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CONVENIO N2/5f7.t014MTC/21
CONVENIO DE COOPERACI6N INTERINSTITUCIONAL PARA LA ACTUALIZACI6N DH PLAN VIAL
PROVINCIAL PARTICIPATIVO DE CAJAMARCA
Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperaci6n lnterinstitucional que celebran,
de una parte el MINISTERIO DE TRANSPORTES V COMUNICACIONES a traves del Proyecto
Especial de lnfraestructura de Transporte Descent ralizado - PROV(AS DESCENTRALIZADO, con
Registro Unico de Contribuyente N2 20380419247 y domictlto legal en el Jir6n Camana N2 678,
~,.ll;i!;l!~r piso 11, Lima 1, debidamente representado por su Director Ejecutivo (e) lNG. JOSE RODR(GUEZ
CANTINET, designado por Resoluci6n Ministerial N2 859-2011-MTC/02, autorizado con
Resoluci6n Viceministerial N2 169-2012-MTC/02, identificado con DNI N2 10144347, a quien en
adelante se le denominara PROVfAS DESCENTRALIZADO; y de Ia otra parte, LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAJAMARCA representado por su Alcalde Senor RAMIRO ALEJANDRO
BARDALES VIGO, identificado con DNI N2 09867327 autorizado mediante Acuerdo de Concejo N2
274-2012-CMPC, con domicilio legal en Av. Alameda de los Incas s/n, Complejo Qhapac Nan, del
distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca, con Regist ro Unico
de Contribuyente N2 20143623042, a quien en adelante se le denominara GOBIERNO LOCAL
PROVINCIAL; bajo los terminos y condiciones siguientes:
Cl.AUSULA PRIMERA: LAS PARTES
1. PROV(AS DESCENTRALIZADO es una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio de
Transportes y Comuntcaciones, creada mediante Decreto Supremo N2 029-2006-MTC de
fecha 10 de agosto del 2006, de carckter temporal, con autonomia tecnica, administrativa
y financiera, encargada de las activ1dades de preparaci6n, gesti6n, administraci6n y
ejecuci6n de proyectos de infraestructura de transporte descent ralizado, asi como de Ia
planificaci6n, gesti6n y control de actividades y recursos econ6micos que se emplean para
el mantenimiento y seguridad de los cammos y puentes de Ia red vial a ntvel
departamental y provincial.
2. PROVfAS DESCENTRALIZADO es responsable del Programa de Transporte Rural
Descentralizado - PTRD, cuyo f inanciamiento proviene de los contratos de prestamo N2
7423 - PE y N2 1810/0C-PE suscritos con el Banco lnternacional de Reconstrucci6n y
Fomento- BIRF y el Banco lnteramericano de Desarrollo- BID respectivamente, y de los
recursos de contrapartida nacional, siendo de adhesion voluntaria y de ejecuct6n
descentra lizada a traves de los Gobiernos Locales Provinciales partictpantes. Tiene como
prop6sito, mejorar Ia dotaci6n y Ia calidad de Ia provision publica de Ia infraestructura vial
rural, en forma descentralizada y regulada, buscando Ia complementariedad y Ia
coordinaci6n de Ia mtsma, con el desarrollo de iniciativas econ6mico-productivas y en
algunas provincias piloto con otro tipo de inversiones de infraestructura econ6mica
multisectorial de modo que se consoltden y expandan los esfuerzos de descentralizact6n y
transferencia de Ia gesti6n via l a los Gobiernos Loca
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3. De acuerdo con el articulo N2 194!! de Ia Constituci6n Politica del Peru modificado por Ia
Ley N!! 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y
Dist ritales son los 6rganos de gobierno local y tienen autonomfa polltica, econ6mica y
administrativa en los asuntos de su competencia .
4. De conformidad a Ia Ley N!! 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el gobierno local
tiene autonomfa politica, econ6mica y administrativa en los asuntos de su competencia,
con personeria j urldica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus
fines; en ese sentido, le compete entre otros asuntos aprobar el regimen de organizaci6n
interna, funcionamiento del gobierno local y Ia organizaci6n del espacio fisico, trans1to,
vralidad y transporte publico. Tiene como finalidad representar al vecindario, promover Ia
adecuada prestaci6n de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y
arm6nico de su suscripci6n. Es un 6rgano de gobierno promotor del desarrollo, de Ia
economfa local y Ia prestaci6n de los servicios publicos de su responsabilidad, en armenia
con las politicas, planes nacionales y regiona les de desarrollo.
5. Siendo que el Plan Vial Provincial Participative - PVPP es un instrumento ttknrco del
GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, que le permite desarrollar una gesti6n vial rural de
manera planificada y eficiente, y teniendo en cuenta que ya no esta vigente el actual PVPP
de CAJAMARCA, es que se necesita actualizarlo con Ia asistencia tecnica de PROVfAS
DESCENTRALIZADO.
ClAUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES
1. Segun el Oficio N2 13-2012-G-IVP/MPC de fecha 25 de Mayo del 2012, el GOBIERNO
LOCAL PROVINCIAL, solicit6 a PROVfAS DESCENTRALIZADO, el apoyo mediante as1stencia
tecnica para actualizar su Plan Vial Provincial Participat ive- PVPP.
2. Mediante el lnforme N2 101-2012-MTC/21.UGDI de Ia Unidad Gerencial de Desarrollo
lnstitucional de PROVfAS DESCENTRALIZADO, estando conforme con el requerimiento
efectuado por el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, proyect6 el Convenio de Cooperaci6n
lnterinstitucional para Ia actualizaci6n del PVPP de Cajamarca.
3. En tal sentido, el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, remiti6 el Acuerdo de Concejo NQ 274-
~ff!!!J:...(».._ 2012-CMPC de fecha 11 de set iembre del 2012, en el que se aprueba y se autoriza al
4~ -.!· .. t '\1'\ Alcalde, Ia suscripci6n del Convenro de Cooperaci6n lnterinstitucronal con PROVfAS fS! .. ~ \("' cz ·' \ ~ ));j DESCENTRALIZADO, para Ia actualizaci6n del Plan Vial Provincia l Participative de P, ' ,..., ' ( 'QIA \ ,~- • Cajamarca .
• ('~-- - · .('7-/ -....J -\1~'/ ~ ClAUSULA TERCERA: BASE LEGAL
• Constituci6n Polit ica del Peru.
• Ley N!! 27783 - Ley de Bases de Descentralizaci6n y modrficatonas.
• Ley N2 27972 - Ley Organica de las M unicipa lidades.
• Decreto Supremo N2 029-2006- MTC, creaci6n del Proyecto Especial de lnfraestructura de
Transporte Descentralizado - PROVfAS DESCENTRALI 0 <.<-\
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)C,•:::r_r .. i~··r · .. ·· "':'·~: ... ¥·,.!1 • Resoluci6n Directoral N2 692-2007-MTC/21, que aprueba el Manual de Operaciones del
Programa de Transporte Rural Descentralizado.
• Acuerdo de Concejo N!! 274-2012-CMPC de fecha 11 de setiembre del 2012.
Cl.AUSULA CUARTA: DELOBJETO
Es objeto del presente Convenio establecer las bases y compromisos de cooperacr6n
interinstitutional entre las partes intervinientes, para Ia actualizaci6n del Plan Vial Provincial
Participativo del GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL de CAJAMARCA.
Cl.AUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES
DE PROVfAS DESCENTRALIZADO
1. Capacitar a los integrantes de Ia Secretaria Tecnica del Plan Vial (STPV), en Ia metodologfa
de elaboraci6n del Plan Vial Provincral Particrpativo (PVPP).
2. Despues de conformada Ia Secretaria Tecnica por el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL,
PROVIAS DESCENTRALIZADO contratara a un especialista en lnventario Vial
Georreferenciado- IVG, durante dos (02) meses a dedicaci6n exclusiva, responsable de Ia
elaboraci6n deiiVG.
3. Capacitar al equipo responsable de elaboraci6n del lnventario Vial Georreferenciado -
IVG, sobre los aspectos metodol6gicos y del uso del GPS.
4. Brindar Asistencia Tecnica especializada en acciones de supervisi6n, seguimiento y
evaluaci6n para el cumplimiento de las actividades consideradas en el Plan de Trabajo de
las diferentes fases del PVPP y deiiVG, segun los plazos previstos en dicho documento y Ia
calidad esperada.
5. Participar, en funci6n a Ia disponibilidad del caso, en los Talleres de Informacion y
Planeamiento; Priorizaci6n de las lnversiones Viales y aprobaci6n de Ia version final del
PVPP.
6. Revisar, opinar y dar conformidad sobre los informes parciales y finales del PVPP e IVG,
segun el caso.
7. Proporcionar a Ia STPV las Gulas para Ia formulaci6n del PVPP, el IVG y el lnstructivo
Cartografico.
DEL GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL- GLP:
1. Constituir Ia Secreta ria Tecnica del Plan Vial (STPV).
2. Designar al Gerente General deiiVP como Coordinador General de Ia STPV.
3. Contratar a un consultor, especialista en planes durante tres meses a dedicaci6n
exclusiva, como Coordinador Tecnico de Ia Secretarfa Tecnica para Ia actualizaci6n del
Plan Vial Provincial Participativo. El inicio de esta consultorla rige a partir de Ia
culminaci6n deiiVG.
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4. Enviar los informes de avance y finales del IVG y del PVPP segun los Planes de Trabajo
aprobados por PROVfAS DESCENTRALIZADO, adjuntando las aetas de validaci6n de Ia
STPV, para Ia revisi6n y conformidad respectiva.
5. El GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL con el apoyo de los Gobternos Locales Distritales,
asumiran los gastos loglsticos durante las acciones de campo para el IVG: camioneta,
combustible, chofer y un guia que conozca los caminos vecinales y de herradura de Ia
provincia.
6. Convocar Ia participaci6n de los Gobternos Locales Distritales en los talleres programados
durante Ia elaboraci6n del inventario y plan vial : Taller de informaci6n y planeamiento,
Taller del diagn6st ico y potencialidades, Taller de priorizaci6n y Taller de aprobaci6n de Ia
version final del PVPP.
Cl.AUSULA SEXTA: DEL PLAZO DE EJECUCI6N
El presente Convenio tendra vigencia durante el periodo que dure el proceso de actualizaci6n del
plan vial.
Cl.AUSULA SETIMA: AUTONOMfAS
El presente Convenio no afectara Ia organizaci6n y funciones de ninguna de las partes, las mismas
que ese enmarcan en el ejercicio de sus facultades y atribuciones establecidas en los dispositivos
legales vigentes que las regulan.
Cl.AUSULA OCTAVA: INCUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS
DE PROVfAS DESCENTRALIZADO
En caso que PROVfAS DESCENTRALIZADO, incumpla los acuerdos del presente Convenio, el
GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL dejara constancia mediante acta, dicho cumplimento, Ia que
comunicara y remitira con oficio a PROVfAS DESCENTRALIZADO, acta que debe contener el
sustento correspondiente.
J!:~dt, , DEL GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL
&r 1·::\\ )§~i el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, incumple los acuerdos del presente Convenio, en todo o en
\ ~ _ · ~ ,1-:- • 'parte sustancial, se postergara su participaci6n y se le reprogramara como ultimo participante,
f:J.:\:j;/ dando prioridad subsecuentemente a los ot ros participantes voluntarios de los gobiernos locales
# provinciales de Ia regi6n .
Para Ia aplicaci6n de lo esgrimido precedentemente, ambas partes, segun sea el caso, revisaran y
, evaluaran, el desarrollo de los acuerdos tornados en el presente Convento, a partir del segundo
mes de Ia suscripci6n, emitiendo el documento correspondiente.
Cl.AUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCI6N
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El presente Convenio quedara resuelto de producirse cualquiera de las siguientes causales:
a. A solicitud de cualquiera de las partes, previa comunicaci6n por escrito con una
anticipaci6n de cinco (OS) dias habiles a Ia fecha de Ia resoluci6n. La comunicaci6n de
resoluci6n del Convenio no liberara a las partes, baJO ninguna circunstancia, de los
compromises previa mente asumidos durante Ia vigencia del mismo.
b. Por mutua acuerdo ent re las partes, el mismo que debera ser expresado por escrito.
c. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su cumplimiento.
d. Por incumplimiento injustificado de cualquiera de las obligaciones asumidas por las
partes en el presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes debera requerir
por escrito el cumphmiento de Ia obligaci6n en un plaza no mayor de quince (lS) dias
habiles, bajo apercibimiento de resolver automaticamente el Convenio de mantener el
incumplimiento.
Cl.AUSULA DECIMA: DE LAS MODIFICACIONES DEL CONVENIO
El presente Convenio podra ser modificado o ampliado mediante Adendas que seran suscritas por
las partes de comun acuerdo a solicitud de cualquiera de elias.
Cl.AUSULA DECIMA PRIMERA: DEL DOMICILIO
Para los efectos de este Convenio, se consideran como domicilios de las partes, los que aparecen
en Ia parte introductoria de mismo. Cua lquier comunicaci6n o notificaci6n que con motivo del
presente Convenio, deba ser cursada a cualquiera de las partes, se entendera como validamente
efectuada si es dirigida a los domicilios consignados en Ia parte introductoria del presente
Convenio.
Cualquier variaci6n domiciliaria, durante Ia vigencia del presente Convenio, produci ra sus efectos
despues de los OS dfas habiles de notificada a Ia otra parte, caso contrario toda comunicaci6n o
notificaci6n realizada a los domicilios indicados en Ia introducci6n del presente Convenio, se
entendera validamente efectuada.
X:)~ Cl.AUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS ·r (J!-·)\ ~~~~·Jt:. \ } Ante cualquier controversia o discrepancia resultante de Ia ejecuci6n del presente Convenio, las "::"' M"""•• 't 'l"
~~ · . 'lfartes trataran darle soluci6n conforme a las reglas de Ia buena fe y comun intenci6n de las
' '"{ . ·1 \'-~, ~artes, consagradas en el C6digo Civil, Ia misma que se efectuara en un plaza de cinco (OS) dlas
' ~--Y habiles, contados a partir del momenta en que se comunica a Ia otra parte de Ia controversia o
discrepancia suscitada, a cuyo vencimiento dentro de los 10 dias siguientes al vencimtento de Ia
etapa anterior, las partes podran someter Ia controversia a un Centro de Conciliaci6n y/ o recurrir
a un Tribunal Arbitral.
Cl.AUSULA DECIMA TERCERA:
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Las partes declaran conocer el contenido y alcance de todas y cada una de las Clausulas
estipuladas en el presente Convenio y se comprometen a respetarlas, de acuerdo a las reglas de Ia
buena fe y comun intenci6n de las partes, sei'ialado que no ha mediado dolo, vitio o error que
pudiera invalidarlo.
En sei'ial de conformidad con el contenido y alcances del presente Convenio de Cooperation
·e. Interinstitutional, los representantes de las institutiones intervinientes proceden a su suscripc16n
en tres (03) originales, en Ia ciudad de Lima a los ... 2. ~ dias del mes de .............. ..QCL ..... del .. ~ .. :. .. :
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PRow.s oescamwJzAOO PROVfAS DESCENTRALIZADtY-
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Jf.C'V<E'R!J)O (JYE CON(]EJO !}(0 274-2012-CM.lPC
Cajamarca, 11 de Set•embre del2012
VISTO:
En Sesi6n Ordinana de Concejo Municipal de fecha 05 de Setiembre del 2012; el Pedido del ser'\or Regidor Ruperto Becerra Vasquez, solicitando aprobar el Proyecto de Convenio de Cooperac16n lntennstituc1onal entre Ia Mun1cipalidad Provincial de Cajamarca y PROVIAS Oescentralizado; lnforme Legal W 682-2012-0AJ-MPC, 01ctamen W 016-2012-CPP-MPC de Plan1ficac16n y Presupuesto
-::-t£---,.flori/,.;.--' +:::.:.fic:.::io W 0 16-2 0 12 -C P P-C M PC, y;
Que, de conformidad con lo d1spuesto en el Art. 194° de Ia Constituci6n Polltica del Estado, mod1ficado porIa Ley de Reforma Constituc1onal, Ley N° 27680, "Las Municipalidades son Gob1ernos Locales con Autonomfa Polltica, Econ6mica y Administrativa en los asuntos de su competencia; en concordanc1a con lo preceptuado en el Art II del Titulo Preliminar de Ia Ley Organica de Municipalidades W 27972". •
Que, el Regidor Ruperto Becerra Vasquez, sustentando su petici6n precisa que con el Dictamen del v1sto adJunta el proyecto de Convemo entre Ia Municipalidad Provmc1al de CaJamarca, a traves del lnst1tuto Vial Provincial (IVP) y el Ministeno de Transportes y Comunicaciones, a traves de PROVIAS DESCENTRALIZAOO, con el objetivo de reahzar un lnventano Vial Georefenciado y posteriormente Actualizar el Plan V1al Participattvo Provincial, prec1sa que los comprom1sos de las partes se encuentran en el Proyecto de Convemo que alcanza junto al Otctamen, que, Ia Mumcipalidad Provmc1al asume compromises loglsticos, y PROVIAS Descentralizado se encargara de todo el equipo, del aparato administrative, de capacitar, contratar al especialista en inventario vial y aprobar finalmente el Plan Vial Partic1pat1vo Provincial y el lnventario V1al
Que, ante Ia propuesta, los senores Regidores lo analizaron y en v1sta de Ia importanc1a del Conven1o lnterinstitucional, el ConceJO determin6 su aprobaci6n, pues al Actualizar el PVPP- Plan V1al Provincial Participative de Cajamarca dado que es un lnstrumento Tecn1co de Gobierno Local Provincial, nos permitira desarrollar una Gestl6n rural de manera ordenada, plan1ficada y efic1ente, y a Ia vez ev1tara Ia duphcidad, en cuanto a las intervenciones econ6micas que realicen las d1versas lnstituc1ones compromet1das con el Sistema Vial de Ia Provincia de Cajamarca
Que, el Numeral 26) del Articulo go de Ia Ley Organica de Munic1palidades - Ley N° 27972, def1ne como atribuc16n del ConceJo "Aprobar Ia celebrac16n de Convenios de Cooperaci6n Nac1onal e lnternaclonal y Convenios lnterinstitucionales"
Por el vote unanime de los Ser'\ores Regidores, con Ia dispensa de Ia lectura y aprobac16n del acta para tomar el acuerdo y de conform1dad con los artlculos 1 r y 41 o de Ia Ley Organ1ca de Munic1pahdades.
SE ACOROO:
Articulo Primero APROBAR, el Convenio de Cooperaci6n lntennstituc1onal para Ia Actualizaci6n del Plan Vial Provincial Participative de Cajamarca, entre Ia Municipalidad Provincial de CaJamarca
CALLE AV ALAMEDA DE LOS INCAS · COMPLEJO QHAPAC NAN" CAJAMARCA PERU
PROVIAS Descentrahzado, cuyo objet1vo es establecer las bases y comprom1sos entre las partes mtervinientes y se cristalice el objeto del conven1o.
Articulo Segundo· AUTORIZAR, al sei'lor Alcalde de Ia Mun1c1palidad Provincial de CaJamarca Ia firma del Convenio Aprobado en el Articulo precedente
C e • Alcaldoa - Sala lk Re&J(Iore~ • Gerencoa Munocopal . • Alesona Jundoca -OCI
REGISTRESE, COMUNfQUESE Y CUMPLASE
• Ofieona de Planeamiemo y Pre>upucslo • C~.-.cion nemea • Oficona de Comunocaeoones y Relacoones lnslllucoonales • Oficona de lnfOflTiitoca - Provoas Oescenorahzado - Archovo
CALLE AV. ALAMEDA DE LOS INCAS · COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU
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