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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACÍN
VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADODECANATO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO
MAESTRÍA EN GERENCIA TRIBUTARIA
Autora C.P. DOMINGA ARIZA C.C. 22.472.026
Tutor: Mgs. JESUS ARANAGAC.I. 2.113.342
MINIMO EXENTO EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA REPUBLICA DE COLOMBIA
Trabajo presentado como requisito para optar al grado de Magíster en Gerencia Tributaria.
Maracaibo, Julio 2014
CAPITULO IEL PROBLEMA
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1• El problema central de la presente investigación radica en la tributación de las personas naturales
cuando esta solo posee capacidad económica para el sostenimiento de sus necesidades básicas y no posee capacidad contributiva para sufragar los gastos e inversión del estado.
2• El hombre es la realidad central de la sociedad, y el Derecho Natural, lo presenta como un ser que no
pueda ser tratado a capricho sino como un ser digno y exigente, portador de unos derechos que son inherentes a su propio ser, en la dignidad del hombre se contiene el fundamento de todo derecho.
3• Hervada (2004) clasifica los derechos en primarios y derivados, siendo los primarios aquellos que
representan los bienes fundamentales de la naturaleza humana: su vida, sus miembros y sus tendencias, de los cuales se derivan el derecho de alimentarse, a medicarse, considerando al derecho natural derivado, aquellos que son manifestaciones o derivaciones de un derecho primario.
4• La Constitución de todos los países contemplan los deberes y derechos sociales: Siendo preeminentes
los derechos a: la vida, a la libertad, a su intimidad, al libre desarrollo de su personalidad, a la libertad de culto, de expresión, al trabajo, a una vida digna, a la seguridad social, a la atención de la salud, a una vivienda digna.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
5• Igualmente se enmarcan los deberes y obligaciones, siendo el de mayor relevancia; el • deber de contribuir al financiamiento de los gastos públicos e inversiones del Estado dentro• de los conceptos de justicia y equidad; aunado al principio de capacidad contributiva,
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• El derecho fundamental al mínimo vital abarca todas las medidas positivas o negativas constitucionalmente ordenadas con el fin de evitar que la persona se vea reducida en su valor intrínseco como ser humano, debido a que no cuenta con las condiciones materiales que le permitan llevar una existencia digna.
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• El ordenamiento tributario de la mayoría de los países del mundo contempla, a manera de• exclusiones, de exenciones o deducciones, las condiciones mínimas necesaria para la
subsistencia del ser humano, pero muchas de esas exenciones, desgravámenes o deducciones no gozan de generalidad configurando privilegios entre los contribuyentes.
¿Cómo es la aplicación del mínimo exento, en el Impuesto sobre la Renta, de las personas físicas, en la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia?
Formulación de la Investigación
ObjetivosO
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Analizar el Mínimo Exento establecido en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, en la legislación de la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia. O
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Esp
ecífi
cos Analizar los elementos constitutivos
del mínimo exento, establecido en la normativa del Impuesto sobre la Renta en la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia.
Identificar los rubros existentes en el impuesto sobre la Renta de las personas físicas en la legislación de Venezuela que cumplen con las cualidades para constituirse en mínimos exentos.
Identificar los rubros existentes en el Impuesto sobre la Renta de las personas físicas en la legislación de Colombia que cumplen con las cualidades para constituirse como mínimos exentos.
Exponer el mínimo exento y cada uno de los rubros que lo integran a partir de los Principios Constitucionales Tributarios.
Justificación de la Investigación
Social:Se contribuye a concientizar al país, al legislador, a la Administración, sobre la necesidad de consolidad un sistema tributario más justo y equitativo, que cumpla los preceptos Constitucionales
Metodológico:Permitirá a la aplicación del modelo de mínimo exento, utilizado en los países que lo han consolidado, como Alemania, Italia, España, por supuesto haciendo los ajustes y adecuaciones necesarias para la realidad de Colombia y Venezuela
Practico:Lograr un sistema tributario más justo y equitativo, que atienda los principios constitucionales de Capacidad Económica, Generalidad, Legalidad e Igualdad
Teórico:Contribuir al estudio de la protección jurídica conferida por el legislador al mínimo existencial en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas y si las asignación otorgadas son o no suficientes.
DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
Temática• Área: Derecho
Tributario, Mínimo Exento
• Línea Maestra: Gerencia Tributaria
• Línea Potencial: Gestión Tributaria.
Temporal• Segundo Semestre
de 2012.• Primer Semestre
de 2014
Espacial• La investigación se
realizara en Maracaibo, Estado Zulia y
• Barranquilla, Colombia, con aplicación en el ámbito nacional
CAPITULO IIFUNDAMENTACIÓN TEÓRICA
ANTECEDENTES
ANTECEDENTES
AUTOR TITULO APORTE
García, 1994
El mínimo de existencia en el Impuesto sobre la Renta alemán
Definición del mínimo existencial, el relevante papel que tiene el principio de capacidad contributiva, la distinción de mínimo existencial personal y familiar. Bases teóricas y marco Metodológico
Barnuevo, 1996
La protección del mínimo existencial en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas.
Precisiones presentadas sobre la determinación del mínimo existencial personal y familiar, e igualmente muestra las precisiones emanadas del Tribunal Constitucional Español, sobre la Constitucionalidad que exige al legislador preservar de gravamen la porción de renta destinada a la atención de las necesidades vitales. Bases Teóricas, Objetivo 4
Cencerrado, 1999
El Mínimo Exento, en el sistema Tributario Español.
Aportaciones referentes a la justicia tributaria y al Principio de Capacidad Contributiva, considerado la estrella polar del firmamento tributario. Bases teóricas, objetivo 2 y 3
Campos, 2003 Capacidad Contributiva
Establece la relación entre los impuestos directos e indirectos y la postura del mínimo exento desde la teoría de las fuentes productivas, como la recuperación de la capacidad física consumida para obtener la renta. Bases teóricas, objetivo 4
ANTECEDENTES
ANTECEDENTES
AUTOR TITULO APORTE
Urdaneta, 2006
La protección al mínimo vital de acuerdo a la capacidad contributiva de pequeñas y medianas empresas.
El análisis de los principios constitucionales que protegen el mínimo existencial en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Objetivos 2 y 4
Pistone, 2008Los Principios Constitucionales, ante las nuevas formas de Imposición a la Renta
La compatibilidad del Principio de Capacidad Contributiva, con la nuevas formas de imposición sobre la renta, la simplificación del sistema tributario. Objetivo 2 , 3 y 4
Martín, 2009 Mínimo Vital Presenta la diferencia entre el mínimo físico y el mínimo social, que van a depender del sistema financiero del Estado. Bases teóricas y objetivo 4.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL MINIMO EXENTO
Deducciones,Rentas Exentas Límites Exentos
Tarifa cero
Colombia VenezuelaDesgravámenes,
Rebajas,
Bases teóricas
Principios Constitucionales
IgualdadCasado
GeneralidadLGT
Capacidad EconómicaGonzález
ProgresividadGonzález
Mínimo Exento
BASES TEORICAS: MINIMO EXENTO
García (1994), expresa: solo la renta disponible después de haber satisfecho las necesidades vitales, puede ser sometida al impuesto.
La determinación del mínimo exento según Queralt y otros (2009), dependerá de las prestaciones públicas realizadas a favor de los ciudadanos a través del gasto público; debido a que a mayor inversión social, el mínimo exento se reduce porque las cargas económicas las presta el Estado, sobre todo en lo referente a salud, educación y programas de vivienda.
Cencerrado (1999) define el mínimo exento, como el requerimiento constitucional de justicia tributaria que, ante la ausencia de riqueza o ante su presencia de forma insuficiente, impide el ejercicio del poder tributario por carecer éste del elemento básico que le sirve de fundamento (Capacidad Contributiva).
1
2
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
1
• EXENCIONES: El término exención, viene del latín exemptio, -ónis; que significa efecto de eximir; fiscalmente, representa ventaja fiscal que la ley otorga a un contribuyente, en virtud de la cual es exonerado del pago total o parcial de un tributo
2
• DESGRAVÁMENES: Sainz de Bujanda, señala: en sentido amplio, la desgravación se produce siempre que el legislador introduce en la normativa modificaciones a reducir la carga inherente a un determinado tributo. Desgravación, en sentido amplio equivale a aliviar en todo o en parte a alguien o a algo de una obligación tributaria.
3
• DEDUCCIONES: Es un beneficio fiscal que minora la cuota o la base de un tributo y que establece la legislación con la finalidad de cumplir determinados objetivos de política económica y social e incentivar las inversiones
4
• REBAJAS: Disminuciones al monto del impuesto, que deben hacer los contribuyentes, personas naturales, residentes, en materia de impuesto sobre la renta.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES TRIBUTARIOS
1
• DE GENERALIDAD: Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica, mediante un sistema tributario justo, inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. Art 21, 133 CRBV y Art 13 CPC.
2
• DE CAPACIDAD ECONÓMICA: Solo podían establecerse tributos cuando se producía un acto, hecho o negocio jurídico indicativo de capacidad económica, no pudiendo establecerse carga tributaria alguna que no respondiera a la existencia de tal capacidad económica. El principio de capacidad económica actuaba así como presupuesto y límite para la tributación. ART. 95-9 CPC y ART. 316 CRBV.
3
• DE PROGRESIVIDAD: como aquella característica de un sistema tributario según la cual a medida que aumenta la riqueza de los sujetos pasivos, aumenta la contribución en proporción superior al incremento de la riqueza. ART 316 CRBV y ART 363 CPC.
4
• DE IGUALDAD: Este principio exige que a iguales supuestos de hechos se apliquen iguales consecuencias jurídicas, prohíbe aquellas desigualdades que resulten artificiosas o injustificadas, por no estar fundadas en juicios de valor generalmente aceptados. Art. 13 CPC y art. 21 CRBV
BASES NORMATIVAS
Estatuto
Tributario,
Libro de
Impuesto
sobre la
Renta,
para
Colombia,
2014
Ley del
Impuesto
sobre la
renta (2007)
y su
Reglamento
de la
Republica
Bolivariana
de
Venezuela
Constitución
de la
Republica
Bolivariana
de
Venezuela,
1999
Constitución
Política de
Colombia
1991
CATEGORÍAS DE ANÁLISIS
• Mínimo Exento, Mínimo Existencial, Mínimo Vital
Definición Nominal
• No toda cantidad que lleve la etiqueta de mínimo Exento o Mínimo Existencial, puede ser considerada como tal, sino que existen determinados requisitos que este importante «Mínimo» ha de cumplir y quizás el más trascendental sea la generalidad, consecuencia de la cual, este no puede constituir un beneficio fiscal no aplicable a la totalidad de los contribuyentes, García (1994).
Definición Conceptual
Cuadro 1
Matriz De Análisis DE LA CATEGORIA
Analizar el Mínimo Exento establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, en la legislación de Venezuela y Colombia.
Objetivos Especificos Categoría Sub-Categoría Unidades de Análisis
1.- Analizar los elementos constitutivos del mínimo exento, establecido en la normativa del Impuesto sobre la Renta en la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia.
Mínimo Exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en Colombia y Venezuela
Elementos Constitutivos del mínimo exento
Mínimo Exento, definición, características, Elementos Constitutivos para Colombia y Venezuela: Reducciones en la Base Imponible: Exenciones, desgravámenes, deducciones, tipo o tarifas, Reducciones en la Cuota: Rebajas
2.- Identificar los rubros existentes en el impuesto sobre la Renta de las personas físicas en la legislación de Venezuela, que cumplen con las cualidades para constituirse en mínimo exentos
Rubros que integran el mínimo exento en
Venezuela
Desgravámenes y Rebajas de las P.N, art. 59, 60 y 61 de la LISR de 2007 de VeExenciones de la Personas Naturales art. 14 LISR Tipos y Tarifas aplicables a las Personas Naturales , art. 50 LISLR 2007
3.-Identificar los rubros existentes en el impuesto sobre la Renta de las personas físicas en la legislación de Colombia, que cumplen con las cualidades para constituirse en mínimo exentos.
4.-Exponer el mínimo exento y cada uno de los rubros que lo integran a partir de los Principios Constitucionales
Rubros que integran el mínimo exento en
Colombia
Principios Constitucionales
Tributarios
Deducciones en el Impuesto sobre la Renta Colombiano, art. 387, 387-1 del E.T.Rentas Exentas en Colombia Art. 126-1, 126-4, 206 E.T.Tipos y Tarifas aplicables a las Personas Naturales Art. 241 E.T.
Principio de GeneralidadPrincipio de IgualdadPrincipio de Capacidad EconómicaPrincipio de Progresividad
CAPITULO IiIMARCO metodológico
Tipo de Investigación
Diseño de laInvestigación
Métodos y Técnicas de Análisis de la
Información
Técnicas de Recolección e
Interpretación de Datos
Jurídica Documental Descriptiva
Bibliográfico
ObservaciónDirecta
Análisis Documental
Metodología Cualitativa Auxiliada de la
Hermenéutica Jurídica
Fichaje
3.- Exponer el Mínimo Exento y cada uno de los rubros que lo Integran a partir de los principios Constituciones Tributarios.
Venezuela Colombia
Reducciones en la Base Imponible:Los desgravámenes contemplados en el art. 59: Educación, primas de seguro, servicios médicos, odontológicos, y de hospitalización sonGenerales, legales, progresivos, por tanto miran la capacidad contributiva del obligado tributario.El pago de vivienda, es general, no es progresivo
Art. 60 LISLR desgravamen único, de 774 U.T., noes progresivo, es general, es legalReducciones en la Cuota: Rebajas, art. 61:Rebaja Personal de 10 U.T.Cónyuge no separado 10 U.T.Ascendientes o Descendientes 10 U.T.Son generales, legales, no son progresivos
Tanto los desgravámenes como las rebajas sonLegales y generales
Reducciones en la Base Imponible:Exenciones: Aportes obligatorio a la pensión es limitado a 25 SMLM, generales, legalesDeducciones: Salud, medicina Catastrófica, dependientes. Son generales, Limitadas, no son progresivas, son legalesZona cero en la Tarifa, es legal, cobija el primer rango de ingreso.Limites Exentos, para los trabajadores existenRangos de ingresos que no tributan.
Conclusiones
Colombia Venezuela
La normativa de impuesto sobre la renta de lasPersonas físicas en la Republica de Colombia deberá alinearse al cumplimiento de los mínimos exentos, debido a que son pocos los rubros que lo Tipifican.En las Exenciones, el aporte obligatorio a la Pensión.En las deducciones, la seguridad social en salud, medicina catastrófica y dependientesLa zona cero en la tarifa yLos limites exentos. No cumple generalmente con las necesidades básicas de educación y vivienda
La normativa de impuesto sobre la renta de lasPersonas físicas en la Republica Bolivariana de Venezuela, cumple con las necesidades básicas de salud, educación, vivienda y dependientesdeberá ajustar los montos estsblecidos alCosto de vida actual.
RecomendacionesRe
publ
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Boliv
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Ajustar las cuantías determinadas LISLR:En el art. 61, sobre rebajas, Art 59 desgravámenes sobre arriendo e intereses sobre crédito hipotecarioEstablecer la zona cero en la tarifaEstablecer un limite exento, es decir, un % de los ingresos como exentos o cuantías mínimas
Repu
blic
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Col
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a Alinear el IMAN e IMAS, a la existencia de los mínimos exentos, permitiendo la deducibilidad de educación y vivienda, incorporando el valor del arriendo de la vivienda principal del contribuyente
El 25% del art 206, 10 del E.T. debe ser general a la población contribuyente, personas naturales, residentes
La deducción por dependientes debe ajustarse al costo de vida actual y debe ser general