reglamento general elamun (1)

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  • 8/19/2019 Reglamento General ELAMUN (1)

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    ELAMUN - REGLAMENTO GENERAL 

    Capítulo I. 

    Lineamientos Generales. 

    Artículo 1 – Nombre Oficial: La conferencia realizada por la Delegación paraModelos de Naciones Unidas (ELAMUN) ostenta el nombre oficial de El Angel Modelof United Nations (ELAMUN). 

    Artículo 2 – Idioma Oficial: Durante el desarrollo de ELAMUN se utilizarán dos (2)de los cinco (5) idiomas oficiales de la Organización de las Naciones Unidas. El españolserá el idioma utilizado en la totalidad de las comisiones, a excepción del SecurityCouncil, en cuyo caso el idioma utilizado será el inglés. Aquellos Delegados que deseenhacer uso de otros idiomas durante sus discursos para algunos tecnicismos, deberán

     proveer una inmediata traducción. 

    Artículo 3 – Reglamento Oficial: El presente documento será el Reglamento a utilizaren la totalidad de las comisiones de ELAMUN 2013, con las adiciones que seannecesarias a criterio del Staff. 

    Capítulo II. 

    Autoridades, Obligaciones y Facultades. 

    Artículo 4 –Staff:  La coordinación de la totalidad de los aspectos intrínsecos alModelo, reposa sobre el Staff, el cual está conformado por un Senior Staff, el cualcomprende: un (1) Secretario General, un (1) Sub Secretario Académico, un (1) SubSecretario de Negocios y un (1) Sub Secretario in Chargé d’Affaires. 

    Artículo 5 – Secretario General: De conformidad con la Carta de la Organización delas Naciones Unidas, el/la Secretario(a) General es el máximo representante de esteorganismo internacional. En ELAMUN él/ella representa la máxima autoridad

    administrativa y académica dentro del Modelo. 

    Artículo 5.1 – Obligaciones del Secretario General: Serán obligaciones del SecretarioGeneral las siguientes. 

    • Velar por la correcta ejecución de todas las cuestiones asociadas y relativas aELAMUN. • Coordinar y supervisar las actividades de cada una de las Sub Secretarías deELAMUN. • Firmar las certificaciones entregadas a los Delegados por su participación en el evento

    así como otros reconocimientos. 

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    • Velar por el total cumplimiento de este Reglamento. 

    Artículo 5.2 – Facultades del Secretario General:  Serán facultades del SecretarioGeneral las siguientes. 

    • Declarar inagurado y clausurado el Modelo. • Tomar la palabra dentro de un Comité, Comisión, Consejo u Organización cuando las circunstancias lo ameriten. • Privar y restituir de sus funciones a un Director de Mesa, Secretario de Mesa oModerador en caso de que no cumplan con el Reglamento General, en previo acuerdocon el resto del Staff. • Sancionar, suspender o expulsar a cualquier Participante cuyo comportamiento,quebrante este Reglamento o cualquier regla subsiguiente, según lo considere necesario. 

    Artículo 6 – Sub Secretario Académico: Dentro de ELAMUN, el/la Sub Secretario(a)Académico actuará como la máxima instancia académica más cercana a el/laSecretario(a) General y es designado(a) a discreción de este(a) último(a). 

    Artículo 6.1 – Obligaciones del Sub Secretario Académico: Serán obligaciones delSub Secretario Académico las siguientes. 

    • Coordinar y supervisar las actividades de cada Comité, Comisión, Consejo uOrganización y sus Mesas Directivas. • Garantizar que las Mesas Directivas de cada Comité, Comisión, Consejo uOrganización conozcan y apliquen este reglamento con firmeza y cortesía.

     

    • Auxiliar a el/la Secretario(a) General en la coordinación del Modelo. • Asumir la posición de cualquier miembro del Staff cuando a discreción de el/la Secretario(a) General, se considere necesario. • Coordinar y supervisar la elaboración del Reglamento. • Asegurar la calidad del contingente de Directores, Moderadores y de Secretarios. • Mantener reuniones frecuentes con los representantes de las instituciones 

     participantes para obtener retroalimentación del evento y tomar las acciones que se consideren necesarias. • Solventar las discrepancias que se susciten a raíz de la aplicación de este Reglamento. 

    Artículo 6.2 – Facultades del Sub Secretario Académico: Serán facultades del SubSecretario Académico las siguientes. 

    • Amonestar a cualquier Participante conforme a lo establecido en el Artículo 16 del presente Reglamento. • Asumir la dirección, moderación o secretaría en cualquier sesión de cualquier Comité,

    Comisión, Consejo u Organización según se considere necesario. 

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    • Tomar la palabra dentro de las sesiones, de cualquier Comité, Comisión, Consejo u Organización. • Notificar a cualquier Embajador cuando sus Delegados no cumplan con lo establecido en este reglamento. 

    • Llamar la atención a las Mesas Directivas en caso de no cumplir a cabalidad 

    sus responsabilidades o cuando sea necesario. 

    Artículo 7 – Sub Secretario de Negocios: Dentro de ELAMUN, el/la Sub Secretario(a)de Negocios actuará como la máxima instancia administrativa del Modelo y esdesignado(a) por el/la Secretario(a) General. 

    Artículo 7.1 – Obligaciones del Sub Secretario de Negocios: Serán obligaciones delSub Secretario de Negocios las siguientes. 

    • Llevar un control administrativo y registro de cuenta de cada uno de los Participantes. 

    • Apoyar a el/la Secretario(a) General en la solución de situaciones imprevistas. • Asumir la posición de cualquier miembro del Staff cuando a discreción de el/la Secretario(a) General, se considere necesario. • Coordinar aquellas actividades concernientes al Stand de y demás stands que se vayana establecer durante los días del modelo. 

    Artículo 7.2 – Facultades del Sub Secretario de Negocios: Serán facultades del SubSecretario de Negocios las siguientes. 

    • Amonestar a cualquier Delegado y/o Participante conforme a lo establecido en elArtículo 16 del presente Reglamento. • Privar la participación a cualquier delegación que no haya cumplido con alguno de suscompromisos de pago en el Modelo. • Mantener comunicación con los Embajadores para notificar cualquier situación previaal Modelo y durante el mismo. • Auxiliar a cualquier miembro de otra Sub Secretaría en caso de ser necesario. 

    Artículo 8 – Sub Secretario in Chargé d'Affaires: Dentro de ELAMUN, el/la SubSecretario(a) in Chargé d'Affaires, actuará como la máxima instancia logística delModelo y es designado(a) por el/la Secretario(a) General. 

    Artículo 8.1 – Obligaciones del Sub Secretario in Chargé d'Affaires:  Seránobligaciones del Sub Secretario in Chargé d'Affaires las siguientes. 

    • Garantizar la seguridad y orden del evento. • Organizar las ceremonias de apertura y clausura. • Llamar a los Participantes para que hagan acto de presencia en sus respectivas salas. 

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    • Garantizar el buen funcionamiento de los equipos tecnológicos de cada ComitéComisión, Consejo u Organización dentro del evento. • Asignar funciones y responsabilidades, así como coordinar todas las actividades del Personal Logístico antes y durante el evento. 

    • Garantizar el suministro de todo el material de apoyo para los Delegados,Observadores, Embajadores, Personal Logístico, Mesas Directivas y Senior  Staff, antes y durante el evento. 

    Artículo 8.2 – Facultades del Sub Secretario in Chargé d'Affaires: Serán facultadesdel Sub Secretario in Chargé d'Affaires las siguientes. 

    • Amonestar a cualquier Delegado y/o Participante conforme a lo establecido en elArtículo 16 del presente Reglamento. • Autorizar la impresión de credenciales, placas, u otro material necesario. • Asegurar la entrega de las credenciales, placas u otros que hayan sido

     

    solicitadas en el Stand ELAMUN. • Hacer del conocimiento del Staff, cualquier situación imprevista. 

    Artículo 9 – Director de la Mesa:  El/La Directora(a) de la Mesa es la máximaautoridad académica que se distingue dentro de cada Comité, Comisión, Consejo uOrganización, reportando directamente al Sub Secretario(a) Académico. 

    Artículo 9.1 – Obligaciones del Director de la Mesa:  Serán obligaciones de el/ladirectora(a) de la Mesa las siguientes. • Conocer a fondo este Reglamento y velar por su plena ejecución con firmeza ycortesía. • Declarar la apertura y clausura de cada sesión de su respectivo Comité, Comisión,Consejo u Organización. • Enfrentar las situaciones imprevistas en caso de que estas le impidan consultarlo con

    algún miembro del Staff. • Aprobar o negar Mociones o puntos cuando lo considere necesario, explicando a los

     presentes sus razones y justificaciones siempre con base en este Reglamento. 

    Artículo 9.2 – Facultades del Director de la Mesa:  Serán facultades de el/ladirector(a) de la Mesa las siguientes. 

    • Proponer para la consideración del Comité, Comisión, Consejo u Organización,modificar el tiempo de discurso, bajo la recomendación de el/la Moderador(a). • Aprobar o negar los Derechos a Réplica. • Otorgar amonestaciones y sanciones a cualquier participante según lo contemplado en el Artículo 16 del presente Reglamento.1 • Aprobar y firmar Resoluciones y Enmiendas según su criterio. • Sugerir al foro que se promueva alguna Moción. 

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    • Declarar un receso a su discreción, y cumplir con el horario de receso establecido porel Sub Secretario in Chargé d'Affaires. • Invitar a cualquier miembro del Staff a observar la(s) sesión(es) en caso de que surja alguna controversia que a su discreción lo amerite. 

    • Indicar al moderador, que llame fuera de orden al orador si su discurso no 

    está relacionado con el tema en discusión. • Llevar actas de las sesiones según lo considere necesario y aplique al Comité, Comisión, Consejo u Organización. 

    Artículo 10 – Moderador: El/La Moderador(a) es la instancia administrativa de laMesa. Su función será moderar de forma precisa los temas a discutir. 

    Artículo 10.1 – Obligaciones del Moderador: Serán obligaciones del Moderador lassiguientes. 

    • Velar por el correcto desempeño del debate dentro de su Comité, Comisión, Consejo uOrganización. • Conocer a fondo este Reglamento y velar por su plena ejecución con firmeza ycortesía. • Velar por que se cumpla el protocolo diplomático dentro de su respectivo Comité,Comisión, Consejo u Organización, y durante la realización del evento. 

    Artículo 10.2 – Facultades del Moderador:  Serán facultades del moderador lassiguientes. 

    • Aprobar o negar Mociones o Puntos cuando lo considere necesario, explicando a los presentes sus razones y justificaciones siempre con base en este Reglamento. • Controlar el tiempo destinado para cada orador. • Presidir el proceso de votación de las Propuestas de Resolución y de las Propuestas de Enmienda. • Llamar la atención a cualquier persona que haya entrado a su respectivo Comité, Comisión, Consejo u Organización sin previa autorización de la MesaDirectiva. 

    Artículo 11 – Secretario de Mesa: El/La Secretario(a) es la instancia que gestionarálos sistemas de información de la Mesa y brindará apoyo logístico a la misma. 

    Artículo 11.1 – Obligaciones del Secretario de Mesa: Serán obligaciones delSecretario de Mesa las siguientes. 

    • Pasar lista al comienzo de cada sesión y verificar que exista quórum. • Vigilar el orden de la Lista de Oradores. • Llevar ordenadamente el escrutinio oficial de las votaciones. 

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    • Facilitar la comunicación entre los Documentos de Posición Oficial, Propuestas deResolución, Propuestas de Enmienda y Resoluciones finales. • Mantener los registros originales de los asuntos de su Comité, Comisión, Consejo u Organización. 

    Artículo 11.2 – Facultades del Secretario de Mesa: Serán facultades del Secretario deMesa las siguientes. 

    • Presidir cualquier proceso de Votación por Orden de Lista, según lo establecido en elArtículo 33 del presente Reglamento. • Emitir los resultados de cualquier Votación por Orden de Lista, según lo establecido enel Artículo 33 del presente Reglamento. • Presidir cualquier proceso de Votación por Partes, según lo establecido en el Artículo33 del presente Reglamento. • Emitir los resultados de cualquier Votación por Partes, según lo establecido en elArtículo 33 del presente Reglamento. 

    Capítulo III. 

    Participantes y Procedimientos. 

    Artículo 12 – Delegaciones: Las Delegaciones estarán integradas por, al menos, un (1)Embajador y un (1) Delegado en cada Comité, Comisión, Consejo u Organización en lacual el país participe, salvo cualquier excepción autorizada por el Staff. 

    Artículo 12.1 – Delegaciones Observadoras: Las Delegaciones Observadoras seránigualmente reconocidas como Delegaciones, y tendrán las mismas obligaciones. Sinembargo, por no ser miembros de pleno derecho en la Organización de las NacionesUnidas, durante las Votaciones Sustanciales, no contarán con derecho a voto en elComité, Comisión, Consejo u Organización. 

    Artículo 12.2 – Obligaciones de las Delegaciones:  Serán obligaciones de lasDelegaciones las siguientes. 

    • Conocer y aplicar el presente Reglamento. • Mantener un comportamiento diplomático dentro y fuera de cada sesión, tanto con los miembros de la Mesa Directiva, como con los demás Delegados de conformidad con el Artículo 14 del presente Reglamento. • Contar con la asistencia de cada Delegado en cada una de las sesiones del evento. • Acatar las decisiones de la Mesa Directiva. • Portar el carnet de identificación en un lugar visible en todo momento. 

    Artículo 13 – Embajadores:  Los Embajadores serán los representantes de las

    instituciones que participan en el evento, y serán la máxima autoridad dentro de una

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    Delegación. Igualmente, podrá optar como embajador en ELAMUN cualquier personaque cuente con al menos, un título de Bachiller de la República, u otro equivalente. 

    Artículo 13.1 – Obligaciones de los Embajadores:  Serán obligaciones de los

    Embajadores las siguientes. 

    • Conocer y aplicar el presente Reglamento. • Mantener reuniones con el Staff, cuando éste así lo convoque, con el fin de dar y recibir retroalimentación sobre el desarrollo del evento. • Mostrar un comportamiento diplomático y protocolar durante todo el evento de conformidad con el Artículo 14 del presente Reglamento. • No hacer uso de la palabra durante las sesiones de los Delegados, así como no tenercomunicación de ningún tipo en cualquier Comité, Comisión, Consejo u Organización, a excepción del salón de Embajadores. • Portar el carnet de identificación en un lugar visible en todo momento.

     

    • Dar a conocer al Staff cualquier pregunta, duda, comentario o sugerencia, que surja por parte de su delegación. • Velar porque todos los miembros de su delegación cumplan a cabalidad el  

     presente Reglamento. 

    Artículo 13.2 – Facultades de los Embajadores: Serán facultades de los Embajadoreslas siguientes. 

    • Podrán ingresar a cualquier Comité, Comisión, Consejo u Organización existente enELAMUN.

     

    • Podrán ingresar al salón de Embajadores bajo previa muestra del carnet de Embajador. • Darán a conocer cualquier pregunta, duda, comentario o sugerencia que surja por partede su delegación hacia el Staff de ELAMUN, siendo ellos los únicos autorizados paratal fin. 

    Artículo 14 – Protocolo Diplomático: Cada uno de los Participantes en ELAMUN estáobligado a hacer gala de cortesía y a mantener una conducta respetuosa hacia suscompañeros Delegados, miembros de la Mesa Directiva, el Staff, y demás Participantes,tanto dentro de las sesiones como fuera de ellas. 

    Artículo 15 – Identificación: Es requisito indispensable para todos los Participantes portar permanentemente su identificación en un lugar visible. Dicha identificación será proporcionada por el Staff y contendrá el país al cual el Delegado representa y elComité, Comisión, Consejo u Organización al cual pertenece, además de cualquier otrainformación que se considere necesaria. El no portar la identificación acarreará unaamonestación a la delegación en cuestión. 

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    Artículo 16– Amonestaciones:  Cualquier Delegado(a) o Delegación podrá hacerseacreedor(a) de una amonestación cuando a criterio de la Mesa Directiva o del SeniorStaff, su comportamiento así lo amerite, o cuando se quebrante cualquier artículo de este Reglamento que especifique que su rompimiento acarrea una amonestación. La

    acumulación de tres (3) amonestaciones dará lugar a la expulsión automática del evento.Las amonestaciones y la expulsión del evento son inapelables.

    Artículo 17 – Comunicación entre Delegaciones: Queda prohibida la comunicaciónverbal entre las distintas Delegaciones durante las sesiones formales dentro del recintode cada Comité, Comisión, Consejo u Organización. Podrán comunicarse enviandonotas parlamentarias a través de los pajes, mientras la Mesa Directiva lo permita. LaMesa Directiva en cualquier momento y sin previo aviso puede suspender el servicio

     brindado por los pajes. 

    Artículo 18 – Presencia en las sesiones:  Los Delegados no podrán abandonar elrecinto del Comité, Comisión, Consejo u Organización en el cual se encuentren, si estese encuentra en sesión formal. En caso de alguna necesidad urgente, el Delegado podráretirarse momentáneamente, solicitando la debida autorización al Secretario de Mesamediante una nota parlamentaria. Si la salida del Delegado deja a su Delegación sinrepresentación en el Comité, Comisión, Consejo u Organización, este deberá dejar su

     placa a disposición del Director de Mesa. 

    Artículo 19 – Vestimenta:  La vestimenta a ser utilizada durante el desarrollo delModelo deberá ser estrictamente formal según lo especificado a continuación: 

    • Hombres: Deben vestir traje o saco y pantalón de vestir con camisa y corbata, de igualmanera, deberán portar zapatos exclusivamente formales. No se permitirá el uso degorras, jeans o zapatos de goma. • Mujeres: Deben usar traje tipo taller, falda que cubra completamente la rodilla, o

     pantalón de vestir, camisa de vestir manga larga o manga 3⁄4 (que cubra el codo), ochaqueta con las mismas condiciones. Deberán portar zapatos de vestir, los que puedenser con o sin tacón. 

    Artículo 19.1: En caso de no cumplir con el código de vestimenta durante el desarrollode las sesiones formales, las personas que incurran en esta falta no podrán tener accesoal recinto de los Comités, Comisiones, Consejos u Organizaciones. De ser el caso de unDelegado(a) se le será acreditado(a) una amonestación. 

    Artículo 20 – Horarios: Los horarios establecidos por el Staff deberán ser respetados ycumplidos a cabalidad. Si alguna Delegación incurre en una falta a los horario se leacreditará una amonestación. 

    Artículo 21 – Uso de artefactos electrónicos: Queda prohibido el uso de artefactos

    electrónicos que con su funcionamiento interfieran con el trabajo de las sesiones,

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    excepto en aquellos casos autorizados por el Staff. Si el uso de estos aparatos resultaraindispensable, se deberá consultar con el Staff, quien asesorará a su criterio. Estoincluye teléfonos celulares o teléfonos inteligentes, pagers, PDAs, agendas electrónicas,computadoras, radios reproductores, televisores portátiles, tablets y todos aquellos

    considerados por la Mesa Directiva. 

    Artículo 22 – Comidas y bebidas:  Los Delegados no podrán ingerir alimentos o bebidas dentro del recinto de cada Comité, Comisión, Consejo u Organización.Únicamente se permitirá beber agua embotellada en envases transparentes que permitanver a través de ellos. 

    Artículo 23 – Quórum: La Mesa Directiva podrá declarar abierta una sesión, una vezhaya sido verificada la asistencia, siempre y cuando se encuentre presente al menos el25% de las Delegaciones registradas. La presencia de la mayoría simple (50% +1 de lasdelegaciones registradas) será requerida para los procesos de votación por Orden deLista. 

    Artículo 24 – Establecimiento de la Agenda:  La primera acción del primer día desesión en cualquier Comité, Comisión, Consejo u Organización es la consideración de laagenda, excepto en aquellos Comités, Comisiones, Consejos u Organizaciones que

     posean un Tópico Único. Para designar qué Tópico se discutirá primero en la agenda,alguna delegación deberá introducir una Moción. 

    Artículo 24.1: Al introducir la Moción, se debe de especificar el Tópico que se quierediscutir primero en la agenda.

     

    Artículo 24.2: Solamente podrán especificarse los tópicos designados por el Staff paracada Comité, Comisión, Consejo u Organización. 

    Artículo 24.3: Una vez introducida la Moción, se abrirá inmediatamente una Lista deoradores a favor y en contra de discutir el Tópico, especificado en dicha Moción,

     primero en la agenda. En esta lista de oradores estará en orden solamente laintroducción de Mociones para Caucus abierto, Cierre del Debate y Modificación deltiempo de orador. 

    Artículo 24.4: Habiendo sido reconocidos al menos dos (2) delegaciones a favor y dos(2) delegaciones en contra de discutir el Tópico, especificado en la Moción, primero enla agenda, cualquier delegación podrá introducir una Moción para el Cierre del Debatesobre el Establecimiento de la Agenda, de conformidad con lo establecido en el Artículo44 del presente Reglamento. 

    Artículo 24.5: Una vez cerrado el debate sobre el Establecimiento de la Agenda, se procederá a votar la Moción original. Esta Moción requiere de mayoría simple (50% + 1

    de los votos a favor) para ser aprobada. 

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    Artículo 25 – Lista General de Oradores: Una vez iniciada la sesión y establecida laagenda, la Mesa Directiva de cada Comité, Comisión, Consejo y Organización,declarará abierta la Lista General de Oradores con el propósito de debatir el Tópico en

    cuestión, y se reconocerán al menos diez (10) Delegaciones que levanten su placa, en elcaso del Consejo de Seguridad se reconocerán al menos cinco (5) Delegaciones. LasDelegaciones restantes que deseen ser incluidas en la Lista General de Oradores,deberán solicitarlo por escrito a la Mesa Directiva, a través de una nota parlamentaria. 

    Artículo 25.1: El tiempo inicial de discurso será establecido a discreción del Director(a)de cada Comité, Comisión, Consejo u Organización, el cual podrá ser modificado asolicitud de cualquier Delegación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 43del presente reglamento.10 

    Artículo 25.2: Ninguna delegación podrá ser incluida en la Lista General de Oradoresdos (2) o más veces de manera simultánea. 

    Artículo 25.3:  La Lista General de Oradores permanecerá abierta hasta que seaintroducida al menos una (1) Propuesta de Resolución, de conformidad con loestablecido en el Artículo 27 del presente reglamento. 

    Artículo 26 – Ceder el tiempo: Durante los discursos realizados en la Lista General deOradores, los Delegados deberán ceder el tiempo de discurso no utilizado a: 

    • Preguntas: El/La Moderador(a) seleccionará, a su criterio, a un número deDelegaciones que deseen formular una pregunta a la Delegación que ha cedido sutiempo. Cada Delegación tendrá derecho a una pregunta. El/la Directora(a) o el/laModerador(a) está facultado(a) para llamar la atención a cualquier Delegación cuya

     pregunta sea, a su juicio, retórica, tendenciosa o cuya intención no sea la de aclarar eltema en cuestión u obtener información. Únicamente las respuestas serán restadas deltiempo sobrante del orador, sin embargo, el/la Moderador(a) podrá a su discreciónestablecer un tiempo para realizar la pregunta. • Otra Delegación: La Delegación beneficiada puede aceptar hacer uso del tiemporestante o bien, rechazarlo. La Delegación beneficiada no puede ceder el tiemponuevamente. • La Mesa: El orador puede ceder el resto de su tiempo a la Mesa Directiva cuando nodesea hacer uso alguno del mismo. En este caso la Mesa aceptará el tiempo cedido ycontinuará con la lista general de oradores. 

    Artículo 26.1: Si alguna Delegación no cede el resto de su tiempo de discurso, la Mesa,a su juicio, podrá llamar a un máximo de 2 comentarios de 30 segundos cada uno acercadel contenido del discurso. 

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    Capítulo IV. 

    Propuestas de Resoluciones y Enmiendas. 

    Artículo 27 – Propuestas de Resolución: Es un documento que contiene un conjunto

    de estrategias formales que aprueban un determinado número de Delegaciones y quetiene como finalidad, el convertirse en la Resolución de dicho Comité, Comisión,Consejo u Organización. 

    Artículo 27.1: Para introducir una Propuesta de Resolución, la misma debe contar conla aprobación de la Mesa Directiva. Para esto, cualquier delegación podrá hacer entregadel documento a la Mesa Directiva indicando que se envía para su revisión. 

    Artículo 27.2:  La Mesa Directiva se reserva el derecho de aprobar o rechazar unaPropuesta de Resolución, y su decisión será inapelable. 

    Artículo 27.3:  Para que una Propuesta de Resolución pueda ser sometida a laaprobación de la Mesa Directiva, requiere de la firma de al menos cinco (5)Delegaciones, tres (3) en el Consejo de Seguridad. El firmar una Propuesta deResolución no implica apoyo a la misma sino a su discusión, de forma tal que lasdelegaciones firmantes no poseen obligaciones posteriores con esa Propuesta deResolución. 

    Artículo 27.4:  Una vez aprobada, la Mesa Directiva asignará un código a cadaPropuesta de Resolución que sea sometida para su aprobación. El código estarácompuesto por las siglas del Comité, Comisión, Consejo u Organización, más la letraque corresponda al Tópico en discusión, y un número correlativo en orden ascendente. 

    Artículo 27.5: Una vez que la Mesa Directiva haya asignado un código a una Propuestade Resolución que sea sometida para su aprobación, la misma será devuelta a laDelegación que la sometió a aprobación, y es a partir de este momento que podrá serintroducida al Foro. 

    Artículo 27.6:  Para que una Propuesta de Resolución sea introducida ante el foro,cualquier delegación podrá introducir una Moción para la Introducción de unaPropuesta de Resolución siempre y cuando el foro se encuentre abierto, indicando elcódigo de la misma. Esta moción no requiere ser secundada ni votada, y se consideraráaprobada automáticamente. 

    Artículo 27.7: Una vez introducida la Moción para la Introducción de una Propuesta deResolución, la Mesa Directiva reconocerá a la Delegación que haya introducido laMoción para que pase al foro a dar lectura del Comité, Comisión, Consejo uOrganización, el Tópico en discusión y las Cláusulas operativas. 

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    Artículo 27.8:  Una vez introducida la Propuesta de Resolución, la Mesa Directiva procederá a su reproducción y distribución entre las Delegaciones presentes. 

    Artículo 27.9: Una vez introducida la Propuesta de Resolución, se abrirá una nueva

    Lista de Oradores para la discusión exclusiva de Propuestas de Resolución. 

    Artículo 27.10: Más de una Propuesta de Resolución sobre el mismo Tópico pueden serintroducidas, pero sólo una será adoptada como Resolución. 

    Artículo 27.11: Una vez introducida la Propuesta de Resolución, los delegados, podránreferirse a la misma por el código designado por la Mesa Directiva. No se podrá hacerreferencia a una Propuesta de Resolución que no haya sido introducida ante el foro. 

    Artículo 27.12: El debate sobre las Propuestas de Resolución se mantendrá hasta queuna sea adoptada como Resolución del Comité, Comisión, Consejo u Organización.

     

    Artículo 27.13: Para adoptar una Propuesta de Resolución como Resolución de cadaComité, Comisión, Consejo u Organización, cualquier delegación debe introducir unaMoción para el Cierre del Debate sobre el Tópico en Discusión, de conformidad con loestablecido en el Artículo 44 del presente reglamento. 

    Artículo 27.14: Una vez cerrado el debate sobre el Tópico en Cuestión, se procederá avotar las propuestas de Resolución en el orden en el que fueron introducidas ante elforo, y requerirá de mayoría calificada (2/3) para que alguna de ellas sea aprobada. 

    Artículo 28 – Enmiendas: Consiste en una modificación breve y concisa a unaPropuesta de Resolución que haya sido previamente introducida al foro. Artículo 28.1: Para introducir una Enmienda, la misma debe contar con la aprobación dela Mesa Directiva. Para esto, cualquier delegación podrá hacer entrega del documento ala Mesa Directiva indicando que se envía para su revisión. 

    Artículo 28.2:  La Mesa Directiva se reserva el derecho de aprobar o rechazar unaEnmienda, y su decisión será inapelable. 

    Artículo 28.3: Para que una Enmienda pueda ser sometida a la aprobación de la MesaDirectiva, requiere de la firma de al menos tres (3) Delegaciones, dos (2) en el Consejode Seguridad. El firmar una Enmienda no implica apoyo a la misma sino a su discusión,de forma tal que las delegaciones firmantes no poseen obligaciones posteriores con esaEnmienda. 

    Artículo 28.4:  Una vez aprobada, la Mesa Directiva asignará un código a cadaEnmienda que sea sometida para su aprobación. El código estará compuesto por elcódigo de la Propuesta de Resolución que pretenda modificar, más un número

    correlativo en orden ascendente. 

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    Artículo 28.5: Una vez que la Mesa Directiva haya asignado un código a una Enmiendaque sea sometida para su aprobación, la misma será devuelta a la Delegación que lasometió a aprobación, y es a partir de este momento que podrá ser introducida al Foro. 

    Artículo 28.6: Para que una Enmienda sea introducida ante el foro, cualquierdelegación podrá introducir una Moción para la Introducción de una Enmienda siemprey cuando el foro se encuentre abierto, indicando el código de la misma, y exponiendo enqué consiste. Artículo 28.7: Una vez introducida la Moción para la Introducción de una Enmienda, seabrirá inmediatamente una Lista de oradores a favor y en contra de la Enmienda. En estalista de oradores estará en orden solamente la introducción de Mociones para Caucusabierto, Cierre del debate y Modificación del tiempo de orador. 

    Artículo 28.8: Habiendo sido reconocidas al menos dos (2) delegaciones a favor, y dos(2) delegaciones en contra de la Enmienda, cualquier delegación podrá introducir unaMoción para el Cierre del Debate sobre la enmienda, de conformidad con lo establecidoen el Artículo 44 del presente Reglamento. 

    Artículo 28.9: Una vez cerrado el debate sobre la Enmienda, se procederá a votar lamisma, lo que requerida de mayoría calificada (2/3 de los votos a favor) para seraprobada. Una enmienda que haya sido aprobada pasará a formar parte inmediatamentede la Propuesta de Resolución a la cual fue introducida. 

    Artículo 28.10: Una Enmienda sobre una parte de la Propuesta de Resolución previamente enmendado estará fuera de orden. 

    Artículo 28.11:  Solo puede ser debatida una enmienda a la vez. Para discutir 2enmiendas primero debe cerrarse el debate y votar la enmienda introducida (Artículos28.8 y 28.9) y posteriormente iniciar el debate con la siguiente (volviendo al proceso delartículo 28.6). 

    Capítulo V.

    Votaciones. 

    Artículo 29 – Votaciones:  Las votaciones podrán clasificarse en Votaciones deProcedimiento o Votaciones Sustanciales. 

    Artículo 30 – Votaciones de Procedimiento:  Son aquellas votaciones de Mocionesrelacionadas específicamente con el procedimiento a seguir para el desarrollo del debatey no se refieren directamente al tópico de discusión. Se considerarán Votaciones deProcedimiento todas excepto las Votaciones sobre Propuestas de Resolución y sobreEnmiendas. 

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    Artículo 30.1: Durante las Votaciones de Procedimiento no podrá haber abstenciones.12 

    Artículo 30.2: Durante las Votaciones de Procedimiento las Delegaciones Observadoras

     podrán ejercer su derecho a voto. 

    Artículo 31 – Votaciones Sustanciales:  Son aquellas votaciones en las cuales seconsideran Mociones relacionadas directamente con el Tópico de discusión. Seconsiderarán Votaciones Sustanciales únicamente la adopción de Propuestas deResoluciones o Enmiendas. Artículo 31.1:  Cuando se realicen Votaciones Sustanciales, específicamente sobre laadopción de Propuestas de Resolución, las puertas del comité serán cerradas, dado queno se podrá interrumpir la votación por agentes externos. 

    Artículo 31.2:  Cuando se realicen Votaciones Sustanciales, específicamente sobre laadopción de Propuestas de Resolución. Solo podrán permanecer en el recinto losEstados miembros del Comité, Comisión, Consejo u Organización, así como losmiembros de la Mesa Directiva y el personal Logístico. 

    Artículo 31.3:  Cuando se realicen Votaciones Sustanciales, específicamente sobre laadopción de Propuestas de Resolución, ninguna delegación podrá introducir un Puntode Orden. 

    Artículo 32 – Votaciones por Placa:  Se votarán por Placa todas las mociones pordefecto, salvo que se haya introducido una Moción para Votación por Orden de Lista.

     

    Artículo 32.1: Durante las Votaciones por Placa, cada delegación tendrá derecho a unvoto, el cual ejercerá levantando su placa según sea el caso, cuando la Mesa consulte

     por todos aquellos que voten “a favor” o “en contra”. Si una Votación Sustancial sellegase a realizar por placa, el no levantarla se considerará una abstención. 

    Artículo 33 – Votaciones por Orden de Lista:  Se votarán por Orden de Listasolamente la adopción de Propuestas de Resolución o de Enmienda, indicando el códigode la Propuesta de Resolución a la cual se refiera, siempre y cuando se haya introducidouna Moción para Votación por Orden de Lista. 

    Artículo 33.1:  Para realizar una votación por Orden de Lista, cualquier delegación podrá introducir una Moción para Votar por Orden de Lista la adopción de unaPropuesta de Resolución o una Enmienda, siempre y cuando el foro se encuentre abiertoe inmediatamente después que se haya cerrado el debate. 

    Artículo 33.2: Esta Moción debe ser secundada y requiere de mayoría simple (50%+1) para ser aprobada. 

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    Artículo 33.3:  El Moderador podrá, a su discreción, declarar esta Moción fuera deorden y su decisión será inapelable. 

    Artículo 33.4: Una vez que la Moción haya sido aprobada, el Secretario de la Mesa

    nombrará, en orden alfabético, a las Delegaciones presentes en el Comité, Comisión,Consejo u Organización, ante lo cual estas responderán “a favor”, “en contra”, “encontra con derecho a explicación”, “abstenerse” o pedir pasar a una segunda ronda. Unavez realizada una primera ronda de votaciones, el Secretario de la Mesa procederá anombrar, en orden alfabético, a las Delegaciones que hayan pasado, quienes debenobligatoriamente votar “a favor” ó “en contra”. 

    Artículo 33.5: Una vez completada la segunda ronda de votaciones, las delegacionesque votaron "en contra con derecho a explicación" solamente, podrán dar una breveexplicación de su voto por un período no mayor a treinta (30) segundos, solo si elmismo fue exclusivamente, en contra de su actual política exterior o diferente a su

     posición inicial. 

    Artículo 33.6: Habiendo explicado las delegaciones que votaron "en contra con derechoa explicación" sus respectivos votos, el Secretario de la Mesa procederá a dar lectura delos resultados. 

    Artículo 34 – Moción de Votación por Partes:  Se votarán por Partes solamente laadopción de Propuestas de Resolución, siempre y cuando se haya introducido unaMoción para Votación por Partes. 

    Artículo 34.1:  Para realizar una votación por Partes, cualquier delegación podráintroducir una Moción para Votar por Partes la adopción de una Propuesta deResolución, indicando el código de la Propuesta de Resolución a la cual se refiera, siempre y cuando el foro se encuentre abierto e inmediatamente después que se hayacerrado el debate. 

    Artículo 34.2: Esta Moción debe ser secundada. Igualmente será debatida por una (1)delegación a favor y una (1) delegación en contra, y requiere de mayoría calificada (2/3)

     para ser aprobada. 

    Artículo 34.3:  El Moderador podrá, a su discreción, declarar esta Moción fuera deorden y su decisión será inapelable. 

    Artículo 34.4: Una vez que la Moción haya sido aprobada, el Secretario de la Mesanombrará, en orden ascendente, cada una de las cláusulas operativas de una determinadaPropuesta de Resolución, ante lo cual las Delegaciones expresarán su voto sobre cadauna por separado. La votación de Propuestas de Resoluciones por partes sólo podrárealizarse mediante Votación por Placas. 

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    Artículo 34.5: Solamente las cláusulas que se aprueben por una mayoría calificada delos votos (2/3 de los votos a favor) serán consideradas parte de la Propuesta deResolución. 

    Artículo 34.6: Al culminar la votación por partes de un determinado Proyecto deResolución, se someterá a votación el mismo estando este compuesto solo por lascláusulas que fueron aprobadas de conformidad con el artículo 34.5. 

    Artículo 34.7: Cuando la totalidad de las cláusulas operativas de una Propuesta deResolución hayan sido rechazadas durante una Votación por Partes, se considerará quela misma ha sido rechazada en su totalidad desincorporándose la misma de laconsideración de la Asamblea. 

    Artículo 35 – Moción de Reconsideración de Voto: Luego de finalizar un proceso deVotación Sustancial, habiendo el Secretario de la Mesa anunciado los resultados de lavotación, cualquier delegación podrá promover una Moción de reconsideración de votocon el fin de cambiar su voto. Esta moción solo estará en orden si el delegado pertenecea la mayoría de los votos. 

    Artículo 36 – Moción de Reconsideración Global de Votos: Luego de finalizar un proceso de Votación Sustancial, habiendo el Secretario de la Mesa anunciado losresultado de la votación, cualquier delegación podrá introducir una Moción deReconsideración Global de Voto con el fin de repetir la votación en cuestión.  

    Artículo 36.1: Esta Moción debe ser secundada por cinco (5) Delegaciones. Igualmenteserá debatida por una (1) delegación a favor y una (1) delegación en contra, y requierede mayoría calificada (2/3 de los votos a favor) para ser aprobada. La Mesa directiva

     podrá declarar esta moción fuera de orden y su decisión será apelable. 

    Capítulo VI. 

    Puntos y Otras Mociones. 

    Artículo 37 – Punto de Privilegio Personal: Cualquier delegación participante podráutilizar este Punto si algún Delegado considera que su atención al debate se ve afectadaa causa de algún inconveniente ajeno al mismo (ruido, ventilación, etc.), para solicitarque se resuelva el problema. 

    Artículo 37.1: Este punto podrá solicitarse verbalmente, aun interrumpiendo al orador,sin embargo, el Delegado que hace uso del mismo debe esperar a ser reconocido por laMesa antes de explicar la situación. 

    Artículo 37.2:  Este Punto no podrá ser utilizado para salir del recinto del Comité,Comisión, Consejo u Organización, en caso cual debe realizarse de conformidad con lo

    establecido en al Artículo 21 del presente reglamento. 

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    Artículo 37.3: Este Punto debe ser usado con la mayor consideración y cortesía.1415 

    Artículo 37.4: El Moderador podrá declarar el uso de este Punto fuera de orden. 

    Artículo 38 – Punto de Orden: Cualquier Delegación participante podrá utilizar estePunto para llamar la atención cuando el Reglamento esté siendo violado. También puedeutilizarse cuando el objeto del discurso de un orador está fuera del Tópico en discusión. 

    Artículo 38.1: Este punto podrá solicitarse verbalmente, aun interrumpiendo al orador,sin embargo, el Delegado que hace uso del mismo debe esperar a ser reconocido por laMesa antes de explicar la situación. 

    Artículo 38.2: Este Punto debe ser usado con la mayor consideración y cortesía.16

    Artículo 38.3: El Moderador podrá declarar el uso de este Punto fuera de orden. 

    Artículo 38.4: No está permitido el establecimiento de un punto de orden sobre otro punto de orden. 

    Artículo 39 – Punto de Duda Parlamentaria:  Cualquier Participante podrá utilizareste Punto para hacer alguna pregunta a la Mesa relacionada con el Reglamento o elProcedimiento a seguir. Este punto no debe ser usado para realizar preguntas referentesal Tópico de discusión. 

    Artículo 39.1: El Punto de Duda Parlamentaria no podrá interrumpir al orador, y podráintroducirse cuando el foro se encuentre abierto. 

    Artículo 40 – Derecho a Réplica: Si un Delegado considera que su integridad personalo nacional ha sido ofendida o impugnada por otro Delegado, podrá solicitar a la MesaDirectiva un Derecho a Réplica. 

    Artículo 40.1: El Derecho a Réplica deberá solicitarse estrictamente por escrito a laMesa, indicando quién lo emite y el motivo del mismo. 

    Artículo 40.2: El Director de la Mesa podrá aceptar o no un Derecho a Réplica y sudecisión será inapelable. 

    Artículo 40.3: Si el Director de la Mesa acepta un Derecho a Réplica, la delegación quelo introdujo contará con un (1) minuto para exponer sus motivos. Acto seguido ladelegación impugnada contará con treinta (30) segundos para reconsiderar susdeclaraciones, si así lo considera. 

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    Artículo 40.4: Un Derecho de Réplica sobre otro Derecho de Réplica estará fuera deorden. 

    Artículo 40.5: El Moderador de la Mesa contará con plena autoridad y capacidad para

    otorgar una amonestación en caso de reincidencia. 

    Artículo 41 – Caucus Moderado: Es una reunión formal de los Delegados dirigida porel Moderador de la Mesa con el fin de discutir un punto más específico al expuesto en laagenda. Artículo 41.1: Cualquier Delegado puede solicitar un Caucus Moderado, introduciendouna Moción para un Caucus Moderado, siempre y cuando el foro este abierto. El/laDelegado(a) debe indicar el tiempo de duración, que no podrá exceder de veinte (20)minutos, el tiempo por orador y el tema que se va a discutir. 

    Artículo 41.2: La Moción para un Caucus Moderado debe ser secundado y requiere dela mayoría simple (50%+1) para ser aprobada. 

    Artículo 41.3: El Caucus Moderado puede ser extendido una (1) sola vezinmediatamente después de haber culminado, a través de una Moción para la extensióndel Caucus Moderado, especificando el tiempo de extensión, el cual en combinación conel tiempo original no debe sobrepasar los veinte (20) minutos. 

    Artículo 41.4: El Moderador podrá declarar la Moción fuera de orden, y su decisiónserá inapelable. 

    Artículo 42 –Caucus Abierto: Es una reunión informal entre los Delegados a fin dediscutir libremente un punto más específico al expuesto en la agenda. Tiene la finalidadde establecer criterios, negociaciones, posiciones y preparar Propuestas deResoluciones, entre otros. 

    Artículo 42.1: Cualquier Delegado puede solicitar un Caucus Abierto, introduciendouna Moción para un Caucus Abierto, siempre y cuando el foro este abierto. El/laDelegado(a) debe indicar el tiempo de duración, que no podrá exceder de veinte (20)minutos, y el tema que se va a discutir. 

    Artículo 42.2: La Moción para un Caucus Abierto debe ser secundada y requiere de lamayoría simple (50%+1) para ser aprobada. 

    Artículo 42.3: El Caucus Abierto puede ser extendido una (1) sola vez inmediatamentedespués de haber culminado, a través de una Moción para la extensión del Caucus Abierto, especificando el tiempo de extensión, el cual encombinación con el tiempo original no debe sobrepasar los veinte (20) minutos. 

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    Artículo 42.4: El Moderador podrá declarar la Moción fuera de orden, y su decisiónserá inapelable. 

    Artículo 43 –Tiempo de Orador: Se refiere a la cantidad de tiempo con la cual los

    Delegados cuentan para hacer sus discursos en las distintas listas de oradores. El mismoserá establecido por el Director del Comité, Comisión, Consejo u Organización el

     primer día de sesiones a su criterio, y podrá ser modificado por él o por solicitud de lasDelegaciones mediante la introducción de una Moción para la Modificación del Tiempode Orador. 

    Artículo 43.1: La Moción para la Modificación del Tiempo de Orador puede serintroducida cuando el foro se encuentre abierto, igualmente debe ser secundada yvotada, y requerirá de mayoría simple (50% más 1 votos a favor) para ser aprobada. 

    Artículo 43.2: El Moderador podrá declarar la Moción fuera de orden, y su decisiónserá apelable. 

    Artículo 44 – Cierre del Debate:  Se refiere a la finalización definitiva de undeterminado debate que se esté llevando a cabo. El mismo se puede solicitar medianteuna Moción para el Cierre del Debate. 

    Artículo 44.1:Esta Moción puede ser introducida cuando el foro se encuentre abierto,igualmente debe ser secundada, será debatible por una (1) Delegación a favor y una (1)en contra, y requerirá una mayoría calificada (2/3 de los votos a favor) para seraprobada.

     

    Artículo 44.2: El Moderador podrá declarar la Moción fuera de orden, y su decisiónserá apelable. 

    Artículo 45 –Receso: Se refiere a una suspensión planificada de la sesión. El mismo se puede solicitar mediante una Moción para un Receso. 

    Artículo 45.1: Cualquier delegación puede introducir una moción para receso,especificando el tiempo y el motivo. Para abandonar la sala al final de la última sesióndel día, se deberá especificar que es un receso hasta el día siguiente y la hora de inicio. 

    Artículo 45.2: Esta Moción puede ser introducida cuando el foro se encuentre abierto,igualmente debe ser secundada y requerirá una mayoría simple (50% + 1 de los votos afavor) para ser aprobada. 

    Artículo 45.3: El Moderador podrá declarar la Moción fuera de orden, y su decisiónserá inapelable. 

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    Artículo 45.4: La Mesa Directiva tiene la potestad de llamar a un receso, cuando así loconsidere pertinente. 

    Artículo 46 –Cierre del Modelo: Se refiere a la finalización definitiva de la conferencia

     para un determinado Comité, Comisión, Consejo u Organización. 

    Artículo 46.1: Esta Moción puede ser introducida cuando el foro se encuentre abierto,igualmente debe ser secundada y requerirá una mayoría calificada (2/3 de los votos afavor) para ser aprobada. 

    Artículo 46.2: El Moderador podrá declarar la Moción fuera de orden, y su decisiónserá apelable. 

    Artículo 47 – Apelaciones: Cualquier decisión de la Mesa, con excepción de aquellasexplícitamente expresadas como inapelables, pueden ser apeladas inmediatamente porcualquier Delegación, introduciendo una Solicitud de Apelación, cuando el foro seencuentre abierto. 

    Artículo 47.1:  Una vez introducida una Solicitud de Apelación, el Moderador oDirector explicará brevemente su decisión. 

    Artículo 47.2:  Una vez que el Moderador o Director haya explicado su decisión, laapelación será llevada a votación por placas, pudiendo responder las Delegaciones “afavor”, cuando apoyen la decisión de la Mesa, o “en contra” cuando están en desacuerdocon la decisión.

     

    Artículo 47.3: La decisión de la Mesa Directiva se mantendrá a menos que exista unamayoría calificada (2/3 partes) de votos “en contra”. 

    Artículo 48 – Disposición Final: Todas aquellas decisiones que no esténexplícitamente descritas en este Reglamento quedan a discreción de la Mesa Directiva ysu decisión(es).