manual de organizaciÓn registro nacional 8° version
TRANSCRIPT
FEBRERO 2019
MANUAL DE ORGANIZACIÓN REGISTRO NACIONAL
8° VERSION
1
Contenido
PRESENTACIÓN .............................................................................................................................................................. 1
OBJETIVO .......................................................................................................................................................................... 1
CAPÍTULO I ASPECTOS RELEVANTES DE LA INSTITUCIÓN ......................................................................... 2
ANTECEDENTES GENERALES ...................................................................................................................................................... 2
Junta Administrativa ................................................................................................................. 4
Auditoría Interna ....................................................................................................................... 4
Control y Fiscalización .............................................................................................................. 5
Dirección General ...................................................................................................................... 5
Contraloría de Servicios ............................................................................................................ 6
Departamento de Proyección Institucional ............................................................................... 7
Asesoría Jurídica ....................................................................................................................... 7
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional ........................................................................ 8
Proyectos .................................................................................................................................... 9
Dirección Administrativa .......................................................................................................... 9
Dirección de Servicios .............................................................................................................. 10
Dirección de Informática .......................................................................................................... 11
Dirección Inmobiliaria ............................................................................................................. 12
Dirección Instituto Geográfico Nacional .................................................................................. 16
Dirección de Propiedad Intelectual ...........................................................................................18
Dirección de Personas Jurídicas .............................................................................................. 20
Dirección de Bienes Muebles ..................................................................................................... 21
MARCO JURÍDICO ........................................................................................................................................................ 24
LEYES ................................................................................................................................................................................... 25
CONVENCIONES ....................................................................................................................................................................... 40
DECRETOS Y REGLAMENTOS .................................................................................................................................................... 41
MANUALES Y NORMAS ............................................................................................................................................................. 60
MARCO FILOSÓFICO ................................................................................................................................................... 62
ATRIBUCIONES ............................................................................................................................................................. 63
CAPÍTULO II ESTRUCTURA ORGÁNICA ............................................................................................................... 65
JUNTA ADMINISTRATIVA ......................................................................................................................................................... 65
Auditoría Interna ..................................................................................................................... 66
Control y Fiscalización ............................................................................................................ 68
DIRECCIÓN GENERAL .............................................................................................................................................................. 69
Asesoría Jurídica ..................................................................................................................... 70
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional ....................................................................... 71
Proyectos .................................................................................................................................. 73
2
Departamento de Proyección Institucional ............................................................................. 74
Contraloría de Servicios ........................................................................................................... 77
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA ................................................................................................................................................. 80
Departamento de Proveeduría ................................................................................................. 82
Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos .............................................. 84
Departamento Financiero ........................................................................................................ 86
Departamento de Transportes .................................................................................................. 91
Departamento de Arquitectura y servicios generales ............................................................. 93
Departamento de Seguridad y Vigilancia ................................................................................ 94
Departamento de Archivo Central ........................................................................................... 95
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ....................................................................................................................................................... 97
Sedes Regionales ...................................................................................................................... 98
Departamento de Recepción, entrega y servicios complementarios ....................................... 99
Departamento de Servicios Digitalizados ............................................................................... 101
Departamento de Placas .........................................................................................................102
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA ................................................................................................................................................ 104
Departamento Aseguramiento de la Información ................................................................. 106
Departamento Infraestructura Tecnológica ........................................................................... 107
Departamento Servicio al Usuario de tecnologías de información ........................................ 110
Departamento de Desarrollo de Soluciones ............................................................................ 112
DIRECCIÓN DE INMOBILIARIO ............................................................................................................................................... 114
Departamento Catastral Técnico ............................................................................................ 116
Departamento Inmobiliario Registral .................................................................................... 119
Departamento Catastral Registral ......................................................................................... 122
Departamento de Normalización Técnica............................................................................... 123
DIRECCIÓN INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL (IGN) ....................................................................................................... 125
Departamento de Geodinámica .............................................................................................. 129
Departamento Topográfico y Observación del Territorio ...................................................... 131
Departamento de Geomática .................................................................................................. 133
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL ............................................................................................................................ 134
Dirección de Propiedad Industrial .......................................................................................... 134
Departamento Registral ......................................................................................................... 137
Departamento de Servicios ..................................................................................................... 138
Dirección de Derechos de autor y derechos conexos .............................................................. 140
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS ................................................................................................................................... 141
Departamento Registral ......................................................................................................... 143
DIRECCIÓN DE BIENES MUEBLES .......................................................................................................................................... 144
Departamento Registral ......................................................................................................... 145
ORGANIGRAMA .................................................................................................................................................................. 146
NORMAS Y POLÍTICAS GENERALES ................................................................................................................... 147
3
DESCRIPCIÓN DE PUESTOS ................................................................................................................................... 149
LISTA DE TITULARES QUE REVISARON Y ACTUALIZARON LAS FUNCIONES DE SUS UNIDADES
........................................................................................................................................................................................... 160
BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................................................ 162
Manual de Organización (8° versión 2018)
Febrero 2019 Registro Nacional
Preparado por:
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
UDEI
Aprobado por:
Fabiola Varela Mata
Directora General
Firma:
Sello:
Modificaciones
Se verificó la vigencia del principal marco jurídico que regula la operación y funcionamiento
del Registro Nacional.
Se actualizaron las funciones y objetivos de las unidades organizacionales.
Formalizaciones
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, MIDEPLAN.
Mediante oficio AME-URI-004-2018, se aprobó nota de aclaración en el organigrama, la cual
indica que: “La Dirección Propiedad Intelectual contiene los Registros: Propiedad Industrial y
Derechos de Autor y Derechos Conexos, según lo establecido por la Ley 8710”.
Mediante Acuerdo Firme J529 de la Sesión Ordinaria N°49 del 12 de diciembre del 2012, se
comisiona a quien ostente el cargo de Director General del Registro Nacional, para que en
adelante avale las actualizaciones que se efectúen a los Manuales de Organización, así como el
Manual de Procedimientos del Registro Nacional.
1
Presentación
El Manual de Organización del Registro Nacional contiene de forma ordenada y
sistemática, la información sobre los antecedentes, el marco jurídico, marco
filosófico, las atribuciones, así como el objetivo y funciones de las diferentes
instancias organizativas, el cual se constituye, en un instrumento de apoyo
administrativo, que describe las relaciones orgánicas que se dan entre las diferentes
unidades, su consulta permitirá identificar con claridad las funciones y
responsabilidades de cada una de ellas, definiendo su marco de acción.
La elaboración de este instrumento técnico-administrativo, es una actividad
necesaria para el fortalecimiento y esquema orgánico-funcional de la Institución,
de tal manera que los diferentes niveles, en el área de su competencia garanticen la
congruencia y coordinación de sus acciones, y se facilite la prestación de los
servicios con los niveles de calidad y efectividad requeridos.
En este contexto, tal como lo establece la Ley Nº5525, Ley de Planificación
Nacional, estas acciones serán parte de las atribuciones de las Unidades de
Planificación de cada Institución, que para efectos del Registro Nacional le
competen a la Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional (UDEI).
Objetivo
Disponer de un instrumento ordenado y sistémico en materia de organización, de
consulta institucional donde se plasmen las líneas de comunicación y autoridad
entre las diferentes unidades para lograr el aprovechamiento de los recursos y el
desarrollo de las funciones asignadas.
2
Capítulo I Aspectos relevantes de la Institución
Antecedentes generales
Los primeros intentos de publicidad registral encuentran su génesis, en una
solicitud de las Cortes de Madrid de 1528, a partir de la cual se dicta una "Real
Pragmática" en 1539, donde establecía que las ciudades o villas que fueran cabeza
de jurisdicción debían llevar un libro identificado como Registro de Censos y
Tributos, en los que se registraban los contratos de censos e hipotecas.
Con las Leyes de Indias, se reguló a los escribanos, quienes debían reunir una serie
de requisitos para ser nombrados por el Reino de Castilla. Su función era
resguardar en su poder un registro de todas las escrituras, autos e informaciones
públicas que ante ellos se otorgaran.
En concordancia con estas disposiciones, el Derecho Registral en Costa Rica y la
aparición de un Registro de Hipotecas, data desde el año 1778. Así, el Código
General de Carrillo, de 1841, es el primero que hace referencia a un Derecho
Hipotecario y la creación de un registro. En 1850, se reglamentó el Oficio de
Hipotecas, con el Decreto Nº94, en el Gobierno del presidente Juan Rafael Mora.
Con la Ley de Hipotecas Española de 1861, se enuncian una serie de principios
rectores y se le otorga al Registro costarricense, una estructura organizativa de
oficina pública, donde las inscripciones se realizaban en libros, cuyo acceso era
público. En este contexto, se organiza al Registro en una sección de hipotecas y
otra relativa al dominio, y se sigue un sistema de folio real, donde en una hoja se
plasmaban las características de cada inmueble. Sin embargo, fue hasta 1865 que
tomando como base la citada Ley Hipotecaria Española, se crea el Registro Público,
Institución que comienza a funcionar el 2 de septiembre de 1867, día en que recibe
el primer testimonio de escritura pública, cuya inscripción se efectuó, el 4 de
septiembre de ese mismo año.
3
Asimismo, para fortalecer el sistema registral, el 4 de enero de 1878, fue publicado
en La Gaceta, el Decreto Nº5, referente a las funciones y responsabilidades
registrales.
La Oficina de Catastro General, fue creada por la Ley sobre Formación del Catastro,
Ley Nº70 de 1916. Mediante el decreto Nº49 de 1926 se establece la Oficina de
Catastro General, y con el Decreto Nº1 del 13 de agosto de ese mismo año, se creó
su reglamento.
Posteriormente, debido al desarrollo científico que había logrado el régimen
registral, se pensó en unificar la dirección de los registros existentes, dictándose
entonces la Ley de Bases del Registro Nacional Nº4384, firmada por el presidente
de la República, José Joaquín Trejos Fernández, el 25 de agosto de 1969, y
publicada en La Gaceta Nº194 del 28 de agosto, en la que se estableció al Registro
Nacional como una dependencia del Ministerio de Gobernación.
En el año 1975, a partir de la promulgación de la Ley de Creación del Registro
Nacional Nº5695, firmada por el Presidente de la República, Daniel Oduber, el 28
de mayo de 1975, se deroga la ley anterior en su totalidad y define el ordenamiento
jurídico básico que permite enfocar la actividad registral del país de una manera
integral, y además, se establece que el Registro Nacional estará dirigido por una
Junta Administrativa, la cual tendrá personería jurídica, y sus funciones se
establecen en el art. 3 de dicha Ley.
En el año de 1978, con la separación de Justicia del Ministerio de Gobernación, el
Registro Nacional pasa a formar parte del Ministerio de Justicia y Gracia, el cual
queda debidamente instituido con la reforma a su Ley de creación Nº5695,
mediante Ley Nº6934 del 28 de noviembre 1983, a varios de sus artículos, en
especial al art. 1°, donde se establece la dependencia del Registro Nacional al
Ministerio de Justicia.
Cabe destacar, que en el período comprendido de 1979 y 1980, se alcanzó un
objetivo trascendental en la historia registral costarricense, pues a partir de mayo
de 1979 empieza a funcionar el nuevo sistema de inscripción registral, denominado
4
"Folio Real", basado en el trípode creado por la memoria de un computador, la
microfilmación y la representación gráfica del folio real, lo que, sin duda alguna,
colocó al sistema registral costarricense como el más avanzado; además, aunado a
ello, se inició para esa época la construcción del nuevo edificio que hoy día alberga
a todas las dependencias que conforman el actual Registro Nacional.
Junta Administrativa
En el artículo 3° de la Ley Nº5695, de Creación del Registro Nacional se establece,
que el mismo será dirigido por una Junta Administrativa, con personería jurídica
para el cumplimiento de los fines de su creación, la cual debe velar por el fiel
cumplimiento de las políticas institucionales, para un mejor aprovechamiento de
los recursos de que dispone la Organización.
La labor que ejecuta este órgano colegiado es de gran relevancia dentro del marco
institucional, por cuanto es el encargado de hacer cumplir las disposiciones que
dictan los organismos estatales y de coadyuvar en el desarrollo de la labor registral
y administrativa que se lleva a cabo en el Registro Nacional, para tales efectos,
cuenta con el apoyo de dos instancias asesoras, la Auditoría Interna y Control y
Fiscalización.
Auditoría Interna
Esta instancia se crea mediante Decreto Ejecutivo Nº21734-J del 16 de noviembre
de 1992, como una unidad asesora de la Junta Administrativa. Posteriormente
mediante el Decreto Nº24070-J del 11 de agosto de 1994 se deroga el mismo, y se
dispuso que la Auditoría Interna del Registro Nacional fuera una dependencia de la
Auditoría Interna del Ministerio de Justicia.
Luego, mediante el Decreto 24956-J del 16 de enero de 1996, se dispuso derogar el
Decreto Nº24070 y restablecer la vigencia del Decreto Ejecutivo Nº21734-J, por el
cual se creó la Unidad de Auditoría Interna en el Registro Nacional.
El 15 de julio de 1998 se publica el Reglamento de Organización y Funciones de la
Auditoría Interna del Registro Nacional, el cual fue elaborado considerando los
5
lineamientos generales que deben observar los órganos sujetos a fiscalización de la
Contraloría General de la República, y fue aprobado mediante Acuerdo J492 el 28
de octubre del 2007, en la sesión N°37-2007, publicándose en la Gaceta N°21 del
30 de enero del 2008. En este documento se regulan las actividades, la
organización, los objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna del
Registro Nacional.
Control y Fiscalización
Esta unidad se creó inicialmente como un departamento, mediante oficio DM-844-
2005 del 25 de mayo del 2005 de MIDEPLAN, con dependencia de la Dirección
General del Registro Nacional, cuyo objetivo primordial era establecer los
mecanismos necesarios para detectar y prevenir aquellos actos de corrupción en el
proceso registral y a la vez brindarle confianza al usuario para que éste denunciara
algún caso en particular.
Posteriormente, debido a que la realidad institucional que dio origen a esta unidad
administrativa cambió, se tomó la decisión mediante Acuerdo J194 del 22 de abril
de 2010 (oficio JARN-243-04-2010), que este Departamento, pasara a ser un
órgano staff de la Junta Administrativa, con el objetivo de fortalecer la gestión
jurídica del nivel superior estratégico de la organización, y prevenir errores y
omisiones legales que afecten su accionar en materia de prevención de actos de
corrupción.
Dirección General
Esta instancia fue instituida mediante la Ley de Creación del Registro Nacional
Nº5695, en su artículo Nº6, con dependencia directa de la Junta Administrativa
con una función ejecutiva y de coordinación con las dependencias del Registro
Nacional.
6
Contraloría de Servicios
En el ámbito nacional, las Contralorías de Servicios se crean por Decreto Ejecutivo
Nº22511-MIDEPLAN de 1993, el cual ha sido modificado mediante los siguientes
decretos: Nº26025-PLAN de 1997 y el Nº34587-PLAN de julio del 2008.
Esta instancia se crea con el fin de fortalecer los mecanismos internos de control,
para que los usuarios puedan manifestar sus opiniones, sean estas individuales o
colectivas, acerca de la calidad de los servicios que brinda la Institución.
Considerando así, el principio constitucional que garantiza el derecho de petición y
respuesta dentro del propio Estado, para que sea sumamente accesible a la
población, en la que pueda reclamar el cumplimiento real y efectivo de esta
garantía, cuando sus demandas no son escuchadas ni resueltas, lo que se logra a
través de la existencia de instancias especializadas para atender y canalizar
peticiones y reclamos de los usuarios.
La Contraloría de Servicios en el Registro Nacional, se crea mediante Decreto
Nº32380-J, publicado en la Gaceta 100 del 25 de mayo del 2005, con el objetivo de
regular las actividades de la Contraloría de Servicios, sus funciones y atribuciones,
con lo cual se contribuye a fomentar la participación ciudadana en la toma de
decisiones.
En el 2013, se publica la Ley 9158, publicada en la Gaceta 173 del 10 de setiembre
del 2013. Con esta Ley se crea el Sistema Nacional de las Contralorías en las
organizaciones públicas y privadas que brindan servicios públicos.
En el 2015, se publica en la Gaceta 194 del 10 de agosto el Decreto 39096-PLAN el
cual establece las funciones y atribuciones de las Contralorías de Servicios, esto con
el objetivo de estandarizar las actividades de las Contralorías de Servicios.
En el 2017, el Registro Nacional, en apego con lo establecidos por la Ley 9158 y su
Reglamento, aprobó el Reglamento de organización y funciones de la Contraloría
de Servicios.
7
Departamento de Proyección Institucional
Esta instancia inició sus labores por medio de una función asesora ya existente, en
1999, en aquel entonces se conocía con el nombre de la Unidad de Arte y
Comunicación, estaba conformada por un profesional especializado en el tema de
comunicación; luego se contratan dos profesionales como apoyo.
Posteriormente, se hace una investigación de mercado para ofrecer un producto
externo, y gracias a éste se lanza la revista Materia Registral, con el propósito de
que los usuarios conocieran más sobre la materia y los servicios que brinda el
Registro Nacional, para el buen funcionamiento y desempeño de la Institución.
Esta unidad dependía de la Dirección General, dado su crecimiento en cuanto a
funciones operativas y profesionales se justificó la creación de un departamento
con línea de mando a la Dirección, fue aprobado mediante el oficio DVMHV-036-
2008, del 26 de febrero de 2008 con el nombre de Proyección Institucional; y
cuando se cambia por el presente nombre con el pasar de los años se le fueron
incorporando nuevos subprocesos, tales como: la Biblioteca, que pasa a formar
parte de la Dirección General mediante el Decreto 34113, incluyéndola al
Departamento de Proyección Institucional, también se integraron a éste los
subprocesos de Comunicación y Prensa, Mercadeo, Relaciones Públicas, Taller y
está en proceso de integración de lo que será el Museo institucional.
Asesoría Jurídica
Las diferentes Direcciones del Registro Nacional disponían funcionalmente de un
órgano asesor denominado Asesoría Jurídica, para abordar temas propios del área
de competencia de cada uno. Este concepto generaba conflictos en términos
institucionales, pues la Dirección General requería de un órgano que le diera
soporte en materia institucional.
Por esta razón, mediante Oficio DM-063-98 del 29 de enero de 1998, con la
reorganización del Registro Nacional, se crea una Asesoría Jurídica con la función
primordial de asesorar a la Dirección General en términos jurídicos de la
8
Institución. Por esta razón, mediante decreto N°27934-J, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta 115 del 15 de junio de 1999, se ordena la unificación de las
Asesorías Jurídicas que funcionaban en las diferentes Direcciones que integran el
Registro Nacional.
Después de analizar los resultados con la unificación de Asesorías, se determinó
que no se lograron los objetivos planteados para satisfacer las necesidades de los
usuarios, tanto internos como externos al Registro Nacional, y que la fusión resultó
ser ineficaz, dado que la misma consideró solamente el aspecto físico. En virtud de
lo anterior, a partir de junio del 2001, los asesores jurídicos de Inmuebles fueron
reubicados físicamente, continuando con las funciones propias de su especialidad
en documentos públicos, referidos a la materia inmobiliaria registral que venían
desarrollando.
La Junta Administrativa del Registro Nacional, en virtud de los informes dados por
la Auditoría Interna, tomó el acuerdo N°J0246 en sesión ordinaria N°21-2002, del
13 de junio, donde se solicita la derogatoria del Decreto N°27934-J, y se establece
que las Direcciones tendrán su propia asesoría jurídica especializada en la materia
propia de su competencia denominándose en adelante Asesoría Legal, para que no
se confunda con la Asesoría Jurídica Institucional.
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
Mediante oficio DM-063-98 del 29 de enero de 1998, se aprueba la creación de la
UDEI, como un órgano asesor con línea de dependencia a la Dirección General.
En el año 2005, mediante el informe RHDAO Nº065-05, la UDEI se organiza en
cuatro subprocesos: Formulación de Planes, Programas y Proyectos;
Fortalecimiento Organizacional; Control Interno, así como Evaluación y
Seguimiento de Planes, Programas y Proyectos, para lograr un mayor alcance de
sus objetivos.
Por otra parte, los subprocesos denominados Formulación de Planes, Programas y
Proyectos; Evaluación y Seguimiento de Planes, Programas y Proyectos, en el año
9
2014 son modificados según oficio UDEI-015-2014, y pasan a llamarse:
Formulación de Políticas, Planes y Programas, y Evaluación y Seguimiento de
Planes y Programas, correspondientemente.
Proyectos
Esta instancia es aprobada por MIDEPLAN mediante oficio DM-235-2011 el o9 de
mayo de 2011, como un órgano asesor con línea de dependencia a la Dirección
General.
Dirección Administrativa
Esta instancia había sido eliminada por políticas internas. Con la reorganización de
1998, mediante oficio DM-063-1998, se retoma la idea de integrar la Dirección
Administrativa con línea de mando a la Dirección General, con los Departamentos
de Financiero, Servicios Generales, Recursos Humanos y, Proveeduría para
constituirse en un órgano canalizador y ejecutor de decisiones administrativas.
Mediante el DM 1037-2004, fue aprobado el Departamento de Seguridad y
Vigilancia como dependencia de esta Dirección. Posteriormente, se integra el
Departamento de Transportes mediante oficio DM 081-98, mediante oficio
DVMHV-036-08 del 26 de febrero del 2008, se crea el Archivo Central como
séptima dependencia de esta Dirección.
Mediante DM-066-14, del 12 de febrero del 2014, se cambia el nombre del
Departamento de Recursos Humanos y se sustituye por el de Departamento
Gestión Institucional de Recursos Humanos, todo conforme con lo dispuesto en el
Decreto 35865-MP, publicado en la Gaceta N°75, del 20 de abril del 2010.
Posteriormente, se cambia de nombre al Departamento de Servicios Generales por
el de Arquitectura y servicios generales. Este cambio fue aprobado mediante DM-
148-14, del 10 de julio del 2014.
10
Dirección de Servicios
Esta Dirección fue creada mediante el DM-1733-05, del 02 de noviembre de 2005,
como respuesta a la necesidad de concretar acciones tendientes a mejorar y
unificar los servicios que brinda el Registro Nacional, con el fin de minimizar las
diferencias en cuanto a espacio físico y procedimientos, que de forma separada se
utilizaron en las áreas de servicios, y a la vez maximizar el recurso humano y
económico, fomentando con ello, una nueva perspectiva en el modelo de atención
al cliente, basada en una filosofía de unificación y agilización de procesos y de
acercamiento al usuario, con información oportuna.
Mediante el DM-477-12, del 03 de agosto del 2012, se modifica esta Dirección y se
crean los siguientes Departamentos:
✓ Recepción y entrega.
✓ Servicios complementarios.
✓ Servicios digitalizados.
✓ Placas.
Además, se incorporan las siete Sedes Regionales, dada la fusión que se realizó
entre las Direcciones de Servicios y Oficinas Regionales.
Por otra parte, mediante DM-425-16 de junio del 2016, se modifica esta Dirección
y se fusiona el Departamento de Recepción y entrega y el Departamento Servicios
complementarios, para crear un solo Departamento denominado:
“Recepción, entrega y servicios complementarios”
Esta Dirección queda conformada por los siguientes Departamentos:
✓ Recepción, entrega y servicios complementarios.
✓ Servicios digitalizados.
11
✓ Placas.
Además, de las siete Sedes Regionales.
Dirección de Informática
Esta instancia en sus inicios estaba considerada estructuralmente, en el nivel
departamental, posteriormente con la reorganización del Registro Nacional de
1998 pasa a ser una Dirección, conformada por los Departamentos: Sistemas y
Proyectos, Soporte Técnico, Producción y Operación y Servicio al Cliente, tal como
lo establece en el oficio DM-063-98, del 29 de enero de 1998, con el objeto de
contar con capacidad instalada en mantenimiento de los sistemas, soporte técnico y
el control de la gestión.
Posteriormente, en el año 2004, mediante oficio DM-514-2004, del 31 de mayo del
2004 emitido por MIDEPLAN, se aprueba la reorganización parcial de la Dirección
de Informática, por considerarse su función como medular en el quehacer registral.
Por esta razón, se puso en evidencia que la estructura existente en ese momento ya
no respondía a las necesidades y circunstancias de la sociedad. En esta
reorganización se establecen los siguientes Departamentos: Redes y
Telecomunicaciones, Proyectos, Base de Datos y Soporte.
Según el art. 23 de la Ley Nº5695 reformado por el art. 173 del código notarial Ley
N°7764 de abril 1998, se establece a la Junta Administrativa como responsable de
la creación de un régimen de salarios propio del personal de informática, así como
la autorización para contratar al personal requerido, técnico y profesional, que
satisfaga las necesidades del sector público.
Otro aspecto importante de citar en la evolución de esta Dirección, es el cambio de
nombre que se le dio al Departamento de Proyectos en el 2011, en virtud de la
reorganización parcial que dio origen a la Unidad Asesora denominada Proyectos,
la cual fue aprobada por MIDEPLAN mediante oficio DM235-2011 del 9 de mayo
2011, de esta forma, el Departamento de Proyectos de la Dirección de Informática
se le cambia el nombre como Departamento de Desarrollo de Soluciones, lo
12
anterior, para evitar una interpretación errónea en cuanto a competencias de
ambas instancias.
Por otra parte, ante crecimiento de responsabilidades y servicios que atiende la
Dirección de informática se propuso una reorganización parcial, la cual fue
aprobada por MIDEPLAN mediante DM-220-13, del 30 de abril del 2013. La
misma consistió en crear el Departamento de Aseguramiento de la Información,
que venía funcionando de hecho. Por otra parte, se fusionan los Departamentos
Redes y Telecomunicaciones y Base de Datos, y se crea el Departamento Soporte de
Infraestructura Tecnológica. Asimismo, se cambia el nombre del Departamento de
Soporte por Servicio al Usuario de Tecnologías de Información y se mantiene el
Departamento Desarrollo de Soluciones.
Dirección Inmobiliaria
Los orígenes de la Dirección de Inmobiliario se fundamentan en la creación del
Registro Público, creado mediante la Ley N°31 del 25 de septiembre de 1865, ésta
fue reglamentada mediante Decreto Ejecutivo Nº1 del 04 de abril de 1896. La ley
de creación fue modificada mediante la Ley N°5695 del 28 mayo de 1975, en donde
se integra este Registro al Registro Nacional y se modifica de Registro Público a
Registro de Bienes Inmuebles.
Desde la promulgación de la Ley de Bases del Registro Nacional (N°4834 del 25 de
agosto de 1969), se plantea la idea de modernizar el Registro Público de la
Propiedad dotándolo de fondos, con el propósito de brindar un mejor servicio,
como respuesta al creciente volumen de documentos que ingresan a la Institución.
Paralelo a ello, se crea una primera comisión de Reformas al Registro de la
Propiedad, para la ejecución de proyectos de cambio y modernización. Se obtienen
de esta primera etapa, logros como la compra del terreno donde actualmente se
encuentra el Registro y el envío de los registradores a Argentina para capacitarse
en técnicas registrales, algunos de los cuales conformaron la primera “Comisión de
Folio Real” cuyos avances lograron la confección de un índice mecanizado de
propietarios.
13
Por otra parte, en 1971 se inicia la técnica de microfilmación en los tomos de Diario
y de hipotecas, que luego se extienden a los tomos de propiedad, labor que
concluye en 1978, rescatando la información de cien años. Luego inician la
microfilmación de los documentos que ingresan por primera vez y los que salen
inscritos, haciendo entonces de la microfilmación un complemento que garantiza
el principio de la literalidad. En una segunda etapa, se efectúa la mecanización de
la fase operativa del Registro (calificación, inscripción y publicidad).
En 1979 se pone a prueba un sistema paralelo (utilización del sistema de tomos y el
primer sistema mecanizado), con fincas de Limón y Heredia; luego de algunas
pruebas se implementaron en todas las fincas del país.
En 1981 con la compra del primer computador, se inició la automatización lo que
hizo que, en 1984, se incorporaran las fincas de San José al nuevo sistema
quedando atrás la inscripción en el sistema de tomos.
En 1990 con la segunda comisión de reformas, se rediseña el sistema de folio real
mecanizado del año 1979, por uno totalmente desmaterializado a través de medios
magnéticos. La digitalización de documentos sustituyó a la microfilmación.
El Registro de Bienes Inmuebles estuvo conformado por Cédulas Hipotecarias, el
Registro de la Propiedad, Propiedad Horizontal y el Registro General de
Concesiones de la Zona Marítima Terrestre.
El Registro de Propiedad Horizontal se creó mediante la Ley N°3670 del 22 de
marzo de 1966; la cual es interpretada en la Ley N°5317 del 16 de agosto de 1973 y
se reglamenta en el decreto ejecutivo N°4865-G del 12 de mayo de 1975. Este
Registro se encargaba de la inscripción de documentos referentes a los
condominios. Por su parte, según decreto ejecutivo N°21756 MP-J-TUR publicado
en la Gaceta N°03 de enero de 1993, se ordena el traslado del Registro General de
Concesiones de la Zona Marítimo Terrestre del Instituto Costarricense de Turismo
al Registro Nacional, como dependencia del Registro Público de la Propiedad
Inmueble, para que se inscriban constituciones, prórrogas o cesiones de los
respectivos contratos, los gravámenes que se constituyen, así como cualquier acto
14
o contrato que afecte, limite, modifique o extinga derechos derivados de
concesiones.
Otro de los orígenes que conforman la Dirección de Inmobiliario, es el Catastro
Nacional, creado mediante la Ley N°70 del 18 de diciembre de 1916, con lo que se
consolidó órgano que jugó un gran papel en el desarrollo económico y jurídico-
registral del país, la Oficina de Catastro General, bajo la responsabilidad del
entonces Registro Público. Su función consistía en hacer el levantamiento de un
plano de las carreteras, calles y caminos públicos, ferrocarriles y ríos, que servían
para delimitar las diferentes zonas o regiones del territorio nacional.
El Catastro que, aunque en forma incipiente funcionaba en el ámbito de las
actividades registrales inmobiliarias del país, fue trasladado a la Secretaría de
Fomento, mediante Ley N°49 de 29 de julio de 1926. Después de la promulgación
de esta ley, se reglamentó la Oficina de Catastro mediante el decreto ejecutivo N°1
del 13 de agosto del mismo año.
Por disposición de la Ley N°59 del 04 de julio de 1944, se creó el Instituto
Geográfico Nacional, como una dependencia de la Secretaría de Fomento; la
Oficina de Catastro pasó a ser el Departamento de Catastro de dicho Instituto.
Por otra parte, mediante la Ley N°3495 del 3 de febrero de 1965, se creó la Oficina
del Catastro Fiscal, con un propósito fiscal y económico, y para poder perfeccionar
la administración del cobro del impuesto territorial. Para ese mismo año, se
suscribe el Convenio de Cooperación Técnica con la República Federal de
Alemania, para la creación de un catastro jurídico que respaldara los trabajos
efectuados por los técnicos alemanes.
Asimismo, es importante señalar que, mediante las leyes de Presupuesto Nacional
de los años 1969 y 1970, fue creado el Catastro Jurídico, como un departamento
dependiente del Registro Público del Ministerio de Gobernación, con el propósito
de estrechar las relaciones entre la información catastral y la información registral.
15
En consideración con lo anterior, mediante la Ley N°4701 del 28 de diciembre de
1970, se integran las diversas oficinas de Catastro: el Catastro Nacional en el
Ministerio de Transportes, el Catastro Fiscal que estuvo en el Ministerio de
Hacienda y el Catastro Jurídico en el Ministerio de Gobernación, para conformar
la Dirección de Catastro, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, ley que se materializa en 1971. Por otra parte, en 1977, al ejecutarse
los proyectos de Titulación del Instituto de Tierras y Colonización (ITCO), se
trasladó la Dirección del Catastro Nacional al Registro Nacional, como
dependencia del Ministerio de Justicia, constituyéndose así en uno de los
Registros que conforman esta Institución.
Cabe destacar que mediante Ley Nº6545, del 13 de marzo de 1981, denominada Ley
del Catastro Nacional, fue sancionada por el presidente de la República el 25 de
marzo del mismo año, con lo que se facultó al Poder Ejecutivo para dictar la
reglamentación respectiva, lo cual se hizo mediante Decreto Ejecutivo Nº13607-J,
del 25 de mayo de 1982, con el Título de "Reglamento a la Ley del Catastro
Nacional”.
Para 1990, se desarrolló el mejoramiento del Catastro Nacional, esto se logró
mediante el acuerdo de Cooperación técnico-económico entre el Ministerio de
Relaciones Exteriores de Costa Rica y el Reino de los Países Bajos, con el que se
pretendió realizar el levantamiento de todo el país en cinco etapas.
En 2002 se firmó el Convenio de Préstamo entre la República de Costa Rica y el
Banco Interamericano de Desarrollo, BID, con el objetivo de realizar el catastro de
la totalidad de los predios existentes en el país, debidamente georreferenciados y
compatibilizados con la información el Registro de la Propiedad Inmueble.
Ante la necesidad de incrementar la seguridad registral inmobiliaria en el país,
para garantizar los derechos de propiedad inmobiliaria a los ciudadanos, con
procesos integrados y georreferenciados, evitar fraudes y disponer de un moderno
sistema de información territorial, para hacerlos más eficientes y con acceso a
Internet, se publicó el 10 de marzo del 2009 en la Gaceta, la Ley Nº8710, la cual
16
reformó la Ley 5695 en su art. 2- inciso a), y fusionó el Registro de Bienes
Inmuebles y el Catastro Nacional, en la Dirección de Inmobiliario, manteniendo la
división de funciones, procesos y procedimientos, de acuerdo con la especialidad
de cada materia.
Dirección Instituto Geográfico Nacional
Mediante la Ley N°59 de julio de 1944, se crea el Instituto Geográfico Nacional
(IGN), como dependencia de la Secretaría de Fomento, hoy Ministerio de Obras
Públicas y Transportes.
Posteriormente, mediante la Ley 4381 del 14 de agosto de 1969, se crea el
Departamento Topográfico, dependiendo del Instituto Geográfico Nacional.
Por medio de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Fiscal de 1971, publicado en la Gaceta N°292 del 29 de diciembre
de 1970, se traslada a depender del Ministerio de la Presidencia. Poco tiempo
después, en julio de 1971, se publica en la Gaceta la Ley-4786 que de nuevo lo
traslada al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
El artículo N°12 del Decreto Ejecutivo N°9610-T, publicado en la Gaceta N°40 del
26 de febrero de 1979, reafirma su dependencia del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes.
Posteriormente, a través de Decreto Ejecutivo N°20531-MOPT, publicado en la
Gaceta N°138 del 22 de julio de 1991, se le introducen algunas modificaciones a su
estructura organizativa, ajustándola a los requerimientos de eficiencia y
racionalidad que demandan las condiciones actuales a nivel tecnológico y
financiero, a su vez lo declara como entidad adscrita al Ministerio.
Además, mediante Decreto Ejecutivo N°24848-MOPT, publicado en la Gaceta N°14
del 19 de enero de 1996, se deroga el Decreto Ejecutivo N°24730-MOPT, publicado
en el Alcance N°50 de la Gaceta N°215 del 13 de noviembre de 1995, y se
reestructura la División de Obras Públicas para que se fundamente en el trabajo
por procesos. La modificación de la estructura organizativa fue aprobada por
17
Planeamiento Administrativo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes; así
como por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, mediante el
documento DM-970-95 del 09 de octubre de 1995 y Reforma del Estado, del
Ministerio de la Presidencia.
Posteriormente, mediante el Decreto Ejecutivo N°27098-MOPT publicado en la
Gaceta N°115 del 16 de junio de 1998, se derogó al Decreto Ejecutivo N°24848-
MOPT, publicado en la Gaceta N°14 del 19 de enero de 1996, con lo cual queda
vigente el Decreto Ejecutivo N°24730-MOPT, publicado en el Alcance N°50 de la
Gaceta N°215 del 13 de noviembre de 1995, el cual reestructura la División de
Obras Públicas.
Mediante el Decreto Ejecutivo N°27917-MOPT, publicado en la Gaceta N°112 del 10
de junio de 1999, se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
pasando el Área Instituto Geográfico Nacional a ser la Dirección de Instituto
Geográfico Nacional y a depender directamente del Nivel Superior.
Para el 2011, la Ley Reforma del artículo 2 de la Ley Nº5695, Creación del Registro
Nacional y sus Reformas, y modificación de la Ley Nº59, Creación y Organización
del Instituto Geográfico Nacional, del 4 de julio de 1944 y sus reformas, Ley
Nº8905, publicada en la Gaceta 18, del 26 de enero del 2011, establece que el
Instituto Geográfico Nacional pasa a ser una dependencia más del Registro
Nacional.
Para cumplir con la modificación definida en la Ley y absorber dentro de la
estructura orgánica existente al Instituto Geográfico (IGN), se elaboró una
propuesta de reorganización la cual fue aprobada por MIDEPLAN mediante oficio
DM-127-2012, del 09 de marzo de 2012, donde se establece que el IGN será una
Dirección más del Registro Nacional con tres Departamentos en su parte funcional
técnica.
18
Dirección de Propiedad Intelectual
Los antecedentes de la Propiedad Intelectual en el país se remontan desde 1889
con los primeros registros de marcas ubicados en la Secretaría de Hacienda y
Comercio, propiamente en su Oficina de Marcas. El 30 de junio de 1896 se crea
mediante Ley N°40, la Dirección de Propiedad Industrial.
En 1975, entró en vigor el Convenio Centroamericano para la Protección de la
Propiedad Industrial, el cual, se adoptó para establecer un régimen jurídico
uniforme sobre marcas, nombres comerciales y expresiones o señales de
propaganda. Luego, el Registro pasó a formar parte del Ministerio de Gobernación,
el cual integraba al Registro Nacional.
Según lo establecido por la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos
Industriales, y
Modelos de Utilidad Nº6867, del 05 de abril de 1983, y la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos Nº7978 del 1º de febrero del 2000, la Dirección de Propiedad
Industrial, le corresponde la Administración Nacional de la concesión y el registro
de los derechos de propiedad industrial al Registro Nacional.
La Dirección de Propiedad Industrial está conformado por: Marcas Comerciales
Patentes de Invención y Marcas de Ganado. Asimismo, Patentes de Invención se
integró a la Dirección de Propiedad Industrial hasta finales de los años sesenta,
anteriormente, formaba parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes; por
su parte, Marcas de Ganado, según la Ley de Marcas de Ganado Nº. 2247 en su
artículo 1 indica: “Créase la Oficina Central de Marcas de Ganado, adscrita al
Registro de Marcas de Fábrica, establecido por la Ley Nº. 559 de 24 de junio de
1946. (Así reformado por el artículo 1 de la Ley Nº. 2239, de 22 de abril de 1959)”;
perteneció de acuerdo con la papelería existente de los años cincuenta y sesenta al
“Ministerio de Economía y Hacienda, Dirección General de Economía y ya en los
años setenta pasa a pertenecer al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.”
19
En 1982, ante la necesidad de contar con un marco jurídico adecuado para la
protección de las creaciones intelectuales originales, literarias, artísticas o
científicas, se promulgó la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Nº6683.
El art. 95 de dicha normativa establece el Registro Nacional de Derechos de Autor y
Derechos Conexos, como órgano adscrito al Registro Público de la Propiedad,
constituyéndose en un órgano registral más, de conformidad con la voluntad del
legislador, de integrar en el Registro Nacional todos los registros, tanto los que se
indican en el art. 2 de la Ley de Creación del Registro Nacional, Nº5695, como los
demás que se establezcan por Ley; con independencia funcional y de criterio,
derivada de la desconcentración de que goza para el cumplimiento de sus fines.
En el caso concreto de la Dirección de Derechos de Autor y Derechos Conexos, esa
voluntad legislativa es ejecutada mediante Decreto Ejecutivo Nº19117-J-C de 20 de
julio de 1989, que basándose en los numerales 1 y 2 de la citada Ley, ordenó
trasladarlo al Registro Nacional.
La citada Ley Nº6683 vino a constituir un gran avance no solo en el ámbito
nacional, sino también, en el regional, en materia de protección de los derechos
autorales y conexos. Su objetivo fundamental es proteger las creaciones de autores
costarricenses y extranjeros, de conformidad con el numeral 2. Dicha ley fue
reglamentada en el año 1995, mediante Decreto Ejecutivo Nº24611-J.
En el oficio C026-94 del 12 de febrero de 1997 de la Procuraduría General de la
República, se analiza, corrobora y reconoce, la independencia otorgada por Ley a la
Dirección de Derechos de Autor y Conexos, como un órgano de desconcentración
máxima al igual que aquellos que integran conforme al art. 2 de la Ley de Creación
del Registro Nacional.
La Dirección de Derechos de Autor y Conexos se ha convertido en una instancia
especializada en la materia, con funciones diversas y variadas, que van mucho más
allá de la registración.
A partir del 03 de marzo del año 2003, el Registro Nacional de Derechos de Autor y
Conexos procedió a la apertura del servicio de consultas en materia de su
20
competencia, la cual se ha ido consolidando como un mecanismo eficaz, a través de
la vía escrita, fax, telefónica, correo electrónico, o bien, personalmente.
Actualmente la Ley Nº8710 con la reforma al artículo 2 de la Ley Nº5695 de
creación del Registro Nacional, establece que la Dirección de Propiedad Intelectual,
estará conformada por las Direcciones de Propiedad Industrial y de Derechos de
Autor y Derechos Conexos.
Dirección de Personas Jurídicas
La historia comercial del país tiene sus antecedentes a partir de la proliferación de
las diferentes leyes en materia comercial, para lo cual se redactó un Código de
Comercio, creado por la Ley Nº3284 del 30 de abril de 1964, la misma compiló las
nuevas figuras comerciales y todas las leyes relativas al comercio, estipulando
también los actos o contratos inscribibles en el Registro Mercantil.
Posteriormente, con la promulgación de la Ley N°6220 del 10 de mayo de 1978, se
creó dentro del Registro Mercantil, la Sección de Propiedad de Medios de Difusión
y Agencias de Publicidad, que regula la inscripción de esta clase de sociedades, sus
estatutos, traspasos, gravámenes y enajenación de las cuotas o acciones
nominativas.
Según lo establecido en el Decreto Ejecutivo N°13888-J-G del 29 de setiembre de
1982, se trasladó el Registro de Asociaciones al Registro Nacional, y se estableció
que la inscripción de documentos, tales como, poderes, sociedades y de personas,
les correspondería a los funcionarios del Registro Mercantil; mientras que, al
Registro de Asociaciones le compete la calificación e inscripción de documentos
relativos a la constitución de asociaciones. Este último decreto fue modificado por
el Decreto Ejecutivo N°17653-J de 29 de julio de 1987, que estableció al Registro
de Asociaciones en el Registro Público.
El 29 de octubre de 1990, se publicó en la Gaceta N°204 la Ley N°7201 Ley
Reguladora del Mercado de Valores y Reformas al Código de Comercio, la cual
21
introdujo varias reformas al citado Código, entre ellas, la creación de otras
sociedades anónimas.
Por su parte, mediante el Decreto Ejecutivo N°19932-J del 4 de octubre de 1990, se
centraliza en el Registro de Asociaciones el trámite de autorización, inscripción,
fiscalización y control administrativo de las asociaciones constituidas según la Ley
de Asociaciones Nº218 del 08 de agosto de 1939 y sus reformas.
Es así como en 1997, la Junta Administrativa del Registro Nacional, emitió un
acuerdo en la sesión extraordinaria N°58-97, celebrada el 30 de octubre, donde se
estableció formalmente la creación de la Dirección de Personas Jurídicas,
fortaleciendo así la tesis planteada en el documento final de reestructuración del
Registro Nacional, posteriormente, esta propuesta fue avalada por MIDEPLAN,
según oficio DM-133-98 del 5 de marzo de 1998, y oficializada con la promulgación
del decreto 26771-J del Reglamento del Registro Público, el día 18 de marzo de ese
mismo año, donde se definió la estructura organizativa de ese momento.
Por otro lado, la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de
Propiedad Intelectual, No. 8039 de 27 de octubre de 2000, al crear al Tribunal
Registral Administrativo (TRA), Superior Jerárquico Impropio de este Registro,
incluyó de manera expresa en su artículo 22, a la Dirección de Personas Jurídicas
como integrante del Registro Nacional.
Finalmente, la Dirección de Personas Jurídicas, según oficio de MIDEPLAN, DM-
07-2001, del 06 de febrero de 2001, pasa a tener independencia y autonomía
relativa en la toma de decisiones, y además posee las mismas responsabilidades y
obligaciones de los demás registros en la materia de su especialidad.
Dirección de Bienes Muebles
La creación de la Dirección de Bienes Muebles se da en 1964 en el artículo 236 del
Código de Comercio; la Ley N°3284 del 30 de abril de ese año indica: "Créase el
Registro de Muebles con asiento en la ciudad de San José, que actuará
conjuntamente con el Registro de Prendas”. No obstante, los distintos registros de
22
documentos de Bienes Muebles fueron organizándose técnica y
administrativamente de manera independiente.
El Registro Público de la Propiedad Mueble, estaba constituido por los antiguos
Registros Públicos de la Propiedad de Vehículos Automotores, General de Prendas,
Naval y Buques, y la sección de placas del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes.
De acuerdo con el decreto ejecutivo N°14137-J del 18 de noviembre de 1982, fue
trasladado el Registro Público de la Propiedad de Vehículos Automotores al
Registro Nacional y mediante decreto ejecutivo N°16821-J del 26 de diciembre de
1985, se autoriza el Reglamento de dicho Registro.
Asimismo, el Registro General de Prendas fue creado por la Ley N°5 del 05 de
octubre de 1941, como dependencia de la Secretaría de Hacienda bajo las órdenes
de la Superintendencia de Bancos y, en 1948 fue adscrita al Ministerio de
Gobernación. En 1964 se dictó su Reglamento mediante el decreto ejecutivo N°34
del 10 de setiembre.
En cuanto al Registro Nacional de Buques, este fue creado mediante el Reglamento
Orgánico de la Dirección General de Transportes por Agua, el cual en su art. 3
inciso q), encomienda a la Dirección lo siguiente: "Establecer y llevar un registro
que se denominará Registro Naval Costarricense y que habrá de constar de dos
secciones: Registro Marítimo Administrativo y Registro Nacional de Buques”, el
cual se complementó con el Decreto N°12568-T-S-H del 30 de abril de 1981, en
donde se establece el Reglamento del Registro Naval Costarricense, para definir las
competencias propias de las dos secciones que integran ese Registro.
Posteriormente, con la circular N°03-93 de la Dirección General del Registro
Nacional, se lleva a cabo la reorganización administrativa y la variación esencial en
la naturaleza de las funciones realizadas en los Registros de Prendas y Vehículos.
Como parte de la consolidación del Registro Público de la Propiedad Mueble, se
emitió el decreto N°23178-J-MOPT del 18 de abril de 1994, el cual dispone en su
23
art. 1°, el Traslado del Registro Nacional de Buques al Registro Público de la
Propiedad Mueble del Registro Nacional.
Por otra parte, mediante Decreto N°21900-MOPT-J del 20 de enero de 1993, se
incorpora el Departamento de Placas del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes al Registro Público de la Propiedad Mueble. Dicho Decreto en el art.
1°, indica: "Corresponde al Registro Público de Vehículos Automotores la
elaboración, confección, adjudicación de números y entrega de las placas de los
vehículos automotores cuya inscripción autorice excepto el diseño gráfico, el
color, el material y las especificaciones técnicas de las placas metálicas, que
continuará siendo competencia de la Dirección General de Ingeniería de
Tránsito, de conformidad con lo que establece la Ley de la Administración Vial,
ley Nº6324 del 24 de mayo de 1979".
Como parte de la política de integración administrativa de las dependencias
relacionadas con la Propiedad Mobiliaria, en setiembre de 1993, mediante oficio de
la Dirección del Registro Público DRP-486-93 con fecha del 08 de octubre, el
Departamento de Certificaciones computarizadas inmediatas sobre vehículos, que
había estado a cargo del Registro Público de la Propiedad Inmueble, fue adscrito al
Registro Público de la Propiedad de Vehículos.
Por otro lado, el Registro Aeronáutico fue creado mediante la Ley General de
Aviación Civil, N°762 del 18 de octubre de 1949. En la actualidad se encuentra
regulado por la Ley General de Aviación Civil, N°5150 del 14 de mayo de 1973,
reformada por las leyes: N°5437 del 17 de diciembre de 1973 y la N°6021 del 15 de
diciembre de 1976. Con la reforma el art. 1° de la Ley N°8766 de 1 de setiembre
2009, se modifica el art. 2 de la ley N°5695 donde pasa a formar parte del Registro
de Bienes Muebles, la inscripción de aeronaves.
24
Marco Jurídico
Constitución Política de la República de Costa Rica, del 7 de noviembre de 1949,
con vigencia el 08 de noviembre de 1949 y sus reformas.
Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados
con el comercio (Acuerdo sobre los "ADPIC"), publicado en La Gaceta N°245,
Alcance N°40, del 26 de diciembre de 1994.
Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, del 20 de marzo
de 1883, publicada en La Gaceta N°99, Alcance N°18, del 24 de mayo de 1995
Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su
Registro Internacional, del 31 de octubre de 1958, revisado en Estocolmo el 14 de
julio de 1967 y modificado el 28 de setiembre de 1979, publicado en La Gaceta
N°208, del 30 de octubre de 1996.
Tratado de Cooperación en Materia de Patentes y Reglamento del PCT, publicado
en La Gaceta N°32, Alcance N°86, del 30 de noviembre de 1998.
Tratado internacional, Tratado de OMPI sobre Interpretación o Ejecución y
Fonogramas (WPPT), N°7967, del 22 de diciembre de 1999, publicado en La Gaceta
N°21, del 31 de enero del 2000.
Tratado internacional, Tratado de la OMPI sobre Derechos de Autor (WCT) y las
Disposiciones del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias
(1971) mencionadas en el WCT y su anexo, N°7968, del 22 de diciembre de 1999,
publicado en La Gaceta N°23, del 02 de febrero del 2000.
Tratado internacional, Tratado sobre Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas,
y Cooperación Marítima entre la República de Colombia y la República de Costa
Rica, N°8084-A, del 07 de febrero de 2001, publicado en La Gaceta N°34, del 16 de
febrero de 2001.
25
Tratado internacional, Aprobación del Segundo Protocolo de Modificación al
Código Aduanero Uniforme Centroamericano, N°8360, del 24 de junio de 2003,
publicado en La Gaceta N°130, del 8 de julio del 2003.
Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT), publicado en La Gaceta N°113, del 12 de
junio de 2008.
Tratado internacional, Convención para la Eliminación del Requisito de
Legalización para los Documentos Públicos Extranjeros (Convención de la
APOSTILLA), N°8923, del 22 de febrero de 2011, publicado en La Gaceta N°47, del
08 de marzo de 2011.
Tratado internacional, Convenio sobre Delimitación Marítima con la República del
Ecuador, N°9320, del 25 de agosto de 2015, publicado en La Gaceta N°196, del 08
de octubre de 2015.
Tratado internacional, Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras
públicas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para
acceder al texto impreso, N°9454, del 13 de junio de 2017, publicado en La Gaceta
N°121, del 27 de junio del 2017, Alcance 155.
Leyes
Ley Código de Trabajo, N°2, del 27 de agosto de 1943, publicada en La Gaceta
N°192, del 29 de agosto de 1943, modificado por la Ley Reforma Procesal Laboral,
N°9343, del 25 de enero de 2016, publicada en La Gaceta N°16, Alcance 6, entró en
vigor el 26 de julio de 2017.
Ley Código Fiscal, N°8, del 31 de octubre de 1985 y sus reformas.
Ley Orgánica del Poder Judicial N°8, del 29 de noviembre de 1937, publicada en La
Gaceta N°270 del 01 de diciembre de 1937 y sus reformas.
Ley Tratado de Límites entre Nicaragua y Costa Rica (Tratado Cañas-Jerez), N°10,
del 10 de mayo de 1858.
26
Ley Aprueba Tratado Límites Echandi Montero-Fernández Jaén con Panamá,
N°12, del 20 de mayo de 1941.
Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS, N°17, del 22 de
octubre de 1943 y sus reformas.
Ley de Creación del Timbre de Archivos, N°43, del 21 de diciembre 1934 y y sus
reformas.
Ley Creación del Instituto Geográfico Nacional, N°59, del 4 de julio de 1944 y sus
reformas.
Ley Código Civil, N°63, del 28 de setiembre de 1887 y sus reformas.
Ley Asociaciones, N°218, del 8 de agosto de 1939 y sus reformas.
Ley de Aguas, N°276, del 27 de agosto de 1942 y sus reformas.
Ley de Creación del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), N°449, del 08 de
abril de 1949 y sus reformas.
Ley de Construcciones, N°833, del 02 de noviembre de 1949 y sus reformas.
Ley Estatuto de Servicio Civil, N°1581, del 30 de mayo de 1953 y sus reformas.
Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, N°1644, del 26 de setiembre de 1953
y sus reformas.
Ley Orgánica de Instituto Costarricense Turismo (ICT), N°1917, del 30 de julio de
1955, publicada en La Gaceta N°175 del 9 de agosto de 1955 y sus reformas.
Ley de Orgánica del Consejo Nacional de Producción, N°2035, del 17 de julio de
1956 y sus reformas.
Ley de Salarios de la Administración Pública, N°2166, del 09 de octubre de 1957 y
sus reformas.
27
Ley de Creación de la Oficina Central de Marcas de Ganado, N°2247, del 07 de
agosto de 1958 y sus reformas.
Ley de Editorial Costa Rica, N°2366, del 10 de junio de 1959, publicada en La
Gaceta 132 del 14 de junio de 1959 y sus reformas.
Ley de Tierras y Colonización (ITCO-INDER), N°2825, del 14 de octubre de 1961 y
sus reformas.
Ley Autoriza Constitución de Sociedades de Actividades Profesionales, N°2860, del
21 de noviembre de 1961.
Reforma Ley de Licencias de Adiestramiento de Servidores Públicos, N°3009, del
18 de julio de 1962.
Ley de Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la
Vertiente Atlántica (JAPDEVA), N°3091, del 18 de febrero de 1963 y sus reformas.
Ley Código de Comercio, N°3284, del 30 de abril de 1964, publicada en La Gaceta
N°119, del 27 de mayo de 1964, Alcance N°27 y sus reformas.
Ley Colegio Ingenieros y Arquitectos da Licencias Topografía y Agrimensura,
N°3454, del 14 de noviembre de 1964 y sus reformas.
Ley Reguladora de Gastos de Viaje y Transporte de Funcionarios del Estado,
N°3462, del 26 de noviembre de 1964.
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones TSE y del Registro Civil, N°3504,
del 10 de mayo de 1965, publicada en La Gaceta N°117, del 26 de mayo de 1965 y
sus reformas.
Ley de Creación de la Comisión Nacional de Nomenclatura, N°3535, del 03 de
agosto de 1965 y sus reformas.
28
Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, N°3663, del 10 de
enero de 1966, publicada en La Gaceta N°11 del 15 de enero de 1966, Alcance N°3 y
sus reformas.
Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad (DINADECO), N°3859, del 7 de abril de
1967 y sus reformas.
Ley de Inscripción de Documentos en Registro Público, N°3883, del 30 de mayo de
1967 y sus reformas.
Ley de Asociaciones Cooperativas, N°4179, del 22 de agosto de 1968 y sus reformas.
Ley de Planificación Urbana, N°4240, del 15 de noviembre de 1968 y sus reformas.
Ley Pactos Internacionales de los Derechos Humanos de la Asamblea General de
las Naciones Unidas (ONU): “Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales”; “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”; y
“Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”,
N°4229, del 11 de diciembre de 1968, publicada en La Gaceta N°288 del 17 de
diciembre de 1968.
Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, N°4351, del 11 de julio
de 1969, publicada en La Gaceta N°163 del 19 de julio de 1969 y sus reformas.
Ley sobre División Territorial Administrativa, N°4366, del 05 de agosto de 1969,
publicada en La Gaceta N°163 del 19 de julio de 1969 y sus reformas.
Ley de Aranceles del Registro Público, N°4564, del 29 de abril de 1970 y sus
reformas.
Ley Código Penal, N°4573, del 04 de mayo de 1970, publicada en la Gaceta N°257
del 15 de noviembre de 1970, Alcance N°120A, y sus reformas.
Ley Impuesto a Certificaciones del Registro General de Prendas, N°4656, del 31 de
octubre del 1970 y sus reformas.
29
Ley de Organización del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM),
N°4716, del 09 de febrero de 1971 y sus reformas.
Ley Convención Protección Artistas Intérpretes o Ejecutantes (Roma, 1961),
N°4727, del 05 de marzo de 1971.
Ley Código de Normas y Procedimientos Tributarios, N°4755, del 03 de mayo de
1971, publicada en La Gaceta N°117, del 04 de junio de 1971, Alcance N°56 y sus
reformas.
Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social, N°4760, del 4 de mayo de
1971 y sus reformas.
Ley del Instituto Tecnológico de Costa Rica, N°4777, del 10 de junio de 1971 y sus
reformas.
Ley de Fomento Avícola, N°4981, del 26 de mayo de 1972 y sus reformas.
Ley Reguladora de Empresas Financieras no Bancarias, N°5044, del 13 de
setiembre de 1972 y sus reformas.
Ley General de Aviación Civil, N°5150, del 14 de mayo de 1973 y sus reformas.
Ley Contrato del Gobierno de Costa Rica e IICA sobre creación del CATIE, N°5201,
del 23 de mayo de 1973 y sus reformas.
Ley de Fundaciones, N°5338, del 28 de agosto de 1973 y sus reformas.
Ley General de Salud, N°5395, del 30 de octubre de 1973, publicada en La Gaceta
N°222 del 24 de noviembre de 1973, con vigencia desde el 24 de febrero de 1974, y
sus reformas.
Ley Código de Familia, N°5476, del 21 de diciembre de 1973, publicada en La
Gaceta N°24, del 05 de febrero de 1974, Alcance N°20 y sus reformas.
Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), N°5524, del 07 de
mayo de 1974.
30
Ley de Planificación Nacional, N°5525, del 2 de mayo de 1974 y sus reformas.
Ley Convención Universal sobre Derechos de Autor (París, 1971), N°5682, del 05 de
mayo de 1975.
Ley de Creación del Registro Nacional, N°5695, del 28 de mayo 1975 y sus
reformas.
Ley de Expendio de Timbres, N°5790, del 22 de agosto de 1975.
Ley de compensación por pago de Prohibición, N°5867, del 15 de diciembre de
1975, con fecha de vigencia del 27 de diciembre de 1975 y sus reformas.
Ley Reforma Ley Registro Nacional e Impuesto Copias Microfilm en Prendas,
N°5950, del 27 de octubre de 1976.
Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, N°6043, del 02 de marzo de 1977, publicada
en La Gaceta N°52, del 16 de marzo de 1977, Alcance 36 y sus reformas.
Ley Convención de Berna Protección Obras Literarias y Artísticas, N°6083, del 29
de agosto de 1977.
Ley del Servicio de Parques Nacionales, N°6084, del 24 de agosto de 1977 y sus
reformas.
Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso, N°6106, del 07 de
noviembre de 1977 y sus reformas.
Ley Orgánica del Notariado, N°6145, del 18 de noviembre de 1977, publicada en La
Gaceta N°243, del 23 de diciembre de 1977, Alcance 188 y sus reformas.
Ley Convención Interamericana sobre Régimen legal de Poderes para ser utilizados
en el extranjero, N°6165-F, del 02 de noviembre de 1977, publicada en La Gaceta
N°241, del 21 de diciembre de 1977, Alcance 186.
Ley de Protección al Representante de Casas Extranjeras, N°6209, del 09 de marzo
de 1978 y sus reformas.
31
Ley General de la Administración Pública, N°6227, del 2 de mayo de 1978 y sus
reformas.
Ley Presupuesto Extraordinario para 1978 (otorgamientos del beneficio económico
denominado Materia Registral), N°6256, del 28 de abril de 1978 y sus reformas.
Ley de Administración Vial N°6324, del 24 de mayo de 1979 y sus reformas.
Ley Capacitación personal Administración Pública, N°6362, del 03 de setiembre de
1979.
Ley Convenio para Proteger de la Reproducción No Autorizada de Fonogramas,
N°6486, del 25 de setiembre de 1980.
Ley del Catastro Nacional, N°6545, del 25 de marzo de 1981 y sus reformas.
Ley sobre Requisitos Fiscales en Documentos Relativos a Actos o Contratos,
N°6575, del 27 de abril de 1981 y sus reformas.
Ley que regula a la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), N°6588, del
30 de julio de 1981 y sus reformas.
Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, N°6683, del 14 de octubre de 1982,
publicada en La Gaceta N°212, del 04 de noviembre de 1982 y sus reformas.
Ley de Jurisdicción Agraria, N°6734, del 29 de marzo de 1982 y sus reformas.
Ley del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), N°6735, del 29 de marzo de 1982 y
sus reformas. (Nota: De conformidad con la Ley N°9036 del 11 de mayo de 2012, se transformó el
Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y se crea la
Secretaría Técnica de Desarrollo Rural).
Ley Regula la Ejecución del Proyecto Turístico de Papagayo, N°6758, del 04 de
junio de 1982, publicada en La Gaceta N°122, del 25 de junio de 1982 y sus
reformas.
32
Ley de Creación de Parques Nacionales y Reservas Biológicas, N°6794, del 25 de
agosto de 1982 y sus reformas.
Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, N°6815, del 27 de
setiembre de 1982 y sus reformas.
Ley de Impuesto General sobre las Ventas, N°6826, del 08 de noviembre de 1982 y
sus reformas.
Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de
Utilidad, N°6867, del 25 de abril de 1983 y sus reformas.
Ley Orgánica Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), N°6868, del 06 de mayo de
1983 y sus reformas.
Ley Reforma la ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y la Ley de
Asociaciones Cooperativas y autoriza la creación del Banco Cooperativo
Costarricense, R. L. (BANCOOP, RL) N°6894, del 22 de setiembre de 1983,
publicada en La Gaceta N°200 del 24 de octubre de 1983 y sus reformas.
Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, N°6955, del 24 de febrero de
1984 y sus reformas.
Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, N°6990, del 15 de julio de 1985 y sus
reformas.
Ley del Impuesto sobre Traspasos de Bienes Inmuebles, N°6999-A, del 03 de
setiembre de 1985 y sus reformas.
Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI
(Asociaciones Mutualistas), N°7052, del 13 de noviembre de 1986, publicada en La
Gaceta N°226 del 27 de noviembre de 1986 y sus reformas.
Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria FODEA y Orgánica del MAG,
N°7064, del 29 de abril de 1987, publicada en La Gaceta N°87 del 08 de mayo de
1987 y sus reformas.
33
Ley Impuesto sobre la Renta, N°7092, del 21 de abril de 1988, publicada en La
Gaceta N°96, del 19 de mayo de 1988 y sus reformas.
Ley de la Jurisdicción Constitucional, N°7135, del 11 de octubre de 1989, publicada
en La Gaceta N°198, del 19 de octubre de 1989, Alcance 34 y sus reformas.
Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer, N°7142, del 8 de marzo de
1990, publicada en La Gaceta N°59, del 26 de marzo de 1990.
Ley del Sistema Nacional de Archivos, N°7202, del 24 de octubre de 1990,
publicada en La Gaceta N°225 del 27 de noviembre de 1990 y sus reformas.
Ley Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, N°7291, del 23 de
marzo de 1992, publicada en La Gaceta N°134 del 15 de julio de 1992, Alcance 10.
Ley Reguladora de Exoneraciones Vigentes, Derogatorias y Excepciones, N°7293,
del 31 de marzo de 1992, publicada en La Gaceta N°66, del 03 de abril de 1992 y sus
reformas.
Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N°7331, del 13 de abril de 1993,
publicada en La Gaceta N°76 del 22 de abril de 1993, Alcance 13 y sus reformas.
Ley Crea Concepto Salario Base para Delitos Especiales del Código Penal, N°7337,
del 05 de mayo de 1993, publicada en La Gaceta N°92, del 14 de mayo de 1993.
Ley Sociedades Anónimas Laborales, N°7407, del 3 mayo de 1994, publicada en La
Gaceta N°91, del 12 de mayo de 1994 y sus reformas.
Ley General de Policía, N°7410, del 26 de mayo de 1994, publicada en La Gaceta
N°103, del 30 de mayo de 1994, Alcance 16 y sus reformas.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N°7428, del 07 de
setiembre de 1994, publicada en La Gaceta N°210, del 4 de noviembre de 1994 y
sus reformas.
34
Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, N°7472,
del 20 de diciembre de 1994, publicada en La Gaceta N°14, del 19 de enero de 1995
y sus reformas.
Ley Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual
relacionados con el Comercio, N°7475-P, del 20 de diciembre de 1994, publicada en
La Gaceta N°245, del 26 de diciembre de 1994, Alcance 40 y sus reformas.
Ley contra Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia, N°7476, del
03 de febrero de 1995, publicada en La Gaceta N°45, del 3 de marzo de 1995 y sus
reformas.
Ley de Contratación Administrativa, N°7494, del 02 de mayo de 1995, publicada en
La Gaceta N°110 del 08 de junio de 1995, Alcance 20 y sus reformas.
Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, N°7509, del 09 de mayo del 1995,
publicada en La Gaceta N°116, del 19 de junio de 1995 y sus reformas.
Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos (Inquilinato), N°7527, del
10 de julio de 1995, publicada en La Gaceta N°155, del 17 de agosto de 1995 y sus
reformas.
Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, N°7558, del 03 de noviembre de
1995, publicada en La Gaceta N°225, del 27 de noviembre de 1995, Alcance 55 y sus
reformas
Ley Forestal, N°7575, del 13 de febrero de 1996, publicada en la Gaceta N°72, del 16
de abril de 1996 y sus reformas.
Ley Código Procesal Penal, N°7594, del 10 de abril de 1996, publicada en La Gaceta
N°106, del 04 de junio de 1996, Alcance N°31 y sus reformas.
Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, N°7600,
del 02 de mayo de 1996, publicada en La Gaceta N°102 del 29 de mayo del 1996 y
sus reformas.
35
Ley de Defensa del Idioma Español y Lenguas Aborígenes Costarricenses, N°7623,
del 11 de setiembre de 1996, publicada en La Gaceta N°193, del 9 de octubre de
1996 y sus reformas.
Ley Interpreta Ley de Derechos de Autor sobre Sociedades y Asociaciones, N°7686,
del 06 de agosto de 1997, publicada en La Gaceta N°166, del 29 de agosto de 1997.
Ley Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, N°7727, del 09
de diciembre de 1997, publicada en La Gaceta N°9, del 14 de enero de 1998 y sus
reformas.
Ley Reguladora del Mercado de Valores, N°7732, del 17 de diciembre de 1997,
publicada en La Gaceta N°18, del 27 de enero de 1998 y sus reformas.
Ley Código de la Niñez y la Adolescencia, N°7739, del 06 de enero de 1998,
publicado en La Gaceta N°26, del 06 de febrero de 1998 y sus reformas.
Ley de Concesión y Operación de marinas y atracaderos turísticos, N°7744, del 19
de diciembre de 1997, publicado en La Gaceta N°26, del 06 de febrero de 1998 y sus
reformas.
Ley Beneficios para los Responsables de Pacientes en Fase Terminal y Personas
Menores de Edad Gravemente Enfermas, N°7756, del 25 de febrer0 de 1998,
publicada en La Gaceta N°56, del 20 de marzo de 1998 y sus reformas.
Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos, N°7762, del 14
de abril de 1998, publicada en La Gaceta N°98, del 22 de mayo de 1998, Alcance 17
y sus reformas.
Ley Código Notarial, N°7764, del 17 de abril de 1998, publicada en La Gaceta N°98,
del 22 de mayo de 1998, Alcance 17 y sus reformas.
Ley General sobre el VIH SIDA, N°7771, del 29 de abril de 1998, publicada en La
Gaceta N°96, del 20 de mayo de 1998.
36
Ley de Biodiversidad, N°7788, del 30 de abril de 1998, publicada en La Gaceta
N°101, del 27 de mayo de 1998.
Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizadas,
actividades conexas, legitimización de capitales y financiamiento al terrorismo,
N°7786, del 30 de abril de 1998, publicada en La Gaceta 93 del 15 de mayo de 1998,
Alcance 15 y sus reformas
Ley Código Municipal, N°7794, del 30 de abril de 1988, publicada en La Gaceta
N°94, del 18 de mayo de 1998 y sus reformas.
Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y Recreación y del Régimen
Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación, N°7800, del 30 de abril
de 1998, publicada en La Gaceta N°103 del 29 de mayo de 1998, Alcance 20 y sus
reformas.
Ley Convenio de Distribución Señales Portadoras de Programas por Satélite,
N°7829, del 22 de setiembre de 1998, publicada en La Gaceta N°201, del 16 de
octubre de 1998 y sus reformas.
Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, N°7933, del 28 de octubre de
1999, publicada en La Gaceta N°229, del 25 de noviembre del 1999 y sus reformas.
Ley de Protección a Sistemas de Trazados de Circuitos Integrados, N°7961, del 17
de diciembre de 1999, publicada en La Gaceta N°13, del 19 de enero de 2000 y sus
reformas.
Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte remunerado de personas en
vehículos en la modalidad de taxi, N°7969, del 22 de diciembre de 1999, publicada
en La Gaceta N°20 del 28 de enero del 2000 y sus reformas.
Ley de Información No Divulgada, N°7975, del 04 de enero de 2000, publicada en
La Gaceta N°12, del 18 de enero de 2000.
37
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, N°7978, del 06 de enero del 2000,
publicada en La Gaceta N°22, del 1º de febrero de 2000 y sus reformas.
Ley de Protección al Trabajador, N°7983, del 16 de febrero del 2000, publicada en
La Gaceta N°35 del 18 de febrero del 2000, Alcance 11 y sus reformas.
Ley de Procedimientos de Observación de los Derechos de Propiedad Intelectual,
N°8039, del 12 de octubre de 2000, publicada en La Gaceta N°206, del 27 de
octubre del 2000 y sus reformas.
Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos,
N°8131, del 18 de setiembre 2001, publicada en La Gaceta N°198, del 16 de octubre
de 2001 y sus reformas.
Ley Aprueba el Convenio de Préstamo N°1284/OC-CR "Programa de
Regularización del Catastro y Registro", entre la República de Costa Rica y el Banco
Interamericano de Desarrollo, N°8154, del 27 de noviembre de 2001, publicada en
La Gaceta N°237, del 10 de diciembre de 2001.
Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos,
N°8220, del 04 de marzo del 2002, publicada en La Gaceta N°49, del 11 de marzo
de 2002, Alcance 22 y sus reformas.
Ley del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, N°8228, del 19 de marzo
de 2002, publicada en La Gaceta N°78 del 24 de abril del 2002 y sus reformas.
Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, N°8262, del 02 de
mayo de 2002, publicada en La Gaceta N°94, del 17 de mayo del 2002 y sus
reformas.
Ley General de Control Interno, N°8292, del 31 de julio de 2002, publicada en la
Gaceta N°169, del 4 de setiembre de 2002.
38
Ley de Regulación de los Servicios de Seguridad Privados, N°8395, del 01 de
diciembre de 2003, publicada en La Gaceta N°235, del 05 de diciembre del 2003 y
sus reformas.
Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública,
N°8422, del 06 de octubre del 2004, publicada en La Gaceta N°212, del 29 de
octubre de 2004 y sus reformas.
Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, N°8454, del 30
de agosto de 2005, publicada en La Gaceta N°197, del 13 de octubre de 2005 y sus
reformas.
Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo, N°8488, del 22 de
noviembre de 2005, publicada en La Gaceta N°8, del 11 de enero de 2006 y sus
reformas.
Ley Código Procesal Contencioso Administrativo, N°8508, del 28 de abril de 2006,
publicada en La Gaceta N°120, del 22 de junio de 2006, Alcance 38 y sus reformas.
Ley Sistema de Banca para el Desarrollo, N°8634, del 23 de abril de 2008,
publicada en La Gaceta N°87, del 07 de mayo de 2008 y sus reformas.
Ley Reguladora del Mercado de Seguros, N°8653, del 22 de julio de 2008,
publicada en La Gaceta N°152, del 07 de agosto de 2008, Alcance 30 y sus
reformas.
Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector
Telecomunicaciones, N°8660, del 08 de agosto de 2008, publicada en La Gaceta
N°156, del 13 de agosto de 2008, Alcance 31 y sus reformas.
Ley de Notificaciones Judiciales, N°8687, del 04 de diciembre de 2008, publicada
en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009 y sus reformas.
Ley Contra la Delincuencia Organizada, N°8754, del 22 de julio de 2009, publicada
en La Gaceta N°143, del 24 de julio de 2009, Alcance N°29 y sus reformas.
39
Ley General de Migración y Extranjería, N°8764, del 19 de agosto de 2009,
publicada en La Gaceta N°170, del 01 de setiembre del 2009 y sus reformas.
Ley Control de Ganado Bovino, prevención y sanción de su Robo, Hurto y
Receptación, N°8799, del 17 de abril de 2010, publicada en La Gaceta N°88, del 07
de mayo de 2010.
Ley Reforma varias leyes sobre la participación de la Contraloría General de la
República para la simplificación y el Fortalecimiento de la Gestión Pública,
N°8823, del 05 de mayo de 2010, publicada en La Gaceta N°105, del 01 de junio de
2010.
Ley Reguladora de la Actividad de las Sociedades Públicas de Economía Mixta,
N°8828, del 29 de abril de 2010, publicada en La Gaceta N°110, del 08 de junio de
2010.
Ley para la Gestión Integral de Residuos, N°8839, del 24 de junio de 2010,
publicada en La Gaceta N°135, del 13 de julio del 2010 y sus reformas.
Ley de Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales,
N°8968, del 07 de julio de 2011, publicada en La Gaceta N°170 del 05 de setiembre
de 2011.
Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos en la salud, N°9028, del 22
de marzo de 2012, publicada en La Gaceta N°61, del 26 de marzo del 2012, Alcance
37 y sus reformas.
Ley de Regulación del Derecho de Petición, N°9097, del 26 de octubre de 2012,
publicada en La Gaceta N°52, del 14 de marzo del 2013, Alcance 49.
Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N°9078, del 04 de
octubre de 2012, publicada en La Gaceta N°207, del 26 de octubre del 2012,
Alcance 165 y sus reformas.
40
Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios, N°9158, del 08
de agosto de 2013, publicada en La Gaceta N°173, del 10 de setiembre de 2013.
Ley marco para la declaratoria de zona urbana litoral y su régimen de uso y
aprovechamiento territorial, N°9221, del 27 de marzo de 2014, publicada en La
Gaceta N°79, del 25 de abril del 2014 y sus reformas.
Ley para la regulación de las construcciones existentes en la Zona Restringida de la
Zona Marítimo Terrestre, N°9242, del 06 de mayo de 2014, publicada en La Gaceta
N°109, del 09 de junio del 2014 y sus reformas.
Ley de Garantías Mobiliarias, N°9246, del 07 de mayo de 2014, publicada en La
Gaceta N°95, del 20 de mayo del 2014, Alcance 17.
Ley Reforma Código Municipal, N°9258, del 31 de julio de 2014, publicada en La
Gaceta N°228, del 26 de noviembre de 2014.
Ley Código Procesal Civil, N°9342, del 03 de febrero de 2016, publicada en La
Gaceta N°68, del 08 de abril de 2016, Alcance 54.
Ley de Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos, N°9371, del 28 de
junio de 2016, publicada en La Gaceta N°161, del 23 de agosto del 2016.
Ley Impuesto a las Personas Jurídicas, N°9428, del 21 de marzo de 2017, publicada
en La Gaceta N°58, del 22 de marzo del 2017, Alcance 64 y sus reformas.
Ley Fortalecimiento de la seguridad registral inmobiliaria, N°9602, del 13 de
agosto de 2018, publicada en La Gaceta N°194, del 22 de octubre de 2018.
Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N°9635, del 03 de diciembre de
2018, publicada en La Gaceta N°225, del 04 de diciembre de 2018, Alcance 202.
Convenciones
Convención colectiva del Registro Nacional 2015-2018.
41
Decretos y reglamentos
Decreto Ejecutivo N°21, Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, del 14 de
diciembre de 1954, con fecha de vigencia 16 de enero de 1955 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°1, Reglamento General Seguridad e Higiene de Trabajo, del 02
de enero de 1967, publicado en La Gaceta N°19, del 24 de enero de 1967 y sus
reformas.
Decreto Ejecutivo N°4949-P, Faculta a la Dirección General Servicio Civil para
valorar y reasignar puestos, del 23 de junio de 1975, publicado en La Gaceta N°119,
del 26 de junio de 1975 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°7841-P, Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo
Terrestre, del 16 de diciembre de 1977, publicado en La Gaceta N°20, del 27 de
enero de 1978, Alcance 16 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°10541-TSS, Reglamento de Control de Ruidos y Vibraciones,
del 14 de setiembre de 1979, publicado en La Gaceta N°181 del 27 de setiembre de
1979.
Decreto Ejecutivo N°11074-TSS, Peso Máximo Carga Manual y Examen de Aptitud
Física (Convenio OIT), del 09 de mayo de 1980, publicado en La Gaceta N°55 del
20 de marzo de 1981.
Decreto Ejecutivo N°11492-SPPS, Reglamento sobre Higiene Industrial, del 22 de
abril de 1980, publicado en La Gaceta N°101, del 28 de mayo de 1980 y sus
reformas.
Decreto Ejecutivo N°12715-MEIC, Norma oficial para la utilización de colores de
seguridad y su simbología, del 15 de junio de 1981, publicado en La Gaceta N°134,
del 16 de julio de 1981.
42
Decreto Ejecutivo N°13466-TSS, Reglamento General de los Riesgos del Trabajo,
del 24 de marzo de 1982, publicado en La Gaceta N°67, del 07 de abril de 1982 y
sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°14082-H, Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las
Ventas, del 29 de noviembre de 1982, publicado en La Gaceta N°230 del 30 de
noviembre de 1982 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°15222-MIEM-J, Reglamento Ley Patentes Invención Dibujos
y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad, del 12 de diciembre de 1983 y sus
reformas.
Decreto Ejecutivo N°16236-J, Reglamento para Salvar las Inscripciones de Tomos
del Registro Público, del 02 de mayo de 1985, publicado en La Gaceta N°94, del 20
de mayo de 1985.
Decreto Ejecutivo N°17339-P, Reglamento a la Ley de Licencias Adiestramiento
Servidores Públicos, del 02 de diciembre de 1986, publicado en La Gaceta N°237,
del 15 de diciembre de 1986 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°17908-J, Declara Interés Nacional Plan Rescate Valores
Morales Cívicos y Religiosos, del 03 de diciembre de 1987.
Decreto Ejecutivo N°18045-J, (Pago de Prohibición funcionarios del Registro
Nacional), del 03 de marzo de 1988, publicado en La Gaceta N°49, del 10 de marzo
de 1988, Alcance 9-A y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°18181-H, Reglamento de Pago de Anualidades Adeudadas en
Administración Pública, del 14 de junio de 1988, publicado en La Gaceta N°120, del
23 de junio de 1988 y sus reformas
Decreto Ejecutivo N°18445-H, Reglamento a Ley del Impuesto sobre la Renta, del
09 de setiembre de 1988, publicado en La Gaceta N°181, del 23 de setiembre de
1988, Alcance 29 y sus reformas.
43
Decreto Ejecutivo N°18671-J, (Pago de Prohibición funcionarios del Registro
Nacional), del 30 de noviembre 1988, publicado en La Gaceta N°234, del 09 de
diciembre de 1988.
Decreto Ejecutivo N°18824, Declara Tercera Semana de Junio como Semana
Nacional Seguridad Vial, del 09 de febrero del 1989, publicado en La Gaceta N°37,
del 21 de febrero del 1989.
Decreto Ejecutivo N°19117-J-C, Traslada Registro Derechos de Autor y Conexos al
Registro Nacional, del 20 de julio de 1989, publicado en La Gaceta N°150, del 9 de
agosto de 1989.
Decreto Ejecutivo N°19530-H, Reglamento de la Ley Reguladora de Empresas
Financieras no Bancarias, del 06 de marzo de 1990, publicado en La Gaceta N°69,
del 09 de abril de 1990.
Decreto Ejecutivo N°20295-J, Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de
Justicia y Paz, del 06 de marzo de 1991, publicado en La Gaceta 63, del 03 de abril
de 1991 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°21734-J, Crea Unidad de Auditoría Interna en el Registro
Nacional, del 16 de noviembre de 1992, publicado en La Gaceta N°240, del 15 de
diciembre de 1992, Alcance 6.
Decreto Ejecutivo N°22489-MP-J-TUR, Crea Registro Concesiones del Proyecto
Turístico Golfo Papagayo en Bahía Culebra, del 02 de setiembre de 1992, publicada
en La Gaceta N°174, del 10 de setiembre de 1993 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°22614, Reglamento para el pago de Compensación Económica
por concepto de Prohibición, del 22 de octubre de1993, publicado en La Gaceta
N°209 del 02 de noviembre de 1993 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°23178-J-MOPT, Traslado Registro Nacional Buques al
Registro Público Propiedad Mueble, del 18 de abril de 1994, publicado en La Gaceta
N°86 del 05 de mayo de 1994.
44
Decreto Ejecutivo N°23485-MP, Reglamenta Artículo 50 de Ley de Derechos de
Autor y Derechos Conexos, del 05 de julio de 1994, publicado en La Gaceta N°141,
del 26 de julio de 1994, Alcance 141 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°23669-H, Normas para la Aplicación de la Dedicación
Exclusiva para Instituciones y Empresas Públicas Cubiertas por el ámbito de la
Autoridad Presupuestaria, del 18 de octubre de 1994, publicado en La Gaceta N°197
del 18 de octubre de 1994 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°23907-H, Adiciona rubro Salario Escolar a Partida de
Servicios Personales, del 21 de diciembre de 1994, publicado en La Gaceta N°246,
del 27 de diciembre de 1994.
Decreto Ejecutivo N°23944-J-C, Reforma e Integra Comisión Nacional Rescate
Valores Morales Cívicos y Religiosos, del 12 de diciembre de 1994, publicado en la
Gaceta 25 del 03 de febrero de 1995 y su reforma.
Decreto Ejecutivo N°24037-S, Reglamento sobre protección contra las Radiaciones
Ionizantes, del 22 de diciembre de 1994, publicado en La Gaceta N°48, del 08 de
marzo de 1995 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°24611-J, Reglamento a la Ley de Derechos de Autor y
Derechos Conexos, del 04 de setiembre de 1995, publicado en La Gaceta N°201, del
24 de octubre de 1995 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°25439-MP-TUR, Reglamento a la Ley para el Desarrollo y
Ejecución del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo, del 27 de agosto de 1996,
publicado en La Gaceta N°173, del 11 de setiembre de 1996 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°26393-MP, Reglamento Reconocimiento Disponibilidad
Funcionarios Poder Ejecutivo, del 07 de octubre de 1997, publicado en La Gaceta
N°201, del 20 de octubre de 1997.
Decreto Ejecutivo N. 26771-J, Reglamento del Registro Público, del 18 de febrero
de 1998, publicado en La Gaceta N°54, del 18 de marzo de 1998 y sus reformas.
45
Decreto Ejecutivo N°26789-MTSS, Reglamento de Calderas, del 16 de febrero de
1998, publicado en La Gaceta N°65, del 02 de abril de 1998 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°26883-J, Reglamento Organización Registro Público de la
Propiedad Mueble, del 20 de abril de 1998, publicado en La Gaceta N°91, del 13 de
mayo de 1998 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°26894-MTSS-PLAN, Reglamento a la Ley de Sociedades
Anónimas Laborales, del 22 de enero de 1998, publicado en La Gaceta N°95, del 19
de mayo de 1998.
Decreto Ejecutivo N°26898-MTSS, Autoriza Trabajo Nocturno de Mujeres en
Actividades Industriales, del 30 de marzo de 1998, publicado en La Gaceta N°96,
del 20 de mayo de 1998.
Decreto Ejecutivo N°27298-MTSS, Reglamento de Condiciones Laborales y de
Salud Ocupacional de los Choferes de Autobuses, del 02 de setiembre de 1998,
publicado en La Gaceta N°183 del 21 de setiembre de 1998.
Decreto Ejecutivo N°27456-J, Reglamento de Funcionamiento de la Oficina de
Reserva de Nombre, del 16 de noviembre de 1998, publicado en La Gaceta N°232
del 30 de noviembre de 1998.
Decreto Ejecutivo N°27894-S, Reglamento a la Ley General sobre el VIH-SIDA, del
03 de junio de 1999, publicado en La Gaceta N°115, el 15 de junio de 1999 y sus
reformas.
Decreto Ejecutivo N°28170-J-MEP, Declara el 1° de Octubre Día Nacional del
Rescate y Formación Valores, del 1 de octubre de 1999, publicado en La Gaceta
N°206, del 25 de octubre de 1999.
Decreto Ejecutivo N°28585-J, Reglamento de Documentos Complejos Registro
Público Propiedad Inmueble, del 16 de febrero de 2000, publicado en La Gaceta
N°83, del 02 de mayo de 2000.
46
Decreto Ejecutivo N°28659-S, Reglamento de Expendios y Bodegas de
Agroquímicos, del 13 de abril del 2000, publicado en La Gaceta N°104, del 31 de
mayo de 2000.
Decreto Ejecutivo N°28783-MOPT, Reglamento de Control Uso y Mantenimiento
de Vehículos Oficiales del Consejo de Seguridad Vial, del 07 de julio del 2000,
publicado en La Gaceta N°143 del 26 de julio del 2000.
Decreto Ejecutivo N°29220-MTSS, Reglamento para la Contratación Laboral y
Condiciones de Salud Ocupacional de las Personas Adolescentes, del 30 de octubre
del 2000, publicado en La Gaceta N°7, del 10 de enero del 2001 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°29267-G, División Territorial Administrativa, del 15 de enero
de 2001, publicado en La Gaceta N°24, del 02 de febrero de 2001, Alcance 7 y sus
reformas.
Decreto Ejecutivo N°29390-MOPT-S, Plan Nacional de Seguridad Vial, del 06 de
marzo de 2001, publicado en La Gaceta N°59 del 23 de marzo de 2001, Alcance 24
y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°29496-J, Reglamento a la Ley de Asociaciones, del 17 de abril
de 2001, publicado en La Gaceta N°96 del 21 de mayo del 2001 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°29631-MEP, Reglamento General del Consejo Nacional de
Enseñanza Superior Universitaria Privada, del 18 de junio de 2001, publicado en La
Gaceta N°133, del 11 de julio de 2001 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°29794-MP-TUR, Reglamento Regula el otorgamiento de las
garantías reales que graven las concesiones del Polo Turístico Golfo Papagayo, del
30 de agosto de 2001, publicado en La Gaceta N°180, del 19 de setiembre de 2001 y
sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°30233-J, Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos
Distintivos, del 20 de febrero del 2002, publicado en La Gaceta N°65, del 4 de abril
del 2002 y sus reformas.
47
Decreto Ejecutivo N°30640-H, Reglamento para el Funcionamiento de las
Proveedurías Institucionales de los Ministerios del Gobierno, del 27 de junio de
2002, publicado en La Gaceta N°166, del 30 de agosto de 2002 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°30720-H, Reglamento para el Registro y Control de Bienes de
la Administración Central, del 26 de agosto de 2002, publicado en La Gaceta
N°188, del 01 de octubre de 2002 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°31104-J, Establece que las Direcciones de los diferentes
Registros que conforman el Registro Nacional, tendrán un Departamento Jurídico,
especializado en la materia propia de su competencia, del 15 de enero de 2003,
publicado en La Gaceta N°66, del 03 de abril de 2003.
Decreto Ejecutivo N°31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGP SP, Reglamento para
las actividades de la Aviación Agrícola, del 16 de octubre de 2003, publicado en La
Gaceta N°241, del 15 de diciembre de 2003 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°31536, Reglamento del Código Aduanero Uniforme
Centroamericano (RECAUCA), del 24 de noviembre de 2003, publicado en La
Gaceta N°243, del 17 de diciembre del 2003.
Decreto Ejecutivo N°32303-MIVAH-MEIC-TUR, Reglamento a la Ley Reguladora
de la Propiedad en Condominio, del 02 de marzo de 2005, publicado en La Gaceta
N°74, del 19 de abril del 2005 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°32529, Reglamento de las Asociaciones Administradoras de
Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales, del 02 de febrero de 2005,
publicado en La Gaceta N°150, del 05 agosto de 2005 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo Nº32831, Manual de Normas para la Habilitación de
Establecimientos que Brindan Atención en Centros para Personas con
Discapacidad, del 25 de octubre de 2005, publicado en La Gaceta N°246, del 21 de
diciembre de 2006.
48
Decreto Ejecutivo N°32874, Reglamento General del Fondo Cajas Chicas, del 10 de
noviembre de 2005, publicado en La Gaceta N°22, del 31 de enero de 2006.
Decreto Ejecutivo N°33018, Reglamento a la Ley de Certificados, Firmas Digitales y
Documentos Electrónicos, del 20 de marzo de 2006, publicado en La Gaceta N°77
del 21 de abril del 2006 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°33114, Reglamento para el Reajuste de Precios en los
Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento, del 16 de marzo de
2006, publicado en La Gaceta N°94, del 17 de mayo de 2006 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°33146, Principios Éticos de los Funcionarios Públicos, del 24
de mayo de 2006, publicado en La Gaceta N°104 del 31 de mayo del 2006.
Decreto Ejecutivo N°33171, Reglamento para la Inscripción de la constitución de
empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de personas
jurídicas como denominación social, del 29 de mayo de 2006, publicado en La
Gaceta N°114, del 14 de junio de 2006.
Decreto Ejecutivo N°33305, Reglamento Especial para la Promoción de las PYMES
en las Compras de Bienes y Servicios de la Administración, del 13 de junio de 2006,
publicado en La Gaceta N°168, del 01 de setiembre de 2006 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°33411, Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
del 27 de setiembre de 2006, publicado en La Gaceta N°210, del 02 de noviembre
de 2006 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo Nº33507, Reglamento de Salud Ocupacional en el Manejo y Uso
de Agroquímicos, del 24 de octubre de 2016, publicado en La Gaceta N°5, del 08 de
enero de 2007.
Decreto Ejecutivo N°33743, del 14 de marzo de 2007, Reglamento de las
disposiciones relativas a las indicaciones geográficas y denominaciones de origen,
contenidas en la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Ley 7978 del 6 de enero
del 2000, publicado en La Gaceta N°94, del 17 de mayo de 2007 y sus reformas.
49
Decreto Ejecutivo N°33797-MJ-MOPT, Declara como datum horizontal oficial para
Costa Rica, el CR05, enlazado al Marco Internacional de Referencia Terrestre
(ITRF2000) del Servicio Internacional de Rotación de la Tierra (IERS) para la
época de medición 2005.83, del 30 de marzo de 2007, publicado en La Gaceta
N°108, del 06 de junio de 2007.
Decreto Ejecutivo N°33950-H, Reglamento para el funcionamiento de la Caja
Única del Estado, del 26 de julio de 2007, publicado en La Gaceta N°172 del 7 de
setiembre de 2007.
Decreto Ejecutivo N°34331, Reglamento a la Ley de Catastro Nacional, del 29 de
noviembre de 2007, publicado en La Gaceta N°41, del 27 de febrero de 2008.
Decreto Ejecutivo N°34460-H, Principios de Contabilidad aplicables al Sector
Público Costarricense, del 14 de febrero de 2008, publicado en La Gaceta N°82 del
29 de abril del 2008 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°34574-H, Reglamento general para el control y recuperación
de acreditaciones que no corresponden, del 14 de mayo de 2008, publicado en La
Gaceta N°122, del 25 de junio de 2008.
Decreto Ejecutivo N°34691-J, Asignación y expedición de Cédula de Persona
Jurídica, del 01 de agosto de 2008, publicado en La Gaceta N°159, del 19 de agosto
del 2008.
Decreto Ejecutivo N°34918-H, Adopción e Implementación de las Normas
Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), en el Ámbito
Costarricense, del 19 de noviembre de 2008, publicado en La Gaceta N°238 del 9
de diciembre del 2008 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°34927-J-COMEX-S-MAG, Reglamento a la Ley de
Información No Divulgada, del 28 de noviembre de 2008, publicado en La Gaceta
N°238, del 09 de diciembre de 2008.
50
Decreto Ejecutivo N°35456-J, Reglamento Operativo del Tribunal Registral
Administrativo, del 30 de marzo de 2009, publicado en La Gaceta N°169 del 31 de
agosto de 2009.
Decreto Ejecutivo N°35509-J, Reglamento de Organización del Registro
Inmobiliario, del 30 de setiembre de 2009, publicado en La Gaceta N°198, del 13
de octubre del 2009.
Decreto Ejecutivo N°35535-H, Reglamento de la Organización de la Dirección
General de la Contabilidad Nacional, del 07 de agosto de 2009, publicado en La
Gaceta N°201 del 16 de octubre del 2009.
Decreto Ejecutivo N°35616-H, Adopción e Implementación de las Normas
Internacionales de Información Financiera (NIIF) para Empresas Públicas Sector
público costarricense, del 04 de noviembre de 2009, publicado en La Gaceta
N°234, del 02 de diciembre del 2009 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°35631-J-COMEX-MICIT-SP-H, Creación de la Comisión de
Enlace Interinstitucional para la Protección de la Propiedad Intelectual, del 30 de
setiembre de 2009, publicado en La Gaceta N°233, del 01 de diciembre de 2009.
Decreto Ejecutivo N°35865-MP, Reforma Reglamento del Estatuto de Servicio
Civil, del 02 de marzo de 2010, publicado en La Gaceta N°75, del 20 de abril del
2010.
Decreto Ejecutivo N°36242-MP-PLAN, Reglamento para la Utilización del Sistema
Electrónico de Compras Públicas Mercado en Línea “Mer-Link”, del 21 de octubre
de 2010, publicado en La Gaceta N°221, del 15 de noviembre de 2010.
Decreto Ejecutivo N°36462-MP-MTSS, Reglamento a la Ley de Inclusión y
Protección Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, del 02
de febrero de 2011, publicado en La Gaceta N°56, del 21 de marzo de 2011.
Decreto Ejecutivo N°36471-JP, Reglamento a la Ley de Marcas de Ganado, del 16
de noviembre de 2010, publicado en La Gaceta N°58, del 23 de marzo de 2011.
51
Decreto Ejecutivo N°36499-S-MINAET, Reglamento para la Elaboración de
Programas de Gestión Ambiental Institucional en el Sector Público de Costa Rica,
del 17 de marzo de 2011, publicado en La Gaceta N°88, del 09 de mayo de 2011.
Decreto Ejecutivo N°36642-MP-MOPT-MINAET, Reglamento de Especificaciones
para la Delimitación de la zona pública de la Zona Marítimo Terrestre, del 28 de
junio de 2011, publicado en La Gaceta N°136, del 04 de julio de 2011.
Decreto Ejecutivo N°36880-COMEX-JP, Reglamento sobre la limitación a la
responsabilidad de los proveedores de servicios por infracciones a Derechos de
Autor y Conexos de Acuerdo con el Artículo 15.11.27 del Tratado de Libre Comercio
República Dominicana-Centroamérica- Estados Unidos, del 18 de octubre de 2011,
publicado en La Gaceta N°242, del 16 de diciembre de 2011.
Decreto Ejecutivo N°36901-PLAN-H, Crea la Comisión de Coordinación Técnica
Interinstitucional de Planificación, Programación y Evaluación de la Gestión
Institucional y Sectorial del Poder Ejecutivo, del 15 de noviembre de 2011,
publicado en La Gaceta N°3, del 04 de enero de 2012.
Decreto Ejecutivo Nº36979-MEIC, Reglamento de Oficialización del Código
Eléctrico de Costa Rica para la Seguridad de la Vida y de la Propiedad (RTCR
458:2011), del 13 de diciembre de 2011, publicado en La Gaceta N°33, del 15 de
febrero de 2012 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo Nº37039-MTSS, Reglamento sobre los servicios sanitarios en los
Centros de Trabajo Agrícola, del 29 de febrero de 2012, publicado en La Gaceta
N°54, del 15 de marzo de 2012, Alcance 31.
Decreto Ejecutivo N°37045-MP-MEIC, Reglamento a la Ley de Protección al
Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, del 22 de febrero
de 2012, publicado en La Gaceta N°60, del 23 de marzo de 2012, Alcance 36.
Decreto Ejecutivo N°37112-GOB, Reglamento de Extranjería, del 21 de marzo de
2012, publicado en La Gaceta N°95, del 17 de mayo de 2012, Alcance 64.
52
Decreto Ejecutivo N°37370-MOPT, Restricción Vehicular mediante el Esquema
Hora/Placa en el Centro de San José, del 26 de octubre de 2012, publicada en La
Gaceta N°207, del 26 de octubre de 2012y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°37549-JP, Reglamento para la Protección de los Programas de
Cómputo en los Ministerios e Instituciones Adscritas al Gobierno Central, del 26 de
noviembre de 2012, publicado en La Gaceta N°43, del 01 de marzo del 2013, y sus
reformas.
Decreto Ejecutivo N°37567-S-MINAET-H, Reglamento General a la Ley para la
Gestión Integral de Residuos, del02 de noviembre de 2012, publicado en La Gaceta
N°55, del 19 de marzo del 2013, Alcance 52.
Decreto Ejecutivo Nº37593-JP-MINAE-MAG-MEIC-S, Reglamento para el
Funcionamiento y la Utilización del Portal "CrearEmpresa", del 12 de febrero de
2013, publicado en La Gaceta N°53, del 15 de marzo del 2013, Alcance 50.
Decreto Ejecutivo Nº37735-PLAN, Reglamento general del Sistema Nacional de
Planificación, del 06 de mayo de 2013, publicado en La Gaceta N°122, del 26 de
junio de 2013 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo Nº37773-JP-H-MINAE-MICITT, Crea Sistema Nacional de
Información Territorial (SNIT), del 07 de mayo de 2013, publicado en La Gaceta
N°134, del 12 de julio de 2013.
Decreto Ejecutivo Nº38171-TUR-MINAE-S-MOPT, Reglamento a la Ley de
Concesión y Operación de Marinas y Atracaderos Turísticos, del 17 de octubre de
2013, publicado en La Gaceta N°36, del 20 de febrero de 2014.
Decreto Ejecutivo Nº38335-S-MTSS, Reglamento para regular la actividad de
Control de Plaga mediante la aplicación de plaguicidas de uso doméstico y
profesional, del 17 de febrero de 2014, publicado en La Gaceta N°85, del 06 de
mayo de 2014.
53
Decreto Ejecutivo Nº38371-S-MTSS, Reglamento sobre disposiciones para
personas ocupacionalmente expuestas a Plaguicidas, del 14 de febrero de 2014,
publicado en La Gaceta N°95, del 20 de mayo del 2014.
Decreto Ejecutivo N°38400-JP, Reglamento Autónomo de Servicios del Registro
Nacional, del 21 de abril de 2014, publicado en La Gaceta N°91, del 14 de mayo de
2014 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo Nº38830-H-MICITT, Creación del sistema integrado de
compras públicas como plataforma tecnológica de uso obligatorio de la
Administración Central para la tramitación de los procedimientos de contratación
administrativa, del 15 de enero de 2015, publicado en La Gaceta N°19, del 28 de
enero de 2015.
Decreto Ejecutivo N°38999-MP-RE-JP-SP-MG-H-MAG-MEIC-MINAE-MOPT-
MEP-S-MTSSCOMEX-MIDEPLAN-MICITT-MIVAH-MC-TUR-MDHIS-MCM-
MIDEPOR, Política del Poder Ejecutivo para erradicar de sus instituciones la
discriminación hacia la población LGBTI, del 12 de mayo de 2015, publicado en La
Gaceta N°93 del 15 de mayo de 2015 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°39092-MP, Reglamento General de Trámites de la Dirección
General de Servicio Civil, del 01 de junio de 2015, publicado en La Gaceta N°159,
del 17 de agosto de 2015 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°39096-PLAN, Reglamento a la ley Reguladora del Sistema
Nacional de Contraloría de Servicios, del 28 de abril de 2015, publicado en La
Gaceta N°154, del 10 de agosto de 2015.
Decreto Ejecutivo N°39147-S-TSS, Reglamento para la prevención y protección de
las personas trabajadoras expuestas a estrés térmico por calor, del 25 de julio de
2015, publicado en La Gaceta N°182, del 18 de setiembre del 2015.
Decreto Ejecutivo N°39150-MINAE-MAG-MIVAH-PLAN-TUR, Reglamento de la
transición para la revisión y aprobación de Planes Reguladores, del 11 de agosto de
2015, publicado en La Gaceta N°172, del 03 de setiembre de 2015.
54
Decreto Ejecutivo N°39321-MTSS, Política Nacional de Salud Ocupacional, del 17
de agosto de 2015, publicado en La Gaceta N°242, del 14 de diciembre de 2015.
Decreto Ejecutivo N°39357-MTSS, Declara de Interés Público la Semana de Salud
Ocupacional, del 22 de octubre de 2015, publicado en La Gaceta N°8, del 13 de
enero de 2016.
Decreto Ejecutivo N°39408-MTSS, Reglamento de Comisiones y Oficinas o
Departamentos de Salud Ocupacional, del 23 de noviembre de 2015, publicado en
La Gaceta N°19, del 28 de enero del 2016, Alcance 8.
Decreto Ejecutivo N°39472-S, Reglamento General para Autorizaciones y Permisos
Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud (artículo
N°40), del 18 de enero de 2016, publicado en La Gaceta N°26, del 8 de febrero de
2016, Alcance 13.
Decreto Ejecutivo N°39544-H, Establece disposiciones para regular los vehículos
altamente deteriorados, del 20 de noviembre de 2015, publicado en La Gaceta
N°50, del 11 de marzo de 2016, Alcance 40.
Decreto Ejecutivo N°39589-S, Norma de Hidratación de las Personas Expuestas a
Estrés Térmico por Calor en Actividades Físicas de Tipo Laboral de Riesgo IV, del
29 de febrero de 2016, publicada en La Gaceta N°87, del 06 de mayo de 2016.
Decreto Ejecutivo Nº39612-S-MTSS, Reglamento para la prevención de silicosis en
los centros de trabajo, del 28 de abril de 2016, publicado en La Gaceta N°201, del
20 de octubre de 2016, Alcance 225.
Decreto Ejecutivo N°39665-MH, Reforma a la adopción e implementación de la
normativa contable internacional en el sector público costarricense, del 08 de
marzo de 2016, publicado en La Gaceta N°121 del 23 de junio del 2016.
Decreto Ejecutivo N°39753-MP, Deber de la Administración Central de cumplir
con las obligaciones derivadas del Sistema de Control Interno, del 16 de mayo de
2016, publicado en La Gaceta N°116, del 16 de junio del 2016.
55
Decreto Ejecutivo N°39813-S-MTSS, Reglamento sobre la configuración de los
sitios de muestreo en chimenea y ductos para la medición de contaminantes
atmosféricos provenientes de fuentes fijas, del 11 de mayo de 2016, publicado en La
Gaceta N°178, del 16 de setiembre de 2016, Alcance 185.
Decreto Ejecutivo 40199-MP, Establece la apertura de los datos públicos, del 27 de
abril de 2017, publicado en La Gaceta N°89 del 12 de mayo del 2017.
Decreto Ejecutivo N°40200-MP-MEIC-MC, Transparencia y Acceso a la
Información Pública, del 27 de abril de 2017, publicado en La Gaceta N°104, del 02
de junio del 2017, Alcance 122.
Decreto Ejecutivo N°40417-H, Reglamento a la Ley Impuesto a las Personas
Jurídicas, del 8 de mayo del 2017, publicado en La Gaceta N°99, del 26 de mayo de
2017, Alcance 114 y sus reformas.
Decreto Ejecutivo N°40554-C, Reglamento a la Ley del Sistema Nacional de
Archivos, del 29 de junio de 2017, publicado en La Gaceta N°170, del 07 de
setiembre de 2017, Alcance 217.
Decreto Ejecutivo Nº40790-MTSS, Reglamento General de Seguridad en
Construcciones, del 07 de diciembre de 2017, publicado en La Gaceta N°26, del 12
de febrero de 2018, Alcance 31.
Decreto Ejecutivo N°41040-H, Reglamento del registro de transparencia y
beneficiarios finales, del 05 de abril de 2018, publicado en La Gaceta N°70, del 23
de abril de 2018, Alcance 82.
Decreto Ejecutivo N°41344-MOPT, Monto a cancelar por los propietarios de
vehículos automotores particulares como aporte al Consejo de Seguridad Vial en el
pago del seguro obligatorio para vehículos automotores, período 2019, del 01 de
octubre de 2018, publicado en La Gaceta N°189, del 12 de octubre de 2018, Alcance
185.
56
Reglamento de Construcciones del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, del
10 de noviembre de 1982, publicado en La Gaceta N°56, del 22 de marzo de 1983,
Alcance 17 y sus reformas.
Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones del
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, del 13 de diciembre de 1982,
publicado en La Gaceta N°57, del 23 de marzo de 1983, Alcance 18 y sus reformas.
Reglamento de Caja Chica del Registro Nacional, del 14 de diciembre de 2000,
publicado en La Gaceta N°34, del 16 de febrero de 2001, Alcance 13 y sus reformas.
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República, del 10 de mayo de 2001, publicado en La
Gaceta N°97, del 22 de mayo de 2001.
Reglamento Interno de Tesorería del Registro Nacional, del 19 de marzo de 2003,
publicado en La Gaceta N°79, del 25 de abril de 2003.
Resolución de la Contraloría General de la República NºR-2-2003-CO-DFOE,
Reglamento sobre el visado de gastos con cargo al Presupuesto de la República, del
1° de diciembre de 2003, publicada en La Gaceta N°235, del 5 de diciembre del
2003.
Resolución de la Contraloría General de la República NºR-CO-33, Reglamento
sobre la calificación de sujetos privados idóneos para administrar fondos públicos
(R-2-2005-CO-DFOE), del 25 de abril de 2005, publicada en La Gaceta Nº91 del 12
de mayo de 2005.
Reglamento para la Administración y Prestación de Servicios de Transporte en el
Registro Nacional, publicado en La Gaceta N°49, del 9 de marzo del 2007.
Resolución de la Contraloría General de la República NºR-CO-44-2007,
Reglamento sobre el Refrendo de la Contrataciones de la Administración Pública,
del 11 de octubre de 2007, publicada en La Gaceta N°202, del 22 de octubre de
2007.
57
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del
Registro Nacional, aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional,
mediante Acuerdo J492, tomado en Sesión Ordinaria Nº37-2007, del 28 de
octubre de 2007, publicado en La Gaceta N°21, del 30 de enero del 2008.
Reglamento de cuentas por cobrar de la Junta Administrativa del Registro
Nacional, del 07 de febrero de 2008, publicado en La Gaceta N°63, del 01 de abril
del 2008 y sus reformas.
Reglamento para la administración del fideicomiso para el financiamiento de
vivienda a los funcionarios del Registro Nacional suscrito entre el Banco de Costa
Rica y la Junta Administrativa del Registro Nacional, aprobado por la Junta
Administrativa del Registro Nacional, mediante Acuerdo 041, del 31 de enero de
2008, publicado en La Gaceta N°64, del 02 de abril del 2008.
Reglamento de Servicio de Apartados del Registro Nacional, del 20 de noviembre
de 2008, publicado en La Gaceta N°28, del 10 de febrero 2009 y sus reformas.
Reglamento sobre Uso de Sistema BANCOBCR Empresas por parte de los Usuarios
del Registro Nacional, aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional,
mediante Acuerdo J669, del 10 de diciembre de 2009, publicado en La Gaceta
N°30, del 12 de febrero del 2010.
Reglamento del Archivo Central del Registro Nacional, aprobado por la Junta
Administrativa del Registro Nacional, mediante Acuerdo J081, tomado en Sesión
Ordinaria Nº08-2010, del 18 de febrero de 2010, publicado en La Gaceta N°56, del
22 de marzo del 2010.
Reglamento para el arrendamiento de las concesiones otorgadas en el Polo
Turístico Golfo de Papagayo, aprobado por la Junta Directiva del Instituto
Costarricense de Turismo, en sesión ordinaria Nº5740, del 27 de marzo del 2012,
publicado en La Gaceta N°105, del 31 de mayo de 2012.
Reglamento del Registro Nacional para la legalización de libros de Sociedades
Mercantiles, aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante
58
Acuerdo J530, del 13 de diciembre de 2012, publicado en La Gaceta N°12, del 17 de
enero del 2013, Alcance 10.
Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional, publicado en el
Alcance Digital N°29, de La Gaceta, del 12 de febrero de 2013.
Reglamento para la asignación de matrícula la emisión de placas metálicas y el
documento de identificación adicional para la circulación de los vehículos
automotores por las vías públicas terrestres, aprobado por la Junta Administrativa
del Registro Nacional, mediante Acuerdo J057, tomado en Sesión Ordinaria Nº05-
2013, del 14 de febrero de 2013, publicado en La Gaceta N°86, del 07 de mayo del
2013, Alcance 85.
Reglamento para el otorgamiento de licencias e incapacidades a los beneficiarios
del seguro de salud y reforma reglamento del Seguro de Salud el interior del
Trabajo, el Seguro, invalidez y muerte, la afiliación, Instructivo pago prestaciones,
etc., aprobado por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en
la sesión 8712, del 24 de abril de 2014, publicado en La Gaceta N°102, del 29 de
mayo de 2014.
Reglamento para la solicitud, confección y uso del Documento de Identificación
Diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, N°237-2014-DJ-RE,
del 20 de mayo de 2014, publicado en La Gaceta N°132, del 10 de julio de 2014.
Reglamento del Sistema de Pagos del Banco Central de Costa Rica, aprobado por la
Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, mediante la sesión 5702-2015, del
30 de setiembre del 2015, publicado en La Gaceta N°214, del 04 de noviembre de
2015 y sus reformas.
Reglamento Interno de Compras del Registro Nacional, aprobado por la Junta
Administrativa del Registro Nacional, mediante Acuerdo J094, tomado en Sesión
Ordinaria N°07-2016, del 17 de marzo del 2016, publicado en La Gaceta N°111, del
09 de junio del 2016, Alcance 94.
59
Reglamento operativo para la tramitación de formularios electrónicos y
documentos adjuntos del Registro Nacional, aprobado por la Junta Administrativa
del Registro Nacional, mediante Acuerdo J133, del 21 de abril de 2016, publicado
en La Gaceta N°126, del 30 de junio de 2016.
Reglamento General para el Otorgamiento de Crédito mediante el Fideicomiso para
el Financiamiento de Vivienda a los funcionarios del Registro Nacional suscrito
entre el Banco de Costa Rica y la Junta Administrativa del Registro Nacional,
aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante Acuerdo
J057, tomado en Sesión Ordinaria Nº05-2016, del 25 de febrero de 2016, publicado
en La Gaceta N°164, del 26 de agosto del 2016, Alcance 151.
Reglamento de rendición de cauciones a favor del Registro Nacional y su Junta
Administrativa, aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional,
mediante Acuerdo J394, del 29 de setiembre de 2016, publicado en La Gaceta
N°235, del 07 de diciembre de 2016, Alcance 290.
Reglamento de selección y designación de entes técnicos para la elaboración de
criterios técnicos de fondos en procesos de solicitud de inscripción de
denominaciones de origen e indicaciones geográficas, aprobado por la Junta
Administrativa del Registro Nacional, mediante Acuerdo J477, del 08 de diciembre
de 2016, publicado en La Gaceta N°41, del 27 de febrero de 2017, Alcance 44.
Reglamento de estructura y funcionamiento para los puestos del Régimen de la
Actividad Informática del Registro Nacional, aprobado por la Junta Administrativa
del Registro Nacional, mediante Acuerdo J495, tomado en Sesión Ordinaria Nº39-
2016, del 15 de diciembre de 2016, publicado en La Gaceta N°41, del 27 de febrero
de 2017, Alcance 44.
Reglamento de servicio del derecho de uso de apartados del Registro Nacional,
aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante Acuerdo
Firme J065-2017, en la Sesión Ordinaria N°07-2017, del 09 de marzo de 2017,
publicado en La Gaceta N°182, del 03 de octubre de 2018, Alcance 178.
60
Reglamento de organización y funciones de la Contraloría de Servicios del Registro
Nacional, aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante
Acuerdo Firme J338-2018, en la Sesión Ordinaria N°28-2018, celebrada el día 26
de julio del 2018, publicado en La Gaceta N°192, del 18 de octubre de 2018.
Manuales y normas
Manual Técnico para el Desarrollo de Proyectos de Obra Pública, emitido por la
Contraloría General de la República mediante Circular DCOP1-98, de julio de 1998
y Aclaración sobre la aplicación.
Manual de Procedimientos para la Recepción, Registro, Uso y Control de los Bienes
duraderos de la Junta Administrativa del Registro Nacional, aprobado por la Junta
Administrativa del Registro Nacional, mediante Acuerdo J635, tomado en Sesión
Ordinaria Nº46-2006, del 30 de noviembre de 2016.
Manual de Disposiciones Técnicas Generales sobre Seguridad Humana y
Protección contra Incendios Versión 2010, Aprobado por el Consejo Directivo del
Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, en sesión Nº22, acuerdo IX del 12
de abril del año 2010, publicado en La Gaceta N°125, del 29 de junio de 2010.
Normas Técnicas para la Gestión y Control de las Tecnologías de Información (N-
2-2007-CO-DFOE), emitidas por la Contraloría General de la República con
Resolución N°R-CO-26-2007, del 07 de junio de 20017, publicada en La Gaceta
N°119, del 21 de junio de 2007 y sus reformas.
Normas de control interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE), y reforma
Resoluciones N°R-CO-64-2005, N°R-CO-26-2007, N°R-CO-10-2007, emitidas por
la Contraloría General de la República con Resolución N°R-CO-9-2009 del 26 de
enero de 2009, publicada en La Gaceta N°26, del 6 de febrero de 2009.
Normas de Control Interno para los Sujetos Privados que custodien o administren,
por cualquier título, Fondos Públicos (N-1-2009-CO-DFOE), emitidas por la
Contraloría General de la República con Resolución N°R-CO-5-2009, del 13 de
enero de 2009, publicada en La Gaceta N°25, del 05 de febrero de 2009.
61
Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) en el ámbito
costarricense, emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad
para el Sector Público (IPSASB) de la IFAC, adoptadas e implementadas por la
Dirección General de Contabilidad Nacional, mediante resolución N°0002 del 25
de mayo del 2012, publicada en La Gaceta N°158, del 14 de agosto de 2009.
Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (N-1-2012-DC-DFOE/), emitidas por
la Contraloría General de la República con Resolución N°R-DC-24-2012, del 26 de
marzo de 2012, publicada en La Gaceta N°64, del 29 de marzo de 2012, Alcance 39
y sus reformas.
Norma Técnica del Seguro de Riesgos del Trabajo, publicada en La Gaceta N°86 del
07 de mayo de 2014 y sus reformas.
Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, emitidas por la Contraloría
General de la República con resolución R-DC-064-2014, del 11 de agosto de 2014,
publicada en La Gaceta N°184, del 25 de setiembre de 2014.
Norma de Planes de Preparativos y Respuesta Ante Emergencias para Centros
Laborales o de Ocupación Pública de la Comisión Nacional de Prevención de
Riesgos y Atención de Emergencias y el Instituto de Normas Técnicas de Costa
Rica, N°CNE-NA-INTE-DN-01, del 07 de octubre de 2015.
62
Marco Filosófico
Las orientaciones generales que permiten dirigir el accionar del Registro Nacional,
tienen implícito el compromiso que la institución tiene con los usuarios a través de
los servicios que brinda, por lo tanto, todas las instancias involucradas en el
proceso dirigirán sus esfuerzos a alcanzar la filosofía del Registro Nacional, la cual
se encuentra contenida en el Plan Estratégico Institucional 2016-2021.
Visión
Fortalecer la seguridad jurídica y el liderazgo en la prestación de
servicios calidad e innovadores, en armonía con el ambiente.
Misión
El Registro Nacional de Costa Rica, es la institución pública rectora y
responsable de la actividad registral y geoespacial; protege los
derechos inscritos de las personas físicas y jurídicas, ofreciendo
seguridad jurídica y servicios de calidad a los usuarios.
Valores
Valores del Registro Nacional conformados según las Plenitudes
Humana, Laboral y Ciudadana.
Plenitud Humana
• Honestidad
Un colaborador del Registro Nacional es honesto cuando actúa de acuerdo con
principios de integridad y de ética moral en todas las funciones que desempeña.
• Responsabilidad
Un colaborador del Registro Nacional es responsable cuando cumple y trasciende
los deberes de su trabajo con dedicación y empeño.
Pl
63
• Respeto
Un colaborador del Registro Nacional es respetuoso cuando comprende las
diferencias de los demás.
Plenitud Laboral
• Compromiso con la calidad
Un colaborador del Registro Nacional asume compromisos con la calidad cuando
realiza su trabajo en forma eficiente y eficaz.
• Búsqueda y logro de la excelencia
Un colaborador del Registro Nacional está comprometido con la búsqueda y el
logro de excelencia cuando consigue la satisfacción del usuario.
Plenitud Ciudadana
• Respeto por los derechos humanos
Un colaborador del Registro Nacional es respetuoso de los derechos humanos
cuando en su actividad pública o privada da un trato digno e igualitario a los
demás.
• Compromiso con el desarrollo
Un colaborador del Registro Nacional está comprometido con el desarrollo
cultural, social, ambiental y económico del país cuando hace un uso racional de los
recursos.
Atribuciones
Según lo establece la Ley 5695, la Junta Administrativa del Registro Nacional,
tendrá las siguientes atribuciones:
64
➢ Abrir y mantener, en cualquiera de los Bancos del Sistema Bancario
Nacional, las cuentas corrientes que considere necesarias, contra las cuales
girarán conjuntamente dos de sus miembros, designados por ella.
➢ Vender directamente y sin el trámite de licitación pública, los materiales,
extractos o duplicados y los servicios extraordinarios que de ellos se deriven,
originados en el proceso de sus datos, que, con motivo de la modernización y
mecanización de los diferentes registros, están a su disposición, todo sin
perjuicio de los respectivos aranceles.
➢ Variar el actual sistema de secciones y libros de los registros, por otros más
eficientes, para el mejor servicio y para la mayor seguridad de las
inscripciones. Así como dictar las normas para el mejor funcionamiento de
sus dependencias.
➢ Hacer compras y contratos directos, nombrar personal especial y pagar
labores extraordinarias, en casos necesarios o urgentes, con la sola
autorización de la Contraloría General de la República.
65
Capítulo II Estructura Orgánica
Este apartado se refiere a la descripción jerárquica de cada unidad organizativa, de
acuerdo con la estructura orgánica del Registro Nacional. En primer lugar, se
describe el Nivel Político, el mismo está compuesto por la Junta Administrativa,
conformada esta por Auditoría Interna y Control Fiscalización, también integrada
por la Dirección General, con sus respectivos órganos asesores como la Unidad de
Desarrollo Estratégico Institucional, Proyectos y la Asesoría Jurídica.
En segundo lugar, se describe el Nivel Directivo, el cual tiene línea de autoridad
formal a la Dirección General conformado por la Dirección Administrativa,
Dirección de Servicios, Dirección de Informática, Dirección Inmobiliaria, Dirección
Instituto Geográfico Nacional, Dirección de Propiedad Intelectual, Dirección de
Personas Jurídicas y la Dirección de Bienes Muebles. Cabe destacar, que la
descripción departamental se menciona en cada Dirección, según corresponda.
Nivel Político
Junta Administrativa
Objetivo
Dictar las políticas generales del Registro Nacional en materia administrativa y de
organización para garantizar al usuario la seguridad registral de los derechos
inscritos.
Funciones
➢ Dictar las medidas de organización y funcionamiento de sus dependencias.
➢ Proteger, conservar sus bienes y velar por su mejoramiento.
➢ Formular y ejecutar los programas de mejoras, de acuerdo con las necesidades
de las dependencias a su cargo.
66
➢ Administrar los fondos específicos asignados y los ingresos que por otros
conceptos reciba, mediante cuentas separadas, dictando los presupuestos,
acordando los gastos, haciendo las inversiones, promoviendo y resolviendo las
licitaciones, con sujeción a lo dispuesto por la Ley de Administración Financiera
de la República y Presupuestos Públicos.
➢ Preparar proyectos de ley y reglamentos necesarios para el mejor
funcionamiento de las diversas dependencias.
Auditoría Interna
Objetivo
Contribuir al fortalecimiento de la cultura de control y la gestión institucional,
mediante servicios de auditoría confiables y oportunos, de los procesos de gestión
de riesgos, control y dirección.
Funciones
➢ Realizar auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación con los
fondos públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos,
fondos especiales y otros de naturaleza similar.
➢ Efectuar semestralmente auditorías o estudios especiales sobre fondos y
actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, N°7428, en el tanto estos se originen en
transferencias efectuadas por componentes de su competencia institucional.
➢ Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control
interno de su competencia institucional, informar de ello y proponer las
medidas correctivas que sean pertinentes.
➢ Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno
señaladas en la Ley General de Control Interno N°8292, en los casos de
desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo
67
con terceros; asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los
controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales
servicios.
➢ Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además,
advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de
determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.
➢ Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que
deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros
que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del
sistema de control interno.
➢ Preparar los planes de trabajo, por lo menos de conformidad con los
lineamientos que establece la Contraloría General de la República.
➢ Elaborar un informe anual de la ejecución del plan de trabajo y del estado de las
recomendaciones de la auditoría interna, de la Contraloría General de la
República y de los despachos de contadores públicos; en los últimos dos casos,
cuando sean de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se
presenten al jerarca cuando las circunstancias lo ameriten.
➢ Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y
funcionamiento de la auditoría interna.
➢ Las demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y
técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de la Ley
N°8292.
68
Control y Fiscalización
Para tal efecto según lo descrito en el Acuerdo J023-2016 de la Junta
Administrativa del Registro Nacional, en la Sesión Ordinaria No.02-2016,
celebrada el 28 de enero de 2016.
Objetivo
Asesorar a la Junta Administrativa en asuntos que son sometidos a su
conocimiento, para prevenir errores y omisiones, que afecten el accionar del
Registro Nacional.
Funciones
➢ Asesorar al Órgano Colegiado, al presidente de la Junta Administrativa del
Registro Nacional o a sus Comisiones, en temas que requieran de ampliación
de criterio, planteados ante esta Unidad.
➢ Emitir criterios sobre propuestas o estudios de distinta naturaleza asignados
por los miembros del Órgano Colegiado, del presidente de la Junta
Administrativa del Registro Nacional o de sus comisiones.
➢ Analizar documentos que se presentan ante la Junta Administrativa del
Registro Nacional, de los cuales el Órgano Colegiado requiera ampliación de
la información.
➢ Analizar la información que da sustento al cumplimiento de los acuerdos
tomados por la Junta Administrativa, garantizando la efectiva aplicación de
las disposiciones del Órgano Colegiado.
➢ Coordinar con la Dirección General o con otras instancias del Registro
Nacional, la ampliación de la información suministrada al Órgano
Colegiado.
➢ Controlar que la información sometida a conocimiento de la Junta
Administrativa cumpla con la normativa legal y técnica.
69
➢ Atender otras disposiciones emitidas por la Junta Administrativa, en
concordancia con las funciones definidas a esta Unidad que puedan ser
desarrolladas.
Dirección General
Objetivo
Ejecutar las disposiciones que emite la Junta Administrativa, así como, coordinar
los esfuerzos institucionales para el desarrollo del accionar del Registro Nacional.
Funciones
➢ Orientar en el Registro Nacional la ejecución de políticas, lineamientos y
directrices definidas por la Junta Administrativa.
➢ Proponer a la Junta Administrativa los planes, programas, proyectos
institucionales y otras gestiones administrativas.
➢ Velar por el cumplimiento de las medidas dictadas por la Junta
Administrativa.
➢ Velar por el cumplimiento del marco normativo vigente en toda la
organización.
➢ Representar al Registro Nacional ante las diferentes organizaciones
nacionales e internacionales.
➢ Gestionar convenios de cooperación interinstitucionales e internacionales,
en procura de mejorar la gestión institucional.
➢ Coordinar los diferentes requerimientos solicitados con diferentes órganos
públicos en materia competente.
➢ Unificar los criterios de calificación y dictar, en forma general, las medidas
de carácter registral en los distintos registros, sin que le corresponda el
70
análisis o calificación de casos concretos cuyo pronunciamiento competa al
director, encargado o jefe de cada dependencia.
➢ Aprobar los proyectos de presupuesto que se presenten a la Junta
Administrativa.
➢ Disponer de las medidas administrativas generales para todas las unidades
organizativas que integran el Registro Nacional.
➢ Ejecutar todas las medidas que estime convenientes para la marcha del
Registro Nacional, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y
administrativo.
Asesoría Jurídica
Objetivo
Asesorar en materia jurídica a la Dirección General y a otras dependencias de la
Institución para orientar la toma de decisiones.
Funciones
➢ Brindar asesoría jurídica a la Dirección General, a los diferentes Registros e
instancias administrativas que integran el Registro Nacional.
➢ Resolver los recursos administrativos que se someten a la Asesoría Jurídica
en relación con el quehacer del Registro Nacional.
➢ Realizar las investigaciones jurídicas a solicitud de los Órganos competentes.
➢ Emitir criterio jurídico sobre los carteles y ofertas presentados promovidos
por la Junta Administrativa.
➢ Elaborar la resolución de recursos que se interpongan contra los distintos
procesos de contratación administrativa.
71
➢ Instruir sobre los procesos de investigación preliminar, así como los
expedientes administrativos disciplinarios a solicitud del Jerarca y del
Director General.
➢ Representar en la vía judicial a los Jerarcas en las gestiones de despido.
➢ Confeccionar los criterios jurídicos registrales que la Institución requiera.
➢ Participar en la elaboración de proyectos de ley, reglamentos, decretos,
circulares que conforme al ordenamiento jurídico y las necesidades
institucionales se requieran en apego al bloque de legalidad que rige la
función pública.
➢ Contestar las demandas judiciales que se presenten contra el Ministro de
Justicia, en calidad de presidente de la Junta Administrativa del Registro
Nacional, contra la Junta Administrativa o el Director General.
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
Objetivo
Asesorar a las diferentes instancias del Registro Nacional en materia de
planificación, evaluación, control interno y fortalecimiento institucional para
orientar la toma de decisiones.
Funciones
➢ Asesorar a las diferentes instancias en el área de competencia de la Unidad.
➢ Elaborar en coordinación con las diferentes unidades las políticas
institucionales, en concordancia con los lineamientos establecidos por la
Junta Administrativa y el Plan Nacional de Desarrollo, entre otros.
➢ Fortalecer el proceso de planificación garantizando el uso adecuado de los
recursos.
72
➢ Elaborar estudios especiales requeridos por la Institución, para fortalecer la
toma de decisiones.
➢ Coordinar la formulación del plan estratégico y los planes operativos
anuales, de mediano y largo plazo, de conformidad con los lineamientos
definidos por los entes rectores y la normativa institucional.
➢ Realizar el seguimiento y evaluación de planes operativos de corto y
mediano plazo.
➢ Representar a la Institución en el área de su competencia, cuando así lo
indique el Jerarca.
➢ Brindar capacitación a los funcionarios del Registro Nacional en temas de
interés institucional.
➢ Velar por el cumplimiento de los lineamientos emitidos por los entes
rectores vinculados con la gestión institucional.
➢ Elaborar metodologías e instrumentos de trabajo relacionados con las
funciones de la Unidad para orientar la gestión institucional.
➢ Realizar investigaciones en temas de interés institucional para fortalecer la
toma de decisiones.
➢ Coordinar las propuestas de reorganización solicitadas por el Jerarca para
fortalecer la gestión y mejorar los servicios de los usuarios.
➢ Facilitar el fortalecimiento del Sistema de Control Interno mediante
acciones específicas para coadyuvar al cumplimiento de la normativa
vigente.
➢ Definir los lineamientos para el levantamiento, mapeo y actualización de los
manuales de procedimientos.
➢ Velar por el mantenimiento de la arquitectura de la organización.
73
➢ Coordinar acciones para el fortalecimiento del Sistema de Gestión de
Continuidad de los Servicios del Registro Nacional.
➢ Mantener actualizado las estadísticas e indicadores de la gestión
institucional.
➢ Emitir criterios administrativos en materia de organización, para
retroalimentar la toma de decisiones.
➢ Coordinar a nivel institucional las acciones para el fortalecimiento del
Sistema de Gestión de Continuidad de los Servicios.
➢ Cualquier otra función propia de su competencia, asignada por el Jerarca.
Proyectos
Objetivo
Asesorar a las diferentes instancias en materia de proyectos para atender las
necesidades institucionales y racionalizar el uso de los recursos.
Funciones
➢ Apoyar la estrategia institucional mediante la alineación de los proyectos
organizacionales.
➢ Elaborar políticas, procedimientos y plantillas en materia de proyectos.
➢ Recopilar información de los proyectos de la Institución, para generar un
repositorio de memoria técnica de proyectos y capitalizar experiencias
exitosas y fallidas.
➢ Administrar la cartera de proyectos de la Institución.
➢ Fortalecer la cultura de proyectos de la Institución.
74
➢ Desarrollar investigaciones sobre las mejores prácticas en materia de
proyectos, como parte de la mejora continua en la ejecución de los mismos.
➢ Atender lineamientos y directrices en materia de proyectos emitidos por los
entes reguladores y establecer los vínculos tanto a nivel interno como
externo que sean necesarios para el debido cumplimiento.
Departamento de Proyección Institucional
Objetivo
Desarrollar exposiciones mediáticas y promocionales del Registro Nacional para
generar a nivel institucional, nacional e internacional el impacto proyectado.
Funciones
➢ Tratar con especial cuidado información delicada y confidencial de la
Institución.
➢ Asesorar a los altos jerarcas, directores, jefes y colaboradores sobre la
correcta aplicación de las disposiciones institucionales sobre el tema de
identidad e imagen del Registro Nacional.
➢ Analizar periódicamente con los registros y jefaturas respectivas, el
desarrollo y la ejecución de acciones de su ámbito de responsabilidad, a fin
de precisar la necesidad de correcciones y de hacer ajustes respectivos.
➢ Contribuir con el desarrollo e implementación de los proyectos
institucionales según se quiera.
➢ Establecer los lineamientos institucionales sobre el manejo de la imagen, la
identidad y la exposición pública del Registro Nacional, con el fin de que
estos cumplan con los objetivos estratégicos y con la filosofía institucional.
➢ Dictar las pautas sobre el tono y el estilo de comunicación que debe manejar
la Institución en general y en casos particulares.
75
➢ Promover los lineamientos y políticas institucionales en materia de su
competencia.
➢ Supervisar el cumplimiento de los lineamientos y políticas institucionales en
materia de su competencia.
➢ Desarrollar estilos y métodos de trabajo para el Registro Nacional en la
materia propia de su competencia.
➢ Realizar estudios de diversa naturaleza de acuerdo con su competencia, con
el fin de contar con información que contribuya a la toma de decisiones
estratégicas, necesarias para la mejora de los servicios y del desempeño
institucional.
➢ Estudiar los públicos reales y potenciales en la búsqueda de oportunidades
de negocio y nuevos nichos de mercado, que coadyuven con el incremento
de los recursos financieros para la sostenibilidad de la institución.
➢ Desarrollar planes, programas, estrategias y campañas según las
necesidades institucionales.
➢ Formular un Plan Integral de Comunicación y Promoción del Registro
Nacional, que se desarrolla en forma paralela e integral a los procesos de
desarrollo organizacional.
➢ Mantener una constante relación con los medios de comunicación,
entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales de interés
institucional.
➢ Proyectar la Imagen del Registro Nacional en el ámbito nacional e
internacional.
➢ Promover la Identidad Institucional entre los colaboradores del Registro
Nacional.
76
➢ Propiciar espacios idóneos físicos y virtuales para tener presencia
institucional ante los públicos.
➢ Desarrollar actividades institucionales, nacionales e internacionales donde
se proyecte la presencia del Registro Nacional y se fomente la materia
registral demás temas de su competencia.
➢ Formular el presupuesto del Plan Integral de Comunicación y Promoción del
Registro Nacional, con base en la programación operativa anual, políticas
institucionales y las pautas establecidas para la programación
presupuestaria, a fin de que la institución cuento con los recursos necesarios
para implementarlo de forma eficaz y eficiente.
➢ Coordinar con las diferentes instancias del Registro Nacional la formulación,
seguimiento y ejecución del presupuesto destinado a la comunicación y
proyección de sus áreas.
➢ Velar por la buena administración de activos asignados.
➢ Propiciar un constante conocimiento de las características de los usuarios
institucionales, su clasificación y categorización en la búsqueda de satisfacer
sus necesidades.
➢ Promover medios y mecanismos de comunicación e información oficiales
que permitan el trasiego de información institucional veraz, oportuna y
actualizada, del Registro Nacional a sus públicos y viceversa.
➢ Administrar los medios de comunicación y medios de contacto
institucionales.
77
Contraloría de Servicios
Objetivo
Promover el mejoramiento continuo del servicio entre la persona usuaria y la
Institución para dar respuesta oportuna a sus gestiones, consultas, sugerencias,
inconformidades, denuncias o cualquier tipo de manifestación o necesidad.
Funciones
➢ Velar preventivamente por la prestación de los servicios en la Sede Central y
las regionales, identificando deficiencias y derivar de ahí recomendaciones y
propuestas, que conlleven a la modernización y optimización de los
servicios.
➢ Velar por la calidad de los servicios prestados por la Institución.
➢ Velar porque se establezcan indicadores de gestión para identificar las
diferentes tendencias en los servicios, con el fin de disminuir
inconformidades y denuncias con ocasión de hacer más eficiente y ágil la
prestación de los servicios que brinda el Registro Nacional.
➢ Coordinar y atender el Módulo de Recepción, Tramitación y Resolución de
denuncias e inconformidades, para garantizar el derecho de petición y
respuesta que tienen los usuarios y dar seguimiento a las situaciones
detectadas para su conocimiento.
➢ Abrir espacios de participación a los usuarios mediante la atención de
sugerencias, propiciando la realización de encuestas que permitan consultar
en forma regular, constante, sistemática y permanente, el punto de vista de
los usuarios acerca de los servicios que presta la Institución.
➢ Comunicar al superior jerárquico de aquellas denuncias que por su
naturaleza y complejidad que así lo ameriten.
➢ Promover procesos de modernización en la prestación de servicios.
78
➢ Establecer mecanismos de coordinación institucional que faciliten la
resolución de gestiones, consultas, sugerencias, inconformidades, denuncias
o cualquier tipo de manifestación o necesidad que presenten los usuarios.
➢ Elaborar el “Protocolo de Servicio al Cliente”, en coordinación con el
Departamento de Proyección Institucional, el cual deberá contener toda la
información en forma clara en cuanto a los derechos y obligaciones de los
usuarios del servicio.
➢ Presentar informes semestrales o cuando así lo requiera el director del
Registro Nacional, sobre las actividades programadas y desempeñadas por
la Contraloría de Servicios.
➢ Solicitar a cualquier dependencia del Registro Nacional información o
documentación necesaria para el análisis de las inconformidades o
denuncias presentadas.
➢ Colaborar con el órgano fiscalizador de los Módulos de Orientación e
Información al Usuario, con el fin de promover y garantizar su
profesionalización y proponer instrumentos de comunicación, tales como
instructivos, guías, manuales y señalización que orienten a los usuarios en la
realización de sus trámites.
➢ Efectuar consultas o entrevistas a funcionarios o usuarios del servicio que
brinda el Registro Nacional.
➢ Tramitar la documentación relacionada con todos los procesos de gestión de
fraccionamiento de pago al Impuesto a las Personas Jurídicas, según lo
establecido en la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley N°9024, de
23 de diciembre de 2011, reformada mediante Ley N°9428, de 21 de marzo
de 2017.
➢ Realizar consultas en todas las bases de datos de la Dirección de
Inmobiliario (Inmuebles y Catastro); Bienes Muebles; Personas Jurídicas y
79
Propiedad Industrial, para poder orientar de manera correcta a las personas
usuarias en cuanto a los trámites que deseen realizar.
➢ Emitir certificaciones sobre la presentación de las solicitudes de
fraccionamiento al Impuesto a las Personas Jurídicas, que realizan sus
representantes.
➢ Ingresar las solicitudes de fraccionamiento de pago al Impuesto a las
Personas Jurídicas en el sistema respectivo.
➢ Coordinar la definición, aprobación y publicación del Plan de Mejora
Regulatoria de la Institución, en coordinación con la Unidad de Desarrollo
Estratégico Institucional (UDEI), según lo establecido en la Ley 8220 “Ley
de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos” y el Decreto Ejecutivo N°37045 “Reglamento a la Ley de
Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites
Administrativos y sus reformas”.
➢ Coordinar la implementación de la Política Nacional de Apertura de Datos
de Carácter Público en la Institución, de conformidad con lo establecido en
los Decretos Ejecutivos números 40199-MP (Apertura de Datos Públicos) y
40200-MP-MEIC-MC (Transparencia y Acceso a la Información Pública).
➢ Elaborar los informes, planes anuales de trabajo y demás requerimientos
solicitados por la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de
Servicios, órgano adscrito al Ministerio de Planificación y Política
Económica (MIDEPLAN).
➢ Vigilar que las diferentes dependencias de la Institución presten los servicios
con respeto, efectividad y continuidad, en favor de las personas usuarias,
atendiendo, con especial particularidad, las necesidades de la población con
algún tipo de discapacidad, que requiera de nuestros servicios.
➢ Elaborar el Informe Anual de Labores solicitado por la Dirección General de
la Institución.
80
Nivel Directivo y Departamental
Dirección Administrativa
Objetivo
Servir de apoyo en la gestión administrativa del Registro Nacional, para asegurar la
disponibilidad de los recursos en la consecución de los objetivos institucionales.
Funciones
➢ Velar por la adecuada gestión de las actividades que desarrollan los
Departamentos que integran la Dirección Administrativa.
➢ Velar por el cumplimiento de las disposiciones emitidas por los entes rectores
en los temas de competencia que atiende la Dirección Administrativa.
➢ Garantizar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos definidos en
los temas de competencia que atiende la Dirección Administrativa.
➢ Disponer de los controles necesarios para el desarrollo de las actividades
ejecutadas por los Departamentos que conforman la Dirección.
➢ Atender los asuntos relacionados con las atribuciones que le confieren la
normativa y disposiciones internas vigentes, ejerciendo los actos de dominio
para los que esté facultada esta Dirección.
➢ Gerenciar los aspectos relacionados con las finanzas del Registro Nacional, para
la gestión financiera que facilite el cumplimiento de los fines institucionales.
➢ Velar por el cumplimiento del Sistema de Control Interno en la Dirección
Administrativa.
➢ Gerenciar los procesos relacionados con el talento humano para potenciar el
bienestar integral del Registro Nacional y el de sus funcionarios.
81
➢ Gerenciar la adquisición de bienes y servicios, el almacenamiento y la
distribución de materiales y suministros, así como la administración de los
activos del Registro Nacional, para coadyuvar en el cumplimiento de los
objetivos de la Institución.
➢ Velar por la optimización de la distribución arquitectónica y mantenimiento de
la planta física del Registro Nacional para satisfacer los requerimientos de los
usuarios internos y externos.
➢ Garantizar el resguardo del acervo documental del Registro Nacional para
garantizar el resguardo de la memoria institucional.
➢ Velar por la seguridad física para la protección y salvaguardia de las personas,
bienes y activos del Registro Nacional.
➢ Apoyar a las diferentes unidades organizativas de la Institución mediante la
prestación del servicio de transporte, para el cumplimiento de los 0bjetivos.
➢ Velar por la protección y promoción de la salud, la seguridad y el bienestar de
todos los trabajadores del Registro Nacional, para garantizar la sostenibilidad
de las condiciones de trabajo.
➢ Controlar el proceso de contratación administrativa, que generan los diferentes
Departamentos de la Dirección Administrativas.
➢ Generar informes propios de su competencia, tales como reglamentos internos,
circulares, instrucciones, políticas internas, herramientas técnicas y otra
normativa de aplicación institucional.
➢ Dar seguimiento al cumplimiento de las auditorías internas, que se realizan a
las diferentes unidades organizativas que conforman esta Dirección.
➢ Controlar los diferentes contratos de mantenimiento y servicio de salud, que
apoyan el cumplimiento de los objetivos de la Institución.
82
Departamento de Proveeduría
Objetivo
Gestionar la adquisición de bienes y servicios, el almacenamiento y la distribución
de materiales y suministros, así como la administración de los activos del Registro
Nacional, para coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos de la Institución.
Funciones
➢ Tramitar las contrataciones administrativas (licitación pública, abreviada y
otros), requeridas para la atención de las demandas de los bienes y servicios de
las diferentes unidades organizativas.
➢ Administrar el ciclo de los activos (Propiedad, planta y equipo), del Registro
Nacional
➢ Disponer de información para el proyecto de presupuesto, el presupuesto
extraordinario en lo relativo a contratos en ejecución o contrataciones en
proceso.
➢ Mantener actualizado los expedientes electrónicos en el sistema de compras
establecido por el gobierno.
➢ Disponer de un registro actualizado de proveedores para el trámite de
adquisición de bienes y servicios.
➢ Propiciar los pagos de los bienes y servicios contratados ante el Departamento
Financiero.
➢ Tramitar la prórroga, modificaciones de contratos y reajuste de precios ante la
instancia interna correspondiente.
➢ Tramitar ante el Departamento de Exenciones del Ministerio de Hacienda, las
exoneraciones de bienes.
➢ Administrar los bienes, materiales y suministros adquiridos por la Institución.
83
➢ Controlar el inventario de existencia de materiales y suministros de la
Institución.
➢ Atender los requerimientos de materiales y suministros de las diferentes
unidades de la Institución.
➢ Mantener el inventario actualizado de activos (Propiedad, planta y equipo), de
toda la Institución.
➢ Gestionar ante los órganos competentes los recursos (objeción, revocatoria o
apelación), en contra de los procedimientos de contratación.
➢ Velar por el control de activos en desuso y materiales y suministros obsoletos.
➢ Gestionar ante los órganos competentes la formalización legal de los contratos
de bienes y servicios.
➢ Brindar asesoría legal en materia de contrataciones administrativas.
➢ Gestionar los procesos de aplicación de penalizaciones en los contratos,
ejecución de garantías y resolución de contratos, por incumplimientos.
➢ Mantener actualizada la información para los cierres de inventarios de
materiales y suministros, activos y de compras.
➢ Mantener actualizados en el SIFA los códigos presupuestarios.
➢ Mantener actualizados los auxiliares para la generación de los cierres
mensuales de movimientos en el SIFA.
➢ Velar por la legalidad de todos los procesos que se ejecutan en el Departamento.
➢ Garantizar la disponibilidad de información para atender consultas que le
formulen las diversas personas públicas o privadas.
84
Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos
Objetivo
Gestionar los procesos relacionados con el talento humano para potenciar el
bienestar integral del Registro Nacional y el de sus funcionarios.
Funciones
➢ Gerenciar (planear, organizar, dirigir y controlar) las actividades que se
ejecutan en los subprocesos del Departamento de Gestión Institucional de
Recursos Humanos, revisando y controlando las acciones que se derivan de
cada uno de ellos.
➢ Aplicar las normas establecidas en el Estatuto del Servicio Civil y su
Reglamento, así como, la legislación conexa, las políticas, directrices y
lineamientos que al efecto emitan las instancias internas y externas, en materia
a nivel de empleo, presupuestario y de racionalización del gasto público.
➢ Cumplir con la aplicación de los manuales de normas (resoluciones, oficios
circulares, criterios internos o externos, instrumentos tales como cuestionario
de análisis ocupacional, pedimento de personal, cambio de personalidad,
evaluación del desempeño, entre otros) aplicables a los diferentes subprocesos.
➢ Mantener actualizado los procedimientos e instrumentos aplicables en la
gestión de los diferentes subprocesos, que aseguren el control interno de su
ejecución, siguiendo las políticas, directrices y lineamientos que en este campo
disponga y emita la Dirección General de Servicio Civil o la instancia
competente
➢ Asesorar a superiores, direcciones, jefaturas y orienta a funcionarios de la
Institución en materia de Gestión de Talento Humano.
➢ Promover actividades tendentes a garantizar las adecuadas relaciones humanas
y sociales en la Institución a partir de los planes de intervención producto de
85
estudios de atmosfera social, ley 7600, diversidad sexual y temas éticos y de
valores.
➢ Efectuar permanentemente una lectura del ambiente financiero, estratégico,
tecnológico, legal y político en el que se desenvuelve la Institución, de modo que
permita hacer los ajustes según las transformaciones y cambios requeridos por
el entorno.
➢ Coordinar con la Dirección General del Servicio Civil o cualquiera de sus
dependencias lo referente a las actividades que requieran de su aval o refrendo.
➢ Canalizar las necesidades vinculadas con el Talento Humano que presente el
cuerpo gerencial a través de la elaboración de un plan de trabajo
➢ Emitir criterios y lineamientos a seguir en las gestiones que se realizan con el
fin de lograr una mejora continua en el Departamento.
➢ Realizar investigaciones relacionadas con la gestión del recurso humano de la
Institución.
➢ Liderar el Modelo de Gestión del Desempeño, potencializando el talento
humano de la Institución.
➢ Planificar las gestiones relativas a la provisión del Recurso Humano de la
Organización.
➢ Desarrollar procesos relativos a la evaluación y auditoría de la gestión de
Recursos Humanos.
➢ Mantener actualizados los programas ingreso, permanencia y salida de los
colaboradores.
➢ Proponer modalidades alternas de trabajo que contribuyan a la eficiencia y
eficacia de la gestión institucional.
86
Departamento Financiero
Objetivo
Administrar los aspectos relacionados con las finanzas del Registro Nacional, para
la gestión financiera que facilite el cumplimiento de los fines institucionales.
Funciones
➢ Participar en la formulación de Políticas, Plan Estratégico Institucional, planes,
programas, proyectos y otras acciones de interés institucional.
➢ Administrar el ciclo presupuestario de la Institución (formulación, ejecución,
control y evaluación de los presupuestos ordinarios, extraordinarios y sus
modificaciones), tanto anuales como plurianuales.
➢ Administrar planes, programas y proyectos de impacto institucional y nacional,
en materia de su competencia.
➢ Velar por la publicación de la información financiera en la página del Registro
Nacional.
➢ Gestionar los estados financieros (Balance de Comprobación Detallado, Balance
de Comprobación por cuenta, Estado de Rendimiento Financiero o Estado de
Resultados, Estado de Situación Financiera o Balance General, Estado de Flujo
de Efectivo, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Notas a los Estados
Financieros y el Análisis de los resultados) de la Institución, a fin de reflejar la
posición financiero económica de la Junta Administrativa del Registro
Nacional, para la toma de decisiones y rendición de cuentas.
➢ Satisfacer la necesidad de información financiera mediante la elaboración de
informes del comportamiento presupuestario, contables, de costos, de tesorería
y otros que requiera el Registro Nacional para la toma de decisiones y rendición
de cuentas a los sujetos interesados.
87
➢ Preparar criterios de temas específicos en materia presupuestaria, contable,
costos, de tesorería y otros que se requieran en el Registro Nacional, para la
toma de decisiones y rendición de cuentas a los sujetos interesados.
➢ Coordinar la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto de Registro
Nacional, proveniente del gobierno.
➢ Velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia financiera y
cualquier otro ámbito de aplicación, atinente con la labor del Departamento.
➢ Generar metodologías, técnicas, herramientas, procedimientos, criterios,
reformas legales, reglamentarias, directrices, circulares y otras referentes a la
gestión financiera.
➢ Propiciar acciones de mejora (proyectos, estudios especiales y actividades) en la
gestión financiera de la Institución.
➢ Dar respuesta a requerimientos complejos a nivel técnico y operativo en materia
financiera de oficio o a instancia de parte.
➢ Coordinar actividades debido a la gestión financiera con instancias internas y
externas al Registro Nacional.
➢ Asesorar a las autoridades superiores en materia de su competencia, para
fortalecer la toma de decisiones.
➢ Participar en procesos de toma de decisiones de alto nivel para el cumplimiento
de los fines institucionales, en materia de su competencia.
➢ Velar por el cumplimiento de las Normas Internacionales de Contabilidad del
Sector Público (NICSP), en el Registro Nacional.
➢ Velar porque los registros auxiliares contables ubicados fuera del Departamento
Financiero, cumplan con la normativa financiera vigente y de acuerdo con los
requerimientos del Departamento.
88
➢ Administrar la elaboración de los estudios de costos de los servicios que brinda
y gestiones que lo requieran.
➢ Proponer a la Junta Administrativa las tarifas de los servicios que brinda la
Institución.
➢ Emitir criterio financiero respecto de los reajustes de precio de los contratos de
bienes y servicios, según corresponda y de acuerdo con la normativa vigente.
➢ Desarrollar actividades de capacitación a las diferentes instancias del Registro
Nacional en temas de competencia del Departamento Financiero.
➢ Velar por el cumplimiento de los requerimientos de entes fiscalizadores
externos, auditores y otros sujetos interesados.
➢ Coadyuvar en la recaudación, administración y fiscalización del tributo
establecido en la Ley No. 9024, en el ámbito de su competencia.
➢ Velar por el cumplimiento y perfeccionamiento de los controles para el
fortalecimiento del Sistema de Control Interno en la gestión que compete al
Departamento Financiero.
➢ Atender los requerimientos y recomendaciones de informes de auditorías
internas y externas en el ámbito de la gestión financiera de la Institución.
➢ Atender los requerimientos y recomendaciones emitidas por el Ministerio de
Hacienda, Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, Contraloría
General de la República y Ministerio de Justicia en el ámbito de la gestión
financiera.
➢ Mantener actualizadas las matrices de seguimiento a las auditorías interna,
externa y de la Contraloría General de la República.
➢ Demostrar mediante certificaciones la información financiera de la Institución
ante los sujetos interesados.
89
➢ Velar por la sana administración de los riesgos identificados en el ámbito de su
competencia, para minimizar su materialización en el cumplimiento de los
objetivos propuestos.
➢ Mantener actualizados los procesos y procedimientos del Departamento.
➢ Mantener actualizadas las políticas generales y particulares del Departamento.
➢ Realizar el análisis de los aspectos financieros contenidos en los carteles de
licitación que suscribe la Institución.
➢ Calificar, desde el punto de vista financiero, las ofertas de bienes y servicios
provenientes de licitaciones y contrataciones según corresponda.
➢ Atender, desde el punto de vista financiero, los recursos de objeciones a carteles
de licitaciones y recursos de apelación a las adjudicaciones.
➢ Valorar, desde el punto de vista financiero, los proyectos de contrato de bienes y
servicios de la Institución.
➢ Fiscalizar contratos administrativos de impacto institucional que afectan la
gestión financiera de la Institución.
➢ Velar porque los sistemas de información financiera faciliten el cumplimiento
de los objetivos institucionales en materia financiera.
➢ Controlar los valores, activos, recursos financieros, materiales y suministros de
la Institución, según el ámbito de su competencia.
➢ Coadyuvar en la administración financiera de fideicomisos suscritos por la
Institución.
➢ Salvaguardar los fondos públicos que le han sido confiados a la Junta
Administrativa.
➢ Velar por la actualización del sistema contable y presupuestario, el cual incluye
el catálogo de cuentas, los procedimientos del registro y el manual de cuentas.
90
➢ Administrar las funciones relacionadas con los pagos de las obligaciones del
Registro Nacional, a nivel nacional e internacional.
➢ Administrar las funciones relacionadas con los cobros del Registro Nacional, a
nivel nacional e internacional, según lo establecido en las Leyes 5695, 7509,
9024, 9428, 7978, 8020 y demás normativa vinculante.
➢ Gestionar ante el Departamento de Asesoría Jurídica el traslado de los
expedientes para cobros en sede judicial.
➢ Velar por el resguardo de los valores financieros del Registro Nacional.
➢ Administrar el fondo de la caja chica del Registro Nacional, según la normativa
vigente.
➢ Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de elaboración de flujos
de efectivo y programación financiera.
➢ Velar porque la Tesorería disponga de registros auxiliares contables, de acuerdo
con su competencia.
➢ Velar porque exista coincidencia entre los registros auxiliares de los
Subprocesos de Tesorería y Presupuesto, contra los saldos de las cuentas del
mayor contable.
➢ Trasladar al Ministerio de Hacienda las sumas retenidas por concepto del
impuesto de renta a proveedores, funcionarios y miembros de la Junta
Administrativa.
➢ Presentar las declaraciones tributarias del Registro Nacional, ante el Ministerio
de Hacienda (Dirección General de Tributación Directa).
➢ Emitir certificaciones sobre sumas remitidas por concepto de impuesto de renta
a proveedores, funcionarios y miembros de la Junta Administrativa.
➢ Fiscalizar las emisiones de timbres y fórmulas de cheques cuando corresponda
91
➢ Emitir criterios sobre proyectos de ley y normas en general, que tienen relación
con el ámbito de competencia del Departamento Financiero del Registro
Nacional.
➢ Gestionar la actualización de la normativa interna atinente al Departamento
Financiero
➢ Gestionar la cobertura del riesgo de diferencial cambiario en las obligaciones
contraídas por el Registro Nacional
➢ Administrar en el ámbito de sus competencias las funciones financieras
asociadas al Portal web del Registro Nacional
➢ Administrar en el ámbito de sus competencias las funciones financieras
asociadas al sistema de tasación del Registro Nacional.
➢ Controlar los saldos mínimos en las cuentas corrientes del Registro Nacional.
➢ Gestionar la apertura y cierre de cuentas corrientes a nombre del Registro
Nacional ante el Banco de Costa Rica y la Tesorería Nacional.
➢ Gestionar las inclusiones y exclusiones en los registros de autorizados para
trámites ante el Ministerio de Hacienda, Tributación Directa, Banco de Costa
Rica y Tesorería Nacional.
➢ Gestionar la actualización de los montos autorizados para pagos mediante el
Fondo Fijo de Caja Chica.
Departamento de Transportes
Objetivo
Brindar el servicio de transporte a las diferentes unidades organizativas del
Registro Nacional para el cumplimiento de los fines institucionales.
92
Funciones
➢ Administrar el servicio de transporte que brinda a las diferentes unidades del
Registro Nacional.
➢ Fiscalizar el uso y mantenimiento de los vehículos propiedad de la Institución.
➢ Velar porque los vehículos y sus llaves sean depositados y custodiados en
estacionamientos previamente establecidos por el Registro Nacional.
➢ Dotar a los operadores de equipo móvil de la Institución de los implementos de
limpieza y herramientas necesarias para el mantenimiento de los vehículos
oficiales.
➢ Tramitar asuntos administrativos y operativos referentes al uso de los vehículos
de la Institución.
➢ Controlar el suministro y consumo de combustible de los vehículos de la
Institución.
➢ Controlar la ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo de los
vehículos.
➢ Velar porque todos los vehículos se encuentren registrados en la planilla de
pólizas.
➢ Rendir informes referentes a la utilización y estado de los vehículos de la
Institución, así como otros asuntos de interés del Departamento.
➢ Velar por las existencias de materiales y suministros para el mantenimiento de
los vehículos.
➢ Prever la vigencia de los contratos adquiridos para ejecutar los servicios que
brinda el Departamento de Transportes.
➢ Disponer de controles para garantizar la vigencia de la licencia de conducir de
los operadores del equipo móvil.
93
➢ Velar porque los vehículos cumplan con todas las disposiciones reglamentarias
que los acreditan como vehículos oficiales.
➢ Documentar lo relativo a los accidentes de tránsito y cualquier otra
contingencia.
➢ Velar por la actualización del reglamento para el uso de los vehículos de la
Institución.
Departamento de Arquitectura y servicios generales
Objetivo
Optimizar la distribución arquitectónica y mantenimiento de la planta física del
Registro Nacional para satisfacer los requerimientos de los usuarios internos y
externos.
Funciones
➢ Supervisar el estado y el funcionamiento de las instalaciones que conforman el
complejo arquitectónico del Registro Nacional.
➢ Supervisar las actividades de mantenimiento que se desarrollan para asegurar
el funcionamiento de las instalaciones.
➢ Elaborar planes de trabajo para el diseño arquitectónico y el mantenimiento de
las instalaciones.
➢ Controlar el manejo y trámite de valores, correspondencia, archivos y
documentos, así como por el buen uso del equipo y otros bienes de la oficina.
➢ Llevar controles sobre los informes de las actividades realizadas por
funcionarios de planta, así como, de los contratistas.
➢ Elaborar presupuestos de los proyectos originados por remodelaciones,
construcciones, mejoras, compras (materiales y repuestos), y contratos de
mantenimiento.
94
➢ Atender la demanda de servicios (reportes de trabajo) que las diferentes
unidades solicitan.
➢ Brindar el servicio del mantenimiento correctivo y preventivo de las
instalaciones físicas, electromecánicas, telefónicas, maquinaria y equipo, así
como de la infraestructura en general.
➢ Asesorar a la Administración Superior en lo relacionado con la ingeniería
arquitectura y el mantenimiento de las instalaciones, para fortalecer la toma de
decisiones.
➢ Velar por el cumplimiento de los contratos del mantenimiento de las
instalaciones, así como su vigencia.
➢ Controlar el consumo de los servicios públicos de la Institución (agua,
electricidad y telefonía), para fortalecer la toma de decisiones.
➢ Brindar apoyo a otras instituciones de gobiernos en asesorías de diseño,
construcción de obras y proyectos.
➢ Realizar especificaciones técnicas de todas las licitaciones públicas, licitaciones
abreviadas, compras directas sobre la naturaleza y calidad de los materiales a
utilizar, para obtener un bien o servicio que se ajusta a los requerimientos de la
Institución.
Departamento de Seguridad y Vigilancia
Objetivo
Brindar seguridad física para la protección y salvaguardia de las personas, bienes y
activos del Registro Nacional.
Funciones
➢ Fiscalizar que las empresas contratadas cumplan con lo pactado en materia de
seguridad, física y electrónica.
95
➢ Administrar los accesos en áreas específicas de la Institución.
➢ Investigar hechos atinentes a la seguridad física sobre situaciones que puedan
afectar la Institución.
➢ Disponer de bitácoras con el registro de salidas e ingresos de vehículos oficiales
de la Institución.
➢ Preservar temporalmente la escena de un posible hecho delictivo.
➢ Coordinar con entidades externas competentes, las medidas especiales de
seguridad.
➢ Administrar la plataforma de seguridad físico-lógica y plataforma de
visualización.
➢ Brindar información digital a las autoridades competentes.
➢ Verificar el cumplimiento de las cláusulas del contrato de seguridad en tres
Sedes Regionales.
➢ Restablecer el funcionamiento de la plataforma de seguridad físico-lógica de la
Institución, posterior a un acontecimiento.
➢ Custodiar, en procura de la devolución, los objetos perdidos por parte de los
usuarios.
Departamento de Archivo Central
Objetivo
Administrar el acervo documental del Registro Nacional para garantizar el
resguardo de la memoria institucional.
96
Funciones
➢ Centralizar todo el acervo documental de las diferentes unidades organizativas
de la Institución.
➢ Velar porque las unidades cumplan con los plazos de vigencia legal,
administrativa y contable en el instrumento Tablas de Plazos de Conservación
en todo el Registro Nacional.
➢ Validar el instrumento Tablas de Plazos de Conservación en la Institución para
la selección y eliminación documental.
➢ Brindar asesorías a todas las unidades de la Institución, sobre la aplicación de
las técnicas archivísticas en los documentos impresos y digitales que produce y
recibe la Institución.
➢ Velar por la aplicación del cuadro de clasificación de documentos impresos y
digitales para el Registro Nacional.
➢ Transferir a la Dirección General del Archivo Nacional, cuando lo solicite, los
documentos con valor científico-cultural.
➢ Disponer de actas para la eliminación de documentos que han perdido vigencia
legal, contable y administrativa.
➢ Presentar ante la Dirección General del Archivo Nacional el informe anual de
desarrollo archivístico institucional.
➢ Propiciar la estandarización de la gestión documental producida en el Registro
Nacional.
➢ Garantizar la información oportuna para los usuarios, por medio del Sistema
automatizado de control de documentos.
➢ Velar por la conservación documental según los parámetros establecidos en el
Reglamento a la Ley 7202.
97
➢ Brindar el servicio de préstamo documental.
➢ Administrar la colección de protocolos de los agrimensores, según lo
establecido en el Reglamento del CEFIA.
➢ Dictar las políticas en cuanto a la organización y producción de los documentos
de la institución.
Dirección de Servicios
Objetivo
Brindar servicios a los usuarios internos y externos para dar información sobre el
contenido de la publicidad registral y geoespacial.
Funciones
➢ Disponer de análisis críticos, estadísticas, indicadores, informes y
evaluaciones de gestión que contribuyan a la toma de decisiones.
➢ Aplicar criterios registrales emitidos por la Dirección General, Junta
Administrativa y las Direcciones de los diferentes Registros.
➢ Mantener canales de comunicación abiertos con los usuarios con el fin de
conservar una imagen institucional vigente y congruente con la realidad
social y económica.
➢ Disponer de proyectos de diversa índole, para lograr la eficiencia en el
servicio y el cumplimiento de los objetivos.
➢ Disponer de políticas y directrices generales sobre los servicios de atención
a los usuarios que realizan los diferentes trámites en la Institución.
➢ Elaborar planes de corto y mediano plazo para maximizar la utilización de
los recursos humanos, materiales y financieros.
➢ Vigilar la correcta aplicación de normas, disposiciones y reglamentos en
98
materia de servicios que regulan las actividades del Registro Nacional.
➢ Contar con criterios y resoluciones jurídico-administrativos sobre el
funcionamiento de los servicios.
➢ Tramitar las solicitudes de servicios presentadas por los usuarios, tanto en
Sede Central como en Sedes Regionales.
➢ Retroalimentar la toma de decisiones con la información generada por los
estudios de percepción en la calidad de los servicios, tanto en Sede Central
como en las Sedes Regionales.
➢ Administrar los servicios prestados mediante el portal Web
rnpdigital.com.
➢ Coordinar con las diferentes instancias del Registro Nacional los
requerimientos necesarios para la adecuada prestación de los servicios.
Sedes Regionales
Objetivo
Atender las solicitudes presentadas por los usuarios de las Sedes Regionales para
dar publicidad registral a los actos inscritos en el Registro Nacional.
Funciones
➢ Ejecutar criterios técnicos, jurídicos y administrativos para que los
funcionarios y usuarios conozcan los procedimientos y las normas
jurídicas aplicables en el Registro Nacional.
➢ Velar por el buen funcionamiento de la recepción y entrega de
documentos, placas, certificaciones literales, consultas y emisión de
certificaciones.
➢ Mantener los procedimientos actualizados para garantizar el control de la
gestión.
99
➢ Generar información de la producción mediante estadísticas e indicadores
para la toma de decisiones sobre los servicios que se prestan a los
usuarios.
➢ Velar por la adecuada aplicación de los informes técnicos y jurídicos para
el buen funcionamiento a las Regionales.
➢ Evacuar consultas a usuarios internos y externos.
➢ Ejecutar los planes y proyectos propuestos por la Dirección para fortalecer
sus acciones.
➢ Tramitar las solicitudes de servicios presentadas por los usuarios en las
diferentes sedes regionales.
Departamento de Recepción, entrega y servicios complementarios
El Departamento de Recepción, entrega, y servicios complementarios comprende la
recepción en el Diario de documentos de Bienes Muebles, Personas Jurídicas e
Inmobiliario, para su debido trámite y en el Archivo la custodia transitoriamente de
los documentos calificados por los registradores, para su posterior entrega a los
usuarios. Además, le corresponderá la prestación del servicio de información que
todavía no ha sido digitalizada.
Objetivo
Tramitar los documentos presentados por los usuarios para su respectiva
calificación y posterior entrega, así como atender las consultas y certificaciones
de la información contenida en registros manuales, para dar publicidad registral.
Funciones
➢ Recibir los documentos presentados por profesionales en notariado,
topografía, autoridades judiciales o administrativas para su respectivo
trámite.
100
➢ Verificar que los documentos cumplan con los criterios técnicos, jurídicos
y administrativos, garantizando que los mismos contengan los requisitos
mínimos de admisibilidad.
➢ Asignar citas de presentación a los documentos presentados por los
profesionales en notariado, topografía, autoridades judiciales o
administrativas.
➢ Anotar los documentos recibidos a los usuarios que afectan los bienes o
derechos inscritos, inscribibles o eventualmente inscribibles.
➢ Mantener actualizada la base de datos, mediante el proceso de escaneo de
los documentos recibidos.
➢ Generar información sobre la producción, mediante estadísticas e
indicadores sobre los servicios que se prestan a los usuarios.
➢ Realizar el reparto de los documentos recibidos mediante el sistema
automatizado y físico.
➢ Recibir documentos calificados en cada uno de los Registros tanto en
forma física, como en el sistema.
➢ Mantener en custodia los documentos calificados mientras el usuario
procede con su retiro.
➢ Entregar los documentos archivados a los notarios, topógrafos, autoridad
judicial o administrativa.
➢ Emitir certificaciones literales, solicitadas por los usuarios de los actos
inscritos en el Registro Nacional, que no constan en el sistema
automatizado, así como, aquellos que complementan la información
solicitada.
➢ Digitalizar la información relacionada con los documentos inscritos y
retirados sin inscribir, así como, las solicitudes de salidas del país,
101
reposición de títulos de propiedad, documentos que respaldan la solicitud
de placas, colisiones, levantamientos, tomos y asignación de cédulas
jurídicas.
➢ Emitir copias y certificaciones de documentos microfilmados.
➢ Brindar consultas de mapas catastrales y de tomos.
Departamento de Servicios Digitalizados
Objetivo
Brindar consulta y certificaciones de la información contenida en las bases de
datos, para dar publicidad registral.
Funciones
➢ Ejecutar criterios técnicos, jurídicos y administrativos para que los
funcionarios, y usuarios conozcan los procedimientos, así como las
normas jurídicas aplicables al Departamento.
➢ Velar por la adecuada atención de los servicios de consulta y
certificaciones digitales en la Sede Central.
➢ Mantener actualizados los procedimientos del Departamento para
garantizar el control de la gestión.
➢ Generar información de la producción, mediante estadísticas e indicadores
para la toma de decisiones sobre los servicios que se prestan a los
usuarios.
➢ Velar por la adecuada aplicación de los informes técnicos y jurídicos para
el buen funcionamiento del Departamento.
➢ Evacuar consultas a usuarios internos y externos.
➢ Ejecutar los planes y proyectos propuestos por la Dirección para fortalecer
102
sus acciones.
➢ Coordinar, con instituciones y empresas, la ejecución de proyectos de
servicios que involucran información del Registro Nacional, para el
fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales.
➢ Coordinar las acciones pertinentes a la gestión de los servicios prestados
mediante el portal Web rnpdigital.com.
➢ Atender las consultas realizadas a través del Call Center del Portal Web y
el Webmaster referentes a los servicios de consulta y certificaciones del
sitio Web rnpdigital.com.
➢ Brindar capacitación a entidades emisoras y receptoras de las
certificaciones digitales del portal Web rnpdigital.com.
➢ Generar información para mantener actualizada la página web, sobre los
trámites, requisitos y costos de los servicios.
➢ Brindar el servicio de las bases de datos del IGN.
Departamento de Placas
Objetivo
Proporcionar a los propietarios de los vehículos automotores la identificación
respectiva, para garantizar seguridad registral y vial.
Funciones
➢ Ejecutar criterios técnicos, jurídicos y administrativos para que los
funcionarios y usuarios, conozcan los procedimientos y las normas
jurídicas aplicables al Departamento.
➢ Realizar la confección de placas metálicas de los vehículos automotores.
➢ Tramitar el depósito que hacen los usuarios de las placas metálicas.
103
➢ Emitir documentos de identificación adicional de las placas metálicas.
➢ Velar por el buen funcionamiento de los servicios que brinda el
Departamento.
➢ Custodiar las placas metálicas y documentos de identificación adicional.
➢ Aplicar el control de calidad a la gestión realizada en el Departamento.
➢ Mantener actualizados los procedimientos del Departamento para
garantizar el control de la gestión.
➢ Generar información de la producción mediante estadísticas e indicadores
para la toma de decisiones sobre los servicios que se prestan a los
usuarios.
➢ Velar por la adecuada aplicación de los informes técnicos y jurídicos para
el buen funcionamiento del Departamento.
➢ Evacuar consultas a usuarios internos y externos.
➢ Ejecutar los planes y proyectos propuestos por la Dirección para fortalecer
sus acciones.
➢ Coordinar, con instituciones y empresas, la ejecución de proyectos que
involucran información del Registro Nacional para el fortalecimiento de
las relaciones interinstitucionales.
➢ Verificar la información contenida en los documentos presentados por los
usuarios.
➢ Mantener actualizada la información de la base de datos de los depósitos
de placas.
➢ Consultar las bases de datos (COSEVI, Registro Civil, INS, Dirección
Nacional de Notariado y las del Registro Nacional) para dar la legalidad al
trámite.
104
➢ Entregar las placas solicitadas por los usuarios.
Dirección de Informática
Objetivo General
Coadyuvar a los procesos sustantivos y de apoyo, basándose en la visión
institucional, procurando el uso de tecnologías de información idóneas para
mejorar los servicios que brinda el Registro Nacional.
Funciones
➢ Gestionar la inclusión de las tecnologías de información y
comunicaciones a las distintas actividades del Registro Nacional,
procurando el mejoramiento de la eficiencia en sus procesos y la
innovación en los servicios que brinda la Institución.
➢ Establecer normas y procedimientos para mejorar la seguridad y el uso de
la tecnología de información y comunicaciones en la Institución
➢ Promover la optimización del uso de los recursos y técnicas de tecnología
de información que soporten la gestión del Registro Nacional.
➢ Garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la
información.
➢ Velar por el desarrollo de la arquitectura tecnológica del Registro
Nacional.
➢ Asesorar a todas las áreas del Registro Nacional en materia de tecnología
de información y comunicación.
➢ Coordinar con otras instancias a nivel gubernamental y de carácter
privado, la prestación de servicios de tecnologías de información que sean
de impacto institucional.
105
➢ Garantizar la optimización, integración, uso y estandarización de sistemas
de información, apoyando la arquitectura empresarial.
➢ Coordinar con el Departamento de Proveeduría la contratación de
servicios tecnológicos requeridos por la Institución.
➢ Disponer de indicadores de gestión para evaluar el desempeño de la
Dirección de Informática.
➢ Establecer directrices sobre el control de licencias.
➢ Establecer directrices para garantizar la disponibilidad de la
infraestructura de tecnologías de información en la Institución.
➢ Desarrollar una estrategia de aprovisionamiento de servicios de
tecnologías y sistemas de información.
➢ Establecer acuerdos con el Jerarca referentes a los servicios de tecnologías
de información.
➢ Controlar la gestión de la Dirección a través de estadísticas de indicadores
para medir el nivel de satisfacción de los usuarios sobre los servicios que
brinda.
➢ Gestionar la gobernabilidad de la Dirección Informática mediante la
estandarización, gestión de la calidad, estadísticas, indicadores y otros
controles en procura de una mejora continua en sus servicios.
➢ Realizar estudios e investigaciones de carácter tecnológico para
implementarlos en los servicios que brindan sus procesos, en concordancia
con la vigencia de las directrices y decisiones tomadas.
➢ Velar por el cumplimiento del Plan Estratégico de Tecnologías de
Información y Comunicación del Registro.
106
➢ Garantizar la actualización del Plan Estratégico de Tecnologías de
Información y Comunicación con base en los lineamientos estratégicos de
la Institución.
➢ Dar seguimiento a los cambios en la normativa que le son notificados.
➢ Dar cumplimiento a la normativa vinculante a las Tecnologías de
Información y Comunicación.
Departamento Aseguramiento de la Información
Este Departamento es el responsable de apoyar a las áreas del Registro Nacional en
aspectos relacionados con la seguridad de la información y las tecnologías
involucradas. Procura garantizar de manera razonable la confidencialidad,
integridad y disponibilidad de la información, coordinando las acciones necesarias
para protegerla contra el uso, la divulgación o modificación no autorizada, daño o
pérdida u otros factores disfuncionales.
Objetivo
Gestionar los programas y directrices de seguridad de tecnologías de Información
del Registro Nacional para garantizar la seguridad lógica razonable de los activos
de información de la Institución.
Funciones
➢ Administrar el plan de Aseguramiento de la Información del Registro Nacional
(SGSI).
➢ Orientar a funcionarios claves de alto nivel en cuanto a la gestión del
aseguramiento de la información.
➢ Definir los lineamientos para garantizar la seguridad lógica de los activos de
información y componentes de tecnologías de información.
107
➢ Facilitar los procesos de análisis forense cuando se requieran en temas
relacionados con aseguramiento de la información.
➢ Monitorear la evolución de la normativa de aseguramiento de la información de
tecnologías de información.
➢ Ejecutar las pruebas, análisis de vulnerabilidades y amenazas en la plataforma
tecnológica de forma periódica.
➢ Dar seguimiento a la atención de los hallazgos encontrados en las pruebas,
análisis de vulnerabilidad y amenazas en la plataforma tecnológica.
➢ Administrar los sistemas de seguridad de la información (FW, Antivirus, IPS,
etc).
➢ Administrar los usuarios y perfiles para los sistemas que no estén delegados a
los ATR´s.
➢ Fiscalizar la administración de usuarios en los módulos de seguridad
delegados.
➢ Establecer el marco de trabajo para la Recuperación de Desastres de TI y la
continuidad de las operaciones de tecnología de información.
➢ Aplicar la metodología de clasificación de activos de Información del Registro
Nacional.
➢ Mantener vigente y actualizado el Manual de Políticas de Seguridad de la
Institución.
➢ Establecer campañas de concienciación y culturización en aspectos
relacionados con el aseguramiento de la información.
Departamento Infraestructura Tecnológica
Este Departamento es el responsable de adquirir, proveer, administrar,
monitorear, mejorar el desempeño, y mantener actualizada la infraestructura
108
tecnológica de la institución. La infraestructura tecnológica, responsabilidad de
este departamento, incluye: redes, telecomunicaciones, bases de datos, servidores,
sistemas operativos de servidor, respaldos, centros de datos, cableado
estructurado.
Objetivo
Garantizar la operación de la infraestructura de redes y telecomunicaciones,
servidores, respaldos y almacenamiento de información, centros de datos, y bases
de datos del Registro Nacional, para mantener operativos los servicios que brinda
la Institución.
Funciones
➢ Administrar las bases de datos y servidores del Registro Nacional.
➢ Ejecutar el afinamiento, optimización, y actualización de la infraestructura
tecnológica de redes, telecomunicaciones, servidores, base de datos,
respaldos y almacenamiento de información.
➢ Realizar el respaldo y la recuperación de la información contenida tanto en
base de bases de datos institucionales, como en archivos, servidores,
configuraciones y directorios.
➢ Definir, monitorear y mantener las bases de datos, tanto de desarrollo o
prueba como de producción.
➢ Implementar nuevas tecnologías y métodos de trabajo en las bases de datos.
➢ Coordinar la ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo de las
bases de datos.
➢ Ejecutar el afinamiento, optimización, y actualización de las bases de datos y
su respectivo software.
109
➢ Atender las solicitudes de servicio relacionadas con la operativa diaria de las
bases de datos, infraestructura tecnológica de redes, telecomunicaciones,
servidores, respaldos y almacenamiento de información digital.
➢ Elaborar con los especialistas de sistemas, el diseño de bases de datos,
conjuntos de datos (data sets) y administración de metadatos.
➢ Planificar el flujo de proceso de migración, extracción, transformación y
almacenamiento de datos.
➢ Investigar para su implementación, nuevas tecnologías y métodos de trabajo
en la infraestructura tecnológica, sistemas operativos, software de soporte a
los servicios de tecnologías de información y redes de comunicación.
➢ Definir directrices y estándares de infraestructura tecnológica de redes,
telecomunicaciones, servidores, respaldos, almacenamiento de información,
y hardware.
➢ Establecer las políticas y directrices para asegurar la disponibilidad y
confiabilidad de la red de telecomunicaciones que soporta a la Institución.
➢ Realizar el plan de infraestructura tecnológica, de acuerdo con las
proyecciones del Registro Nacional, según necesidades y expectativas
(Capacity Planning).
➢ Ejecutar el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura
tecnológica de redes, telecomunicaciones, servidores, respaldos y
almacenamiento de información digital.
➢ Gestionar la administración de las salas de servidores, de la infraestructura
de cableado estructurado y de equipo activo.
➢ Custodiar los medios para la instalación de licencias de software de la
Institución.
110
➢ Garantizar la integridad de las configuraciones de la infraestructura
tecnológica de redes, telecomunicaciones, servidores, respaldos,
almacenamiento y hardware.
➢ Establecer y mantener un repositorio de configuraciones.
➢ Establecer procedimientos de configuración para el soporte de la gestión.
➢ Revisar periódicamente el repositorio de configuraciones para verificar la
integridad de la información.
➢ Revisar el software instalado en los servidores contra la política de uso de
software, reporta y corrige errores.
➢ Brindar soporte técnico y apoyo en el desarrollo de proyectos con
componente tecnológico.
➢ Establecer el proceso de planeación para la revisión del desempeño y de los
recursos de tecnologías de información.
➢ Establecer y ejecutar un plan de monitoreo para conocer el desempeño y la
capacidad de los recursos tecnológicos del Registro Nacional.
➢ Establecer revisiones de desempeño y capacidad de recursos tecnológicos,
para asegurar la disponibilidad en el procesamiento de las transacciones.
➢ Identificar tendencias de uso para pronosticar planes de desempeño y
capacidad para una posible adquisición o redistribución de los recursos.
Departamento Servicio al Usuario de tecnologías de información
Este Departamento gestiona la atención de las solicitudes e incidentes que plantean
los funcionarios del Registro Nacional, como parte del uso de los recursos
computacionales institucionales, a la hora de la prestación de los servicios. Este
Departamento, a través de la Mesa de Ayuda, es el punto de contacto entre los
funcionarios y la Dirección de Informática.
111
Objetivo
Administrar el servicio de software y hardware de las computadoras y dispositivos
periféricos que utilizan los funcionarios del Registro Nacional.
Funciones
➢ Brindar soporte de primer nivel en la atención de los incidentes que reporten
los funcionarios del Registro Nacional.
➢ Escalar y realizar seguimiento de la resolución de los incidentes que, por su
naturaleza, deben ser atendidos por otros Departamentos de la Dirección de
Informática.
➢ Administrar el licenciamiento instalado en las computadoras de escritorio y las
portátiles que utilizan los funcionarios del Registro Nacional.
➢ Elaborar informes periódicos sobre la gestión de la Mesa de Ayuda, para evaluar
los servicios brindados con respecto a la gestión de incidentes o solicitudes.
➢ Definir y analizar estadísticas e indicadores que permitan reflejar las tendencias
o comportamientos de la gestión de la Mesa de Ayuda.
➢ Gestionar las sugerencias o quejas de los usuarios con respecto al servicio
recibido por la Mesa de Ayuda.
➢ Brindar soporte en sitio para la solución de aquellos incidentes cuya solución no
sea factible de forma remota.
➢ Gestionar con los proveedores del equipo de cómputo la aplicación de las
garantías y la ejecución de los mantenimientos preventivos de acuerdo con los
términos de las contrataciones.
➢ Contar con un repositorio de información que incluya la distribución de las
computadoras de escritorio y las portátiles que utilizan los funcionarios del
Registro Nacional, y los paquetes de software instalados sobre estas.
112
➢ Gestionar el proceso de dotación de las computadoras de escritorio, las
portátiles, el equipo periférico y el software de ofimática a los funcionarios del
Registro Nacional.
Departamento de Desarrollo de Soluciones
Este Departamento es el responsable de proveer soluciones de software aplicativo
para apoyar la gestión de las diferentes áreas usuarias del Registro Nacional, a
través de la definición de los procesos de ingeniería de software y su ciclo de vida,
según la normativa que en esta materia defina el Registro Nacional y la Dirección
de Informática, en coordinación constante con las áreas involucradas y velando por
su estabilidad y actualización permanente.
Objetivo
Proveer sistemas de información para apoyar la gestión de las diferentes áreas
usuarias.
Funciones
➢ Velar por la actualización de la plataforma de software de los sistemas de
información, siguiendo las prioridades definidas en el Plan Estratégico de
Tecnologías de Información y Comunicaciones del Registro Nacional.
➢ Brindar mantenimiento evolutivo, adaptativo, correctivo, perfectivo a las
aplicaciones de la Institución, siguiendo los lineamientos definidos.
➢ Gestionar el desarrollo de proyectos de software aplicativo, efectuando el
liderazgo técnico del proyecto, para la implementación de nuevas
aplicaciones que satisfagan las necesidades de la Institución.
➢ Velar por el aseguramiento de la calidad, en los procesos de desarrollo y
evolución de las aplicaciones.
➢ Gestionar las versiones del código fuente y documentación técnica del
software aplicativo.
113
➢ Coordinar con los procesos de la Dirección de Informática, en la realización
de actividades de ingeniería de software para el desarrollo y evolución de los
aplicativos.
➢ Apoyar a los Departamentos de la Dirección de Informática en la realización
de proyectos, evolución de la plataforma tecnológica, fortalecimiento de la
seguridad de la información, y la mejora continua, de acuerdo con su ámbito
de competencia.
➢ Coordinar con las asesorías técnicas registrales en la realización de los
proyectos y las actividades de evolución de las aplicaciones.
➢ Proveer información atinente a las Asesorías Técnicas Registrales para el
apropiado uso de las aplicaciones del Registro Nacional.
➢ Definir la metodología de desarrollo de software aplicativo del Registro
Nacional.
➢ Definir la metodología de mantenimiento de software aplicativo del
Registro.
➢ Establecer directrices que soporten el ciclo de vida del desarrollo de los
sistemas de información del Registro Nacional.
➢ Establecer las directrices requeridas para la contratación de desarrollo de
software aplicativo que sea requerido por la institución.
➢ Definir los estándares tecnológicos atinentes al desarrollo y evolución de los
aplicativos del Registro Nacional.
➢ Colaborar con el establecimiento del modelo de información empresarial de
manera que facilite el desarrollo de aplicaciones y las actividades de soporte
a la toma de decisiones, consistente con los planes de tecnologías de
información.
114
➢ Velar por la gestión de la arquitectura de sistemas, en los dominios de
aplicaciones y datos, en concordancia con las directrices de la arquitectura
institucional y el dominio de negocio.
➢ Crear y mantener el diccionario de datos que incluya las reglas de sintaxis de
datos de la organización.
➢ Facilitar los proyectos que apoyen la arquitectura, estándares y normas de
Tecnologías de Información definidas para el Registro Nacional.
➢ Colaborar con la creación de planes de contingencia para mitigar situaciones
anómalas en la implementación u operación de los aplicativos del Registro
Nacional.
➢ Colaborar en la atención de incidentes y problemas relacionados con la
operación de la plataforma tecnológica del Registro Nacional.
➢ Investigar sobre el uso de nuevas tecnologías y métodos de trabajo relativos
a los procesos de ingeniería de software.
➢ Participar en los procedimientos de contratación administrativa para dotar a
la Institución de soluciones de software aplicativo.
➢ Administrar el licenciamiento de su área y facilita la información al área de
Gobernabilidad.
Dirección de Inmobiliario
Objetivo
Garantizar la seguridad de los bienes y derechos inscritos en materia inmobiliaria
mediante la publicidad de los mismos, conforme al principio de Presunción de
Exactitud del Registro.
115
Funciones
➢ Cumplir con las actividades técnico-administrativas de acuerdo con la
normativa vigente, de los Departamentos Inmobiliario Registral, Catastral
Registral, Catastral Técnico, Normalización Técnica y de la Asesoría Legal.
➢ Realizar la inscripción de los documentos sujetos a calificación formal.
➢ Controlar la inscripción de los documentos que se confeccionan y tramitan
en su dependencia bajo su responsabilidad.
➢ Tramitar expedientes de gestión administrativa, referentes a la corrección de
errores o inconsistencias en los asientos registrales o catastrales, en los casos
en que tal corrección perjudique a terceros interesados.
➢ Realizar gestiones para el saneamiento de las inscripciones practicadas en
los asientos registrales o catastrales.
➢ Tramitar expedientes originados en los informes referentes a dobles
inmatriculaciones, doble utilización de planos catastrados, inconsistencias
entre la información registral y catastral de un bien inmueble o sobre
posición de fincas, proveídos éstos como consecuencia del proceso de
calificación de documentos, verificado por los registradores, a instancia de
parte o por orden de la Dirección o Subdirección que así lo disponga.
➢ Dictaminar la procedencia de apertura de los procesos de gestión
administrativa.
➢ Gestionar ante la Dirección de Valoraciones del Ministerio de Hacienda
expedientes relacionados con modificaciones de valores en las fincas.
➢ Inscribir las notas de advertencia, inmovilización, prevención o aviso
catastral sobre los derechos publicitados que estén involucrados en un
proceso de gestión administrativa o de saneamiento, y cualquier otra
inscripción que se ordene.
116
➢ Realizar anotaciones en los planos catastrados provenientes de una
autoridad judicial y de una autoridad administrativa.
➢ Mantener actualizada la jurisprudencia de interés para la calificación e
inscripción de los documentos de su especialidad.
➢ Emitir criterios de calificación registral sobre los documentos que se
presenten a la Dirección de Inmobiliario.
➢ Resolver reclamos formales presentados por los sujetos interesados sobre
datos del levantamiento catastral.
➢ Brindar el servicio de consultas verbales y escritas que le presenten sus
superiores, subalternos y público en general.
➢ Certificar los expedientes administrativos que les sean solicitados por las
distintas autoridades judiciales o administrativas que los requieran, así
como asientos de inscripción y documentos públicos de su especialidad para
que sirvan en los procesos que se ventilan en sede jurisdiccional o
administrativa.
➢ Cancelar planos catastrados verificando el cumplimiento de los requisitos
establecidos por el Ordenamiento Jurídico.
Departamento Catastral Técnico
Objetivo
Desarrollar actividades técnicas y administrativas sobre la planeación, preanálisis,
medición, cálculo y ajuste de los levantamientos catastrales para fortalecer el
ordenamiento territorial del país.
117
Funciones
➢ Levantar vértices o redes de vértices geodésicos, utilizando georeceptores del
Sistema de Navegación Global Satelital, topografía y geodesia convencional
o cualquier otra metodología acorde con los cambios tecnológicos.
➢ Realizar los ajustes a las redes de densificación.
➢ Presentar los servicios de información y asistencia a los ciudadanos, y la
custodia, mantenimiento y actualización de los archivos catastrales.
➢ Realizar nivelaciones geométricas con nivel automático fijo o
trigonométricas o cualquier otra metodología acorde con los cambios
tecnológicos.
➢ Establecer el control horizontal y vertical terrestre para las operaciones de
orientación o aerotriangulación de fotografía aérea, imágenes satelitales o
cualquier otra metodología acorde con los cambios tecnológicos.
➢ Brindar el servicio de elaboración de planos de agrimensura de aplicación
catastral de bienes inmuebles que pertenezcan al Estado, elaborar diferentes
levantamientos topográficos para diversas instituciones públicas según
solicitudes y aprobaciones realizadas por la alta jerarquía institucional.
➢ Mantener actualizada la cartografía de referencia digital, para la consulta y
calificación de planos de agrimensura, en el Sistema de Información del
Registro Inmobiliario (SIRI).
➢ Realizar el mantenimiento y actualización del mapa catastral en el SIRI.
➢ Brindar el servicio de atención de consultas de usuarios internos
relacionadas con la gestión administrativa de documentos que se refieren a
predios en zona catastrada y catastral, en las bases de datos del mapa
catastral.
118
➢ Realizar estudios técnicos de asientos registrales y catastrales y la
correspondiente conciliación jurídico Catastral.
➢ Realizar el levantamiento catastral de Costa Rica.
➢ Conciliar la información catastral y registral, en aquellos distritos en proceso
de Levantamiento Catastral.
➢ Emitir criterio en la generación del mapa de vías públicas en distritos sujetos
al levantamiento catastral.
➢ Mantener actualizado el mapa catastral en relación con las manifestaciones
de inconformidad recibidas en las Exposiciones Públicas de los distritos
sometidos a Levantamiento Catastral.
➢ Elaborar informes técnicos para la Dirección, Poder Judicial y Procuraduría
General de la República.
➢ Brindar el servicio de asesoría técnica propia de la experticia del Mapa
Catastral.
➢ Gestionar cuando corresponda, con el Departamento de Reconstrucción, el
saneamiento de inexactitudes de los Sistemas del SIRE y SIP.
➢ Comprobar la conformidad de linderos, ubicación, área, forma y
dimensiones de las fincas descritas mediante planos de agrimensura y
catastrados.
➢ Diseñar metodologías y criterios técnicos referentes al Mapa Catastral.
➢ Mantener actualizada la información contenida en las diferentes capas de
información de la cartografía de referencia.
➢ Participar en el diseño, redacción, revisión y calificación de especificaciones
técnicas para carteles de licitación.
119
➢ Mantener actualizada la cartografía de base catastral mediante la revisión de
las fotografías aéreas a utilizar en proyectos catastrales.
➢ Realizar el escaneo de alta resolución fotogramétrica, negativos y
diapositivas fotogramétricos analógicos para obtener imágenes digitales.
➢ Realizar montajes digitales de las fotografías aéreas.
➢ Generar ortofotos digitales del terreno.
➢ Procesar lo relativo a los casos en que el asiento registral o catastral debe ser
saneado y realizar las actualizaciones respectivas en el mapa catastral.
➢ Validar el mapa catastral, de manera que se compatibilice la información de
cada uno de ellos.
➢ Definir los hitos, torres de observación y señales a establecer en los procesos
de densificación de las redes geodésicas de aplicación catastral.
Departamento Inmobiliario Registral
Objetivo
Inscribir los documentos presentados por los notarios que cumplan con el
Ordenamiento Jurídico para garantizar la seguridad jurídica registral.
Funciones
➢ Tramitar documentos otorgados por los profesionales, en cumplimiento del
ordenamiento jurídico registral, con el fin de calificarlos, inscribirlos o
denegar la inscripción de documentos relacionados con derechos inscritos
en la Dirección de Inmobiliario.
➢ Realizar las cancelaciones e inscripciones ordenadas por un funcionario
judicial.
120
➢ Brindar el servicio de consultas verbales y escritas que le presenten sus
superiores, subalternos y público en general.
➢ Calificar documentos que debido a su contenido requieren un análisis
adicional por lo que no se puede estudiar junto con el grupo de documentos
que se califican en forma regular y cotidiana, a efectos de valorar las
operaciones y cláusulas contractuales que contiene y determinar la
modalidad de inscripción que debe llevarse a cabo.
➢ Legalizar libros para la administración de los condominios, los cuales deben
contar con un libro de actas de Asamblea, un libro de actas de Junta
Directiva; cuando esta exista, y un libro de Caja, verificando el cumplimiento
de los requisitos exigidos al efecto.
➢ Legalizar libros en hojas removibles.
➢ Reponer libros de condominios.
➢ Consignar razones de cierre en los casos de agotamiento de libros.
➢ Calificar, inscribir o denegar documentos relacionados con la inscripción de
gravámenes hipotecarios de cédulas, así como realizar cancelaciones e
inscripciones ordenadas por la autoridad judicial, en cumplimiento del
ordenamiento jurídico registral.
➢ Expedir cédulas hipotecarias con toda la información concerniente a la
publicitada en el gravamen hipotecario previamente inscrito.
➢ Tramitar documentos de creación, limitación, modificación y extinción de
concesiones, marinas y atracaderos, en cumplimiento del ordenamiento
jurídico registral, con el fin de calificarlos, inscribirlos o denegarlos.
➢ Recibir solicitudes mediante la página web y en ventanilla para canalizar la
corrección de errores en las inscripciones practicadas en este Registro, con
los registradores del Departamento Inmobiliario Registral y del
121
Departamento Catastral Registral, a efectos de que las respectivas
inscripciones se encuentren completas y en la forma dispuesta por las leyes y
reglamentos.
➢ Realizar correcciones catastrales y registrales de inscripciones de
registradores que ya no se encuentren en el Registro, o que ya no tienen ese
perfil.
➢ Brindar el servicio de entrega a los notarios de los talonarios de boletas de
seguridad de la Dirección de Inmobiliario y de la Dirección de Bienes
Muebles.
➢ Colaborar con la Asesoría Legal en el estudio de casos específicos y de alto
grado de dificultad.
➢ Trasladar fincas que aún se encuentren en el Sistema de Tomos en casos
específicos ordenados por la Dirección.
➢ Tramitar documentos referentes a aportes de capital de Personas Jurídicas,
en documentos asignados al Partido Especial de Aportes.
➢ Realizar correcciones del Padrón Nacional con vista en el Registro Civil.
➢ Corregir en el Sistema de Información de Planos (SIP) datos generales de los
asientos catastrales.
➢ Resolver consultas y solicitudes realizadas en la página web
www.rnpdigital.com sobre defectos que se consideren mal consignados en
documentos presentados en el Registro y sobre trámites de documentos o
solicitudes por posibles errores de inscripción.
➢ Analizar defectos consignados en documentos presentados en el Registro.
➢ Revocar defectos después de una valoración de los mismos.
➢ Certificar la devolución de derechos pagados en exceso.
122
➢ Liberar enteros que se han adjuntado por error.
➢ Autorizar la inscripción conjunta de los documentos que, conforme a
derecho, y bajo criterio y responsabilidad se determine.
Departamento Catastral Registral
Objetivo
Calificar los planos de agrimensura de conformidad al ordenamiento técnico y
jurídico, con el fin de contribuir al mantenimiento, fortalecimiento del catastro
coadyuvando a la seguridad jurídica inmobiliaria.
Funciones
➢ Calificar e inscribir planos de agrimensura conforme lo dispone el
ordenamiento jurídico y técnico.
➢ Calificar y autorizar planos generales de proyectos habitacionales, conforme lo
dispone el ordenamiento jurídico y técnico.
➢ Brindar el servicio de consulta y revocatoria de defectos a los profesionales
autorizantes de los documentos, tanto en zona catastral como catastrada y que
se encuentren en proceso de inscripción.
➢ Contribuir con la inscripción de los documentos al mantenimiento del mapa
catastral.
➢ Gestionar acciones técnicas con entidades públicas y privadas para dar
mantenimiento a la información de índole catastral.
➢ Gestionar mejoras en los sistemas de aplicación sistemática y geográfica para el
uso de mejores herramientas y la divulgación de la información competencia de
la Subdirección Catastral.
123
➢ Coadyuvar a la Dirección de la Dirección de Inmobiliario en la creación de
Guías de Calificación, Circulares de índole técnico-administrativo y criterios de
calificación propios de la función registral de la Subdirección Catastral.
➢ Realizar estudios técnicos referente a la inscripción de documentos y gestiones
de particulares respecto de la información catastral.
➢ Diligenciar ante las unidades técnicas de la Subdirección Catastral para la
verificación o modificación de la información catastral.
Departamento de Normalización Técnica
Objetivo
Velar por el funcionamiento del Sistema de Información del Registro Inmobiliario
para brindar seguridad jurídica registral de los bienes inmuebles.
Funciones
➢ Brindar asesoría técnica, jurídica y registral a la Dirección de Inmobiliario,
sobre normativa jurídica registral aplicable a la materia inmobiliaria y que
impacten en el proceso registral.
➢ Garantizar la operativa del proceso de inscripción de documentos públicos
de la Dirección de Inmobiliario, monitoreando las funcionalidades del
sistema, otorgando las prioridades bajo las cuales se deben implementar
requerimientos.
➢ Atender los requerimientos del diseño e implementación de los manuales de
operación, videos, instructivos u otros medios técnicos similares requeridos
para difundir el conocimiento en el proceso registral.
➢ Garantizar la efectividad del proceso de calificación e información requerida
para la inscripción de documentos públicos en la Dirección de Inmobiliario
diseñando y ejecutando procesos que permitan la creación de bases de datos
124
de los sistemas de producción, así como rutinas de programación para su
respaldo.
➢ Coordinar con el ente que corresponda, el mantenimiento de los Sistemas de
Bienes Inmuebles y Diario Único, verificando que se atiendan las
necesidades solicitadas.
➢ Identificar necesidades del proceso registral en cumplimiento del
ordenamiento normativo.
➢ Coordinar con otras organizaciones el establecimiento de convenios, para
dotar al registro de insumos de información para la inscripción de
documentos públicos.
➢ Controlar la calidad del proceso registral monitoreando la efectividad del
sistema, considerando y evaluando las recomendaciones de los usuarios
internos y externos.
➢ Emitir criterio sobre las aplicaciones de la normativa jurídica registral en el
proceso registral, proponiendo alternativas posibles de ajustes en el sistema,
e implementado mejoras.
➢ Brindar el servicio de asesoría a los usuarios internos y externos
(registradores, notarios, topógrafos y usuarios en general) de la Institución a
través de la página web, en el uso de los sistemas registrales, trámites
registrales y cancelación de planos entre otros.
➢ Realizar conciliaciones jurídico-registrales y catastrales, aplicando los filtros
correspondientes y respectiva metodología.
➢ Publicitar acuerdos de conciliación registral-catastral.
➢ Dirigir los procesos de inclusión de reglas topográficas en los Sistemas de
Calificación de documentos, en cumplimiento con la normativa vigente.
125
➢ Garantizar la Seguridad Registral controlando y ejecutando las
especificaciones técnicas en cuanto a los permisos y asignación de perfiles de
usuarios al sistema.
➢ Mantener actualizado el listado de posibles defectos en materia tanto
Catastral como Registral verificando su fundamento jurídico y vigencia.
➢ Realizar anotaciones en los sistemas de la Dirección de Inmobiliario para
realizar correcciones de errores de conversión.
➢ Analizar resoluciones legales identificando la información registral que
requiere modificarse, diseñando e implementando el cambio requerido,
anotando los movimientos registrales procedentes y/o coordinando la
modificación de las bases de datos.
➢ Garantizar el acatamiento al ordenamiento jurídico en cuanto al cobro de
tributos/tasas /impuestos (ejemplo: fiscal, abogados, timbres RN) mediante
la adaptación del proceso registral a tales fines.
➢ Realizar estudios especiales de carácter técnico, jurídico, informes y de
diversa naturaleza solicitados por la Dirección de la Dirección de
Inmobiliario, recopilando y consultando la información pertinente.
➢ Certificar información registral y catastral solicitada por otras
organizaciones, de carácter confidencial y urgente contenidos en las bases de
datos de la Dirección de Inmobiliario.
Dirección Instituto Geográfico Nacional (IGN)
Objetivo
Desarrollar políticas nacionales de carácter cartográfico, geográfico, geodésico,
geofísico y de índole similar que tenga relación con dichos temas, para apoyar la
gestión en los procesos de planificación, el ordenamiento territorial y la soberanía
del país.
126
Funciones
Para cumplir con este objetivo el Registro Nacional, respetará el accionar que rige
al IGN, según lo dispuesto en la Ley 59, ejecutando las funciones de acuerdo con los
nuevos requerimientos y medios tecnológicos, tal como se muestra en el siguiente
cuadro:
Cuadro N°1.
Funciones del IGN conforme Ley 59 y su requerimiento actual.
Según Ley 59 Requerimiento actual
a. Confección de la carta topográfica
general del territorio, a la escala de
1/50.000.
Diseño del mapa básico del país a
diferentes escalas, su elaboración y
mantenimiento.
b. Confección de los planos de las
ciudades y pueblos y alrededores a
escalas que variarán de 1/200 a
1/10.000, según su importancia o
magnitud.
Diseño de las hojas cartográficas de
ciudades a la escala más conveniente
para su representación y mantenimiento.
c. Confección de un mapa físico-
político de la República a la escala
de 1/250.000.
Elaboración del mapa físico-político del
país a diferentes escalas.
d. Confección de mapas agrícolas,
geológicos y de fuerzas hidráulicas
y demás recursos naturales, a las
escalas convenientes.
Proporciona a las instituciones
competentes la base cartográfica oficial,
para la elaboración de sus mapas
temáticos.
e. Confección de una carta de
turismo a la escala de 1/100.000.
Elaboración de mapas turísticos
nacionales y regionales, en coordinación
con las autoridades competentes.
Validación de mapas turísticos nacionales
y regionales
127
Según Ley 59 Requerimiento actual
f. Confección del mapa internacional
(para Costa Rica) a la escala de
1/1.000.000.
Elaboración de diversos productos
cartográficos, como mapas generales de
fronteras marítimas y terrestres, cartas
náuticas y aeronáuticas, así como mapas
escolares a diferentes escalas.
g. Determinación astronómica en los
puntos fundamentales que definen
el trazo de las fronteras de la
República y la de ciudades o
puntos importantes en el interior
del territorio.
Administración de la Red Geodésica
Nacional activa y pasiva, para las
delimitaciones y cartografía oficiales.
h. Determinación del nivel medio del
mar en un puerto de las costas
Norte y Sur de la República.
Determinación del nivel medio del mar y
la pleamar para los litorales Pacífico y
Caribe.
i. Medición de una red fundamental
de nivelación de precisión con
suficiente densidad de cotas para
servir a las diversas necesidades
técnicas.
Establecimiento y mantenimiento de la
red vertical a nivel nacional para los
proyectos de desarrollo de
infraestructura.
j. Confección de una geografía
descriptiva de todo el territorio
nacional.
Realización de estudios geográficos
diversos.
k. Confección de anexos a las
respectivas cartas topográficas
indicadas en los párrafos a, b y d,
los respectivos gráficos de
propiedad.
Elaboración de manuales técnicos y
metadatos geográficos de toda la
información geoespacial producida.
128
Otras funciones
➢ Participar en la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa,
establecido mediante Ley N°4366.
➢ Participar en la Comisión Nacional de Nomenclatura, establecido mediante
Ley N°3535.
➢ Ejercer representación oficial del país ante organismos y agencias científicas
nacionales e internacionales especializados en su materia.
➢ Brindar asesoría técnica a los diferentes cuerpos colegiados en los que por
normativa legal le corresponda participar al IGN, e instituciones públicas, en
temas de su competencia.
➢ Promover el establecimiento de la Infraestructura Nacional de Datos
Geoespaciales de Costa Rica (IDECORI).
➢ Presidir la Comisión Coordinadora de la IDECORI.
➢ Emitir disposiciones normativas para regular tanto la realización de las
actividades geográficas, geodésicas, geofísicas y geográficas, así como para
las actividades relacionadas con la coordinación de la Comisión
Coordinadora de la IDECORI.
➢ Gestionar el Plan Nacional de Cartografía o Plan Nacional de Información
Geográfica, conforme a las necesidades y requerimientos actuales.
➢ Promover el uso de la información geoespacial en las instituciones del
Estado para la generación de políticas públicas y la toma de decisiones.
➢ Establecer el marco normativo oficial para su difusión a todas las
instituciones generadoras y usuarias de información geoespacial, en materia
de normas, estándares y especificaciones técnicas.
129
➢ Apoyar el fortalecimiento y creación de capacidades en generadores,
usuarios y tomadores de decisión que intervienen en los procesos de gestión
de información geoespacial.
➢ Promover actividades de capacitación en las áreas técnicas de competencia
institucional.
➢ Promover el establecimiento de propuestas, convenios y proyectos de
cooperación a nivel nacional e internacional.
➢ Administrar el Sistema de Información Geográfica Institucional.
➢ Administrar el geoportal institucional y los servicios de consulta.
➢ Facilitar el diálogo e intercambio de información de datos espaciales entre
las diferentes instituciones públicas generadoras de esta información.
➢ Promover el intercambio de datos y software entre dependencias.
➢ Definir lineamientos para la producción, intercambio y uso de información,
dentro de un esquema de innovación y definición de criterio de diseño,
almacenamiento, administración y seguridad.
➢ Administrar el geoportal del Sistema Nacional de Información Territorial
(SNIT), como geoportal que posibilite garantizar el acceso oportuno y
expedito de la información geoespacial del país mediante una plataforma
tecnológica en mejora continua.
Departamento de Geodinámica
Objetivo
Administrar el Marco Geodinámico Nacional, conformado por los componentes
geodésicos y gravimétricos de acuerdo con la normativa, estándares y convenciones
internacionales, para garantizar su accesibilidad y aplicación en todos los trabajos
de índole geoespacial realizados en el territorio nacional.
130
Funciones
➢ Dar mantenimiento al sistema de coordenadas geodésicas y puntos de
nivelación altimétrica, mediante la actualización y densificación de la Red
Geodésica Dinámica Nacional de referencia horizontal y vertical.
➢ Validar los vértices geodésicos de la red planimétrica y altimétrica generados
por terceros, cuando éstos sean accesibles, estables y correctamente
monumentados.
➢ Dar mantenimiento a la Red de Estaciones de Operación Continua GNSS.
➢ Actualizar la Red de Estaciones de Operación Continua GNSS.
➢ Incorporar Estaciones de Operación Continua GNSS de otras instituciones
dentro de la Red Geodésica Dinámica Nacional.
➢ Administrar del Datum horizontal y vertical oficiales.
➢ Actualizar la Red Geodésica Dinámica Nacional, de acuerdo con las
convenciones internacionales.
➢ Difundir de la metodología establecida para el levantamiento de puntos
geodésicos.
➢ Definir la normativa y protocolos para la validación de vértices geodésicos
de otras instituciones y usuarios particulares.
➢ Conformar un registro de los datos gravimétricos existentes en el país.
➢ Analizar la información vertical, gravimétrica y establecer números
geopotenciales.
➢ Establecer vínculos para registrar datos mareográficos de estaciones
nacionales fijas y móviles para la determinación de la variación del cero (0)
altimétrico.
131
➢ Estudiar la pleamar en los litorales Pacífico y Caribe para determinar el
cambio en la delimitación de la Zona Marítimo Terrestre.
➢ Establecer el Marco de Referencia Gravimétrico como insumo para la
actualización de la Red Altimétrica Nacional.
➢ Establecer el Modelo del Geoide Local y su respectivo mantenimiento.
➢ Generar normativas a partir de los convenios, convenciones y estándares
científicos internacionales de la Asociación Internacional de Geodesia (AIG),
la Unión Internacional de Geodesia y Geofísica (UIGG) y el Sistema de
Referencia Geocéntrico para las Américas (SIRGAS).
➢ Dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N0. 33797 MJ-
MOPT y sus reformas.
➢ Velar por la aplicación de la resolución de las Naciones Unidas 69/266
Marco de referencia geodésico mundial para el desarrollo sostenible.
➢ Ejercer la representación alterna en organismos y agencias científicas
nacionales e internacionales especializados en su materia.
Departamento Topográfico y Observación del Territorio
Objetivo
Desarrollar insumos y productos geoespaciales que contribuyan al análisis y la
toma de decisiones para la planificación territorial del país.
Funciones
➢ Dar mantenimiento al registro de fotografías aéreas e imágenes del territorio
nacional, obtenidas a través de diferentes sensores.
➢ Administrar las actividades dirigidas a la generación de los insumos
fotogramétricos y cartográficos básicos.
132
➢ Gestionar las actividades con fines de fotogrametría y teledetección en el
territorio nacional.
➢ Monitorear en instancias gubernamentales las fotografías aéreas e imágenes,
obtenidas a través de diferentes sensores.
➢ Verificar objetos territoriales según la metodología asociada, para garantizar
su correspondiente clasificación.
➢ Elaborar estudios e investigaciones basadas en el análisis geográfico del
territorio, con el fin de satisfacer la demanda de consultas internas y de
usuarios.
➢ Administrar la base de datos de nombres geográficos oficiales del país, según
un sistema de Nomenclátor Geográfico.
➢ Dar mantenimiento a los hitos históricos, actualización geodésica y
densificación a la demarcación de los límites internacionales del país en las
fronteras terrestres.
➢ Participar en la determinación y posicionamiento de las fronteras marítimas
de la República de Costa Rica.
➢ Asesorar en la aplicación de la normativa técnica para la delimitación de la
División Territorial Administrativa del país a través del posicionamiento de
hitos y/o puntos georreferenciados.
➢ Fiscalizar la delimitación de la División Territorial Administrativa del país.
➢ Dar mantenimiento del registro de la División Territorial Administrativa del
país a las escalas cartográficas oficiales.
➢ Realizar los trabajos de delimitación de la zona pública de la Zona Marítimo
Terrestre de los litorales e islas del país.
133
➢ Validar las coordenadas de delimitación de Áreas Bajo Regímenes
Especiales.
➢ Dar mantenimiento de las bases de datos del inventario de las
delimitaciones oficiales.
➢ Verificar la información contenida en planos de agrimensura para catastrar
en la Zona Marítimo Terrestre y las zonas fronterizas para emitir o no, el
visado respectivo.
➢ Ejercer la representación alterna en organismos y agencias científicas
nacionales e internacionales especializados en su materia.
Departamento de Geomática
Objetivo
Producir, gestionar y mantener las bases de datos geoespaciales para la toma de
decisiones y el fortalecimiento del sistema nacional de información territorial del
país.
Funciones
➢ Establecer las especificaciones técnicas a nivel de catálogos de objetos y modelo
de datos geográficos digitales para el diseño y publicación de productos
cartográficos digitales a diferentes escalas.
➢ Definir los criterios y normativas para la generación de la información
geoespacial.
➢ Generalizar los datos fundamentales a partir de insumos cartográficos de gran
escala.
➢ Gestionar el mantenimiento de las bases de datos geoespaciales generalizadas,
según disponibilidad y requerimientos.
134
➢ Proporcionar el mapa básico a las escalas más convenientes para el desarrollo y
la planificación urbana y regional.
➢ Proporcionar mapas generales y cartas temáticas de competencia del IGN a
diferentes escalas.
➢ Proporcionar la cartografía básica oficial como insumo base para la elaboración
de cartografía temática competencia de otras instituciones del sector público.
➢ Dar validación posicional y temática de productos cartográficos elaborados por
entidades externas.
➢ Administrar el catálogo de metadatos de la información cartográfica para su
publicación.
➢ Ejercer la representación alterna en organismos y agencias científicas
nacionales e internacionales especializados en su materia.
Dirección de Propiedad Intelectual
Según lo indicado en el artículo N°2 de la Ley N°5695, reformada mediante la Ley
N°8710, la Dirección de Propiedad Intelectual comprende:
“(…) i) El Registro de la Propiedad Industrial: patentes de invención, modelos de
utilidad, dibujos y modelos industriales, marcas y signos distintivos,
denominaciones de origen e indicaciones geográficas, trazados de circuitos
integrados y marcas de ganado.
ii) El Registro de Derechos de Autor y Derechos Conexos. (…)”
Dirección de Propiedad Industrial
Objetivo
Salvaguardar los derechos de las personas físicas y jurídicas para garantizar el
cumplimiento del ordenamiento jurídico en materia de propiedad industrial y su
promoción.
135
Funciones
➢ Inscribir y registrar los derechos en materia de propiedad industrial.
➢ Administrar el registro de los derechos de propiedad industrial, en
particular lo relacionado a los procedimientos para la adquisición y
mantenimiento de los derechos relativos a marcas y otros signos distintivos,
invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales.
➢ Desarrollar programas de difusión, capacitación y formación en materia de
derechos de propiedad industrial, directamente o en colaboración con
entidades nacionales, extranjeras e internacionales.
➢ Coordinar las políticas, estrategias y acciones con las instituciones públicas o
privadas, nacionales, extranjeras, regionales e internacionales, que tengan
relación o interés con el fomento y la protección de los derechos de
propiedad industrial la transferencia de tecnología, así como con el estudio y
promoción del desarrollo tecnológico y la innovación.
➢ Ofrecer información al público y usuarios respecto a la propiedad industrial,
así como aquella información y cooperación técnica que le sea requerida por
las autoridades competentes.
➢ Asesorar en materia técnica jurídica a los usuarios y público en general en
relación con la presentación de solicitudes y al cumplimiento de los
requisitos y trámites establecidos en la ley.
➢ Promover la creatividad intelectual, apoyando su desarrollo e impulsando la
transferencia de tecnología mediante la divulgación de los acervos
documentales sobre invenciones publicadas en el país o en el extranjero.
➢ Concertar convenios de cooperación o coordinación con instituciones
públicas o privadas, nacionales, regionales o internacionales para el mejor
cumplimiento de sus objetivos.
136
➢ Realizar estudios sobre la situación de la propiedad industrial a nivel
nacional e internacional.
➢ Actuar como órgano de consulta en materia de propiedad industrial de las
distintas dependencias y entidades de la administración pública.
➢ Asesorar en coordinación con las dependencias competentes del Ministerio
de Comercio Exterior en las negociaciones internacionales sobre la materia.
➢ Disponer de una memoria de labores de cada año, incluyendo datos
estadísticos sobre las actividades registrales de ese período.
➢ Hacer del conocimiento de las autoridades competentes de aquellas
infracciones a los derechos de propiedad industrial en que se afecten los
intereses del Estado, para que se ejerciten las acciones procedentes.
➢ Aplicar las sanciones administrativas previstas en la legislación en materia
de propiedad industrial.
➢ Denunciar los delitos contra los derechos de propiedad industrial de que
tenga conocimiento.
➢ Cumplir todas las demás funciones, atribuciones y actividades que le sean
asignadas de conformidad con la Ley y el Reglamento de Marcas y otros
signos distintivos Nº30233.
➢ Actuar en las diligencias jurídicas ordenadas por la Ley de Procedimientos
de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual con la competencia
que dicha Ley le confiere.
➢ Gestionar negociaciones internacionales sobre temas de propiedad
industrial en coordinación con COMEX.
137
Departamento Registral
Objetivo
Calificar los documentos de signos distintivos según los requisitos técnicos y
legales, para su debida inscripción en la Dirección de Propiedad Industrial, cuando
así corresponda.
Funciones
➢ Realizar la consulta sobre morosidad de las sociedades cuando el solicitante
sea una persona jurídica.
➢ Verificar que toda solicitud de inscripción, presentada ante la Dirección de
Propiedad Industrial, cumpla con los requisitos de admisibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos.
➢ Marcar los enteros bancarios aportados en las distintas solicitudes que se
presentan.
➢ Verificar en la base de datos del Registro Civil, la veracidad del estado civil
indicado en una solicitud cuando el solicitante sea una persona física.
➢ Realizar el estudio de forma y fondo de las solicitudes.
➢ Elaborar, cuando corresponda, prevenciones de forma y /o fondo, así como
edictos.
➢ Emitir resoluciones de rechazo de plano, archivo, suspenso, y de
admisibilidad o no de los recursos presentados.
➢ Inscribir los documentos que cumplan con los requisitos técnicos y legales.
➢ Inscribir documentos que cumplan con los lineamientos legales y técnicos.
➢ Tramitar documentos en cumplimiento del ordenamiento jurídico-registral.
138
➢ Realizar las cancelaciones e inscripciones ordenadas por un funcionario
judicial.
➢ Resolver los recursos incoados.
➢ Resolver los expedientes mediante rechazo por el fondo y archivo por la
forma.
➢ Llevar a cabo la minuta elaboración de calificación de errores detectados en
los documentos.
➢ Controlar el pago de derechos y marca los enteros en el Sistema de Enteros
suministrado por el Registro Nacional.
➢ Controlar que las solicitudes de inscripción presentadas a nombre de
sociedades, mismas se encuentren en estado vigente, sin morosidad.
➢ Mantener actualizada la información en la base de datos.
Resolver los expedientes mediante rechazo cuando lo que se solicita inscribir
no es susceptible.
Departamento de Servicios
Objetivo
Brindar servicios de recepción, distribución, control de documentos de la Dirección
de Propiedad Industrial.
Funciones
➢ Recibir los documentos presentados por los usuarios para el trámite de
inscripción.
➢ Realizar las anotaciones a los documentos presentados por los usuarios.
139
➢ Proporcionar información a los usuarios respecto al estado de los
expedientes o números de registro.
➢ Notificar a los usuarios, cuando los documentos han sido calificados.
➢ Disponer de informes de resultados de la gestión.
➢ Velar por la correcta aplicación de las normas, disposiciones y reglamentos
en materia de servicios.
➢ Digitalizar los documentos de entrada y salida con el fin de resguardar las
imágenes.
➢ Facilitar la labor de los registradores, poniendo a su disposición la
información requerida.
➢ Entregar a los usuarios los documentos tramitados.
➢ Llevar el control de expedientes mediante un número consecutivo que
corresponda a las nuevas solicitudes.
➢ Realizar el reparto de documentos a los registradores y asesores.
➢ Verificar el cumplimiento del pago de derechos de registro.
➢ Llevar acabo las anotaciones en el Sistema de enteros correspondientes al
pago de derechos.
➢ Mantener el control de los expedientes en trámite para su respectiva
clasificación (calificación).
➢ Preparar las listas de remisión de expedientes ya inscritos (finalizado su
trámite: Registrada, asentadas, archivada o rechazada), para el traslado de
los mismos al Archivo Central.
➢ Brindar el servicio de los expedientes para consulta y préstamo de
ejemplares a los usuarios, de acuerdo con las directrices de la Dirección.
140
➢ Mantener los edictos publicados vencidos según corresponda a efecto de
darle continuidad al trámite.
➢ Tramitar las gestiones de marcas de ganado recibidas en las Sedes
Regionales y remitir los certificados de inscripción a esas sedes, cuando
corresponda.
➢ Brindar el servicio de emisión de estudios fonéticos y certificaciones
solicitados por los usuarios.
➢ Remitir al Tribunal Registral Administrativo los expedientes en cuyo
trámite la Dirección de Propiedad Industrial admita un recurso de
apelación.
Dirección Derechos de autor y derechos conexos
Objetivo
Proteger los derechos de los autores y titulares de los derechos conexos para
otorgar efectivo cumplimiento de la normativa nacional e internacional en la
materia.
Funciones
➢ Realizar la inscripción de obras, contratos y demás producciones
intelectuales protegidas en los términos previstos por la ley.
➢ Fomentar el conocimiento sobre el derecho de autor y conexos, como agente
activo en la información, el fortalecimiento y la consolidación de una cultura
nacional de respeto a los derechos de los autores y creadores y además
titulares de derecho de autor y conexos.
➢ Servir de órgano de información y cooperación con los organismos
nacionales e internacionales, en la materia.
141
➢ Velar por la utilización lícita de las obras y además producciones
intelectuales, por parte de los usuarios de las obras.
➢ Otorgar autorización de funcionamiento a las entidades de gestión colectiva.
➢ Revocar la autorización de funcionamiento de las entidades de gestión
colectiva.
➢ Supervisar a las personas naturales o jurídicas que utilicen las obras,
interpretaciones, ejecuciones y demás producciones protegidas.
➢ Actuar como árbitro cuando así lo soliciten las partes, en los conflictos que
se presenten con motivo del goce o ejercicio de los derechos reconocidos por
la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos.
➢ Adoptar las medidas cautelares en los términos previstos por la Ley de
Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual
Nº8039. * En virtud del criterio C-034-07 de la Procuraduría General de la
República, se establece que el Registro de Derecho de Autor y Conexos no
tiene potestad para aplicar medidas cautelares.
➢ Dar cumplimiento al Decreto Número 37549-JP, que ordena que todo el
Gobierno Central y sus instituciones adscritas se propongan diligentemente
prevenir y combatir el uso ilegal de programas de cómputo a efecto de dar
cumplimiento a los términos de la Ley de Derecho de Autor y Derechos
Conexos, Ley de Procedimientos de Observancia y a lo establecido en el
capítulo 15 del CAFTA.
Dirección de Personas Jurídicas
Objetivo
Dirigir las acciones necesarias que regulan su quehacer, de conformidad con lo
establecido en la legislación vigente para garantizar la seguridad jurídico registral.
142
Funciones
➢ Acatar las disposiciones sobre inscripciones emitidas por otros entes.
➢ Resolver los recursos y gestiones administrativas, de acuerdo con la ley.
➢ Disponer de informes, reglamentos, instructivos, circulares y otros
instrumentos técnicos y documentos similares en materia de su
competencia.
➢ Homologar criterios de calificación.
➢ Cooperar con otros órganos públicos en la materia competente.
➢ Brindar asesoría legal a los funcionarios de su Dirección con respecto a la
calificación de los documentos.
➢ Emitir criterios, aportar jurisprudencia y doctrina, sobre los puntos de
derecho que se les someta.
➢ Mantener contacto permanente con las instituciones que se relacionan con
su materia en aspectos jurídicos.
➢ Atender las disposiciones y solicitudes realizadas por el Tribunal Registral
Administrativo.
➢ Brindar asesoría técnica que garantice la vinculación entre el ordenamiento
jurídico y los sistemas automatizados que lo soportan.
➢ Gestionar los procesos de calificación e inscripción para la constitución de
Sociedades Mercantiles y Asociaciones a través del Sistema de Gestión de
Calidad.
➢ Velar por la correcta inscripción de los documentos que se presentan para
trámite.
143
Departamento Registral
Objetivo
Inscribir los documentos de Personas Jurídicas que cumplan con los lineamientos
legales y técnicos para garantizar la seguridad jurídica registral.
Funciones
➢ Calificar documentos de asociaciones, mercantil y personas en
cumplimiento del ordenamiento jurídico-registral.
➢ Atender consultas de superiores, subalternos y público en general en
materia registral.
➢ Brindar información y asistencia a los usuarios.
➢ Atender la solicitud de cancelaciones e inscripciones de documentos
ordenadas por un funcionario judicial.
➢ Desarrollar actividades técnicas, administrativas y registrales en materia de
personas jurídicas.
➢ Resolver los recursos incoados, de acuerdo con la Ley.
➢ Realizar las reconstrucciones y correcciones de asientos de inscripciones de
las entidades y de personas que no aparecen inscritas en los Libros de
Tomos y en el actual sistema de Personas Jurídicas, o que contienen
inconsistencias
➢ Tramitar las solicitudes de legalización de libros de mercantil y asociaciones.
144
Dirección de Bienes Muebles
Objetivo
Registrar los Bienes Muebles según la normativa vigente para fortalecer la
seguridad jurídica registral.
Funciones
➢ Unificar los criterios de calificación en la materia de su Dirección.
➢ Emitir criterios jurídicos en materia de bienes muebles.
➢ Emitir informes, reglamentos, instructivos, circulares y otros instrumentos
técnicos en la materia de su competencia.
➢ Brindar asesoría legal al personal de su Dirección, con respecto a la
calificación de los documentos.
➢ Resolver los recursos y gestiones administrativas que presenten las personas
usuarias ante la Dirección, de acuerdo con la ley.
➢ Realizar las gestiones pertinentes para obtener los documentos o copias que
permitan corregir errores u omisiones en los que hubieran incurrido las
personas registradoras al anotar o inscribir documentos.
➢ Dar publicidad informativa a las Garantías Mobiliarias.
➢ Atender las disposiciones y solicitudes realizadas por el Tribunal Registral
Administrativo.
➢ Velar porque las actividades desarrolladas en la Dirección estén en apego al
marco normativo vigente.
➢ Planificar las actividades técnicas y administrativas para la gestión de la
Dirección.
145
➢ Coordinar con otros órganos públicos en la materia competente.
➢ Mantener contacto permanente con las instituciones que se relacionan con
esta Dirección en aspectos jurídicos.
Departamento Registral
Objetivo
Calificar los documentos que cumplan con los lineamientos legales y técnicos para
su inscripción, garantizando seguridad jurídica registral.
Funciones
➢ Calificar los documentos de Bienes Muebles en cumplimiento del
ordenamiento jurídico-registral.
➢ Emitir las directrices y disposiciones que regulan el quehacer registral en
materia de bienes muebles, de conformidad con lo establecido en la
legislación vigente.
➢ Velar por el efectivo cumplimiento de las directrices y disposiciones que
regulan el quehacer registral en materia de bienes muebles.
➢ Realizar las cancelaciones e inscripciones ordenadas por una instancia
judicial.
➢ Resolver los recursos incoados, de acuerdo con la Ley.
➢ Prestar los servicios de información y asistencia a la ciudadanía sobre los
diferentes trámites de la Dirección.
➢ Atender consultas de superiores, personal y público en general, en materia
registral de bienes muebles.
➢ Desarrollar actividades técnicas, administrativas y registrales en materia de
bienes muebles.
146
Organigrama
Junta Administrativa
Registral
Propiedad
Intelect ual**
Bienes
Muebles
Desarrollo
Estratégico
Institu cional
Asesoría
Jurídica
Dirección
General
Auditoria
Interna
Proyección
Institucional
Servicios
Registral
N
I
V
E
L
P
O
L
I
T
I
C
O
DIRECCIONES
D
E
P
A
R
T
A
M
E
N
T
O
S
Personas
Jurídicas
Registral
* Liberia, Puntarenas, Ciudad Quesada, Pérez Zeledón, Limón, Alajuela y Sector Oeste,San José
**Contiene los registros: Propiedad Industrial y Derechos de Autor y Derechos Conexos, según lo establecido por la Ley 8710.
Proyectos
Control y
Fiscalización
NIVEL POLITICO
INSTANCIAS
ASESORAS
NIVEL OPERATIVO
DEPARTAMENTOS
NIVEL DIRECTIVO
Gestión Institucional de
Recursos Humanos
Proveeduría
Financiero
Transportes
Administrativa
Archivo
Central
Seguridad y
Vigilancia
Arquitectura
y servicios
generales
Instituto
Geográfico
Nacional
Geodinámica
Topográfico y Observación del Territorio
Geomática
Inmobiliario
Registral
Catastral
Técnico
Catastral
Registral
Inmobiliario
Normalización
Té cnica
Informática
Infraestructura Tecnológica
Aseguramiento de la
Información
Servicio al Usuario de TI
Desarrollo de Soluciones
Servicios
Sedes
Regionales*
Recepción, entrega
y servic ios
complem entarios
Servicios
Digitalizados
Placas
Modernización del Estado
Aprobado por MIDEPLAN en of icio DM-063-1998 del 29 de enero de 1998
Modif icado en of icios:
DM-133-98 de 5 de marzo de 1998, DM-222-98 de 15 de abril de 1998, DM-007-01 de 6 de
febrero de 2001, DM-033-01 de 19 de marzo de 2001, DM-012-02 de 2 de enero de 2002,
DM-051-02 de 10 de abril de 2002, DM-514-2004 de 31 de mayo de 2004, DM-1037-04 de
30 de julio de 2004, DM-844-05 de 25 de mayo de 2005, DM-1472-2005 de 10 de octubre
de 2005, DM-1733-05 de 2 de noviembre de 2005, DVMHV-036-2008 de 26 de febrero de
2008
Aprobado por el Registro Nacional en oficio DGRN-0202-08 del 12 de febrero de 2008
Aprobado por el Registro Nacional en Acuerdos de Junta Administrativa J663 y J599 de 13
de noviembre de 2008 y 29 de octubre de 2009, respectivamente.
Modif icado en DM-235-11 del 09 de mayo de 2011 (Unidad de Proyectos)
Modif icado en DM-423-11 del 20 de julio de 2011
Modif icado en DM-555-11 del 22 de setiembre de 2011
Aprobado en DM-127-12 de fecha 09 de marzo de 2012
Aprobado por MIDEPLAN en oficio DM-441-2012 del 18 de julio de 2012, corregido
mediante DM-477-12.
Aprobado en DM-220-13, del 30 de abril de 2013
Aprobado en DM-066-14, del 12 de febrero del 2014 (GIRH)
Aprobado en DM-148-14, del 10 de julio del 2014 (Arquitectura y Serv. Generales)
Aprobado en DM-425-16, del 23 de junio del 2016 (Recepción, entrega y servicios
complementarios.
Aprobado en AME-URI-004-2018, del 25 de enero del 2018. (nota **)
Organigrama Registro Nacional
SIMBOLOGÍA
UNIDAD ORGANIZATIVA
UNIDAD EN PROCESO TRANSITORIO
LINEA ASESORA
LINEA AUTORIDAD FORMAL
LINEA DESCONCENTRACIÓN ADMINISTRATIVA
147
Normas y Políticas Generales
Nombre de la política Acuerdo N° de la política
Política de Prevención y atención de emergencias del Registro Nacional
J 384
Sesión ordinaria N°30-2007
Política de Control Interno J 384 Sesión ordinaria N°30-2007
Política de seguimiento J 384 Sesión ordinaria N°30-2007
Política sobre archivos de gestión J 455 Sesión Ordinaria N°30-2008
Política Calidad en el Registro Nacional
J 275 Sesión Ordinaria N°24-2010
Política de valoración de riesgo
J 384 Sesión Ordinaria N°30-2007
J 594 Sesión Ordinaria N°52-2010
J 493 Sesión Ordinaria N°39-2016
J 226 Sesión Ordinaria N°20-2017
Política de Desarrollo de proyectos
J 547 Sesión Ordinaria N°52-2011
Política Ambiental J547 Sesión Ordinaria N°52-2011
Política de Confidencialidad J 384 Sesión Ordinaria N°30-2007
J547 Sesión Ordinaria N°52-2011
Política de Gestión Ética y Prácticas de responsabilidad Social
J 329
Sesión Ordinaria N°28-2013
Política para personas con discapacidad
J 361 Sesión Ordinaria N°31-2013
Política de Arquitectura Institucional
J 256 Sesión Ordinaria N°24-2011
J 214 Sesión Ordinaria N°23-2014
Política de Continuidad de los servicios
J 518 Sesión Ordinaria N°42-2013
J 165 Sesión Ordinaria N°14-2016
J 451 Sesión Ordinaria N°41-2017
Política de atención y resolución de inconformidades de la persona usuaria
J 384 Sesión Ordinaria N°30-2007
J 256 Sesión Ordinaria N°20-2016
Política de comunicación e información
J 384 Sesión Ordinaria N°30-2007
J 256 Sesión Ordinaria N°20-2016
Política de Desarrollo de talento humano
J 384 Sesión Ordinaria N°30-2007
J 007 Sesión Ordinaria N°01-2017
J219 Sesión Ordinaria N°19-2018
148
Nombre de la política Acuerdo N° de la política
Política de tecnologías de información y comunicación
J 384 Sesión Ordinaria N°30-2007 J 518 Sesión Ordinaria N°42-2013 J165 Sesión Ordinaria N°14-2016 J 008 Sesión Ordinaria N°01-2017
Política General Contable J 155 Sesión Ordinaria N°14-2017
Política de Salud ocupacional J 594 Sesión Ordinaria N°52-2010 J 334 Sesión Ordinaria N°29-2017
149
Descripción de Puestos
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
Auditoria Interna
(AI) Auditor Interno Auditoría 1
(PI1B) Profesional Informático 1B Informática y Computación 1
(PI1C) Profesional Informático 1C Informática y Computación 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Auditoría 3
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Auditoría 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Administración 1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Derecho 1
Auditoría 5
(SA) Sub Auditor Auditoría 1
(SSC1) Secretaria Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
Total de Plazas: 16
Control y Fiscalización
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Administración 1
Derecho 3
Total de Plazas: 5
Secretaría Junta Administrativa
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1 A Derecho 2
Total de Plazas:2
Dirección General
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(DG) Director General Sin Especialidad 1
(GSC2) Gerente de Servicio Civil 2 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficinas 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Derecho 1
Relaciones Públicas 1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 1
(SSC2) Secretaria de Servicio Civil 2 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:8
Contraloría de Servicios
(OSC1) Oficinista Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC2) Profesional Jefe Servicio Civil 2 Administración 1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Derecho 1
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Derecho 1
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Derecho 1
Total de Plazas:5
Unidad de Desarrollo Estratégico Institucional
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Planificación 2
150
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Administración Pública 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2
Administración 4
Planificación 1
Ingeniería Industrial 3
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Ingeniería Industrial 5
Total de Plazas:17
Asesoría Jurídica
(MSC1) Misceláneo de Servicio Civil 1 Servicios Básicos 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Derecho 2
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Derecho 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2
Registro de Documentos Públicos
1
Derecho 11
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Derecho 6
(SSC1) Secretaria Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC1) Técnico de Servicio Civil 1 Derecho 1
Total de Plazas:25
Departamento de Proyección Institucional
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Administración 1
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Relaciones Públicas 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Diseño Gráfico 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Relaciones Publicas 1
Administración 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2
Periodismo 1
Diseño Gráfico 1
Bibliotecología 1
Administración 4
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Relaciones Públicas 1
Bibliotecología 1
(TAG3) Trabajador de Artes Gráficas 3 Artes Gráficas 2
(TAG5) Trabajador de Artes Gráficas 5 Artes Gráficas 1
Total de Plazas:18
Oficina de Proyectos
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Administración 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Administración 3
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 1
Total de Plazas:5
Dirección Administrativa
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Psicología 1
151
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Administración de Recursos Humanos
1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Administración 1
Derecho 1
Registro de Documentos Públicos
1
Salud, Seguridad e Higiene Ocupacional
1
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Administración de Recursos Humanos
1
Total de Plazas:10
Departamento de Archivo Central
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Archivística 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Archivística 1
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Archivística 1
Total de Plazas:4
Arquitectura y Servicios Generales
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1
Arquitectura 1
Ingeniería Civil 1
Ingeniería Eléctrica 1
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Arquitectura 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1 B Ingeniería Civil 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2
Administración 1
Arquitectura 3
Electromecánica 1
Ingeniería Electromecánica 1
Ingeniería Civil 1
(SSC1) Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TCSC2) Técnico Calificado Servicio Civil 2 Construcción Civil 2
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Ingeniería Eléctrica 2
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Arquitectura 1
Total de Plazas:18
Departamento Financiero
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Básicas de Oficina 1
(PBJ1) Profesional Bachiller Jefe 1 Administración 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Administración 4
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Administración 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Administración 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Administración 9
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2
Administración 18
Economía 1
Contabilidad 4
152
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 3
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración 2
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Contabilidad 3
Total de Plazas:48
Gestión Institucional de Recursos Humanos
(ESC2) Estadístico Servicio Civil 2 Sin Especialidad 1
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Administración de Recursos Humanos
6
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Administración de Recursos Humanos
1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Administración de Recursos Humanos
2
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2
Administración 1
Administración de Recursos Humanos
15
Axiología 1
Gestión Ambiental 1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Auditoría 1
Administración de Recursos Humanos
1
(SSC1) Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración de Recursos Humanos
1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Administración de Recursos Humanos
3
Total de Plazas:37
Departamento de Proveeduría
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Gestión del Almacenamiento 2
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Administración 2
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Administración 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Administración 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Administración 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Derecho 1
Administración 13
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 1
Derecho 1
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración 1
Total de Plazas:26
Departamento de Seguridad y Vigilancia
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Gestión de la Seguridad 1
153
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Gestión de la Seguridad 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Gestión de la Seguridad 1
Total de Plazas:3
Departamento de Transportes
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 13
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Administración 1
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Administración 1
Total de Plazas:15
Dirección de Servicios
(CSC1) Conductor Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PJC3) Profesional Jefe Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Relaciones Públicas 1
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Administración 2
Total de Plazas:7
Departamento de Recepción, Entrega y Servicios complementarios
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 2
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 30
(PJSC1) Profesional Jefe Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
4
(PJSC2) Profesional Jefe Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1A) Profesional Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
4
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
94
Total de Plazas:136
Departamento Servicios Digitalizados
(PJC1) Profesional Jefe Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
1
(PJC2) Profesional Jefe Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC2) Profesional Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1A) Profesional Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
7
(PSC1A) Profesional Servicio Civil 1A Geografía 1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
18
(TSC1) Técnico Servicio Civil 1 Topografía 1
154
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
2
Total de Plazas:32
Sedes Regionales
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
7
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
3
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
28
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
3
(TSC3) Técnico Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
36
Total de Plazas:78
Departamento de Placas
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 6
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
1
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
2
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
7
Total de Plazas:17
Dirección de Informática
(GDI) Gestor de Desarrollo Informático Sin Especialidad 1
(OSC1) Oficinista Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PGI1) Profesional de la Gestión Informática 1 Por definir 1
(PGI2) Profesional de la Gestión Informática 2 Por definir 2
(PSC3) Profesional Servicio Civil 3 Administración 1
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:7
Departamento Infraestructura Tecnológica
(CDI) Coordinador Departamento Informático Sin Especialidad 2
(PGI1) Profesional de la Gestión Informática 1 Sin Especialidad 7
(PGI2) Profesional de la Gestión Informática 2 Sin Especialidad 7
(PI2) Profesional Informático 2 Informática y Computación 1
Total de Plazas:17
155
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
Aseguramiento de la Información
(CDI) Coordinador Departamento Informático Sin Especialidad 1
(PGI1) Profesional de la Gestión Informática 1 Sin Especialidad 2
(PGI2) Profesional de la Gestión Informática 2 Sin Especialidad 2
(PI1A) Profesional Informático 1A Informática y Computación 1
(PI1C) Profesional Informático 1C Sin Especialidad 1
Total de Plazas:7
Departamento de Desarrollo de Soluciones
(CDI) Coordinador Departamento Informático Sin Especialidad 1
(EP) Ejecutivo de Proyectos Sin Especialidad 4
(PGI1) Profesional de la Gestión Informática 1 Sin Especialidad 12
(PGI2) Profesional de la Gestión Informática 2 Sin Especialidad 4
Total de Plazas:21
Departamento Servicio al Usuario de Tecnologías de Información
(CDI) Coordinador Departamento Informático Sin Especialidad 1
(PGI1) Profesional de la Gestión Informática 1 Sin Especialidad 4
(PI1B) Profesional Informático 1B Sin Especialidad 2
Total de Plazas:7
Registro Inmobiliario
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
10
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
2
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
5
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
7
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
7
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
151
(RRN) Registrador de Registro Nacional Registro de Documentos Públicos
9
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
156
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
6
Total de Plazas: 200
Subdirección Catastral
(PBJ1) Profesional Bachiller Jefe Registro de Documentos Públicos
5
(PBJ2) Profesional Bachiller Jefe 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
7
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
30
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
4
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
2
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
35
(RRN) Registrador de Registro Nacional Registro de Documentos Públicos
5
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
7
Total de Plazas: 99
Dirección Instituto Geográfico Nacional
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Geografía 1
(MSC1) Misceláneo de Servicio Civil 1 Labores Básicas de Mantenimiento
1
(MSC2) Misceláneo de Servicio Civil 2 Labores Básicas de Mantenimiento
1
(OSC1) Oficinista Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Geografía 4
Topografía 2
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Geografía 1
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Administración General 1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A
Topografía 3
Geografía 2
Sin Especialidad 1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Topografía 1
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Geografía 9
Geología 1
157
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
Sin Especialidad 1
Topografía 3
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3 Administración 1
Geografía 3
(SSC1) Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TCSC1) Trabajador Calificado de Servicio Civil 1 Topografía 1
(TSC1) Técnico de Servicio Civil 1 Topografía 3
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Topografía 2
Total de Plazas:44
Registro de Propiedad Industrial
(DFI) Dictaminador de Fondo Institucional
Farmacia 2
Ingeniería Química 1
Diseño Industrial 1
Ingeniería Mecánica 1
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PBJ1) Profesional Bachiller Jefe 1 Registro de Documentos Públicos
1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
6
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
2
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
2
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Registro de Documentos Públicos
31
Administración 1
(RRN) Registrador de Registro Nacional Registro de Documentos Públicos
3
(SSC1) Secretaría de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(TSC2) Técnico de Servicio Civil 2 Administración 1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
12
Total de Plazas:69
Registro de Derechos de Autor
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PJI1B) Profesional Jefe Informático 1B Sin Especialidad 1
158
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Administración 1
Registro de Documentos Públicos
4
(RRN) Registrador de Registro Nacional Registro de Documentos Públicos
1
(TSC3) Técnico de Servicio Civil Registro de Documentos Públicos
3
Total de Plazas:12
Registro de Personas Jurídicas
(OSC1) Oficinista de Servicio Civil 1 Labores Varias de Oficina 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
7
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1B) Profesional de Servicio Civil 1B
Administración 1
Registro de Documentos Públicos
3
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
6
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Administración 1
Registro de Documentos Públicos
55
(RRN) Registrador de Registro Nacional Registro de Documentos Públicos
1
(SSC1) Secretaria de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
Total de Plazas:80
Registro de Bienes Muebles
(GSC1) Gerente de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PJSC1) Profesional Jefe de Servicio Civil 1 Registro de Documentos Públicos
5
(PJSC2) Profesional Jefe de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
1
(PJSC3) Profesional Jefe de Servicio Civil 3 Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1A) Profesional de Servicio Civil 1A Registro de Documentos Públicos
1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
1
159
Clase Especialidad Cantidad de Puestos
(PSC2) Profesional de Servicio Civil 2 Registro de Documentos Públicos
27
(PSC3) Profesional de Servicio Civil 3
Administración 1
Registro de Documentos Públicos
74
(RRN) Registrador de Registro Nacional Registro de Documentos Públicos
2
Total de Plazas:115
Plazas que pertenecen al Registro Nacional ubicadas en otras instituciones:
(CSC1) Conductor de Servicio Civil 1 Sin Especialidad 1
(PSC1B) Profesional Servicio Civil 1B Registro de Documentos Públicos
1
(OSC2) Oficinista de Servicio Civil 2 Labores Varias de Oficina 1
(PI2) Profesional Informático 2 Informática y Computación 2
Total de Plazas del Registro Nacional 1215
Fuente: Subproceso Gestión de Servicios del personal, Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos.
160
Lista de titulares que revisaron y actualizaron las funciones de sus unidades
Unidad organizativa Número de oficio
Remitente Fecha de recibido
Firma
Dirección Informática DIN-0779-2018 Randall Álvarez Vargas 19/10/2018
Firma por: Roger Araya Fonseca*
Dirección Derecho de Autor y Derechos Conexos
DAC-202-2018 Vanessa Cohen Jiménez 23/10/2018
Dirección Servicios DSE-1412-2018 Kattia Salazar Villalobos 23/10/2018
Dirección Propiedad Industrial
DPI-0375-2018 Christian Mena Chinchilla 01/11/2018
161
Unidad organizativa Número de oficio
Remitente Fecha de recibido
Firma
Dirección Personas Jurídicas DPJ-0527-2018 Henry Jara Solís 05/11/2018
Dirección Bienes Muebles
DBM-0407-2018 Mauricio Soley Pérez 19/11/2018
* Nota: firma el señor Roger Araya Fonseca, como nuevo Director de Informática, nombrado a partir del 21 de noviembre de 2018.
162
Bibliografía
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN). Guía de Manuales
Administrativos, sin editorial, San José, Costa Rica, mayo de 2009.
Registro Nacional. Manual de Estructura Orgánica, sin editorial, San José, Costa Rica, 26 de
noviembre de 2007.
Ministerio de Justicia y Paz, Registro Nacional. Documento de Reorganización del Registro
Nacional, sin editorial, 09 de julio de 1997.