artículos 63, 64 y 65 de la Ley que rige a este
Organismo.
DETERMINACIÓN DEL MONTO DEL BENEFICIO DEL SEGURO INSTITUCIONAL
Una vez capturados los datos de los beneficiarios designados o acreditados se determina
la suma asegurada, de conformidad con lo siguiente:
La suma asegurada será el equivalente a 40 (cuarenta) meses de la compensación
garantizada bruta que perciba el servidor público de mando al momento de ocurrir el
fallecimiento.
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3.3.2 SEGURO COLECTIVO DE RETIRO Y DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES DEL
SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
En los trámites del SECORE para el cálculo del tiempo de servicios efectivo, se deberá
hacer la siguiente operación: al año, mes y día en que causó baja el Militar de la
Secretaría de Origen, se le restan el año, mes y día en que causó alta en el activo,
considerando las deducciones por procesos. Si es el caso esta operación aritmética arroja
años, meses y días efectivos de servicio, tiempo en el que el Militar realizó aportaciones al
SECORE, en los casos de los días, si se computan fracciones menores a los 15, no serán
cubiertas y de 15 a 29 únicamente se cubrirán 15 días.
Se solicita al Departamento de Trámite de SEVIMI, la designación de beneficiarios
realizada por el Militar en su última hoja de trabajo, el dictaminador analiza y determina
cuales son los porcentajes asignados a cada uno, verifica que la documentación enviada
acredite la calidad de beneficiario, de conformidad con la situación del militar al momento
del fallecimiento.
Si el militar no designó a algún beneficiario o estos hayan fallecido, se cubrirá el beneficio
del Seguro Colectivo de Retiro de conformidad con el artículo 77 de la Ley que rige a este
Organismo (por prelación).
Los beneficiarios que resulten conforme a la prelación, deberán acreditar su personalidad
y parentesco con documentos originales, requisitando para el efecto el formato de
acreditación de beneficiarios en la Subdirección de Prestaciones Sociales de este Instituto
o en la Región, Zona Militar o Naval más cercana a su domicilio, remitiendo el documento
debidamente Certificado con la firma del Subjefe de Estado Mayor o Delegado Foráneo
de seguridad social militar o naval que corresponda, debiendo enviar la información antes
señalada y original de la documentación comprobatoria, o remitir vía correo o paquetería
la documentación señalada al ISSFAM-Dirección de Prestaciones Económicas.
En el caso de que alguno de los beneficiarios sea menor de edad, el pago del beneficio se
tramitará a su representante legal, el cual podrá ser el padre o la madre del menor.
Si por algún motivo, los padres no pueden hacer valer los derechos del menor, se pagará
el beneficio a la persona que acredite conforme a la Ley, la tutoría legal del mismo.
DETERMINACIÓN DEL MONTO DEL BENEFICIO DEL SEGURO COLECTIVO DE
RETIRO
Para calcular el monto del beneficio, sumará el haber y sobre haber mensual mínimo
vigente a que tenga derecho el militar conforme al grado que ostentó en el servicio activo,
multiplicado por el factor que corresponda de conformidad con los años de servicios
efectivos que haya prestado al momento de producirse la baja del activo y alta en
situación de retiro.
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Una vez capturados los datos de los beneficiarios designados se determina la suma
asegurada, de conformidad a los artículos 85, 86, 87, 89 y 90 de la Ley que rige a este
Organismo.
En caso de que el militar este sujeto a descuento de pensión alimenticia asentada en la
solicitud de pago y el Certificado de Último Pago, y en su caso en Resolución Judicial, se
retendrá el porcentaje de la pensión alimenticia establecida del total del beneficio, dejando
pendiente la parte de la acreedora alimentista para cuando ésta lo solicite y acrediten
fehacientemente su derecho.
DETERMINACIÓN DEL MONTO DEL BENEFICIO DE LA DEVOLUCIÓN DE
APORTACIONES DEL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
Se devolverá las aportaciones que efectivamente hubiera realizado el militar, desde la
entrada en vigor del presente Seguro (septiembre 1995), más 20% de lo aportado.
Los militares que hayan causado baja definitiva de las Fuerzas Armadas Mexicanas por
mala conducta o por efectos de sentencia ejecutoria que determine dicha baja o la
destitución del empleo militar, le serán devueltos únicamente la cantidad que por concepto
de sus aportaciones hayan realizado, sin agregar el 20%. Quedan excluidos de la
devolución de aportaciones, los militares que causen baja definitiva de las fuerzas
armadas mexicanas, por haber permanecido prófugos de la justicia militar, con base al
artículo 91 de la Ley del ISSFAM.
Los militares que se incapaciten en actos dentro del servicio o como consecuencia de
ellos, en primera o segunda categoría, así como los beneficiarios de los militares que
fallezcan en actos del servicio o como consecuencia de ellos, se les cubrirá como suma
asegurada el equivalente a 50 meses del haber y sobre haber mínimo vigente de su
grado, independientemente de los años efectivos de servicios prestados, en el concepto
de que la circunstancia de fallecimiento en actos del servicio, deberá ser debidamente
acreditada con los documentos que para el efecto emite la Dirección General de Justicia
Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional o la Dirección General Adjunta de
Seguridad y Bienestar Social de la Secretaría de Marina.
En caso de que el militar este sujeto a descuento por pensión alimenticia asentada en la
solicitud de pago y en el Certificado de Último Pago, se retendrá el porcentaje de la
pensión alimenticia establecida del total del beneficio y en su caso en Resolución Judicial,
dejando pendiente la parte de la acreedora alimentista para cuando ésta lo solicite y
acredite fehacientemente su derecho.
REPRESENTANTES DIPLOMÁTICOS EN EL EXTRANJERO
Los Militares designados por la Secretaría de la Defensa Nacional o la Secretaría de
Marina, para desempeñar funciones en materia militar en el extranjero, mismos que están
bajo la autoridad del embajador del país donde se encuentren, podrán, de forma
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voluntaria, realizar sus aportaciones al SECORE por el periodo de su comisión, bajo los
siguientes esquemas de pago:
Pago por caja.- El militar con su oficio de comisión acude a la Dirección de
Prestaciones Económicas para conocer el monto a pagar durante el periodo de su
comisión, a fin de acudir a la Dirección de Finanzas donde se elabora el recibo que
podrá ser semestral, anual o por la totalidad del periodo, pagando directamente en las
cajas de este Instituto.
Domiciliación.- El militar con su oficio de comisión acude a la Dirección de
Prestaciones Económicas para conocer el monto a pagar durante el periodo de su
comisión, acude a la Dirección de Tecnologías de Información, Planeación y
Comunicación Social para firmar la autorización de la domiciliación del pago de
manera electrónica en su tarjeta de débito que expide Banjercito.
3.4 ELABORACIÓN DE DICTÁMENES.
3.4.1 SEGURO DE VIDA MILITAR Y SEGURO INSTITUCIONAL.
El dictaminador recibe la documentación correspondiente a la sección, revisa los datos del
militar y los captura en el sistema de información institucional, en un plazo máximo de 3
días solicita copia certificada de la última designación de beneficiarios hoja de trabajo a la
Dirección General de Seguridad Social Militar o su equivalente en la Armada y a la
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud de este Instituto. Asimismo, verifica en el
expediente del militar, si existe una última designación y en caso de que así sea obtiene
una copia de la misma para su análisis posterior.
Para el caso del Seguro de Vida Militar, al recibir las designaciones de beneficiarios o la
última hoja de trabajo que exista en original, en el expediente del militar, el dictaminador
analiza y determina quienes son los últimos beneficiarios designados y porcentajes
asignados a cada uno; verifica los datos contenidos en las mismas, además que la última
designación reúna los requerimientos estipulados en el artículo 73 de la Ley del Instituto
de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
Si el militar no designó a algún beneficiario o estos hayan fallecido, se cubrirá por
prelación el importe del Seguro de Vida Militar de conformidad con el artículo 77 de la Ley
que rige a este Organismo.
Para el Seguro Institucional el dictaminador recibe la documentación revisa los datos del
militar y la última designación de beneficiarios, procediendo a capturar la información en el
SII relativa al militar y beneficiarios. Cuando se tenga conocimiento del fallecimiento de
militares que desempeñen cargos de servidores públicos superiores, mandos medios y
homólogos, ya sea por haberse recibido las órdenes de baja por defunción o de informes
proporcionados por los deudos, Unidades y Dependencias del Ejército Fuerza Aérea y
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Armada de México, se enviará notificación a los beneficiarios designados, para que inicien
el trámite correspondiente.
Con base a la última designación de beneficiarios, la Sección del Seguro Institucional
analiza y determina quienes son los beneficiarios designados y porcentajes asignados a
cada uno de ellos; verificando que reúnan los requerimientos estipulados en la cláusula
novena del convenio para el servicio, operación y administración del Seguro Institucional
para servidores públicos superiores, mandos medios y homólogos de las Fuerzas
Armadas Mexicanas.
3.4.2 SEGURO COLECTIVO DE RETIRO Y DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES AL
SEGURO COLECTIVO DE RETIRO.
El dictaminador deberá realizar un minucioso análisis de la documentación que acompaña
a la solicitud con el fin de compenetrarse de la situación del militar.
Inicialmente analiza el Certificado de servicios, y considera los años de servicios efectivos
que prestó el militar a las Fuerzas Armadas Mexicanas, asimismo analizará el resto de la
documentación.
Si el interesado estuvo sujeto a proceso o licencia sin goce de haberes después de haber
entregado en vigor el acuerdo del SECORE (septiembre 1995), consulta en el sistema de
información institucional, sí durante el periodo del proceso, cubrió las primas
correspondientes, en caso positivo, deberá considerarse como tiempo efectivo de
servicios para efectos de este beneficio, en el caso contrario, se descontará el tiempo del
proceso efectivo de servicios.
Cuando se reciba la solicitud de la acreedora alimentista, se anexa el dictamen de pago
del militar, cotejando que coincidan los porcentajes asentados en el Certificado de Último
Pago y en la orden emitida por el Juez que conoce del juicio de alimentos; capturando en
el sistema de información institucional los datos de la acreedora alimentista que serán:
nombre, porcentaje de pensión alimenticia y radicación de pago, elaborando dictamen por
el porcentaje correspondiente.
Los militares que se incapaciten en actos dentro del servicio o como consecuencia de
ellos, en primera o segunda categoría, así como los beneficiarios de los militares que
fallezcan en actos del servicio o como consecuencia de ellos, se les cubrirá como suma
asegurada el equivalente a 50 meses del haber y sobre haber mínimo vigente de su
grado, independientemente de los años efectivos de servicios prestados, en el concepto
de que la circunstancia de fallecimiento en actos del servicio, deberá ser debidamente
acreditada con los documentos que para el efecto emita la Dirección General de Justicia
Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional o la Dirección General Adjunta de
Seguridad Social Naval de la Secretaría de Marina.
En el caso de que los militares que se incapaciten en actos dentro del servicio o como
consecuencia de ellos en tercera categoría y cuenten con menos de 20 años efectivos de
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servicios, se les cubrirá como suma asegurada el equivalente a dieciséis meses del haber
y sobre haber mínimo vigente del grado que ostentan en el servicio activo.
3.5 INCONFORMIDADES
Cuando se presente una inconformidad con el pago de cualquier Seguro, se atenderá a
los interesados, analizando los motivos de la inconformidad y dando una respuesta
fundamentada conforme a derecho, de ser necesario un análisis más específico se
turnará el asunto a la Dirección Jurídica para la opinión correspondiente.
3.6 NOTIFICACIONES
Una vez que el dictamen de pago sea proporcionado a la Dirección de Finanzas se
elabora Comunicación (Oficios) notificando al beneficiario que el pago del Seguro de Vida
Militar fue autorizado, así mismo se le informa el lugar de radicación de pago del
beneficio.
Se envía la comunicación de pago a través de la Oficialía de Partes dependiente de la
Dirección Administrativa, para que dicha Área recabe el acuse de recibo respectivo y lo
envíe al expediente administrativo del militar (no será necesario el acuse cuando se
compruebe por sistema que ya fue cobrado el beneficio).
3.7 RADICACIÓN DE PAGO
Una vez asentada la suma asegurada en el SII, el dictaminador procede a radicar el pago
del beneficio en forma local situado en BANJERCITO plaza SEDENA o foránea mediante
la generación del pago electrónico S.I.T. (Sistema Integral de Tesorería), “D.I.E.”
(Dispersión Empresarial) a través del BBVA, Bancomer u “OPR” (Órdenes de Pago
Referenciadas) de Banamex; que el beneficiario asentó en la solicitud de pago. Cuando el
beneficiario no haya manifestado en la solicitud radicación de pago el dictaminador
radicará el pago mediante las modalidades de pago electrónico antes citadas cuando
estos radiquen en provincia y local cuando estos radiquen en esta plaza o área
metropolitana.
Las transferencias electrónicas correspondientes al pago del beneficio, permanecerán en
las sucursales del BBVA Bancomer y Banamex, durante un periodo máximo de 3 meses,
por lo que si el interesado no se presenta a reclamar su beneficio, la transferencia
electrónica será vencida y cancelada, por lo que el interesado o los beneficiarios
designados o acreditados deberán solicitar la reexpedición a la Dirección de Finanzas,
Subdirección de Tesorería elabore reexpedición de pago, por no haberse presentado en
tiempo y lugar para su cobro.
Cuando el militar o beneficiario de una prestación requiera la reexpedición de pago la
solicitará a la Dirección de Finanzas en los siguientes casos:
Endoso incorrecto.
Ruptura, enmendadura, etc.
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Cambio de registro de firmas autorizadas y las demás que se señalan en la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Cambio de radicación de pago.
y/o vigencia de pago.
La Dirección de Prestaciones Económicas solicitará el trámite de reexpedición a la
Subdirección de Tesorería de la Dirección de Finanzas por las siguientes razones:
Error en la captura de los datos del beneficiario.
Error en el cálculo del pago del beneficiario.
Cambio del nombre del beneficiario.
Por pensión alimenticia.
Por requerirlo a nombre de un representante legal.
3.8 ELABORACIÓN DE CONCILIACIONES
Al término de cada mes se elaboran conciliaciones de los trámites realizados por el
Departamento de Tramite del Seguro de Vida Militar con la Dirección de Finanzas
Subdirección de Contabilidad, Departamentos de Contabilidad y Presupuesto, estas se
llevarán a cabo en los primeros diez días de principio de mes, con la salvedad que si
existe carga de trabajo entre los Departamentos o por causas de fuerza mayor, se
extenderá la elaboración de las conciliaciones, cuando se detecte alguna diferencia se
anotarán en las conciliaciones y se comentarán con los Jefes de Departamento,
realizándose los ajustes convenientes.
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4. MAPA A NIVEL 1 PEPSU
ACTIVIDAD PROVEEDOR ENTRADA PROCESO SALIDA USUARIO
SEVIMI y SEIN.
Beneficiario o acreedora alimentista.
Solicitud (F3DPE para SEVIMI y F4DPE para SEIN) Documental diversa para acreditar el derecho al pago de la prestación.
Revisión y validación de información comprobatoria. Elabora oficio a Secretaría de Origen, solicitando “última designación de beneficiarios u hoja de trabajo” para el caso de SEVIMI y “cargo de servidor público de mando” para el caso de SEIN.
Oficio Pago.
Secretaría de origen. Beneficiario o acreedora alimentista.
Secretaría de Origen.
Última designación de beneficiarios, hoja de trabajo y cargo de servidor público de mando; según sea el caso.
Revisa e integra documental en expediente. Captura de datos en el Sistema de Información Institucional para cálculo de beneficio y radicación de pago. Elabora dictamen determinando monto a pagar. Remite listado de dictámenes a la Dirección de Finanzas para elaborar relación de pago. Notifica a los beneficiarios designados, indicando radicación de pago.
Pago. Notificación.
Beneficiario o acreedora alimentista.
SECORE y Devolución de aportaciones del SECORE.
Peticionario (Militar beneficiario o acreedora alimentista).
Solicitud (F3DPE). Documentación diversa para acreditar el derecho al pago de la prestación.
Revisión y validación de información comprobatoria. Captura de datos en el Sistema de Información Institucional para cálculo de beneficio y radicación de pago. Elabora dictamen determinando monto a pagar. Remite listado de dictámenes a la Dirección de Finanzas para elaborar relación de pago. Elabora informe a la Honorable Junta Directiva con el número de casos y montos otorgados en el mes inmediato anterior.
Pago.
Peticionario (Militar beneficiario o acreedora alimentista).
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5. MAPA GENERAL DEL PROCESO
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5.1 SUBPROCESO DE TRÁMITE PARA OTORGAR EL SEGURO DE VIDA MILITAR
5.1.1 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
Sección de entrada de la Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones
1
Recibe solicitud de pago del beneficiario por Oficialía de Partes o Subdirección de Prestaciones Sociales y documentación anexa con relación, clasifica y turna.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Relación.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
2
Recibe, revisa, acuerda y turna documentación. La relación de Oficialía de Partes se devuelve a la Sección de Entrada y archiva.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Relación.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Registro)
3 Recibe solicitud, revisa, registra en base de datos en SII y turna.
Solicitud. Documentación comprobatoria.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas)
4
Elabora oficio y cédula de préstamo para solicitar o abrir expediente del militar al archivo de la Dirección Administrativa y turna. Archiva temporalmente la solicitud y la documentación hasta recibir expediente.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Oficio con Cédula de préstamo.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
5 Recibe, revisa, firma y devuelve. Oficio con Cédula de préstamo.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas) 6
Recibe, entrega cédula de préstamo y oficio al archivo de prestaciones de la Dirección Administrativa. Archiva acuse de oficio.
La relación se incluye sólo cuando son militares en activo; con militares en situación de retiro no se elabora relación.
Oficio con Cédula de préstamo.
7
Recibe expediente, revisa datos del militar y captura en el SII la información necesaria; asimismo, fotocopia la documentación que le permite verificar los datos del Militar y la existencia de la última designación.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Expediente.
8
Elabora oficio dirigido a la Secretaría de Origen con copia a la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud solicitando copia de la última designación de beneficiarios u hoja de trabajo del militar, a fin de continuar el trámite y turna.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Expediente. Oficio.
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TRÁMITE PARA EL OTORGAMIENTO DE SEGUROS
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
Militares fallecidos en servicio activo: además de lo anterior también se solicita CUP y oficio de baja.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
9 Recibe, revisa, rubrica, turna para firma de Subdirector de Área y devuelve.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Expediente. Oficio.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas)
10
Recibe oficio firmado y remite a Secretaría de Origen a través de Oficialía de Partes. Archiva acuse y archiva temporalmente documentación hasta recibir lo solicitado.
Original: Secretaría de Origen. Copia: Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud. Copia: Acuse para el Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Expediente. Oficio.
Sección de Entrada de la Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones
11
Recibe mediante relación de Oficialía de Partes la contestación de la Secretaría de Origen, informando y anexando la última designación de beneficiarios elaborada por el militar y turna.
Relación. Última designación de beneficiarios.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
12 Recibe, acuerda y turna. La relación de Oficialía de Partes se devuelve a la Sección de Entrada y archiva.
Relación. Última designación de beneficiarios.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Registro)
13
Recibe la última designación de beneficiarios existente en la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud, revisa y registra en base de datos en SII y turna.
Última designación de beneficiarios.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas) 14
Revisa e integra documentación en expediente.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Última designación de beneficiarios. Expediente.
¿ESTA COMPLETA?
NO
15
Elabora recordatorios o solicitudes de rectificaciones o ratificaciones y turna.
Expediente (integrado). Recordatorio.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
16
Recibe, revisa, rubrica, turna para firma de Subdirector de Área y devuelve para la entrega del recordatorio correspondiente.
Expediente (integrado). Recordatorio.
SI
17 Devuelve a Sección de Registro.
Expediente (integrado).
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Registro)
18 Recibe, registra en base de datos en SII a que dictaminador será turnado el trámite.
Expediente (integrado).
Dictaminador
19
Recibe última designación de beneficiarios, integra al expediente junto con solicitud y documentación comprobatoria, verifica y analiza documentación.
Expediente (integrado).
¿EL SOLICITANTE ES EL DESIGNADO?
NO
20
Elabora oficio de notificación, informando que de acuerdo a la última designación de beneficiarios no es el acreditado por el militar. Adicionalmente se elaborará oficio a el designado al último domicilio que se encuentra en la hoja de trabajo; solicitando la documentación necesaria.
Oficio. Expediente (integrado).
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
21 Recibe, revisa, rubrica y turna para firma de Subdirector de Área y devuelve.
Oficio. Expediente (integrado).
Dictaminador
22
Recibe y turna. Archiva temporalmente expediente.
Original: Solicitante. Copia: Acuse.
Oficio. Expediente (integrado).
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Apoyo Administrativo)
23 Recibe, relaciona y ensobreta para remitir a través de Oficialía de Partes, sella y devuelve acuse.
Oficio.
Dictaminador 24
Recibe y archiva en expediente. Archiva temporalmente expediente hasta recibir solicitud y documentos del designado.
Oficio.
SI
25
Elabora formato solicitando a la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud que capturen datos del beneficiario (nombre, domicilio, fecha de fallecimiento, matrícula, fecha de baja y turna.).
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
26 Recibe, revisa, firma y turna para firma del Subdirector de Área y devuelve.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
Dictaminador
27 Recibe y turna formato a la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud. Archiva acuse.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
28 Verifica captura.
Expediente (integrado).
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
¿SE REALIZÓ LA CAPTURA DE DATOS EN SII? NO
29 Se envía recordatorio y da seguimiento.
Expediente (integrado).
SI
30
Elabora dictamen y notificación de cobro dirigido a los beneficiarios designados mediante el SII y turna con expediente.
En caso de que la notificación que genera el SII sea errónea, se procede a elaborarla manualmente (telegrama).
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
31
Recibe dictamen de pago y notificación de cobro y los revisa contra la documentación del expediente del militar para comprobar y acreditar la calidad como beneficiario designado o acreditado y los montos determinados.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
¿EL DICTAMEN ES CORRECTO? NO
32 Devuelve para corrección correspondiente. Conecta con actividad 30.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
SI
33
Turna expediente para rubrica del Subdirector de Área y este último a su vez turna al Director de Área para firma del dictamen y devuelve.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
Dictaminador 34
Recibe, clasifica por tipo de Seguro y radicación de pago.
Tipos de Seguro: Retirados, activos, potestativos, incapacidades y diferencias. Tipos de Radicación de Pago: Local y Foráneo, SIT, DIE u OPR, Transferencia Electrónica.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
35
Elabora e imprime relación de dictámenes a la Dirección de Finanzas, para la elaboración de
Expediente (integrado).
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO cheque y turna para firma. Archiva temporalmente documentación hasta recibir relación firmada.
Asimismo se elabora informe a la Honorable Junta Directiva con el número de casos y montos otorgados en el mes inmediato anterior.
Dictamen. Notificación de cobro. Relación.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
36 Recibe, rubrica y turna relación a Subdirector de Área para firma y devuelve.
Relación.
Dictaminador
37
Recibe, entrega a la Dirección de Finanzas, sella acuse de relación y archiva en carpeta correspondiente. Archiva temporalmente expediente y notificación.
Fotocopia relación: acuse.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro. Relación.
Dirección de Finanzas.
38
Aplica subproceso de Pago de Prestaciones generando póliza y el pago a través de las modalidades de transferencias electrónicas, cheque, OPR, SIT ó DIE.
Dictamen. Relación.
Dictaminador. 39
Remite oficio, telegrama o radiograma de notificación a los beneficiarios designados o acreditados, indicando radicación de pago. Archiva acuse del oficio de notificación de cobro en carpeta correspondiente.
En el oficio se solicita que se comuniquen a la Subdirección de Prestaciones Sociales (CASMR) para asignación de claves de cobro.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
40 Elabora relación de expedientes y turna.
Expediente (integrado). Dictamen.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Apoyo Administrativo)
41 Recibe, organiza, relaciona y entrega al archivo de la Dirección Administrativa.
Expediente (integrado). Dictamen.
FIN DEL SUBPROCESO
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5.1.2 DIAGRAMA DE FLUJO (NIVEL 0, DIAGRAMA DE CONTEXTO).
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5.1.3 RELACIÓN DE INSUMOS
Copia certificada del acta de defunción del militar.
Solicitud de pago firmada del o de los beneficiarios.
Identificación oficial con fotografía del o de los beneficiarios (credencial de elector o pasaporte vigente).
Adicionalmente, se entregará documentación complementaria, dependiendo el tipo de beneficiario conforme a las Reglas del Proceso descritas en el presente Manual:
Causal del beneficio:
Militar fallecido en activo.
Militar fallecido en situación de retiro.
Militar fallecido, acogido al Seguro de Vida Militar Potestativo.
Militar por incapacidad clasificada en primera o segunda categoría, en actos del servicio o como consecuencia de ellos.
Tipo de beneficiario:
Beneficiario designado por el militar.
Militar por incapacidad.
Cónyuge, concubina o concubinario en concurrencia con los hijos del militar por partes iguales.
Beneficiarios menores de edad o Hijos mayores de edad en estado de interdicto.
Madre.
Padre.
Hermanos.
5.1.4 ROLES
Dirección de Prestaciones Económicas.
Autorizador del trámite y dueño del proceso.
Subdir. de Trámite de Seguros y Trámite de Prestaciones.
Supervisor del trámite.
Jefa del Depto. de Trámite del Seguro de Vida Militar y Seguro Institucional.
Verificador y Revisor del trámite.
Dirección Administrativa (Oficialía de Partes y Archivo).
Recepción de documentación relacionada al proceso y préstamo de expediente.
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud (Subdirección de Prestaciones Sociales).
Recepción de documentación relacionada al proceso.
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud (Subdirección de Vigencia de Derechos y Trabajo Social)
Actualización y corrección de datos en el Sistema de Información Institucional (SII).
Dirección de Finanzas. Aplicación del Subproceso de Pago de Prestaciones (Generación de póliza y pago).
5.1.5 RELACIÓN DE PRODUCTOS
Póliza cheque (pago).
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5.2 SUBPROCESO DE TRÁMITE PARA OTORGAR EL SEGURO INSTITUCIONAL
5.2.1 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO Sección de entrada de la Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones
1
Recibe solicitud de pago del beneficiario por Oficialía de Partes o Subdirección de Prestaciones Sociales y documentación anexa con relación, clasifica y turna.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Relación.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
2
Recibe, revisa y acuerda documentación recibida y turna. La relación de Oficialía de Partes se devuelve a la Sección de Entrada y archiva.
Solicitud. Documentación comprobatoria. Relación.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Registro)
3 Recibe solicitud, revisa, registra en base de datos en SII y turna.
Solicitud. Documentación comprobatoria.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas)
4
Busca en el archivo del Departamento del Seguro de Vida Militar y Seguro Institucional, la última designación de beneficiarios del militar y anexa al expediente junto con solicitud y documentación comprobatoria.
Solicitud. Documentación comprobatoria.
¿SE ENCUENTRA LA INFORMACIÓN? NO
5
Elabora oficio solicitando designación de beneficiario del Seguro institucional a la Secretaría de Origen y turna.
Expediente (integrado). Oficio.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
6
Recibe, revisa, rubrica y turna para firma de Subdirector de Área y devuelve.
Expediente (integrado). Oficio.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas)
7
Recibe y turna a través de Oficialía de Partes. Archiva acuse.
Oficio (original): Secretaría de Origen. Copia: Acuse.
Expediente (integrado). Oficio.
SI
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
8
Elabora oficio solicitando el cargo de servidor público de mando a la Secretaría de Origen y turna. Archiva temporalmente expediente hasta recibir respuesta de la Secretará de Origen.
Expediente (integrado). Oficio.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN.
9 Recibe, revisa, rubrica y turna a Subdirector de Área para firma y devuelve.
Oficio.
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas)
10
Recibe y turna a través de Oficialía de Partes. Archiva acuse de oficio.
Oficio (original): Secretaría de Origen. Copia: Acuse.
Oficio.
Sección de entrada de la Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones
11
Recibe oficio de contestación por medio de Oficialía de Partes, informando si el militar tiene o no cargo de servidor público de mando y turna.
Oficio (Secretaría de Origen) Expediente (integrado).
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
12 Recibe, revisa y acuerda oficio de contestación informando si el militar tiene o no cargo de servidor público de mando y turna.
Oficio (Secretaría de Origen) Expediente (integrado).
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Registro)
13 Recibe, registra en base de datos de SII y turna.
Oficio (Secretaría de Origen) Expediente (integrado).
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Aperturas)
14 Recibe, revisa e integra oficio al expediente.
Oficio (Secretaría de Origen) Expediente (integrado).
¿TIENE CARGO DE SERVIDOR PÚBLICO DE MANDO? NO
15
Turna a Dictaminador para elaborar oficio de negativa y turna.
Expediente (integrado).
Dictaminador 16 Elabora oficio de negativa y turna. Oficio (negativa). Expediente (integrado).
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN.
17 Recibe, revisa, rubrica y turna a Subdirector de Área para firma y devuelve.
Oficio (negativa). Expediente (integrado).
Dictaminador 18 Recibe y turna. Archiva expediente. Oficio (negativa). Expediente (integrado).
Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de
19 Recibe, relaciona, ensobreta y turna a través de Oficialía de Partes y devuelve acuse de oficio.
Oficio (negativa).
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO Apoyo Administrativo)
Oficio (original): Secretaría de Origen. Copia: Acuse.
Dictaminador 20 Recibe y archiva acuse en expediente. Oficio (negativa).
SI
21
Elabora formato solicitando a la Dirección de Prestaciones Sociales y de salud que capturen datos del beneficiario (nombre, domicilio, matricula, fecha de baja y turna.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
22 Recibe, revisa, firma y turna para firma del Subdirector de Área y devuelve.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
Dictaminador
23 Recibe y turna formato a la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud. Archiva acuse.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
24 Verifica captura.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
¿SE REALIZÓ LA CAPTURA DE DATOS EN SII?
NO
25 Se envía recordatorio y da seguimiento.
SI
26
Revisa datos del militar en su expediente y complementa captura de dictamen en el SII.
Expediente (integrado).
27
Elabora dictamen del Seguro Institucional y notificación de cobro a los beneficiarios designados mediante el SII.
En caso de que la notificación que genera el SII sea errónea, se procede a elaborarla manualmente (telegrama).
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
28 Turna expediente del militar conteniendo, dictamen de pago y notificación de cobro.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
Jefe de Departamento de Trámite de SEVIMI y SEIN
29
Recibe dictamen de pago y notificación de cobro y los revisa contra la documentación del expediente del militar para comprobar su calidad como beneficiario.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
¿ES CORRECTO?
NO
30 Devuelve expediente del militar conteniendo, dictamen de pago y notificación de cobro para su corrección. Conecta con actividad 23.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
SI
31
Firma y turna expediente conteniendo, dictamen de pago del Seguro Institucional y notificación de cobro para firma del Director de Área y devuelve.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
Dictaminador 32 Recibe, revisa, clasifica el dictamen por radicación de pagos y autoriza en el SII los dictámenes de pago.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
33
Elabora e imprime relación de dictámenes para remitir a la Dirección de Finanzas y turna. Archiva temporalmente.
Asimismo se elabora informe a la Honorable Junta Directiva con el número de casos y montos otorgados en el mes inmediato anterior.
Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro. Relación.
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34 Recibe, rubrica y turna a Subdirector de Área para firma y devuelve.
Relación.
Dictaminador 35
Recibe relación e incorpora los dictámenes que se enuncian en la misma y remite a la Dirección de Finanzas. Archiva acuse e integra copia del dictamen en expediente del militar y archiva relación en carpeta correspondiente. Archiva temporalmente expediente y notificación.
Relación (original): Finanzas. Copia: Acuse.
Relación. Expediente (integrado). Dictamen. Notificación de cobro.
Dirección de Finanzas.
36 Aplica subproceso de Pago de Prestaciones generando póliza y el pago a través de las modalidades de SIT ó DIE, OPR y cheque.
Dictamen. Relación.
Dictaminador 37 Notifica al o los beneficiarios designados mediante oficio, telegrama o radiograma. Archiva acuse de notificación.
Expediente (integrado). Notificación de cobro.
38
Verifica en el SII si la prestación ya fue cobrada.
Expediente (integrado).
39
Elabora relación para enviar el expediente al archivo que proceda y turna.
Expediente (integrado). Relación.
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO Departamento de Trámite del SEVIMI y SEIN (Sección de Apoyo Administrativo)
40 Recibe, relaciona, ensobreta y turna al Departamento de Archivo perteneciente a la Dirección Administrativa.
Expediente (integrado). Relación.
41
Entrega relación y expediente al Departamento de Archivo perteneciente a la Dirección Administrativa.
Expediente (integrado). Relación.
FIN DEL SUBPROCESO
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5.2.2 DIAGRAMA DE FLUJO (NIVEL 0, DIAGRAMA DE CONTEXTO).
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5.2.3 RELACIÓN DE INSUMOS
Copia certificada por el registro civil del acta de defunción del asegurado o de ser el caso, orden de baja por presunción de muerte.
Solicitud de pago firmada por el beneficiario o beneficiarios. (anexo 1)
Identificación oficial con fotografía del o de los beneficiarios (credencial de elector o pasaporte vigente).
Certificado de Último Pago o Certificado de Percepciones y Deducciones desglosado a la fecha del fallecimiento emitido por la unidad ejecutora de pago correspondiente.
Documento que acredite el cargo de servidor público, que desempeñaba el militar a la fecha de su fallecimiento, expedido por la Secretaria de la Defensa Nacional o de Marina según corresponda.
Adicionalmente, se entregará documentación complementaria, dependiendo el tipo de beneficiario o supuestos conforme a las Reglas del Proceso descritas en el presente Manual:
Supuestos:
En caso del fallecimiento de los padres del menor o menores. Si el o los beneficiarios no pueden ejercer sus derechos cívicos (interdictos). En caso de que el o los beneficiarios otorguen poder para que soliciten y cobren en
su representación el Seguro Institucional. En caso de beneficiarios que fallezcan con fecha posterior al fallecimiento del
militar. Cónyuge, concubina o concubinario en concurrencia con los hijos del militar por
partes iguales. Madre. Padre. Hermanos.
5.2.4 ROLES Dirección de Prestaciones Económicas. Autorizador del trámite y dueño del proceso. Subdir. de Trámite de Seguros y Trámite de Prestaciones.
Supervisor del trámite.
Jefa del Depto. de Trámite del Seguro de Vida Militar y Seguro Institucional.
Verificador y Revisor del trámite.
Dirección Administrativa (Oficialía de Partes y Archivo).
Recepción de documentación relacionada al proceso y préstamo de expediente.
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud (Subdirección de Prestaciones Sociales).
Recepción de documentación relacionada al proceso.
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud (Subdirección de Vigencia de Derechos y Trabajo Social)
Actualización y corrección de datos en el Sistema de Información Institucional (SII).
Dirección de Finanzas. Aplicación del Subproceso de Pago de Prestaciones (Generación de póliza y pago).
5.2.5 RELACIÓN DE PRODUCTOS
Póliza cheque (pago).
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5.3 SUBPROCESO DE TRÁMITE PARA OTORGAR EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
5.3.1. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
Sección de entrada de la Subdirección de Seguros y Trámite de Prestaciones.
1
Recibe solicitud de pago del beneficiario por Oficialía de Partes o Subdirección de Prestaciones Sociales y documentación anexa con relación, clasifica y turna.
Las solicitudes pueden recibirse directamente del beneficiario, la Subdirección de Prestaciones Sociales o por Oficialía de Partes.
Solicitud y documentación con relación.
Jefe Departamento Trámite SECORE
2 Recibe, revisa y clasifica la documentación conforme a la relación, la acuerda y turna a la Sección correspondiente.
Solicitud y documentación con relación.
Departamento de Trámite SECORE
3
Recibe y revisa que la solicitud y documentación anexa se encuentre completa y correcta de acuerdo a las normas de operación, archiva temporalmente en carpeta correspondiente.
Solicitud y documentación con relación.
¿ESTA COMPLETO EL TRÁMITE? NO
4
Registra al militar en el Sistema de Información Institucional y el motivo por el que quedará pendiente el trámite.
Solicitud y documentación.
5
Elabora oficio, radiograma o telegrama en el Sistema de Información Institucional, notificando al interesado o a las autoridades correspondientes la documentación necesaria que deberá de remitirse para la continuación del trámite, quedando constancia dentro del sistema de información para consulta y turna al Jefe de Departamento para revisión y rubrica.
Solicitud y documentación, telegrama, oficio o radiograma.
Jefe Departamento Trámite SECORE
6
Recibe, revisa documentación y telegrama, oficio o radiograma, rubrica y turna al Subdirector de Área para firma y devuelve.
Solicitud y documentación, telegrama, oficio o radiograma.
Departamento 7 Recibe documentación y telegrama, oficio o Relación para
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO de Trámite SECORE
radiograma firmado, elabora relación para remitirlo por Oficialía de Partes. La documentación se archiva hasta recibir por parte del solicitante la documentación faltante.
Original y copia de oficio, telegrama o radiograma: Oficialía de Partes. Original y copia de relación: Oficialía de Partes. Copia de oficio, telegrama o radiograma: Acuse para Departamento de Trámite de SECORE. Copia de la relación: Acuse para Departamento de Trámite de SECORE.
Of. Partes, Solicitud, documentación, telegrama, oficio o radiograma.
SI
8
Elabora formato solicitando a la Dirección de Prestaciones Sociales y de salud que capturen datos del beneficiario (nombre, domicilio, matricula, fecha de baja y turna.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
Jefe de Departamento de Trámite de SECORE
9 Recibe, revisa, firma y turna para firma del Subdirector de Área y devuelve.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
Dictaminador
10 Recibe y turna formato a la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud. Archiva acuse.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
11 Verifica captura.
Expediente (integrado). Formato de actualización de datos.
¿SE REALIZÓ LA CAPTURA DE DATOS EN SII? NO
12 Se envía recordatorio y da seguimiento.
SI
13
Elabora el cálculo del beneficio y radicación de pago, en el caso del militar con pensión alimenticia y/o acreedora alimentista, se capturará el porcentaje que les corresponda.
Solicitud y documentación
14
Elabora dictamen en el SII, validando la información capturada, asignando porcentaje a pagar y No. de folio, se obtiene la impresión del dictamen que contiene los datos del militar y su acreedora o beneficiario, turna al Jefe de Departamento para revisión y rubrica.
Solicitud, documentación y dictamen.
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO Jefe Departamento Trámite SECORE
15
Recibe dictamen, coteja que la información contenida en el mismo coincida con la documentación de apoyo, verificando que el cálculo del beneficio sea correcto.
Solicitud, documentación y dictamen.
¿ES CORRECTO EL CÁLCULO DEL PAGO?
NO
16
Devuelve para que se realicen las correcciones detectadas. Conecta con actividad 13.
Solicitud, documentación y dictamen.
SI
17
Valida con rubrica el dictamen de pago y turna al Subdirector de Área para rubrica y este último lo turna a Director de Área para firma y devuelve.
Solicitud, documentación y dictamen.
Departamento Trámite SECORE
18 Recibe dictamen, verifica que se encuentre firmado y continua con el trámite correspondiente.
Solicitud, documentación y dictamen.
19
Valida dictámenes en el Sistema de Información Institucional, elabora relación para remitirse a la Dir. de Finanzas, turnando al Jefe de Departamento para rubrica, archivándose temporalmente documentación y dictámenes. Archiva temporalmente documentación.
Asimismo se elabora informe a la Honorable Junta Directiva con el número de casos y montos otorgados en el mes inmediato anterior.
Relación de dictámenes, solicitud, documentación y dictamen.
Jefe Departamento Trámite SECORE
20 Recibe relación de dictámenes, rubrica y turna a Subdirector de Área para firma y devuelve.
Relación de dictámenes.
Departamento Trámite SECORE
21
Recibe las relaciones debidamente autorizadas para su remisión a la Dirección de Finanzas. Separa originales y copias de los dictámenes autorizados, remitiendo a la Dirección de Finanzas en la siguiente forma para el pago correspondiente. Original y copia del dictamen: Dirección de Finanzas. Original y copia de la relación: Dirección de Finanzas. Copia del dictamen: Como acuse del Departamento. Copia de la relación: Como acuse para el Departamento.
Relación de dictámenes y dictámenes.
Dirección de Finanzas.
22 Aplica subproceso de Pago de Prestaciones generando póliza y el pago a través de las modalidades de SIT u OPR, DIE y cheque.
Dictamen. Relación.
Departamento Trámite SECORE
23
Integra expedientillo que contiene la documentación base (solicitud, documentación y dictamen), acuse del dictamen debidamente requisitado y sellado por la Dirección de Finanzas y archiva.
Expedientillo.
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
24
Elabora relación para enviar el expedientillo al Departamento de Archivos dependiente de la Dirección Administrativa archivo de Retiros y Pensiones, acusando de recibido la relación. Archiva acuse en carpeta correspondiente.
FIN DE PROCEDIMIENTO
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5.3.2. DIAGRAMA DE FLUJO (NIVEL 0, DIAGRAMA DE CONTEXTO).
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5.3.3 RELACIÓN DE INSUMOS
Solicitud de pago con firma autógrafa (Seguro Colectivo de Retiro).
Copia de Identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte vigente).
Copia de orden de baja del activo y alta en situación de retiro.
Copia del Certificado de servicios emitido por la Secretaría de origen.
Adicionalmente, se entregará documentación complementaria, dependiendo el tipo de beneficiario o supuestos conforme a las Reglas del Proceso descritas en el presente Manual: Tipo de beneficiario:
Militares que pasan a situación de retiro.
Militares que causan baja por incapacidad en actos propios del servicio o como consecuencia de ellos.
Beneficiarios del militar extinto.
Acreedora alimentista.
5.3.4 ROLES
Dirección de Prestaciones Económicas. Autorizador del trámite y dueño del proceso.
Subdir. de Trámite de Seguros y Trámite de Prestaciones.
Supervisor del trámite.
Jefa del Depto. de Trámite del Seguro de Colectivo de Retiro.
Verificador y Revisor del trámite.
Dirección Administrativa (Oficialía de Partes y Archivo).
Recepción de documentación relacionada al proceso y préstamo de expediente.
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud (Subdirección de Prestaciones Sociales).
Recepción de documentación relacionada al proceso.
Dirección de Finanzas. Aplicación del Subproceso de Pago de Prestaciones (Generación de póliza y pago).
5.3.5 RELACIÓN DE PRODUCTOS
Póliza cheque (pago).
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5.4 SUBPROCESO DE TRÁMITE PARA OTORGAR LA DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES DEL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
5.4.1 DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO
Sección de Entrada de la Subdir. de Seguros y Trámite de Prestaciones
1
Recibe solicitud de pago del beneficiario por Oficialía de Partes o Subdirección de Prestaciones Sociales y documentación anexa con relación, clasifica y turna.
Las solicitudes pueden recibirse directamente del beneficiario, la Subdirección de Prestaciones Sociales o por Oficialía de Partes.
Solicitud y documentación con relación.
Jefe del Departamento de Trámite de SECORE
2 Recibe solicitud y documentación, (se queda 2 tantos de la relación), revisa, acuerda y turna para trámite.
Solicitud y documentación con relación.
Departamento de Trámite SECORE
3
Recibe solicitud y documentación, revisa que se encuentre completa y correcta, archiva la relación en carpeta correspondiente.
Solicitud y documentación con relación.
¿LA DOCUMENTACIÓN ESTA COMPLETA Y CORRECTA? NO
4
Registra la solicitud en el Sistema de Información Institucional, y el motivo por el que quedará pendiente el trámite.
Solicitud y documentación.
5
Elabora oficio, radiograma o telegrama notificando al interesado que la documentación que anexó a su solicitud está incompleta, misma que deberá de remitirse para continuar con el trámite, quedando constancia dentro del Sistema de Información Institucional, para consulta y turna al Jefe de Departamento para revisión y rubrica.
Solicitud y documentación, telegrama, oficio o radiograma.
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO Jefe del Departamento de Trámite de SECORE
6 Recibe telegrama u oficio o radiograma, rubrica y turna al Subdirector para firma, y devuelve.
Solicitud y documentación, telegrama, oficio o radiograma.
7
Recibe telegrama, oficio o radiograma firmado, elabora relación para remitir por Oficialía de Partes, el telegrama, oficio o radiograma y la solicitud se archivan temporalmente hasta recibir la documentación faltante.
Original y copia del oficio, telegrama o radiograma: Oficialía de Partes. Original y copia de relación: Oficialía de Partes. Copia del oficio, telegrama o radiograma: Acuse para el Departamento de Trámite de SECORE. Copia de relación: Acuse Departamento Trámite SECORE.
Relación para Oficialía de Partes, documentación, telegrama, oficio o radiograma y solicitud.
SI
Dictaminador
8
Elabora formato solicitando a la Dirección de Prestaciones Sociales y de salud que capturen datos del beneficiario (nombre, domicilio, matricula, fecha de baja) y turna.
Solicitud y documentación. Formato de actualización de datos.
Jefe de Departamento de Trámite de SECORE
9 Recibe, revisa, firma y turna para firma del Subdirector de Área y devuelve.
Solicitud y documentación. Formato de actualización de datos.
Dictaminador 10
Recibe y turna formato a la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud. Archiva acuse.
Solicitud y documentación. Formato de actualización de datos.
11 Verifica captura.
Solicitud y documentación. Formato de actualización de datos.
¿SE REALIZÓ LA CAPTURA DE DATOS EN SII? NO
12 Se envía recordatorio y da seguimiento.
SI
Departamento de Trámite SECORE 13
Captura en el Sistema de Información, los datos necesarios para el cálculo del beneficio y radicación de pago.
En el caso del militar con pensión alimenticia y/o acreedora alimentista, se
Solicitud y documentación.
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO capturará el porcentaje que les corresponda de pensión alimenticia.
14
Elabora dictamen en Sistema de Información Institucional, asignando porcentaje a pagar y No. de folio, se obtiene la impresión del dictamen que contiene toda la información del militar y su acreedora o beneficiario, turna al Jefe de Departamento para revisión y rubrica.
Solicitud, documentación y dictamen.
Jefe del Departamento de Trámite de SECORE
15
Recibe dictamen, coteja que la información contenida en el mismo coincida con la documentación de apoyo, verificando que el cálculo del beneficio sea correcto.
Solicitud, documentación y dictamen.
¿ES CORRECTO EL CÁLCULO DEL PAGO? NO
16
Devuelve para que se realicen las correcciones detectadas. Conecta con actividad 13.
Solicitud, documentación y dictamen.
SI
17
Valida con rubrica el dictamen de pago y turna al Subdirector de Área para rubrica y este último a su vez al Dir. de Área para firma. Devuelve.
Solicitud, documentación y dictamen.
Departamento de Trámite SECORE
18
Recibe dictámenes firmados y los valida en el Sistema de Información, elabora relación para remitirse a la Dirección de Finanzas; archivándose temporalmente solicitud, documentación y dictámenes.
Asimismo se elabora informe a la Honorable Junta Directiva con el número de casos y montos otorgados en el mes inmediato anterior.
Relación de dictámenes, solicitud, documentación y dictamen.
Jefe del Departamento de Trámite de SECORE
19 Recibe, rubrica relaciones de dictámenes y turna para firma a Subdir. de Área. Devuelve.
Relación de dictámenes.
Departamento de Trámite SECORE
20
Recibe las relaciones debidamente autorizadas y para su remisión a la Dirección de Finanzas, separa originales y copias de los dictámenes autorizados, remitiendo a la Dirección de Finanzas en la siguiente forma para el pago correspondiente.
Original y copia del dictamen:
Relación de dictámenes y dictámenes.
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RESPONSABLE No. ACTIVIDAD DOCUMENTO Dirección de Finanzas. Original y copia de relación: Dirección de Finanzas. Copia del dictamen: Acuse para el Departamento de Trámite de SECORE. Copia de relación: Acuse Departamento Trámite SECORE.
Dirección de Finanzas.
21
Aplica subproceso de Pago de Prestaciones generando póliza y el pago a través de las modalidades de transferencias electrónicas o cheque.
Dictamen. Relación.
Departamento de Trámite SECORE 22
Integra expedientillo que contiene la documentación base (solicitud, documentación y dictamen), acuse del dictamen debidamente requisitado y sellado por la Dirección de Finanzas.
23
Elabora relación para enviar el expedientillo al Departamento de Archivos dependiente de la Dirección Administrativa archivo de Retiros y Pensiones, acusando de recibido la relación. Archiva acuse en carpeta correspondiente.
FIN SUBPROCESO
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5.4.2 DIAGRAMA DE FLUJO (NIVEL 0, DIAGRAMA DE CONTEXTO).
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5.4.3 RELACIÓN DE INSUMOS
Militares que causan baja de las Fuerzas Armadas Mexicanas:
Solicitud de pago con firma autógrafa (devolución de aportaciones al SECORE).
Copia de la orden de baja del activo.
Copia de identificación oficial con fotografía (credencial de elector o pasaporte vigente).
Copia del Certificado de Último Pago.
Beneficiarios del Militar extinto:
Solicitud de pago con firma autógrafa (solicitud de devolución de aportaciones de
SECORE por fallecimiento).
Fotocopia de identificación oficial de los beneficiarios: (credencial de elector o pasaporte vigente).
Copia certificada del acta de defunción.
5.4.4 ROLES
Dirección de Prestaciones Económicas. Autorizador del trámite y dueño del proceso.
Subdir. de Trámite de Seguros y Trámite de Prestaciones.
Supervisor del trámite.
Jefa del Depto. de Trámite del Seguro Colectivo de Retiro.
Verificador y Revisor del trámite.
Dirección Administrativa (Oficialía de Partes y Archivo).
Recepción de documentación relacionada al proceso y préstamo de expediente.
Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud (Subdirección de Prestaciones Sociales).
Recepción de documentación relacionada al proceso.
Dirección de Finanzas. Aplicación del Subproceso de Pago de Prestaciones (Generación de póliza y pago).
5.4.5 RELACIÓN DE PRODUCTOS
Póliza cheque (pago).
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6. INDICADORES
Total de Trámites recibidos / total de trámites atendidos *100
7. GLOSARIO
ACREEDORA ALIMENTISTA: Persona en cuyo favor una Autoridad Judicial competente determina un porcentaje, sobre las prestaciones a que tiene derecho un militar. AFILIADO: Militar del activo o retirado que, por haber cubierto los requisitos establecidos en la Ley del ISSFAM, se encuentra registrado como tal ante las Direcciones encargadas de la Seguridad Social en las Secretarías de la Defensa Nacional y Marina; así como como en el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. BENEFICIARIO: Persona en cuyo favor se ha designado un beneficio económico por voluntad expresa del militar independientemente del parentesco que guarde con él. DE CUJUS: En derecho sucesorio: causante, fallecido. Es un término que le da nombre a la persona del difunto o al autor del testamento en una sucesión testamentaria o legítima, en el ámbito jurídico. DERECHOHABIENTE: Familiar en línea directa (esposa, cónyuge o concubina, hijos, madre, padre y en algunos casos los hermanos) que tienen derecho a los beneficios estipulados en la Ley del ISSFAM. DUEÑO DEL PROCESO: Persona responsable de la administración del proceso en su totalidad, es decir, de verificar su correcta ejecución y mejoramiento continuo. También se le conoce como “administrador del proceso”, “responsable del proceso” o “propietario del proceso”.1 PRELACIÓN: Relación de familiares que tienen derecho al beneficio de Seguro de Vida Militar, siempre que acredite su parentesco con el Militar.
8. SIGLAS Y ACRÓNIMOS
BANJERCITO: Banco Nacional del Ejército Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.
C.U.I.M.: Certificado Único de Identificación Militar.
C.U.P.: Certificado de Ultimo Pago.
CURP: Clave Única de Registro de Población.
S.I.T. : Sistema Integral de Tesorería.
1 Definición tomada de la Guía para la Optimización, Estandarización y Mejora Continua de Procesos de la Secretaría de la Función Pública.
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D.I.E.: Sistema de Dispersión Empresarial.
IFE: Instituto Federal Electoral.
INE: Instituto Nacional Electoral.
ISSFAM: Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
O.P.R.: Ordenes de Pago de Referencias.
SECORE: Seguro Colectivo de Retiro.
SEDENA: Secretaría de la Defensa Nacional.
SEIN: Seguro Institucional.
SEMAR: Secretaría de Marina.
SEVIMI: Seguro de Vida Militar.
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SII: Sistema de Información Institucional.
T.U.I.M.: Tarjeta Única de Identidad Militar.