parte invest tentativa homicidio gato ayquipa

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“AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA " Pichari, 07 de Abril del 2009 Oficio Nro. 723- 2009-DIREOP-FP-VRAE-CP. Señora : Dra. Zandra PIMENTEL HUAYLLASCO Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Mixto AYNA SAN FRANCISCO Asunto : Documento por motivo que se indica.-REMITE . Ref. : Resolución de Apertura de Investigación Nro.06-2009-2FPMA-SF-AYAC. Tengo el agrado de dirigirme a Ud, con la finalidad de remitir adjunto al presente el PARTE Nro.- 108-2009-DIREOP-FP-VRAE-CP, de fecha 07ABR2009, a folios 034, instruido por Personal PNP a mimando, sobre resultado de las investigaciones policiales efectuadas en relación a la denuncia ejercitada por la ciudadana Felicitas PERALTA CASTILLO (59), contra la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), por la Presunta Comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Homicidio en Grado de Tentativa, cometido en su agravio, hecho ocurrido el 02ENE2009, aprox. a las 11.00 horas en la Comunidad de Omaya Baja del Distrito de Pichari – la Convención - Cuzco, de acuerdo a los detalles descritos en el documento que se adjunta. Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y alta estima personal. Dios guarde a Ud.

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Page 1: Parte Invest Tentativa Homicidio Gato Ayquipa

“AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA "

Pichari, 07 de Abril del 2009

Oficio Nro. 723- 2009-DIREOP-FP-VRAE-CP.

Señora : Dra. Zandra PIMENTEL HUAYLLASCO Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Mixto AYNA SAN FRANCISCO

Asunto : Documento por motivo que se indica.-REMITE.

Ref. : Resolución de Apertura de Investigación Nro.06-2009-2FPMA-SF-AYAC.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud, con la finalidad de remitir adjunto al presente el PARTE Nro.-108-2009-DIREOP-FP-VRAE-CP, de fecha 07ABR2009, a folios 034, instruido por Personal PNP a mimando, sobre resultado de las investigaciones policiales efectuadas en relación a la denuncia ejercitada por la ciudadana Felicitas PERALTA CASTILLO (59), contra la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), por la Presunta Comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Homicidio en Grado de Tentativa, cometido en su agravio, hecho ocurrido el 02ENE2009, aprox. a las 11.00 horas en la Comunidad de Omaya Baja del Distrito de Pichari – la Convención - Cuzco, de acuerdo a los detalles descritos en el documento que se adjunta.

Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y alta estima personal.

Dios guarde a Ud.

GRS/hgap.

COMISARIO PNP (e) PICHARI

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PARTE Nro.- 108 -2009-DIREOP-FP-VRAE-CP/Sid.

Asunto : Resultado de las investigaciones policiales efectuadas en relación a la denuncia ejercitada por la ciudadana Felicitas PERALTA CASTILLO (59), contra la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), por la Presunta Comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Homicidio en Grado de Tentativa, cometido en su agravio, hecho ocurrido el 02ENE2009, aprox. a las 11.00 horas en la Comunidad de Omaya Baja del Distrito de Pichari – la Convención - Cuzco.-DA CUENTA.

Ref. : Resolución de Apertura de Investigación Nro.06-2009-2FPMA-SF-AYAC.

I. INFORMACION:

---La Secretaría de la Comisaría PNP Pichari, ha recepcionado el Oficio Nro.057-2009-MP-2FPMA-S-F-AYA, mediante el cual adjuntan el documento indicado en la referencia, cuyo tenor literal es como sigue:

RUDE Nro.09-2009.- RESOLUCION DE APERTURA DE INVESTIGACIÓN Nro.06-2009-MP-2FPMA-SF-AYA.- Kimbiri, nueve de enero del año dos mil nueve.-VISTOS : La denuncia de parte interpuesta por Felícitas PERALTA CASTILLO, contra Serafín LUJAN PERALTA, por la Presunta Comisión del Delito de Homicidio en Grado de Tentativa, en su agravio y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de la denuncia se advierte que con fecha 22 de Diciembre del 2008 a horas 11.00 aproximadamente, el denunciado intento agredir a la denunciante con un chafle, siendo impedido por su hijo Amador CABRERA PERALTA, quien despojándolo del arma lo arrojo al monte, hecho este que merece ser esclarecido. SEGUNDO: Que, de los hechos así descritos se advierte la posibilidad de la comisión de un ilícito penal del mismo que es perseguible de oficio y que requiere ser investigado exhaustivamente a fin de determinar las circunstancias, modo de los hechos sucedidos, con la finalidad de identificar plenamente al o los responsables a fin de incoar la acción penal correspondiente, tipificando el delito en forma adecuada por lo que el suscrito Representante del Ministerio Público amparado por el Art. 9 Inc. 2 del Art. 94 del Decreto Legislativo Nro. 052 Ley Orgánica del Ministerio Público concordante con el Inc 5 del Art. 250 de la Constitución Política del Perú y en uso de sus atribuciones- RESUELVE : APERTURAR INVESTIGACIÓN A NIVEL POLICIAL para lo cual remítase los recaudos a la Comisaría de Pichari, a efectos de que dentro del término de TREINTA DIAS, se efectúe las siguientes diligencias: 1. Se reciba la manifestación indagatoria de la denunciante 2. Se reciba la manifestación indagatoria de los denunciados 3. Se reciba la manifestación testimonial de Abilio CABRERA PERALTA y Amador CABRERA PERALTA 4. Se lleve a cabo la Inspección Técnico Policial en el lugar de los hechos 5. Se recabe copia de DNI o Ficha de Identificación Personal – RENIEC o Ficha de datos Generales del denunciado 7. Se practique

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reconocimiento Médico Legal a la persona de la presunta agraviada debiendo de oficiarse con tal fin al Centro de salud del Distrito de Pichari 7. Se adjunten a los actuados los cargos y/o o los oficios mediante los cuales se notifica a la partes 8. y se practique las demás diligencias que resulten pertinentes y conducentes a fin de esclarecer los hechos denunciados, con conocimiento y participación del Representante del Ministerio Público, para el cumplimiento del Art. 72 del Código de Procedimientos Penales y una vez concluido el término otorgado, bajo responsabilidad, remítase los actuados al Despacho Fiscal para los fines de ley. Ofíciese con la debida nota de atención con dicho fin.-AGAL/agq.Sello Redondo Fdo: RICARDO MENDOZA PAREJA FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL DE LA 2DA. FISCALIA PROVINCIAL MIXTA DE AYNA SAN FRANCISCO

II. INVESTIGACIONES :

A. Diligencias efectuadas:

1. Mediante la respectiva Citación Policial se Notifico a la ciudadana Felicitas PERALTA CASTILLO a fin de recabar su manifestación de ratificación de su denuncia, así como brindar mayores detalles al respecto y por consiguiente se someta al examen de Reconocimiento Médico Legal.

2. Mediante la respectiva Citación Policial se procedió a Notificar a la persona de Serafín LUJAN PERALTA a fin de recabar su manifestación de descargo ante los hechos que se le atribuye materia de investigación.

3. Mediante la respectiva Citación Policial se procedió a Notificar a las personas de Amador CABRERA PERALTA y a Abilio CABRERA PERALTA a fin de recabar sus manifestaciones que coadyuve el mejor dilucidar del presente hecho que es materia de investigación.

4. Mediante la respectiva Citación Policial se procedió a Notificar a las personas de Juan Carlos CUNTO DIAZ y a Fredy CHAVEZ GUTIERREZ con la finalidad de recabar sus manifestaciones testimoniales respecto al presente hecho que se investiga.

5. Con el Oficio N° 219-2009-DIREOP-FP-VRAE-CP/SID, se solicitó al Jefe del Centro de Salud de Pichari, a fin de practicársele el Examen de Reconocimiento Médico Legal a la ciudadana Felicitas PERALTA CASTILLO, a fin de determinar el GRADO DE LESIONES que pudiese presentar.

6. Con el Oficio N° 603-2009-DIREOP-FP-VRAE-CP/SID, se solicitó al Fiscal de la Segunda Fiscalía Mixta de Ayna San Francisco, designe un Representante del Ministerio Público a fin de participar en la Diligencia de Inspección Técnico Policial a realizarse en el lugar de los hechos donde se suscito el presente evento materia de Investigación.

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7. Personal PNP a cargo de la presente investigación, con presencia de la Dra. Zandra PIMENTEL HUAYLLASCO Fiscal de la 2da. Fiscalía Provincial Mixta de Ayna San Francisco, y con la presencia de las partes Abilio CABRERA PERALTA y de Serafín LUJAN PERALTA, se realizó la diligencia de CONSTATACION con fecha 17MAR2009, en el lugar de los hechos materia de investigación (Parcela “O-7”) ubicado en la Comunidad de Omaya baja del Distrito de Pichari, formulándose la respectiva Acta, la misma que se adjunta al presente para mayor ilustración de la autoridad judicial.

B. Documentos recepcionados :

Se ha recepcionado los siguientes documentos :

1. Una APRECIACIÓN MEDICA de Felicitas PERALTA CASTILLO inscrito en la parte posterior del Oficio N° 219-2009-DIREOP-FP-VRAE-CP.SID redactada a manuscrito por el Dr. Juan Carlos RAMOS RAMIREZ con CMP: 47882, en donde se hace constar lo siguiente: “PACIENTE “S” acude por Receta Médica, refiere sufrir maltrato, refiere dolor de espalda; dando como Diagnóstico PACIENTE SIN SIGNOS DE LESIONES. Agregando Nota: No debe de sufrir cólera.

2. Un EXAMEN MÉDICO de Serafín LUJAN PERALTA en el cual se da como diagnostico Descanso Medico Legal: Cuatro (04) Días expedido y practicado por él Dr. Guido JORDAN SCHWARZ Jefe del Centro de Salud del Distrito de Pichari.

C. Resumen de las Manifestaciones :

Se ha realizado el extracto a las manifestaciones escritas de las siguientes personas :

Felicitas PERALTA CASTILLO (59)

Recabada con presencia de su hijo Abilio CABRERA PERALTA (30), en vista de ser analfabeta, ratificándose en su denuncia interpuesta ante la Fiscalía Provincial Mixta de Ayna San Francisco e indicando que el 02ENE2009 a las 11.00 horas aprox. sus hijos Amador y Abilio CABRERA PERALTA le avisaron que la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), se encontraba en su terreno ubicado en la Comunidad de Omaya baja del Distrito de Pichari, realizando trabajos agrícolas, motivando que se apersonara al lugar, observando como la citada persona macheteaba su plantación de cacao, optando en reclamarle , recibiendo como respuesta de QUE QUIEN ERA YO Y QUE NO LA CONOCÍA, seguidamente empujarla cayendo al suelo y que al tratar de levantarse el denunciado Serafín LUJAN PERALTA (46), intento lanzarle un machete, siendo cogido de la mano por su hijo Abilio CABRERA PERALTA evitando que le hiciera daño, a su vez Amador y

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Abilio CABRERA PERALTA, le quito el machete arrojándolo al monte, instantes que la deponente le empuja al denunciado para que se retire del lugar juntamente con sus peones, arrojando asimismo un maletín a la carretera, por otro lado agrega que unos días antes se apersono al domicilio del denunciado indicándole los motivos por el cual deseaba comprar el terreno en Omaya Baja a su esposo Abelardo CABRERA GUILLEN, sabiendo que estaban en problemas, aseverando que en ningún momento ha agredido al denunciado ni sus hijos el día de los hechos, e indicando respecto a las lesiones que presenta el denunciado, sería EN VISTA QUE LE HABRÍA PAGADO A LOS MÉDICOS DEL CENTRO DE SALUD DE PICHARI, PORQUE COBRAN POR EXPEDIR CERTIFICADOS FALSOS, a su vez el 02ENE2009, cuando le pregunto al denunciado por el terreno recién tomo conocimiento que su esposo le había dado en calidad de venta y que dicha versión lo ha confirmado el Notario de San Francisco, en cuya oficina suscribieron el documento de Compra y Venta del terreno.

Amador CABRERA PERALTA

Se dedica únicamente a las actividades de la agricultura, con grado de instrucción 5to. Año de Educación Secundaria e indica conocer al denunciado Serafín LUJAN PERALTA (46), desde su niñez por ser su primo lejano, e indicando que el 02ENE2009, aprox, a las 12.00 horas juntamente con su hermano Angel Abilio CABRERA PERALTA, llegaron al terreno ubicado en Omaya Baja, observando que el denunciado Serafín LUJAN PERALTA (46), estaba realizando trabajos de agrícolas, optando por llamarle la atención, recibiendo como respuesta que el terreno lo había comprado a su padre Abelardo CABRERA GUILLEN, lo que motivo que dieran aviso a su señora madre Felicitas PERALTA CASTILLO (59), quien de igual forma le reclamo que hacía en su terreno recibiendo la misma respuesta, originándose una discusión, instantes que si motivo alguno el denunciado empujara a la denunciante quien cayo al suelo, deseando cortarle con el machete, reaccionando Abilio CABRERA PERALTA, cogiéndolo de la mano, aprovechando el deponente en quitarle el machete y arrojarlo al monte, agregando que su señora madre solo presenta una rasmillada en la mano izquierda producto del empujón que recibió y que respecto a las lesiones que presenta el denunciado indica que sería por estar seguro DE HABER PAGADO AL DR. PARA SACAR SU CERTIFICADO MEDICO, aseverando que no le hicieron nada al denunciado, agregando que tenia conocimiento que su padre le había el terreno sin conocimiento de su madre.

Angel Abilio CABRERA PERALTA

Se dedica únicamente a las actividades de la agricultura, con grado de instrucción 5to. Año de Educación Secundaria, e indica conocer al denunciado Serafín LUJAN PERALTA (46), desde su niñez por ser su primo lejano, e indicando que el 02ENE2009, aprox, a las 11.00 horas juntamente con su hermano Amador CABRERA PERALTA, llegaron al

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terreno ubicado en Omaya Baja, observando que la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), estaba realizando trabajos de agrícolas, optando por llamarle la atención diciéndole con que permiso trabajas, recibiendo como respuesta que el terreno lo había comprado a su padre Abelardo CABRERA GUILLEN, lo que motivo que en forma inmediata dieran aviso a su señora madre Felicitas PERALTA CASTILLO (59), apersonándose los tres al lugar de los hechos, en donde al denunciante de igual forma le reclama que hacía en su terreno recibiendo la misma respuesta, instantes que si motivo alguno el denunciado empujó a la denunciante cayendo al suelo, queriendo tirarle con el machete, reaccionando rápidamente cogiéndolo de la mano, aprovechando su hermano Amador CABRERA PERALTA, en quitarle el machete y arrojarlo al monte, agregando que su señora madre tuvo un dolor en la cadera producto de la caída, y que respecto a las lesiones que presenta el denunciado asevera que seguramente se habrá golpeado en algún cacao, agregando que desconocía que su padre le había el terreno al denunciado.

Juan Carlos CUNTO DIAZ

Se dedica únicamente a las actividades de la agricultura, con estudios primarios, e indica conocer a la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), por haber trabajado en varias oportunidades con su persona en calidad de peón y que el 02ENE2009, aprox, a las 11.00 horas se encontraba con otro peón y la persona de Serafín LUJAN PERALTA quien se encontraba con un machete, en circunstancias que se encontraban realizando trabajos agrícolas, llegaron una señora con dos varones, comenzando a discutir con Serafín LUJAN PERALTA, escuchando que le decía tu no puedes estar aquí, recibiendo como respuesta que el terreno lo he comprado, observando cuando la señora con una rama le golpeaba en varias oportunidades en la parte de la nuca, DICIÉNDOLE TE VOY A DENUNCIAR YA TIENES UN MACHETE EN LA MANO, ante ello la citada persona no decía nada, en donde los dos varones aprovecharon para agarrarlo y quitarle machete y uno de ellos comenzó a agredirle con un palo dándole varios golpes en la parte de la cintura, luego dirigiéndose al deponente y al otro peón con las siguientes palabras UDS SON RATEROS PORQUE ESTAN ACA Y COGIERON NUESTRAS MOCHILAS Y LAS ARROJARON A LA CARRETERA, optando el deponente en retirarse del lugar.

Fredy CHAVEZ GUTIERREZ

Se dedica únicamente a las actividades de la agricultura, con estudios primarios, e indica conocer a la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), por haber trabajado en su chacra como peón, y que el 02ENE2009, aprox, a las 11.00 horas se encontraba con otro peón Juan Carlos CUNTO DIAZ, y la persona de Serafín LUJAN PERALTA, en circunstancias que se encontraban realizando trabajos agrícolas, llegaron una señora con las personas de Amador y Abilio CABRERA PERALTA, comenzando a agredirle la señora a Serafín LUJAN

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PERALTA, con un palo golpeándolo a la altura de la nuca, y que al tratarle de quitarle el palo, grito a sus hijos que la ayuden y los dos lo cogieron y le quitaron el machete que tenía, instantes en que Amador CABRERA PERALTA, con un palo le propina un golpe a la altura de la cintura a Serafín LUJAN PERALTA, y después le dijeron TE VAMOS A DENUNCIAR POR INTENTAR MATARLA, cosa que no es cierta, ya que solo se defendió.

Serafín LUJAN PERALTA

Recabada con presencia de la persona de Mauro QUINTANO CHAVEZ, en vista de tener primer grado de primaria, dedicándose a la carpintería, que el 02ENE2009, aprox. a las 11.00 horas aproximadamente se encontraba, juntamente con sus dos peones en un terreno ubicado en Omaya Baja – Pichari, terreno que lo compró a la persona de Abelardo CABRERA GUILLEN, efectuando en cuyo predio trabajos agrícolas (macheteando), momentos en que aparecen las personas de Abilio y Amador CABRERA PERALTA, quienes le dijeron que hacía en la chacra respondiéndoles que la chacra lo había comprado a su padre, retirándose del lugar indicando que comunicarían a su señora madre Felicitas PERALTA CASTILLO, retornado al lugar luego de breve tiempo, quien llegó con un palo en la mano con el cual le comenzó a golpear en la nuca y espalda, por lo que trato de quitarle palo, lo que motivo que sus dos hijos Abilio y Amador CABRERA PERALTA, intervengan y lo sujeten seguidamente para agredirlo físicamente.

III. ANALISIS Y EVALUACION DE LOS HECHOS :

1. Proveniente de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta Ayna – San Francisco, se recepcionó la Resolución de Apertura de Investigación N° 06-2009, de fecha 09ENE2009, mediante el cual dicha Autoridad Fiscal resuelve aperturar investigación a nivel Policial, respecto a la denuncia interpuesta por la ciudadana Felicitas PERALTA CASTILLO (59) contra Serafín LUJAN PERALTA (46), por el Presunto Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la Modalidad de Homicidio en Grado de Tentativa.

2. De la prosecución de las investigaciones policiales efectuadas, tales como, actas formuladas, manifestaciones recepcionadas, diligencias efectuadas en el marco irrestricto al respeto de los DD.HH, se ha llegado a establecer lo siguiente :

a). La persona de Felicitas PERALTA CASTILLO (59), es la progenitora de las personas de Amador CABRERA PERALTA y de Abilio CABRERA PERALTA (30), quienes domicilian en la Plaza Principal de Pichari – La Convención – Cuzco, dedicándose a las actividades de la agricultura en la Comunidad de Omaya – Baja del Distrito de Pichari, en donde posesionan terrenos (chacra) de cultivos de diversas plantaciones.

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b). La persona de Serafín LUJAN PERALTA, domicilia en el Distrito de Pichari, dedicándose a las actividades de la agricultura en la Comunidad de Omaya – Baja del Distrito de Pichari, en donde posesiona terreno (chacra) de cultivos de diversas plantaciones, teniendo parentesco consanguíneo con las personas de Felicitas PERALTA CASTILLO (59), Amador CABRERA PERALTA y Abilio CABRERA PERALTA (30).

c). Es menester acotar que de acuerdo a la versión de Serafín LUJAN PERALTA, adquiere un terreno denominado Parcela “O-7” ubicado en la Comunidad de Omaya Baja – Pichari de parte de la persona de Abelardo CABRERA GUILLEN, quien es esposo Felicitas PERALTA CASTILLO (59) y padre de Amador CABRERA PERALTA y de Abilio CABRERA PERALTA, cuyas personas en sus manifestaciones aceptan tener conocimiento sobre la compra y venta del terreno.

d). Es el caso que la ciudadana Felicitas PERALTA CASTILLO (59), asevera que el 02ENE2009 a las 11.00 horas aprox. sus hijos Amador CABRERA PERALTA y Abilio CABRERA PERALTA, le comunican que la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), se encontraba en su terreno ubicado en la Comunidad de Omaya Baja del Distrito de Pichari, realizando trabajos agrícolas, motivando que se apersonara al lugar juntamente con sus hijos, observando como Serafín LUJAN PERALTA (46), en compañía de dos peones, macheteaba su plantación de cacao, recriminándole su actitud, recibiendo como respuesta de quien era y que no la conocía y sin motivo alguno la empuja cayendo pesadamente al suelo y que al tratar de ponerse de pié el denunciado Serafín LUJAN PERALTA (46), intenta lanzarle o darle un golpe con su machete, reaccionando rápidamente su hijo Abilio CABRERA PERALTA quien lo sujeta de la mano, evitando que le ocasionara posible daño corporal, a su vez Amador CABRERA PERALTA, aprovecha para quitarle el machete arrojándolo hacía la espesura del monte, momentos en que la denunciante empuja al denunciado Serafín LUJAN PERALTA (46), para que se retire del lugar juntamente con sus peones, arrojando sus maletines hacía la carretera.

e). Por otro lado realizado el interrogatorio policial preliminar a la persona de Serafín LUJAN PERALTA, con presencia de su testigo Mauro QUINTANO CHAVEZ, niega rotundamente haber agredido físicamente a la denunciante Felicitas PERALTA CASTILLO y que mucho menos haya tratado de agredirla o golpearla con un machete, muy por el contrario el día de los hechos fue víctima de agresión física con golpe de palos por parte de la denunciante y de su hijos tantas veces nombrados.

f). En este acto es menester poner en alto relieve que la versión dada por la denunciante Felicitas PERALTA CASTILLO carecen

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de credibilidad, la mismas que han sido desquebrajadas por las declaraciones de las personas de Juan Carlos CUNTO DIAZ y de Fredy CHAVEZ GUTIERREZ, los mismos que estuvieron presentes en el lugar de los hechos, presenciando observando y escuchando la secuencia del evento materia de investigación, dando credibilidad a los argumentos brindados por el denunciado Serafín LUJAN PERALTA.

g). Por otro lado los detalles descritos en el acápite que antecede esta acreditado con los siguientes documentos :

APRECIACIÓN MEDICA de Felicitas PERALTA CASTILLO inscrito en la parte posterior del Oficio N° 219-2009-DIREOP-FP-VRAE-CP.SID redactada a manuscrito por el Dr. Juan Carlos RAMOS RAMIREZ con CMP: 47882, en donde se hace constar lo siguiente: “PACIENTE “S” acude por Receta Médica, refiere sufrir maltrato, refiere dolor de espalda; sin embargo se da como Diagnóstico PACIENTE SIN SIGNOS DE LESIONES, diagnóstico médico que su Despacho Fiscal debe tener en consideración para su pronunciamiento al respecto en definitiva.

EXAMEN MÉDICO de Serafín LUJAN PERALTA en el cual se da como diagnostico Descanso Medico Legal: Cuatro (04) Días expedido y practicado por él Dr. Guido JORDAN SCHWARZ Jefe del Centro de Salud del Distrito de Pichari.

h). Los documentos antes descritos deben ser evaluados y considerados por su Despacho Fiscal para su pronunciamiento al respecto en definitiva, en vista que esta debidamente acreditado que la persona de Serafín LUJAN PERALTA, el día de los hechos materia de investigación, fue agredido físicamente toda vez que presenta : Descanso Médico Cuatro (04) Días.

3. Asimismo se acota que la tentativa es la interrupción accidental o voluntaria o que por circunstancias ajenas no se consuma el delito, en este caso la Tentativa de Homicidio, en tal sentido se tiene en cuenta que el denunciado Serafín LUJAN PERALTA, se encontraba en el momento de los hechos, realizando trabajos agrícolas en lo que respecta al macheteo de yerbas y otras plantas silvestres y que el machete ó chafle en esta zona en la actividad agrícola esta considerado como instrumento o herramienta de trabajo en la agricultura, por otro lado la citada no ha realizado actos preparatorios para victimar a la denunciante.

4. Claramente se establece que el móvil y/o motivo que haya conllevado a la denunciante a ejercitar su denuncia y a agredir físicamente a Serafín LUJAN PERALTA, sería únicamente por la venta de un terreno Parcela “O-7” ubicado en la Comunidad de Omaya Baja del Distrito de Pichari – la Convención – Cuzco, venta al parecer irregular según asevera que habría realizado su esposo Abelardo CABRERA

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GUILLEN, a favor del denunciado, sin embargo hasta la fecha ninguna de las partes han presentado documento alguno que acredite la compra y venta del terreno antes mencionado.

IV. CONCLUSION :

---De las investigaciones policiales preliminares efectuadas, no se ha encontrado responsabilidad en la persona de Serafín LUJAN PERALTA (46), en la Presunta Comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo la Vida el Cuerpo y La Salud en la Modalidad de Homicidio en Grado de Tentativa, en agravio de Felicitas PERALTA CASTILLO (59), en vista de no existir suficientes elementos de juicio, que den presupuesto para la configuración del ilícito penal que se investiga, sin embargo se deja a consideración de su Despacho Fiscal que como Titular de la Ejecución de la Acción Penal dirime sobre el particular en definitiva en base a la carga de la prueba.

V. DOCUMENTOS ANEXOS:

Se adjuntan los siguientes documentos:

- Una (01) Manifestación de Felicitas PERALTA CASTILLO - Una (01) Manifestación de Serafín LUJAN PERALTA

- Una (01) Manifestación de Amador CABRERA PERALTA - Una (01) Manifestación de Abilio CABRERA PERALTA

- Una (01) Manifestación de Juan Carlos CUNTO DIAZ - Una (01) Manifestación de Fredy CHAVEZ GUTIERREZ - Una (01) Apreciación Medica Felicitas PERALTA CASTILLO - Un (01) Examen Médico de Serafín LUJAN PERALTA

- Un (01) Acta de Constatación- Una (01) Copia simple Xerográfica de DNI

- Dos (02) Citaciones policiales - Una (01) Resolución de apertura de investigación Nro.06- 09, a folios siete (07).

Pichari, 07 de Abril del 2009.

ES CONFORME EL INSTRUCTOR