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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010-2012-MTC/20 Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín - Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000 REPÚBLICA DEL PERÚ MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL LICITACIÓN PÚBLICA N° 0010-2012-MTC/20 EJECUCIÓN DE LA OBRA REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CAJAMARCA – CELENDÍN - BALSAS TRAMO II: Km. 26+000 – Km. 52+000 BASES INTEGRADAS Financiado por: Recursos Ordinarios LIMA - PERU 2012 BASES INTEGRADAS 1

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REPÚBLICA DEL PERÚ

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 0010-2012-MTC/20

EJECUCIÓN DE LA OBRA REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CAJAMARCA –

CELENDÍN - BALSAS TRAMO II: Km. 26+000 – Km. 52+000

BASES INTEGRADAS

Financiado por:

Recursos Ordinarios

LIMA - PERU

2012

BASES INTEGRADAS1

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPITULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1 CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

− Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones, en adelante la Ley.

− Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

− Directivas de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

− Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.− Código Civil.− Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.− Decreto Supremo N° 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y

complementarias. − Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.− Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de

Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

− Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado. MUY IMPORTANTE:Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

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Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASESLas consultas a las Bases serán presentadas por un período mínimo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55º del Reglamento.

1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASESLa decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 55º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas.

La absolución de consultas que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato. MUY IMPORTANTE: No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6 FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES

Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57º del Reglamento.

1.7 ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASESEl Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.El plazo para la absolución no debe exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.La absolución de las observaciones se considerará como parte integrante de las Bases y del Contrato.

MUY IMPORTANTE: No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

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1.8 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCEEl plazo para solicitar la elevación de observaciones al OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

El Comité Especial, cuando corresponda, deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE, debiendo bajo responsabilidad remitir las Bases y los actuados del proceso de selección a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación por el participante.

1.9 INTEGRACIÓN DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad o por el OSCE, de ser el caso.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento.

De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.10 CALIFICACIÓN PREVIA

No corresponde

1.11 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCE DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica

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complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato N° 01).

1.12 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el calendario del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor.

El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica.A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario procederá a

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colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario, por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen1.

1.13 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre N° 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta económica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta.

1.14 EVALUACIÓN DE PROPUESTASLa evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:Propuesta Técnica : 100 puntosPropuesta Económica : 100 puntos

1.14.1 Evaluación Técnica

Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.14.2 Evaluación Económica

1 Deberá tenerse en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante no viciará el proceso.

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Si la propuesta económica excede en más del 10% o es menor al 90% del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE Oi

Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.

1.15 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se determinará de conformidad con lo indicado en el numeral 1.12.3 de la presente sección.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario, por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.16 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

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Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

1.17 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

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CAPITULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 Recurso de apelación

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. En los procesos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del proceso determinará ante quién se presentará el recurso de apelación.

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.

El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPITULO III

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta el

consentimiento de la liquidación final; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el

caso; Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el Registro

Nacional de Proveedores; Análisis de Precios Unitarios correspondiente a su propuesta económica; Certificado de habilidad de los profesionales propuestos; Calendarios de Avance de Obra valorizado en concordancia con el

cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo;

Calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado;

El desagregado de partidas que dio origen a su propuesta, en caso de obras convocadas a suma alzada.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el consentimiento de la liquidación y se efectúe el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

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3.4 DE LAS GARANTÍAS3.4.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA

Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

3.4.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

3.4.3. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.4 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.

3.5 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la ejecución de la obra y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta

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por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL CONTRATO

3.6 DEL PRECIO

La oferta será formulada en estricta concordancia con los metrados correspondientes a cada partida. Al formular su propuesta, el postor tendrá en cuenta todos los insumos a utilizar en la obra.

Los costos para cada una de las partidas serán ofertados en nuevos soles y las valorizaciones que se deriven estarán sujetas a reajustes, de acuerdo a la fórmula polinómica considerada en el expediente técnico y en aplicación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

3.7 RESIDENTE DE OBRA

Persona natural designada por el contratista y en concordancia con su propuesta técnica, el cual será un ingeniero o arquitecto colegiado, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, que acredite que se encuentra hábil en el ejercicio de la profesión.

El residente de obra, por su sola designación representa al Contratista, para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.

La sustitución del Residente solo procederá previa autorización escrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultades suficientes para ello, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad. Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento se considerará aprobada la solicitud. El reemplazante deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado.

3.8 SUPERVISOR Persona natural2 encargada de velar por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato, debiendo cumplir por lo menos con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el Residente de la Obra.

Recibirá todas las facilidades necesarias del Contratista para el cumplimiento de su función, las cuales estarán estrictamente relacionadas con ésta.

3.9 CUADERNO DE OBRA

En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el Inspector/Supervisor y por el Residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.

El Cuaderno de Obra deberá tener una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de ellas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor (el que se haya designado). El original de dicho Cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente, no

2 En el caso que el supervisor de la obra sea una persona jurídica, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente de la obra.

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pudiendo impedirse su acceso3 al mismo. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.

3.10 OCURRENCIAS

Son hechos relevantes relacionados con la ejecución de la obra que deben ser anotados en el Cuaderno de Obra, firmando al pie de cada anotación el Inspector/Supervisor o el Residente, según quien sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente a la Entidad por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita.

3.11 ADELANTOS

3.11.1ADELANTO DIRECTO

La Entidad entregará al Contratista, dentro de los siete (7) días naturales de presentada formalmente la solicitud por escrito, adjuntando la correspondiente garantía y el comprobante de pago correspondiente, el adelanto hasta el veinte por ciento (20%) del monto del contrato original, siempre que haya sido solicitado por el Contratista dentro de los ocho (8) días siguientes de la suscripción del contrato.

3.11.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS

Se otorgará para la adquisición de materiales o insumos, hasta el cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista, adjuntando la correspondiente garantía.

3.12 INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA

El plazo de ejecución de obra inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones establecidas en el artículo 184º del Reglamento:

a. Que se designe al Inspector o supervisor, según corresponda. b. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra

completo.c. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se

ejecutará la obra.d. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las

condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 187º del Reglamento.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo de ejecución contractual iniciará al día siguiente de cumplirse todas las demás condiciones estipuladas en el contrato o en las Bases.

3.13 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD

La Entidad es responsable por las modificaciones que ordene o apruebe respecto del Expediente Técnico, estudios, informes o similares, o por aquellas que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los

3 De acuerdo con el artículo 194º del Reglamento, si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias será causal de aplicación de multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de dicho impedimento.

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mismos, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a quienes elaboraron el proyecto.

3.14 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO

Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774º del Código Civil.

3.15 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en el artículo 50º de la Ley, que establece, entre otros, un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras no menor de siete (07) años.

Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, construcción, ejecución, recepción de obra, liquidación de obra, etc., no contemplados en esta sección o en las Bases se regirán por la Ley y su Reglamento.

3.16 DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I

GENERALIDADES1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través del Proyecto

Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL

RUC N°: 20503503639

1.2 DOMICILIO LEGALJr. Zorritos N° 1203, piso 3A Cercado de Lima.

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIAEl presente proceso tiene por objeto la Contratación del Contratista que ejecutará el “Saldo de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín – Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000”.

1.4 VALOR REFERENCIAL4

El valor referencial asciende a S/. 62 567 279,85 (Sesenta y Dos millones Quinientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Setenta y Nueve con 85/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de Octubre del 2011, de acuerdo al Estudio definitivo aprobado con Resolución Directoral N° 221-2012-MTC/20.

Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a:

90 % del Valor Referencial Valor Referencial 110% del Valor

Referencial S/. 56 310 551,87(Cincuenta y Seis

Millones Trescientos Diez Mil Quinientos Cincuenta

y Uno con 87/100 Nuevos Soles)

S/. 62 567 279,85 (Sesenta y Dos

millones Quinientos Sesenta y Siete Mil

Doscientos Setenta y Nueve con 85/100

Nuevos Soles)

S/. 68 824 007.83(Sesenta y Ocho Millones Ochocientos Veinticuatro Mil Siete y 83/100 Nuevos

Soles)

Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial, conforme al artículo 76º del Reglamento. El plazo para otorgar la buena pro no excederá de diez (10) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular.

1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓNEl expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Vice Ministerial N° 371 - 2012- MTC/02 el 24 de febrero 2012.

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTORecursos Ordinarios.

1.7 SISTEMA DE CONTRATACIÓN4 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del

valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas, sin perjuicio de las acciones que el Titular de la Entidad ejecute en virtud al artículo 58º de la Ley, de ser necesario.

BASES INTEGRADAS17

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El presente proceso se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOSEl requerimiento está definido en el Capítulo III de la presente sección.

1.9 BASE LEGAL Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2012. Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del

Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento del

Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.

Decreto Supremo N° 021-2009-EF - Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Directivas de OSCE. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Código Civil. Ley Nº 26572, Ley General de Arbitraje Las demás normas vigentes, según corresponda.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

1.10 LOCALIZACIÓN DE LA OBRA La obra se encuentra localizada en:

Provincia : Cajamarca y CelendínDepartamento : CajamarcaRegión : Cajamarca

1.11 PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA El plazo de ejecución de la obra es de 360 (Trescientos Sesenta) días calendarios.

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CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN5

Convocatoria………………………………………….……: 27.04.2012 Registro de Participantes……………………………..: 02.05.2012 al 24.08.2012 Formulación de Consultas ……………………………: 02.05.2012 al 08.05.2012 Absolución de Consultas …………………………….: 15.05.2012 Formulación Observaciones a las Bases…………: 16.05.2012 al 22.05.2012 Absolución de Observaciones a las Bases………: 29.05.2012 Integración de las Bases……………………………...: 23.08.2012 Presentación de Propuestas…………….………......: 03.09.2012

El acto público se realizará en la Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONAL, sito Jr. Zorritos N°1203, Piso 3-A, a las 10:00 horas

Calificación y Evaluación de Propuestas…………..: 04.09.2012 al 11.09.2012 Otorgamiento de la Buena Pro….…………………….: 12.09.2012

El acto público se realizará en en la Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONAL, sito Jr. Zorritos N°1203, Piso 3-A, a las 10:00 horas

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizará en el 3° piso, sector A, Área de Procesos de Selección, sito en Jr. Zorritos 1203 - Cercado de Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 13:00 horas y de 14:00 a 17:30 horas, previo pago de la suma S/.100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación, los mismos que serán cancelados en el Área de Tesorería, ubicada en el 4° piso, sector B.En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción.

2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Jr. Zorritos N° 1203 – Cercado de Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 horas a 16:30 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité Especial del LICITACIÓN PÚBLICA N° 0010-2012-MTC/20, (Según Formato Nº 02) pudiendo acompañar opcionalmente un archivo digital en formato MS. WORD conteniendo las consultas y/u observaciones.

MUY IMPORTANTE, no se absolverán consultas y/u observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente, presenten en oficina distinta a lo indicado en el párrafo anterior, o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

2.4 CALIFICACIÓN PREVIA No corresponde

5 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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2.5 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en la Sala de Licitaciones de PROVIAS NACIONAL, sito Jr. Zorritos N°1203, Piso 3-A, a las 10:00 horas, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario público.

Para el caso de la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior presentación, la cual necesariamente deberá ser previa a la firma del contrato. Dichos documentos deberán estar debidamente legalizados por el Consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea favorecido con la buena pro.

Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 0010-2012-MTC/20, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Los actos de recepción de propuestas, apertura de sobres, y otorgamiento de la Buena Pro, se llevarán a cabo en Acto Público, el mismo que se realizará con la participación de Notario Público y un veedor del órgano de control institucional quien deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del veedor no vicia el proceso. (artículo 64º del Reglamento).

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con

BASES INTEGRADAS20

SeñoresPROVIAS NACIONALJr.Zorritos Nº 1203, Lima 1Att.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N° N° 0010-2012-MTC/20 Contratación del Contratista que ejecutará la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA (Original + 02 copias)

SeñoresPROVIAS NACIONALJr.Zorritos Nº 1203, Lima 1Att.: Comité Especial

LICITACIÓN PÚBLICA N° N° 0010-2012-MTC/20 Contratación del Contratista que ejecutará la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

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carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntara el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato N° 1). En caso los postores sean personas jurídicas extranjeras, se aceptará la documentación registral emitida por autoridad competente del país de origen (Formato N° 01). Cuando el postor sea un consorcio, se podrán optar por alguna de las siguientes alternativas:

El representante común del consorcio designado en la promesa de consorcio acreditará su representación con copia simple de dicho documento firmado por los representantes de la totalidad de las consorciadas, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición del suscribiente, en el caso de las consorciadas que sean personas jurídicas. En el caso de las consorciadas que sean personas naturales no se requerirá documentación adicional a la suscripción de la promesa de consorcio en donde se designa al representante del consorcio.

Un apoderado designado por los representantes legales de cada consorciada específicamente para la presentación de la propuesta en el acto público. En estos casos la representación se acreditará con las cartas poder simples, conjuntas o por separado, suscritas por los representantes legales de las empresas consorciadas, debiendo adjuntarse el documento registral vigente que acredite la condición de éste. Las consorciadas que sean personas naturales deberán presentar únicamente la carta poder simple correspondiente.

Un apoderado designado por el representante común del consorcio establecido en la promesa de consorcio. En este supuesto deberá presentarse carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio establecido en la promesa de consorcio, copia simple de la promesa formal de consorcio firmada por los representantes de la totalidad de las consorciadas, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición del suscribiente, en el caso de las consorciadas que sean personas jurídicas. En el caso de las consorciadas que sean personas naturales no se requerirá documentación adicional a la suscripción de la promesa de consorcio en donde se designa al representante del consorcio.

El documento registral vigente que consigne la designación del representante legal se refiere a la vigencia de poder u otro documento emitido por la Oficina de Registros Públicos. La antigüedad debe ser no mayor de 60 días calendarios desde la fecha de presentación de la propuesta, siendo responsabilidad del postor que dicho documento se ajuste a la verdad. En caso, el documento registral tenga una fecha de vigencia superior a la establecida en la Bases la propuesta será rechazada por el Comité Especial, teniéndose por no presentada.

En caso el documento registral que se presente se encuentre en un idioma distinto al castellano, deberá acompañarse la traducción respectiva, la cual deberá haber sido realizada por un traductor público juramentado. Asimismo, en la medida que el documento registral es emitido por una autoridad pública extranjera, de manera previa a la firma del contrato, deberá presentarse el documento en cuestión legalizado por el consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El acto público de presentación de propuestas, se iniciara cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron como participantes. Si al momento de ser llamado el participante no se encontrase presente, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

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Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen los documentos de cada postor y verificara que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases. De no ser así, el Comité Especial, devolverá los documentos al postor, salvo que este exprese su disconformidad, en cuyo caso, se anotara tal circunstancia en el acta y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento que el postor formule apelación. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Después de abierto cada sobre de cada uno de los postores, que contiene propuestas técnicas y económicas. el Notario procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de la documentación.

En la fecha señalada en el calendario del proceso y en acto público, el Comité Especial dará a conocer los resultados de la propuesta técnica, precisando que postores acceden a la etapa de apertura de los Sobres que contengan la propuesta económica.

CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

2.5.1.SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA:

Se presentará en un (1) original y(02) copias6 El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos7 la siguiente documentación:Documentación de presentación obligatoria:

i) Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, en el Registro de ejecutor de obra.

ii) Declaración Jurada de datos del postor.Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.

iii) Declaración jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección y documentación que acredite los mismos, tales como: Anexo 04, Anexo 05, Anexo N° 06, Anexo 07, Copia simple del Título Profesional, Constancias o Certificados de la experiencia del personal propuesto, Declaración Jurada del proveedor por cada uno de los profesionales a través de la cual señale que el profesional propuesto se encuentra colegiado y habilitado para ejercer su profesión, Declaración Jurada del profesional en la que se comprometen que de ser favorecido con la Buena Pro la empresa que lo propone, presentará previo al inicio de la Ejecución de la Obra establecido por la Entidad, la colegiatura y el certificado de habilidad del colegio profesional correspondiente en el Perú.

iv) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 02.

v) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. Anexo Nº 03

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus 6 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el

número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

7 La omisión del índice no descalifica la propuesta ya que su no presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

BASES INTEGRADAS22

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integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

Documentación relacionada a los Requerimientos Técnicos Mínimos:

vi) Declaración Jurada de Plazo de Ejecución. Anexo N° 04En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración

jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.

vii) Requerimientos mínimos de Personal Profesional, Anexo N° 05 acompañado del Anexo N° 06, Declaración Jurada de Compromiso de los profesionales propuestos.

viii) Requerimientos de Equipo Mínimo, Anexo N° 07 de acuerdo a lo precisado en el Capítulo III. Declaración jurada

ix) Declaración Jurada del profesional propuesto como Residente comprometiéndose a ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato

MUY IMPORTANTE:La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.

Documentación de presentación facultativa:

i) Experiencia en Obras en General, ejecutadas por el Postor los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de Propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta Cinco (05) veces el Valor Referencial de la Obra materia de la Convocatoria; el postor acreditará la experiencia mediante la presentación de copia simple del contrato acompañado con su respectiva acta de recepción y conformidad. Siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final. Esta declaración será presentada en el Anexo N° 08: Relación de Obras en General. “Las obras presentadas para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar la experiencia en obras en general

A efectos de acreditar la experiencia de todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomara en cuenta el íntegro del monto de dichos contratos; sin embargo, cuando las obras presentadas hayan sido ejecutadas en Consorcio, deberá indicarse el porcentaje (%) de participación que corresponda, presentando para tal efecto el Contrato de Asociación o documento emitido por el contratante, que servirá para la asignación del puntaje proporcional respectivo.

Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial (Octubre 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la

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obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.

Respecto a las obras desarrolladas en tramos se aceptarán siempre y cuando cada tramo cuente con su propio contrato. Será válida la experiencia adquirida como subcontratista en obras públicas o privadas, debiendo cumplir con los requisitos precisados para las obras ejecutadas como contratista. La experiencia debe ser acreditada con copias simples de los Sub Contratos y Certificados de Conformidad o Ejecución de Subcontrato, o Acta de recepción de obra o Liquidación de obra (Subcontrato), donde se indique el monto final del Subcontrato respectivo.

Definición de Obras en General: Son todas aquellas obras contenidas en el numeral 33 del anexo de Definiciones del Reglamento, ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años.

ii) Experiencia de Obras Similares, ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de Propuestas, por un máximo acumulado equivalente al Valor Referencial de la Obra materia de la presente Licitación, siendo el valor mínimo de cada obra similar el quince por ciento 15% del Valor Referencial. Acreditadas con copias simples de los contratos y Sub Contratos de naturaleza y complejidad similares, el postor acreditará la experiencia mediante la presentación de copia simple del contrato acompañado con su respectiva acta de recepción y conformidad. Siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final. Esta declaración será presentada en el Anexo N° 09: Relación de Obras Similares.

A efectos de acreditar la experiencia de todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomara en cuenta el integro del monto de dichos contratos; sin embargo, cuando las obras presentadas hayan sido ejecutadas en Consorcio, deberá indicarse el porcentaje (%) de participación que corresponda, presentando para tal efecto el Contrato de Asociación o documento emitido por el contratante, que servirá para la asignación del puntaje proporcional respectivo.

Será válida la experiencia adquirida como subcontratista en obras públicas o privadas, debiendo cumplir con los requisitos precisados para las obras ejecutadas como contratista. La experiencia debe ser acreditada con copias simples de los Sub Contratos de naturaleza y complejidad similares, Certificados de Recepción y Conformidad de obra o Ejecución de Obra o Acta de Recepción Final de Obra (donde manifieste su conformidad) o Liquidación de obra (Subcontrato), donde se indique el monto final del Subcontrato respectivo.

Para el caso de obras con empresas privadas o en el extranjero donde no se empleen actas de recepción se deberá presentar copia del contrato y el documento que haga las veces del acta de recepción. De presentar estas obras en el factor de cumplimiento en la ejecución de obras, deberá indicar expresamente, que han sido ejecutados sin penalidades y/o multas y/o sanciones.

En los casos de Contratos con base legal extranjera que solicitan que una vez culminada la ejecución de la obra y recepcionada, se inicie una etapa

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de garantía o mantenimiento, se aceptará como experiencia para acreditar Experiencia en Obras Generales y Obras Similares, la parte correspondiente a la ejecución de la Obra, siempre y cuando se presente una Acta de Recepción Provisional, o similar, sin observaciones para dicha prestación; y se especifique fehacientemente en dicho contrato tal situación. En caso contrario, no se tomará en cuenta como experiencia del postor.

La información existente en uno o más Anexos al Certificado de Culminación emitidos por la misma Entidad, forman parte del Certificado de Culminación de un Contrato, y pueden acreditar la Experiencia en obras generales y obras similares, siempre y cuando cumplan con lo establecido en las Bases.

Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial (Octubre 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.

Definición de Obras Similares: Obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o tratamiento superficial bicapa, fuera del ámbito urbano.

Para acreditar el factor “experiencia del postor”, tanto en obras en general como en obras similares, deberán presentar contratos con su respectiva acta de recepción y conformidad, siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final.

En ese sentido, se precisa que la acreditación de la experiencia del postor podrá realizarse con: i) copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción y conformidad, ii) copia simple de contratos y la resolución de liquidación de obra, o iii) copia simple de contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que la obra fue concluida , siendo que, en este supuesto, dicha documentación deberá consignar el monto total de la obra.

iii) Para la acreditación del factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” se deberá acompañar el respectivo formato documentado, Copia simple de contratos con conformidad o constancias o certificados (Anexo10). La experiencia del personal propuesto podrá acreditarse con la presentación de i) contratos y su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto.

iv) Para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá requerirse: Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades, en un máximo de diez (10) contratos, Anexo N° 11.

El factor en mención se podrá acreditar a través de certificados, constancias, resoluciones o cualquier otra documentación,

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independientemente de su denominación, de la cual se desprenda, de manera fehaciente e indubitable, que la obra fue ejecutada y liquidada sin haber incurrido en penalidades, no debiendo limitarse el número de documentos con los que se acreditarán las relaciones contractuales y sus respectivas liquidaciones. Sin perjuicio de lo indicado, siempre que se cuente con documentos que acrediten, por un lado, la ejecución, y por otro, la liquidación de la misma obra, deberá tenerse en cuenta que será el segundo documento el que se considerará válido para efectos de la acreditación.

Con respecto a la denominación “liquidación” se aceptará otras denominaciones equivalentes para contratos celebrados en el extranjero. Sin embargo, el documento deberá indicar expresamente que no se incurrió en penalidades y/o multas y/o sanciones.

La asignación de puntajes se ha precisado en el CAPITULO IV – SECCION ESPECIFICA – CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN, “Factores y criterios de evaluación”.

2.5.2 SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA8 El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

i) Oferta económica en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al Anexo Nº12, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. El monto total de la Propuesta será en nuevos soles.

ii) Presupuesto Detallado

El postor formulará su propuesta ofertando precios unitarios cumpliendo las partidas contenidas en el Formato Nº 03. Se presentará el Presupuesto Detallado por partidas, indicando el monto por separado de Gastos Generales Variables y Gastos Generales Fijos, así como la utilidad y el porcentaje que les corresponde con respecto al costo directo.

Luego de la suma del costo directo, gastos generales y utilidad, se indicará el Subtotal, al cual se le aplicará el Impuesto General a las Ventas (IGV) que corresponda, del Sub Total anterior y finalmente se indicará el total de la propuesta.

iii) Carta fianza por la Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 1’200,000.00 (Un Millón Doscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles). en conformidad con el artículo 157° del Reglamento.

2.6 Determinación del puntaje totalUna vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

8 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.

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PTPi = Puntaje total del postor iPTi = Puntaje por evaluación técnica del postor iPEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30

El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva

2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATOAdicionalmente, conforme a los artículos 141º y 183º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, se requerirá, los siguientes documentos9:

a) Copia de DNI del Representante Legal;b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa

cuya vigencia no tenga antigüedad mayor a 60 días a la fecha de la suscripción del contrato.

c) Copia de la constitución de la empresa o Consorcio y sus modificatorias debidamente actualizado; y designación de representante común.

d) Copia del RUC de la empresa; o Consorcio de correspondere) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el

Estadof) Constancia de Capacidad Libre de Contratación expedida por el

Registro Nacional de Proveedores.g) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder;h) Certificado de habilidad de todos los profesionales propuestos. i) Calendarios de Avance de Obra Valorizado, en concordancia con el

cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo.

j) Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos, necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado.

k) Diagramas GANTT y PERT – CPM, que deberán ser elaborados utilizando un Software de Programación de Obras, en los que se indicará en forma clara y precisa las actividades, señalando la ruta crítica que deberá de concordar con la oferta económica del Postor, así como con las Adquisiciones de Materiales e Insumos.

l) Análisis de Precios Unitarios que dieron origen a su propuesta económica, así como desagregado de sus Gastos Generales de acuerdo al expediente técnico.

m) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

n) Carta Fianza por el cumplimiento del contrato

2.8 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATOEl plazo para la suscripción del contrato será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente de recibida la citación de la Entidad, debiendo acercarse el Representante Legal del postor para la suscripción con la documentación solicitada en el numeral anterior, salvo el caso de la documentación de los literales i), j), k), y l), la cual deberá ser presentada con cinco (05) días de anticipación para su revisión. La citada

9 Cada Entidad deberá definir si solo requerirá de la presentación de estos documentos o adicionar algún otro.

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documentación deberá ser presentada en la Oficina de trámite documentario de PROVIAS NACIONAL sito en Jr. Zorritos N° 1203 1er. Piso.

De formularse observaciones a la documentación de los literales i), j), k), l) y n), el postor ganador se obliga a la subsanación de las mismas, previo a la suscripción del contrato, caso contrario se considerará que no se presentó dentro del plazo otorgado para suscribir el contrato.

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CAPÍTULO III

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

SALDO DE OBRA: REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CAJAMARCA – CELENDIN – BALSAS; TRAMO II: Km. 26+000 – Km. 52+000.

1. Experiencia del Personal Propuesto: El personal propuesto debe cumplir con el requerimiento técnico mínimo siguiente:

Cantidad Cargo Requisito Técnico Mínimo

1 Ingeniero ResidenteIngeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima como residente, Jefe de supervisión y/o Inspector de obras similares.

1 Jefe de Oficina de Ingeniería(Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Jefe de Oficina de Ingeniería o Especialistas en Metrados, Costos, Presupuestos y Valorizaciones en obras similares en el cargo.

1 Ingeniero de ProducciónIngeniero Civil, o Ingeniero de Transportes, o Ingeniero Industrial colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Suelos y Pavimento

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Obras de Arte y Drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Especialista en Obras de Arte y Drenaje o Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Impacto Ambiental

Profesional colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Especialista en Impacto Ambiental o Especialista en medio Ambiente en obras similares en el cargo.

1 Jefe de Oficina Técnica Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Responsable de Control de Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Especialista en Trazo y Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Especialista en Trazo y Topografía o Ingeniero Especialista en Topografía en obras similares en el cargo.

1 Ing. Responsable de Contratos Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Responsable de Seguridad Profesional colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Ingeniero Asistente de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Asistente en Impacto Ambiental (Medio, Físico Biológico)

Profesional colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Asistente en Impacto Ambiental o Medio Ambiente o Ingeniero Especialista en medio Ambiente en obras similares en el cargo.

1 Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos sociales)

Profesional Antropólogo o Sociólogo colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

Estos Requisitos deberá ser acreditado con:- Copia del Título profesional- Declaración Jurada del proveedor por cada uno de los profesionales a través

de la cual señale que el profesional propuesto se encuentra colegiado y habilitado para ejercer su profesión.

- Declaración Jurada del profesional en la que se comprometen que de ser favorecido con la Buena Pro la empresa que lo propone, presentará previo al inicio de la Ejecución de la Obra establecido por la Entidad la colegiatura y el certificado de habilidad del colegio profesional correspondiente en el Perú.

- La experiencia del personal propuesto podrá acreditarse con la presentación de i) contratos y su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados

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o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto.

- Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra indicada de firmarse el contrato.

Definición de Obras Similares: Se considerará como Obras Similares a las obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o Tratamiento Superficial Bicapa, fuera del ámbito urbano.

Para el caso de los contratos de obras de empresas extranjeras, se aceptará la descripción “Construcción y Pavimentación de la carretera…”, y/o “Pavimentación de la carretera……”. siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto en caliente y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización, etc.

2. Requerimiento de equipo mínimo.La relación del Equipo Mínimo está en la página 102 del Volumen 7, Tomo 1 de 2, Análisis de Precios Unitarios “Carretera Cajamarca - Celendin; Tramo II: Km. 26+000 – Km. 52+000”.

- Se podrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor.- Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y

Equipos mínimo ofertado..- Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigüedad no mayor de diez (10)

años- Previo a la suscripción del contrato presentará la relación del Equipo Mínimo

ofertado indicando el número de serie y/o placa, potencia, capacidad, compromiso de alquiler y documentos de propiedad, y ubicación de cada equipo ofertado.

3. Finalidad Pública: Mejorar y asegurar una adecuada transitabilidad del transporte de carga y pasajeros de la Carretera Cajamarca – Celendín - Balsas, Tramo II: Km. 26+000 – Km. 52+000, ubicada en el Departamento de Cajamarca, permitiendo contar una adecuada infraestructura vial en condiciones de continuidad, fluidez y seguridad, reduciendo costos operativos vehiculares y tiempos de viaje.

4. Plazo de ejecución de obra: El plazo de ejecución de la obra es: Trecientos Sesenta (360) días calendario.El plazo de la ejecución del contrato será desde la suscripción del mismo hasta su liquidación final consentida.

5. Responsabilidad del Contratista: La responsabilidad del contratista por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de la obra ejecutada, será de siete (07) años, contados a partir de la recepción de la obra, de conformidad al Artículo 50º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.L. Nº 1017.

6. Sistema de Contratación: Será a PRECIOS UNITARIOS

7. Disponibilidad del terreno: Con disponibilidad física del terreno, según el Memorándum N° 1812-2012-MTC/20.6 del 18 de abril 2012.

RELACION DE EQUIPO MINIMO  ITEM DESCRIPCION CANTIDAD

1 CAMION CISTERNA 4X2 (AGUA) 2,000 GAL. 2

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2 CAMION IMPRIMADOR 6x2 178-210HP 1800 GLS. 13 CAMION VOLQUETE 6X4 420 HP, 15 M3 164 CAMIONETA 4X2 PICK UP CABINA SIMPLE 84 HP 15 CARGADOR SOBRE LLANTAS 125-155 HP 3.0 YD3 56 CARGADOR SOBRE LLANTAS 160-195 HP 3.5 YD3 17 CARGADOR SOBRE LLANTAS 200-250 HP 4.0-4.1 YD3 18 CHANCADORA PRIMARIA 15 x 24 30HP 46-70 Ton/hora 19 CHANCADORA SECUNDARIA 15 x 24"S 30HP 46-70 Ton/hora 110 COMPRESORA NEUMATICA 250-330 PCM, 87 HP 111 COMPRESORA NEUMATICA 600-690 PCM, 196 HP 312 CAMION GRUA DE 5 TON. 113 GRUPO ELECTROGENO DE 116 HP 75 KW. 214 GRUPO ELECTROGENO DE 140 HP, 90KW 115 GRUPO ELECTROGENO DE 230HP, 150 KW. 216 MARTILLO NEUMATICO 29 Kg. 717 MINICARGADOR 70 HP, 0.5YD3 118 MOTONIVELADORA DE 145-150 HP 119 MOTOSOLDADORA 520 PAVIMENTADORA S/ORUGAS 105 HP 10' 121 PLANTA DE ASFALTO EN CALIENTE 65-115 T/HR. 122 RETROEXCAVADOR S/ORUGAS 115-165 HP, 0.75-1.60 YD3 223 RETROEXCAVADORA S/LLANTAS 58 HP, 1YD3 124 RODILLO LISO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO 101-135HP 10-12T 225 RODILLO NEUMATICO AUTOPROPULSADO 135 HP 9.6 TON 126 RODILLO TANDEM VIBR. AUTOPROPULSADO 130 HP 11TON 127 TRACTOR SOBRE ORUGA DE 140-160 HP 128 TRACTOR SOBRE ORUGA DE 190-240 HP 429 VIBRADOR DE CONCRETO 4 HP 1.50" 230 ZARANDA VIBRATORIA 4" X 6" X 14 3

  TOTAL  

El Postor a su costo en su oferta, puede considerar equipo de mejores características que las solicitadas

La liberación de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra, así como la compensación a los propietarios de los predios afectados es responsabilidad de provías nacional; por tanto, no está incluido en el presupuesto de obra.

En caso de afectaciones a propietarios y/o terceros derivadas de deficiencias en el proceso constructivo o de la aplicación de procedimientos no contemplados en el expediente técnico, serán de entera responsabilidad del contratista.

PROVÍAS NACIONAL entregará al contratista las áreas necesarias para la ejecución de la obra en forma oportuna y en concordancia con el programa de ejecución de obra.

Forma parte del presente capítulo, el Expediente Técnico, las absoluciones de las consultas y observaciones que corresponden al Expediente Técnico.

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CAPITULO IVCRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)A. Factor “Experiencia en obras en general” 10

Se calificará considerando las obras en general ejecutadas por el postor en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la obra materia de convocatoria.

Incluye a todas las obras ejecutadas por los postores.

a. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras en General por un monto acumulado igual o menor a una (01) vez el va-lor referencial (S/. 62 567 279,85 Nuevos Soles) se le asig-nará cero (00) puntos.

b. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras en General por un monto acumulado mayor o igual a cinco (05) veces el valor referencial (S/. 312 836 399.25 Nuevos Soles) se le asignará Quince (15) puntos.

Para montos intermedios se considerará interpolación lineal

15 puntos

B. Factor “Experiencia en obras similares”

Se calificará considerando las obras similares ejecutadas en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado equivalente al valor referencial de la obra materia de convocatoria, siendo el valor mínimo de cada obra similar el quince por ciento (15%) del valor referencial.

Únicamente se calificaran aquellas obras iguales o similares al objeto de la convocatoria.

a. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras Similares por un monto acumulado igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del valor referencial. (S/. 31 283 639.925 Nuevos Soles) se le asignará cero (00) puntos.

b. Al postor que demuestre haber ejecutado Obras Similares por un monto acumulado igual o mayor a una (1) vez el valor referencial. (S/. 62 567 279.85 Nuevos Soles) se le asignará treinta y cinco (35 puntos)

Para montos intermedios se considerará interpolación lineal

La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar experiencia en obras en general.

35 puntos

C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto”

c.1 Ingeniero Residente de Obra

Experiencia mayor o igual a 5 años como Residente de obra……….…………………………………………………………….Diez (10) puntos.Experiencia igual o menor a 2 años como Residente de Obra …………………………………………………………………………….cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

35 puntos

10 Para evaluar la experiencia de postores que presenten contratos ejecutados en consorcio deberá acompañarse la documentación que sustente cuál ha sido el porcentaje de su participación en dicho consorcio, de lo contrario no podrá considerarse la experiencia proveniente de dicho contrato.

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c.2 Jefe de Oficina Ingeniería (Planeamiento y Costos)Mayor o igual a 2 años en la especialidad ………………..tres (03) puntosMenor o Igual a 1 años en la especialidad…………………………. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.3 Ingeniero de producciónMayor o igual a 2.5 años en la especialidad ………………..tres (03)

puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.4 Jefe de Oficina TécnicaMayor o igual a 2 años en la especialidad ………………..dos (02) puntoMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.5 Ingeniero Responsable de Control de CalidadMayor o igual a 2 años en la especialidad ………………..dos (02) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.6 Ingeniero Especialista en Trazo y TopografíaMayor o igual a 3 años en la especialidad ………………..tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.7 Ingeniero Responsable de ContratosMayor o igual a 2 años en la especialidad ………………..uno (01) puntoMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.8 Ingeniero Responsable de SeguridadMayor o igual a 2 años en la especialidad ………………..uno (01) puntoMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.9 Especialista en Suelos y pavimentosMayor o igual a 3 años en la especialidad ………………..cuatro (04)

puntosMenor Igual a 1 año en la especialidad …………………………….. cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.10 Especialista en Obras de Arte y DrenajeMayor o igual a 3 años en la especialidad ……………..tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad ………………………cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.11 Especialista en Impacto ambientalMayor o igual a 3 años en la especialidad ………………. tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad ……………… ………...cero (00)

puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

BASES INTEGRADAS33

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Se evaluará en función a la experiencia en la especialidad requerida (Cargo) en obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o Tratamiento Superficial Bicapa, fuera del ámbito urbano

D. Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”Se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó o liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades, hasta un máximo de diez (10) contratos de obra en general y/o similares.se utilizará la siguiente fórmula de evaluación:

PCP= PF x CBCNC

Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postorPF = Puntaje máximo del FactorNC = Número de contrataciones presentadas para

acreditar la experiencia del postor CBC = Número de constancias de buen cumplimento de la

prestación Asimismo, el factor podrá ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que conste o se evidencie que la prestación presentada para acreditar la experiencia fue ejecutada sin penalidades, independientemente de la denominación que tal documento reciba. Debe tenerse presente que, en caso la experiencia se haya acreditado con un número mayor de diez obras, para la aplicación de la fórmula propuesta, se considerará que se han presentado únicamente diez (10), ya que tal es el número máximo de constancias de cumplimiento permitidas por la normativa.

El factor en mención se podrá acreditar a través de certificados, constancias, resoluciones o cualquier otra documentación, independientemente de su denominación, de la cual se desprenda, de manera fehaciente e indubitable, que la obra fue ejecutada y liquidada sin haber incurrido en penalidades, no debiendo limitarse el número de documentos con los que se acreditarán las relaciones contractuales y sus respectivas liquidaciones. Sin perjuicio de lo indicado, siempre que se cuente con documentos que acrediten, por un lado, la ejecución, y por otro, la liquidación de la misma obra, deberá tenerse en cuenta que será el segundo documento el que se considerará válido para efectos de la acreditación.

Notas: 1. Los certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En caso la experiencia se haya acreditado con un número mayor de diez obras, para la aplicación de la fórmula propuesta, se considerará que se han presentado únicamente diez (10), ya que tal es el número máximo de constancias de cumplimiento permitidas por la normativa.

15 puntos

PUNTAJE TOTAL 100 PUNTO

S

LOS FACTORES DE EVALUACIÓN NO PUEDEN CALIFICAR CON PUNTAJE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS.

BASES INTEGRADAS34

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PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE SESENTA (60) PUNTOS.

En caso de profesionales extranjeros, se adjuntará COPIA SIMPLE de su título profesional y documento que acredite su inscripción en el Colegio Profesional de su país de origen, similar al Colegio Profesional del Perú. Si se diese el caso que en su país la colegiatura no es obligatoria, el postor debe acreditar dicha situación. De encontrarse los documentos en un idioma distinto al castellano, acompañará de la traducción respectiva, la cual deberá haber sido realizada por un traductor público juramentado.

Los profesionales extranjeros, que no ostenten la denominación usual de los profesionales, serán aceptados como equivalentes, siempre que sus títulos profesionales estén validados por las autoridades competentes del Perú, como equivalentes a la profesión requerida en las Bases

La evaluación de la experiencia y calificación del Ing. Residente y los Especialistas se realizará en base a la sumatoria del tiempo efectivo en el cargo requerido, a ser informado de acuerdo a lo indicado en el Anexo N° 10. Las experiencias deberán estar sustentadas con las constancias o certificados correspondientes.

Para efectos de evaluación no se considerarán experiencias ejecutadas en forma paralela o que se traslapen (El tiempo de traslape no se considerara en uno de los servicios presentados). Los años de experiencia deben computarse para el caso de profesionales peruanos, desde la fecha en la cual obtuvo su inscripción en el Colegio Profesional correspondiente y para el caso de los profesionales extranjeros, desde la fecha en la cual se inscribió en el colegio profesional similar en su país de origen.

Definición de Obras Similares: Obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o Tratamiento Superficial Bicapa, fuera del ámbito urbano

Definición de Obras en General: Son todas aquellas obras contenidas en el numeral 33 del anexo de Definiciones del Reglamento, ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años.

BASES INTEGRADAS35

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CAPÍTULO V

MODELO DE CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA

N° -2012-MTC-20Conste por el presente documento, el Contrato de Ejecución de Obra, que celebra de una parte el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC, a quien en adelante se le denominará “PROVIAS NACIONAL”, con RUC Nº 20503503639 con domicilio legal en Jr. Zorritos N° 1203, 3er. Piso, Cercado de Lima, representada por su Director Ejecutivo, (INDICAR), identificado con DNI Nº (INDICAR), y de la otra parte (INDICAR), con RUC Nº (INDICAR), con domicilio legal en (INDICAR), con correo electrónico (INDICAR), con número telefónico (INDICAR), inscrito en la Ficha N° (INDICAR) Asiento N° (INDICAR) del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, (INDICAR), con DNI N° (INDICAR), según poder inscrito en la Ficha N° (INDICAR), Asiento N° (INDICAR) del Registro de Personas Jurídicas de (INDICAR CIUDAD), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

1.1 Con fecha (INDICAR), PROVIAS NACIONAL convocó el proceso de selección correspondiente a la Licitación Pública N° (INDICAR), para la Contratación de EL CONTRATISTA que ejecutará la Obra: (INDICAR); a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, cuyo Valor Referencial es de (INDICAR EN NUMEROS Y LETRAS), incluido los impuestos correspondientes (INDICAR), con precios referidos al mes de (INDICAR) del año (INDICAR).

1.2 Con fecha (INDICAR), el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del proceso de selección señalado precedentemente, el mismo que en adelante se denominará LA OBRA, a EL CONTRATISTA, por el monto total de su Propuesta Económica ascendente a la suma de (INDICAR), incluido los impuestos correspondientes (INDICAR); cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato; el que se ejecutará con financiamiento proveniente de recursos (INDICAR), según lo establecido en (INDICAR NUMERAL, CAPÍTULO, SECCIÓN) de las Bases de la Licitación Pública.

CLÁUSULA SEGUNDA: RÉGIMEN LEGAL

2.1 El proceso de selección (INDICAR), fue convocado con arreglo a las disposiciones de la Ley Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, que en lo sucesivo se denominarán: La Ley y el Reglamento, respectivamente. (INDICAR SI CORRESPONDE OTRA NORMA DE SER EL CASO).

2.1 La relación jurídica contractual está subordinada a las disposiciones contenidas en la Ley y el Reglamento, y demás normas ampliatorias y modificatorias.

2.2 Forman parte integrante del presente Contrato de Ejecución de Obra, el Expediente Técnico, las Bases Integradas, así como la Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA.

2.3 El orden de prelación de los documentos que conforman el presente Contrato de Ejecución de Obra, es el siguiente:

2.3.1 Expediente Técnico, Requerimientos Técnicos mínimos y el presente Documento Contractual

BASES INTEGRADAS36

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2.3.2 Bases Integradas (Absolución de Consultas, Observaciones)2.3.3 Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA.

CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO

Por el presente Contrato EL CONTRATISTA se obliga a realizar para PROVIAS NACIONAL la ejecución de la Obra indicada en el numeral 1.1 de la Cláusula Primera del Contrato, en concordancia con el Expediente Técnico, las Bases Integradas, su Propuesta Técnica y Económico, revisadas y aceptadas por PROVIAS NACIONAL, y bajo los términos y condiciones estipulados en el Contrato.

CLÁUSULA CUARTA: VIGENCIA, DURACIÓN, INICIACIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO

4.1 El Contrato de Ejecución de Obra, tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del presente documento y rige hasta el consentimiento de la liquidación de LA OBRA, y se efectúe el pago correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 149° del Reglamento.

4.2 Durante la vigencia del Contrato, los plazos se computarán en días calendario, de conformidad con lo establecido en el artículo 151° del Reglamento.

4.3 El plazo de ejecución contractual es de 360 días calendario.

4.4 El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 184° del Reglamento.

CLÁUSULA QUINTA: PAGO DEL CONTRATO

Todos los pagos que PROVIAS NACIONAL deba realizar a favor de EL CONTRATISTA por la ejecución de la obra materia del presente Contrato, se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación, y serán de acuerdo a lo indicado en la cláusula séptima.

CLÁUSULA SEXTA: REAJUSTES

Los reajustes en el caso de ejecución de obra, se encontrarán determinados en concordancia con lo establecido en los artículos 49° y 198° del Reglamento.

CLÁUSULA SEPTIMA: VALORIZACIONES Y METRADOS

Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas de conformidad con lo establecido en el artículo 197º del Reglamento, siendo aplicable en forma supletoria el Código Civil. Asimismo, los metrados se regirán por lo establecido en el citado artículo 197°, cualquier discrepancia se resolverá de conformidad con lo estipulado en el artículo 199° del Reglamento.

CLÁUSULA OCTAVA: ASPECTOS ECONÓMICOS

8.1 La afectación presupuestaria de gastos del presente Contrato de Ejecución de Obra, se atenderá con la siguiente Estructura Funcional Programática, otorgada mediante Informe Nº (INDICAR) de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de fecha (INDICAR), con cargo al Presupuesto aprobado con Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2012 y Resolución Ministerial N° 879-2011-MTC/01 del 28.12.2011, la cual se detalla a continuación:

Unidad Ejecutora : 007 PROVIAS NACIONAL Sector : 36 Transportes y ComunicacionesPliego : 036 Ministerio de Transportes y

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ComunicacionesFunción : 15 TransportePrograma Funcional : 033 Transporte TerrestreSub-Programa Funcional : 0064 Vias NacionalesPrograma : Proyecto : Componente :Nemónico/Meta : Fte. Fto. : Cadena de Gasto :

8.2 PROVIAS NACIONAL y EL CONTRATISTA expresan su conocimiento pleno de que el presente Contrato y las prestaciones derivadas de éste son financiadas con recursos (INDICAR), por lo que reconocen que su continuidad se sujeta a la permanente disponibilidad presupuestal y financiera del Pliego en el marco de los Calendarios de Compromisos, las Asignaciones Trimestrales de Gastos y las Leyes Anuales de Presupuesto, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y de ser el caso el Artículo 27° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

8.3 Todos aquellos gastos que no se incluyan en el presente Contrato y que no hayan sido previamente autorizados en forma escrita por PROVIAS NACIONAL, no serán reconocidos.

8.4 El monto del Contrato de Ejecución de Obra comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción y hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra hasta su total terminación y entrega.

8.5 El desarrollo de la ejecución de LA OBRA constará detalladamente en el Calendario de Avance de Obra Valorizado, elaborado en concordancia con el cronograma de desembolsos económicos establecido, con el plazo de ejecución de la obra y sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-PCM), el cual deberá considerar la estación climática propia del área donde se ejecute la obra, cuando corresponda.

CLÁUSULA NOVENA: DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA

El CONTRATISTA declara que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMA: AMPLIACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL

El plazo del presente Contrato de Ejecución de Obra se rige por lo dispuesto en el artículo 41° de la Ley, y artículos 200°, 201° 202, 203 y 204° del Reglamento, y podrá ampliarse por las siguientes causales, acorde a lo establecido en el artículo 200° del Reglamento:

1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al Contratista.2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.3. Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobado.

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4. Cuando se aprueba la prestación adicional de Obra. En este caso, el Contratista ampliará el plazo de las garantías que hubiere otorgado.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: ADICIONALES Y REDUCCIONES

11.1 El importe del presente Contrato, sólo se podrá incrementar o disminuir en función de los servicios realmente prestados y requeridos, previo acuerdo entre PROVIAS NACIONAL y EL CONTRATISTA y debidamente autorizados por PROVIAS NACIONAL, tal como lo establece el artículo 41° de la Ley, y en concordancia con lo establecido en los artículos 207° y 208º del Reglamento.

11.2 Sólo procederá la ejecución de las Obras Adicionales cuando previamente se cuente con la certificación de crédito presupuestario y la Resolución del Titular de la Entidad y en los casos en que sus montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, sean iguales o no superen el quince (15%) del monto del Contrato Original, se procederá acorde al artículo 207º del Reglamento.

11.3 Las Obras Adicionales cuyos montos restándole los presupuestos deductivos vinculados, superen el quince (15%) del monto del Contrato Original, luego de ser aprobados por el Titular de la Entidad, requieren previamente para su ejecución y pago, la autorización expresa de la Contraloría General de la República, tal como lo dispone el artículo 208° del Reglamento, acorde a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley.

11.4 Excepcionalmente, en el caso de presentarse obras adicionales que por su carácter de emergencia, su no ejecución pueda afectar el ambiente o poner en peligro a la población, los trabajadores o a la integridad de la misma Obra, la autorización previa de la Entidad podrá realizarse mediante comunicación escrita a fin de que EL INSPECTOR o EL SUPERVISOR pueda autorizar la ejecución de tales obras adicionales, sin perjuicio, de la verificación que realizará PROVIAS NACIONAL previo a la emisión de la Resolución correspondiente, sin la cual no podrá efectuarse pago alguno.

11.5 En los Adicionales de Obra con carácter de emergencia, cuyos montos restándoles los presupuestos deductivos vinculados, superen el quince por ciento (15%) del monto del Contrato Original, la autorización de la Contraloría General de la República se emitirá previa al pago, conforme el procedimiento señalado en el artículo 208º del Reglamento.

11.6 El concepto, trámite y pago de las Obras Adicionales está normado en la Directiva N°.002-2010-CG/OEA “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 169-2010-CG, de fecha 23.07.2010 y lo establecido en el artículo 41º de la Ley y en los artículos 207º y 208º del Reglamento.”

11.7 El presupuesto de cualquier Obra Adicional o cambio, deberá ser determinado de acuerdo a los Precios Unitarios del Contrato; y, de no existir, se pactarán de mutuo acuerdo. En el Presupuesto Adicional se tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 207º del Reglamento.

11.8 Cuando se apruebe el Adicional de Obra, EL CONTRATISTA estará obligado a ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento; la cual será presentada dentro de los 10 días siguientes de aprobado el Adicional de Obra o antes de la primera valorización del Adicional de Obra, lo que ocurra primero.

11.9 Los Adicionales de Obra no podrán superar el cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato original. En caso que superen este límite se procederá a la resolución del contrato.

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CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: GARANTÍAS

12.1 PROVIAS NACIONAL podrá exigir a EL CONTRATISA la entrega oportuna de aquellas Garantías (Cartas Fianza) que considere indispensables para la ejecución el presente Contrato, acorde a lo establecido en los artículos 155° al 164° del Reglamento, y conforme al procedimiento establecido en dichas normas legales.

12.2 La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser equivalente al 10% del monto del Contrato, incluido el I.G.V, y extendida a favor de PROVIAS NACIONAL, a través de una Carta Fianza, solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática emitida y ejecutable en la ciudad de Lima. Su otorgante (fiador solidario) debe ser una Entidad autorizada para operar en el país y para emitir este tipo de instrumentos, por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondo de Pensiones o estar consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. La ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, será al sólo requerimiento escrito de PROVIAS NACIONAL, y deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la Liquidación final del Contrato de Ejecución de Obra. Su original permanecerá en custodia en Tesorería de la Unidad Gerencial de Administración de PROVIAS NACIONAL.

12.3 PROVIAS NACIONAL ejecutará la Garantía si no fuese renovada oportunamente por EL CONTRATISTA ó cuando se presente cualquiera de las causales tipificadas en el artículo 164° y lo previsto en el artículo 165° del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: ADELANTOS

13.1 PROVIAS NACIONAL ha previsto entregar Adelantos a EL CONTRATISTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 38° de la Ley. La entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida en las Bases Integradas, y en concordancia con lo establecido en los artículos 186°, 187° y 188° del Reglamento.

13.2 PROVIAS NACIONAL sólo puede entregar los adelantos previstos en las Bases Integradas y solicitados por EL CONTRATISTA, contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso. Dicha Garantía estará representada por una Carta Fianza.

13.3 PROVIAS NACIONAL otorgará a EL CONTRATISTA Adelanto Directo que en ningún caso excederá en conjunto del veinte (20%) del monto del Contrato Original, siempre que en las Bases se hayan establecido el otorgamiento de este Adelanto. EL CONTRATISTA podrá solicitar formalmente la entrega del Adelanto Directo, adjuntando a su solicitud la Garantía y el comprobante de pago correspondiente, según lo establecido en los artículos 186º y 187º del Reglamento.

13.4 La amortización del Adelanto Directo se hará mediante descuentos proporcionales, en cada una de las valorizaciones mensuales.

13.5 La renovación de la Garantía se hará por montos proporcionales a los saldos del Adelanto Directo pendientes de amortización. La renovación de la Garantía deberá ser por el monto del saldo del Adelanto Directo pendiente de amortizar, incluido el I.G.V.

13.6 El Adelanto Directo no constituye un pago a cuenta. El tratamiento del Adelanto Directo se efectuará acorde a lo establecido en los artículos 186°,

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187º y 189º del Reglamento. Se liberará la Garantía por concepto de Adelanto Directo, una vez que se haya amortizado el 100% del mismo, salvo que exista una controversia que pueda afectar la Liquidación.

13.7 PROVIAS NACIONAL, a solicitud de EL CONTRATISTA, entregará el importe para Materiales e Insumos a utilizarse en el objeto del Contrato, los que en conjunto no deberán superar el cuarenta (40%) del monto del Contrato Original. La solicitud de otorgamiento de Adelanto para Materiales e Insumos se regirá por lo dispuesto en el Artículo 188° del Reglamento y lo establecido en las Bases.

13.8 El valor de los Materiales e Insumos pagados deberá estar de acuerdo con el metrado de LA OBRA y en conjunto no deberán superar el 40% del monto del Contrato Original, según artículo 186º del Reglamento.

13.09 Los Adelantos para Materiales e Insumos deberán estar respaldados por la correspondiente Garantía, a través de una Carta Fianza solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática a favor de PROVIAS NACIONAL, vigente hasta la amortización total del Adelanto para Materiales e Insumos, acorde a lo establecido en el artículo 162º del Reglamento.

13.10 La amortización por el Adelanto para Materiales e insumos, se efectuará según lo dispuesto en el artículo 189º del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

14.1 EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de la obra, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria.

14.2 Durante la ejecución de la obra, El CONTRATISTA está obligado a cumplir los plazos parciales establecidos en el calendario valorizado de avance de obra. En caso de producirse retraso injustificado se procederá de acuerdo al artículo 205º del Reglamento.

14.3 El CONTRATISTA abrirá en el acto de entrega del terreno, el Cuaderno de Obra debidamente foliado, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el inspector/supervisor y el residente. En este cuaderno de obras se anotarán las indicaciones, órdenes, autorizaciones, reparos, variantes, consultas y anotaciones que consideren convenientes para la ejecución de la obra.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

15.1 La conformidad de la obra por parte de PROVIAS NACIONAL no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley, y en concordancia con los Términos de Referencia y/o Expediente Técnico.

15.2 Queda estipulado que si en el curso de los siete (7) años siguientes a su Recepción, LA OBRA se destruye total o parcialmente, por razones imputables a EL CONTRATISTA o defectos constructivos, éste será responsable y en ese caso PROVIAS NACIONAL podrá iniciar las acciones que se establece en el artículo 212º del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO

16.1 El proceso de resolución del presente Contrato de Ejecución de Obra, se sujetará a lo establecido en el inciso c) del artículo 40° y artículo 44° de la Ley, y conforme a lo dispuesto en los artículos del 167° al 170° del Reglamento, y en concordancia con lo establecido en el artículo 209° del mismo cuerpo legal.

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16.2 Si EL CONTRATISTA demostrara deficiencia, negligencia o insuficiencia en el control de las actividades de ejecución de LA OBRA, PROVIAS NACIONAL solicitará el cambio de la persona o personas responsables de ello. Si se repitiera por segunda vez esta situación, PROVIAS NACIONAL podrá resolver unilateralmente el presente Contrato.

16.3 Si EL CONTRATISTA no cumpliera con las obligaciones asumidas en el presente Contrato y, siendo notificado por escrito no procediera a ajustarse a las estipulaciones del mismo en un término no mayor de quince (15) días después de recibida la comunicación en referencia, o si el monto de la penalidad, en aplicación de la fórmula señalada alcanza el diez por ciento (10%) del monto del contrato, PROVIAS NACIONAL podrá dar por finalizada la prestación. En esta eventualidad, no autorizará ningún desembolso en relación al costo del control, haciendo efectiva la Garantía por el Adelanto Directo que estuviese pendiente por amortizar; ejecutándose la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

16.4 La ejecución del presente Contrato, queda condicionada a la efectiva asignación de Recursos Financieros que se autoricen en las Leyes Anuales de Presupuesto, acorde a lo dispuesto en la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y de ser el caso el Art. 27º, Numeral 27.3 de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, procediendo a la resolución del presente Contrato por parte de PROVIAS NACIONAL, por razones de índole presupuestal.

16.5 En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por PROVIAS NACIONAL, y que no haya sido materia de subsanación, esta última podrá resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisión por la vía notarial del documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en los artículos 40º de la Ley, y en el artículo 209º de su Reglamento.

16.6 En este supuesto, se ejecutarán las garantías que EL CONTRATISTA hubiera otorgado de conformidad con el artículo 164º del Reglamento, sin perjuicio de la indemnización a PROVIAS NACIONAL por daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir.

16.7 En caso la ejecución del presente Contrato excediera un ejercicio presupuestal, su continuidad queda condicionada a la asignación de recursos financieros que se autoricen en las Leyes Anuales de Presupuesto, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 27.3 del artículo 27° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; este Contrato podrá ser resuelto por razones de orden presupuestal.

16.8 En caso se resuelva el contrato por causas atribuibles a PROVIAS NACIONAL corresponderá indemnización a EL CONTRATISTA por los daños y perjuicios ocasionados. Respecto a los causales de resolución de contrato previstas en los numerales 16.4 y 16.7 de la presente Cláusula, solo corresponderá indemnizar a EL CONTRATISTA cuando se demuestre que la configuración de la causal es atribuible a PROVIAS NACIONAL.

CLÁUSULA DÉCIMO SEPTIMA: NULIDAD DEL CONTRATO

Son causales de declaración de nulidad de oficio del Contrato de Ejecución de Obra, las previstas en el artículo 56° de la Ley, para lo cual PROVIAS NACIONAL cursará Carta Notarial a EL CONTRATISTA, adjuntando copia fedateada del documento que declara la nulidad del Contrato; dentro de los quince (15) días hábiles siguientes EL CONTRATISTA que no esté de acuerdo con esta decisión, podrá someter la controversia a conciliación y/o arbitraje.

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CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN11

18.1 En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente Contrato, PROVIAS NACIONAL le aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) por el monto y plazo total del contrato. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final, o en la liquidación final; o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta. En todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad diaria = 0.10 x MontoF x Plazo en días

Donde F tendrá los siguientes valores:

a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios y ejecución de obras: F = 0.40

b) Para plazos mayores a sesenta (60) días: b.1) Para Bienes y Servicios: F = 0. 25b.2) Para obras: F = 0.15

18.2 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, PROVIAS NACIONAL podrá resolver el contrato por incumplimiento.

18.3 Para efectos del cálculo de la penalidad diaria se considerará el monto del Contrato vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 165° del Reglamento.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: CIRCUNSTANCIAS DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

19.1 Las partes han convenido en considerar como circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, a la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial o tardío o defectuoso (Artículo 1315° del Código Civil).

19.2 Si cualesquiera de las partes contratantes estuviera temporalmente incapacitada debido a circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor para cumplir total o parcialmente las obligaciones contraídas, notificará a la otra parte por escrito tal circunstancia, tan pronto como sea posible después de ocurrido el evento, proporcionando todos los detalles del mismo.

19.3 Producido y notificado el evento determinante de las circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de la parte afectada, sólo por el tiempo que dure la incapacidad causada, debiéndose actuar en lo posible de modo que la causa o los efectos sean solucionados con la mayor celeridad posible.

19.4 El mayor costo o los pagos adicionales que pudieran resultar de la paralización de obra, en razón de las circunstancias de caso fortuito o de la fuerza mayor, serán determinados de común acuerdo entre las partes contratantes.

19.5 Si la paralización de las obras por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor subsistiese por un período de sesenta (60) días, PROVIAS NACIONAL o EL CONTRATISTA mediante Carta Notarial, podrá resolver el

11 De ser el caso, deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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Contrato, salvo que dichas partes decidieran la suspensión y posterior continuación de la obra, reajustando los términos del Contrato de común acuerdo.

19.6 En caso de resolución del Contrato, EL CONTRATISTA entregará a PROVIAS NACIONAL, bajo responsabilidad en un plazo de quince (15) días, toda la información relacionada con sus Servicios, así como la liquidación correspondiente, que incluirá las sumas pendientes de pago.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: RECEPCIÓN DE LA OBRA

La recepción de la obra se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 210° del Reglamento. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva o pliego de observaciones, y no se recibirá la obra.

CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: OTRAS PENALIDADES

En atención al artículo 166º del Reglamento, para los cambios del personal profesional calificado de EL CONTRATISTA, especificado en su Propuesta Técnica se tendrán las siguientes consideraciones:

Si el cambio del profesional no cuenta con la aprobación de PROVIAS NACIONAL, PROVIAS NACIONAL podrá optar entre resolver el contrato o aplicar una penalidad diaria por el tiempo en que no se haga efectivo el reemplazo, de acuerdo al siguiente criterio:

Penalidad diaria = Gasto General variable diario

El Gasto general variable diario es el resultado de dividir el monto de los gastos generales variables ofertados por el contratista entre el plazo en días del expediente técnico

La aplicación de esta penalidad solo podrá alcanzar un monto máximo equivalente al diez (10%) del monto del gasto general total ofertado por el contratista. Su aplicación será deducida de los pagos a cuenta, del pago final, o en la liquidación final, o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. De alcanzarse el porcentaje indicado será causal de resolución de contrato.”

CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: LIQUIDACIÓN DE LA OBRA

La liquidación de la obra se sujetará a lo establecido en los artículos 211º, 212º y 213º del Reglamento.

CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES

Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.

CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: SUPERVISION DE LA OBRA

24.1 LA OBRA, contará de modo permanente y directo con un INSPECTOR o SUPERVISOR, quedando prohibida la existencia de ambos en una misma Obra, cuyas condiciones o características establece el artículo 190º del Reglamento. LA OBRA estará sometida durante su ejecución a la permanente supervisión de PROVIAS NACIONAL, quien para estos efectos designará a EL SUPERVISOR; éste, por delegación, dirigirá la inspección general de LA OBRA, con autoridad suficiente para suspender y rechazar los trabajos que a su juicio no satisfagan las Especificaciones Técnicas y el Expediente Técnico, quien absolverá las interrogantes que le plantee EL

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CONTRATISTA. Igualmente, LA OBRA estará sometida a la fiscalización de PROVIAS NACIONAL; cuyas funciones se hallan establecidas en el artículo 193º del Reglamento.

24.2 EL CONTRATISTA no podrá ser exonerado por EL SUPERVISOR de ninguna de sus obligaciones contractuales y no ordenará ningún trabajo adicional que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa de PROVIAS NACIONAL.

24.3 EL CONTRATISTA, a pedido de EL SUPERVISOR y/o PROVIAS NACIONAL, separará a cualquier persona que comprobadamente cause desorden o fomente indisciplina en la ejecución de LA OBRA.

CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA. CUADERNO DE OBRA

25.1 El Cuaderno de Obra será abierto en la fecha de entrega del terreno conforme a lo establecido en el artículo 194° del Reglamento.

25.2 Las Anotaciones y Consultas sobre Ocurrencias se rigen en concordancia con

los artículos 195º y 196° del Reglamento.

25.3 El original de dicho Cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente, de impedirse el acceso al mismo, se aplicará una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de dicho impedimento. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.

CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA: SEGUROS

26.1 EL CONTRATISTA, según lo establecido en el artículo 154º del Reglamento, antes del inicio de la ejecución de LA OBRA deberá obtener todos los Seguros necesarios según la Legislación Nacional aplicable y conforme al detalle que se indica en el numeral 26.2 de esta Cláusula Contractual, los mismos que deberán acreditarse ante PROVIAS NACIONAL, de acuerdo a las Bases Integradas de Licitación. Se mantendrán en su total capacidad hasta que el objeto de este Contrato de Ejecución de Obra haya sido recibido por PROVIAS NACIONAL, satisfactoriamente.

Las pólizas estarán a disposición de PROVIAS NACIONAL quien podrá solicitarlas en cualquier momento para su verificación. El incumplimiento de esta obligación será causal de resolución de del Contrato de Ejecución de Obra.

26.2 EL CONTRATISTA presentará una Póliza de Seguro conteniendo las siguientes coberturas después de la suscripción del presente Contrato de Ejecución de Obra y antes de la presentación de la Primera Valorización (no mayor de treinta (30) días):

Coberturas Concepto

01

Cobertura Básica “A"

Daños materiales que sufran los bienes asegurados.

02

Cobertura "B" Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto y erupción volcánica.

03

Cobertura "C" Daños causados directamente por lluvias, ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento, o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas.

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04

Cobertura "D" Daños causados directamente por EL CONTRATISTA en el curso de la ejecución de las operaciones llevadas a cabo con el propósito de dar cumplimiento a sus obligaciones derivadas de la Cláusula de Mantenimiento del Contrato de Construcción.

05

Cobertura "E" Responsabilidad Civil extra-contractual en que incurra el Asegurado por daños causados a bienes de terceros.

06

Cobertura "F" La Responsabilidad Civil extra-contractual por lesiones personales.

07

Cobertura "G" Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado bajo la presente Póliza.

08

Cláusulas adicionales

Riesgos Políticos tales como huelgas, motines, conmociones civiles, daño malicioso vandalismo, terrorismo y sabotaje.Responsabilidad Civil Cruzada.Mantenimiento ampliado.Almacenaje de Material de ConstrucciónTransportesError de DiseñoGastos adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso y flete aéreo.Propiedades Adyacentes (i).Subsuelos y/o masas de tierra (ii).

SUMAS ASEGURADAS Y DEDUCIBLES:

Cobertura Suma Asegurada DeduciblesPrincipal A Valor total de LA OBRA

contratada inc. IGV.10% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Cobertura B Valor total de LA OBRA contratada inc. IGV.

5% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Cobertura C Valor total de LA OBRA contratada inc. IGV.

5% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Cobertura D Valor total de LA OBRA contratada inc. IGV.

5% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Coberturas E y F

Por el 20% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo US $ 500.

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Cobertura G Mínimo por el 10% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Sin deducible.

Riesgos políticos

Mínimo por el 10% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Error de diseño Mínimo por el 10% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo que no deberá exceder el 0.25% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

Propiedades Adyacentes

Mínimo por el 5% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo US $ 500.

Subsuelos y Masas de Tierra

Mínimo por el 5% del valor de LA OBRA contratada inc. IGV.

10% del monto indemnizable, con un mínimo US $ 500.

1. Se deberá incluir un importe adicional equivalente al 5% del valor total del Contrato, para cubrir los gastos de rehabilitación de subsuelos y/o masas de tierras y/o superficiales en los que sea necesario incurrir después de la ocurrencia de un siniestro para la restitución completa de la zona afectada. (ii)

2. Se deberá incluir un importe adicional al 5% del valor total del Contrato, para cubrir la propiedad adyacente al lugar de las obras, que sin formar parte de estas quedan bajo la custodia de EL CONTRATISTA. (i)

3. Asimismo se incluirá un importe adicional equivalente al 5% del valor total del Contrato, para cubrir la responsabilidad civil extracontractual derivada de la ejecución de las obras, incluyéndose los daños ocasionados por la maquinaria y/o vehículos utilizados, trabajos con explosivos, debilitamiento de bases y considerándose como terceros entre sí a los asegurados.

4. Se incluirá el Seguro de Accidentes Personales, para obreros y empleados cubriendo muerte accidental e invalidez permanente hasta por 36 remuneraciones y gastos de curación hasta por siete (7) remuneraciones.

26.3 El CONTRATISTA deberá considerar todos los seguros personales de acuerdo a Ley. (Seguro Complementario de Trabajos de Riesgo, de Pensiones y Salud, y Seguro de Vida Ley). Con respecto al seguro de Vida Ley, este será para todo trabajador con una antigüedad mínima de tres (03) meses en el centro laboral

Nota: El valor a tomar en cuenta para efectos de la cotización es el Valor Total Adjudicado.

26.4 La vigencia de la Póliza de Seguro indicada, será desde la entrada en vigor del Contrato de Ejecución de LA OBRA, hasta la recepción final de la misma.

26.5 EL CONTRATISTA presentará a PROVIAS NACIONAL un Endoso o Adenda de Cesión de Derechos a favor de PROVIAS NACIONAL en la que conste que la Compañía de Seguros que emite la Póliza de Seguro, se compromete a no anular ni modificar por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia,

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incluyendo la falta de pago, las coberturas emitidas a favor de EL CONTRATISTA en cumplimiento del Contrato de Ejecución de Obra Original, sin previo aviso por escrito a PROVIAS NACIONAL con treinta (30) días de anticipación.

26.6 EL CONTRATISTA presentará a PROVIAS NACIONAL copia de la Factura cancelada por el pago de la prima correspondiente.

26.7 La parte del Contrato, causante de la producción de un siniestro será responsable de los montos correspondientes a los deducibles, como consecuencia de la tramitación de un siniestro a la compañía de seguros. En caso dicha ocurrencia no sea imputable a ninguna de las Partes, los pagos derivados de él, serán asumidos por ambas Partes por igual.

26.8 La parte del contrato causante de la producción de un siniestro será responsable de todas las indemnizaciones por reclamos de terceros y/o del personal de LA OBRA y/o los familiares del personal de LA OBRA que sufran daños a consecuencia del mismo; así como por el incumplimiento en materia de Seguros exigidos por la Ley, siendo que en caso dicha ocurrencia no sea imputable a ninguna de las partes, los pagos derivados de él serán asumidos por ambos en partes iguales

26.09 Queda expresamente estipulado que EL CONTRATISTA tendrá total y exclusiva responsabilidad por el pago de todas las obligaciones sociales relacionadas con su personal tales como el pago de remuneraciones, CTS, indemnizaciones, préstamos, leyes sociales y demás derechos y beneficios que le correspondan y en general cualquier contribución, aporte o tributo creado o por crearse que sea aplicable para estos casos, obligándose a mantener a PROVIAS NACIONAL libre de cualquier reclamo por estos conceptos, en tanto dicho personal no tiene ni tendrá ninguna vinculación de orden laboral ni contractual con PROVIAS NACIONAL.

26.10 Queda estipulado que cualquier reclamo, de cualquier naturaleza, dirigido equivocadamente contra PROVIAS NACIONAL será asumido directa y plenamente por EL CONTRATISTA.

26.11 Cualquier contribución, aporte o tributo creado o por crearse que sean aplicables para estos casos, serán de cumplimiento obligatorio en lo que corresponda a cualesquiera de las partes contratantes.

26.12 Las coberturas de la Póliza de Seguros CAR deben cubrir los riesgos definidos y establecidos en la presente Cláusula Vigésimo Sexta, coberturas que se encuentran reguladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones, ente público supervisor en este tema.

Nota: El enfangamiento, hundimiento, o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas indicados en la Cobertura C están referidos a aquellos producidos por eventos de la naturaleza y que no son atribuidos a las operaciones realizadas por EL CONTRATISTA.

CLÁUSULA VIGÉSIMO SEPTIMA: PERSONAL DE EL CONTRATISTACLÁUSULA VIGÉSIMO SEPTIMA: PERSONAL DE EL CONTRATISTA

27.1 Para la ejecución de LA OBRA, EL CONTRATISTA utilizará el personal profesional calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo por circunstancias caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas. Para este efecto, EL CONTRATISTA deberá proponer a PROVIAS NACIONAL con diez (10) días hábiles de anticipación, el cambio de personal a fin de obtener la aprobación correspondiente. Cualquier solicitud en este sentido será debidamente justificada y los

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cambios que resultaren no irrogarán gastos adicionales a PROVIAS NACIONAL.

Se entiende que todo el personal cuyo cambio se proponga, reunirá iguales o mejores cualidades que las del personal incluido en la Propuesta Técnica de EL CONTRATISTA.

El cambio solicitado por EL CONTRATISTA y que no cuente con la aprobación de PROVIAS NACIONAL y no esté debidamente justificada, será de aplicación de lo dispuesto en el punto i) de la Cláusula Vigésimo Primera del presente Contrato.

27.2 EL CONTRATISTA tendrá como representante en LA OBRA a un Ingeniero Civil colegiado aprobado por PROVIAS NACIONAL, quien desempeñará las funciones de Ingeniero Residente, cumpliendo lo establecido en el artículo 185° de EL REGLAMENTO. Su sustitución se encuentra establecida en el mismo Artículo citado.

Asimismo proveerá de Ingenieros Colegiados habilitados, y técnicos en número y calificación satisfactorios en concordancia con su Propuesta, así como los Especialistas que eventualmente requiera la correcta ejecución de los trabajos.

27.3 Todas las instrucciones transmitidas al Ingeniero Residente se consideran tramitadas a EL CONTRATISTA.

27.4 EL CONTRATISTA está facultado para seleccionar el personal auxiliar técnico – administrativo necesario, para el mejor cumplimiento de sus obligaciones, reservándose PROVIAS NACIONAL el derecho a rechazar al personal que a su juicio no reuniera requisitos de idoneidad y competencia.

27.5 EL CONTRATISTA dará por terminados los Servicios de cualesquiera de sus trabajadores, cuya labor o comportamiento no sean satisfactorios para PROVIAS NACIONAL.

En el caso de personal profesional, inmediatamente EL CONTRATISTA propondrá a PROVIAS NACIONAL el cambio de personal, a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio. Transcurrido diez (10) días naturales y en caso que PROVIAS NACIONAL no dé ninguna respuesta, se considerará por aprobado el cambio propuesto.

Los costos adicionales que demande la obtención de los reemplazos necesarios, tales como pasajes, viáticos, gastos de traslado, etc., serán de responsabilidad de EL CONTRATISTA.

CLÁUSULA VIGÉSIMO OCTAVA: INTERVENCIÓN ECONOMICA DE LA OBRA

PROVIAS NACIONAL, podrá de oficio o a solicitud de parte intervenir económicamente LA OBRA, en circunstancias de caso fortuito, fuerza mayor o por incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de los trabajos, según lo previsto en el artículo 206º del Reglamento.

CLÁUSULA VIGÉSIMO NOVENA: DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS

Para que PROVIAS NACIONAL proceda a la devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe haber quedado consentida la Liquidación del Contrato

CLAUSULA TRIGÉSIMA: MANTENIMIENTO DE TRÁNSITO

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30.1 EL CONTRATISTA será responsable del Mantenimiento de Tránsito en el Tramo donde se ubique LA OBRA, desde la entrega del terreno hasta la Recepción de los Trabajos y estará sujeto a fiscalización.

30.2 El Mantenimiento de Tránsito es una obligación de EL CONTRATISTA, en concordancia con las Especificaciones Técnicas y disposiciones contractuales.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO PRIMERA: CONTROL DE CALIDAD

31.1 EL CONTRATISTA, deberá contar con un equipo de laboratorio, y equipos para medición de deflexiones y rugosidad, operado por personal idóneo, no pudiendo pasar de una etapa a otra del Proyecto, mientras no cuente con la conformidad de PROVIAS NACIONAL

31.2 EL CONTRATISTA presentará mensualmente Informes de Control de Calidad, siguiendo las indicaciones de PROVIAS NACIONAL, y al culminar los trabajos hará entrega de un Informe Final de los controles realizados.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO SEGUNDA: OTRAS RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA

EL CONTRATISTA será responsable de los daños y perjuicios derivados de su actuación y/u omisión, inclusive frente a terceros o a las propiedades de éstos, lo mismo que se extiende a sus subcontratistas.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO TERCERA: IMPUESTOS Y DERECHO DE ADUANA

33.1 EL CONTRATISTA será responsable por el pago de los tributos, gravámenes y otros que le correspondan. Así como las responsabilidades de carácter laboral y por el pago de las aportaciones sociales de su personal, se regularán por las normas de la materia, según lo establecido por el artículo 154º del Reglamento.

33.2 En relación a los derechos de aduana, seguros, fletes, gastos consulares y otros gastos de importación que efectúe EL CONTRATISTA, serán de aplicación las Leyes vigentes sobre la materia.

CLAUSULA TRIGÉSIMO CUARTA: ACUERDOS VERBALES

Ninguna conversación o acuerdo verbal con cualesquier funcionario de PROVIAS NACIONAL o EL CONTRATISTA o del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, antes, durante el proceso de ejecución o después podrá afectar o modificar los términos u obligaciones contenidas en cualquier documento que integre el presente Contrato de Ejecución de Obra.

CLAUSULA TRIGÉSIMO QUINTA: CONVENIO ARBITRAL

35.1 Las partes acuerdan que las controversias que surjan sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, con excepción de aquellas referidas en el Artículo 23° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley N° 27785 y demás que por su naturaleza sean excluidas por ley.

35.2 Si la conciliación, de optarse por ella, concluyera por inasistencia de una o ambas partes, con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes se someterán a un Arbitraje de Derecho para que se resuelvan las controversias definitivamente. La solicitud de arbitraje y la respuesta de ésta, se efectuarán conforme a lo dispuesto por los Artículos 215º, 218º, y 219º del Reglamento.

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35.3 En caso que el monto de la cuantía de la (s) controversia (s), señalada (s) en la solicitud de arbitraje, sea (n) mayor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por un Tribunal Arbitral compuesto por tres árbitros. Cada una de las partes designará un árbitro y ambos árbitros designarán a su vez al tercero, y este último presidirá el Tribunal Arbitral. Vencido el plazo para la respuesta a la solicitud de arbitraje sin que se hubiera designado el árbitro correspondiente, la parte interesada solicitará al Centro Arbitral acordado por las partes, dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles, la respectiva designación, acorde a lo establecido en los Artículos 219º y 220º del Reglamento.

35.4 De otro lado, si el monto de la cuantía de la (s) controversia (s) señalada (s) en la solicitud de arbitraje sea menor a 50 (cincuenta) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes a la fecha de la referida solicitud, la (s) controversia (s) será (n) resuelta (s) por Arbitro Único, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 220º del Reglamento.

35.5 En caso que la (s) controversia (s) señaladas en la solicitud de arbitraje, verse (n) sobre materia de cuantía indeterminable, ésta (s) deberá (n) ser resuelta (s) por un Tribunal Arbitral conforme al Numeral 35.3 de la presente Cláusula.

35.6 De optarse por el arbitraje, todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y de acuerdo a su Reglamento.

35.7 Las partes acuerdan que los honorarios de los árbitros y el cobro de gastos administrativos (incluye gastos secretariales) no excederán lo que corresponda según el Tarifario de Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE, vigente a la fecha de la presentación de la solicitud arbitral.

35.8 Asimismo, las partes acuerdan que el proceso arbitral podrá ser realizado bajo la organización, administración y reglas del Centro Arbitral del OSCE, sin perjuicio de lo expresamente estipulado en la totalidad de la presente cláusula arbitral.

35.9 El Laudo Arbitral emitido obligará a las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el mismo inapelable ante el Poder Judicial o cualquier instancia administrativa, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecutará como una sentencia. Queda perfectamente entendido que las partes no le confieren al Tribunal o al Árbitro Único la posibilidad de ejecutar el laudo.

35.10 Las partes acuerdan que de considerar necesario suspender el Laudo Arbitral e interponer recurso de anulación ante el Poder Judicial, las partes deberán presentar para tal fin la fianza por el monto laudado.

CLAUSULA TRIGÉSIMO SÉXTA: DE LAS NOTIFICACIÓNES

36.1 Para los fines del presente contrato, constituyen formas válidas de comunicación las que PROVIAS NACIONAL efectúe a través de los medios electrónicos, como son el fax y/o correo electrónico, para lo cual se utilizarán los números telefónicos y direcciones electrónicas indicados por EL CONTRATISTA en la introducción del presente Contrato.

36.2 Para este fin la Cédula de Notificación incluida como Anexo Nº (INDICAR), con sus antecedentes, transmitida por cualesquiera de los medios electrónicos

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señalados precedentemente deberá consignar obligatoriamente la fecha cierta en que ésta es remitida-recibida; oportunidad a partir de la cual surtirá efectos legales.

36.3 Una vez efectuada la transmisión por fax o por correo electrónico, la notificación en el domicilio físico de EL CONTRATISTA no será obligatoria; no obstante, de producirse según el anexo indicado no invalidará la notificación efectuada con anticipación y por los medios indicados, computándose los plazos a partir de la primera de las Notificaciones efectuadas, sea bajo cualquier modalidad.

36.4 Es de responsabilidad de EL CONTRATISTA mantener activos y en funcionamiento el facsímile (fax) y dirección electrónica consignada en la introducción del presente Contrato; asimismo de conformidad con el articulo 40º del Código Civil, el cambio de domicilio físico y para efectos del presente contrato, de fax y de dirección electrónica, sólo será oponible a PROVIAS NACIONAL si ha sido puesto en su conocimiento de manera indubitable.

CLAUSULA TRIGÉSIMO SÉTIMA: ACATAMIENTO DE LAS LEYES DEL PERU

EL CONTRATISTA acepta todas las Leyes del Perú, Decretos, Resoluciones Supremas, Regionales y/o Municipales, entre otros, para todas sus actividades dentro de la República, y deberá eximir totalmente a PROVIAS NACIONAL de multas, pérdidas o daños debido a la contravención de ellas.

CLÁUSULA TRIGÉSIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA

Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLAUSULA TRIGÉSIMO NOVENA: DOMICILIO LEGAL

39.1 Para los efectos de todas las comunicaciones entre PROVIAS NACIONAL y EL CONTRATISTA, ambos señalan como su domicilio el indicado en la introducción del presente Contrato de Ejecución de Obra, donde se les entregará los avisos y notificaciones a que hubiere lugar. Cualquier variación de domicilio para ser reputada como válida, debe comunicarse notarialmente con tres (03) días hábiles de anticipación a su vigencia.

39.2 En caso se omita el cumplimiento del plazo y formalidad señalados en el párrafo anterior, las partes acuerdan que las notificaciones que se efectúen al domicilio fijado en este Contrato se considerarán válidamente efectuadas para todo efecto legal; sin perjuicio de lo señalado en la Cláusula Trigésimo Sexta del presente contrato.

CLAUSULA CUADRAGÉSIMA: ANEXOS

Las partes contratantes declaran estar conformes con los términos del presente Contrato y sus respectivos Anexos, que se detallan continuación forman parte integrante de éste:

AnexosNo.

Documento

01 Testimonio de Constitución de la Empresa02 Poder de Representante Legal03 Certificado de Capacidad Libre de Contratación emitido por OSCE04 Bases Integradas de la Licitación05 Calendario de Avance de Obra Valorizado, el cual debe considerar la

estacionalidad climática propia del área donde se ejecute la obra06 Calendario PERT-CPM y Diagrama de Barras

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07 Cronograma de Desembolsos Mensualizado08 Calendario de Adquisición de Materiales y Equipos09 Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA, incluyendo

Análisis de Precios Unitarios, Análisis de Gastos Generales 10 Copia de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato11 Constancia de No estar Inhabilitado a contratar con el Estado, expedida

por el OSCE12 Expediente Técnico13 Certificado de habilidad de los profesionales propuestos14 Modelo de Notificación15 Otros (INDICAR)

De acuerdo con las Bases, la Propuesta Técnico Económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman en dos ejemplares en señal de conformidad.

En la ciudad de Lima,...(INDICAR FECHA)....

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

BASES INTEGRADAS54

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FORMATO N° 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE

(Fecha), ………………..

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20Presente.-

……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… nos dirigirnos a ustedes, en relación con la Licitación Pública N° 0010-2012-MTC/20, a fin de acreditar a nuestro representante (o apoderado en caso de personas naturales): ……………………………. (nombre del representante o apoderado) identificado con DNI. Nº ……………………………… quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

………………………….…………………..Firma y sello del representante legal

Nombre / Razón Social del postor

NOTA : En caso de Personas Jurídicas se deberá adjuntar copia simple del documento registral vigente que acredite la condición de Representante Legal, conforme al artículo 65° del Reglamento.

NOTA : En caso de Consorcios, quien presente la propuesta deberá acreditarse presentando una carta poder simple firmada por los representantes legales de cada uno de los miembros del consorcio y los documentos regístrales que acrediten que quienes firman la citada carta poder son los representantes legales de cada uno de los miembros del consorcio.

NOTA : El documento registral vigente que se debe adjuntar a la carta poder del apoderado que presenta las propuestas del Postor debe haber sido expedido, dentro de los 60 días calendario previos a la fecha de presentación de las propuestas.

NOTA : En caso el documento registral que se presente se encuentre en un idioma distinto al castellano, deberá acompañarse la traducción respectiva, la cual deberá haber sido realizada por un traductor público juramentado. Asimismo, en la medida que el documento registral es emitido por una autoridad pública extranjera, de manera previa a la firma del contrato, deberá presentarse el documento en cuestión legalizado por el consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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FORMATO N° 2

FORMULARIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

PARTICIPANTE:

Consulta N..................Referencia(s) de las BasesSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

PROPONENTE:

Consulta N..................Referencia(s) de las BasesSección: ............Numeral:.............Página: ..............Consulta:

(Fecha),…………………..………

..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

El presente formato deberá ser presentado por cada consulta u observación

BASES INTEGRADAS56

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ANEXO N° 01

DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20Presente.-

Estimados señores:

El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., R.U.C. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón SocialDomicilio LegalRUC Teléfono Fax

(Fecha),…………………..………

..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

ANEXO N° 02

BASES INTEGRADAS57

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DECLARACIÓN JURADA

(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20Presente.-

De nuestra consideración:

(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20, para la EJECUCIÓN DE LA OBRA ………………. ……………, declaro bajo juramento:

1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10° de la Ley.

2.- Conozco, acepto y se someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección.

4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

(Fecha), ………………………………………

……..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

ANEXO N° 03

PROMESA FORMAL DE CONSORCIOBASES INTEGRADAS

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(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20Presente.-

Estimados señores:

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta para la LICITACIÓN PÚBLICA N° 0010-2012-MTC/20, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente.

OBLIGACIONES DE ……………….: ( ) % Participación ……………………… ………………………

OBLIGACIONES DE ….……………: ( ) % Participación …………………….. ……………………..

………………………………………….. …………………………………………..Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del

Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2

(Fecha), …………………………………………

ANEXO Nº 04

DECLARACIÓN JURADA DEL PLAZO DE EJECUCIÓNBASES INTEGRADAS

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Señores:COMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20Presente.-

El que suscribe,….........................................., identificado con DNI Nº ..................... , Representante Legal de ............................... , con RUC. Nº (en caso de Consorcios omitir o colocar s/n) ............................, declara que mi representada se compromete a ejecutar la Obra ……………………… de acuerdo al respectivo Expediente Técnico, en el plazo siguiente:

PLAZO OFERTADO:360 DÍAS CALENDARIO.

Fecha,…………………..………

……..........................................................Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

ANEXO N° 05

REQUISITOS MINIMOS DE PERSONAL PROFESIONAL

BASES INTEGRADAS60

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Cant. Cargo Nombre Requisito Técnico Mínimo Cumple / No cumple

1 Ingeniero ResidenteIngeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima como residente, Jefe de supervisión y/o Inspector de obras similares.

1 Jefe de Oficina de Ingeniería(Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Jefe de Oficina de Ingeniería o Especialistas en Metrados, Costos, Presupuestos y Valorizaciones en obras similares en el cargo.

1 Ingeniero de Producción

Ingeniero Civil, o Ingeniero de Transportes, o Ingeniero Industrial colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Suelos y Pavimento

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Obras de Arte y Drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Especialista en Obras de Arte y Drenaje o Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Impacto Ambiental

Profesional colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Especialista en Impacto Ambiental o Especialista en medio Ambiente en obras similares en el cargo.

1 Jefe de Oficina Técnica Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Responsable de Control de Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Especialista en Trazo y Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Especialista en Trazo y Topografía o Ingeniero Especialista en Topografía en obras similares en el cargo.

1 Ing. Responsable de Contratos

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Responsable de Seguridad Profesional colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Ingeniero Asistente de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1Asistente en Impacto

Ambiental (Medio, Físico Biológico)

Profesional colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima como Asistente en Impacto Ambiental o Medio Ambiente o Ingeniero Especialista en medio Ambiente en obras similares en el cargo.

1 Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos sociales)

Profesional Antropólogo o Sociólogo colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

Lima,…. de…… de 2012

____________________________________Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postorNOTA :

Estos Requisitos deberá ser acreditado con:- Copia del Título profesional- Declaración Jurada del proveedor por cada uno de los profesionales a través de la cual señale

que el profesional propuesto se encuentra colegiado y habilitado para ejercer su profesión.- Declaración Jurada del profesional en la que se comprometen que de ser favorecido con la

Buena Pro la empresa que lo propone, presentará previo al inicio de la Ejecución de la Obra establecido por la Entidad la colegiatura y el certificado de habilidad del colegio profesional correspondiente en el Perú.

- La experiencia del personal propuesto podrá acreditarse con la presentación de i) contratos y su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto.

BASES INTEGRADAS61

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ANEXO Nº 06

DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS

DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS

El que suscribe (nombre del Profesional) con DNI (Pasaporte o Carné de Extranjería) Nº ............................, mediante la presente Declaración Jurada, se compromete a formar parte del personal profesional propuesto para la Obra a la que postula el Postor (o empresa) ......................., en caso que éste obtenga la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 0010-2012-MTC/20, convocada por PROVIAS NACIONAL.

Asimismo, declaro expresamente y bajo juramento, que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por el tiempo ofrecido.

Lima, …….. De…………. de 2012.

FIRMA DEL PROFESIONAL: ____________________

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

NOTA:

Ningún Anexo será declarado valido en caso de presentarse escaneado, y menos paras sustentar experiencia del personal profesional propuesto y para la declaración Jurada de Compromiso de los profesionales propuestos.

ANEXO N° 07

BASES INTEGRADAS62

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DECLARACION JURADA REQUERIMIENTOS DE EQUIPO MÍNIMO

Nº DESCRIPCIONAÑO DE

FABRICACION CANTIDAD

TENENCIA:PROPIO,

LEASING, U OPCION DE COMPRA O ALQUILER

UBICACIÓN

El que suscribe,........................................, identificado con DNI Nº............................., Representante Legal de..............................., con RUC. Nº............................, declara que mi representada se compromete a disponer de las Maquinarias y Equipos, cuya relación se adjunta en el cuadro precedente, para la ejecución de las obras objeto de la presente licitación, de acuerdo a la relación de Maquinarias y Equipos mínimos, y calendario de utilización, precisados en el Expediente Técnico.

Asimismo declaro las buenas condiciones del equipo, que garantizan las buenas condiciones de trabajo de no ser así se cambiara durante la ejecución de la obra por otra maquinaria que garantice dichas exigencias.

Lima,…. de…… de 2012__________________________________

Firma y sello del Representante LegalNombre / Razón social del postor

NOTA : Las Maquinarias y Equipos deben tener una antigüedad no mayor de diez (10) años; Del mismo modo, serán consideradas las Propuestas que presenten Maquinarias y Equipos que en la columna de descripción de la maquinaria tengan la información de modelo, capacidad y potencia de la maquinaria propuesta. La Entidad podrá verificar la exactitud de la Declaración Jurada propuesta por el postor mediante fiscalización posterior. Se podrá ofertar equipo de mayor capacidad y en cantidad mayor.

La presentación del Equipo incompleto o inferior en número, potencia, capacidad, etc., dará lugar a no considerar la propuesta del postor.El Postor ganador previo a la suscripción del contrato presentará el Formato de Equipo Mínimo, con el número de serie y/o placa y ubicación de los equipos ofertados.

BASES INTEGRADAS63

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ANEXO Nº 08RELACION DE OBRAS EN GENERAL

Postor: ________________________________________________________________________________________________

CONTRATISTA Descripción de la Obra Cliente

Fecha MontoDe la

liquidación Consorcio % Particip.

IPC(*) Monto

actualizado a mes del

Valor Referencial

Nº de FolioInicio Término

A la fecha de Término de la obra

A mes del Valor

Referencial

(*).- IPC : Índice de Precios al Consumidor promedios del mes (Adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano), se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de los valores actualizados

Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del valor referencial (Octubre 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.

Se considerara el monto final de los Contratos culminados dentro del periodo de los últimos 10 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra.

Para efectos de la actualización deberán adjuntar la Resolución de Liquidación de la Obra de donde se extraerá el monto final a actualizar. Se considerarán también los montos consignados en actas de recepción, certificados o constancias de conformidad, siempre y cuando se indique que corresponde al monto final de la obra.

En caso de experiencia como consorcio, se considerará el porcentaje de Consorciado, el que se acreditará mediante Contrato de Asociación u otro documento emitido por el contratante.

El postor podrá acreditar su experiencia con obras realizadas como subcontratista, precisando en su certificado o constancia de cumplimiento de la prestación relacionada con dicha obra.

Firma y sello del Representante LegalNombre / Razón social del postor

BASES INTEGRADAS64

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ANEXO Nº 09RELACION DE OBRAS SIMILARES

Postor: ________________________________________________________________________________________________

CONTRATISTA Descripción de la Obra Cliente

Fecha MontoDe la

liquidación Consorcio % Particip.

IPC(*) Monto

actualizado a mes del

Valor Referencial

Nº de FolioInicio Término

A la fecha de Término de la obra

A mes del Valor

Referencial

(*) IPC: Índice de Precios al Consumidor promedios del mes (Adjuntar copias publicadas en el Diario El Peruano), se aceptaran las copias simples de los IPC de la Pagina Web del INEI. Asimismo, se debe adjuntar el cálculo de los valores actualizados

Los montos deberán ser actualizados desde la fecha de término real de la obra hasta la fecha del Valor Referencial (Octubre 2011), para lo cual usarán el Índice de Precios al Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera se hará la conversión a moneda nacional, considerando el tipo de cambio venta promedio del mes de término de la obra y luego se actualizará a la fecha solicitada. De no acreditarse la fecha de término real de la Obra no se actualizará el monto final de dicha obra.

Se considerara el monto final de los Contratos culminados dentro del periodo de los últimos 10 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra

El valor mínimo de cada obra es el 15% del Valor Referencial. Para efectos de la actualización deberán adjuntar la Resolución de Liquidación de la Obra de donde se extraerá el monto final a actualizar. Se considerarán también los montos

consignados en actas de recepción, certificados o constancias de conformidad, siempre y cuando se indique que corresponde al monto final de la obra. En caso de experiencia como consorcio, se verificara únicamente que resulte similar y que el monto de la obra sea igual o superior al 15% del Valor Referencial, sin que importe el

porcentaje de participación que tuvo en ella el postor que la presenta. Una vez determinada su validez, para verificar que el monto de la obra le corresponde al postor y por tanto, se considerará para la asignación del puntaje respectivo, del monto de la obra presentada se considerara únicamente el porcentaje de participación que tuvo el postor en el consorcio que la ejecuto

El postor podrá acreditar su experiencia con obras realizadas como subcontratista, precisando en su certificado o constancia de cumplimiento de la prestación relacionada con dicha obra

Firma y sello del Representante LegalNombre / Razón social del postor

BASES INTEGRADAS65

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ANEXO N° 10EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO

El postor adjuntará el formato de cada miembro del Personal Profesional mínimo requerido. El cumplimiento de los requisitos y experiencia requeridos, serán sustentados con copias simples del diploma de Titulo Profesional y Diploma y/o Certificado de Colegiatura; y certificados y/o Constancias de trabajos realizados para acreditar la experiencia del personal propuesto.

NOMBRE:______________________PROFESIÓN:_________________________________

CARGO POR OCUPAR: ___________________________________

1. DATOS DEL PROFESIONALUNIVERSITARIOS

Nº DE ORDEN UNIVERSIDAD TITULO

OBTENIDOFECHA DE GRADO

(mes – año)COLEGIATURA

Nº Fecha Nº Folio

2. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD

Nº DEORDEN OBRA

RAZON SOCIAL DEL

CONTRATANTECARGO

DESEMPEÑADO

PERIODOInicio

Término Duración Nº Folio

12345678910

NOTA : 1. El contenido del presente formulario no podrá ser modificado o alterado y deberá

ser llenado en su totalidad. 2. La información incluida en el presente formulario es de responsabilidad del

proponente y se le deberá anexar los documentos sustentatorios, caso contrario se considerará incompleta.

3. La firma del profesional en este formulario será considerada igualmente como carta de intención.

FIRMA DEL PROFESIONAL:____________________(En Original)

Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

ANEXO N° 11

BASES INTEGRADAS66

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CUMPLIMIENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS SIN HABER INCURRIDO EN PENALIDAD

SeñoresCOMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20Presente.-

Estimados señores:

Por la presente, ponemos a su consideración la relación de Obras ejecutadas sin haber incurrido en penalidad:

N° NOMBRE DE LA OBRA DOCUMENTO SUSTENTATORIO

PÁGINA N°(del / al)

NUMERO TOTAL DE LAS OBRAS

NOTA : Los Certificados o Constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor en obras en general y obras similares.

Lima,….. De………….. de 2012

___________________________________Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

Se permitirá la acreditación del factor “cumplimiento de ejecución de obras” con otros documentos, tales como los Certificados de Obra, las Resoluciones o Actas de Liquidación del Contrato de Obra, entre otros, siempre y cuando en su contenido se señale de manera indubitable y fehaciente que la obra fue ejecutada sin penalidades y/o multas y/o sanciones.

ANEXO N° 12

BASES INTEGRADAS67

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CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA(MODELO)

Señores:COMITÉ ESPECIAL LICITACIÓN PÚBLICA Nº 0010-2012-MTC/20 Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y el expediente técnico de la obra, mi propuesta económica es la siguiente:

TOTAL OFERTA ECONÓMICA (S/.) __________________

En letras, son: _______________________________________________________________

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar, con precios al mes Octubre 2011.

La Propuesta Económica es a precios unitarios y se presenta el Presupuesto Detallado en documento adjunto (Formato Nº 03).

Lima,…. de…… de 2012

____________________________________Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

NOTA :

En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, el postor formulará su propuesta ofertando precios unitarios considerando las partidas contenidas en las Bases, las condiciones previstas en los planos y especificaciones técnicas, y las cantidades referenciales y se valorizan en relación a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución.

Cuando el proceso se convoque a suma alzada, el postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de la prestación requerida según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Técnico, en ese orden de prelación ; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.

FORMATO N° 03PRESUPUESTO A OCTUBRE DE 2011

BASES INTEGRADAS68

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PRESUPUESTO DE OBRAItem Descripción     Und. Metrado Precio

S/.Parcial S/.

100 OBRAS PRELIMINARES            

101.A MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION DE EQUIPOS     GLB 1.00    

102.A TOPOGRAFIA Y GEOREFERENCIACION     KM 26.00    

103.A MANTENIMIENTO DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL     mes 12.00    

107.A ACCESO A CANTERAS, BOTADEROS, ZONAS DE PROCESOS Y FUENTES DE AGUA KM

    KM 1.90    

200 MOVIMIENTO DE TIERRAS            201.B DESBROCE Y LIMPIEZA EN ZONAS NO BOSCOSAS HA 26.00    

202.A DEMOLICION DE ESTRUCTURAS m3 18.78    

205.A EXCAVACION EN ROCA SUELTA m3 61,196.48    

205.B EXCAVACION EN ROCA FIJA m3 51,808.11    

205.C EXCAVACION EN MATERIAL COMUN m3 99,819.33    

206.A PERFILADO Y COMPACTACION EN ZONAS DE CORTE m2 192,354.18    

207.A REMOCION DE DERRUMBES m3 4,990.97    

210.A TERRAPLENES CON MATERIAL PROPIO m3 25,744.74    

211.A PEDRAPLEN COMPACTO m3 33,750.00    

220.A MEJORAMIENTO DE SUELOS A NIVEL DE SUBRASANTE m3 101,692.14    

230.A MATERIAL DE CANTERA PARA MEJORAMIENTOS m3 107,257.52    

300 BASES Y SUB BASES        303.A SUBBASE GRANULAR (e=0.25m) m3 1,862.61    

303.B SUBBASE GRANULAR (e=0.35m) m3 36,280.98    

303.C SUBBASE GRANULAR CON MATERIAL DE ACOPIO (e=0.25) m3 12,002.45    

305.A BASE GRANULAR (e=0.20m) m3 25,835.28    

305.B BASE GRANULAR (e=0.25m) m3 12,048.38    

305.C BASE GRANULAR CON MATERIAL DE ACOPIO (e=0.20m) m3 7,629.43    

400 PAVIMENTO ASFALTICO        401.A IMPRIMACION ASFALTICA m2 211,927.04    

410.A PAVIMENTO DE CONCRETO ASFALTICO EN CALIENTE (MAC) m3 13,301.04    

420.D CEMENTO ASFALTICO DE PENETRACION 120/150 kg 1,993,692.89    

422.A ASFALTO DILUIDO TIPO MC-30 t 254,312.44    

423.A FILLER MINERAL (CAL HIDRATADA) kg 291,558.80    

425.A ADITIVO MEJORADOR DE ADHERENCIA kg 9,968.46    

600 OBRAS DE ARTE Y DRENAJE        601.A EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS m3 21,111.72    

605.A RELLENO PARA ESTRUCTURAS CON MATERIAL PROPIO m3 5,269.16    

610.C CONCRETO CLASE C (f'c=280 Kg/cm2) m3 210.25    

610.D CONCRETO CLASE D (f'c=210 Kg/cm2 ) m3 116.22    

610.E CONCRETO CLASE E (f'c=175 Kg/cm2) m3 590.03    

610.F CONCRETO CLASE F (f'c=140 Kg/cm2) m3 275.27    

610.H CONCRETO CLASE H (f'c=100 Kg/cm2) m3 14.56    

612.A ENCOFRADO Y DESENCOFRADO m2 4,587.82    

615.A ACERO DE REFUERZO kg 48,135.42    

622.B TUBERIA CORRUGADA DE ACERO GALVANIZADO CIRCULAR 0=0.90m m 891.41    

622.C TUBERIA CORRUGADA DE ACERO GALVANIZADO CIRCULAR 0=1.20m m 82.03    

624.A TUBERIA HDPE DE 300mm m 80.00    

625.B SUBDREN PROFUNDO m3 6,554.34    

625.C TUBERIA DE PVC DE 6" PESADA CON PERFORACION m 5,807.50    

630.A REVESTIMIENTO DE PIEDRA EMBOQUILLADA m2 5,450.21    

635.B CUNETAS REVESTIDAS DE CONCRETO TRIANGULAR m 25,886.10    

635.C CUNETAS REVESTIDAS DE CONCRETO RECTANGULAR CON TAPA m 597.00    

635.D BERMA CUNETA m 55.48    

650.H GEOTEXTIL NO TEJIDO CLASE 2 m2 27,903.88    

675.A VEREDA DE CONCRETO m2 102.64    

680.A SARDINEL DE VEREDA m 55.48    

700 TRANSPORTE        700.A TRANSPORTE DE MATERIAL EXCEDENTE ENTRE 120M Y 1000M M3K 326,591.57    

BASES INTEGRADAS69

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700.B TRANSPORTE DE MATERIAL EXCEDENTE A DISTANCIAS MAYORES A 1000m

M3K 797,295.41    

700.C TRANSPORTE DE MATERIAL GRANULAR ENTRE 120M Y 1000M M3K 182,083.06    

700.D TRANSPORTE DE MATERIAL GRANULAR PARA DISTANCIA MAYOR DE 1000M

M3K 2,745,710.53    

700.E TRANSPORTE DE MATERIAL ASFALTICO PARA DISTANCIAS MENORES A 1000M

M3K 13,301.04    

700.F TRANSPORTE DE MATERIAL ASFALTICO PARA DISTANCIA MAYOR DE 1000M

M3K 104,289.56    

700.G TRANSPORTE DE ROCA PARA PEDRAPLEN ENTRE 120M Y 1000M M3K 22,930.85    

700.H TRANSPORTE DE ROCA PARA PEDRAPLEN DISTANCIAS MAYORES A 1000M

M3K 118,077.02    

700.I TRANSPORTE DE DERRUMBES DISTANCIAS MAYORES 1000M M3K 18,188.96    

800 SEÑALIZACION Y SEGURIDAD VIAL        801.A SEÑALES PREVENTIVAS (0.75m x 0.75m) und 206.00    

802.A SEÑALES REGLAMENTARIAS (0.60m x 0.90m) und 41.00    

803.A SEÑALES INFORMATIVAS m2 92.83    

804.A POSTES DE SOPORTE DE SEÑALES DE CONCRETO und 247.00    

804.B ESTRUCTURA DE SOPORTE DE SEÑALES TIPO E1 und 35.00    

805.A POSTES DELINEADOR und 76.00    

805.B TACHAS DELINEADORAS BIDIRECCIONALES und 5,208.00    

810.A MARCAS EN EL PAVIMENTO m2 7,660.38    

820.A BARRERA DE SEGURIDAD m 5,715.00    

830.A POSTES DE KILOMETRAJE und 27.00    

835.A REDUCTORES DE VELOCIDAD TIPO RESALTO m 52.80    

840.A PINTADO DE PARAPETOS DE MUROS Y ALCANTARILLAS m2 146.02    

900 PROTECCION AMBIENTAL        901 SUB PROGRAMA DE SEÑALIZACION        

803.A SEÑALES INFORMATIVAS m2 144.60    

804.B ESTRUCTURA DE SOPORTE DE SEÑALES TIPO E1 und 60.00    

910 PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL        

911.A MONITOREO DE CALIDAD DE AIRE pto 80.00    

912.A MONITOREO DE CALIDAD DE AGUA pto 25.00    

913.A MONITOREO DE RUIDO pto 40.00    

920 SUB PROGRAMA DE CIERRE Y ABANDONO DE OBRA        

921.A REVEGETACION DE AREAS AFECTADAS (PATIO DE MAQUINAS, PLANTA DE CHANCADO Y ASFALTO)

HA 1.25    

921.B REVEGETACION DE AREAS AFECTADAS (DME's) HA 9.13    922.A CONFORMACION DE MATERIAL EXCEDENTE EN DME's m3 360,022.76    

923.A RESTAURACION AMBIENTAL DE AREAS AFECTADAS (CANTERAS) m2 94,580.78    

928.A RESTAURACION AMBIENTAL DE AREAS AFECTADAS (PLANTAS DE CHANCADO, PATIO DE MAQUINAS Y ASFALTO)

m2 12,503.59    

930 SUB PROGRAMA DE PASIVOS AMBIENTALES        

931.A LIMPIEZA DE TERRENO EN PASIVOS (L mp eza y Transporte) GLB 1.00    

932.A REVEGETACION DE AREAS DE PASIVO HA 1.56    

1000 OTROS        1001.A NIVELACION DE BUZONES und 9.00    

  Costo Directo        

  Gastos Generales 25.2572%        

  Utilidad 10.000%        

  Sub Total        

  IGV 18.000%        

  Total Presupuesto        

BASES INTEGRADAS70

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PLIEGO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

PLIEGO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 0010-2012-MTC/20EJECUCIÓN DE LA OBRA

REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CAJAMARCA – CELENDÍN - BALSAS TRAMO II: Km. 26+000 – Km. 52+000

PROPONENTE: CONALVIAS S.A SUCURSAL PERÚ.

Consulta Nº 01:REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección Específica – Capítulo IINumeral 2.5.1.Título “Documentación de presentación obligatoria”Literal iii)

Solicitamos se confirme que en el caso de que los postores presenten a profesionales extranjeros, la Entidad validará en el contenido de la Propuesta su inscripción en el colegio de ingenieros del país donde se realizaron los estudios; siendo que para la suscripción del contrato, se requerirá el certificado de habilidad emitido por la autoridad peruana, o constancia de inicio del trámite para la emisión de dicho certificado.

RESPUESTA N° 01Se confirma que, en el caso de que los postores presenten a profesionales extranjeros, la Entidad validará en el contenido de la propuesta su inscripción en el colegio de ingenieros del país de origen o donde se realizaron los estudios; siendo que, para la suscripción del contrato, se requerirá el certificado de habilidad emitido por el Colegio de Ingenieros del Perú.

Consulta Nº 2:Sección Específica – Capítulo IINumeral 2.5.1.Título “Documentación de presentación facultativa”Literal ii)Agradeceremos se confirme que también serán validados por el Comité Especial los contratos que superen el monto del valor referencial del presente proceso de selección.

RESPUESTA N° 02Se confirma, para sustentar la experiencia en obras en general y obras similares podrán presentar contratos que superen el monto del valor referencial, acompañado con su respectiva acta de recepción y conformidad. Siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final

Consulta Nº 3:Sección Específica – Capítulo IINumeral 2.5.1.Título “Documentación de presentación facultativa”Literal ii)

Solicitamos se precise que en el caso de presentar contratos públicos la única información que será exigible en los certificados es el monto final del contrato suscrito, siendo que no resultará obligatorio que dichos certificados tengan la precisión de que el contrato se ejecutó sin incurrir en penalidades.

RESPUESTA N° 03Se precisa lo siguiente:Para acreditar el factor “experiencia del postor”, los contratos deberán contar con su respectiva acta de recepción y conformidad, siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En

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ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final.Para acreditar el factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá presentar Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades

Consulta Nº 4:Sección Específica – Capítulo IINumeral 2.5.1.Título “Documentación de presentación facultativa”Literal ii)

Agradeceremos confirmar que como obras similares, también se validarán los trabajos de tratamiento superficial bicapa.RESPUESTA N° 04Confirmado, como obras similares, también se validarán los trabajos de tratamiento superficial bicapa.

Consulta Nº 5:Sección Específica – Capítulo IINumeral 2.5.1.Título “Documentación de presentación facultativa”Literal ii)

Agradeceremos confirmar que como obras similares, también se validarán los trabajos de mantenimiento de carreteras.

RESPUESTA N° 05Se considerará como Obras Similares a las obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o tratamiento superficial bicapa, fuera del ámbito urbano

Consulta Nº 6:Sección Específica – Capítulo IINumeral 2.5.1.Título “Documentación de presentación facultativa”Literal iv)Agradeceremos se confirme que para la acreditación del factor “cumplimiento en la ejecución de obras” no se requerirá que el documento presentado precise que la obra fue liquidada, siendo que únicamente bastará que se señale que el contrato se ejecutó sin incurrir en penalidades y/o multas y/o sanciones.

RESPUESTA N° 06De conformidad al literal d, del numeral 2, del Artículo 47°, para acreditar el factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá presentar Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades

Consulta Nº 7:REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección Específica – Capítulo IIIRequerimientos Técnicos MínimosNumeral 1 – Experiencia del personal propuestoSolicitamos se suprima la exigencia de presentar a profesionales como Jefe de la Oficina de Ingeniería, Ingeniero de Trazo y Topografía, Especialista de Obras de Arte y Drenaje, Ingeniero responsable de control de calidad, Ingeniero responsable de trazo y topografía, Ingeniero responsable de contratos, Ingeniero de Producción, e Ingeniero asistente de producción. Ello debido a que dicho requerimiento no resulta acorde al Principio de Razonabilidad regulado en la Ley de Contrataciones del Estado, siendo que además, dichos profesionales no fueron requeridos en otros procesos de selección de similar naturaleza que el presente.

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RESPUESTA N° 07Negativo, Los profesionales propuestos para la obra corresponden al requerimiento mínimo considerado en los gastos generales del presupuesto de obra, consecuentemente esta es parte valor referencial.

Dichos profesionales se encuentran requeridos en otros procesos de selección

Consulta Nº 8:REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección Específica – Capítulo IIIRequerimientos Técnicos MínimosNumeral 1 – Experiencia del personal propuestoSolicitamos se confirme que el cargo de “Asistente en Impacto Ambiental” podrá ser desempeñado por cualquier profesional colegiado, siendo que no resultará exigible que sea un profesional antropólogo o sociólogo, toda vez que las tareas propias del cargo bien podrían ser desempeñadas por cualquier profesional; caso contrario, se estarían recogiendo tratamientos que restringen la libre participación y pluralidad de postores.RESPUESTA N° 08Negativo, Debe ser un sociólogo o antropólogo debido a que se debe atender aspectos sociales cuyo manejo es propio de estos especialistas.

Consulta Nº 9:REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección Específica – Capítulo IVCriterios de evaluaciónLiteral cAgradeceremos se confirme que la experiencia requerida en “la especialidad” es el equivalente a “en el cargo”. En su defecto, solicitamos se precisen las actividades que estarían comprendidas en “la especialidad”.

RESPUESTA N° 09Se confirma, la experiencia del profesional en la especialidad es el equivalente al cargo

Consulta Nº 10:REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Capítulo III - Requerimientos Técnicos MínimosTítulo “Relación de Equipo Mínimo”

Sírvase confirmar que no será necesaria la presentación de cartas de compromiso o alquiler, para acreditar el equipo solicitado.

RESPUESTA N° 10Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado.

Consulta Nº 11:

REFERENCIA(S) DE LAS BASESAnexo 07- Requerimientos de Equipo Mínimo

De acuerdo a lo indicado en el Anexo Nº 07, las maquinarias, equipos y vehículos deberían contar con una antigüedad máxima de 10 años. En atención a ello, solicitamos se considere que para el caso de maquinarias y equipos la antigüedad pueda ser de 15 años, toda vez que los anteriores procesos convocados por PROVIAS lo prevén de dicha manera.

RESPUESTA N° 11Negativo, Ceñirse a lo solicitado en las Bases

Consulta Nº 12:

BASES INTEGRADAS73

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REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Capítulo III - Requerimientos Técnicos MínimosTítulo “Relación de Equipo Mínimo Total”Ítem 12 “Grúa Hiab sobre camión de 5 ton”Página 28

Solicitamos se precise si la grúa sobre camión de 5 toneladas considerada como Equipo Mínimo, merece la calificación de “Equipo o Maquinaria” o “Vehículo”.

RESPUESTA N° 12La Grúa HIAB sobre camión de 5 toneladas es considerado como vehículo, para efectos de la movilización, debido a que se desplaza por si sola, sin embargo dada las funciones que desarrolla en la obra, está considerada en la lista de equipo mínimo.

Consulta Nº 13:REFERENCIA(S) DE LAS BASESSección: Capítulo III - Requerimientos Técnicos MínimosTítulo “Relación de Equipo Mínimo”

Solicitamos se acepte equipo alternativo o de características superiores que cumplan el mismo propósito a las indicadas en el equipo mínimo referencial.

RESPUESTA N° 13La relación de equipo mínimo total, como su nombre lo indica es de equipo mínimo, el contratista a su costo en su oferta, puede considerar equipo de mejores características que las solicitadas.

PROPONENTE: OBRAS DE INGENIERÍA S.A. - OBRAINSA

Consulta N14Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del Personal Propuesto Consulta:Confirmar que será válida para acreditar la experiencia tanto de los requerimientos técnicos mínimos, como los factores de evaluación del Jefe de Oficina de Ingeniería (Planeamiento y Costos) en cargos como: Especialista en Metrados, Costos y Valorizaciones o Especialista en Costos y Valorizaciones.

RESPUESTA N° 14Negativo, Ceñirse a lo solicitado en las BasesEl Jefe de Oficina de Ingeniería (Planeamiento y Costos),  es el profesional que coordina con producción , almacén, supervisión de obra, presupuesto, programación y planeamiento  de la obra

Consulta N15Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Requisitos Mínimos de Personal Consulta:Consultamos si la Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra, deberá ser presentada solo por el Ingeniero Residente. En caso contrario proporcionar ANEXO correspondiente.RESPUESTA N° 15La Declaración Jurada de Compromiso de ejercer la Residencia en la obra, deberá ser presentada solo por el Ingeniero Residente.

Consulta N16Referencia(s) de las BasesSección: RELACIÓN DE EQUIPO MÍNIMO TOTALConsulta:Confirmar que se puede ofertar una CAMIONETA PICK UP 4x4 90 HP DOBLE CABINA en reemplazo de CAMIONETA 4x2

BASES INTEGRADAS74

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PICK UP CABINA SIMPLE 84 HP.RESPUESTA N° 16VER RESPUESTA N13Consulta N17Referencia(s) de las BasesSección: RELACIÓN DE EQUIPO MÍNIMO TOTALConsulta:Se solicitamos confirmar que cuando solicitan una RETROEXCAVADORA S/ LLANTAS 58 HP,1 YD3 se refieren a un CARGADOR RETROEXCAVADOR DE 58 HP, 1 YD3.

RESPUESTA N° 17NO SE CONFIRMA, SE TRATA DE EQUIPOS DISTINTOS

Consulta N18Referencia(s) de las BasesSección: ANEXO N° 07Consulta:Solicitamos agregar a la columna de tenencia la OPCIÓN ALQUILER, tal como se indica en el último párrafo del numeral 2. Del Capítulo III.

RESPUESTA N° 18Se acepta la solicitud

PARTICIPANTE: SAN JOSE PERU S.A.C.

Consulta Nº 19Referencia (s) de las BasesSección: 2.5.1Numeral: i)Página: 23En caso de que un postor se presentara en consorcio ¿Sera valido que uno de los consorciados pueda sustentar la experiencia en obras generales y obras similares? Confirmar.

RESPUESTA N° 19A efectos de acreditar la experiencia de todos los integrantes del consorcio podrán presentar contratos en los que hayan participado individualmente, en cuyo caso se tomara en cuenta el integro del monto de dichos contratos; sin embargo, cuando las obras presentadas hayan sido ejecutadas en Consorcio, deberá indicarse el porcentaje (%) de participación que corresponda, presentando para tal efecto el Contrato de Asociación o documento emitido por el contratante, que servirá para la asignación del puntaje proporcional respectivo.

Consulta Nº 20Referencia (s) de las BasesSección: 2.5.1Numeral: i)Página: 23Para proyectos que se ejecutaron en Europa y los contratos suscritos en Euros ¿Se deberá hacer primero el tipo de cambio de euro al nuevo sol para recién proceder a actualizar con el IPC? o ¿Se debe hacer el tipo de cambio a dólares y luego a nuevos soles para recién poder actualizar con el IPC? Aclarar.RESPUESTA N° 20El procedimiento esta descrito en los Anexos 08 y 09

Consulta Nº 21Referencia (s) de las Bases - Capítulo IVSección: c)Numeral: c.1)Página: 30 y 31Requerimientos Técnicos Mínimos: Experiencia del Personal Propuesto: indican una relación de 14 profesionales (Ingenieros Civiles Colegiados) que debemos presentar, sin embargo figuran solo 11 profesionales a calificar de acuerdo al capítulo IV de criterios de evaluación? Los otros 3 no figuran como profesionales para calificación?¿Se solicita aclarar este

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extremo de las bases.

RESPUESTA N° 21Se aclara que 14 son los profesionales solicitados como requerimiento técnico mínimo, de los cuales 11 profesionales forma parte de los criterios de evaluación

Consulta Nº 22Referencia (s) de las Bases - Capítulo IIISección: 4)Numeral: Página: 28Confirmar que el plazo de ejecución de obra es de 360 días calendarios?

RESPUESTA N° 22Se confirma que el plazo de ejecución de la obra es de 360 días calendarios.

Consulta Nº 23Referencia (s) de las Bases - Capítulo IVSección: Modelo del contrato, clausula decima tercera: Adelanto Directo y de MaterialesNumeral: Punto 13.3 Adelanto Directo - Punto 13.7 Adelanto de MaterialesPágina: 38Creemos que existe cierta contradicción en este punto, en vista de que por un lado se señala que el adelanto directo será de hasta el 20% y el de materiales 40%; a la vez se indica que la entidad deberá definir, en el caso que considere el otorgamiento de adelantos al contratista, el porcentaje al que ascenderá dicho adelanto, por lo que pedimos se sirva:a) Confirmar que se entregará el adelanto directo dentro del límite del 20%, siempre que el contratista presente su

solicitud con los requisitos y dentro del plazo indicado en este punto de las bases.b) Confirmar que se entregará el adelanto por materiales dentro del límite del 40%, siempre que el contratista presente

su solicitud con los requisitos y dentro del plazo indicado en este punto de las bases.c) Indicar la cifra exacta del porcentaje de los adelantos (%) que como mínimo va a hacer entrega la entidad.RESPUESTA N° 23

a) El Adelanto Directo no excederá del 20% del monto del contrato original b) El adelanto para materiales o insumos no deberán superar el 40% del monto del contrato original c) Lo adelantos se otorgará de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.

Consulta Nº 24Referencia (s) de las Bases - Capitulo ISección: GeneralidadesNumeral: 1.4. Valor ReferencialPágina: 16Se señala que para otorgar la buena pro a propuestas que superen el valor referencial hay una serie de condiciones.Al respecto pedimos:

a) Se nos informe si a la fecha de presentación de estas consultas se cuenta con asignación de créditos presupuestarios.

b) En caso la respuesta anterior no pueda ser categórica, solicitamos que se nos confirme la existencia de disponibilidad presupuestaria por un monto idéntico al valor referencial, pues no resulta lógico que se convoque a un proceso de selección con la posibilidad de que se condicione el otorgamiento de la buena pro al postor ganador, a que rebaje su propuesta a un monto menor al valor referencial.

c) En caso la primera respuesta de esta consulta no pueda ser categórica, pedimos que se nos absuelva la duda de que en caso el postor no acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial, no se considerara una causal para la ejecución de la carta fianza de seriedad de la oferta, ni ningún otro incumplimiento de su parte, en la medida que aceptar la rebaja de su propuesta es una potestad del postor que tenga el mejor puntaje técnico – económico. Aclarar.

RESPUESTA N° 24a) El proceso de selección cuenta con certificación presupuestal y previsión presupuestal correspondiente.b) Existe certificación presupuestal y previsión presupuestal por el monto del valor referencial.c) En caso el postor con mayor puntaje total, no acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al

valor referencial no se otorgará la Buena Pro, hasta contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad

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Consulta Nº 25Referencia (s) de las Bases - Propuesta TécnicaSección: 2.5.1Numeral: i)Página: 22Montos de obras actualizados al 31 de octubre de 2011, usando el IPC ¿podrían facilitarnos la tabla de IPC?RESPUESTA N° 25Los indicadores de los Índices de Precios al Consumidor el IPC, se encuentran publicadas en la web del INEI: http://www.inei.gob.pe

Consulta Nº 26Referencia (s) de las Bases - Requerimiento Técnicos MínimosSección: Capítulo IIINumeral: 2)Página: 27 y 28Relación de Equipo Mínimo a ofertar: Se solicita acreditar mediante una Declaración Jurada de compromiso de disponer de las maquinarias mínimos ofertados de acuerdo al numeral 2, luego líneas más adelante indica que deben de ser de propiedad del postor y estar ubicados en el país. En aras de la transparencia y de dar la mayor garantía y participación de los postores, ¿Se solicita que para cumplir los requerimientos de este ítem se puede presentar una carta compromiso de alquiler y que al ganador de la buena pro, se le solicite el cumplimiento de ítem con las maquinarias ubicadas en el país? Favor de confirmar.

RESPUESTA N° 26En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se retira la exigencia de que los equipos deberán ser propios y estar ubicados en el país.

Consulta Nº 27Referencia (s) de las Bases - Requerimiento Técnicos MínimosSección: Capítulo IIINumeral: 1)Páginas: 27, 30 y 31¿Se puede proponer profesionales extranjeros con amplia experiencia en construcción de carreteras? Favor de Confirmar.

RESPUESTA N° 27En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, CONFIRMADO, siempre y cuando cumplan con las exigencias solicitadas en el presente proceso.

Consulta Nº 28Referencia (s) de las Bases - Requerimiento Técnicos MínimosSección: Capítulo IIINumeral: 1)Páginas: 27, 30 y 31De ser afirmativa la respuesta anterior ¿Cómo se calificara a dicho profesional? Favor de aclarar.

RESPUESTA N° 28La calificación será de acuerdo a las exigencias mínimas y criterios de evaluación establecidas en las Bases.

PARTICIPANTE: CONSTRUCTORA MALAGA HNOS. S.A.

Consulta N 29Referencia(s) de las BasesSección:: CAPÍTULO III REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOSNumeral: Experiencia del Personal PropuestoPágina: 27Consulta:En el Capítulo III del Numeral 1 de las Bases se establece lo siguiente:

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Cant. Cargo Requisito Técnico Mínimo

1 Ingeniero Residente Ingeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima como residente de obras similares.

1 Jefe de Oficina de Ingeniería(Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ingeniero de Producción Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Suelos y Pavimento

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Obras de Arte y Drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Impacto Ambiental

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Jefe de Oficina Técnica Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Responsable de Control de Calidad

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Especialista en Trazo y Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Responsable de Contratos Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Responsable de Seguridad Ingeniero Civil o Industrial colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Ingeniero Asistente de Producción

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Asistente en Impacto Ambiental (Medio, Físico Biológico)

Profesional colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos sociales)

Profesional Antropólogo o Sociólogo colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

Asi mismo en elCapítulo IV Criterios de Evaluación, item C Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto”, se indica:

c.1 Ingeniero Residente de ObraExperiencia mayor o igual a 5 años como Residente de obra….Diez (10) puntos.Experiencia igual o menor a 2 años como Residente de Obra ….cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.2 Jefe de Oficina Ingeniería (Planeamiento y Costos)Mayor o igual a 2 años en la especialidad ………………………....tres (03) puntosMenor o Igual a 1 años en la especialidad…………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.3 Ingeniero de producciónMayor o igual a 2.5 años en la especialidad ……………….….…..tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.4 Jefe de Oficina TécnicaMayor o igual a 2 años en la especialidad ……………….……….dos (02) puntoMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.5 Ingeniero Responsable de Control de CalidadMayor o igual a 2 años en la especialidad …………….………….dos (02) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.6 Ingeniero Especialista en Trazo y TopografíaMayor o igual a 3 años en la especialidad ………………………..tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00) puntos

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Para valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.7 Ingeniero Responsable de ContratosMayor o igual a 2 años en la especialidad ………………..……....uno (01) puntoMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.8 Ingeniero Responsable de SeguridadMayor o igual a 2 años en la especialidad …..…………………....uno (01) puntoMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.9 Especialista en Suelos y pavimentosMayor o igual a 3 años en la especialidad …………………………..cuatro (04) puntosMenor Igual a 1 año en la especialidad …………………………….. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.10 Especialista en Obras de Arte y DrenajeMayor o igual a 3 años en la especialidad ……………………..tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad ………………………cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.11 Especialista en Impacto ambientalMayor o igual a 3 años en la especialidad ……………….……. tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad ……………………...cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

Se evaluará en función a la experiencia en la especialidad requerida en obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente fuera del ámbito urbano.

Si bien es cierto que de acuerdo a las normas, es facultad de la entidad establecer los requerimientos técnicos mínimos, estos deberán ser razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria. Y sin mayores restricciones que la de permitir la mayor concurrencia de proveedores en el mercado, debiéndose considerar los criterios de razonabilidad, congruencia y proporcionalidad.Consideramos que los requisitos técnicos mínimos deberán estar en función de la magnitud de la obra; en consecuencia se deberá cumplir con la función de cubrir adecuadamente la operatividad y funcionalidad de la ejecución de la obra requerida.

Por lo expuesto solicitamos que el requerimiento mínimo del personal profesional indicado en el en el Anexo Nº 05;solo deberá considerar los siguientes profesionales que a continuación se indican.

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOSCant Cargo Requisito Técnico Mínimo

1 Ingeniero ResidenteIngeniero Civil colegiado y hábil, con dos (02) años de experiencia mínima como residente de obras similares.

1 Jefe de Oficina de Ingeniería(Planeamiento y Costos)

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Suelos y Pavimento

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Obras de Arte y Drenaje

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Especialista en Impacto Ambiental

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Ing. Especialista en Trazo y Topografía

Ingeniero Civil colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

1 Responsable de SeguridadIngeniero Civil o Industrial colegiado y hábil, con un (01) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

Y para los profesionales que son parte del CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION:

c.1 Ingeniero Residente de Obra

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Experiencia mayor o igual a 5 años como Residente de obra……….……………….Diez (10) puntos.Experiencia igual o menor a 2 años como Residente de Obra …………………….cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.2 Jefe de Oficina Ingeniería (Planeamiento y Costos)Mayor o igual a 2 años en la especialidad …………………………………………….tres (03) puntosMenor o Igual a 1 años en la especialidad……………………………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.6 Ingeniero Especialista en Trazo y TopografíaMayor o igual a 3 años en la especialidad …………………………………………….tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad…………………………………………….. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.8 Ingeniero Responsable de SeguridadMayor o igual a 2 años en la especialidad …………………………………………...uno (01) puntoMenor o Igual a 1 año en la especialidad……………………………………………. cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.9 Especialista en Suelos y pavimentosMayor o igual a 3 años en la especialidad …………………………………………...cuatro (04) puntosMenor Igual a 1 año en la especialidad ……………………………………………... cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

c.10 Especialista en Obras de Arte y DrenajeMayor o igual a 3 años en la especialidad …………………………………………...tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad ……………………………………………cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación linealc.11 Especialista en Impacto ambientalMayor o igual a 3 años en la especialidad ………………………………….………. tres (03) puntosMenor o Igual a 1 año en la especialidad ………………………………….………...cero (00) puntosPara valores intermedios se considerará interpolación lineal

De no considerarse lo solicitado, se estaría restringiendo la participación de los postores, atentando de esta manera contra el Principio de Libre Concurrencia y Competencia, el cual tiene como finalidad propiciar la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores; el Principio de Imparcialidad y Razonabilidad consagrados en el artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado.

RESPUESTA N° 29Negativo, se mantiene requerimiento mínimo de personal profesional.

Ver respuesta a la consulta Nº 07No puede variarse requerimiento mínimo de profesionales debido a que el Expediente Técnico considera el mínimo necesario para la obra y se encuentra considerado dentro de los gastos generales del presupuesto de obra, consecuentemente se encuentra dentro del valor referencial.Respecto a los profesionales a evaluar, se mantiene lo indicado en las Bases.

CONSULTA N° 30Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capitulo IINumeral: 2.5.1, i) y ii)Pagina: 22 y 23

CONSULTADe acuerdo a lo que dispone el artículo 47° del Reglamento, la experiencia del postor se acredita con copias simples de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad, documento este último que se emite una vez que la obra ha sido concluida por el contratista y recibida a conformidad por la Entidad contratante, conforme a la regulación dispuesta en el artículo 210° del Reglamento. De lo indicado puede afirmarse, que la experiencia en obras que exige la Ley y el Reglamento se encuentra referida a obras ejecutadas y concluidas.

En ese sentido, la experiencia se mediría a través del monto acumulado que percibió el contratista por la ejecución de la obra; que por lo general se encuentra consignada en el Acta de Recepción de la obra pudiendo, también, estar consignada en otro documento emitido por la Entidad Contratante.

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Por lo tanto confirmar que la acreditación de la experiencia del postor tanto en obras en general como en obras similares, podrá ser acreditada con la copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción o cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que la obra fue concluida e indicando el monto total percibido.

RESPUESTA N° 30Para acreditar el factor “experiencia del postor”, tanto en obras en general como en obras similares, deberán presentar contratos con su respectiva acta de recepción y conformidad, siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final.

CONSULTA N° 31Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capítulo II Numeral: 2.5.1, ii)Pagina: 24

CONSULTADe acuerdo a la definición de obras Similares dada en el numeral 1 de los Requerimientos Técnicos Mínimos; lo que a la letra dice:....”Se considerará como Obras Similares a las obras de Construcción o

Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente fuera del ámbito urbano. ” ;.

Confirmar que todas las obras de carreteras ejecutadas dentro del territorio peruano se considerará fuera del ámbito urbano; de acuerdo a la definición, de carretera, dada en el Reglamento Nacional de Transito; por lo tanto no es necesario que en los documentos sustentatorio se mencione que dichas obras se encuentren fuera del ámbito urbano.

RESPUESTA N° 31CONFIRMADO

CONSULTA N° 32Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capitulo IIINumeral: 2.Pagina: 29

CONSULTAConfirmar que el equipo Rodillo Neumático Autopropulsado de 135 HP 9.6 TN, podrá ser Rodillo Neumático Autopropulsado de 100-135 HP, 11 - 27 TN.

RESPUESTA N° 32NEGATIVO, CEÑIRSE A LA RELACIÓN DE EQUIPO MÍNIMO.

CONSULTA N° 33Referencia(s) de las BasesSección: Formatos y AnexosNumeral: Anexo N° 07Pagina: 60

CONSULTATeniendo en cuenta que todo Postor deber tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes a los demás, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas (Item “k” del Artículo 4° del Decreto Legislativo N°1017) y a fin de fomentar la mayor participación de postores y que no constituya un tratamiento discriminatorio las exigencias de los requisitos en las Bases de Licitaciones (Art. N° 26, ítem “a” del Decreto Legislativo N°1017), es que solicitamos:

Que lo referido en la NOTA del Anexo N° 07 (Requerimientos de Equipo Mínimo); no se exija una antigüedad máxima a los equipos requeridos; ya que estos equipos pueden tener mayor antigüedad a lo solicitado encontrándose operativos y en buenas condiciones, debido al continuo mantenimiento que se les da a estos durante la ejecución de cada obra y al termino

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de ellas.

En caso de ser negativa su respuesta, solicitamos que los años máximo de antigüedad solicitado sea fundamentada y sustentada de acuerdo al Artículo 28° del D. L. N° 1017 y al Artículo 54 del D. S. N° 184-2008-EF.

Además, el hecho de solicitar equipos menores o iguales en antigüedad a lo requerido se esta contraviniendo al Principio de Economía (Item “i” del Artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1017) pues no se esta aplicando los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, debiéndose evitar exigencias y formalidades costosas.

RESPUESTA N° 33Ver respuesta a la consulta Nº 11.

CONSULTA N° 34Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capitulo IIINumeral: 1Pagina: 27

CONSULTAConfirmar que el Especialista en Impacto Ambiental puede ser un Ingeniero Civil Especialista en Medio Ambiente Colegiado en el Capitulo de Ingeniería Civil.

RESPUESTA N° 34Confirmado

CONSULTA N° 35Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capitulo IIINumeral: 1Pagina: 27

CONSULTAConfirmar que para el Jefe de Oficina de Ingeniería (Planeamiento y Costos) se aceptará a un Ingeniero “Especialista en metrados, costos y valorizaciones” o “Especialista en metrados y presupuestos”, en obras similares.

RESPUESTA N° 35Ver respuesta a la consulta Nº 14.

CONSULTA N° 36Referencia(s) de las BasesSección: Formatos y AnexosNumeral: Anexo N° 07Pagina: 60

CONSULTADe acuerdo a lo solicitado en el numeral 2, Requerimiento de Equipo Mínimo (Pag.28), de que los equipos requeríos sean propios se contraviene al Principio de Economía ya que de no tener estos equipos en propiedad se estaría exigiendo de que para participar en esta Licitación se tendría que adquirir estos equipos; que de no resultar ganador de la Buena Pro esta inversión seria innecesaria; por lo tanto solicitamos se anule este requisito; pudiendo ser dicho equipo, propio, alquilado o bajo otra modalidad de adquisición.

RESPUESTA N° 36En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se retira la exigencia de que los equipos deberán ser propios y estar ubicados en el país.

CONSULTA N° 37Referencia(s) de las Bases

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Sección: Formatos y AnexosNumeral: Anexo N° 07Pagina: 60:

CONSULTAConfirmar, de ser necesario contar con equipos de tercero para completar el requerimiento de equipo mínimo, no es necesario presentar carta compromiso de alquiler y/o venta siendo suficiente con presentar el Anexo N° 07 llenado con los datos que se requieren; ya que este es una Declaración Jurada.

RESPUESTA N° 37Confirmado

CONSULTA N° 38Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capitulo IIINumeral: 1Pagina: 27

CONSULTATeniendo en cuenta que el Jefe de Oficina de Ingeniería, el Jefe de Oficina Técnica, el Ing. Responsable de Contratos, Ingeniero de Producción e Ingeniero Asistente de Producción puede ser cumplido por un solo profesional (Jefe de Oficina de Ingeniería); en caso de ser negativa su respuesta, solicitamos nos fundamente y sustente la necesidad de contar con todos estos profesionales.

RESPUESTA N° 38Negativo, los gastos generales contemplan y paga a los profesionales, consecuentemente se encuentra dentro del valor referencial.

CONSULTA N° 39Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capitulo IIINumeral: 1Pagina: 27

CONSULTASolicitamos se presente un solo Especialista en Impacto Ambiental; de ser negativa su respuesta, solicitamos nos fundamente y sustente la necesidad de contar en la obra con dos asistentes mas para la especialidad de Impacto Ambiental

RESPUESTA N° 39Negativo, los gastos generales del presupuesto de obra contemplan y pagan los dos profesionales indicados, cuya presencia obedece a la necesidad de apoyo al especialista en Impacto Ambiental en la gestión de los aspectos ambientales y sociales incluidos en el plan de manejo ambiental del Estudio de Impacto Ambiental del expediente Técnico de Obra.

CONSULTA N° 40Referencia(s) de las BasesSección: Especifica, Capitulo IIINumeral: 1Pagina: 27

CONSULTASolicitamos nos fundamente y sustente la necesidad de contar en la obra con un Ing. Responsable de Control de Calidad.

RESPUESTA N° 40Ing. Control de Calidad.- Es el encargado de programar los ensayos y pruebas, coordinando con la supervisión dichos trabajos y el citado profesional se encuentra dentro de los gastos generales del presupuesto de obra, consecuentemente dentro del valor referencial.

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PROPONENTE: COSAPI S.A.

CONSULTA 41En cuanto a la fórmula polinómica propuesta no responde a la esencia y espíritu de lo que se pretende con ella. Es decir preservar el equilibrio financiero de la obra lo que se consigue con la representación real de la incidencia de los principales insumos dentro de la fórmula. En este caso nos referimos al petróleo que viene a ser el más importante de todos ellos. La representación que este tiene dentro de la fórmula corresponde al consumo del petróleo de la planta de asfalto, omitiendo el consumo mucho grande que es el que corresponde al de todos los equipos que van a ejecutar la obra (tractores, excavadoras, cargadores etc. etc.). Este gran consumo se ha integrado dentro de los índices 48 y 49 que corresponden a Maquinaria y Equipo Nacional y Maquinaria y Equipo Importado lo cual constituye un gravísimo error pues estos índices se mueven con el dólar mientras que las alzas de petróleo lo hacen independientemente de esta moneda (el galón de petróleo vale cada día más dólares).

Solicitamos hacer las correcciones correspondientes para evitar generar contingencias que puedan tener graves repercusiones para el desarrollo normal de la obra.RESPUESTA N° 41LA FÓRMULA POLINÓMICA ES LA SUMATORIA DE LOS MONOMIOS AGRUPADOS QUE CONTIENEN LA INCIDENCIA DE LOS PRINCIPALES ELEMENTOS A UTILIZAR PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, POR LO QUE SE HA USADO EL MONOMIO Y/O INSUMO DEL ASFALTO DEBIDO A SU INCIDENCIA. LA INCIDENCIA DEL PETRÓLEO DE LOS EQUIPOS MECÁNICOS PARA LA OBRA, SE ENCUENTRA PAGADO DENTRO DEL ALQUILER DE LOS MISMOS DEBIDO A QUE LAS TARIFAS UTILIZADAS ES DE ALQUILER OPERADO.

CONSULTA 42Favor confirmar que la liberación del derecho de vía, así como todo pago y/o resarcimiento económico a los propietarios de los predios y/o cultivos afectados por este proyecto, es responsabilidad de MTC - Provias Nacional y que no está incluido en el presupuesto de Obra, así como el MTC Provias Nacional entregará el derecho de vía al inicio de obra completamente saneado, y como consecuencia que la demora en las liberaciones de tal, dará derecho a ampliaciones correspondientes.

RESPUESTA N° 42CONFIRMADO, LA LIBERACIÓN DE LOS TERRENOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, ASÍ COMO LA COMPENSACIÓN A LOS PROPIETARIOS DE LOS PREDIOS AFECTADOS ES RESPONSABILIDAD DE PROVÍAS NACIONAL; POR TANTO, NO ESTÁ INCLUIDO EN EL PRESUPUESTO DE OBRA. EN CASO DE AFECTACIONES A PROPIETARIOS Y/O TERCEROS DERIVADAS DE DEFICIENCIAS EN EL PROCESO CONSTRUCTIVO O DE LA APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS NO CONTEMPLADOS EN EL EXPEDIENTE TÉCNICO, SERÁN DE ENTERA RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.PROVÍAS NACIONAL ENTREGARÁ AL CONTRATISTA LAS ÁREAS NECESARIAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA EN FORMA OPORTUNA Y EN CONCORDANCIA CON EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRA.

CONSULTA 43Confirmar que las canteras, botaderos y puntos de agua indicados en el proyecto y sus correspondientes caminos de acceso son de libre disponibilidad para ser utilizados por el Contratista y que todo pago y/o resarcimiento económicos a los posibles propietarios, así como la liberación de uso de los mismos serán por cuenta del MTC - Provias Nacional.RESPUESTA N° 43CONFIRMADO. LAS CANTERAS, DEPÓSITOS DE MATERIALES EXCEDENTES, FUENTES DE AGUA, PATIO DE MÁQUINA, Y PLANTA CHANCADORA Y DE ASFALTO CONSIDERADOS EN EL PROYECTO SON DE LIBRE DISPONIBILIDAD Y CUENTAN CON ACTAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE TERRENO FIRMADAS POR LOS RESPECTIVOS PROPIETARIOS, LOS CUALES NO CONTEMPLAN EFECTUAR PAGOS POR ESTE CONCEPTO

CONSULTA 44De la revisión de los análisis de Precios Unitarios, Presupuesto Referencial de la Obra, Costos Indirectos y metrados, se observa que no se ha incluido de ningún costo por derecho de paso y uso de los accesos a las canteras, fuentes de agua y botaderos del Proyecto.

En tal sentido, solicitamos:a) Confirmar que no se realizará ningún pago por el paso y/o uso, de los accesos a canteras, botaderos y fuentes de

agua del proyecto.b) En caso se requiera algún pago, este será reconocido por la Entidad, ya que el Postor no puede asumir costos que no

están dentro del alcance del proyecto.RESPUESTA N° 44

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a) EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ESTÁN LAS ACTAS Y ACUERDOS EFECTUADOS AL RESPECTO, LOS CUALES NO CONTEMPLAN PAGO POR DERECHO DE EXTRACCIÓN DE MATERIALES; POR LO QUE NO ES NECESARIO INCLUIR DICHO COSTO EN LAS PARTIDAS SEÑALADAS.b) DE PRESENTARSE DICHA SITUACIÓN ESTE SERÁ EVALUADO EN SU MOMENTO POR EL SUPERVISOR DE OBRA

CONSULTA 45Confirmar que las canteras y botaderos indicados en las bases de licitación tienen la suficiente potencia y capacidad, respectivamente.RESPUESTA N° 45DE EXISTIR DIFERENCIAS EN LA POTENCIA DE LA CANTERA, DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA SE DEBERÁ EVALUAR CON LA SUPERVISIÓN.

CONSULTA 46Confirmar que la entidad será la encargada de obtener los permisos por escrito del dueño o representante legal de las áreas destinadas para instalación de plantas de zarandeo, trituración o asfalto.

RESPUESTA N° 46EN EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SE ENCUENTRAN LAS ACTAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE TERRENO PARA ESTAS INSTALACIONES AUXILIARES.

CONSULTA 47Solicitamos a la Entidad, nos confirme que la carretera posee el CIRA, y que de no ser así, la obtención de tal documento y en consecuencia la liberación de las zonas de trabajo, será obligación de la Entidad Licitante.RESPUESTA N° 47CONFIRMADO, EL CIRA SERÁ ENTREGADO AL CONTRATISTA GANADORA DE LA BUENA PRO.

CONSULTA 48Documento Exp. TécnicoConfirmar que el proyecto en licitación cuenta con la constancia del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) de no afectación de áreas naturales protegidas por el Estado; de otra manera, confirmar que la obtención de este documento estará a cargo de la Entidad licitante.RESPUESTA N° 48EN EL ÁREA DEL PROYECTO NO SE ENCUENTRA NINGÚN ÁREA NATURAL PROTEGIDA.

PROPONENTE:CONSTRUTORA ATERPA S.A. SUCURSAL DEL PERU

Consulta N 49Referencia(s) de las BasesSección: SECCION ESPECIFICA – CAPITULO II Numeral: 2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO.Página 26 Consulta:Con respecto a la oportunidad en la que el postor ganador de la buena pro deba presentar los respectivos certificados de habilidad de los profesionales propuestos; según las bases, ésta presentación debería ser a la firma del contrato. Solicitamos que para el caso de profesionales nacionales y/o extranjeros con estudios en el extranjero, los respectivos certificados de habilidad sean presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y del certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos, conforme alPRONUNCIAMIENTO 205-2011 DTN para la LP Nº001-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 234-2011 DTN para la LP Nº002-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO371-2011 DTN para la LP Nº005-2011-MTC y al PRONUNCIAMIENTO 313-2011 DTN para la LP Nº006-2011-MTC.

RESPUESTA N° 49La presentación del Certificado de Habilidad para profesionales nacionales y extranjeros debe ser a la suscripción del contrato correspondiente, en razón de que esta exigencia nos garantiza que los profesionales propuestos inicien los servicios en la oportunidad prevista, lo que permitirá garantizar la calidad de la obra en los plazos y costos previstos.

Consulta N50.Referencia(s) de las BasesSección: 2.5.1.SOBRE 1: PROPUESTA TECNICA.

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Numeral: ii) EXPERIECIA EN OBRAS SIMILARES - DEFINICION DE OBRASIMILARES.Página: 24Consulta:Las bases definen a las obras similares de la siguiente manera: “Obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente fuera del ámbito urbano.”

Solicitamos ampliar la definición de obras similares de la siguiente manera:“Obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente y/o tratamiento superficial bicapa fuera del ámbito urbano.”

RESPUESTA N° 50Se amplia la definición de obras similares de la siguiente manera:“Obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente y/o tratamiento superficial bicapa fuera del ámbito urbano.”

Consulta N 51.Referencia(s) de las BasesSección: 2.5.1.SOBRE 1: PROPUESTA TECNICA.Numeral: ii) EXPERIECIA EN OBRAS SIMILARES - DEFINICION DE OBRASIMILARES.Página: 24Consulta:Para el caso de los contratos de obras de empresas extranjeras, se utiliza dentro del objeto del contrato de obra la descripción “Construcción y Pavimentación de la carretera…”, y/o “Pavimentación de la carretera……”. La descripción de cómo se detalla el contrato de obra obedece a terminologías utilizadas en entidades extranjeras, para lo cual solicitamos se acepte como obras similares aquellos contratos de obras que dentro de la descripción del objeto usen el término “pavimentación”, siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto en caliente y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización, etc. Caso contrario existiría una ventaja inequitativa a favor de las empresas nacionales dado que en el Perú la nomenclatura empleada en los objetos de los contratos es diferente a las nomenclaturas empleadas en los contratos en el extranjero.RESPUESTA N° 51Es aceptado.

Consulta N 52.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Personal Profesional Propuesto.Página: 27Consulta:Solicitamos que para el caso del Ingeniero Especialista en Trazo y Topografía, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Topografía, siempre y cuando se trate de obras similares.

RESPUESTA N° 52Es aceptado; siempre y cuando que en los certificados que le acredite se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, a nivel de asfalto en caliente o TSB.

Consulta Nº53Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Personal Profesional Propuesto.Página: 27Consulta:Solicitamos que para el caso del Jefe de Oficina de Ingeniería (Planeamiento y Costos), la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero de Costos, Metrados y Valorizaciones, siempre y cuando se trate de obras similares.RESPUESTA N° 53

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Ver respuesta a la consulta Nºs 14 y 35

Consulta Nº 54Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Personal Profesional Propuesto.Página: 27Consulta:Solicitamos que para el caso del Especialista en Obras de Arte y Drenaje, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje, siempre y cuando se trate de obras similares.RESPUESTA N° 54Es aceptado

Consulta Nº55Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Personal Profesional Propuesto.Página: 27Consulta:Solicitamos que para el caso del Especialista en Impacto Ambiental, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares.RESPUESTA N° 55Es aceptadoConsulta Nº56Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Personal Profesional Propuesto.Página: 27Consulta:Solicitamos que para el caso del Jefe de Oficina Técnica, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero de Costos, Metrados y Valorizaciones, siempre y cuando se trate de obras similares.

RESPUESTA N° 56Negativo, el Jefe de Oficina Técnica, Es el Profesional que coordina el proceso constructivo de las partidas en concordancia con los frentes que se trabaja.

Consulta Nº57Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Personal Profesional Propuesto.Página: 27Consulta:Solicitamos que para el caso del Asistente en Impacto Ambiental (Medio, Físico Biológico), la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares.RESPUESTA N° 57Es aceptadoConsulta Nº58Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Personal Profesional Propuesto.Página: 27Consulta:Solicitamos que para el caso del Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos sociales), la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares.

RESPUESTA N° 58Negativo, debe ser un sociólogo o antropólogo con experiencia en proyectos y/u obras viales.

Consulta N59.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS

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Numeral: 3, 4, 5, 6 y 7Página: 28Consulta:De qué forma o mediante que documentos el postor deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requerimientos técnicos mínimos establecidos en las bases(página 28):3. Finalidad Pública 4. Plazo de ejecución de obra5. Responsabilidad del Contratista6. Sistema de Contratación7. Disponibilidad del terrenoRESPUESTA N° 59Se acreditará mediante Declaración Jurada que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección y documentación que acredite los mismos, tales como: Anexo 04.

Consulta N 60Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 2. Requerimiento de equipo mínimo.Página: 28Consulta:En cuanto al equipo mínimo a ofertar por el postor, las bases exigen que ciertos equipos sean propios y estén ubicados en el país, tal como citamos a continuación:

“Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país: Chancadora Primaria 15x24, 30HP 46-70 ton/h (1 unidad) Chancadora Secundaria 15x24”S, 30HP 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 65-115 ton/h (1 unidad)

y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada”

Solicitamos que se elimine la exigencia referida a que los equipos sean propios y que estén ubicados en el territorio peruano en concordancia con diversos pronunciamientos del OSCE tales como:

PRONUNCIAMIENTO Nº 328-2010/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0011-2010-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Cajamarca – Celendin – Balsas, tramo: Km. 52+000 – Celendin”.

PRONUNCIAMIENTO N° 205-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0001-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Chongoyape – Cochabamba – Cajamarca, tramo: Cochabamba – Chota”

PRONUNCIAMIENTO N° 234-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0002-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Chamaya – Jaén – San Ignacio – Río Canchis, tramo: San Ignacio – Puente Integración”.

PRONUNCIAMIENTO N° 313-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0006-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Quinua – San Francisco, tramo: Km. 78+500 al Km. 172+420”.

PRONUNCIAMIENTO N° 371-2011/DTN,Entidad: Provias Nacional, Referencia: Licitación Pública Nº 0005-2011-MTC/20, convocada para la ejecución de la obra “Rehabilitación y mejoramiento de la carretera Ayacucho – Abancay, tramo: Km. 50+000 al Km. 98+800”.

En todos y cada uno de los PRONUNCIAMIENTOS citados, el OSCE deja establecido que lo que al exigirse que los equipos se encuentren en el Territorio Nacional, se afectará el Principio de Libre Concurrencia y Competencia y también se verá afectado el cumplimiento del artículo 26 de la Ley, según el cual las Bases deben establecer mecanismos que fomenten la mayor participación de postores, dado que, al exigir que se requiera que el postor cuente con cierta cantidad de equipo en el

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territorio peruano al momento de presentar la oferta, se está estableciendo una barrera a aquellos proveedores que por primera vez tengan la intención de efectuar un negocio con el Estado Peruano, sin que, además, de ello resulte alguna seguridad para la Entidad ya que podría suceder que el proveedor cuente con equipos propios en el territorio peruano pero comprometidos en otras obras.

Dichos pronunciamientos también señalan que debe tenerse en consideración que dado que dichos procesos de selección se encontraban bajo el ámbito de Tratados de Libre Comercio celebrados por la República del Perú, como por ejemplo el suscrito con los Estados Unidos de América, resultaría incongruente establecer exigencias que afecten la participación de los nacionales de los países con los que se ha celebrado dichos convenios. Cabe mencionar que este proceso también se encuentra bajo la cobertura del Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estados Unidos.En todos los pronunciamientos mencionados el OSCE manifiesta que debe eliminarse de las bases la exigencia de propiedad de los equipos y de ubicación dentro del territorio peruano.RESPUESTA N° 60En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se retira la exigencia de que los equipos deberán ser propios y estar ubicados en el país.

Consulta N 61Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION.Numeral: D)Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”Página: 31Consulta:En la página 31 de las bases, inciso D) Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, dice a la letra lo siguiente:

“Se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó o liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades, hasta un máximo de diez (10) contratos de obra en general y/o similares.”

El artículo 47 del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, al respecto de este factor, en su inciso d) dice textualmente lo siguiente:

“Cumplimiento de Ejecución de Obras, el cual se evaluará en función del número de certificados o constancias que acrediten que ella se efectuó y liquidó sin que se haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de diez (10) contratos de obras en general y/o similares..”

En aplicación estricta del Reglamento, solicitamos que las constancias o certificados que presenten los postores para los Factores de Cumplimiento en la ejecución de obras, demuestren y certifiquen textualmente que los contratos de obra en general y/o similares a presentar hayan sido efectuados y liquidados, tal como lo menciona el Reglamento y conforme al PRONUNCIAMIENTO Nº 054-2012/DSU.RESPUESTA N° 61Se evaluará en función del número de constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades.

Consulta N 62Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION.Numeral: C)Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 30Consulta:Solicitamos que para el caso del Jefe de Oficina de Ingeniería (Planeamiento y Costos), la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero de Costos, Metrados y Valorizaciones, siempre y cuando se trate de obras similares.RESPUESTA N° 62Negativo, ver respuesta N° 14

Consulta N63Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION.Numeral: C)Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 31Consulta:Solicitamos que para el caso del Jefe de Oficina Técnica, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero de Costos, Metrados y Valorizaciones, siempre y cuando se trate de obras similares.

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RESPUESTA N° 63Negativo

Consulta N64.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION.Numeral: C)Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 31Consulta:Solicitamos que para el caso del Ingeniero Especialista en Trazo y Topografía, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Topografía, siempre y cuando se trate de obras similares.RESPUESTA N° 64También se aceptará el cargo de Ingeniero Especialista en Topografía, siempre y cuando se trate de obras similares.

Consulta N65Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION.Numeral: C)Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 31Consulta:Solicitamos que para el caso del Especialista en Obras de Arte y Drenaje, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje, siempre y cuando se trate de obras similares.RESPUESTA N° 65También se aceptará el cargo de Ingeniero Especialista en Estructuras, Obras de Arte y Drenaje, siempre y cuando se trate de obras similares.

Consulta N66.Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO IV CRITERIOS DE EVALUACION.Numeral: C)Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Página: 31Consulta:Solicitamos que para el caso del Especialista en Impacto Ambiental, la experiencia requerida pueda ser acreditada también con el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares.

RESPUESTA N° 66También se aceptará el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares.

Consulta N67Referencia(s) de las BasesSección: ANEXOSNumeral: Anexo 07 Página: 60Consulta:El anexo 07 de las presentes bases indica en lo referido a la tenencia de los equipos, que éstos pueden ser propios, con leasing ó con opción de compra. Solicitamos incluir la opción de alquiler.

RESPUESTA N° 67Se incluirá la opción alquiler

PROPONENTE COMPAÑÍA VERDU S.A.

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CONSULTA N° 68Referencia(s) de las Bases Volumen II, Especificaciones Técnicas generales y Especiales (ET),

Sírvase confirmar lo siguiente: a) Que la Entidad, en el acto de entrega del terreno, confirmara la libre disponibilidad del mismo, en

cumplimiento de lo previsto en el Art. 13 de la LCE y conforme a lo dispuesto por el OSCE, según Opinión 022-2009-DTN,

b) Que desde la fecha que se establezca como fecha de entrega de terreno, el Contratista podrá contar con la libre disponibilidad del terreno para poder ejecutar las obras contractualmente establecidas, a todo lo largo del tramo licitado y en el ancho establecido como derecho de vía

c) Que la Entidad, será responsable de establecer la libre disponibilidad de las canteras y fuentes de agua para la ejecución de la obra y que las mismas son suficientes para los trabajos previstos y que se encuentran libre de pago por derecho de extracción o de uso

d) Que todos los Depósitos de Material Excedente (DME), cuentan con libre disponibilidad de uso, están exonerados de derecho de pago y que cuentan con la capacidad prevista en el Expediente Técnico

e) Que los DME establecidos, cumplen con la normatividad ambiental y que no se tiene restricciones para colocar los volúmenes previstos en el Expediente Técnico

f) Que la Entidad, será responsable de establecer la libre disponibilidad del área destinada al campamento, planta de asfalto y patio de máquinas para la ejecución de la obra y que las mismas son suficientes para su emplazamiento.

RESPUESTA N° 68a) y b) VER RESPUESTA A LA CONSULTA Nº 42c) , d) e) y f) VER RESPUESTA A LA CONSULTA Nº 43

CONSULTA N° 69Referencia(s) de las Bases Sección : Volumen 7, Análisis de Precios Unitarios, Numeral : Costo de equipos Páginas : 18 Sírvase indicar si el costo del equipo se considera como equipo operado, y por tanto incluye el costo de mano de obra, combustibles, lubricantes, etcRESPUESTA N° 69EL COSTO DE ALQUILER DE LOS EQUIPOS, ES LA SUMA DEL COSTO DE OPERACIÓN Y DEL COSTO DE POSESIÓN.EN LOS ANÁLISIS RESPECTIVOS EN LOS EQUIPOS EN LOS QUE EL ALQUILER NO LO CONTEMPLA SE HA COMPLEMENTADO TANTO EL COMBUSTIBLE COMO LA MANO DE OBRA.

CONSULTA N° 70Referencia(s) de las Bases Sección: Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1. Experiencia del personal propuesto Página : 32

Consulta: Sírvase confirmar que para acreditar el personal mínimo, en caso de profesionales extranjeros, se adjuntará COPIA SIMPLE de su título profesional y documento que acredite su inscripción en el Colegio Profesional de su país de origen, similar al Colegio de Ingenieros del Perú.

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RESPUESTA N° 70Confirmado

CONSULTA N° 71Referencia(s) de las Bases Sección: Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 2. Requerimiento de Equipo Mínimo Página : 33 Consulta: Sírvase a confirmar que no será necesaria la presentación de cartas de compromiso o alquiler, para acreditar el equipo solicitado, bastando presentar únicamente el Anexo Nº 07 en calidad de declaración jurada.

RESPUESTA N° 71Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado.

CONSULTA N° 72Referencia(s) de las Bases Sección: Capítulo III Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 2. Relación de Equipo Mínimo Página : 28 Consulta: Sírvase precisar cuál es la base legal que sustenta el requerimiento de equipo propio y ubicado dentro del país, para los siguientes equipos: * Chancadora Primaria 15x24, 30HP 46-70 ton/h (1 unidad) * Chancadora Secundaria 15x24”S, 30HP 46-70 ton/h (1 unidad) * Planta de Asfalto en caliente 65-115 ton/h (1 unidad) RESPUESTA N° 72En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se retira la exigencia de que los equipos deberán ser propios y estar ubicados en el país.

CONSULTA N° 73Referencia(s) de las Bases Sección: IV Criterios de Evaluación Numeral: C.1. Ingeniero Residente de Obra Página : 30

Consulta: Confirmar que para el cargo de Ingeniero Residente también, se calificará la experiencia en aquellas obras similares (obras de Mejoramiento o Construcción o Rehabilitación o la combinación de estos términos, de carreteras a nivel de asfaltado en Caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa, yse considera además el Mantenimiento Periódico de carreteras a nivel de asfaltado en Caliente y/o Tratamiento Superficial Bicapa. Igualmente se considerara como obras similares, la construcción de pistas de aterrizaje a nivel de asfaltado, en la medida que la ejecución de estas comprendan actividades como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, base, obras de arte, drenaje, carpeta asfáltica y otras actividades propias de carreteras asfaltada) en las cuales haya participado como jefe de tramo o jefe de sector RESPUESTA N° 73Se calificará la experiencia en obras similares, la definición de obras similares se encuentra descrita en las Bases.

CONSULTA N° 74Referencia(s) de las Bases Sección: CAPITULO III De los Contratos Numeral: 3.1 Página: 10 Consulta: En el caso de profesionales extranjeros, dado que la duración del trámite para obtener el “certificado

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de habilidad” en la sede de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú toma entre 30 a 45 días; confirmar si es requisito indispensable para la suscripción del contrato contar con dicho certificado, o si es que bastará con demostrar que el trámite ya fue iniciado.RESPUESTA N° 74La presentación del Certificado de Habilidad para profesionales nacionales y extranjeros debe ser a la suscripción del contrato correspondiente, en razón de que esta exigencia nos garantiza que los profesionales propuestos inicien los servicios en la oportunidad prevista, lo que permitirá garantizar la calidad de la obra en los plazos y costos previstos.

CONSULTA N° 75Referencia(s) de las Bases Sección: Experiencia del Personal Propuesto Numeral: Anexo Nº 10 Página : 68 Consulta: ¿Es suficiente la presentación del Anexo Nº 10 consignando la información ahí solicitada y adjuntando la documentación correspondiente sin que sea necesaria adjuntar, adicionalmente, el Currículum Vitae de los profesionales propuestos?RESPUESTA N° 75Sí es suficiente la presentación del Anexo 10

CONSULTA N° 76Referencia: Bases de Licitación – Capítulo II Numeral: 2.5 Página: 20 Consulta: En el caso de empresas extranjeras, ¿Será necesario que el poder del representante legal se encuentre inscrito en Registros Públicos del Perú?RESPUESTA N° 76SÍ ES NECESARIO

CONSULTA N° 77Referencia(s) de las Bases Sección: Capítulo II Sobre N°2 Propuesta Técnica Numeral 2.5.1. iv) Para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras” Página: 24

Consulta: Favor confirmar que para acreditar el “Factor de Cumplimiento en la ejecución de obras”, documento no usual en el extranjero, se validara las Actas de Recepción, donde se mencione claramente que las obras se han recepcionado “a satisfacción”, en razón de no vulnerar los Principios de Imparcialidad, Razonabilidad y Trato Justo e Igualitario, contenidos en el Artículo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado. RESPUESTA N° 77Para acreditar el factor cumplimiento en la ejecución de obras deberá presentar constancias o certificados u otro documento referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades.

PROPONENTE:ALTESA CONTRATISTAS GENERALES

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CONSULTA N 78 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico: Numeral: Sírvase confirmar que durante la ejecución de la Obra estará presente un funcionario de la Entidad que se encargará de dar solución a los problemas del PACRI. Asimismo confirmar que el Contratista no tiene ninguna responsabilidad sobre temas sociales ni de terrenos afectados.RESPUESTA N° 78RPTA. CONFIRMADO, ESTARÁ EL ESPECIALSITA DE LA SUPERVISIÓN; RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD SOBRE TEMAS SOCIALES Y TERRENOS AFECTADOS VER RESPUESTA A LA CONSULTA Nº 42.

CONSULTA N 79 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico: Numeral: Sírvase confirmar que las áreas destinadas en el Proyecto como canteras para la explotación de material, centro de acopio, centro de procesamiento de material para bases, concretos y asfaltos, fuentes de agua y botaderos, son de libre disponibilidad, es decir, el Contratista no tendrá que efectuar ninguna clase de pago ni compensación económica ni de otra índole para su uso.RESPUESTA N° 79VER RESPUESTA N 68

CONSULTA N 80 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico: Numeral: Sírvase confirmar que el Proyecto cuenta con el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), incluyendo todos los lugares en donde se va a desarrollar Obra (trazo, canteras, botaderos, centros de acopio, etc.). De no contar con la documentación indicar que está en trámite de obtenerlo y confirmar que el Contratista no tiene ninguna responsabilidad en la emisión de dicho documento.RESPUESTA N° 80EL CIRA SERÁ ENTREGADO AL CONTRATISTA GANADOR DE LA BUENA PRO.

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CONSULTA N 81 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico: Numeral:

Sírvase corregir los precios de la mano de obra (capataz, operario, oficial, peón, etc.) en todos los análisis de precios unitarios, puesto que existe un error en la página 013 del Volumen 7 Análisis de Precios Unitarios adjunta, en la cual se consigna un porcentaje de 105.20% para los beneficios sociales al salario básico, cuando este porcentaje es de 113.59% de acuerdo a lo señalado en la revista de Costos y Presupuestos del mes de Octubre 2011, especialista en el rubro Construcción.

Por lo tanto, los montos son:

Presup. Base – Octubre 2011 Revista Costos – Octubre 2011Operario 14.75 15.14Oficial 12.84 13.16Peón 11.58 11.86

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RESPUESTA N° 81LA MANO DE OBRA UTILIZADA Y EN CONFORMIDAD CON LA ENTIDAD, ES LA PROPORCIONADA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA – INEI. SE ADJUNTA SUSTENTO (VER ANEXO 1).

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CONSULTA N 82 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico: Numeral: Página : Sírvase confirmar que la partida 303.C Sub Base Granular con Material de Acopio (e=0.25), está referida solo a la conformación de un material afirmado existente en la zona y que el transporte del mismo será pagado con las partidas 700 Transportes. Cualquier trabajo complementario y/o de mejora sobre este material no está contemplado en el costo por lo tanto será causal de adicional de Obra.RESPUESTA N° 82CONFIRMADO.EL MATERIAL ACOPIADO EXISTENTE EN LA ZONA, SE HAN REALIZADO LOS ANÁLISIS RESPECTIVOS Y CUMPLE PARA SER USADO COMO MATERIAL DE SÚBASE Y SU TRANSPORTE A OBRA ESTA CONSIDERADO EN CON LAS PARTIDAS 700.C Y 700.D TRANSPORTE DE MATERIAL GRANULAR.

CONSULTA N 83 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico: Numeral: Página : Sírvase confirmar que la partida 305.C Base Granular con Material de Acopio (e=0.20), está referida solo a la conformación de un material afirmado existente en la zona y que el transporte del mismo será pagado con las partidas 700 Transportes. Cualquier trabajo complementario y/o de mejora sobre este material no está contemplado en el costo por lo tanto será causal de adicional de Obra.RESPUESTA N° 83VER RESPUESTA N° 82

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CONSULTA N 84 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico : Numeral: Página :

Sírvasecorregirelpreciounitario de la partida 303.B Sub Base Granular (e=0.35m), ya que sucosto no es coherentecon referencia al indicado en la partida 303.A Sub Base Granular (e=0.25m).

Aclaramos que según Especificaciones Técnicas, el pago por m3 para ambas partidas, será por los trabajos de producción y elaboración del material sub base, y la colocación, compactación y entrega del material en “pista”.

El análisis de precios unitarios del Expediente Técnico para las partidas 303.A y 303.B son:

Si observamos ambos análisis de precios podemos determinar que está estructurado por: mano de obra, equipos y sub partidas.

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El precio para los trabajos de las sub partidas es el mismo, con toda razón, la producción de 1 m3 de material para cualquier espesor es el mismo, más no su colocación.La mano de obra y los equipos están referidos a los trabajos de colocación, compactación y entrega del material en “pista” que dependen del rendimiento.Donde plasmamos nuestra observación es en el rendimiento de la partida 303.B, en la cual se señala que para conformar 01 m3 de material de sub base de 0.35m. tiene mayor rendimiento que para conformar 01 m3 de material de sub base de 0.25m, lo cual no se ajusta a la realidad, debiendo su rendimiento ser menor por cuanto el espesor es mayor y requiere mayor utilización de equipo de compactación, por lo cual estimaremos se sirvan corregir dicho precio unitario.

RESPUESTA N° 84LOS RECURSOS DE LAS ESTRUCTURAS DE PRECIOS, HAN SIDO CONSIDERADOS DE ACUERDO CON LAS ACTIVIDADES Y RENDIMIENTOS PREVISTOS PARA LA PARTIDA Y LO INDICADO EN LA ESPECIFICACION TECNICA.EL POSTOR TIENE LA POTESTAD DE PROPONER EN SU PROPUESTA ECONÓMICA EL COSTO QUE ESTIME MÁS CONVENIENTE (RENDIMIENTOS Y PRECIOS UNITARIOS)

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CONSULTA N 85 Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico: Numeral: Página : Sírvase corregir el precio unitario de la partida 305.B Base Granular (e=0.25m), ya que su costo no es coherente con referencia al indicado en la partida 305.A Base Granular (e=0.20m).Aclaramos que según Especificaciones Técnicas, el pago por m3 para ambas partidas, será por los trabajos de producción y elaboración del material base, y la colocación, compactación y entrega del material en “pista”.El análisis de precios unitarios del Expediente Técnico para las partidas 305.A y 305.B son:

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Si observamos ambos análisis de precios podemos determinar que está estructurado por: mano de obra, equipos y sub partidas.El precio para los trabajos de las sub partidas es el mismo, con toda razón, la producción de 1 m3 de material para cualquier espesor es el mismo, más no su colocación.La mano de obra y los equipos están referidos a los trabajos de colocación, compactación y entrega del material en “pista” que dependen del rendimiento.Donde plasmamos nuestra observación es en el rendimiento de la partida 305.B, en la cual se señala que para conformar 01 m3 de material de base de 0.25m. tiene mayor rendimiento que para conformar 01 m3 de material de base de 0.20m, lo cual no se ajusta a la realidad, debiendo su rendimiento ser menor por cuanto el espesor es mayor y requiere mayor utilización de equipo de compactación, por lo cual estimaremos se sirvan corregir dicho precio unitario.

RESPUESTA N° 85LOS RECURSOS DE LAS ESTRUCTURAS DE PRECIOS, HAN SIDO CONSIDERADOS DE ACUERDO CON LAS ACTIVIDADES Y RENDIMIENTOS PREVISTOS PARA LA PARTIDA Y LO INDICADO EN LA ESPECIFICACION TECNICA.EL POSTOR TIENE LA POTESTAD DE PROPONER EN SU PROPUESTA ECONÓMICA EL COSTO QUE ESTIME MÁS CONVENIENTE (RENDIMIENTOS Y PRECIOS UNITARIOS)

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CONSULTA N 86 REFERENCIA(S) DE LAS BASESSECCIÓN: EXPEDIENTE TÉCNICO : NUMERAL: PÁGINA :

SÍRVASE CORREGIR EL PRECIO UNITARIO DE LA PARTIDA 210.A TERRAPLENES CON MATERIAL PROPIO YA QUE EN SU COSTO NO CONSIDERA LA UTILIZACIÓN DE UN EQUIPO NECESARIO PARA CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. EL ANÁLISIS DE PRECIOS DE LA PARTIDA 210.A ES:

EL ANÁLISIS PRECIOS DE LA SUB PARTIDA 930101909201-0402041-01 SELECCIÓN DE MATERIAL EXCEDENTE DE CORTE ES:

EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, EL MATERIAL PROPIO A UTILIZAR EN EL TERRAPLÉN TIENE QUE CUMPLIR LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:

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POR LO TANTO, Y PARA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS INDICADOS EN LA TABLA 210-1 ES NECESARIO QUE EN EL ANÁLISIS DE PRECIOS DE LA SUB PARTIDA 930101909201-0402041-01 SELECCIÓN DE MATERIAL EXCEDENTE DE CORTE, SE AGREGUE UNA ZARANDA ESTÁTICA A LOS EQUIPOS.

RESPUESTA N° 86

NO ES NECESARIO MODIFICAR EL ANÁLISIS DE PRECIO UNITARIO, PORQUE LA ESPECIFICACION EN LA SUBSECCION 210.12 ACEPTACION DE LOS TRABAJOS DE LA PARTIDA 210.A TERRAPLENES CON MATERIAL PROPIO, PRECISA LO SIGUIENTE:

“DURANTE LA ETAPA DE PRODUCCION, EL INGENIERO EXAMINARA LAS DESCARGAS DE LOS MATERIALES Y ORDENARÁ EL RETIRO DE AQUELLAS QUE A SIMPLE VISTA, PRESENTEN RESTOS DE TIERRA VEGETAL,

MATERIA ORGÁNICA O TAMAÑOS SUPERIORES AL MÁXIMO ESPECIFICADO”.

EN TAL SENTIDO EL 100% DEL MATERIAL A UTILIZAR SERÁ EL RESULTADO DEL MATERIAL DE CORTE MENOS EL RETIRO DE RESTOS DE TIERRA VEGETAL, MATERIA ORGÁNICA O TAMAÑOS SUPERIORES AL MÁXIMO ESPECIFICADO; ES DECIR SOLO SE COLOCARA EL MATERIAL UTILIZABLE EXIGIDO POR LA ESPECIFICACIÓN, Y EL MATERIAL QUE NO SE UTILIZARÁ SE ELIMINARÁ CON LA PARTIDA DE TRANSPORTE RESPECTIVO CON LA APROBACIÓN DEL INGENIERO SUPERVISOR.

POR OTRO LADO EL POSTOR TIENE LA POTESTAD DE PROPONER EN SU PROPUESTA ECONÓMICA EL COSTO QUE INCLUYA TODOS LOS ELEMENTO (MANO DE OBRA EN TRABAJOS DIURNOS Y NOCTURNOS, BENEFICIOS SOCIALES, IMPUESTOS, HERRAMIENTAS, MAQUINARIA PESADA, ETC. QUE ESTIME MÁS CONVENIENTE PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.

CONSULTA N87Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico : Numeral: Página : Sírvase corregir el precio unitario de la partida 605.A Relleno para estructuras con material propio ya que en su costo no considera la utilización de un equipo necesario para cumplir con los requerimientos de las Especificaciones Técnicas. El análisis de precios de la partida 605.A es:

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Como se puede apreciar no se está considerando ningún trabajo ni equipo, para la selección del material. Esto se contradice con lo indicado en las Especificaciones Técnicas que indica:

Por lo tanto, y para cumplir con los requisitos indicados en la tabla 210-1 es necesario que en el análisis de precios de la partida 605.A considere equipos, rendimientos y costos para los trabajos de selección de material.

RESPUESTA N° 87VER RESPUESTA N 86

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CONSULTA N88Referencia(s) de las BasesSección: Expediente Técnico : Numeral: Página : Sírvase corregir el precio unitario de la partida 605.A Relleno para estructuras con material propio ya que en su costo no considera la utilización de un equipo necesario para cumplir con los requerimientos de las Especificaciones Técnicas

RESPUESTA N° 88 VER RESPUESTA A LA CONSULTA Nº 86

CONSULTA N89Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III – Requerimientos Técnicos Mínimos Numeral: 1 – Experiencia del Personal Propuesto Página : 27

En el último párrafo del numeral 1 de los Requerimientos Técnicos Mínimos se establece la siguiente definición de obras similares: “Se considerará como obras similares a las obras de Construcción ó Rehabilitación ó Mejoramiento ó la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente, fuera del ámbito urbano”.

Requerimos se incluya también dentro de la definición de obras similares a la construcción ó rehabilitación ó mejoramiento de carreteras a nivel de TSB, tal como ha venido considerando el MTC en todos los procesos anteriores, tomando en cuenta que tales obras contienen las características esenciales para ser consideradas como similares y cuya complejidad es similar a la de la obra en licitación.

Mencionamos algunos procesos recientes donde la definición de obra similar considera a las carreteras a nivel de TSB como tales: - L.P. Nº 0002-2011-MTC/20 Carretera Chamaya-Jaen-San Ignacio-Rio Canchis, tramo: San Ignacio–Puente Integración. - L.P. Nº 0014-2011-MTC/20 Carretera Lima-Canta-La Viuda-Unish, tramo: Lima - Canta. - L.P. Nº 0013-2011-MTC/20 Carretera Mala-Canago-La Capilla. - L.P. Nº 0008-2011-MTC/20 Carretera Juanjui-Tocache, Tramo: Tocache - Pizana. - L.P. Nº 0002-2012-MTC/20 Carretera Dv. Las Vegas - Tarma. (EN PROCESO)RESPUESTA N° 89Se considerará como Obras Similares a las obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o tratamiento superficial bicapa, fuera del ámbito urbano

CONSULTA N90Referencia(s) de las BasesSección: Formatos y Anexos Numeral: Anexo Nº 07 – Requerimiento de Equipo Mínimo Página : 60

En el Anexo Nº 07 – Requerimiento de Equipo Mínimo, en la columna correspondiente a TENENCIA, falta incluir la modalidad de Alquiler, que no ha sido considerada como opción para el cumplimiento del equipo mínimo. Agradeceremos sea incluida.

RESPUESTA N° 90Se incluirá la opción alquiler.

CONSULTA N91Referencia(s) de las BasesSección: Formatos y Anexos Numeral: Anexo Nº 07 – Requerimiento de Equipo Mínimo Página : 60

En el Anexo Nº 07 – Requerimiento de Equipo Mínimo, en la Nota a pié de página se indica: “……… serán consideradas

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las propuestas que presenten maquinarias y equipos que en la columna de descripción de la maquinaria tengan información de modelo, capacidad y potencia de la maquinaria propuesta” (el subrayado es nuestro).

Agradeceremos que para esta etapa del proceso, no se incluya el modelo de la maquinaria propuesta, ya que estaríamos ante una subjetividad, sobre todo si se trata de equipos en calidad de alquiler, donde no se tiene la certeza que el equipo ofertado en esta etapa sea el mismo cuando se requiera su participación en la obra.RESPUESTA N° 91Deberá presentar la Declaración Jurada de acuerdo a lo solicitado en las Bases

PROPONENTE: ARAMSA CONTRATISTAS GENERALES SAC

Consulta N92

Referencia(s) de las BasesSección: Sección General – Disposiciones Comunes del Proceso de Selección – Capítulo III – Suscripción de ContratoNumeral: 3.11.1 ADELANTO DIRECTO Página: 13

Solicitamos confirmar cual es monto disponible con el que la Entidad cuenta por el concepto de ADELANTO DIRECTO para el postor que obtenga la Buena Pro. Considerando que la naturaleza de los trabajos a ser ejecutados, comprende la provisión de diversos equipos, maquinarias, contratación de personal, entre otros, para una congruente ejecución, en concordancia con el calendario, y al no estar determinado el porcentaje exacto a entregar como adelanto directo, pues genera incertidumbre para el Contratista, no conocer con exactitud el monto a entregar, cuando de ello deviene la imposibilidad de realizar sus proyecciones y flujo de caja respectivo. RESPUESTA N° 92El Adelanto Directo no excederá del 20% del monto del contrato original y se otorgará de acuerdo a la disponibilidad presupuestal

Consulta N93

Referencia(s) de las BasesSección: Sección General – Disposiciones Comunes del Proceso de Selección – Capítulo III – Suscripción de ContratoNumeral: 3.11.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS Página: 13

Solicitamos confirmar cual es monto disponible con el que la Entidad cuenta por el concepto de ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS para el postor que obtenga la Buena Pro. Considerando que la naturaleza de los trabajos a ser ejecutados, comprende la provisión de diversos materiales e insumos, entre otros, para una congruente ejecución, en concordancia con el calendario, y al no estar determinado el porcentaje exacto a entregar como adelanto para materiales e insumos, pues genera incertidumbre para el Contratista, no conocer con exactitud el monto a entregar, cuando de ello deviene la imposibilidad de realizar sus proyecciones y flujo de caja respectivo. RESPUESTA N° 93El adelanto para materiales o insumos no deberán superar el 40% del monto del contrato original y se otorgará de acuerdo a la disponibilidad presupuestal.

Consulta N94Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III – Requerimientos Técnicos MínimosNumeral: 1. Experiencia del Profesional Propuesto Página: 27

En los Requerimientos de Profesionales según el cuadro adjunto y las notas se puede apreciar la siguiente incongruencia:

01 Especialista en Impacto Ambiental Ingeniero Civil colegiado y Hábil, con un (1) año de experiencia mínima en obras similares en el cargo.

Estos Requisitos deberá ser acreditado con:- Copia simple del Diploma de Inscripción en el Colegio de Ingenieros del Perú (para el caso del Especialista

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Ambiental será del colegio que corresponda), Constancia emitida por el Colegio de Ingenieros del Perú, o Constancia del Organismo similar para profesionales extranjeros, en caso de obtener la Buena Pro el profesional extranjero está obligado a inscribirse y obtener la habilidad en el Colegio de Ingenieros del Perú. Debido a ello, solicitamos confirmar que el Especialista en Impacto Ambiental, podrá ser un profesional Colegiado y Hábil de especialidad distinta a Ingeniería Civil; siempre que tenga experiencia adquirida en Obras Similares con Entidades Públicas o Privadas en el cargo. RESPUESTA N° 94No se confirma, el profesional deberá ser lo solicitado en las Bases.

Consulta N : 95Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo III -Requerimiento Técnicos MínimosNumeral: 2 – Requerimiento de Equipo Mínimo Página: 28- Se acreditará mediante Declaración Jurada de compromiso de disponer las Maquinarias y Equipos mínimo ofertado. Se precisa que para el caso de los siguientes equipos, estos deberán ser propios y estarán ubicados en el país: Chancadora Primaria 15x24, 30HP 46-70 ton/h (1 unidad) Chancadora Secundaria 15x24”S, 30HP 46-70 ton/h (1 unidad) Planta de Asfalto en caliente 65-115 ton/h (1 unidad)y deberá estar consignado así en la citada Declaración Jurada.

Consideramos que este requisito genera una clara vulneración a los Principio de Libre Concurrencia y Competencia y al Principio de Economía; esto al requerir de determinados equipos sean propios; el órgano rector de las contrataciones del Estado OSCE a través de diversos pronunciamientos ha dejado establecido lo siguiente: Pronunciamiento N° 205-2011/DTN “…dado que se está exigiendo a los postores efectuar una inversión en la adquisición de cierta cantidad de equipos sin tener la seguridad de que finalmente se les otorgará la buena pro; lo que, a su vez, afectará el Principio de Libre Concurrencia y Competencia así como el cumplimiento del artículo 26º de la Ley, según el cual las Bases deben establecer mecanismos que fomenten la mayor participación de postores, dado que, al exigir que se requiera que el postor cuente con cierta cantidad de equipo en el territorio peruano al momento de presentar la oferta, se está estableciendo una barrera a aquellos proveedores que por primera vez tengan la intención de efectuar un negocio con el Estado Peruano, sin que, además, de ello resulte alguna seguridad para la Entidad ya que podría suceder que el proveedor cuente con equipos propios en el territorio peruano pero comprometidos en otras obras.Cabe recalcar, que el OSCE ha mantenido firme su posición respecto al tema, tal como lo podemos apreciar en los pronunciamientos emitidos posteriormente; como son: Pronunciamiento N° 234-2011/DTN y Pronunciamiento N° 313-2011/DTN.

Por lo que, solicitamos suprimir dicho requerimiento. RESPUESTA N° 95

En cuanto a los Requerimientos Técnicos Mínimos, se retira la exigencia de que los equipos deberán ser propios y estar ubicados en el país.

Consulta N96

Referencia(s) de las BasesSección: Capítulo IV – Criterios de Evaluación Numeral: NotasPágina: 33

Las bases indican que para la acreditar la experiencia en obras similares se aceptarán “…Obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente fuera del ámbito urbano …”

Esto teniendo en cuenta lo que dice el Pronunciamiento N° 058-2011/DTN – “ … De acuerdo con la definición de trabajo similar contenida en el anexo de definiciones del Reglamento, se considera similar a un trabajo a todo aquel que tenga en común con este las actividades que definen su naturaleza. Como puede observarse, lo que en realidad resulta relevante para determinar la similitud entre una experiencia y otra son el conjunto de prestaciones o actividades que se ejecutaron durante el periodo de vigencia contractual …”

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

Al respecto solicitamos confirmar que para acreditar la experiencia en obras similares se aceptarán carreteras a nivel de Tratamiento Superficial de Bícapa; y se considere como obra similar aquellas obras en las que la descripción del contrato se indique “Ejecución de obras y servicios de Rehabilitación” y/o “Ejecución de los Servicios de Rehabilitación y Mejoramiento”.

RESPUESTA N° 96Se considerará como Obras Similares a las obras de Construcción o Rehabilitación o Mejoramiento o la combinación de los términos anteriores, de carreteras a nivel de carpeta asfáltica en caliente o tratamiento superficial bicapa, fuera del ámbito urbano

Consulta N97

Referencia(s) de las BasesSección: Volumen VII - Análisis de Precios Unitarios Numeral: Página: 7 – 1 - 004

En las Bases se señala que el presupuesto referencial es de Octubre del 2011, y teniendo en cuenta que la fecha de convocatoria es el 27/04/201; se debe actualizar el valor referencial, con un máximo de 06 meses de antigüedad, tal como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado en su Artículo 27° - Valor Referencial. Por lo que se solicita actualizar el cálculo del valor referencial según lo establece la Ley.

RESPUESTA N° 97

LA LICITACION ACTUAL SE AJUSTA A LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.

Consulta N98Sección: Volumen VII - Análisis de Precios UnitariosNumeral: 2.- Bases de Cálculo para CostosPágina: 7-1-013Al momento de establecer en el presupuesto los jornales de mano de obra para construcción, la entidad no ha utilizado los vigentes a la fecha es así que establece los siguientes montos:

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Por lo cual:Se solicita a la entidad actualizar los salarios de mano de obra para la construcción; siendo los que se manejan actualmente en el mercado los detallados a continuación extraído de las revista de CAPECO y COSTOS correspondientemente.

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Ilustración 1: Extracto de la Revista Capeco

Ilustración 2: Extracto de la Revista CostosRESPUESTA N° 98

VER RESPUESTA N 81

Consulta N99Referencia(s) de las BasesSección: Volumen VII - Análisis De Precios Unitarios Numeral: 3.- Análisis de Costo DirectoPágina: 7-1-030, 031

Referente a los rendimientos de partida Sub Base son demasiado altos para el tamaño y potencia de los equipos considerados en los análisis de precios unitarios; lo cual apreciamos en otros procesos convocados por el mismo PROVIAS NACIONAL en los mismos recursos en la partida mencionada.Se solicita a la entidad modificar los rendimientos para las partidas de Sub base Granular, por rendimientos que corresponda a estos equipos o incrementar la cuadrilla.

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

RESPUESTA N° 99EL RENDIMIENTO DE LA PARTIDA SUB BASE GRANULAR), ESTÁ DE ACUERDO AL RENDIMIENTO ESTÁNDAR DE EQUIPO MECÁNICO RM N° 001-87-TC/VMT. ES UN RENDIMIENTO PONDERADO QUE ESTÁ EN FUNCIÓN DE LOS METRADOS DE OBRA Y A LA ALTURA DONDE SE REALIZARÁN LOS TRABAJOS. EL POSTOR TIENE LA POTESTAD DE PROPONER EN SU PROPUESTA ECONÓMICA EL COSTO QUE ESTIME MÁS CONVENIENTE (RENDIMIENTOS Y PRECIOS UNITARIOS).

Consulta N100Referencia(s) de las BasesSección: Volumen VII - Análisis De Precios Unitarios Numeral: 3.- Análisis de Costo DirectoPágina: 7-1-031, 032

Referente a los rendimientos de partida Base Granular son demasiado altos para el tamaño y potencia de los equipos considerados en los análisis de precios unitarios; lo cual apreciamos en otros procesos convocados por el mismo PROVIAS NACIONAL en los mismos recursos en la partida mencionada.Se solicita a la entidad modificar los rendimientos para las partidas de Base Granular, con rendimientos que corresponda a estos equipos o en todo caso incrementar la cuadrilla.RESPUESTA N° 100EL RENDIMIENTO DE LA PARTIDA BASE GRANULAR, ESTÁ DE ACUERDO AL RENDIMIENTO ESTÁNDAR DE EQUIPO MECÁNICO RM N° 001-87-TC/VMT. ES UN RENDIMIENTO PONDERADO QUE ESTÁ EN FUNCIÓN DE LOS METRADOS DE OBRA Y A LA ALTURA DONDE SE REALIZARÁN LOS TRABAJOS. EL POSTOR TIENE LA POTESTAD DE PROPONER EN SU PROPUESTA ECONÓMICA EL COSTO QUE ESTIME MÁS CONVENIENTE (RENDIMIENTOS Y PRECIOS UNITARIOS).

Consulta N 101Referencia(s) de las BasesSección: Volumen VII – Análisis de Precios Unitarios Numeral: Página:Se solicita a la Entidad confirmar que las canteras, fuentes de agua, y áreas para epósito de Material excedente son de libre disponibilidad; caso contrario de haber alguna contraprestación por el uso de dichos materiales ello será asumido en su totalidad por la Entidad. RESPUESTA N° 101CONFIRMADO, LAS CANTERAS, DEPÓSITOS DE MATERIALES EXCEDENTES Y FUENTES DE AGUA CONSIDERADOS EN EL PROYECTO SON DE LIBRE DISPONIBILIDAD, CUYAS AUTORIZACIONES SE ENCUENTRAN EN EL ANEXO N° 6 DEL VOLUMEN II DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL, LOS CUALES NO CONTEMPLAN EFECTUAR PAGOS POR ESTE CONCEPTO.

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ANEXO N° 1

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ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

LICITACIÓN PÚBLICA N° 0010-2012-MTC/20

PARTICIPANTE: T Y T S.A.C CONTRATISTAS GENERALES

Observación Nº 1Sección:        Absolución de ConsultasNumeral:       Consulta N° 14 del proponente OBRAINSA                      Consulta N° 56 del proponente ATERPAPágina:          05 y 22

Observamos las respuestas negativas brindadas por el Comité a las consultas 14 y 56. El Comité argumenta que el Jefe de la Oficina de Ingeniería es el profesional que coordina con producción y el Jefe de Oficina Técnica es el profesional que coordina el proceso constructivo de las partidas en concordancia con los frentes que se trabaja, o sea con producción, por lo tanto sus funciones son similares y al ser estas posiciones ocupadas en la ejecución de muchas carreteras, por Especialistas en Metrados, Costos, Presupuestos y Valorizaciones, solicitamos, en aras de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado, acoger esta observación y aceptar profesionales con experiencia como Especialistas en Metrados, Costos, Presupuestos y Valorizaciones, en los cargos de Jefe de la Oficina de Ingeniería y Jefe de Oficina Técnica      

Respuesta N° 1:

Se acoge la observación.

Observación Nº 2Sección:        Requerimientos Técnicos MínimosNumeral:       Capítulo III – 1 Exp. Prof. Propuesto:Página:          27

Observamos el requerimiento para acreditar al Ingeniero de Producción, ya que no precisa actividades en la especialidad, acogiendo esta observación, a fin de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado.

Respuesta N° 2:

Ingeniero de Producción para Proyectos de Construcción de Carreteras, tendrá como principal función organizar la ejecución de los trabajos de construcción de manera eficiente y efectiva, de acuerdo a las recomendaciones del área de Seguridad, los planos del proyecto y Especificaciones Técnicas, para lograr los objetivos de la planificación y presupuesto meta, con la calidad establecida por el Expediente Técnico del proyecto.

REQUISITOS: Ingeniería Civil, Ingeniero de Transportes, Ingeniero Industrial. Conocimientos Adicionales: Ms Office, Autocad, Ms Project Experiencia en Carreteras (indispensable)

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

FUNCIONES: Conocer, difundir y hacer cumplir lo dispuesto por la Organización, así

como con las normas de Seguridad, Salud y Medio Ambiente (SSMA). 

Conocer a profundidad el Proyecto específicamente planos, especificaciones técnicas, respuestas a consultas y los documentos internos de planificación, presupuesto meta, etc.  en el frente o frentes asignados.

Planear los procesos de construcción previamente al inicio de las actividades, los cuales deberán ser plasmados en la programación interna de obra y el presupuesto meta.

Efectuar la planificación futura, así como la programación semanal de los trabajos a ejecutar de acuerdo a las metas previstas en coordinación con el Ingeniero Residente.

Cumplir con la Programación y Presupuesto Meta del proyecto, asignando para tal efecto las cantidades de recursos previstas.

Identificar desviaciones proponer alternativas de solución y comunicar al Ingeniero Residente.

Proporcionar oportunamente la información en términos que solicite la Oficina Técnica del proyecto y el Responsable de Seguimiento y control del proyecto, tales como metrados para valorizaciones, avances, control de costos, los costos de equipos, mano de obra y materiales, entre otros conceptos, para organizar las reuniones de avance y productividad del proyecto.

Participar activamente de las reuniones de avance de proyecto y productividad dando cuenta en ella al Ingeniero Residente de todo lo actuado, proponiendo de ser el caso alternativas de mejora continua.

Cumplir con todos los controles operacionales de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidos por la organización para las actividades que se ejecuten en coordinación con el área de SSMA del Proyecto.

Verificar los resultados del laboratorio así como los obtenidos en campo para asegurar su conformidad con las especificaciones técnicas y con los requisitos del producto.

Identificar y comunicar al Jefe de oficina Técnica y al Ing. Residente las modificaciones al Proyecto, si las hubiera, a fin de que estas sean tratadas de acuerdo a lo dispuesto en el Contrato de Obra.

Supervisar los servicios prestados al proyecto por subcontratistas, de acuerdo a planos y especificaciones técnicas del proyecto, para asegurar la calidad del servicio contratado.

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

Registrar la Hoja de Entrada de Servicio (HES) en SAP dando conformidad del servicio ejecutado para que se proceda a su valorización y pago.

Observación Nº 3

Sección:        Requerimientos Técnicos MínimosNumeral:       Capítulo III – 1 Exp. Prof. Propuesto:Página:          27

Observamos el requerimiento de la profesión de Ingeniero Civil para acreditar al Especialista en Impacto Ambiental ó Medio Ambiente. Esta especialidad viene siendo ocupada en la construcción de carreteras por profesionales de diversas especialidades como Civiles, Mecánicas, Químicas, etc., y actualmente ya por Ingenieros Ambientalistas, por lo cual y en aras de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado, solicitamos acoger esta observación, aceptando Profesionales Colegiados y Hábiles con experiencia en Impacto Ambiental ó Medio Ambiente.

Respuesta N° 3:

Se acoge la observación.

Observación Nº 4

Sección:        Requerimientos Técnicos MínimosNumeral:       Capítulo III – 1 Exp. Prof. Propuesto:Página:          27

Observamos el requerimiento de la profesión de Ingeniero Civil ó Industrial para acreditar al Responsable de Seguridad. Esta especialidad viene siendo ocupada en la construcción de carreteras por profesionales de diversas especialidades como Civiles, Industriales, Mecánicas, Químicas, etc., por lo cual y en aras de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado, solicitamos acoger esta observación, aceptando Profesionales Colegiados y Hábiles con experiencia en Seguridad.  Respuesta N° 4:

Se acoge la observación

Observación Nº 5Sección:        Requerimientos Técnicos MínimosNumeral:       Capítulo III – 1 Exp. Prof. Propuesto:Página:          27

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

Observamos el requerimiento de profesiones para acreditar al Asistente en Impacto Ambiental (Medio, Físico Biológico). Esta especialidad viene siendo ocupada en la construcción de carreteras por profesionales de diversas especialidades como Ambientalistas, Civiles, Mecánicas, Químicas, etc., por lo cual y en aras de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado, solicitamos acoger esta observación, aceptando Profesionales Colegiados y Hábiles con experiencia en Impacto Ambiental ó Medio Ambiente.

Respuesta N° 5:

Se acoge la observación.

Observación Nº 6

Sección:        Requerimientos Técnicos MínimosNumeral:       Capítulo III – 1 Exp. Prof. Propuesto:Página:          27

Observamos el requerimiento de profesiones como Antropólogo ó Sociólogo para acreditar al Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos Sociales). Esta especialidad viene siendo ocupada en la construcción de carreteras por profesionales de diversas especialidades como Ambientalistas, Civiles, Mecánicas, Químicas, etc., por lo cual y en aras de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado, solicitamos acoger esta observación, aceptando Profesionales Colegiados y Hábiles con experiencia en Impacto Ambiental ó Medio Ambiente.

Respuesta N° 6:

No se acoge, debido a que el “Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos Sociales” requerido es para atender temas netamente sociales cuya manejo es de competencia de los profesionales citados (Anteprólogo, Sociólogo), este profesional complementa las actividades que desarrollara el “Asistente en Impacto Ambiental (Medio, Físico y Biológico)”

Observación Nº 7Sección:        Requerimientos Técnicos MínimosNumeral:       Capítulo III – RELACION DE EQUIPO MINIMOPágina:          27

Observamos el requerimiento de equipos donde se precisa la Marca de Fabricación, como es el caso de la Grúa Hiab s/camión de 5 Ton., por lo que a fin de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado, solicitamos acoger esta observación, cambiando el requerimiento por “Grúa de brazo articulado de 5 Tn. sobre camión”

Respuesta N° 7:

Se acoge la observación, se cambia el término Grúa Hiab s/camión de 5 Ton por “Camión grúa de 5 Ton”. 

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

Observación Nº 8Sección:        Absolución de ConsultasNumeral:       Consulta N° 51 del proponente ATERPAPágina:          21

Observamos la respuesta dada por el Comité a la consulta 51, mediante la cual aceptan los contratos de Pavimentación de Carreteras como experiencia en Obras Similares. Este tipo de contratos los identificamos en el Perú como Contratos de Mantenimiento Periódico, y no deberían ser aceptados en las licitaciones por PROVIAS como experiencias similares en contratos de Construcción de Carreteras.Por lo que a fin de cumplir con los principios consagrados en la Ley de Contrataciones del Estado, solicitamos acoger esta observación, retirando su respuesta a la Consulta Nº51.

Respuesta N° 8:

No se Acoge la observación, por lo que se reitera la respuesta a la consulta 51, siempre y cuando se evidencie, pese a la nomenclatura empleada, que efectivamente se trata de un contrato de obra para una carretera, certificándose que los trabajos se ejecutaron a nivel de asfalto en caliente y/o tratamiento superficial bicapa y que incluyeron los componentes principales de un contrato de obra para una carretera tales como explanaciones, cortes, rellenos, sub base, obras de arte y drenaje, asfaltado en caliente y/o tratamiento superficial bicapa, mitigación ambiental, señalización entre otros.

PARTICIPANTE: CONALVÍAS S.A SUCURSAL PERÚ

Observación Nº 9REFERENCIA DE LAS BASES:Sección Específica – Capítulo IINumeral 2.5.1.Título “Documentación de presentación facultativa”Literal ii)

Observamos lo establecido en la Absolución de la Consulta Nº 6 elaborada por mi representada, en virtud de la cual el Comité Especial exige que los certificados que sirvan para acreditar el factor de evaluación “Cumplimiento en la ejecución de obras” deban precisar de manera obligatoria que la obra fue liquidada sin incurrir en penalidades, transgrediendo de esta manera lo dispuesto por los artículos 47º y 70º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como el Principio de Informalismo recogido en el artículo IV de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sobre el particular, el Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras” del Capítulo IV “Criterios de Evaluación” de las Bases, precisaba lo siguiente:

“Se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó o liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades.”

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Con relación a ello, en la etapa de absolución de consultas, mi representada cuestionó dicho aspecto en la Consulta Nº 6, siendo que el Comité Especial respondió de acuerdo a lo siguiente:

“Agradeceremos se confirme que para la acreditación del factor “cumplimiento en la ejecución de obras” no se requerirá que el documento presentado precise que la obra fue liquidada, siendo que únicamente bastará que se señale que el contrato se ejecutó sin incurrir en penalidades y/o multas y/o sanciones.”RESPUESTA N° 06De conformidad al literal d, del numeral 2, del Artículo 47°, para acreditar el factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá presentar Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades.”

Con relación a ello, se debe tener presente que disponer que los certificados de culminación de obra contengan la precisión que “fue liquidada sin incurrir en penalidades” limita la concurrencia de postores que pretendan acreditar su experiencia con contratos ejecutados en el extranjero, a los cuales las normas del país de origen no les exigen las formalidades de la normativa peruana.

Pues bien, pese a que los certificados que acrediten contratos ejecutados en el extranjero no revisten de las mismas formalidades exigidas en nuestra normativa, dichas condiciones podrían cumplirse con la presentación de documentos complementarios que permitan acreditar la condición materia de evaluación en la normativa de contratación pública peruana.

Así pues, en el caso del Factor de evaluación “cumplimiento en la ejecución de obras” lo que se pretende evidenciar es si las obras presentadas fueron ejecutadas y liquidadas sin incurrir en penalidades, tal como lo establece el artículo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, siendo que dicha norma no obliga a que el certificado presentado lo señale expresamente, sino que la condición de ejecutada y liquidada sea acreditada.

Ante ello, los postores podrían acreditar la liquidación de la obra presentando el Acta de Liquidación Final de obra, siendo que de esta manera se estaría cumpliendo la exigencia prevista en el artículo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Ahora, negar la posibilidad de que los postores puedan complementar el Certificado de Culminación de obra con la presentación del Acta de Liquidación Final de la obra, a efectos de acreditar que la obra fue culminada y liquidada sin incurrir en penalidades, transgrediría el Principio de Informalismo regulado en la Ley 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, en virtud del cual las normas de los procedimientos administrativos deben ser interpretadas de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales.

De igual manera, se vulneraría lo establecido en el artículo 70º del Reglamento, toda vez que la evaluación y calificación de propuestas se debe realizar de manera integral, esto implica la verificación de la totalidad

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

de documentos que obran en la Propuesta Técnica del proveedor, a efectos de determinar el cumplimiento o no de las condiciones exigidas en las Bases del proceso de selección.

En tal sentido, observamos las Bases de la Licitación Pública N° 0010-2012-MTC/20, a efectos que el Comité Especial cumpla con establecer en las Bases que para acreditar el Factor de Evaluación “Cumplimiento en la ejecución de obras” no resulta obligatorio que los Certificados presentados establezcan que la obra fue liquidada, siendo que se podrá acreditar dicha condición mediante la presentación del Acta de Liquidación Final de la obra; caso contrario, se estarían vulnerando los artículo 47º y 70º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como el Principio de Informalismo regulado en la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

Respuesta N° 9:

No se Acoge la Observación, de conformidad al literal d, del numeral 2, del Artículo 47°, para acreditar el factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá presentar Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor, en los que se indique que los mismos se efectuaron y liquidaron sin incurrir en penalidades

PARTICIPANTE: JOHE S.A.

OBSERVACION N° 10: Absolución de Consultas debe Cumplir con el Art. 54° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF.

Observamos que las Consultas desde el N° 30 a la 40 han sido efectuadas por el participante JOHE S. A.; por lo que solicitamos se confirme esta Observación.

Respuesta N° 10:Lo indicado, no constituyen observaciones a la legalidad de las disposiciones contenidas en las Bases, sin embargo se presenta las aclaraciones y/o precisiones formuladas en la observación Nº10.

Consulta Nº 30Se reitera la respuesta a la consulta Nº 30

Consulta Nº 31En los Requerimientos Técnicos Mínimos la aclaración efectuada fuera del ámbito urbano; obedece a que las obras de construcción de avenidas, calles, jirones, alamedas asfaltadas dentro de la ciudad; asimismo, a las urbanizaciones asfaltadas dentro de la ciudad, no es considerado como obra de carreteras debido que para estas las exigencias técnicas son de proyectos de pavimentación urbana; asimismo, el Reglamento Nacional de Transito, define con claridad el termino CARRETERA.- Via fuera del ámbito

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PROVIAS NACIONAL LP N° 0010- 2012- MTC/20Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Cajamarca – Celendín -Balsas, Tramo II: Km.26+000 – Km. 52+000

urbano destinada a la circulación de vehículos y eventualmente de peatones y animales.

La aclaración efectuada deberá ser tomada en cuenta por el postor al formular su propuesta.

Consulta Nº 32Se reitera la respuesta a la consulta 32, toda vez que, obedece a que el programa de ejecución y metas de la obra ha sido calculado considerando rendimientos promedio de equipo con las características solicitadas.

Consulta Nº 33Aclarado, en la respuesta a la observación Nº 12 del presente pliego.

Consulta Nº 34Se reitera la respuesta a la consulta Nº 34

Consulta Nº 35Aclarado, en la respuesta a la observación Nº 1 del presente pliego

Consulta Nº 36Se aclara que en la respuesta a la consulta 36 el Área usuaria retiró de los RTM la exigencia de que los equipos deberán ser propios y estar ubicados en el país.

Consulta Nº 37Se aclara que en la respuesta a la Consulta 37 se Confirma que, no es necesario presentar carta compromiso de alquiler y/o venta siendo suficiente con presentar el Anexo N° 07 llenado con los datos que se requieren; ya que este es una Declaración Jurada.

Consulta Nº 38Se reitera la respuesta a la consulta Nº 38, precisándose que el requerimiento obedece a la necesidad del manejo de la obra y el buen cumplimiento de las metas y programa de ejecución de la obra.

Consulta Nº 39Se reitera la respuesta a la consulta Nº 39, mayor aclaración en la respuesta a la observación Nº 6 del presente pliego.

Consulta Nº 40 Se reitera la respuesta a la consulta Nº 40, precisándose que Ing. Responsable de Control de Calidad debe cumplir los requerimientos mínimos establecidos en las EG 2000 sección 04 CONTROL DE CALIDAD numeral 04.03 Ingeniero Director de Calidad; reajustándose en el tiempo de experiencia a lo requerido en las bases (factores de evaluación).

OBSERVACION N° 11Contra el requerimiento para acreditar la experiencia en obras en general en la etapa de Calificación Previa; y experiencia en obras similares y obras en general en la etapa de la Propuesta Técnica referido a la documentación en el que se indiquen el monto final.

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Observamos respuesta a la Consulta Nº 30 por los siguientes fundamentos y argumentos:

Ha quedado establecido en los pronunciamientos N° 054-2012/DSU, N° 069-2012/DSU y N° 195-2012/DSE como en el Oficio N° 141-2012/DSU-PAA, adjunto, lo siguiente:

“Los documentos para acreditar la experiencia del postor son copias simples de los contratos de obra y actas de recepción y conformidad, o la resolución de liquidación de obra, o cualquier otra documentación de la cual se desprenda, de manera fehaciente, que la obra fue concluida, y que en este supuesto, dicha documentación también deberá consignar el monto total de la obra”

Por lo que solicitamos ACOGER nuestra observación consignándolo también en la sexta columna de los cuadros consignados en los Anexos N° 08 y N° 09 como “Monto Total”.

Respuesta N° 11:

Se reitera lo indicado en la absolución de consultas que, para acreditar el factor “experiencia del postor”, tanto en obras en general como en obras similares, deberán presentar contratos con su respectiva acta de recepción y conformidad, siendo que, además, para acreditar el monto de la obra, se considerará aquel documento que refleje el valor real de la obra ejecutada, esto es el monto final. En ese sentido, deberá de acompañar al contrato la copia de la liquidación final o cualquier otro documento en el que se sustente el monto final.

OBSERVACION N° 12:Contra el Requerimiento de Equipo Mínimo con una antigüedad máxima de diez años para poder concursar en este proceso de Licitación.

Observamos Respuesta a la Consulta N° 33 por los siguientes fundamentos y argumentos:

Al solicitarse Equipo Mínimo con una antigüedad máxima de diez años está dando lugar a que no se fomenten la mayor concurrencia y participación de postores en función al objeto del proceso y la obtención de la propuesta técnica y económica más favorable (Item “a” del Artículo26° de la Ley); además no se está cumpliendo con el Principio de Economía, Item i) del Artículo4° de la Ley, que a la letra dice: "En toda contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección y en los acuerdos y resoluciones recaídos sobre ellos, debiéndose evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las Bases y en los contratos";

Así mismo, al ser la respuesta: " Negativo, Ceñirse a lo solicitado en las Bases"; esta respuesta no está cumpliendo con el Artículo 28° del D. L. N° 1017 y el Artículo 54 del D. S. N° 184-2008-EF. pues no esta fundamentando ni sustentando de cómo se llega a establecer la edad máxima de 10 años.

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Por lo que solicitamos ACOGER nuestra observación; no solicitando una antigüedad máxima a las Maquinarias y Equipos.

Respuesta N° 12:

Se reitera la respuesta a la consulta Nº 11, 33

Se aclara que el requerimiento de que el equipo mínimo no tenga una antigüedad mayor de 10 años, obedece a que el programa de ejecución y metas de la obra ha sido calculado considerando rendimientos estándar o promedio de equipo mecánico donde no incluye factores por antigüedad; caso contrario el requerimiento mínimo seria mayor de lo establecido, debido a la reducción de los rendimientos por antigüedad.

PARTICIPANTE: CONSTRUTORA ATERPA S.A. SUCURSAL DEL PERU

OBSERVACION N° 13:Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO II – SECCIÓN ESPECIFICA Numeral: 2.7. REQUISITOS PARA LA FIRMA DE CONTRATO (ítem h)Página 26

Observación:Con respecto a la oportunidad en la que el postor ganador de la buena pro deba presentar los respectivos certificados de habilidad de los profesionales propuestos; según las bases, ésta presentación debería ser a la firma del contrato.

Solictamos al comité especial acoja la presente observación en el sentido de que para el caso de profesionales nacionales y/o extranjeros con estudios en el extranjero, los respectivos certificados de habilidad sean presentados de manera previa al inicio de la obra, siendo suficiente que, al momento de la firma del contrato, el ganador de la buena pro acredite el inicio del trámite para la obtención del registro y certificado de habilidad de los profesionales ofrecidos ante el Colegio de Ingenieros del Perú conforme al PRONUNCIAMIENTO 205-2011 DTN para la LP Nº001-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 234-2011 DTN para la LP Nº002-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 371-2011 DTN para la LP Nº005-2011-MTC, al PRONUNCIAMIENTO 313-2011 DTN para la LP Nº006-2011-MTC y al PRONUNCIAMIENTO N° 229-2012/DSU para la LP Nº008-2012-MTC. Entendemos que si el OSCE ya se pronunció al respecto en todos los procesos mencionados y para la misma Entidad que convoca el proceso actual, resulta inadecuado que el Comité Especial establezca una posición contraria.

Respuesta N° 13:

La presentación del Certificado de Habilidad para profesionales nacionales y extranjeros debe ser a la suscripción del contrato correspondiente, en razón de que esta exigencia nos garantiza que los profesionales propuestos inicien los servicios en la oportunidad prevista, lo que permitirá asegurar la calidad de la obra en los plazos y costos previstos.

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OBSERVACION N° 14:Referencia(s) de las BasesSección: CAPITULO III REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS.Numeral: 1. Experiencia del Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos sociales) Página: 27

Observación:Las bases de la presente licitación en los requerimientos técnicos mínimos solicitan que para el caso del profesional Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos sociales) su profesión sea la de Sociólogo o Antropólogo.Consideramos que limitar la profesión de dicho especialista y encasillarla tan solo a antropólogo y/o sociólogo limita la pluralidad de participación de postores. En este caso bien podrían validarse otras profesiones siempre y cuando cumplan la experiencia solicitada tal como lo estipulan los mismos requerimientos técnicos mínimos de 1 año de experiencia en obras similares. Resulta también incongruente que para el caso de uno de los Asistentes en Impacto Ambiental si se aceptan todas las profesiones pero para el especialista en mención , es decir, el Asistente en Impacto Ambiental (asuntos sociales) se limitan sólo a dos profesiones exclusivas: antropología y sociología.Solicitamos acoger la presente observación en el sentido de que para el caso del Asistente en Impacto Ambiental (Asuntos sociales), la experiencia requerida pueda ser acreditada también con la profesión de Ingeniero Civil y/o cualquier otra profesión con el cargo de Ingeniero Especialista en Medio Ambiente, siempre y cuando se trate de obras similares.

Respuesta N° 14:

No se acoge, ver respuesta a la observación Nº 6

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