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Anexo No. 001 “Documento Adicional al Proyecto de Pliego de Condiciones” - Proceso de Licitación Pública DASCD- LP-001-2018 Carrera 30 No 25 – 90, Piso 9 Costado Oriental. Tel: 3 68 00 38 Código Postal: 111311 www.serviciocivil.gov.co Página 1 de 89 ANEXO No. 001 “DOCUMENTO ADICIONAL AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES” PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018 1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 Recomendaciones Generales El proyecto de pliego de condiciones del presente proceso de Licitación Pública ha sido elaborado siguiendo los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 19 de 2012, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes, para lo cual se han realizado los estudios previos con base en los requerimientos del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y atendiendo los requisitos exigidos por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015. Es importante señalar a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993 el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones sin perjuicio de los derechos que la misma ley les otorga. Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos. Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes que deseen participar en este proceso, leer detenidamente el presente proyecto de pliego de condiciones y cumplir con las exigencias previstas para el mismo. De igual manera los proponentes deberán leer detenidamente las siguientes recomendaciones: Leer cuidadosamente el presente pliego de condiciones y sus adendas antes de elaborar la propuesta. Examinar rigurosamente los estudios previos, el contenido del proyecto de pliego de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo, sus formatos y anexos, las normas que regulan la Contratación de la Administración Pública y demás concordantes, toda vez

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ANEXO No. 001 “DOCUMENTO ADICIONAL AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES”

PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018

1. INFORMACIÓN GENERAL

1.1 Recomendaciones Generales El proyecto de pliego de condiciones del presente proceso de Licitación Pública ha sido elaborado siguiendo los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 19 de 2012, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes, para lo cual se han realizado los estudios previos con base en los requerimientos del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y atendiendo los requisitos exigidos por el Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015. Es importante señalar a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993 el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones sin perjuicio de los derechos que la misma ley les otorga. Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos. Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes que deseen participar en este proceso, leer detenidamente el presente proyecto de pliego de condiciones y cumplir con las exigencias previstas para el mismo. De igual manera los proponentes deberán leer detenidamente las siguientes recomendaciones:

Leer cuidadosamente el presente pliego de condiciones y sus adendas antes de elaborar la propuesta.

Examinar rigurosamente los estudios previos, el contenido del proyecto de pliego de condiciones, los documentos que hacen parte del mismo, sus formatos y anexos, las normas que regulan la Contratación de la Administración Pública y demás concordantes, toda vez

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que hacen parte integral del presente proceso y es responsabilidad exclusiva de los interesados conocer su contenido.

Tener en cuenta todo lo relacionado sobre conflictos de interés para evitar incurrir en infracciones legales por esta razón.

Verificar no estar incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades para participar en el presente proceso de selección y para celebrar contratos con las entidades estatales según lo dispuesto en la normatividad legal vigente.

Seguir las instrucciones que en los Pliegos se imparten en la elaboración de su Oferta.

Proceder a reunir la información y documentación exigida y verifique la vigencia para los documentos que la requieran.

Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verifique que contiene la información completa que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Ley y en el presente proyecto de pliego de condiciones.

Verificar que las fechas de expedición de los documentos se encuentren dentro de los plazos exigidos en el proyecto de pliego de condiciones.

Suministrar toda la información requerida en el presente proyecto de pliego de condiciones.

Tener en cuenta el presupuesto total oficial establecido, para el presente proceso.

Quedar entendido que con la presentación de la propuesta se acogen y aceptan todas las condiciones estipuladas en el presente pliego, en los formatos y en la ley.

Presentar la propuesta en el orden exigido en el pliego de condiciones para facilitar su estudio, con índice y debidamente foliada, desde la primera hoja.

Las propuestas que se presenten deberán referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones.

Verificar que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados y proceda a reunir la información y documentación exigida.

La presentación de la propuesta constituye evidencia de que el proponente estudió el proyecto de pliego, el pliego de condiciones, los estudios y documentos previos, los formatos y demás documentos; que se recibieron las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y se acepta que, el mismo, es completo compatible y adecuado para identificar los bienes o servicios que se contratarán.

La presentación de la propuesta indica igualmente que el proponente está enterado a satisfacción en cuanto al alcance del objeto a contratar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior, para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.

Identificar su Oferta, tanto el original como las copias en la forma indicada en este documento.

Tener presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso de selección.

Revisar los anexos y diligenciar totalmente los formatos contenidos en este pliego de condiciones.

Toda consulta, observación deberá formularse a través de SECOP II

Sólo mediante ADENDA se podrán modificar los Pliegos de Condiciones.

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Será responsabilidad del proponente conocer todas y cada una de las implicaciones para un ofrecimiento del objeto del presente proceso de selección, y realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su propuesta, sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.

Se recomienda al proponente, que obtenga asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria, técnica, económica y de cualquier otra naturaleza, que considere necesaria para la presentación de la propuesta.

Tenga en cuenta las disposiciones que en materia penal se encuentran contempladas en la Ley 1474 de 2011, referente a la contratación estatal.

Los proponentes deberán verificar permanentemente a través del SECOP II en el presente proceso de selección, todos los documentos que se generen con ocasión del mismo, los cuales serán puestos a disposición de los interesados a través del referido mecanismo en el plazo fijado en el cronograma para el efecto. Por lo anterior es responsabilidad exclusiva de los interesados conocer su contenido.

1.2 Acciones Anticorrupción

En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del proyecto de pliego de condiciones, del pliego de condiciones definitivo de la presente convocatoria y el contrato que forma parte de la misma, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política, Ley 1474 de 2011 y las leyes consagran. Todas las personas interesadas en el presente proceso deberán tener en cuenta y darle cumplimiento a los postulados señalados por en la Ley 1474 de 2011. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar durante la ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato. El compromiso anticorrupción tiene como fin apoyar la acción del Estado Colombiano1 y del DASCD, para fortalecer la transparencia de los procesos de contratación y la responsabilidad de rendición de cuentas, el cual deberá ser suscrito por los proponentes bajo la gravedad de juramento el que se entiende prestado con la sola suscripción del FORMATO Nº 1 “CARTA DE PRESENTACIÒN DE LA PROPUESTA”- del presente pliego de condiciones. En caso de que el DASCD advierta presuntos hechos constitutivos de corrupción de parte de un proponente durante el proceso de selección, lo pondrá en conocimiento de las autoridades

1 Programa Presidencial Lucha Contra la Corrupción Marco normativo arts: 23, 90, 122 al 129, 183, 184, 209 y 270 de la Constitución Política. - Convención Interamericana contra la corrupción (C.I.C.C.) 1er tratado en el mundo aprobado en Colombia por la Ley 412/97. Convención de las Naciones Unidas, aprobada en Colombia por la Ley 970/05.

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competentes a fin que ellas determinen su procedencia o no y continuará con el desarrollo del presente proceso de selección. Para ello el proponente asume los siguientes compromisos:

No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ninguna persona al servicio del Departamento, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.

No permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor lo haga en su nombre.

Impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las Leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de selección abreviada de menor cuantía pública y la relación contractual que podría derivarse de ella.

A que los recursos utilizados para las gestiones pre-contractuales o contractuales derivadas del presente proceso, no provendrán de actividades ilícitas tales como el lavado de activos, testaferrato, tráfico de estupefacientes o delitos contra el orden constitucional, o que de alguna manera contraríen las leyes de la República, la moral o las buenas costumbres. Así mismo, debe tener en cuenta que los acuerdos contrarios a la libre competencia, es decir, aquellos que tengan por objeto la colusión en los procesos o los que tengan como efecto la distribución de adjudicaciones de contratos, distribución de concursos o fijación de términos de las propuestas,2 son sancionables por la Superintendencia de Industria y Comercio. Si durante el proceso de selección, se comprobare el incumplimiento del proponente, sus representantes o sus empleados o agentes, a los compromisos antes enunciados, constituyendo hechos de corrupción, tales hechos se pondrán inmediatamente en conocimiento de las autoridades para tomar las acciones legales a que hayan lugar y se podrá RECHAZAR la respectiva propuesta Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato.

2 Decreto 2153 de 1992, arts. 44 y 47. Ley 1474 de 2011

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En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho a la Secretaría de Transparencia a los números telefónicos: ( 1) 587 05 55 (1) 5629300 EXT 3894; correo electrónico, en la dirección: [email protected]; al sitio de denuncias del programa, en las páginas web: www.anticorrupción.gov.co; correspondencia o personalmente, en la dirección Calle 7 Nº 6–54 Bogotá D.C.; También puede reportar el hecho a la Oficina de Correspondencia, Quejas y Soluciones del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital; o en la página web: www.bogota.gov.co link Sistema Distrital de Quejas y Soluciones; o en la Veeduría Distrital en la página www.veeduriadistrtial.gov.co o a través de los números telefónicos 340 76 66 ó 268 48 56; SECOP II. En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente pliego de condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.

1.3 Fundamentos de la Modalidad de Licitación Pública Con fundamento en lo establecido en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993; el numeral 1, del artículo 2° y los numerales 2 y 4 del artículo 20 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015, se establece que la modalidad de selección es la LICITACIÓN PÚBLICA. La LICITACIÓN PÚBLICA es la regla general de escogencia de contratistas en la contratación pública y toda vez que el presupuesto del proceso de selección es superior a la menor cuantía establecida en el Departamento y el servicio requerido podrá ser prestado con características diferenciales que redundarán en la calidad, por lo tanto se incluyen factores de ponderación de las propuestas asociados a ofrecimientos de calidad. Es de precisar que la naturaleza del servicio que se pretende adquirir no se encuentra enmarcado en ninguna modalidad específica, por lo cual se debe aplicar la regla general de la selección objetiva de contratistas, la cual es la Licitación Pública, bajo unas claras reglas que garanticen que se hace la escogencia con la mejor relación costo beneficio que garanticen la mejor alternativa para la satisfacción del Departamento.

1.4 Derechos y Deberes del Proponente

Los establecidos en el artículo 5° de la Ley 80 de 1993.

La oportunidad de conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan o adopten, para lo cual se han señalado en este proyecto de pliego de condiciones, etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y la posibilidad de expresar sus

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observaciones.

El desarrollo del presente proceso es de carácter público, respetando la reserva de que gocen legalmente las patentes, procedimientos y privilegios. Los proponentes deberán indicar cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993.

Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la Ley, se entenderá que toda la oferta es pública.

El oferente que formule propuestas en las que se fijen condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato, responderá conforme a las leyes vigentes y su propuesta podrá ser rechazada de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015, e igualmente responderá por haber ocultado al contratar, inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa o por sus acciones u omisiones en la actuación contractual.

Cuando sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad dentro del presente proceso de selección, se entenderá que el proponente renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo, para lo cual, deberá informar tal hecho oportunamente. Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal este cederá su participación a un tercero, previa autorización del DASCD.

Verificar permanentemente a través del SECOP II del presente proceso de selección, todos los documentos que se generen con ocasión del mismo, los cuales serán puestos a disposición de la entidad a través del referido mecanismo en cualquiera de las 24:00 horas del día fijado en el cronograma para el efecto. Por lo anterior es responsabilidad exclusiva de los interesados conocer su contenido.

1.5 Principio de Transparencia

El DASCD garantiza a los oferentes y a la ciudadanía, que la escogencia del contratista se efectuará a través del proceso de Licitación pública, como en el presente proceso y de conformidad con el procedimiento señalado en la ley. Para el efecto, en el presente proceso los interesados tienen garantizado su derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan y adopten, para lo cual se establecen etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y otorgan la posibilidad de expresar observaciones. Todas las actuaciones del DASCD dentro de este proceso son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. En el caso de las propuestas presentadas por los interesados, estas estarán a disposición de quien así lo solicite únicamente durante el término de traslado del informe de verificación de

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requisitos habilitantes y de ponderación de las propuestas habilitadas dispuesto por la entidad en el cronograma del presente proceso o en las adendas que lo modifiquen, salvo los documentos que por expresa disposición de la ley sean catalogados como reservados, como es el caso de las declaraciones tributarias de conformidad con el Artículo 583 del Estatuto respectivo. En cumplimiento del principio de transparencia, el DASCD garantiza que en los pliegos de condiciones se encuentran:

Los requisitos y objetivos necesarios para participar en el proceso de selección, la mejor información contenida en los archivos de la Entidad.

Las reglas objetivas, justas, claras y completas que permiten la confección de ofrecimientos de la misma índole.

Las condiciones de costo y calidad de los servicios necesarios para la ejecución del contrato, todo lo cual tiene relación con el equilibrio económico contractual y las garantías que deben otorgarse.

No existen condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de responsabilidad, derivadas del erróneo suministro de datos, informes o documentos.

Las reglas consagradas no inducen a error a los proponentes y contratistas y no los llevan a formular ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de la entidad.

El DASCD garantiza que no actuará con desviación o abuso de poder, y que ejercerá sus competencias exclusivamente para los fines previstos en la ley.

Todo lo anterior, se entiende aceptado por los proponentes con la sola suscripción de la Carta de Presentación de la Propuesta

1. VEEDURIAS En cumplimiento del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el numeral 5° del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convoca a las Veedurías Ciudadanas, a las diferentes asociaciones cívicas comunitarias de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades, centros especializados de investigación y los ciudadanos, establecidas de conformidad con la ley, a realizar el control social al presente proceso de contratación, para lo cual se les invita a consultar los documentos del proceso en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II (www.colombiacompra.gov.co), y acudir ante el Departamento ubicado en la Carrera 30 No. 25-90 piso 9, costado oriental, para que realicen las recomendaciones que consideren convenientes y a intervenir en las audiencias que se realicen dentro del mismo proceso, en concordancia con las funciones que les corresponden a las Veedurías Ciudadanas establecidas en el artículo 15 de la Ley 850 de 2003.

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CAPÍTULO I

INFORMACIÓN GENERAL PARA LOS PROPONENTES

1.1 OBJETO “Prestar servicios logísticos para el desarrollo de las actividades encaminadas a la promoción

del bienestar de los empleados del distrito y sus familias”

1.2 ESPECIFICACIONES TECNICAS:

Las especificaciones técnicas requeridas son las descritas en el Anexo No. 002 “Anexo Técnico - Especificaciones Técnicas Generales” y Fichas Técnicas “Especificaciones Técnicas de las Actividades de Bienestar.”

1.3 CLASIFICACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE ACUERDO CON EL CÓDIGO ESTANDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LAS NACIONES UNIDAS- UNSPSC: El servicio objeto del presente proceso de selección se encuentra identificado en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC, como se indica a continuación:

Clasificación UNSPC

Segmento Familia Clase

80111500

80000000 - Servicios de gestión, servicios profesionales de empresa y servicios administrativos

80110000 - Servicios de recursos humanos

80111500 - Desarrollo de recursos humanos

80141600

80000000 - Servicios de gestión, servicios profesionales de empresa y servicios administrativos

80140000 - Comercialización y distribución

80141600 -Actividades de venta y promoción de negocios

80141900

80000000 - Servicios de gestión, servicios profesionales de empresa y servicios administrativos

80140000 -Comercialización y distribución

80141900 -Exhibiciones y ferias comerciales

90101600 90000000 - Servicios de viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento

90100000 - Restaurante y catering

90101600 - servicios de banquetes y catering

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90111600 90000000 - Servicios de viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento

90110000 - Instalaciones hoteleras , alojamientos y centros de eventos

90111600 - Facilidades para encuentros

90131500 90000000 - Servicios de viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento

90130000 - Artes interpretativas

90131500 - Actuaciones en vivo

1.4 PARTICIPANTES Podrán participar en el presente proceso las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, conformadas en los términos establecidos en la Ley 80 de 1993 y en los presente proyecto de pliego y pliegos de condiciones.

1.5 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO El valor estimado del contrato que se derive del presente proceso de selección, incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), cuando a ello hubiere lugar y demás impuestos, tasas, contribuciones legales de carácter nacional y/o distrital, costos directos e indirectos, es la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CIENTO DIECINUEVE PESOS ($789.190.119) M/CTE. El presente proceso esta soportado con el siguiente certificado de disponibilidad presupuesta

Nº CDP CODIGO

PRESUPUESTAL CONCEPTO VALOR CDP

93 3-3-1-15-07-43-1179-189 Un servicio civil que deja huella $789.192.080.oo

El valor del contrato será hasta por el presupuesto oficial, la diferencia entre el valor de la propuesta económica seleccionada y el presupuesto oficial podrá ser utilizada para la realización de actividades adicionales o complementarias a las establecidas, así como para ampliar la cobertura de beneficiarios en las diferentes actividades o para aumentar las cantidades de los diferentes ítems contemplados en las especificaciones técnicas.

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1.6 ACUERDOS COMERCIALES El proceso de contratación está sujeto a los Acuerdos Comerciales que se relacionan en la tabla incluida en el presente numeral, de conformidad con el análisis realizado con base en las reglas establecidas en la Sección D del “Manual para el Manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, por consiguiente, las ofertas de bienes y servicios de países con los cuales Colombia tiene Acuerdos Comerciales vigentes que cubren el proceso de contratación, serán tratadas como ofertas de bienes y servicios colombianos.

Acuerdo Comercial Entidad Estatal Incluida

Presupuesto del Proceso Superior al Valor del Acuerdo

Comercial **

Excepción Aplicable al Proceso de Contratación

Proceso de Contratación

Cubierto por el Acuerdo Comercial

Alianza Pacifico Chile SI NO SI NO Perú SI NO SI NO

Chile SI NO SI NO Costa Rica SI NO NO NO Estados AELC (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza)

SI

SI NO SI

Unión Europea SI SI NO SI Triángulo Norte Guatemala SI SI SI NO

El Salvador SI SI SI NO Comunidad Andina de Naciones – Decisión 439 de 1998

SI

SI NO SI

(*) Excepciones tomadas del “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” que se encuentra publicado en Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP www.colombiacompra.gov.co. ** El Acuerdo Comercial con Alianza Pacífico (únicamente con Chile y Perú) es aplicable a los Procesos de Contratación para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $834’618.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $20.865’438.000. El Acuerdo Comercial con Chile es aplicable a los Procesos de Contratación para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $836’008.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $20.900’211.000.

El Acuerdo Comercial con Costa Rica es aplicable a los Procesos de Contratación para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $1.481’116.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $20.868’078.000. El Acuerdo Comercial con los Estados AELC es aplicable a los Procesos de Contratación para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $788’071.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $19.701’769.000. El Acuerdo Comercial con el Triángulo Norte (únicamente con El Salvador y Guatemala) es aplicable a los Procesos de Contratación a partir del límite inferior de la menor cuantía. El Acuerdo

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Comercial con la Unión Europea es aplicable a los Procesos de Contratación para: (i) adquirir bienes y servicios a partir de $777’100.000; y (ii) para servicios de construcción a partir de $19.427’500.000. Así mismo, es importante indicar que de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones – CAN, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital dará trato nacional a los servicios prestados por proponentes provenientes de los países de Bolivia, Ecuador y Perú. Con base en lo anterior se concluye que el actual proceso contractual, si esta cobijado por algunos de los acuerdos comerciales suscritos por Colombia; tal como se muestra en el anterior cuadro. 1.7 CRONOGRAMA DEL PROCESO

No Actividad Fecha inicial Fecha

final Lugar

1

Publicación Aviso de

convocatoria

15/06/2018

3:00 PM

03/07/2018 Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II

2

Aviso en la página Web de

la Entidad y en el SECOP

15/06/2018

3:00 PM

03/07/2018 Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II

3

Publicación estudios y

documentos previos,

proyecto de pliego de

condiciones

15/06/2018

3:00 PM

03/07/2018 Sistema Único de Contratación Pública SECOP II

4

Observaciones al proyecto

de pliego de condiciones

15/06/2018

3:00 PM

03/07/2018

11:59 PM

SECOP II (En caso de fallas del sistema se

recibirán a través del correo electrónico

[email protected])

5

Respuesta a las

observaciones

presentadas al proyecto de

pliego de condiciones

15/06/2018

3:00 PM

04/07/2018

11:59 PM Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II

6

Publicación de la

Resolución de apertura

05/07/2018

2:00 PM 05/07/2018

Sistema Único de Contratación Pública SECOP II

7 Publicación del pliego de

condiciones definitivo

05/07/2018

2:00 PM 05/07/2018

Sistema Único de Contratación Pública SECOP II

8

Audiencia de revisión de la

asignación de riesgos

previsibles

11/07/2018

11:00 AM

Carrera 30 No. 25-90, piso 9 Aula del

Departamento Administrativo del

Servicio Civil Distrital

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9

Publicación acta de

audiencia de aclaración de

Pliego de condiciones y de

revisión de la asignación

de riesgos previsibles

12/07/2018

16/07/2018

www.colombiacompra.gov.co

www.contratacionbogota.gov.co

Subdirección Jurídica del DASCD.

10

Observaciones al Pliego de

condiciones definitivo

05/07/2018

2:00 PM

12/07/2018

11:59 PM

SECOP II (En caso de fallas del sistema se

recibirán a través del correo

electrónico

[email protected])

11

Respuesta a las

observaciones

presentadas al pliego de

condiciones definitivo

05/07/2018

2:00 PM

16/07/2018

11:59 PM

Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II

12

Expedición de adendas

05/07/2018

2:00 PM

17/07/2018

07:00 PM

Sistema Único de Contratación Pública SECOP II

13 Plazo del proceso 05/07/2018 24/07/2018

14

Diligencia de cierre y

expedición del acta de

cierre de la licitación

24/07/2018

10:00 AM

Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II (En caso de fallas

del sistema aplicar la guía de

indisponibilidad emitida por Colombia

Compra Eficiente

https://www.colombiacompra.gov.co/

sites/cce_public/files/cce_documento

s/guia_indisponibilidad_secopii.pdf )

15

Verificación de Requisitos

habilitantes y

subsanabilidad.

Ponderación de las

propuestas habilitadas.

25/07/2018

27/07/2018

11:59 PM

En cada una de las áreas respectivas

16

Traslado del informe de

verificación de requisitos

habilitantes y ponderación

de las propuestas

habilitadas.

30/07/2018

03/08/2018

11:59 PM

Sistema Único de Contratación Pública SECOP II

17

Respuesta a las

observaciones formuladas

al informe de verificación

de requisitos habilitantes y

de ponderación de las

propuestas habilitadas

06/08/2018

09/08/2018

10:00AM Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II

18 Plazo de Adjudicación 06/08/2018 09/08/2018

19

Audiencia pública de

adjudicación

09/08/2018

10:00 AM

Carrera 30 No. 25-90, piso 9 Aula del

Departamento Administrativo del

Servicio Civil Distrital

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20

Publicación Resolución de

Adjudicación y del Acta de

audiencia pública de

adjudicación, o de la

Resolución de declaratoria

de desierta

10/08/2018

14/08/2018

Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II.

21 Suscripción del contrato 2 días Sistema Único de Contratación

Pública SECOP II

22 Expedición del Certificado

de Registro Presupuestal 1 día

Subdirección De Gestión Corporativa

y Control Disciplinario

23 Entrega de garantías por

parte del contratista

1 día Sistema Único de Contratación Pública SECOP II

24 *Aprobación de garantías

por parte de la Entidad

Sistema Único de Contratación Pública SECOP II

*El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital revisará y aprobará las pólizas que se presenten de manera oportuna y en debida forma Nota: Nota: Las fechas establecidas a partir de la actividad 5 son estimadas, por tanto, en el pliego de condiciones definitivo podrán ser objeto de modificación. En consecuencia, en el evento de requerirse la modificación de dichas fechas el Departamento mediante adenda realizada a través del Sistema Único de Contratación Pública SECOP II. En relación con las actividades 21 a 23, únicamente se establecen los plazos máximos para la realización de las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.3.1 del Decreto 1082 de 2015. Todas las actuaciones surtidas durante el desarrollo del presente proceso de selección se llevarán a cabo en la Subdirección Técnico Jurídica del Servicio Civil Distrital del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, ubicada en la Carrera 30 No. 25 - 90, piso 9, edificio del CAD, Bogotá D.C. – Colombia o en el lugar que se determine en el cronograma del presente proceso. Ver cronograma del proceso dentro del proceso en SECOP II. 1.8 AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y REVISIÓN DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES. Con el objeto de precisar el contenido y alcance del pliego de condiciones de la presente licitación, así como discutir y determinar de manera definitiva con los interesados en participar en el proceso, la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles que puedan afectar el

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equilibrio económico del contrato, el día, hora y lugar señalados en el cronograma del presente proceso se celebrará una audiencia para oír a los interesados. De la audiencia se levantará un acta que será suscrita por los intervinientes. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando se considere conveniente, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expedirá adendas si fuere necesario, lo anterior de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 220 del Decreto Ley 019 de 2012. La tipificación, estimación y asignación de riesgos, determinados en la audiencia constará en el pliego de condiciones definitivo en documento anexo al mismo. 1.9 PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN El plazo de la presente licitación, entendido como el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas (fecha de apertura) y la del cierre. Este plazo podrá prorrogarlo el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital cuando lo estime conveniente, o cuando lo solicite un número plural de posibles oferentes según lo establecido en el inciso 2º del numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011, prórroga que no podrá ser superior a la mitad del plazo inicialmente fijado. 1.10 SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN El proceso de selección podrá ser suspendido por un término no superior a quince (15) días hábiles, señalado en el acto motivado que así lo determine, cuando a juicio de la entidad se considere necesario. Este término podrá ser mayor si la entidad así lo requiere, de lo cual se dará cuenta en el acto que lo señale. 1.11 NORMATIVIDAD APLICABLE El proceso de selección se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, la Ley 1450 de 2011, el Decreto Ley 0019 de 2012 y su Decreto aclaratorio No. 0053 de 2012, el Decreto 1082 de 2015, y las disposiciones aplicables a la naturaleza del objeto de este proceso de selección y del contrato respectivo, y las demás normas concordantes. 1.12 DEFINICIONES, SIGNIFICADO DE TÉRMINOS Al presente proceso de selección le son aplicables las definiciones contenidas en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, así como las definiciones contenidas en el “Glosario” del Manual de Contratación del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, que se

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encuentra publicado en la página Web www.serviciocivil.gov.co (Transparencia – 8. Contratación), las cuales hacen parte integral de este pliego de condiciones. Los términos no definidos en el presente numeral se entenderán de acuerdo con su significado natural y obvio. Ahora bien, donde quiera que en los documentos del presente proceso de selección y del contrato se encuentren los siguientes términos, tendrán el significado que se les asigna a continuación: 1.12.1 DASCD Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

1.12.2 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Es una entidad del sector central del Distrito Capital, ubicada en la carrera 30 No. 25 -90, costado oriental, piso 9.

1.12.3 Proponente Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que en forma individual o en Consorcio o Unión Temporal, presenta dentro de la oportunidad señalada para el efecto, una oferta para participar en el Proceso de Contratación. 1.12.4 Ponderación Para efectos del presente proceso de selección se ponderarán las ofertas calificadas como HABILITADAS en las verificaciones jurídica, financiera y técnica, según sea el caso. La ponderación se efectuará aplicando las fórmulas o puntajes establecidos en el capítulo respectivo. 1.12.5 Proponente Habilitado Es el proponente que cumple con los requisitos habilitantes previstos en el pliego de condiciones y por ende su oferta puede ser ponderada. 1.12.6 Propuesta Rechazada Es la propuesta que incurre en causal de rechazo establecida en el pliego en la normatividad vigente sobre la materia. 1.12.7 Propuesta extemporánea La presentada después de la fecha y hora de cierre previstas en el pliego de condiciones.

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1.12.8 Primer orden de elegibilidad Es la posición que ocupa el proponente, que ha sido habilitado en los aspectos financiero, jurídico y técnico según sea el caso, y que obtiene el puntaje más alto, luego de efectuarse la calificación de los diferentes criterios de ponderación previstos en el pliego de condiciones. 1.12.9 Adjudicatario Es el proponente a quien se le adjudica el proceso por haber presentado una propuesta que cumple con lo requerido en el pliego de condiciones y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección. 1.12.10 Adjudicación Es la decisión emanada del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital por medio de la cual determina el(los) adjudicatario(s) del(los) contrato(s), y quien(es) en consecuencia corresponderá, como derecho y obligación la suscripción del(los) mismo(s). 1.12.11 Documentos del contrato Son aquellos que forman parte integrante del contrato, independientemente que estén contenidos en otros documentos y que por su naturaleza complementen, aclaren o particularicen condiciones especiales a tener en cuenta durante la ejecución y liquidación del contrato. 1.12.12 Valor básico de la propuesta Es el resultado de la sumatoria de los valores totales de todas de las actividades, incluido el IVA, según corresponda, y los demás valores y costos directos e indirectos causados. Es el valor total de la propuesta. Para llegar a este valor el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital podrá efectuar las correcciones aritméticas respectivas. 1.12.13 Modificación Todo cambio que se presente en la ejecución del contrato sobre: especificaciones, cantidades, plazos, valor, o cualquier otro aspecto fundamental que afecte su ejecución. 1.12.14 Aclaraciones Cuando las modificaciones no afecten el valor o el plazo del contrato, éstas se consignarán en actas suscritas por las partes, salvo en el caso de errores mecanográficos, de trascripción o de copia, debidamente comprobados, donde la aclaración la firmará únicamente Departamento

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Administrativo del Servicio Civil Distrital y podrá colocarse como nota marginal de la minuta que contenga el texto a aclarar. 1.12.15 Trabajos Son todas las tareas y actividades que debe realizar el contratista en desarrollo de su objeto y de acuerdo con los términos del contrato, equipo, bienes o servicios. 1.12.16 Día(s) corriente(s) o Día(s) calendario Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en el presente pliego de condiciones resulte ser un sábado o domingo u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente. 1.12.17 Día(s) hábil(es) Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m., excluyendo de éstos los días festivos determinados por Ley en la República de Colombia. 1.12.18 Cómputo de términos para efectos del desarrollo de las diferentes etapas que

conforman el presente el proceso de selección. Para efectos del desarrollo de las diferentes etapas que conforman el presente proceso de licitación, se aclara que los términos expresados en días y horas se computarán desde la hora en que inicia el término y vencerán el último segundo de la hora inmediatamente anterior a la fecha y hora fijada para la respectiva actuación. 1.12.19 Inconsistencia Falta de consistencia entre la información, manifestación o documentos presentados en la propuesta, frente a la verificación que realice directamente la Entidad de la información, manifestación o documentos aportados con la propuesta. 1.12.20 Inexactitud Falta de exactitud en algún dato contenido en un documento o información aportada por el proponente. 1.12.21 Discrepancia

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Cuando existe diferencia entre lo manifestado en la carta de presentación o en la oferta y lo enunciado en el pliego de condiciones. 1.12.22 Condicionamiento Cuando se está limitando o afectando lo ofrecido frente a lo solicitado en el presente pliego de condiciones. 1.12.23 Reciprocidad

El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, dará trato nacional a los oferentes de bienes y servicios provenientes de estados con los que el país tenga suscritos Acuerdos Comerciales, o en aquellos casos en que sin existir Acuerdo Comercial, el Gobierno Nacional haya certificado que gozan de trato nacional, de igual manera, dará trato nacional a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones. Todo lo anterior, en aplicación del parágrafo del artículo 1º de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 0019 de 1012 y reglamentado por el artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015. 1.13 Anexos del pliego Son Anexos del pliego de condiciones los siguientes: Anexo No. 001: Documento adicional al Proyecto de Pliego de Condiciones Anexo No. 002: Anexo Técnico - Especificaciones Técnicas Generales Fichas Técnicas: Especificaciones Técnicas de las Actividades de Bienestar. Anexo No. 003: Clausulado Adicional al Contrato electrónico. Anexo No. 004: Matriz de riesgos contractuales. 1.14 Formatos del pliego La información requerida debe estar consignada en los formatos entregados con el presente documento. Si algún proponente considera que un formato en alguna forma impide mencionar o destacar algunos detalles o información que él considera de importancia para la evaluación de su propuesta, deberá presentar además de los formatos correspondientes, toda la información que considere necesaria para complementar su propuesta en un apéndice, marcando claramente la parte específica del formato de la propuesta, del cual hace parte como apéndice. Cuando un formato necesite uno de éstos apéndices, se anotará debajo de la parte específica, la siguiente expresión:

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“Ver Apéndice No. __" El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital analizará y tendrá en consideración dicha información adicional. Son formatos del pliego los siguientes: Formato No. 001: Carta de presentación de la propuesta. Formato No. 002: Pacto de probidad Formato No. 003: Compromiso consorcial Formato No. 004: Compromiso de unión temporal Formato No. 005: Resumen Oferta Económica Formato No. 006: Ofrecimiento de Calidad Formato No. 007: Registro de Requisitos Habilitantes Técnicos Formato No. 008: Reporte de contratos RUP 1.15 COMUNICACIÓN Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse a través del SECOP II. 1.16 IDIOMA

Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille o consularización. 1.17 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR 1.17.1 Consularización. De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de

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sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. 1.17.2 Apostilla. Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en el numeral 1.15.1 del presente pliego de condiciones, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. 1.17.3 Legalizaciones 1.17.3.1 Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización (consularización o apostilla), sin embargo, el proponente adjudicatario en caso de no haber aportado dichos documentos legalizados con la propuesta, debe allegarlos en la forma exigida en los numerales 1.17.1 y 1.17.2 del presente pliego de condiciones, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la expedición del acto administrativo de adjudicación. 1.17.3.2 Los Proponentes provenientes de países signatarios de la Convención de La Haya citada en el numeral 1.15.2 del presente pliego de condiciones podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, por la consularización o la Apostilla. 1.17.3.3 La consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en original o copia auténtica so pena de tenerse como no presentada. 1.17.3.4 Los formatos de estos pliegos que deben completar los proponentes, no requieren contar con el procedimiento descrito en los numerales 1.17.1 y 1.17.2 del presente anexo No. 001 al pliego de condiciones.

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CAPÍTULO II

INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS HABILITANTES, OFERTA ECONOMICA Y PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS

2.1 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Los integrantes del comité evaluador realizarán la verificación de los requisitos habilitantes de capacidad jurídica, condiciones de experiencia, condiciones técnicas, capacidad financiera y capacidad de organización de los proponentes de acuerdo con las competencias que les correspondan. El Departamento podrá verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, Entidades Estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación. Así mismo, la Entidad en relación con la oferta económica efectuará las comparaciones del caso, mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de los precios o condiciones del mercado, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011. 2.1.1 DOCUMENTOS DE CONTENIDO JURIDICO HABILITANTES 2.1.1.1 Carta de presentación de la propuesta La Carta de Presentación de la Propuesta deberá estar debidamente diligenciada según la información del modelo suministrado por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital Formato No. 001 “Carta de presentación de la propuesta”, y firmada en original por el proponente, o su representante legal o por el apoderado debidamente facultado. En el evento que la propuesta sea presentada y suscrita por un apoderado se deberá adjuntar el poder por medio del cual se le faculte para presentar la propuesta y suscribir el contrato que se derive del presente proceso de selección, dicho poder debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2148 de 1983. En caso de ser una persona jurídica, unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el representante legal, debidamente facultado en los términos de la ley. Cuando el proponente incluya manifestaciones o condicionamientos dentro de la carta de presentación o en cualquier parte de la propuesta que sean contrarias al objeto, alcance, obligaciones o especificaciones técnicas del presente proceso, será causal de RECHAZO DE LA

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PROPUESTA. No obstante la Entidad se reserva el derecho de solicitar que se aclaren los aspectos que considere pertinentes. 2.1.1.2 Existencia y representación legal Las personas jurídicas deben acreditar su existencia legal mediante los siguientes documentos: - Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva o por la autoridad competente con vigencia no mayor a 30 días calendario, en el cual conste que la sociedad está registrada o tiene sucursal domiciliada en Colombia, las facultades del representante legal y que el término de duración de ésta no es inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines. La matrícula mercantil debe estar debidamente renovada, de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Código de Comercio, que establece: “ARTÍCULO 33. RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA MERCANTIL - TÉRMINO PARA SOLICITARLA. La matrícula se renovará anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año.(…)”. El proponente o los integrantes del mismo cuando éste es un consorcio o una unión temporal, al cierre del presente proceso de selección deberán contar con los requisitos previstos, en cuanto al registro o sucursal domiciliada, la indicación de las facultades del representante legal, el término de duración y el objeto social exigidos. - En el evento de existir limitante del representante legal para contratar, se debe presentar copia del acta expedida como lo determina el Código de Comercio, en la que se señale que ha sido facultado por el órgano social competente para comprometer a la sociedad como mínimo hasta por el valor de la oferta presentada, o en su defecto, presentar la certificación del Secretario de la Junta u órgano social competente donde conste la autorización correspondiente. En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, este requisito procederá de igual forma para cada una de las sociedades o personas jurídicas que los integren. En el evento que el proponente fuere una Caja de Compensación deberá presentar Certificado de Existencia y Representación Legal con vigencia no mayor a 30 días calendario, expedido por la Superintendencia del Subsidio Familiar, en la que conste domicilio y representación legal. Igualmente, deberá allegar los Estatutos en los cuales consten las facultades del representante legal y que el término de duración de ésta no es inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines. Cuando el proponente fuere una persona jurídica sin ánimo de lucro domiciliada en Bogotá, D.C., el proponente deberá presentar el Certificado de inspección, vigilancia y control con vigencia no mayor a 30 días calendario, expedido por la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y

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Control de Personas Jurídicas, sin ánimo de lucro- Superpersonas Jurídicas y/o la Entidad que ejerza el control y vigilancia, en el cual conste que la sociedad puede ejercer su objeto social, cumple con los requisitos exigidos y no tiene sanciones o limites a su ejercicio social. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines. Las personas naturales deben presentar el certificado de matrícula mercantil expedido por la Cámara de Comercio respectiva, con vigencia no mayor a 30 días calendario. La matrícula mercantil debe estar debidamente renovada, de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Código de Comercio, que establece: “ARTÍCULO 33. RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA MERCANTIL - TÉRMINO PARA SOLICITARLA. La matrícula se renovará anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada año.(…)”. No se requerirá la inscripción antes indicada, cuando el proponente fuere una persona natural que acredite con la propuesta el ejercicio de una profesión liberal, mediante fotocopia legible de la tarjeta profesional; en el caso de consorcio o unión temporal, tampoco se requerirá la inscripción de las personas naturales que los integren, cuando acrediten la citada profesión en la forma antes señalada. Igualmente, deberá allegarse certificación de la entidad competente en la cual conste que la respectiva tarjeta profesional se encuentra vigente a la fecha de cierre de esta licitación. El proponente o los integrantes del mismo cuando éste es un consorcio o una unión temporal, al cierre del presente proceso de selección deberán contar con el presente requisito. 2.1.1.3 Fotocopia Cédula de Ciudadanía Debe adjuntarse con la propuesta fotocopia de la cédula de ciudadanía del proponente persona natural o de su representante legal, cuando se trate de persona jurídica o consorcio o unión temporal. 2.1.1.4 Propuestas Conjuntas Propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales En el evento que la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal deberá adjuntar con su propuesta debidamente diligenciado y firmado para cada caso en particular el documento de conformación del consorcio o la unión temporal, de conformidad con lo establecido en el artículo 7o. de la Ley 80 de 1993. (Formatos Nº 003 “Compromiso consorcial” y 004 “Compromiso de unión temporal”). Los consorcios o uniones temporales constituidas se comprometen, en caso de ser adjudicatarios del presente proceso de selección a permanecer consorciados o unidos durante el tiempo de

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vigencia del contrato y un (1) año más. Por lo tanto, deberá indicarse expresamente que el consorcio o unión temporal no podrán ser liquidados o disueltos durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el consorcio o unión temporal. El proponente presentará este documento a más tardar al cierre del presente proceso de selección, cuando el mismo es un consorcio o una unión temporal. Los integrantes del consorcio o unión temporal deberán cumplir individualmente con los requisitos establecidos como persona natural o jurídica, según sea el caso. De igual forma, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital aceptará cualquier otro modelo de compromiso de consorcio o unión temporal, siempre y cuando contenga como mínimo, la totalidad de la información establecida en los Formatos Nº 003 y 004, según corresponda. En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en el documento de conformación del consorcio o unión temporal, la Entidad requerirá al proponente y le fijará el plazo dentro del cual deba presentarlas. En el caso de no entregar las aclaraciones dentro del plazo establecido, la oferta será rechazada. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución y para efectos del pago, en relación con la facturación deben manifestar:

1. Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual debe informar el número del NIT de quien factura.

2. Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del

consorcio o la unión temporal, caso en el cual deben informar el número de NIT de cada uno de ellos y la participación de cada uno en el valor del contrato.

3. Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, caso en el cual se debe

indicar el número. Además, se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos.

Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita de la Entidad.

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Nota: Se solicita a las organizaciones de la economía solidaria (cooperativas, organismos de segundo y tercer grado que agrupen cooperativas u otras formas asociativas y solidarias, precooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutualistas y empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas) tener en cuenta el concepto OJU-3000-01-01853-04 del 1º de diciembre de 2004, expedido por la Superintendencia de Economía Solidaria, el cual indica lo siguiente: “En ese orden de ideas, y si se tiene en cuenta las prerrogativas y privilegios de que gozan las organizaciones solidarias, podría deducirse la inviabilidad de que éstas se asocien en consorcio o unión temporal con empresas comerciales para celebrar contratos con entidades estatales, pues para nadie es desconocido que éstas buscan utilidades movidas por su ánimo de lucro, lo que las hace diferentes sustancialmente a las organizaciones de la economía solidaria, que se basan y se construyen sobre principios y valores, especialmente de autoayuda, de done se predica que uno para todos y todos para uno, buscando satisfacer necesidades pre-existentes del grupo que se asocia.” (Resaltado fuera de texto) 2.1.1.6 Verificación de no inclusión en el Boletín de Responsables Fiscales El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, verificará en el último Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República que el proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre (n) reportado (s) en dicho Boletín. 2.1.1.7 Verificación del Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1238 de 2008, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital realizará la consulta de los antecedentes disciplinarios a través de la página web de la Procuraduría General de la Nación con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios del proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, toda vez que de las sanciones disciplinarias también se desprenden inhabilidades, 2.1.1.8 Verificación de antecedentes judiciales del Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional

De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto Ley 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del proponente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través de la página web de la Policía Nacional. En caso que el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en

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sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, la propuesta será rechazada. 2.1.1.9 Verificación del Sistema Antecedentes Disciplinarios de la Personería de Bogotá D.

C.

El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, verificará el Certificado de Antecedentes Disciplinarios, expedido por la Personería de Bogotá D. C., del representante legal de la persona jurídica o de la persona natural, según el caso. Cuando no sea posible la verificación de este documento, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital requerirá los mismos al respectivo proponente, otorgándole es término establecido en el cronograma para subsanar documentos. 2.1.1.10 Verificación Registro Nacional de Medidas Correctivas (Ley 1801 de 2016) El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital realizará la consulta de los antecedentes de medidas correctivas en la página web de la Policía Nacional de conformidad con la ley 1801 de 2016, con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios del proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal y sus representantes legales.

2.1.1.11 Certificación Vigente de su Inscripción en el Registro Único de Proponentes

de la Cámara de Comercio El proponente nacional o extranjero, con domicilio o sucursal en Colombia y cada uno de sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal, deberán acompañar sus ofertas con la certificación vigente y en firme de su inscripción y clasificación en el Registro Único de proponentes de la Cámara de Comercio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 0019 de 2012, en concordancia con el artículo 2.2.1.2.1.3.15 del Decreto 1082 de 2015. Este certificado debe tener y una fecha de expedición no mayor a 30 días calendario. Si del certificado allegado con la oferta se encuentra que la inscripción no se encuentra en firme, el proponente podrá entregar el certificado expedido por la Cámara de Comercio donde conste su firmeza hasta el día anterior a la fecha señalada en el cronograma para la realización de la audiencia de adjudicación. De conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6º de la Ley 1150 de 2007, la Secretaría verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y organizacional de los proponentes), tomando la información inscrita en el RUP, en donde deben constar dichas condiciones.

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En igual sentido, verificará en forma directa, aquellos requisitos habilitantes exigidos al proponente y cada uno de sus integrantes, en el caso de consorcios y uniones temporales, que son adicionales a los contenidos en el RUP. La documentación para verificar directamente el cumplimiento de tales requisitos, será solicitada en los correspondientes numerales del presente proyecto de pliego de condiciones. 2.1.1.11.1 Inscripción de Personas Extranjeras: Según lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 0019 de 2012, y en concordancia con lo señalado en el artículo 2.2.1.2.1.3.15 del Decreto 1082 de 2015, las personas naturales extranjeras con domicilio en el país y las personas jurídicas privadas extranjeras que tengan establecida sucursal en Colombia deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes para poder participar en este proceso de selección, de conformidad con lo establecido en numeral 2.1.1.11 del presente proyecto de pliego de condiciones. El Departamento verificará directamente el cumplimiento de los requisitos habilitantes de las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, por no estar obligadas a inscribirse en el Registro Único de Proponentes. 2.1.1.12 Certificación del Pago de Parafiscales y Aportes al Sistema de Seguridad Social Según lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente junto con la presentación de su oferta debe acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Si el proponente es persona jurídica debe adjuntar con su propuesta una certificación en la cual se acredite el pago de los aportes realizados durante por lo menos los seis (6) meses anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Dicha certificación debe estar suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad, si el proponente de acuerdo con la Ley lo requiere, o en caso contrario, la certificación debe venir suscrita por el Representante Legal de la sociedad proponente. En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma independiente

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dicha certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal respectivo y según corresponda. Si el proponente es persona natural, deberá allegar las constancias de pago o planillas a través de las cuales se acredite el cumplimiento de sus obligaciones con los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, éstos últimos cuando a ello hubiere lugar. Nota: En caso que el proponente se encuentre exonerado del pago de alguno de los aportes con fundamento en el artículo 114-1 de Estatuto Tributario, o no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de seguridad social y aportes parafiscales en relación con personal, debe así indicarlo en la certificación expedida por el revisor fiscal o por el representante legal o por el proponente persona natural, según el caso, estos últimos bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la presentación de la oferta. 2.1.1.13 Registro Único Tributario

El proponente, debe allegar con su propuesta fotocopia legible del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes debe aportar este documento. En caso de ser autorretenedores, deberán indicarlo y anexar copia del documento que acredite tal condición (Resolución). 2.1.1.14 Registro de Información Tributaria El proponente, debe allegar con su propuesta fotocopia legible del Registro de Información Tributaria expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda. En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes debe aportar este documento. 2.1.1.15 Garantía de seriedad de la propuesta. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, los proponentes podrán otorgar como mecanismos de cobertura del riesgo cualquiera de las garantías establecidas por la citada norma, siempre y cuando se cumplan los requisitos señalados para cada una de ellas en la mencionada reglamentación y la respectiva garantía además cumpla con la información mínima requerida en el presente numeral. En el evento en que el proponente opte constituir una póliza de seguros ésta deberá cumplir con los requisitos del presente numeral y deberá ser expedida por una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera, así mismo, el costo de la prima de la garantía será por cuenta del proponente.

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Cada proponente deberá constituir a favor de BOGOTA D.C. - ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ - DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, con NIT. 899.999.061-9, una garantía de seriedad de la propuesta y su vigencia será desde la presentación de la oferta y tres (3) meses más. La garantía de seriedad se constituirá por un valor igual o superior al diez por ciento (10%) del valor total de la oferta.

En la garantía de seriedad de la oferta en el texto se deberá indicar textualmente el número, año y objeto exacto del proceso, citarse claramente que se está garantizando la seriedad de la

propuesta presentada para participar en el presente proceso y firmarse por la aseguradora y por el oferente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, la garantía de seriedad de oferta deberá cubrir los siguientes eventos:

1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.

2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. 3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. 4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de

cumplimiento del contrato. En el evento que la propuesta la presente un Consorcio o una Unión Temporal, en la garantía de seriedad de la oferta deberá estipularse que el tomador es “El Consorcio o Unión Temporal (según sea el caso), conformado por ... y ....” (Indicando cada uno de sus integrantes, no el nombre de sus representantes legales), de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015, demás deberá expresar claramente que su valor total será exigible ante el incumplimiento de las obligaciones amparadas en que incurran cualquiera de los integrantes del proponente, en todo o en parte, de manera directa o indirecta. Si los proponentes lo solicitan (por escrito) se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado el contrato respectivo. En el evento en que la Entidad amplíe la fecha de cierre del presente proceso de selección, el proponente deberá ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta de tal suerte que la vigencia de la misma cubra el plazo total establecido en este numeral. De acuerdo con la ley 1882 de 2018, la no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.

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2.1.1.16 Inhabilidades E Incompatibilidades Los oferentes no deberán estar incursos en inhabilidades o incompatibilidades para contratar con la Entidad, de conformidad con la Ley 80 de 1993, el estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas concordantes, ni estar registrados en el boletín expedido por la Contraloría General de la República como responsables fiscales, so pena de RECHAZO de la oferta. En el caso de consorcios o uniones temporales, ninguno de los integrantes podrá estar incurso en las inhabilidades o incompatibilidades para contratar con la Entidad, ni estar registrados en el boletín expedido por la Contraloría General de la República como responsables fiscales, so pena de RECHAZO de la oferta. 2.1.1.17 Personas Extranjeras Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia que participen en el presente proceso, deberán cumplir con las siguientes previsiones:

A. Personas Naturales: Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.

B. Personas Jurídicas Privadas: Deberán presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia,(que será igual al plazo total de ejecución del contrato y un año más), nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción de incorporación del proponente extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes. Si en la jurisdicción de incorporación no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la conste que: (A) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; (B) la información requerida en el presente numeral; y (C) la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.

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En caso de que de los documentos allegados no pueda determinarse el objeto social y/o la capacidad de su representante legal para comprometer a la sociedad, deberá presentar un extracto de sus estatutos sociales o los documentos con los cuales se establezca dicha información según las normas del país de origen.

C. En el evento en que la persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, resulte adjudicataria del contrato objeto del presente proceso de selección, deberá establecer una sucursal en Colombia, conforme a lo dispuesto en los artículos 471 y 474 del Código de Comercio. D. Idioma Los documentos con los cuales el proponente extranjero acredite sus requisitos habilitantes que hayan sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente extranjero puede presentar una traducción simple al castellano. Si el proponente extranjero resulta adjudicatario para firmar el contrato debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos habilitantes. E. Apoderado

Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente.

Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Estructuras Plurales y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes de la Estructura Plural con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, en concordancia con lo señalado en el artículo 58 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso). El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución en el mismo acto de constitución del consorcio o la unión temporal. 2.1.2 DOCUMENTOS DE CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

2.1.2.1 Registro Único de Proponentes

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El proponente deberá remitir el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio, junto con la propuesta. El certificado del Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio debe estar vigente y en firme, con el fin de realizar la verificación de los requisitos de capacidad financiera y capacidad organizacional, con corte a la última renovación del registro año 2017, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 en lo que se refiere a “ (…) La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP (…)”.

En el caso que los proponentes sean sucursales de sociedad extranjera y su información financiera no esté con corte a 31 de diciembre de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, se evaluaran con la fecha de corte registrada en el RUP, de conformidad con lo establecido en el en el penúltimo párrafo de artículo 2.2.1.1.1.5.2 Del Decreto 1082 de 2015; Información para inscripción, renovación o actualización: “Las sucursales de sociedad extranjera deben presentar para registro la información contable y financiera de su casa matriz. Los estados financieros de las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el que son emitidos” Si el proponente está integrado por un Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberá allegar el correspondiente Certificado del Registro Único de Proponentes. 2.1.2.2 Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional Este documento se solicitará en el siguiente evento: En el caso que los proponentes* a presentarse sean personas jurídicas que no tengan antigüedad suficiente para tener estados financieros auditados a 31 de diciembre de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, se evaluarán con los estados financieros de corte trimestral, suscritos por el representante legal y el auditor o contador o estados financieros de apertura; de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, para este caso deberán presentar la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional, acompañado de los estados financieros y las notas respecto de los componentes de cada indicador solicitado.

Tratándose de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá cumplir con las condiciones antes señaladas, según corresponda.

NOTA: *Proponente: Con base en el presente documento, se entiende como tal a la Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, que se presente al proceso de selección. Documentos Financieros de extranjeros: Cuando se trate de un proponente persona jurídica o natural extranjera que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá cumplir con las condiciones exigidas a los proponentes nacionales en lo referente al Certificado de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional el cual debe estar suscrito por un Contador Público y

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un Revisor Fiscal, cuando las normas del país que los regulan así lo exijan como en el caso de los Oferentes Nacionales; en el evento que el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberán presentar copia legible del Certificado de Indicadores Financieros con las condiciones antes señaladas y en pesos colombianos ($). 2.1.2.3 Verificación de Requisitos Financieros La verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con los indicadores requeridos en el presente numeral. De conformidad con el numeral 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, “Requisitos habilitantes”, la Entidad requiere los siguientes indicadores que miden la fortaleza financiera del interesado:

a) Índice de Liquidez El índice de liquidez se establece con el fin de verificar la disponibilidad de recursos de la empresa a corto plazo para afrontar sus compromisos, representando las veces que el activo corriente puede cubrir el pasivo corriente. El Índice de Liquidez se determina, dividiendo el Activo Corriente por el Pasivo Corriente, reflejado en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a 31 diciembre de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP.

Fórmula: IL= AC / PC = N° de Veces

Donde:

IL Índice de Liquidez

AC Activo Corriente

PC Pasivo Corriente

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, el Índice de Liquidez se calculará con base en la composición agregada de los valores del Activo Corriente y el Pasivo Corriente reflejado en el RUP con corte a 31 de diciembre de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, aplicando la siguiente fórmula:

ILC = (AC1 + AC2 + AC3 + ............+ ACn)

(PC1 + PC2 + PC3 + .......….+ PCn)

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b) Nivel de Endeudamiento

El Nivel de Endeudamiento permite establecer el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del proponente. Se obtiene el porcentaje de endeudamiento resultante de dividir el Pasivo Total por el Activo Total y el resultado se multiplicará por 100. Información obtenida del RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, así:

Formula: NE = (PT / AT) * 100

Donde:

NE Nivel de Endeudamiento

PT Pasivo Total

AT Activo Total

Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se calculará el Nivel de Endeudamiento con base en la sumatoria simple del Pasivo Total y del Activo Total, este resultado se multiplicará por 100, de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, información obtenida del RUP con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, aplicando la siguiente fórmula:

NEC = (PT1 + PT2 + PT3 + ............+ PTn) * 100

(AT1 + AT2 + AT3 + .......….+ ATn)

Donde:

NEC Nivel de Endeudamiento del Consorcio o Unión Temporal.

PT (1...n) Pasivo Total de c/u de los integrantes del Consorcio ó de la Unión Temporal.

AT (1....n) Activo Total de c/u de los integrantes del Consorcio ó de la Unión Temporal.

c) Razón de cobertura de Intereses

Refleja la capacidad de la empresa de cumplir con sus obligaciones financieras. Se determina la Razón de cobertura de Intereses, dividiendo la Utilidad Operacional por los Gastos Financieros, reflejado en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y

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Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP.

Fórmula: RC = UO / GF

Donde:

RC Razón de cobertura de Intereses

UO Utilidad Operacional

GF Gastos Financieros

Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se calculará la Razón de cobertura de Intereses con base en la sumatoria simple de la Utilidad Operacional y de los Gastos Financieros, que se registre en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, aplicando la siguiente fórmula:

RCC = (UO1 + UO2 + UO3 + ............+ UOn)

(GF1 + GF2 + GF3 + .......….+ GFn)

Donde:

RCC Razón de cobertura de Intereses del Consorcio o Unión Temporal.

UO (1...n) Utilidad Operacional de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

GI (1....n) Gastos Financieros de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

d) Capital de Trabajo

Un capital de trabajo adecuado permite establecer si una empresa está en capacidad de pagar sus compromisos a su vencimiento y al mismo tiempo satisfacer contingencias e incertidumbres a corto plazo. Se determina el Capital de Trabajo, restando del Activo Corriente el valor del Pasivo Corriente reflejado en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP.

Formula: CT = AC – PC

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Donde:

CT Capital De trabajo

AC Activo Corriente

PC Pasivo Corriente

Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, el Capital de Trabajo se calculará con base en la composición agregada de los valores del Activo Corriente y el Pasivo Corriente que se registren en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal, aplicando la siguiente fórmula:

CTC= (AC1+ AC2 + AC3 + .....+ ACn) - (PC1 + PC2 + PC3 + ...+ PCn)

Donde:

CTC Capital de Trabajo total del Consorcio o Unión Temporal.

AC (1...n) Activo Corriente de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

PC (1....n) Pasivo Corriente de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

Criterio Capacidad financiera:

INDICADOR REQUERIMIENTO

Índice de Liquidez ≥ 1,1

Nivel de Endeudamiento ≤ 60%

Razón de cobertura de Intereses >= 1,5

Capital de trabajo ≥ 50 % del valor del presupuesto oficial

El resultado de los indicadores deberá mostrarse con los mismos dígitos solicitados para cada criterio de la Verificación Financiera del presente documento. La aproximación al entero o fracción, según el caso, se debe realizar por exceso o por defecto, así, cuando la fracción sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto. En caso que el proponente no realice la aproximación, la entidad efectuará dicho ajuste.

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En el caso de presentarse inconsistencias entre la información registrada en el RUP y el certificado expedido por el Contador o Revisor Fiscal según el caso, prevalecerá la Registrada en el RUP. Para evaluar los indicadores en los casos en que su denominador sea cero (0), se tendrá en cuenta para la Evaluación Financiera los criterios de infinito o no presenta información, los cuales formarán parte del análisis de criterios habilitantes de la capacidad financiera, salvo que la Utilidad Operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el Indicador de Razón de Cobertura de Intereses. Para el caso de las personas jurídicas de origen extranjero sin domicilio en el país, la administración aplicará los mismos criterios enunciados anteriormente, con base en la información contenida en los documentos suministrados por el proponente. Cuando el (los) proponente(s) no cumpla con los requisitos señalados en el presente estudio previo, respecto a la Certificación Vigente de su Inscripción en el Registro Único de Proponentes, no se realizará la verificación financiera y el (los) proponente(s) no será(n) HABILITADO (S) en el proceso. Si la información presentada por el (los) proponente(s) no cumple con la Capacidad Financiera requerida en estos términos, el (los) proponente(s) no será(n) HABILITADO (S) en el proceso.

2.1.2.4 Verificación Indicadores de Capacidad Organizacional: La verificación de la capacidad organizacional no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con los indicadores requeridos en el presente numeral, es así que se efectuará mediante la obtención de los siguientes indicadores:

a) Rentabilidad sobre patrimonio La Rentabilidad sobre el patrimonio se establece con el fin de verificar la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. La Rentabilidad sobre el patrimonio, se obtiene dividiendo la Utilidad operacional por el Patrimonio; Información reflejada en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, así:

Fórmula: RP= UO / PT

Donde:

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RP Rentabilidad sobre patrimonio

UO Utilidad Operacional

PT Patrimonio

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, la Rentabilidad sobre el Patrimonio se calculará con base en la composición agregada de los valores de la Utilidad Operacional y el Patrimonio, de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal. Información suministrada en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, aplicando la siguiente fórmula:

RPC = (UO1 + UO2 + UO3 + ............+ UOn)

(PT1 + PT2 + PT3 + .......….+ PTn)

Donde:

RPC Rentabilidad sobre patrimonio del Consorcio o Unión Temporal.

UO (1....n) Utilidad Operacional de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

PT (1….n) Patrimonio de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

b) Rentabilidad sobre activos

La Rentabilidad sobre activos se establece con el fin de verificar la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. La Rentabilidad sobre activos, se obtiene dividiendo la Utilidad operacional por el Activo Total; Información reflejada en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, así:

Fórmula: RA= UO / AT

Donde:

RA Rentabilidad sobre patrimonio

UO Utilidad Operacional

AT Activo Total

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En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, la Rentabilidad sobre Activos se calculará con base en la composición agregada de los valores de la Utilidad Operacional y el Activo Total, de cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal. Información reflejada en el RUP o en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional con corte a diciembre 31 de 2017, de acuerdo con la última renovación del RUP, aplicando la siguiente fórmula:

RAC = (UO1 + UO2 + UO3 + ............+ UOn)

(AT1 + AT2 + AT3 + .......….+ ATn)

Donde:

RAC Rentabilidad sobre activos del Consorcio o Unión Temporal.

UO (1....n) Utilidad Operacional de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

AT (1….n) Activo Total de c/u de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.

Criterio Capacidad Organizacional:

INDICADOR REQUERIMIENTO

Rentabilidad sobre patrimonio ≥ 0.02%

Rentabilidad sobre activos ≥ 0.02%

El resultado de los indicadores deberá mostrarse con los mismos dígitos solicitados para cada criterio de la Verificación de Capacidad Organizacional del Pliego de Condiciones. La aproximación al entero o fracción, según el caso, se debe realizar por exceso o por defecto, así, cuando la fracción sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto. En caso que el proponente no realice la aproximación, la entidad efectuará dicho ajuste. En el caso de presentarse inconsistencias entre la información registrada en el RUP y el certificado expedido por el Contador o Revisor Fiscal según el caso, prevalecerá la Registrada en el RUP. Para el caso de las personas jurídicas de origen extranjero sin domicilio en el país, la administración aplicará los mismos criterios enunciados anteriormente, con base en la información contenida en los documentos suministrados por el proponente. Cuando el (los) proponente(s) no cumpla con los requisitos señalados en el presente estudio previo respecto a la Certificación Vigente de su Inscripción en el Registro Único de Proponentes,

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no se realizará la verificación de capacidad organizacional y el (los) proponente(s) no será(n) HABILITADO (S) en el proceso. Si la información presentada por el (los) proponente(s) no cumple con la Capacidad Organizacional requerida en estos términos, el (los) proponente(s) no será(n) HABILITADO (S) en el proceso. 2.1.3 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE Teniendo en cuenta que la experiencia es el conocimiento del proponente derivado de su participación previa en actividades iguales o similares a las previstas en el objeto del contrato, en el proceso a adelantar se exigirá que el proponente acredite experiencia en ejecución de contratos cuyo objeto, alcance, obligaciones o condiciones sea similar al del presente proceso, en cuantía proporcional al presupuesto oficial asignado, toda vez que con este factor se garantiza su conocimiento en la prestación de los servicios objeto del presente proceso acordes con la logística, infraestructura, recursos y procedimientos, en actividades similares. La experiencia se verificará con los contratos registrados en el RUP, determinando si el proponente ha acumulado experiencia en la ejecución de contratos que incluyan la realización de las actividades establecidas en el presente proceso contractual, como son entre otras: la organización de eventos masivos y eventos empresariales para grupos poblacionales específicos. Por lo anterior el proponente nacional o extranjero, con domicilio o sucursal en Colombia y cada uno de sus integrantes, si el mismo es un consorcio o una unión temporal, deberán acompañar sus ofertas con la certificación vigente y en firme de su inscripción y clasificación en el Registro Único de proponentes de la Cámara de Comercio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 0019 de 2012, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015. Este certificado debe tener y una fecha de expedición no mayor a 30 días calendario. El proponente nacional o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia, debe acreditar a través de la información contenida en el Registro Único de Proponentes, como mínimo la experiencia que se describe en el presente numeral, con contratos clasificados en tres de los siguientes códigos del Clasificador de Bienes y Servicios:

Clasificación UNSPC

Segmento Familia Clase

80111500

80000000 - Servicios de gestión, servicios

profesionales de empresa y servicios administrativos

80110000 - Servicios de recursos humanos

80111500 - Desarrollo de recursos humanos

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80141600

80000000 - Servicios de gestión, servicios

profesionales de empresa y servicios administrativos

80140000 - Comercialización y

distribución

80141600 - Actividades de venta y promoción de

negocios

80141900

80000000 - Servicios de gestión, servicios

profesionales de empresa y servicios administrativos

80140000 - Comercialización y

distribución

80141900 - Exhibiciones y ferias comerciales

90101600 90000000 Servicios de

viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento

90100000 - Restaurante y catering

90101600 - servicios de banquetes y catering

90111600 90000000 - Servicios de

viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento

90110000 - Instalaciones hoteleras , alojamientos y centros

de eventos

90111600 - Facilidades para encuentros

90131500 90000000 - Servicios de

viajes, alimentación, alojamiento y entretenimiento

90130000 - Artes interpretativas

90131500 - Actuaciones en vivo

2.1.3.1 Reglas: La experiencia se verificará con tres (03) contratos registrados en el RUP,

cumpliendo con lo siguiente:

1) Que, en los contratos presentados, se haya ejecutado mínimo uno de los códigos antes descritos.

2) El valor de uno (1) de los contratos presentados, deberá ser igual o superior al 100% del valor del presente proceso contractual ($1.010 SMMLV.).

3) Al menos uno (1) de los contratos presentados para acreditar la experiencia, debe incluir en el objeto, obligaciones, alcance o condiciones y la realización de eventos dirigidos a una población superior a 1.000 personas.

Por lo tanto, debe anexar la información adicional complementaria solicitada de la experiencia requerida. El proponente debe indicar bajo la gravedad del juramento, a qué número consecutivo del reporte del contrato ejecutado y registrado en el RUP corresponde la información adicional complementaria que aporte, para acreditar lo dispuesto en la presente regla, para lo cual debe diligenciar el formato No. 008 “Reporte de contratos RUP”, dispuesto para tal fin. La experiencia acreditada del proponente que se presente como consorcio o unión temporal será la sumatoria de la experiencia de cada uno de sus integrantes, de conformidad con los parámetros establecidos en el presente numeral. No obstante, cada uno de sus integrantes deberá tener

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registrado en el RUP, contratos ejecutados y clasificados en algunos de los códigos UNSPSC relacionados en este numeral. En relación con la experiencia acreditada a través de contratos en los cuales el proponente participó como integrante de un contratista plural, la regla que aplicará el Departamento para la verificación de dicha experiencia corresponderá a la ponderación del valor del contrato por el porcentaje de participación. Parámetros aplicables relacionados con la documentación presentada por el proponente para acreditar información complementaria o presentada por el proponente extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia Dado que para el presente proceso es necesario acreditar información complementaria que no se encuentre en el RUP, o en caso de ser el proponente extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia, se deben tener en cuenta los siguientes parámetros: a) Las certificaciones presentadas para acreditar información complementaria de los contratos

registrados en el RUP y por medio de los cuales el proponente demuestra la experiencia requerida en el presente numeral, deben contener como mínimo la siguiente información:

● Nombre de la entidad o empresa que certifica la experiencia; ● Nombre e identificación del proponente o integrante del proponente; ● Número del Contrato. ● Objeto, obligaciones, alcance o condiciones en donde se evidencie el cumplimiento de la

regla número 3, del numeral 2.1.3.1

● Dirección y teléfono, de quien expide la certificación; ● Fecha de iniciación y terminación del Contrato

● Valor Total del Contrato

● Nombre, firma y cargo de la persona autorizada para expedir la certificación. b) El proponente podrá adjuntar todos los documentos que sirvan de soporte o prueba de los

requisitos exigidos en el presente numeral, siempre y cuando corresponda a contratos registrados en el RUP y contenga la siguiente información: ● Nombre de la entidad o empresa contratante; ● Nombre e identificación del proponente o integrante del proponente; ● Número del Contrato. ● Objeto, obligaciones, alcance o condiciones en donde se evidencie el cumplimiento de la

regla número 3, del numeral 2.1.3.1

● Fecha de iniciación y terminación del Contrato

● Valor Total del Contrato

● Dirección y teléfono del contratante;

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Se permite anexar copias de los contratos, siempre y cuando de ellos se derive toda la información requerida para la acreditación solicitada. En el evento en que el proponente no cuente con una certificación con toda la información anteriormente descrita o el contrato no tenga dicha información, podrá adjuntar la siguiente documentación:

- Si el contrato se suscribió en consorcio o en unión temporal se podrá acreditar el porcentaje de participación mediante copia del acuerdo de consorcio o de unión temporal.

- La fecha de iniciación de la ejecución del contrato se podrá acreditar con la copia del acta de iniciación, de la orden de iniciación o con el documento previsto en el contrato para el efecto.

- La fecha de terminación de la ejecución del contrato, se podrá acreditar con copia del acta de terminación, acta de liquidación o con el documento previsto en el contrato para el efecto.

- Las fechas de suspensión o reanudación, se podrán acreditar con copia de las actas respectivas.

- El valor final del contrato se podrá acreditar con copia del acta de liquidación.

c) El proponente extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia para acreditar los requisitos de experiencia exigidos en el presente numeral, puede allegar los siguientes documentos, los cuales serán verificados directamente por parte del Departamento:

● Certificaciones que contengan la información descrita en el literal a) del presente numeral. ● Fotocopia de contratos, siempre que se acompañen con la respectiva acta de liquidación

o de recibo final y de tales documentos se derive, como mínimo, la totalidad de la información que permita verificar el cumplimiento de la experiencia requerida.

● El proponente extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia, podrá adjuntar a la(s) certificación(es) o contratos, todos los documentos que sirvan de soporte o prueba del (los) mismo(s), siempre que de dichos documentos se derive como mínimo la información que permita verificar el cumplimiento de la experiencia requerida.

● Si el proponente extranjero sin domicilio o sucursal en Colombia, allega certificaciones de contratos en los cuales participó en unión temporal o consorcio, la certificación deberá indicar el número de integrantes y el correspondiente porcentaje real de participación y se le acreditará en la evaluación su porcentaje real de participación dentro de la Unión Temporal o Consorcio. En caso de no ser posible la determinación del porcentaje de participación, no se tendrá en cuenta la certificación.

● Los valores de las certificaciones deben ser expresados en pesos colombianos, no obstante si dichos valores se expresan en dólares americanos, los mismos se convertirán a la tasa de cambio del dólar americano a la fecha de iniciación del respectivo contrato.

Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento.

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El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD) se reserva la facultad de comprobar la autenticidad de los documentos aportados. Sólo se aceptará la experiencia en contratos, cuyas garantías no se hayan hecho efectivas, incluso con posterioridad a su terminación. 2.1.4 REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS:

El proponente debe cumplir con la totalidad de lo establecido en el Anexo No. 002 “Anexo Técnico - Especificaciones Técnicas Generales” “Fichas Técnicas: Especificaciones Técnicas de las Actividades de Bienestar” El proponente deberá manifestar en su oferta los artistas, lugares y escenarios o recintos donde realizará cada una de las actividades descritas en las fichas técnicas, para lo cual deberá diligenciar el Formato No. 007 “Registro de Requisitos Habilitantes Técnicos”. Adicionalmente deberá allegar por lo menos una carta de compromiso de uno de los artistas ofertados para la III gala de reconocimiento a servidores públicos -Innovación que deja huella. El contratista debe garantizar la disponibilidad de instalaciones de su propiedad, en comodato, o en alquiler, para la realización de la III Gala de reconocimiento a la labor del servidor público: Innovación que deja huella. Estas instalaciones deben contar con salidas de emergencia debidamente señalizadas, vías de evacuación, extintores, sistemas de ventilación, detección automática y control de incendios y en general cumplir con las normas vigentes en materia de salud ocupacional y seguridad industrial, parqueadero y servicio de vigilancia. (Anexo No. 002 “Anexo Técnico - Especificaciones Técnicas Generales” “Fichas Técnicas: Especificaciones Técnicas de las Actividades de Bienestar”

Lo anterior se acreditará así:

✓ Instalaciones propias mediante la presentación con la oferta del certificado de matrícula

inmobiliaria del respectivo inmueble.

✓ Calidad de arrendamiento mediante contrato de arrendamiento suscrito por el proponente

y el arrendador, el plazo del contrato no puede ser inferior al plazo de ejecución del

contrato a celebrar objeto del presente proceso, ni tener fecha de terminación anterior a

diciembre de 2018.

✓ En comodato mediante documento soporte del mismo, que no debe tener fecha de

terminación anterior a diciembre de 2018.

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2.1.5 OFERTA ECONÓMICA El proponente debe realizar la oferta económica a través del SECOP II, adicionalmente diligenciar y adjuntar la información del Formato No. 005 “Resumen Oferta Económica”, teniendo en cuenta para el cálculo del valor de la propuesta: el número del ítem, la descripción, la unidad, la cantidad y demás datos indicados en el mencionado formato, así como ingresar los valores de las actividades la Oferta Económica en la plataforma SECOP II. En caso de diferencia de valor entre el SECOP II y el Formato No. 005, se tomará en cuenta el registrado en SECOP II.

Los precios unitarios, deberán cubrir todos los costos, directos e indirectos que a juicio y responsabilidad del proponente implique la ejecución del objeto a contratar, entre ellos, costos de materiales, costos de sueldos y salarios, prestaciones sociales, aportes parafiscales, aportes al Sistema General de Protección Social en Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, todos los costos y gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato, inclusive los imprevistos, los gastos de administración, los gastos y costos indirectos y de oficina, los impuestos y contribuciones y las utilidades del Contratista. En los precios unitarios se entenderán incluidos dichos impuestos y contribuciones. Al formular la propuesta, el proponente deberá además tener en cuenta los incrementos salariales y prestacionales que puedan producirse, así como los términos del presente proceso de selección y el término de ejecución de cada uno de los contratos.

Con la presentación de la propuesta se entiende que el proponente ofrece para la ejecución del respectivo contrato, su organización y capacidad operativa y logística, y que pondrá a disposición del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, el personal necesario para la realización de las actividades y hasta la ejecución total del objeto contractual a satisfacción.

Los valores de la propuesta deben mantenerse en firme a partir de la presentación de ésta y una vez suscrito el contrato se mantendrán fijos durante la ejecución y liquidación del mismo. En caso de existir discrepancias entre los valores unitarios y el subtotal de los mismos; o el valor total de la oferta, señalados en el SECOP II y en el Formato No. 005 “Resumen Oferta Económica”, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital tomará para la evaluación de las propuestas, los valores unitarios ofrecidos sobre los cuales efectuará las operaciones aritméticas que correspondan, sin que éstas puedan considerarse modificación de las propuestas. Si al realizar las operaciones aritméticas con los valores incluidos en la propuesta, se encuentra que ésta no corresponde a las cifras totales de la propuesta, el proponente aceptará las cifras que obtenga el Departamento. En el evento en que lo ofrecido cause IVA y éste no aparezca discriminado, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital considerará que está incluido en la propuesta y así lo aceptará el proponente.

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El proponente no podrá alterar el orden dado en el Formato No. 005 “Resumen Oferta Económica”. Este formato no podrá alterarse, ni modificarse por el proponente, so pena de rechazo. Para el cálculo del valor de la propuesta y los demás efectos pertinentes el proponente deberá tener en cuenta que la ejecución del contrato respectivo se llevará a cabo a partir del segundo semestre del año 2018. Para los cálculos respectivos a los precios unitarios de todos los ítems, se recuerda a los proponentes, que de conformidad con lo establecido en la Ley 31 de 1992, la unidad monetaria y de cuenta del país es el peso colombiano, en tanto que las fracciones denominadas centavos no volvieron a ser acuñadas por dicha autoridad y por lo mismo no hacen parte de la unidad monetaria ni de cuenta en Colombia. En este sentido NO se deberán establecer los precios unitarios de los ítems requeridos con centavos, sino deberán hacerse siempre las aproximaciones, de la siguiente manera:

CENTAVOS APROXIMACIÓN

0.01 centavos a 0.49 centavos Al peso colombiano inmediatamente anterior.

0.50 centavos a 0.99 centavos Al peso colombiano inmediatamente posterior.

Lo anterior, teniendo en cuenta que el SECOP II no admite centavos para presentar las propuestas. 2.2 CRITERIOS DE PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS La ponderación se efectuará sobre los elementos de calidad, precio, estímulo a la industria nacional y presencia de trabajadores en condición de discapacidad en la planta señalados en el presente proceso, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos.

La ponderación de este factor se hará únicamente a las ofertas que hayan sido HABILITADAS en los requisitos habilitantes de capacidad jurídica, capacidad financiera, capacidad organizacional, condiciones técnicas y de experiencia.

Las propuestas serán ponderadas, teniendo en cuenta los siguientes factores sobre una asignación máxima total de 100%, así:

CRITERIO PUNTAJE

Ponderación de calidad 40%

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Ponderación económica 49%

Estímulo a la industria nacional colombiana 10%

El proponente que acrediten vinculación de trabajadores en condición de discapacidad en su planta de personal

1%

Total porcentaje: 100%

2.2.1 Ponderación Calidad Hasta 40% de la Calificación El puntaje en este componente se otorgará a los proponentes que ofrezcan como valor agregado a su propuesta los factores que se describen a continuación. Para ello deberán diligenciar el formato No. 006: “Ofrecimiento de Calidad”, que para tal fin dispuso el DASCD

CONCEPTO PUNTAJE

A. Diez (10) Salones y la correspondiente logística para la realización de reuniones requeridas por el DASCD

23%

B. Veinte (20) entradas a un congreso Internacional sobre la Felicidad Laboral

20%

C. Bolsa de premios para los eventos 25%

D. Transmisión Vía Streaming 12%

E. Experto en protocolo 20%

TOTAL PORCENTAJE POR CALIDAD 100%

A. Diez (10) Salones y la correspondiente logística para la realización de reuniones requeridas por el DASCD

Se otorgará el 23% de la calificación al proponente que ofrezca sin costo alguno para la entidad Diez (10) Salones y la correspondiente logística para la realización de reuniones programadas en el marco de las actividades de Bienestar para 60 personas, incluido refrigerio sencillo, cumpliendo con lo establecido en el Anexo No. 002 “Anexo Técnico - Especificaciones Técnicas Generales”.

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La realización de las reuniones deben efectuarse en un recinto cerrado que debe tener a disposición los elementos requeridos para las diferentes exposiciones (Computador, mesas, instalaciones eléctricas, apuntador, atril, Proyector video Beam, Sonido acorde con el escenario y número de participantes, iluminación y ventilación adecuada, disponibilidad de personal de soporte y mantenimiento, línea telefónica local, servicio de conexión a internet por WiFi, banderas e himnos de Colombia y Bogotá, etc.) y una Estación de Café y agua permanente acorde con la cantidad de asistentes. El proponente que no ofrezca lo establecido en este numeral con las características antes mencionadas, no obtendrá calificación dentro de este criterio.

B. Veinte (20) entradas a un congreso Internacional sobre la Felicidad Laboral Se otorgará el 20% de la calificación al proponente que ofrezca sin costo alguno para la entidad, veinte (20) entradas individuales a un congreso que se celebre en Bogotá, de talla internacional, es decir que tenga conferencistas de varios países, expertos en sicología positiva y felicidad laboral, con el propósito de fortalecer el conocimiento de los servidores distritales, en temas relacionados con el modelo de Bienestar del Departamento El proponente que no ofrezca lo establecido en este numeral con las características antes mencionadas, no obtendrá calificación dentro de este criterio.

C. Bolsa de premios para los eventos Se otorgará el 25% de la calificación al proponente que ofrezca sin costo para el Departamento una bolsa de premios que ascienda a la suma de $10.000.0000, los cuales podrán estar representados en tarjetas o bonos de compra, servicios de turismo o de bienestar, así como en artículos deportivos, electrodomésticos, aparatos electrónicos o piezas de merchandising. El Departamento realizará un estudio de mercado a fin de establecer el valor de los artículos deportivos, electrodomésticos, aparatos electrónicos o piezas de merchandising, que entregará el contratista en caso de ofrecer este factor de calidad. Dichos premios serán entregados a los asistentes de los diferentes eventos desarrollados en el marco de las actividades de Bienestar, de acuerdo con lo establecido por el comité de apoyo a la supervisión del contrato, quien definirá las reglas, mecanismos de competencia y condiciones para la entrega. El proponente que no ofrezca lo establecido en este numeral con las características antes mencionadas, no obtendrá calificación dentro de este criterio.

D. Transmisión Vía Streaming

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Se otorgará el 12% de la calificación al proponente que ofrezca sin costo para el Departamento la trasmisión vía streaming de la III galla de reconocimiento a servidores públicos. Dicha transmisión debe ser en vivo a través de la página web y las redes sociales del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Las herramientas tecnológicas que se requieran y el canal a través del cual se trasmite serán suministradas por el contratista. Se requiere que el contratista proporcione la tecnología requerida para permitir que cualquier persona pueda conectarse para ver el evento. El proponente que no ofrezca lo establecido en este numeral con las características antes mencionadas, no obtendrá calificación dentro de este criterio.

E. Experto en protocolo Se otorgará el 20% de la calificación al proponente que ofrezca sin costo para el Departamento, un profesional experto en protocolo, producción y realización de eventos. Quién debe asesorar y acompañar las diferentes etapas requeridas para la realización de la III Gala de reconocimiento a servidores públicos. Para la verificación del perfil del experto ofrecido, se deberá adjuntar con la propuesta, la hoja de vida con los respectivos soportes, donde se evidencie la formación académica como Publicista, comunicador social, relacionista público, profesional en negocios internacional o afines y siete años de experiencia en el desarrollo, dirección, gestión o realización de eventos. El proponente que no ofrezca lo establecido en este numeral con las características antes mencionadas, no obtendrá calificación dentro de este criterio. 2.2.2 Ponderación económica hasta el 49% de la Calificación Se asignará el 49% de la calificación al proponente que ofrezca el menor valor total de la propuesta.

Si sólo hay una oferta admitida, la misma obtendrá el máximo puntaje en este factor.

El puntaje económico para las demás propuestas objeto de ponderación, se asignará aplicando la siguiente fórmula:

PEi = 49% * Vmin

Vp

Dónde:

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PEi = Puntaje de la propuesta a ponderar Vmin = Valor total de la propuesta más económica Vp = Valor total de la propuesta a ponderar Para el cálculo del puntaje de cada propuesta se tendrán en cuenta hasta cuatro (4) decimales.

2.2.3 Estímulo a la industria nacional colombiana hasta el 10% de la calificación 2.2.3.1 Servicios nacionales

De conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Ley 816 de 2003, en el caso del servicio de origen nacional se asignará el 10% de la calificación Para los efectos del presente numeral y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, se entiende por "servicios nacionales" los prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana. Igualmente, para la aplicación del puntaje del presente factor y según el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 0019 de 1012 y reglamentado por el artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015, se otorgará trato nacional a aquel servicio que, aunque sea ofrecido por un proponente extranjero, el mismo acredite las condiciones señaladas en la definición de “Reciprocidad” establecida en este estudio previo. Si el proponente es un consorcio o una unión temporal que está conformado por personas de las señaladas en este numeral, la propuesta respectiva obtendrá el 10% de la calificación en el factor de "ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA." Si una vez efectuada la calificación correspondiente, la oferta de un proponente extranjero se encuentra en igualdad de condiciones con la de un proponente nacional, se adjudicará al nacional.

2.2.3.2Servicios extranjeros Para los efectos del presente numeral, se entiende por "servicios extranjeros" aquellos ofrecidos por proponentes extranjeros, que no cumplan con lo señalado en el estudio previo. En este caso el Proponente no obtendrá puntaje alguno por el factor "ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA." No obstante, lo anterior, si los proponentes extranjeros incorporan servicios profesionales, técnicos y operativos nacionales, su propuesta obtendrá el 5% de la calificación por el factor "ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA."

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Así mismo, si el proponente extranjero se presenta en esta licitación como parte de un Consorcio o de una Unión Temporal en la que como mínimo uno de sus integrantes es una persona de las que cumplen con lo establecido en el estudio previo, su propuesta obtendrá el 5% de la calificación por el factor "ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA." 2.2.4 El proponente que acrediten vinculación de trabajadores en condición de discapacidad en su planta de personal Se otorgará el 1% para proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores en situación de discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con el Decreto 392 de 2018. El 2.2.1.2.4.2.6. del Decreto 1082 de 2015, adicionado por el artículo 1 del el Decreto 392 de 2018, establece los siguientes requisitos para poderse otorgar este porcentaje:

“1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección. 2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección. Verificados los anteriores requisitos, se asignará el 1 %, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:

Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente.

Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido.

Entre 1 y 30 1

Entre 31 y 100 2

Entre 101 y 150 3

Entre 151 y 200 4

Más de 200 5

Parágrafo. Para efectos de lo señalado en el presente artículo, si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.”

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CAPÍTULO III

ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA, ENTREGA DE PROPUESTAS, OTROS ASPECTOS DE LAS PROPUESTAS,

TERMINOS PARA LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES Y PONDERACION, REGLAS DE SUBSANABILIDAD, CAUSALES DE RECHAZO.

3.1 ACLARACIONES A LOS DOCUMENTOS DE LA SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA Si algún proponente encuentra una inconsistencia, error u omisión en los documentos del presente proceso de Licitación pública o requiere una aclaración de cualquier estipulación contenida en los mismos, deberá formular al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, las consultas a través de SECOP II. Dichas observaciones deberán ser presentadas a de acuerdo al CRONOGRAMA proceso. La consulta o su respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de propuestas, y en consecuencia si el interesado antes del cierre del presente proceso no recibe respuesta del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital las condiciones del pliego y sus adendas habrán de tomarse como se expidieron originalmente. El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, se reserva la facultad de hacer las aclaraciones que considere necesarias hasta el cuarto (4) día hábil anterior al cierre del presente proceso, a través de SECOP II. Toda modificación a las condiciones previstas en el presente pliego de condiciones se hará mediante ADENDAS, numeradas en forma consecutiva, los cuales formarán parte integral del mismo. De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011, no podrán expedirse adendas dentro de los tres (3) días anteriores en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para extender el término del mismo. La publicación de estas adendas sólo se podrá realizar en días hábiles y horarios laborales. Así mismo, acorde con lo señalado en el inciso tercero del artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe publicar las adendas en días hábiles, entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m. De igual manera, es importante señalar que el Departamento podrá expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes

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de la adjudicación del presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015. Será responsabilidad de cada proponente consultar el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II- para efectos de enterarse de las respuestas y adendas que expida la Entidad. En caso de Consorcio o de Uniones Temporales, la información sobre preguntas y respuestas se entenderá que ha sido consultada por el representante legal del Consorcio o la Unión Temporal. Con la presentación de la propuesta se entiende que los proponentes que participan en el presente proceso, conocen los plazos y trámites y demás condiciones establecidas en este pliego de condiciones. Así mismo, con la presentación de la propuesta se entiende que el proponente tiene conocimiento de los diferentes documentos que han sido publicados durante el presente proceso de selección a través de los diversos medios de comunicación que utilice para el efecto el Departamento. 3.2 OTROS ASPECTOS DE LAS PROPUESTAS Propuesta total: Se tendrá como tal, la que se refiera a la totalidad del objeto e ítems o grupos de la presente Licitación Pública y se ajuste a las especificaciones y requerimientos técnicos mínimos. Propuesta parcial: No se admitirán propuestas parciales. En caso que se presenten serán rechazadas. 3.3 DILIGENCIA DE CIERRE Y APERTURA DE PROPUESTAS Las propuestas serán presentadas a través del SECOP II, antes de la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso. En la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso de selección se procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas. El acto de apertura de las propuestas se realizará a través de SECOP II. En caso de fallas de SECOP II, aplicar “Guía para actuar ante una indisponibilidad del SECOP II” https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/guia_indisponibilidad_secopii.pdf

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3.4 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES Y PONDERACION DE LAS PROPUESTAS. La información relativa al análisis, evaluación, comparación de las propuestas y a las recomendaciones para la adjudicación del contrato, será reservada para los proponentes y terceros durante el proceso de evaluación de las propuestas. Esta reserva aplica igualmente para el período de respuesta a las observaciones efectuadas por los oferentes a la evaluación correspondiente. Todo intento de un proponente para influir en el proceso de selección dará lugar al rechazo de su oferta, sin perjuicio de las acciones legales que pueda interponer al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital 3.5 TÉRMINOS DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES 3.5.1 Término para Verificar los Requisitos Habilitantes y Ponderación de la propuesta El Comité Evaluador del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes para la participación en el proceso y la ponderación de las ofertas dentro del término establecido en el cronograma del proceso contado a partir del día hábil siguiente a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Cuando el anterior plazo, a juicio del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, no garantice el deber de selección objetiva, mediante adenda podrá modificarlo y señalar un nuevo plazo que no excederá del término inicialmente definido. 3.5.2 Verificación Experiencia Se efectuará sobre la experiencia acreditada y registrada en el RUP, como se establece en el del presente proyecto de pliego de condiciones. 3.5.3 Verificación de Requisitos Jurídicos Se efectuará sobre los documentos de contenido jurídico objeto de verificación señalados en el del presente proyecto de pliego de condiciones de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. 3.5.4 Verificación de Requisitos Financieros y de Capacidad Organizacional Verificación Requisitos Financieros

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La verificación financiera de las propuestas, se efectúa con el fin de garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente como requisito habilitante dentro del proceso. Para tal efecto se examinará la información financiera reflejada en el RUP o la informada en la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional, en lo relacionado con los indicadores de: Índice de Liquidez, Nivel de Endeudamiento, Razón de Cobertura de Intereses y Capital de Trabajo. La verificación financiera estará a cargo de la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario, con base en la información y documentos suministrados por el proponente de acuerdo con los requerimientos señalados en el presente proyecto de pliego de condiciones. Cuando la propuesta sea presentada por Consorcios o Uniones Temporales, la verificación financiera, se realizará sobre la composición agregada de las cifras que den lugar a los factores señalados en este numeral respecto de cada uno de sus integrantes, contenido en el RUP o la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad. Nota: El DASCD verificará directamente el cumplimiento de los requisitos habilitantes de los proponentes extranjeros es decir, de las personas naturales que no tengan domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, según los criterios establecidos en el estudio previo. La Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad debe anexarse en caso de personas jurídicas extranjeras. Verificación Capacidad Organizacional La capacidad organizacional se verifica con el fin de establecer si el proponente es apto para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna, en términos de su rentabilidad. La verificación de la Capacidad Organizacional estará a cargo de la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario, con base en la información y documentos suministrados por el proponente de acuerdo a los requerimientos señalados en el presente proyecto de pliego de condiciones. Cuando la propuesta sea presentada por Consorcios o Uniones Temporales, la verificación de la Capacidad Organizacional se realizará, sobre la composición agregada de las cifras que den lugar a los factores señalados en este numeral respecto de cada uno de sus integrantes, contenido en el RUP o la Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad Organizacional. Nota: El DASCD verificará directamente el cumplimiento de los requisitos habilitantes de los proponentes extranjeros es decir, de las personas naturales que no tengan domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, según los

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criterios establecidos en el estudio previo. La Certificación de Indicadores Financieros y Capacidad debe anexarse en caso de personas jurídicas extranjeras. 3.5.6 Verificación de los Requisitos Técnicos Habilitantes Se efectuará sobre los documentos de contenido técnico objeto de verificación señalados en el presente proyecto de pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. La verificación técnica estará a cargo de quienes sean designados por el ordenador del gasto, para la evaluación y verificación técnica dentro del comité asesor. 3.5.7 Verificación oferta económica Se efectuará sobre la oferta económica presentada por los proponentes de conformidad con lo establecido en el presente proyecto de pliego de condiciones. 3.6 Ponderación de las propuestas La ponderación se efectuará sobre los elementos de calidad y precio señalados en el presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. La ponderación se hará únicamente a las propuestas HABILITADAS en los aspectos financieros, de capacidad organizacional, jurídicos, experiencia y técnicos, según sea el caso.

El criterio final correspondiente a la industria nacional colombiana se establece conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003. 3.7 PROPUESTA ARTIFICIALMENTE BAJA

Si de acuerdo con la información obtenida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en el análisis realizado conforme con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015, el Comité Evaluador considera que el valor de una oferta parece artificialmente bajo, se adelantará el procedimiento establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del citado Decreto. 3.8 PERÍODO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE

REQUISITOS HABILITANTES Y PONDERACIÓN Los informes de verificación de requisitos habilitantes y ponderación de las propuestas estarán a disposición de los proponentes por el término establecido en el cronograma del proceso, improrrogables para que presenten las observaciones que estimen pertinentes.

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En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. NOTA: Toda observación efectuada que pretenda desvirtuar la veracidad de la información contenida en la propuesta de un participante en el presente proceso, deberá venir debidamente soportada y presentada dentro del término de publicación del informe de verificación de requisitos habilitantes y ponderación establecido en el cronograma del proceso. 3.9 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS Se rechazarán aquellas propuestas que se encuentren en cualquiera de los siguientes casos:

1. La comprobación de que el proponente o alguno de sus integrantes, cuando se presente en consorcio o unión temporal, se hallan incursos en alguna o algunas de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para proponer o contratar, establecidas sobre la materia en la legislación colombiana vigente.

2. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a las

personas encargadas de la evaluación de las propuestas o la adjudicación del contrato.

3. Cuando se presente alguna inconsistencia o inexactitud en la información de la propuesta, sobre los documentos con los cuales se acrediten factores habilitantes o de ponderación, sin que medie justificación razonablemente aceptable.

4. La presentación de varias propuestas, directamente o por interpuesta persona, por parte

de un mismo proponente, o la participación del proponente en más de una propuesta del presente proceso. En este evento se rechazarán todas las propuestas en las que el proponente haya participado directamente o por interpuesta persona.

5. Cuando una persona natural tenga la calidad de socio, de 2 o más sociedades con

excepción de las sociedades anónimas y las en comandita por acciones, que se presenten a un mismo proceso de manera separada, o cuando además de ser socio se presente como persona natural.

6. Cuando se compruebe que existieron acuerdos colusorios entre los proponentes.

7. Cuando el proponente, una vez requerido por la entidad, no allegue los documentos, las

aclaraciones y/o explicaciones solicitadas.

8. Cuando los valores de la propuesta económica no sean expresados en pesos colombianos.

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9. Cuando el proponente no acepte o no se comprometa a cumplir en la carta de presentación o en cualquier otro documento que acompañe la propuesta, con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en el Anexo No. 2 del pliego de condiciones o cuando incluya manifestaciones o condicionamientos dentro de la carta de presentación o en cualquier otro documento, que sean contrarias al objeto, alcance, obligaciones o especificaciones técnicas del presente proceso.

10 Cuando el término de duración del proponente persona jurídica sea inferior al plazo de

ejecución del contrato y un (1) año más, o cuando el término de duración de la persona jurídica integrante del consorcio o unión temporal sea inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.

11 Cuando el proponente o alguno de sus integrantes estén reportados en el boletín Fiscal

que expide la Contraloría General de la República como responsables fiscales y/o en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación.

12 Cuando el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del

consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas.

13 Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución a que

se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.

14 Cuando el proponente no cumpla con los requisitos establecidos en el numeral 2.1.1.11 “Certificación Vigente de su inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio”.

15 Cuando las propuestas se presenten extemporáneamente.

16 Cuando el proponente no allegue el Formato No. 005 “Resumen Oferta económica”.

17 Si en la propuesta se omite indicar uno o varios de los valores unitarios solicitados en el Formato No. 005 “Resumen Oferta Económica”

18 Si en la propuesta se incluye más de un valor unitario de los establecidos en el Formato No. 005 “Resumen Oferta Económica”.

19 Cuando la oferta supere el valor del presupuesto oficial del proceso contractual.

20 Modificar o alterar el orden dado en el Formato No. 005 “Resumen Oferta Económica”.

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21 Cuando el valor de la propuesta económica establecido en el formato de resumen oferta económica, no coincida con el valor ofertado en la plataforma del SECOP II.

22 En el evento en que de la corrección aritmética que efectúe el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, el valor total ofertado por el proponente supere el presupuesto oficial que ha sido asignado para la realización de las actividades y establecido en el presente estudio previo

23 Se rechazarán las propuestas parciales

24 Oferta con sobreprecios: Si del análisis que realice la Entidad de uno o varios de los

precios ofrecidos por el proponente frente a los precios del mercado, se determina que pueden existir sobreprecios, y una vez recibidas las explicaciones del proponente, estas no responden a circunstancias objetivas del mismo y de su oferta que justifiquen la diferencia de precios, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital podrá rechazar la propuesta.

25 Oferta con valor artificialmente bajo: Cuando una vez requerido el proponente para que

explique las razones que sustentan uno o varios de los precios presentados en su Oferta Económica, se establezca que puedan parecer precios artificialmente bajos y no responden a circunstancias objetivas del oferente y de su oferta, que ponen en riesgo el cumplimiento del contrato, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital podrá rechazar la propuesta por valor artificialmente bajo.

26 Cuando el proponente no subsane su oferta, en el término de traslado del informe de

evaluación conforme con los preceptos de la ley 1882 de 2018

27 Las demás previstas en el pliego de condiciones.

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CAPÍTULO IV

TERMINO DE ADJUDICACION, DE CUANDO SE PRESENTAN EMPATES, ADJUDICACION

Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO, Y CAUSALES DE DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO

4.1 TERMINO DE ADJUDICACIÓN

La adjudicación del contrato se realizará a aquel proponente que haya cumplido plenamente con los requisitos exigidos en el presente Pliego de Condiciones y sus Adendas.

El plazo para la adjudicación del presente proceso de selección será el establecido en el cronograma del proceso, este término empezará a contarse a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo previsto para que los proponentes presenten observaciones a los informes de verificación y ponderación de las propuestas. De conformidad con lo preceptuado en el numeral 9º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, dicho término podrá ser prorrogado antes de su vencimiento mediante adenda, por un lapso no mayor a la mitad del inicialmente fijado. La adjudicación se realizará en audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015. En la misma, los oferentes podrán pronunciarse sobre las respuestas dadas por la Entidad a las observaciones presentadas respecto de los informes de verificación y evaluación, sin que esta posibilidad implique una nueva oportunidad para mejorar o modificar las propuestas. El contrato se celebrará a través de SECOP II. 4.2 DE CUANDO SE PRESENTAN EMPATES DE PROPUESTAS Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, con el fin de dirimir un empate respecto del puntaje total de dos o más ofertas, de manera que una u otra queden ubicadas en el primer orden de elegibilidad, se aplicarán las siguientes reglas:

1. Se escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación, es decir, en el factor técnico.

2. Si persiste el empate, se escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación, es decir, en el factor económico.

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Si persiste el empate, se continuará con las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente:

1. Se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.

2. De continuar con el empate, se preferirá la oferta presentada por una Mipyme nacional.

3. De continuar el empate se preferirá la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.

4. De continuar el empate se preferirá la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.

5. Por último, de continuar el empate, en audiencia pública se procederá a realizar un sorteo mediante el método de suerte y azar, a través de balotas y según el procedimiento que determine la entidad antes de la audiencia pública y que será comunicada a los oferentes antes de la misma.

4.3 ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO La adjudicación se hará dentro del plazo establecido en el numeral 4.1 del presente Pliego de Condiciones. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital adjudicará la presente licitación en audiencia pública. La adjudicación se efectuará mediante resolución motivada de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, que se entenderá notificada en la audiencia pública de adjudicación al proponente favorecido, así como a los demás proponentes.

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El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital adjudicará el contrato a la propuesta que obtenga el mayor puntaje como resultado de la sumatoria de los factores de ponderación establecidos en el presente pliego de condiciones y cumpla con los parámetros de evaluación definidos en este mismo pliego. El proponente favorecido con la adjudicación no podrá aducir alteración a la integralidad de la propuesta. En caso de que se adjudique el(los) contrato(s) con base en una propuesta que presente precios que no obedezcan a las condiciones del mercado y que no logren ser detectados durante el proceso de selección, el contratista deberá asumir todos los riesgos que se deriven de tal hecho ya que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital no aceptará ningún reclamo con relación a ellos. Se considera que la propuesta ha sido aceptada cuando el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital notifica al proponente favorecido que se le ha adjudicado el contrato. Si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993. La circunstancia de que el proponente favorecido no cumpla con lo dispuesto en este numeral, por causas imputables a él, constituirá causa suficiente para dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cuyo caso el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, si lo encuentra conveniente, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Secretaría (numeral 12, artículo 30 de la Ley 80 de 1993). 4.4 CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital declarará desierto el proceso de selección en los siguientes casos: 1. Por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta; 2. Cuando no se presente propuesta alguna; 3. cuando ningún proponente resulte habilitado en el informe de verificación de requisitos habilitantes; 4. cuando ninguna propuesta se ajuste a las condiciones consignadas en el presente pliego de condiciones. La declaratoria se hará mediante resolución motivada en la cual se expresarán detalladamente las razones que condujeren a esa decisión (numeral 18, artículo 25 de la Ley 80 de 1993.) Dicha decisión se notificará a todas las personas que hubieren presentado oferta a través de SECOP II.

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CAPÍTULO V CLAUSULADO ADICIONAL DEL CONTRATO

(Ver SECOP II)

5.1 CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO Los proponentes aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones del presente pliego de condiciones y aquellas que de conformidad con la ley deben tener los contratos celebrados con la Administración Pública. La oferta y el pliego de condiciones formarán parte integrante del contrato a celebrar. En caso de dudas, vacíos o aclaraciones, el orden de prelación será el siguiente: pliego, contrato electrónico, oferta. Previa existencia de la correspondiente apropiación presupuestal, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en cumplimiento de sus responsabilidades y competencia administrativa, podrá eliminar, aumentar o disminuir en cualquier momento las cantidades de los bienes y servicios a contratar, según las necesidades de la misma, previa comunicación por escrito al contratista. El Contrato a suscribir es de prestación de servicios. 5.2 VALOR DEL CONTRATO El valor del contrato será hasta por el presupuesto oficial, la diferencia entre el valor de la propuesta económica seleccionada y el presupuesto oficial podrá ser utilizada para la realización de actividades adicionales o complementarias a las establecidas, así como para ampliar la cobertura de beneficiarios en las diferentes actividades o para aumentar las cantidades de los diferentes ítems contemplados en las especificaciones técnicas. 5.3 FORMA DE PAGO El Departamento se compromete a pagar el valor del presente contrato por cada uno de los eventos realizados y una vez presentados los siguientes documentos: a) Informe de actividades del correspondiente evento realizado de acuerdo al alcance del objeto contractual, b) Certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor del Contrato. c) Certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal, según el caso, en la cual conste el cumplimiento de los pagos de los aportes a salud, riesgos profesionales, pensiones, SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar de sus empleados en cumplimiento de lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y d) Factura.

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PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos se efectuará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de los documentos descritos anteriormente, en la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario y todo desembolso está sujeto a la Programación Anual Mensualizada de Caja P.A.C. del Departamento Administrativo del Servicio Civil y los recursos disponibles de la Dirección Distrital de Tesorería sin generar intereses moratorios. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los pagos se harán mediante abono en cuenta corriente o de ahorro y para el efecto el contratista se compromete a informar el número de la que posea en los bancos o corporaciones afiliados al sistema de abono en cuenta vía ACH. Los pagos serán cancelados por medio de la Tesorería Distrital en pesos colombianos, a través de la consignación en la cuenta corriente o de ahorros que indique el Contratista, abierta en una de las entidades financieras afiliadas al Sistema Automático de pagos, previos los descuentos de Ley. PARÁGRAFO TERCERO: Del valor bruto del contrato, sin incluir el IVA se retendrá por concepto de estampillas los siguientes porcentajes, así: "Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años" el uno punto uno por ciento (1,1%), de conformidad con los señalado en el Decreto 250 de 2018, "Pro Cultura" el cero punto cinco por ciento (0.5%), de acuerdo con el Decreto 479 de 2005 y "Para el Bienestar del Adulto Mayor" el dos por ciento (2.0%) de conformidad con el Acuerdo Distrital 645 de 2016. PARÁGRAFO CUARTO: El contratista, deberá realizar los procedimientos establecidos por Colombia Compra Eficiente, en la guía rápida de Gestión Contractual para Proveedores en el SECOP II, la cual podrán encontrar en la siguiente dirección electrónica: https://www.colombiacompra.gov.co/sites/cce_public/files/cce_documentos/20170407_gestion_contractual_proveedores.pdf para el envío de la factura. 5.4 PLAZOS DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO El plazo de ejecución del contrato será de Ocho (08) meses, contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio, previa aprobación de las garantías. La vigencia del contrato será desde su perfeccionamiento y hasta los seis (06) meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución. 5.5 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA

1. Acatar la Constitución, la ley, las normas legales y procedimentales establecidas por el Gobierno Nacional y Distrital, y demás disposiciones pertinentes.

2. Dar estricto cumplimiento al Ideario Ético del Distrito expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., así como a todas las normas que en materia de ética y valores expedida el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en la ejecución del contrato.

3. Cumplir a cabalidad con las condiciones jurídicas, técnicas y económicas presentadas en la propuesta.

4. Acatar las instrucciones que, durante el desarrollo del contrato, le imparta el funcionario que ejercerá la supervisión del contrato.

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5. Dar estricto cumplimiento a los términos pactados en el contrato y por ningún motivo abandonar el cumplimiento del objeto del contrato.

6. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales evitando dilataciones y entrabamientos.

7. Responder ante las autoridades de los actos u omisiones en el ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del contrato, cuando con ellos cause perjuicio a la administración o a terceros.

8. Dentro del día hábil siguiente a la fecha en que se publique el contrato, deberá constituir las garantías pactadas en el presente contrato si a ello hubiere lugar y remitirlas a través del portal de SECOP II, en el evento que las garantías requieran modificación las mismas deben presentarse corregidas a los dos (02) días siguientes a su devolución.

9. Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud, pensiones, aportes parafiscales y riesgos laborales, cuando haya lugar, y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, conforme lo establecido por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003, la Ley 1122 de 2007, Decreto 1703 de 2002, Decreto 510 de 2003, artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1562 de 2012 y demás normas que las adicionen, complementen o modifiquen.

10. Presentar informes periódicos al supervisor relacionados con el avance del objeto. 11. Guardar total reserva de la información que por razón del servicio y desarrollo de sus

actividades obtenga. Esta es de propiedad del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y sólo salvo expreso requerimiento de autoridad competente podrá ser divulgada.

12. Cumplir con la normatividad ambiental vigente procurando el uso de bajo nivel de contaminación.

13. Cumplir con las políticas y lineamientos señalados en el Plan Institucional de Gestión ambiental (PIGA), implementado por el Departamento.

14. Tener en cuenta las Directivas Distritales 001 de 2011 y 003 de 2012, si aplican. 15. Las demás obligaciones que se deriven de los presentes estudios previos, el pliego de

condiciones y de la naturaleza del contrato.

5.6 OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA

El contratista seleccionado, en desarrollo del objeto contractual deberá cumplir la totalidad de las siguientes obligaciones:

1. Elaborar junto con el supervisor del contrato el cronograma de las actividades y eventos que se

realizarán en el marco del presente contrato, estableciendo como se desarrollarán cada una de las actividades, los recursos necesarios y la logística para su realización. El cronograma deberá incluir las siguientes actividades: a) Conmemoración día del Conductor, b) III Gala de reconocimiento a la labor del Servidor Público: Innovación que deja huella, C) Espectáculo Navideño, d) Programa de preparación para la jubilación: autocuidado y salud emocional, e) Programa de Desarrollo personal: Toma de puestos de trabajo.

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2. Realizar todas las actividades conforme al cronograma aprobado por el supervisor, cumpliendo con lo establecido en las especificaciones técnicas establecidas.

3. Presentar un informe pormenorizado de la ejecución de las actividades en donde se incluya como mínimo qué tipo de actividad se realizó, donde se llevó a cabo, duración de la actividad, el material o bienes entregados, a quienes estaba dirigida la actividad, cuantas personas participaron, cuantas personas estuvieron a cargo de esta actividad y soporte fotográfico de cada actividad. Este informe se deberá presentar en medio magnético y físico, junto a la factura.

4. Hacer entrega de los bienes y/o servicios solicitados con las características y cantidades señalas en el anexo técnico No. 01 y las fichas técnicas.

5. Entregar Registro fotográfico digital de mínimo 150 fotos digitales en alta resolución de cada una de las actividades realizadas en el marco del contrato.

6. Designar como mínimo un coordinador con capacidad decisoria, que mantenga contacto permanente con el supervisor del contrato.

7. Disponer del recurso humano y logística requeridos para la realización y acompañamiento de cada uno de los eventos y/o actividades que se desarrollen en ejecución del contrato.

8. Adelantar los trámites, negociaciones y acciones pertinentes, que se requieran para llevar a cabo todas y cada una de las actividades descritas en desarrollo del objeto contractual.

9. Mantener los precios, lugares, especificaciones técnicas y artistas presentados en la oferta comercial durante la ejecución del contrato.

10. Contar con una sede o sucursal permanente de la empresa o de alguna de las empresas cuando se trate de uniones temporales o consorcios, ubicada en la ciudad de Bogotá, la cual debe estar registrada ante la Cámara de Comercio de Bogotá. Lo anterior salvo para los proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia.

11. Realizar las demás actividades que se requieran y que estén relacionadas con el objeto y naturaleza del contrato y sean requeridas por el supervisor/a del mismo.

5.8 OBLIGACIONES DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL.

1. Pagar en la forma establecida en la cláusula forma de pago las facturas presentadas por EL

CONTRATISTA. 2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de

él forman parte. 3. Designar un supervisor para realizar el seguimiento de la ejecución del presente contrato. 4. Suministrar al Contratista la información que se considere necesaria para dar cabal

cumplimiento al objeto del contrato.

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5.9 PRODUCTOS A ENTREGAR O RESULTADOS ESPERADOS

Los siguientes son los eventos y /o actividades que debe desarrollar el contratista, cumpliendo con lo establecido en el Anexo No. 002 “Anexo Técnico - Especificaciones Técnicas Generales” “Fichas Técnicas: Especificaciones Técnicas de las Actividades de Bienestar”. Es importante señalar que los conceptos descritos en las fichas técnicas, podrán ser modificados, aumentando, disminuyendo o eliminando cualquiera de ellos, según sea la necesidad del Departamento. a) Conmemoración a la labor del Conductor. b) III Gala de reconocimiento a la labor del Servidor Público: Innovación que deja huella. c) Espectáculo Navideño. d) Programa de preparación para la jubilación: autocuidado y salud emocional, e) Programa de Desarrollo personal: Toma de puestos de trabajo. f) Actividades adicionales o complementarias cuando haya lugar.

5.10 INDEMNIDAD DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL

DISTRITAL El Contratista mantendrá indemne al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el Contratista o su personal, durante la ejecución del objeto de este contrato, cuando haya lugar a ello. Así mismo, el Contratista mantendrá indemne al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital por cualquier obligación de carácter laboral o relacionado que se originen en el incumplimiento de las obligaciones laborales que el Contratista asume frente al personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del Contrato. En caso que se formule reclamo, demanda o acción legal contra el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital por asuntos, que según el contrato sean de responsabilidad del contratista, se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a la Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. El DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, a solicitud del CONTRATISTA, podrá prestar su colaboración para atender los reclamos legales y el contratista a su vez reconocerá los costos que éstos le ocasionen al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, sin que la responsabilidad del contratista se atenúe por este reconocimiento, ni por el hecho que la DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL en un momento dado haya prestado su colaboración para atender a la defensa de sus intereses contra tales reclamos, demandas o acciones legales.

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Si en cualquiera de los eventos previstos en este numeral el contratista, no asume debida y oportunamente la defensa del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, ésta podrá hacerlo directamente, previa comunicación escrita al contratista y éste pagará todos los gastos en que ella incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciera el contratista, el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista, por razón de los servicios motivo del contrato o a utilizar cualquier otro medio legal. 5.11 GARANTÍAS El CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de BOGOTÁ D.C. – ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA – DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, NIT. 899.999.061-9, como mecanismo de cobertura del riesgo, cualquiera de las garantías que se señalan a continuación, opciones señaladas en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, para lo cual deberá dar cumplimiento a las estipulaciones señaladas en el citado Decreto y en el presente pliego de condiciones:

Contrato de seguro contenido en una póliza.

Patrimonio autónomo.

Garantía Bancaria. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015, cuando la oferta es presentada por un proponente plural (Consorcio o Unión Temporal), la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes. La garantía no podrá ser cancelada sin la autorización escrita del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. El CONTRATISTA deberá cumplir con todos los requisitos necesarios para mantener vigente la garantía a que se refiera el contrato. Será a cargo del CONTRATISTA el pago oportuno de todas las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la garantía. El contratista debe restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante. En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del contrato, o en cualquier otro evento, el contratista se obliga a ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso.

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De conformidad con lo señalado en el inciso primero del artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015, el contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando este se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante. Así mismo, según lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 2.2.1.2.3.1.18 del Decreto 1082 de 2015, en el evento en que el contratista incumpla su obligación de obtener, ampliar o adicionar la garantía en los casos antes señalados, el Departamento procederá a solicitar a quien expidió la garantía, que emita la correspondiente modificación de la misma ampliando el valor asegurado y la vigencia de los amparos, de conformidad con lo pactado en el contrato o en sus modificaciones, remitiendo a su vez copia del documento por medio del cual se adiciona el valor del contrato o se prorroga su plazo o suspende la ejecución del mismo, o del acto administrativo, debidamente ejecutoriado, por medio del cual se ha declarado su incumplimiento. Todas las manifestaciones contenidas en la póliza o en las condiciones generales de la misma, contrarias o diferentes a las establecidas en este pliego de condiciones y en especial para cada uno de los amparos solicitados, se tendrán por no escritas. La garantía debe amparar los siguientes riesgos: 5.10.1 EL CUMPLIMIENTO general del contrato: Por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, constituida desde la suscripción del contrato, por el plazo de ejecución y seis (6) meses más, llegado el caso que no se ha liquidado el contrato en este término se debe ampliar la vigencia del amparo hasta su liquidación. 5.10.2 PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo total de ejecución del contrato y tres (3) años más. 5.10.3 CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, con vigencia por el plazo total de ejecución del contrato y seis (06) meses más. 5.1 PÓLIZAS DE SEGUROS QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DE LAS

OBLIGACIONES Esta deberá ser expedida por una entidad bancaria o por una compañía de seguros legalmente establecidas en Colombia, cuya póliza matriz haya sido aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Solamente se admitirán las exclusiones establecidas en el artículo 2.2.1.2.3.2.3 del Decreto 1082 de 2015. Las pólizas no expirarán por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.2.5 del Decreto 1082 de 2015.

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De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.2.3.2.2 del Decreto 1082 de 2015, si hay lugar a cesión del contrato a favor del garante, éste está obligado a constituir las garantías previstas en el contrato. El contratista está en la obligación de mantener vigentes las garantías de conformidad con los establecido en los numerales 5.10.1, 5.10.2 y 5.10.3.

5.2 PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL: La responsabilidad extracontractual sólo puede ser amparada con un contrato de seguro contenido en una póliza. El valor asegurado de la póliza de responsabilidad civil extracontractual, será de 200 SMMLV, y su vigencia será igual al plazo de ejecución del contrato. Esta póliza tendrá las siguientes características: A Asegurado: La Entidad y Contratistas y/o Subcontratistas Beneficiario: La Entidad y terceros afectados

Responsabilidad civil extracontractual por la vigencia del contrato, deberá contener como mínimo los siguientes amparos:

Cobertura Mínimas % de Cobertura

Predios, labores y operaciones –PLO Mínimo 200 SMMLV

Perjuicios extra patrimoniales Mínimo 10% del valor del PLO evento y 20% del valor de PLO vigencia

Daño emergente y Lucro Cesante Mínimo 10% del valor del PLO evento y 20% del valor de PLO vigencia

Contratistas y subcontratistas Mínimo 20% del valor del PLO evento y 30% de PLO vigencia

Amparo patronal Mínimo10% del valor del PLO Evento y 20% del valor del PLO vigencia

Suministro de bebidas y alimentos Mínimo 30% del valor del PLO por evento y 40% del valor del PLO vigencia

Restaurantes, casinos, campos deportivos y cafetería

Mínimo 30% del valor del PLO por evento y 40% del valor del PLO vigencia

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Responsabilidad Civil Cruzada Mínimo 10% del valor del PLO evento y 20% del valor de PLO vigencia

Vehículos Propios y No propios Mínimo 10% del valor del PLO evento y 20% del valor de PLO vigencia

Gastos médicos Mínimo $3 millones por persona Mínimo $30 millones por evento Mínimo $40 millones por vigencia

La responsabilidad del contratista se mantiene aun cuando la póliza no cubra el siniestro reclamado. Los deducibles de la póliza deben ser asumidos por el contratista y no por la Entidad. El contrato de seguro deberá contemplar las siguientes cláusulas adicionales:

Revocación de la póliza a 60 días, con previo aviso a la Entidad

Ampliación de aviso de siniestro a 30 días

Restablecimiento automático del valor asegurado por ocurrencia de siniestro por una vez

No cancelación o revocación por no pago de prima

5.13 SUPERVISIÓN La supervisión del Contrato a celebrar será ejercida por Subdirector (a) de Gestión Distrital de Bienestar, Desarrollo y Desempeño. 5.14 OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR Además de las funciones y facultades descritas en el Manual de contratación, tendrá las siguientes: 1) Establecer los procedimientos para el cabal desarrollo del contrato. 2) Coordinar con el Contratista la fecha para la entrega de los informes de actividades. 3) Impartir las instrucciones y solicitudes necesarias para la correcta ejecución del objeto contractual. 4) Verificar que las pólizas solicitadas estén vigentes de acuerdo con la ejecución real del contrato. 5) Dar cumplimiento al Manual de Contratación emitido por el Departamento. 6) Suscribir el acta de inicio con el contratista. 7) Publicar en el SECOP II los informes de supervisión, certificación de cumplimiento del contrato y requerimientos efectuados al contratista. 8) Las demás inherentes al ejercicio de la Supervisión.

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PARÁGRAFO: El supervisor para este contrato, podrá ser sustituido temporalmente o de manera definitiva, mediante memorando suscrito por el (la) Director(a) del Departamento Administrativo del Servicios Civil Distrital, de la cual se dejará copia, con el fin de que repose como soporte en la carpeta del contrato. 5.15 GRUPO DE APOYO A LA SUPERVISIÓN Es necesaria la conformación de un comité de apoyo a la supervisión, el cual estará integrado por el supervisor del contrato, un profesional de la Subdirección de Gestión Distrital de Bienestar, Desarrollo y Desempeño del Departamento Administrativo del Servicios Civil Distrital, un delegado de la Dirección del DASCD y el Subdirector Técnico Jurídico del Servicio Civil Distrital. El referido comité apoyara en caso que se requiera ajustar y/o dar concepto sobre alguna de las actividades a desarrollar. 5.16 RIESGOS ASOCIADOS AL PROCESO DE CONTRATACIÓN Los riesgos asociados al proceso de contratación, la forma de mitigarlos y su asignación, están contenidos en Matriz estimación, tipificación y asignación de riesgos, diligenciada por el área de origen, la cual hace parte integral del presente pliego de condiciones. 5.17 MULTAS De acuerdo a lo establecido en el inciso 2 del artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 y en concordancia con el artículo 2.2.1.2.3.1.19 del Decreto 1082 de 2015, el CONTRATANTE podrá imponerle multas al CONTRATISTA en los siguientes casos: 1. Por Incumplimiento de las Obligaciones de Seguridad Social Integral y Parafiscales. De acuerdo con lo estipulado en la ley 789 de 2002 y la ley 828 de 2003, el incumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la oficina administradora y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5 de la ley 828 de 2003, las sumas que se recauden por concepto de la multa, en lo que respecta al Sistema General de Seguridad Social en salud, se destinarán a la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía. 2. En caso de incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el CONTRATISTA en virtud del presente contrato, el DEPARTAMENTO podrá imponer multas diarias y sucesivas equivalentes al uno por mil del valor del presente contrato, las cuales entre si no podrán exceder el diez por ciento (10%) del valor del mismo. La imposición de la multa atenderá criterios de razonabilidad, proporcionalidad y gravedad de la obligación incumplida. PARÁGRAFO PRIMERO. El valor máximo que se impondrá por las multas señaladas anteriormente, corresponderá al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO. El pago o deducción de las multas no exonera al contratista del cumplimiento de sus obligaciones

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emanadas del contrato. PARÁGRAFO TERCERO. Las partes acuerdan que en caso de proceder a la aplicación de multas, el CONTRATANTE lo podrá hacer directamente y el contratista autoriza expresamente la realización del procedimiento y del descuento del valor de la multa, de los saldos adeudados del contrato por este concepto. 5.18 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del presente Contrato, el CONTRATISTA debe pagar a BOGOTÁ D.C. – ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA – DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, NIT. 899.999.061-9, a título de indemnización, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. El valor pactado de la presente cláusula penal es el de la estimación anticipada de perjuicios, no obstante, la presente cláusula no impide el cobro de todos los perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este valor puede ser compensado con los montos que el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL adeude al Contratista con ocasión de la ejecución del presente Contrato, de conformidad con las reglas del Código Civil. Igualmente, se aplicará esta cláusula penal pecuniaria con carácter sancionatorio, a manera de multa e incumplimiento pagando a BOGOTÁ D.C.–ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA–DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, NIT. 899.999.061-9, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. PARÁGRAFO: Para efectos de declarar el incumplimiento del contratista con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. 5.19 APLICACIÓN DE LAS MULTAS Y DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA El valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria se compensará del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o haciendo efectiva la garantía o a través del cobro ejecutivo. 5.20 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la presentación de la propuesta y con la firma del contrato, que no se halla incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 1º de la Ley 1296 de 2009, en los artículos 1º, 2º, 3º. 4º, 5, 84 parágrafo 2º y 90 de la Ley 1474 de 2011, el artículo 2.2.1.1.2.2.5 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas concordantes. 5.21 AUSENCIA DE ANTECEDENTES FISCALES En virtud del artículo 60 de la Ley 610 de 2000 el CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que no ha sido sancionado por la Contraloría con juicio de responsabilidad fiscal en su contra.

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5.22 ESTAMPILLA Corresponde al CONTRATISTA el pago de las siguientes Estampillas: Universidad Distrital Francisco José de Caldas 50 años" el uno punto uno por ciento (1.1%), de conformidad con los señalado en el Acuerdo 696 de 2017, "Pro Cultura" el cero punto cinco por ciento (0.5%), de acuerdo con el Decreto 479 de 2005 y "Para el Bienestar del Adulto Mayor" el dos por ciento (2.0%) de conformidad con Acuerdo Distrital 645 de 2016. 5.23 GASTOS Serán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos e impuestos, tasas y contribuciones derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como el valor de la prima de la garantía de cumplimiento y sus modificaciones. 5.24 IMPUESTOS EL CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana. 5.25 RECURSOS FINANCIEROS La contratación será financiada con recursos apropiados del presupuesto asignado al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y para la vigencia fiscal de 2018. 5.26 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN El CONTRATISTA guardará confidencialidad sobre la información que obtenga del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en desarrollo del objeto y obligaciones del contrato. 5.27 CESIÓN Y SUBCONTRATOS El CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar el respectivo contrato sin el consentimiento previo y escrito del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital pudiendo éste negar la autorización de la cesión o del subcontrato. 5.28 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. La ejecución del contrato podrá suspenderse por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan su ejecución, cuya existencia corresponde calificar al CONTRATANTE, y también se podrá suspender por mutuo acuerdo. La suspensión se hará constar en acta suscrita por las partes. El término de suspensión no se computará para efectos de los plazos del contrato.

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5.29 CAUSALES DE TERMINACIÓN. Este contrato podrá terminarse en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo sin que se haya suscrito la adición y/o prórroga necesaria. b) Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución. c) Por cualquier otra causa específicamente incorporada en la propuesta presentada y/o en el pliego de condiciones. PARÁGRAFO. La terminación anticipada del contrato se hará constar en acta suscrita por las partes. En cualquiera de los eventos de terminación, se procederá a liquidar el contrato y al pago de las actividades ejecutadas de acuerdo con la certificación de cumplimiento e informe de ejecución del contrato expedidas por el CONTRATANTE. 5.30 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA, será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del presente contrato, cuando con ellos se cause perjuicios a la administración o a terceros, en los términos del artículo 52 de la Ley 80 de 1993. 5.31 EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. En razón a que el CONTRATISTA actúa con plena autonomía intelectual, profesional, conceptual, técnica y administrativa, y sin ninguna clase de subordinación frente a CONTRATANTE, se excluye cualquier vínculo de tipo laboral entre el CONTRATANTE y EL CONTRATISTA, o el personal utilizado por éste para el desarrollo del objeto del contrato. En consecuencia, será de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA el pago de salarios y prestaciones a que hubiere lugar respecto del personal mencionado. 5.32 DOCUMENTOS Los documentos que a continuación se relacionan, se considerarán, para todos los efectos, parte integrante del contrato y en consecuencia producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales: 1. El pliego de condiciones del presente proceso incluidas sus adendas y los demás documentos expedidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en desarrollo del proceso licitatorio mencionado. 2. La propuesta del CONTRATISTA y los documentos adjuntos presentados con la misma. 3. El acta de la celebración de la audiencia de adjudicación de la Licitación Pública y la Resolución de Adjudicación. 4. Las instrucciones escritas al CONTRATISTA para la ejecución de las actividades. 5. El acta de iniciación, mediante la cual se define la fecha a partir de la cual regirá el plazo para la ejecución del mismo.

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6. Las actas y demás documentos que durante la ejecución del contrato se suscriban por las partes. 5.33 LIQUIDACIÓN Terminada la ejecución del contrato el supervisor del contrato, procederá a su liquidación de mutuo acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato, vencido el plazo anterior se procederá conforme con lo ordenado por el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto Ley 0019 de 2012 y el artículo 11 de la ley 1150 de 2007, que le sean aplicables y las demás normas que las regulan, complementan y modifican. 5.34 RÉGIMEN LEGAL El contrato se regirá en general por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo en los aspectos particularmente regulados por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto Ley 0019 de 2012 y su Decreto aclaratorio No. 0053 de 2012, el Decreto 1082 de 2015, que le sean aplicables y las demás normas que las regulan, complementan y modifican. 5.35 DOMICILIO El lugar de ejecución del presente contrato es la ciudad de Bogotá D.C. y/o el territorio Nacional.

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FORMATO Nº 001

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Ciudad y fecha Señores DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL Ciudad

REFERENCIA: DASCD-LP-001-2018 Respetados señores: Nosotros los suscritos_____________________________________________________ de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los documentos de la Selección Abreviada de Menor Cuantía, hacemos la siguiente propuesta seria e irrevocable para el PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA No. 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018, cuyo objeto es "Prestar servicios logísticos para el desarrollo de las actividades encaminadas a la promoción del bienestar de los empleados del distrito y sus familias” y en caso de que nos sea adjudicada por el Departamento nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente. Así mismo, en el evento de resultar favorecido con la adjudicación, me comprometo a presentar los documentos requeridos para la suscripción del contrato, a suscribir el mismo y a efectuar los trámites para la legalización y ejecución del contrato, dentro de los plazos establecidos para el efecto en el pliego de condiciones. Igualmente, me comprometo a ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del proceso de selección, así como los del contrato, los precios de esta propuesta o los que se ofrezcan en desarrollo de la Selección Abreviada de Menor Cuantía y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. En mi calidad de proponente declaro: 1 Que conozco el pliego de condiciones del proceso de selección en referencia, el anexo

técnico que hace parte del mismo, todos los documentos sobre preguntas y respuestas, las adendas expedidas y demás documentos relacionados con el objeto a desarrollar y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.

2 Igualmente, declaro bajo la gravedad del juramento, que toda la información aportada y contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación.

3 Que acepto las condiciones y demás exigencias para la ejecución del contrato.

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4 Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a suscribir el acta de iniciación con el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y a terminar el contrato dentro de los plazos contractuales, de acuerdo con lo establecido en los documentos del proceso de selección.

5 Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso contractual.

6 Que esta oferta sólo compromete a los firmantes de esta carta. 7 Que ninguna otra persona tiene interés comercial en la propuesta ni en el contrato que se

llegue a suscribir. 8 Que con la firma de la presente carta bajo la gravedad del juramento, manifiesto que no me

encuentro incurso dentro de las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones o conflictos de intereses, establecidos en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 adicionada por la Ley 1150 de 2007, artículo 60 de la Ley 610 de 2000, artículo 1º de la Ley 1296 de 2009, en los artículos 1º, 2º, 3º. 4º, 5, 84 parágrafo 2º y 90 de la Ley 1474 de 2011, el artículo2.2.1.1.2.2.5 del Decreto 1082 de 2015 y las demás normas pertinentes. (Nota: Se recuerda al proponente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección de contratistas y debe abstenerse de formular propuesta).

9 Que con la firma de la presente carta bajo la gravedad del juramento, manifiesto que ni el representante legal ni ninguno de los miembros que conforman la junta directiva del mismo tienen parientes en la planta interna y/o externa en los cargos directivo, ejecutivo y/o asesor del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, para tal efecto, hemos tenido en cuenta el Concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el día doce (12) de agosto de 2003, radicación Nº 1.578, Consejero Ponente: Augusto Trejos Jaramillo.

10 Que con la firma de la presente carta bajo la gravedad del juramento, manifiesto que no hemos sido sancionados contractualmente mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna entidad oficial dentro de los 5 años anteriores a la fecha de entrega de la propuesta, con multas o declaratoria de caducidad.

11 Que con la firma de la presente carta bajo la gravedad del juramento, manifiesto que no hemos sido multados, sancionados y/o amonestados por ningún organismo de control, dentro de los 2 años anteriores a la fecha de entrega de la propuesta. (Nota: Si el proponente ha sido objeto de multas, sanciones y/o amonestaciones por parte de cualquier organismo de control, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso).

12 Que el proponente (ni los miembros que lo integran si fuere el caso) no está (n) reportado (s) en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente a la fecha de la presentación de la oferta, expedido por la Contraloría General de la República.

13 Que leí cuidadosamente el pliego de condiciones así como el anexo técnico que hace parte integral del mismo, y elaboré mi propuesta ajustada a estos documentos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.

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14 Que aceptamos los compromisos anticorrupción que se señalan en este pliego de condiciones y aceptamos las consecuencias del incumplimiento de los mismos.

15 Que conozco y acepto que en desarrollo de los principios de transparencia, igualdad e imparcialidad toda la información incluida en la propuesta y en especial la incluida para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los términos de referencia será pública y cualquier proponente o persona interesadas, podrán obtener copia de la misma.

16 QUE MI INFORMACIÓN BASICA SE RESUME ASI:

Nombre completo del proponente

Cédula de ciudadanía o NIT

Representante legal

País de origen del proponente

(En caso de Consorcio o Unión Temporal, se debe indicar el nombre de cada una de las partes que lo conforman)

PLAZO PARA EJECUTAR EL CONTRATO:

Nos comprometemos a ejecutar el contrato, en los plazos establecidos en el pliego de condiciones de la Selección Abreviada de Menor Cuantía en referencia.

VALIDEZ DE LA PROPUESTA:

Para todos los efectos, se entenderá que es por una vigencia igual a la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta.

GARANTIA DE SERIEDAD: Aseguradora: Valor : Vigencia :

$ Desde: ( , , ) Hasta: ( , , ) (Día,mes,año) (Día,mes,año)

17 Que NINGUNO de los documentos de nuestra propuesta cuentan con reserva legal. (En caso de contar con reserva legal indicar las normas y los documentos).

18 Que como proponente cuento con la capacidad suficiente para ejecutar el contrato derivado del presente proceso exigida en el pliego de condiciones.

19 Que de acuerdo al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y 9 de la Ley 828 de 2003 _____ (SI/NO) estamos obligados a pagar los aportes al sistema de seguridad social y parafiscales.

20 Que conozco, y de manera expresa acepto y me obligo a cumplir las Condiciones Técnicas Mínimas exigidas en el anexo técnico del pliego de condiciones, en el evento de ser adjudicatario del contrato.

21 Que ninguna otra persona con vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con el firmante ha presentado propuesta para éste proceso.

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22 Que no conozco ningún hecho irregular que comprometa la transparencia de este proceso y deba ser denunciado a la entidad.

23 Que de conformidad con lo dispuesto en la Circular No. 1 de 2011, de fecha 19 de enero de 2011, expedida por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en el evento de adjudicación del contrato, nos comprometemos a no contratar a menores de edad, en cumplimiento de los pactos, convenios y convenciones internacionales ratificados por Colombia, según lo establece la Constitución Política de 1991 y demás normas vigentes sobre la materia, en particular aquellas que consagran los derechos de los niños.

24 Que el servicio que ofrezco es de origen: (Señalar con una X) Nacional ___ Extranjero ___ 25 De igual manera me (nos) obligo(amos) para con la Entidad a informar todo cambio de

mi(nuestra) residencia o domicilio que ocurra durante el proceso de selección y el desarrollo del contrato que se suscriba como resultado de este proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía pública, hasta su liquidación final.

26 Me permito informar que las comunicaciones relativas a este proceso de selección las recibiré en la siguiente dirección:

Nombre del Representante Legal C.C. Nº ______________________ de _________________ FIRMA NOMBRE DE QUIEN FIRMA Dirección Ciudad Teléfono(s) Fax Correo Electrónico Atentamente,

______________________________ Firma Nombre o Razón Social del Proponente NIT NOTA 1: Ninguna estipulación de esta carta de presentación, remplaza la información o documentación exigida en el pliego de condiciones. NOTA 2: El proponente persona natural o el representante legal de la persona jurídica deberá firmar la carta. Cuando la oferta sea presentada por un consorcio o unión temporal, la carta de presentación debe estar suscrita por el representante legal designado por el Consorcio o la Unión Temporal.

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FORMATO No. 002

PACTO DE PROBIDAD DE LOS PROPONENTES INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA No. 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018

Nosotros los abajo firmantes en representación de nuestras compañías, orgullosos de actuar como delegados de las firmas proponentes en el PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA No. 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018, cuyo objeto es "Prestar servicios logísticos para el desarrollo de las actividades encaminadas a la promoción del bienestar de los empleados del distrito y sus familias” de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones, conscientes de que se han adelantado en el país y en especial en la ciudad de Bogotá, cambios culturales que promueven la probidad y el beneficio del interés general.

CONSIDERANDO:

Que es importante que el Distrito Capital cuente con una Entidad efectiva dado su aporte al fortalecimiento del concepto de ciudad como espacio de vida en comunidad. Que el aseguramiento de la transparencia en los procesos contractuales redunda en beneficio no sólo de la Entidad contratante, sino de los propios participantes, en cuanto garantiza que el único criterio de adjudicación será la excelencia de la propuesta. Que la empresa que represento reconoce que la presentación de propuestas en el presente proceso, se efectúa en un entorno imparcial, competitivo y no sujeta a presiones o abusos indebidos. Que conozco a cabalidad los pliegos de condiciones y las Adendas, sus reglas de juego establecidas y modificaciones que se han hecho a los mismos hasta el cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía y reconozco que los mismos son equitativos y no conllevan al favorecimiento de un proponente en particular. Que para participar en el proceso, he estructurado una propuesta seria, con información fidedigna y con una oferta económica ajustada a la realidad que asegura la posibilidad de ejecutar el contrato en las condiciones de calidad y oportunidad exigidas en los pliegos de condiciones. Que resulta conveniente la formulación de un pacto explícito en cuanto al acatamiento de las normas jurídicas y éticas que deben regir los procesos contractuales, y por lo tanto,

NOS COMPROMETEMOS A:

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Actuar en la LICITACIÓN PÚBLICA No. 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018, con estricto apego a las normas jurídicas y éticas propias de éste tipo de procedimientos y conforme al principio de buena fe, transparencia y equidad. Abstenerme de realizar u ofrecer, directa o indirectamente, pagos de comisiones o dádivas, o de utilizar medios de presión a funcionarios Del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, con el fin de obtener favorecimientos en la decisión de adjudicación, lograr cambios en el contrato, evadir impuestos, derechos, licencias o cualquier otra obligación legal. Abstenerme de coludir y establecer con otros interesados o participantes, cualquier tipo de acuerdos tendientes a distorsionar la decisión de la Entidad y limitar indebidamente la sana competencia en estos procesos, tales como el uso de empresas subordinadas o vinculadas para direccionar la aplicación de los criterios de evaluación. Cumplir con rigor las exigencias que haga la entidad contratante en el curso del procedimiento de selección. Utilizar las oportunidades y mecanismos jurídicos que la ley pone a disposición, con estricta sujeción al principio de la buena fe, evitando cualquier forma de abuso del derecho. No utilizar, en la etapa de evaluación de las propuestas, argumentos sobre incumplimiento de requisitos diferentes a los establecidos en los pliegos de condiciones, para efectos de buscar la descalificación de mis competidores o modificar el orden de elegibilidad de las propuestas. Adoptar las medidas necesarias para que ningún miembro del personal de mi Empresa, incurra en conductas violatorias del presente pacto. Denunciar con la debida justificación y de manera inmediata ante la Veeduría Distrital y demás órganos de control, cualquier actuación irregular ejecutada por funcionarios y/o los proponentes. EN CASO DE INCUMPLIR LOS COMPROMISOS AQUÍ ENUNCIADOS ME COMPROMETO A ACATAR LO SIGUIENTE: Reconocimiento público del comportamiento desarrollado dentro del proceso contractual, el cual autorizo a publicar en la página Web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Para constancia se firma de manera voluntaria, en Bogotá, D.C., el día ___ de ____ de 2018, dentro de la LICIATCIÓN PUBLICA No. 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018 Proponentes: ___________________________________ ______________________________ En representación

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C.C. No. ____________________________________ ______________________________ En representación C.C. No. Nota: El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital constar que la suscripción del pacto de probidad es netamente voluntario, y no es causal de rechazo, ni de inadmisibilidad de las propuestas que se presenten dentro del presente proceso de selección.

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FORMATO No. 003 FORMATO COMPROMISO CONSORCIAL

Entre, (persona jurídica)--------------------, domiciliados en ----------------, constituida mediante Escritura No. -------- otorgada en—de --- en la Notaría ---- de --------, representada en éste acto por --------, mayor de edad y vecino de -----, identificado con la cédula de ciudadanía No. ------------ de -------, quien obra en su carácter de --------------, con amplias atribuciones al efecto, por una parte, y (persona jurídica)--------------------------------, domiciliada en ---------, constituida mediante Escritura No. --------- otorgada el --- de ---- de ---- en la Notaría -----de----------------- representada en este acto por -----------------, mayor de edad y vecino de ------------, identificado con la cédula de ciudadanía No. -------------- de -------------, quien obra en su carácter de ---------------------------, con amplias atribuciones, hemos determinado celebrar un compromiso o convenio consorcial que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Este compromiso se celebra con el fin de integrar, como en efecto se integra por medio del presente documento, un consorcio entre ------------- y -------------------------- y ------------------------ y ------------------------------- que se denominará_________, para efectos de presentar una oferta conjunta para el PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA No. 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018, cuyo objeto es "Prestar servicios logísticos para el desarrollo de las actividades encaminadas a la promoción del bienestar de los empleados del distrito y sus familias” Así mismo, y sólo para efecto de los informes que deba presentar a la Cámara de Comercio la entidad contratante, señalamos que los términos y extensión de nuestra participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, es la siguiente: ______________________________.SEGUNDA: Por virtud de lo anterior nos comprometemos, desde ahora por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de selección igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL TERCERA: Queda expresamente convenido que los consorciados respondemos solidariamente por el cumplimiento total de la oferta y de la ejecución del contrato; en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de los citados eventos, afecta a todas las personas que lo conforman. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita de por EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL QUINTA: Se hace constar, además, que quienes estamos suscribiendo este compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en nombre suyo, no solamente para los efectos del presente convenio sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso consorcial como de la adjudicación del contrato que de ella se derive. SEXTA. -DURACIÓN: que la duración del compromiso consorcial se extenderá desde la firma del presente compromiso, por todo el plazo de ejecución del contrato que nos sea adjudicado y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- DIRECCIÓN: Para todos los efectos ante EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, se

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consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los consorciados, a saber: -----------------------------,_________,______________,. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, puede dirigirse al consorcio a la siguiente dirección: ---------------------------------. Para todos los efectos los integrantes del Consorcio designamos de común acuerdo a ------------, identificado con C.C. No............. como representante del mismo. Para constancia se firma a los __________ FIRMAS NOMBRE DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN

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FORMATO No. 004 FORMATO COMPROMISO UNIÓN TEMPORAL

Entre, (persona jurídica) -----------------, domiciliados en --------------- constituida mediante Escritura Pública No.-------- otorgada en ------- de --- en la Notaría ---- de -----------, representada en éste acto por -------------------------------- mayor de edad y vecino de --------------, identificado con la cédula de ciudadanía No.-------------------- de -----------, quien obra en su carácter de ------------------ con amplias atribuciones al efecto, por una parte, y (persona jurídica) --------------------------------, domiciliada en -----, constituida mediante Escritura No.-------------- otorgada el ----- de ----, mayor de edad y vecino de ----------- identificado con la cédula de ciudadanía No. -- de --------, quien obra en su carácter de -----------, con amplias atribuciones hemos determinado celebrar un compromiso de unión temporal que se denominará_________ y se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Este compromiso se celebra con el fin de integrar, como en efecto se integra por medio del presente una oferta conjunta para el PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA No. 001 de 2018 / DASCD-LP-001-2018, cuyo objeto es "Prestar servicios logísticos para el desarrollo de las actividades encaminadas a la promoción del bienestar de los empleados del distrito y sus familias” SEGUNDA: Por virtud de lo anterior nos comprometemos desde ahora, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo en caso de selección, igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL TERCERA: Queda expresamente convenido que las personas que integramos esta Unión Temporal respondemos solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y de la ejecución del contrato, en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de los citados eventos afecta a todos los integrantes que la conforman. Para efectos de la aplicación de las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y de la orden, convenimos que los términos y extensión de nuestra participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, es la siguiente: ____________________________. Igualmente, nos comprometemos a no modificar los términos y la extensión de las actividades señaladas anteriormente sin el consentimiento previo y escrito del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL QUINTA: Se hace constar, además que quienes estamos suscribiendo este compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en nombre suyo, no solamente para los efectos del presente convenio sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto de la Unión Temporal como de la selección y del contrato que de ella se derive. SEXTA.- DURACIÓN: que la duración del compromiso de unión temporal se extenderá desde la firma del presente compromiso, por todo el plazo de ejecución del contrato que nos sea adjudicado y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- DIRECCIÓN: Para todos

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los efectos ante el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL se consignan a continuación las direcciones donde funcionarán las oficinas de las personas que integran la Unión Temporal a saber: __________, ______________, _____________. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL, puede dirigirse a la siguiente dirección-----Para todos los efectos los integrantes de la Unión Temporal de común acuerdo designamos a -------- como representante de la misma. Para constancia se firma en -------------------a los -------- FIRMAS NOMBRE DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN

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FORMATO No. 005

RESUMEN OFERTA ECONÓMICA

(SE PUBLICA EN ARCHIVO ADJUNTO EN EXCEL)

FORMATO No. 006

OFRECIMIENTO DE CALIDAD

(SE PUBLICA EN ARCHIVO ADJUNTO EN EXCEL)

FORMATO No. 007

REGISTRO REQUISITOS HABILITANTES TÉCNICOS

(SE PUBLICA EN ARCHIVO ADJUNTO EN EXCEL)

FORMATO No. 008

REPORTE DE CONTRATOS RUP

(SE PUBLICA EN ARCHIVO ADJUNTO EN EXCEL)

ANEXO NO. 002

“Anexo Técnico - Especificaciones Técnicas Generales” (SE PUBLICA EN ARCHIVO ADJUNTO EN PDF)

“Fichas Técnicas: Especificaciones Técnicas de las Actividades de Bienestar.”

(SE PUBLICA EN ARCHIVO ADJUNTO EN EXCEL)

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ANEXO No. 009 CLAUSULADO ADICIONAL AL CONTRATO ELECTRONICO

El Contrato se realizará a través de SECOP II.

CONTRATISTA:

NIT.

REPRESENTANTE LEGAL

C.C. No

DIRECCIÓN Y TELÉFONO

CONTRATANTE: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL

NIT. 899.999.061-9

REPRESENTANTE LEGAL NIDIA ROCIO VARGAS

C. C. No. 52.114.185 de Bogotá

DIRECCIÓN Y TELÉFONO Carrera 30 No.25-90 Piso 9. Tel. 368 00 38

VALOR

PLAZO DE EJECUCION

RUBRO PRESUPUESTAL 3-1-2-02-06-01-0000-00 Seguros Entidad

CLÁUSULA PRIMERA. VALOR: Para todos los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato será hasta por la suma de xxx. La diferencia entre el valor de la propuesta económica seleccionada y el presupuesto oficial podrá ser utilizada para la realización de actividades adicionales o complementarias a las establecidas, así como para ampliar la cobertura de beneficiarios en las diferentes actividades o para aumentar las cantidades de los diferentes ítems contemplados en las especificaciones técnicas. CLÁUSULA SEGUNDA. DOCUMENTOS. Hacen parte integrante del presente contrato los siguientes documentos: a) Estudios y documentos previos y/o solicitud de contratación/justificación. b) El certificado de disponibilidad presupuestal y el registro presupuestal. c) Pliego de condiciones del Proceso de contratación Pública y la Oferta presentada por el CONTRATISTA. d) Los documentos descritos en el numeral 5.32 del Anexo No. 001 “Documento Adicional al Pliego de Condiciones Definitivo”. (El presente clausulado es de carácter informativo, el Departamento se reserva el derecho de introducir los cambios y ajustes que estime convenientes al momento de suscripción del contrato).