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l.' trt• ·,t_ rt·• --, .. I v C :.:•rr,, . 11 .. 1 11 · Vtr. I II" II •. l l ·l I:' I lt' fl i lf :'II" . CONVENIO N2/ 5f7.t014MTC/21 C ONVENIO DE COOPERACI6N INTERINSTITUCIONAL PARA LA ACTUALIZACI6N DH PLAN VIAL PROVINCIAL PARTICIPATIVO DE CAJAMARCA Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperaci6n lnterinstitucional que celebran, de una parte el MINISTERIO DE TRANSPORTES V COMUNICACIONES a traves del Proyecto Especial de lnfraestructura de Transporte Descentralizado - PROV( AS DESCENTRALIZADO, con Registro Unico de Contribuyente N2 20380419247 y domictlto legal en el Jir6n Camana N2 678, piso 11, Lima 1, debidamente representado por su Director Ejecuti vo (e) lNG. JOSE RODR(GUEZ CANTINET, designado por Resoluci6n Ministerial N2 859-2011-MTC/02, autorizado con Resoluci6n Viceministerial N2 169-2012-MTC/02, identificado con DNI N2 10144347, a quien en adelante se le denominara PROVfAS DESCENTRALIZADO; y de Ia otra parte, LA MUNIC IPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA representado por su Alcalde Senor RAMIRO ALEJANDRO BARDALES VIGO, identificado con DNI N2 09867327 auto rizado mediante Acuerdo de Concejo N2 274-2012-CMPC, con domicilio legal en Av. Alameda de los Incas s/n, Complejo Qhapac Nan, del distrito de Cajamar ca, provincia de Caja marca, departamento de Cajamarca, con Regist ro Unico de Contribuyente N2 20143623042, a quien en adelante se le denominara GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL; bajo los terminos y condiciones siguientes: Cl.AUSULA PRIMERA: LA S PARTES 1. PROV(AS DESCENTRALIZADO es una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio de Transportes y Comuntcaciones, creada mediante Decreto Supremo N2 029-2006-MTC de fecha 10 de agosto del 2006, de carckter temporal, con autonomia tecnica, administrativa y financiera, encargada de las activ1dades de preparaci6n, gesti6n, administraci6n y ejecuci6n de proyectos de infraestructura de transp orte descent ralizado, asi como de Ia planificaci6n, gesti6n y control de actividades y recursos econ6micos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de los cammos y puentes de Ia red vial a ntvel departamental y provincial. 2. PROVfAS DESCENTRALIZADO es responsable del Programa de Transporte Rural Desce ntra li zado - P TRD, cuyo financiamiento proviene de los contratos de prestamo N2 7423 - PE y N2 1810/0C-PE suscritos con el Banco lnternacional de Reconstrucci6n y Fomento- BIRF y el Ba nco lnteramericano de Desarrollo- BID respectivamente, y de los recursos de contrapartida nacional, siendo de adhesion voluntaria y de ejecuct6n descentralizada a traves de los Gobiernos Locales Provinciales partictpantes. Tiene como prop6sito, mejorar Ia dotaci6n y Ia calidad de Ia provision publica de Ia infraestructura vial rural, en forma descentralizada y regulada, buscando Ia complementariedad y Ia coordinaci6n de Ia mtsma, con el desarrollo de iniciativas econ6mico-productivas y en algunas provincias piloto con otro tipo de inversiones de infraestructura econ6mica multisectorial de modo que se consoltden y expandan los esfuerzos de descentralizact6n y transferencia de Ia gesti6n vial a los Gobiernos Loca 1 (

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Vtr. I II" II •. l l ·l I:' I lt' fl i lf ',~,H :'II".

CONVENIO N2/5f7.t014MTC/21

CONVENIO DE COOPERACI6N INTERINSTITUCIONAL PARA LA ACTUALIZACI6N DH PLAN VIAL

PROVINCIAL PARTICIPATIVO DE CAJAMARCA

Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperaci6n lnterinstitucional que celebran,

de una parte el MINISTERIO DE TRANSPORTES V COMUNICACIONES a traves del Proyecto

Especial de lnfraestructura de Transporte Descent ralizado - PROV(AS DESCENTRALIZADO, con

Registro Unico de Contribuyente N2 20380419247 y domictlto legal en el Jir6n Camana N2 678,

~,.ll;i!;l!~r piso 11, Lima 1, debidamente representado por su Director Ejecutivo (e) lNG. JOSE RODR(GUEZ

CANTINET, designado por Resoluci6n Ministerial N2 859-2011-MTC/02, autorizado con

Resoluci6n Viceministerial N2 169-2012-MTC/02, identificado con DNI N2 10144347, a quien en

adelante se le denominara PROVfAS DESCENTRALIZADO; y de Ia otra parte, LA MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DE CAJAMARCA representado por su Alcalde Senor RAMIRO ALEJANDRO

BARDALES VIGO, identificado con DNI N2 09867327 autorizado mediante Acuerdo de Concejo N2

274-2012-CMPC, con domicilio legal en Av. Alameda de los Incas s/n, Complejo Qhapac Nan, del

distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca, con Regist ro Unico

de Contribuyente N2 20143623042, a quien en adelante se le denominara GOBIERNO LOCAL

PROVINCIAL; bajo los terminos y condiciones siguientes:

Cl.AUSULA PRIMERA: LAS PARTES

1. PROV(AS DESCENTRALIZADO es una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio de

Transportes y Comuntcaciones, creada mediante Decreto Supremo N2 029-2006-MTC de

fecha 10 de agosto del 2006, de carckter temporal, con autonomia tecnica, administrativa

y financiera, encargada de las activ1dades de preparaci6n, gesti6n, administraci6n y

ejecuci6n de proyectos de infraestructura de transporte descent ralizado, asi como de Ia

planificaci6n, gesti6n y control de actividades y recursos econ6micos que se emplean para

el mantenimiento y seguridad de los cammos y puentes de Ia red vial a ntvel

departamental y provincial.

2. PROVfAS DESCENTRALIZADO es responsable del Programa de Transporte Rural

Descentralizado - PTRD, cuyo f inanciamiento proviene de los contratos de prestamo N2

7423 - PE y N2 1810/0C-PE suscritos con el Banco lnternacional de Reconstrucci6n y

Fomento- BIRF y el Banco lnteramericano de Desarrollo- BID respectivamente, y de los

recursos de contrapartida nacional, siendo de adhesion voluntaria y de ejecuct6n

descentra lizada a traves de los Gobiernos Locales Provinciales partictpantes. Tiene como

prop6sito, mejorar Ia dotaci6n y Ia calidad de Ia provision publica de Ia infraestructura vial

rural, en forma descentralizada y regulada, buscando Ia complementariedad y Ia

coordinaci6n de Ia mtsma, con el desarrollo de iniciativas econ6mico-productivas y en

algunas provincias piloto con otro tipo de inversiones de infraestructura econ6mica

multisectorial de modo que se consoltden y expandan los esfuerzos de descentralizact6n y

transferencia de Ia gesti6n via l a los Gobiernos Loca

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3. De acuerdo con el articulo N2 194!! de Ia Constituci6n Politica del Peru modificado por Ia

Ley N!! 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades Provinciales y

Dist ritales son los 6rganos de gobierno local y tienen autonomfa polltica, econ6mica y

administrativa en los asuntos de su competencia .

4. De conformidad a Ia Ley N!! 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el gobierno local

tiene autonomfa politica, econ6mica y administrativa en los asuntos de su competencia,

con personeria j urldica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus

fines; en ese sentido, le compete entre otros asuntos aprobar el regimen de organizaci6n

interna, funcionamiento del gobierno local y Ia organizaci6n del espacio fisico, trans1to,

vralidad y transporte publico. Tiene como finalidad representar al vecindario, promover Ia

adecuada prestaci6n de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y

arm6nico de su suscripci6n. Es un 6rgano de gobierno promotor del desarrollo, de Ia

economfa local y Ia prestaci6n de los servicios publicos de su responsabilidad, en armenia

con las politicas, planes nacionales y regiona les de desarrollo.

5. Siendo que el Plan Vial Provincial Participative - PVPP es un instrumento ttknrco del

GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, que le permite desarrollar una gesti6n vial rural de

manera planificada y eficiente, y teniendo en cuenta que ya no esta vigente el actual PVPP

de CAJAMARCA, es que se necesita actualizarlo con Ia asistencia tecnica de PROVfAS

DESCENTRALIZADO.

ClAUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES

1. Segun el Oficio N2 13-2012-G-IVP/MPC de fecha 25 de Mayo del 2012, el GOBIERNO

LOCAL PROVINCIAL, solicit6 a PROVfAS DESCENTRALIZADO, el apoyo mediante as1stencia

tecnica para actualizar su Plan Vial Provincial Participat ive- PVPP.

2. Mediante el lnforme N2 101-2012-MTC/21.UGDI de Ia Unidad Gerencial de Desarrollo

lnstitucional de PROVfAS DESCENTRALIZADO, estando conforme con el requerimiento

efectuado por el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, proyect6 el Convenio de Cooperaci6n

lnterinstitucional para Ia actualizaci6n del PVPP de Cajamarca.

3. En tal sentido, el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, remiti6 el Acuerdo de Concejo NQ 274-

~ff!!!J:...(».._ 2012-CMPC de fecha 11 de set iembre del 2012, en el que se aprueba y se autoriza al

4~ -.!· .. t '\1'\ Alcalde, Ia suscripci6n del Convenro de Cooperaci6n lnterinstitucronal con PROVfAS fS! .. ~ \("' cz ·' \ ~ ));j DESCENTRALIZADO, para Ia actualizaci6n del Plan Vial Provincia l Participative de P, ' ,..., ' ( 'QIA \ ,~- • Cajamarca .

• ('~-- - · .('7-/ -....J -\1~'/ ~ ClAUSULA TERCERA: BASE LEGAL

• Constituci6n Polit ica del Peru.

• Ley N!! 27783 - Ley de Bases de Descentralizaci6n y modrficatonas.

• Ley N2 27972 - Ley Organica de las M unicipa lidades.

• Decreto Supremo N2 029-2006- MTC, creaci6n del Proyecto Especial de lnfraestructura de

Transporte Descentralizado - PROVfAS DESCENTRALI 0 <.<-\

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)C,•:::r_r .. i~··r · .. ·· "':'·~: ... ¥·,.!1 • Resoluci6n Directoral N2 692-2007-MTC/21, que aprueba el Manual de Operaciones del

Programa de Transporte Rural Descentralizado.

• Acuerdo de Concejo N!! 274-2012-CMPC de fecha 11 de setiembre del 2012.

Cl.AUSULA CUARTA: DELOBJETO

Es objeto del presente Convenio establecer las bases y compromisos de cooperacr6n

interinstitutional entre las partes intervinientes, para Ia actualizaci6n del Plan Vial Provincial

Participativo del GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL de CAJAMARCA.

Cl.AUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES

DE PROVfAS DESCENTRALIZADO

1. Capacitar a los integrantes de Ia Secretaria Tecnica del Plan Vial (STPV), en Ia metodologfa

de elaboraci6n del Plan Vial Provincral Particrpativo (PVPP).

2. Despues de conformada Ia Secretaria Tecnica por el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL,

PROVIAS DESCENTRALIZADO contratara a un especialista en lnventario Vial

Georreferenciado- IVG, durante dos (02) meses a dedicaci6n exclusiva, responsable de Ia

elaboraci6n deiiVG.

3. Capacitar al equipo responsable de elaboraci6n del lnventario Vial Georreferenciado -

IVG, sobre los aspectos metodol6gicos y del uso del GPS.

4. Brindar Asistencia Tecnica especializada en acciones de supervisi6n, seguimiento y

evaluaci6n para el cumplimiento de las actividades consideradas en el Plan de Trabajo de

las diferentes fases del PVPP y deiiVG, segun los plazos previstos en dicho documento y Ia

calidad esperada.

5. Participar, en funci6n a Ia disponibilidad del caso, en los Talleres de Informacion y

Planeamiento; Priorizaci6n de las lnversiones Viales y aprobaci6n de Ia version final del

PVPP.

6. Revisar, opinar y dar conformidad sobre los informes parciales y finales del PVPP e IVG,

segun el caso.

7. Proporcionar a Ia STPV las Gulas para Ia formulaci6n del PVPP, el IVG y el lnstructivo

Cartografico.

DEL GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL- GLP:

1. Constituir Ia Secreta ria Tecnica del Plan Vial (STPV).

2. Designar al Gerente General deiiVP como Coordinador General de Ia STPV.

3. Contratar a un consultor, especialista en planes durante tres meses a dedicaci6n

exclusiva, como Coordinador Tecnico de Ia Secretarfa Tecnica para Ia actualizaci6n del

Plan Vial Provincial Participativo. El inicio de esta consultorla rige a partir de Ia

culminaci6n deiiVG.

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4. Enviar los informes de avance y finales del IVG y del PVPP segun los Planes de Trabajo

aprobados por PROVfAS DESCENTRALIZADO, adjuntando las aetas de validaci6n de Ia

STPV, para Ia revisi6n y conformidad respectiva.

5. El GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL con el apoyo de los Gobternos Locales Distritales,

asumiran los gastos loglsticos durante las acciones de campo para el IVG: camioneta,

combustible, chofer y un guia que conozca los caminos vecinales y de herradura de Ia

provincia.

6. Convocar Ia participaci6n de los Gobternos Locales Distritales en los talleres programados

durante Ia elaboraci6n del inventario y plan vial : Taller de informaci6n y planeamiento,

Taller del diagn6st ico y potencialidades, Taller de priorizaci6n y Taller de aprobaci6n de Ia

version final del PVPP.

Cl.AUSULA SEXTA: DEL PLAZO DE EJECUCI6N

El presente Convenio tendra vigencia durante el periodo que dure el proceso de actualizaci6n del

plan vial.

Cl.AUSULA SETIMA: AUTONOMfAS

El presente Convenio no afectara Ia organizaci6n y funciones de ninguna de las partes, las mismas

que ese enmarcan en el ejercicio de sus facultades y atribuciones establecidas en los dispositivos

legales vigentes que las regulan.

Cl.AUSULA OCTAVA: INCUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS

DE PROVfAS DESCENTRALIZADO

En caso que PROVfAS DESCENTRALIZADO, incumpla los acuerdos del presente Convenio, el

GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL dejara constancia mediante acta, dicho cumplimento, Ia que

comunicara y remitira con oficio a PROVfAS DESCENTRALIZADO, acta que debe contener el

sustento correspondiente.

J!:~dt, , DEL GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL

&r 1·::\\ )§~i el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL, incumple los acuerdos del presente Convenio, en todo o en

\ ~ _ · ~ ,1-:- • 'parte sustancial, se postergara su participaci6n y se le reprogramara como ultimo participante,

f:J.:\:j;/ dando prioridad subsecuentemente a los ot ros participantes voluntarios de los gobiernos locales

# provinciales de Ia regi6n .

Para Ia aplicaci6n de lo esgrimido precedentemente, ambas partes, segun sea el caso, revisaran y

, evaluaran, el desarrollo de los acuerdos tornados en el presente Convento, a partir del segundo

mes de Ia suscripci6n, emitiendo el documento correspondiente.

Cl.AUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCI6N

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. , • • .oiO,

El presente Convenio quedara resuelto de producirse cualquiera de las siguientes causales:

a. A solicitud de cualquiera de las partes, previa comunicaci6n por escrito con una

anticipaci6n de cinco (OS) dias habiles a Ia fecha de Ia resoluci6n. La comunicaci6n de

resoluci6n del Convenio no liberara a las partes, baJO ninguna circunstancia, de los

compromises previa mente asumidos durante Ia vigencia del mismo.

b. Por mutua acuerdo ent re las partes, el mismo que debera ser expresado por escrito.

c. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su cumplimiento.

d. Por incumplimiento injustificado de cualquiera de las obligaciones asumidas por las

partes en el presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes debera requerir

por escrito el cumphmiento de Ia obligaci6n en un plaza no mayor de quince (lS) dias

habiles, bajo apercibimiento de resolver automaticamente el Convenio de mantener el

incumplimiento.

Cl.AUSULA DECIMA: DE LAS MODIFICACIONES DEL CONVENIO

El presente Convenio podra ser modificado o ampliado mediante Adendas que seran suscritas por

las partes de comun acuerdo a solicitud de cualquiera de elias.

Cl.AUSULA DECIMA PRIMERA: DEL DOMICILIO

Para los efectos de este Convenio, se consideran como domicilios de las partes, los que aparecen

en Ia parte introductoria de mismo. Cua lquier comunicaci6n o notificaci6n que con motivo del

presente Convenio, deba ser cursada a cualquiera de las partes, se entendera como validamente

efectuada si es dirigida a los domicilios consignados en Ia parte introductoria del presente

Convenio.

Cualquier variaci6n domiciliaria, durante Ia vigencia del presente Convenio, produci ra sus efectos

despues de los OS dfas habiles de notificada a Ia otra parte, caso contrario toda comunicaci6n o

notificaci6n realizada a los domicilios indicados en Ia introducci6n del presente Convenio, se

entendera validamente efectuada.

X:)~ Cl.AUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS ·r (J!-·)\ ~~~~·Jt:. \ } Ante cualquier controversia o discrepancia resultante de Ia ejecuci6n del presente Convenio, las "::"' M"""•• 't 'l"

~~ · . 'lfartes trataran darle soluci6n conforme a las reglas de Ia buena fe y comun intenci6n de las

' '"{ . ·1 \'-~, ~artes, consagradas en el C6digo Civil, Ia misma que se efectuara en un plaza de cinco (OS) dlas

' ~--Y habiles, contados a partir del momenta en que se comunica a Ia otra parte de Ia controversia o

discrepancia suscitada, a cuyo vencimiento dentro de los 10 dias siguientes al vencimtento de Ia

etapa anterior, las partes podran someter Ia controversia a un Centro de Conciliaci6n y/ o recurrir

a un Tribunal Arbitral.

Cl.AUSULA DECIMA TERCERA:

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.... ,,I llllfl '•kJI't '!I I J .II.·, f ,, ··tt .. ,

Las partes declaran conocer el contenido y alcance de todas y cada una de las Clausulas

estipuladas en el presente Convenio y se comprometen a respetarlas, de acuerdo a las reglas de Ia

buena fe y comun intenci6n de las partes, sei'ialado que no ha mediado dolo, vitio o error que

pudiera invalidarlo.

En sei'ial de conformidad con el contenido y alcances del presente Convenio de Cooperation

·e. Interinstitutional, los representantes de las institutiones intervinientes proceden a su suscripc16n

en tres (03) originales, en Ia ciudad de Lima a los ... 2. ~ dias del mes de .............. ..QCL ..... del .. ~ .. :. .. :

'X ;-···--·-·-····· ... ................ ~,~~~~.e.RooBJG~cAmmeT" u1rector EJeeuwo (e)

PRow.s oescamwJzAOO PROVfAS DESCENTRALIZADtY-

4~DPr.> / -· .,.- 0~ }~MUIIICIP~L:D~:>~~~V•-.. ,. CNAKA~C.: '~( .}·~ i -z. \~ \~ ~~ f) -········L.J. __ ::!.-/. ·-·····-,~ "' ,,- • , Ram.tro A Burdalts Vigo '>. ·•

1(',\\\· ~ •;;t:Crnl PNP v>

•• ,c.;;j;\~:6-~7 ........... ~· ... f.-.':-.'?.~ .. ~.F;<.9.Y..~.~!~.\-. . --._. ....... ~ GO IERNO LOCAL PROVINCIAL

6

Jf.C'V<E'R!J)O (JYE CON(]EJO !}(0 274-2012-CM.lPC

Cajamarca, 11 de Set•embre del2012

VISTO:

En Sesi6n Ordinana de Concejo Municipal de fecha 05 de Setiembre del 2012; el Pedido del ser'\or Regidor Ruperto Becerra Vasquez, solicitando aprobar el Proyecto de Convenio de Cooperac16n lntennstituc1onal entre Ia Mun1cipalidad Provincial de Cajamarca y PROVIAS Oescentralizado; lnforme Legal W 682-2012-0AJ-MPC, 01ctamen W 016-2012-CPP-MPC de Plan1ficac16n y Presupuesto

-::-t£---,.flori/,.;.--' +:::.:.fic:.::io W 0 16-2 0 12 -C P P-C M PC, y;

Que, de conformidad con lo d1spuesto en el Art. 194° de Ia Constituci6n Polltica del Estado, mod1ficado porIa Ley de Reforma Constituc1onal, Ley N° 27680, "Las Municipalidades son Gob1ernos Locales con Autonomfa Polltica, Econ6mica y Administrativa en los asuntos de su competencia; en concordanc1a con lo preceptuado en el Art II del Titulo Preliminar de Ia Ley Organica de Municipalidades W 27972". •

Que, el Regidor Ruperto Becerra Vasquez, sustentando su petici6n precisa que con el Dictamen del v1sto adJunta el proyecto de Convemo entre Ia Municipalidad Provmc1al de CaJamarca, a traves del lnst1tuto Vial Provincial (IVP) y el Ministeno de Transportes y Comunicaciones, a traves de PROVIAS DESCENTRALIZAOO, con el objetivo de reahzar un lnventano Vial Georefenciado y posteriormente Actualizar el Plan V1al Participattvo Provincial, prec1sa que los comprom1sos de las partes se encuentran en el Proyecto de Convemo que alcanza junto al Otctamen, que, Ia Mumcipalidad Provmc1al asume compromises loglsticos, y PROVIAS Descentralizado se encargara de todo el equipo, del aparato administrative, de capacitar, contratar al especialista en inventario vial y aprobar finalmente el Plan Vial Partic1pat1vo Provincial y el lnventario V1al

Que, ante Ia propuesta, los senores Regidores lo analizaron y en v1sta de Ia importanc1a del Conven1o lnterinstitucional, el ConceJO determin6 su aprobaci6n, pues al Actualizar el PVPP- Plan V1al Provincial Participative de Cajamarca dado que es un lnstrumento Tecn1co de Gobierno Local Provincial, nos permitira desarrollar una Gestl6n rural de manera ordenada, plan1ficada y efic1ente, y a Ia vez ev1tara Ia duphcidad, en cuanto a las intervenciones econ6micas que realicen las d1versas lnstituc1ones compromet1das con el Sistema Vial de Ia Provincia de Cajamarca

Que, el Numeral 26) del Articulo go de Ia Ley Organica de Munic1palidades - Ley N° 27972, def1ne como atribuc16n del ConceJo "Aprobar Ia celebrac16n de Convenios de Cooperaci6n Nac1onal e lnternaclonal y Convenios lnterinstitucionales"

Por el vote unanime de los Ser'\ores Regidores, con Ia dispensa de Ia lectura y aprobac16n del acta para tomar el acuerdo y de conform1dad con los artlculos 1 r y 41 o de Ia Ley Organ1ca de Munic1pahdades.

SE ACOROO:

Articulo Primero APROBAR, el Convenio de Cooperaci6n lntennstituc1onal para Ia Actualizaci6n del Plan Vial Provincial Participative de Cajamarca, entre Ia Municipalidad Provincial de CaJamarca

CALLE AV ALAMEDA DE LOS INCAS · COMPLEJO QHAPAC NAN" CAJAMARCA PERU

PROVIAS Descentrahzado, cuyo objet1vo es establecer las bases y comprom1sos entre las partes mtervinientes y se cristalice el objeto del conven1o.

Articulo Segundo· AUTORIZAR, al sei'lor Alcalde de Ia Mun1c1palidad Provincial de CaJamarca Ia firma del Convenio Aprobado en el Articulo precedente

C e • Alcaldoa - Sala lk Re&J(Iore~ • Gerencoa Munocopal . • Alesona Jundoca -OCI

REGISTRESE, COMUNfQUESE Y CUMPLASE

• Ofieona de Planeamiemo y Pre>upucslo • C~.-.cion nemea • Oficona de Comunocaeoones y Relacoones lnslllucoonales • Oficona de lnfOflTiitoca - Provoas Oescenorahzado - Archovo

CALLE AV. ALAMEDA DE LOS INCAS · COMPLEJO "QHAPAC NAN" CAJAMARCA- PERU