tipos de empresa

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“AÑO DE LA PROMOCION INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO” UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA FACULTAD DE INGENIERIA Y CIENCIAS AMIENTALES CARRERA PROFESIONAL DE INGENIERIA AGROINDUSTRIAL TEMA: TIPOS DE EMPRESA TRITUTACION (IMPUESTOS) REGIMENES TRIBUTARIOS LIBROS CONTABLES MODELO DE CONSTITUCION DE EMPRESA ASIGNATURA: BIOINDUSTRIAS Y BIONEGOCIOS DOCENTE: Ing. Ramiro Salas. ALUMNO: Guimaraes Rojas, Orison Eduardo

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AO DE LA PROMOCION INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO

UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA

FACULTAD DE INGENIERIA Y CIENCIAS AMIENTALES

CARRERA PROFESIONAL DE INGENIERIA AGROINDUSTRIAL

TEMA: TIPOS DE EMPRESA TRITUTACION (IMPUESTOS) REGIMENES TRIBUTARIOS LIBROS CONTABLES MODELO DE CONSTITUCION DE EMPRESA

ASIGNATURA:

BIOINDUSTRIAS Y BIONEGOCIOS

DOCENTE:Ing. Ramiro Salas.

ALUMNO:Guimaraes Rojas, Orison Eduardo

2014

YARINACOCHA-PER

I. TIPOS DE EMPRESA

1.1. EMPRESA UNIPERSONALEn este tipo de empresa el titular (la persona natural) desarrollar absolutamente toda la actividad comercial y financiera de la empresa en cuestin. Es decir (y esta es la dificultad mxima de este tipo de empresa) que precisamente por no ser una empresa plenamente autnoma, y no de responsabilidad limitada, la persona titular responder con su patrimonio personal (propiedades, dinero, etc.) por las deudas que pueda tener su empresa. Generalmente se opta por una empresa unipersonal cuando se trata de un proyecto pequeo en el cual se aportar el trabajo y capital. Los micros y pequeas empresas. Por otro lado, cabe resaltar que, a diferencia del resto de tipos de empresas, el registro y la documentacin de las empresas unipersonales son mucho ms sencillos.1.2. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E.I.R.L.Este tipo de empresa es una persona jurdica con derecho privado que est constituida por la voluntad de un titular. Como la responsabilidad de la empresa es limitada, esta responde con su propio capital en cuando a las deudas, quedando libre de responsabilidad el titular y su patrimonio. Las actividades que competen a esta son nicamente de pequea empresa. Asimismo, el capital de la empresa puede ser dinero o bienes no monetarios (muebles, maquinaria, etc.).1.3. SOCIEDAD ANNIMA S.A.La Sociedad Annima es una persona jurdica de derecho privado cuya naturaleza puede ser comercial o mercantil. Se constituye en un solo acto por sus socios fundadores (Sociedad, o bien sucesivamente mediante la oferta a terceros) siendo esta empresa de responsabilidad limitada, por lo cual ninguno de estos socios responde con su patrimonio ante las deudas de la empresa. El capital de una Sociedad Annima est representado por acciones nominativas, las cuales se constituyen por el aporte de los socios, que pueden ser asimismo bienes monetarios o no monetarios. La Sociedad Annima puede adoptar cualquiera las nominaciones de abierta o cerrada, pero lo que s es obligatorio es que figure la indicacin de Sociedad Annima o las siglas S.A.1.4. SOCIEDAD ANNIMA ABIERTA S.A.A.Una Sociedad Annima es Abierta cuando sus acciones estn abiertas a oferta, es decir, que alguien puede comprar sus acciones y formar parte del grupo de accionistas. Asimismo, una Sociedad Annima Abierta puede ser declarada como tal, cuando tiene ms de 750 accionistas, cuando ms del 35% de sus acciones pertenece a 175 o ms accionistas, cuando la empresa se constituye como tal y cuando todos los accionistas que tienen derecho a voto deciden por unanimidad tal denominacin.1.5. SOCIEDAD ANNIMA CERRADA S.A.C.Esta es uno de los tipos de empresas ms comunes en el Per. Una Sociedad Annima es Cerrada cuando su nmero de accionistas no excede los 20 y sus acciones no estn inscritas en el Registro Pblico, de tal modo que nadie salvo sus socios puede adquirir acciones. Asimismo, sus acciones estn divididas en participaciones sociales.1.6. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L.En este tipo de empresa el capital se divide en participaciones iguales, las cuales no pueden ser incorporadas en ttulos valores ni tampoco llamarse acciones. Asimismo, los socios de este tipo de empresa no pueden exceder la cantidad de 20, y por el hecho de tratarse de una Sociedad de Responsabilidad Limitada, no responden con su patrimonio personal ante las deudas de la empresa. El capital de este tipo de empresa est constituido por el aporte de cada socio, y debe estar pagado en no menos del 25% de cada participacin.

II. TRIBUTACIONLa tributacin o sistema tributario es la organizacin legal, administrativa y tcnica que crea el Estado con el fin de ejercer de forma eficaz y objetiva el poder tributario.Los tributos son obligaciones dinerarias impuestas unilateralmente y exigidas por la administracin pblica a partir de una ley, cuyo importe se destina a solventar el gasto pblico. Por lo tanto, es una prestacin patrimonial de carcter pblico que se exige a los particulares.Un tributo es: Coactivo: se impone de forma unilateral aunque de acuerdo a los principios constitucionales. Pecuniario: la obligacin tributaria en los pases capitalistas siempre se concreta en forma de dinero. Contributivo: el tributo se destina a la satisfaccin de las necesidades sociales.

2.1. Principios tributarios:Los principios tributarios, de raigambre constitucional son los que rigen la imposicin de toda carga contributiva por parte del Estado a sus habitantes. Son lmites al poder discrecional estatal, de asegurar mediante la colaboracin de quienes ms tienen los derechos de todos. Esta solidaridad forzosa a la que se ven compelidos quienes tienen ingresos que exceden a sus necesidades bsicas, no puede ser impuesta en desmedro de sus propios derechos.Los principios que deben tenerse en cuenta a la hora de legislar en materia tributaria son los siguientes:1. Principio de legalidad: No puede surgir el tributo sino de una ley emanada del Poder Legislativo2. Principio de igualdad: Quienes tienen igual capacidad econmica contributiva deben soportar iguales cargas impositivas sin excepciones, ni privilegios arbitrarios.3. Principio de generalidad: al igual que las leyes que los crean, los tributos deben ser generales, para todos aquellos que se hallan en situaciones econmicas idnticas.4. Principio de no confiscatoriedad: Hay un lmite al monto del tributo, por lo cual no pueden gravarse por encima de aquellos montos que absorben una parte importante de la renta o absorben el capital. Deben garantizar la propiedad privada.5. Principio de proporcionalidad: Debe existir una relacin directamente proporcional entre monto del tributo y capacidad contributiva, al crecer sta deben aumentar aquellos.6. Principio de equidad: La equidad significa que cada uno pague en funcin de los bienes y ganancias que posee, para ayudar a quienes no pueden satisfacer sus necesidades bsicas, y contribuir a mantener los servicios pblicos.2.2. Impuestos tributariosLos impuestos en el Per gravan determinadas actividades con el fin de recaudar fondos para el Estado peruano, que decidir luego en qu invertir el dinero recaudado. Los impuestos en el Per son necesarios, pues de otra manera el Estado no contara con el presupuesto suficiente como para satisfacer las necesidades de su nacin. Aqu ya no solo basta con gravar y tratar de obtener todo el dinero posible, sino de gravar estratgicamente en determinados sectores para promover o no su produccin, consumo y actividad econmica. Por ello, principalmente, el Estado peruano recauda los siguientes impuestos en el Per: Impuesto a la Renta: Esta clase de impuesto grava las distintas clases de renta que una persona recibe a lo largo del ao. Hay cinco tipos de rentas: Primera categora (arrendamiento, subarrendamiento), Segunda categora (intereses de prstamos, patentes, regalas, ganancias de capital), Tercera categora (rentas de comercio e industria), Cuarta categora (trabajo independiente) y Quinta categora (trabajo dependiente). Impuesto General a las Ventas (IGV): Este es uno de los impuestos en el Per que genera mayores ingresos para el Estado. Grava el valor agregado de todas las transacciones realizadas en las etapas del ciclo econmico de la importacin de bienes, la primera venta de bienes inmuebles, los contratos de construccin, la utilizacin de servicios en el pas y la venta de bienes inmuebles en el pas. Se suele decir que este impuesto grava el consumo y que el encargado de pagarlo es el consumidor. Impuesto Selectivo al Consumo: Este impuesto grava la venta en el pas (produccin e importacin de bienes) de cigarrillos, combustibles, vehculos, cervezas, agua mineral, bebidas alcohlicas, juegos de azar, apuestas y artculos de lujo. Entre el 0% y el 50% varan las tasas de este impuesto para cada producto, dependiendo del tipo. Impuesto a la Venta del Arroz Pilado: Este impuesto se aplica a la primera operacin dentro del pas de arroz pilado, as como a su importacin. La tasa de este impuesto es de 4% sobre la base imponible. Cabe sealar que todas estas operaciones no son afectas al IGV, al Impuesto Selectivo al Consumo o Impuesto de Promocin Municipal. Rgimen nico Simplificado (RUS): Este es uno de los impuestos en el Per que se aplica a las personas naturales domiciliadas en el territorio nacional y que cuentan con pequeos negocios que venden al consumidor final. Hay cuatro requisitos para acogerse a este rgimen: tener un lmite de activos fijos de 70,000 nuevos soles, un lmite de compras de 360,000 nuevos soles, un lmite de ingresos anuales de 360,000 nuevos soles y un solo establecimiento comercial. Este rgimen permite que la persona natural pueda realizar un pago mensual fijo, sustituyendo al IGV, el Impuesto de Promocin Municipal y el Impuesto a la Renta. Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF): Este impuesto fue creado con carcter temporal para gravar los crditos o dbitos en moneda nacional o extranjera. En la actualidad se aplica con la tasa del 0.05%. No se gravan las siguientes operaciones: operaciones entre las cuentas de un mismo usuario, crdito o dbito en las cuentas que crea el empleador a sus trabajadores, pago de pensiones, remuneraciones, dbitos en la cuenta del cliente, el crdito o dbito de las cuentas de los gobiernos, consulados, organizaciones, etc. Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN): Uno de los impuestos en el Per que se aplica sobre los activos netos que tiene una empresa al 31 de diciembre del ao anterior. Se aplica a aquellos contribuyentes que tengan rentas de tercera categora. LA tasa es de 0.0% para aquellos que tengan hasta 1, 000,000 de activos netos, y de 0.4% para los que sobrepasen dicha cantidad. Derechos Arancelarios: Los derechos arancelarios son uno de los impuestos en el Per que gravan la importacin de mercancas del extranjero, incluyendo niveles de 0%, 9% y 17%. Prestacin de Servicios Pblicos: Se incluye dentro de estos impuestos en el Per a los Certificados de domicilio, denuncias policiales, mudanzas, supervivencia y el resto de tasas que cobran las entidades pblicas. Impuestos a los Juegos de Casinos y Tragamonedas: Este impuesto se aplica a las personas y empresas que explotan los juegos y mquinas de los casinos y tragamonedas. La periodicidad de este impuesto es mensual y es del 12% sobre la base imponible, que es la diferencia entre el ingreso neto y los gastos de mantenimiento.

III. REGIMENES TRIBUTARIOSEl rgimen tributario peruano contempla tres opciones a escoger: el nuevo rgimen nico simplificado, rgimen especial del impuesto a la renta y el rgimen general de impuesto a la renta. Estos se diferencian por la persona a que corresponde, ya sea persona jurdica o persona natural. A continuacin veremos ms especficamente estos regmenes:3.1. Nuevo Rgimen nico Simplificado-Nuevo RUSRgimen tributario , al cual pueden acogerse las personas naturales y sucesiones indivisas que exclusivamente obtienen ingresos provenientes de actividades empresariales y tambin aquellas personas naturales no profesionales con ingresos por actividades de oficios.Requisitos para el acogimiento-Nuevo RUS Que los ingresos brutos y/o sus compras no superen anualmente los S/ 360,000. Que realicen sus actividades en un solo establecimiento o sede productiva. Que el valor de sus activos vinculados a su actividad no superen los S/ 70,000, sin computarse los predios ni vehculos.En esta clase de rgimen tributario se puede entregar tickets o comprobantes de pago y no se necesitan llevar libros contables.En este rgimen se realizan el pago de unas cuotas mensuales segn la categora a la que pertenece, para ello debes tener en cuenta tu lmite de ingresos y compras mensuales3.2. Rgimen Especial del Impuesto a la RentaRgimen tributario al cual pueden acogerse las personas naturales y jurdicas que generan ingresos considerados como rentas de tercera categora , derivados de su actividad econmica y / o servicios, sujeto a ciertos requisitos.Requisitos para acogerse - RER Los ingresos netos anuales no deben superar los S/525,000 Las adquisiciones afectadas a la actividad no deben exceder los S/ 525, 000. El valor de los activos fijos afectados a la actividad no debe superar los S/ 126,000. La cantidad de personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas.En este rgimen se puede entregar facturas, boletas, recibos, notas de crdito, etc. Adems se deben llevar libros contables de registro de ventas y compras.Por otro lado se debe realizar el pago mensual de impuesto a la renta (1.5% de tus ingresos mensuales), el pago general a las ventas (19%) y efectuar y pagar las retenciones que seala la ley, segn las obligaciones tributarias de la SUNATAlgo muy importante que debe saber es que existen una serie de actividades que excluyen a las personas de pertenecer al RER, entre estas actividades tenemos por ejemplo: Quienes realicen actividades de comercializacin de productos derivados de los hidrocarburos, como combustibles lquidos Tampoco pueden pertenecer a este rgimen las personas que realicen actividades de asesoramiento empresarial, asesoramiento en materia de impuestos, actividades de arquitectura, ingeniera, informtica, jurdicas, mdicas y veterinarias Las personas que realicen contratos de construccin (segn las normas del IGV) Adems quienes organicen todo tipo de espectculo pblico Los dueos de casinos, tragamonedas y otros similares, no estn permitidos ingresar al rgimen especial del impuesto a la renta. Las personas que realizan venta de inmuebles, tambin son excluidas Finalmente las personas que realizan servicios de depsitos aduaneros y terminales de almacenamiento

3.3. Rgimen General del Impuesto a la Renta.Rgimen adecuado especialmente para las medianas y grandes empresas que generan ingresos por rentas de tercera categora y desarrollan actividades sin que tengan que cumplir condiciones o requisitos especiales para estar comprendidas en l.En este Rgimen estn comprendidas tambin, las actividades desarrolladas por los Notarios, las sociedades civiles, las entidades que se asocien y los agentes mediadores de comercio , rematadores, martilleros y cualquier otra actividad no permitida para los Regmenes del Nuevo RUS y el Rgimen Especial del Impuesto a la Renta.

IV. LIBROS CONTABLESLos libros contables son el soporte material en la elaboracin de la informacin financiera. Pueden ser de carcter obligatorio o voluntario.Libros obligatorios son:a) Libro diariob) Libro de Inventario y Cuentas AnualesVoluntarios:a) Libro Mayorb) Libros Auxiliares.La regulacin legal de los libros contables esta contenida en el Cdigo de Comercio (en adelante C.Com) en los artculos del 25 al 33 ambos inclusive.Las cuestiones legales ms importantes contenidas en dichos artculos son las siguientes: El C.Com comienza indicando Todo empresario deber llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su Empresa que permita un seguimiento cronolgico de todas sus operaciones, as como la elaboracin peridica de balances e inventarios, llevar necesariamente un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario.. (Art. 25) Los libros contables debern ser legalizados en el Registro Mercantil del lugar donde tuviera la empresa su domicilio. (Art. 27) Todos los libros contables deben ser llevados con claridad por orden de fechas, sin espacios en blanco, tachaduras o raspaduras. No se pueden utilizar abreviaturas o smbolos. Las anotaciones debern expresarse en la moneda nacional. (Art.29) Los empresarios conservarn los libros y la documentacin correspondiente durante seis aos a partir del ltimo asiento realizado en los libros. (Art. 30) El valor probatorio de los libros contables ser apreciado por los Tribunales conforme a las reglas generales del derecho. (Art. 31) La contabilidad de los empresarios es secreta, fuera de los casos especificados por la Ley, como la quiebra, podr decretase la exhibicin de los libros cuando la persona a quien pertenezcan tenga inters o responsabilidad en el asunto en que proceda la exposicin. (Art. 32)4.1. Principales libros contables

4.1.1. Inventarios y Balances El libro Inventarios y Balances, se apertura con el inventario inicial, al empezar sus operaciones el mismo que revelar: La relacin exacta de dinero, valores, crditos, efectos por cobrar, bienes muebles e inmuebles, mercaderas y otros, que constituyan el activo de la Entidad. La relacin exacta de las deudas y toda clase de obligaciones pendientes, si las tuviere, y que formen el pasivo de la Entidad. Fijar en su caso, la diferencia exacta entre el activo y el pasivo, que ser el patrimonio con que inicia su gestin. La entidad adems al finalizar el ejercicio reflejar en el mismo libro el Inventario Final y Balance General de su Gestin. Este libro ser de foliacin simple. Cuando se trata de la creacin, fusin o transferencia de Activos, Pasivos y Patrimonio a otra entidad, deber figurar en este libro y ser coincidente con la verificacin fsica de los mismos.4.1.2. Libro Diario El libro Diario ser de foliacin simple y contendr en cada folio el movimiento diario del debe y del haber. El libro Diario registrar da a da todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. Ser valida, sin embargo, la anotacin conjunta de los totales de las operaciones por periodos no superiores al mes, a condicin de que su detalle aparezca en otros libros o registros concordantes, de acuerdo con la naturaleza de la actividad de que se trate. (Art. 28)Tal y como reza el artculo 28 del C.Com, el Libro Diario recoge, por orden cronolgico, todos los hechos contables que afectan a la empresa desde el punto de vista econmico o financiero. El objeto de este libro es reunir en l todas las operaciones realizadas por la empresa para despus trasladarlas al libro Mayor y recogerlas sintticamente en los estados contables al final del ejercicio.

Todos los asientos contables registrados en el libro Diario se realizan cumpliendo el principio fundamental de la partida doble, Activo igual a la suma de Pasivo y Patrimonio Neto.En el Diario se cumplir necesariamente la igualdad siguiente: las sumas de las anotaciones realizadas en l Debe sean iguales a las del Haber.4.1.3. Libro Mayor En este libro principal se registrarn todas las cuentas asentadas en el libro DiarioRecoge informacin individualizada de todas las cuentas que intervienen en la contabilidad de la empresa con todos sus aumentos y sus disminuciones, de esta forma en cualquier momento podemos ver todos los movimientos de la cuenta y calcular su valor para una fecha concreta, su saldo (vase: saldo). Este libro debe ir en total concordancia con el libro Diario. Todas las anotaciones realizadas en el Diario pasan a su vez al libro Mayor.En el libro mayor las cuentas aparecen representadas en forma de T donde el lado izquierdo se denomina DEBE y el derecho HABER.4.1.4. Libro de Inventarios y Cuentas anualesEl libro de Inventarios y Cuentas anuales se abrir con el balance inicial detallado de la empresa. Al menos trimestralmente se transcribirn con sumas y saldos los balances de comprobacin. Se transcribirn tambin el inventario de cierre del ejercicio y las cuentas anuales (Art. 28).Un inventario es una relacin valorada en unidades monetarias de todos los bienes derechos y obligaciones contradas por la empresa, en una fecha determinada, para calcular por diferencia el patrimonio neto.Adems de los inventarios se incluyen en este libro las cuentas anuales que son:a) El Balance de situacinb) Cuenta de Resultadosc) La Memoriad) Estado de Cambios de Patrimonio Netoe) Estado de Flujos de Tesorera.

4.2. Auxiliares Las empresas, de acuerdo con el C.Com, pueden llevar adems de los libros obligatorios todos aquellos libros auxiliares que estimen tiles para su gestin. Caja.- Utilizar el diseo que estime conveniente el usuario. Registro de Ventas. Registro de Compras. Fondo para Pagos en Efectivo.- Se utilizar el documento denominado "Rendicin del Fondo para Pagos en Efectivo". Bancos.- se deber aperturar por cada cuenta corriente El registro de las operaciones de los libros Auxiliares mencionados deber efectuarse en el formato Auxiliar Estndar del Sistema de Contabilidad Gubernamental, excepto el Registro de Ventas y el de Compras. En lo referente a los auxiliares Documentos por Cobrar, Documentos por Pagar, Anticipos Concedidos, Encargos Otorgados, Encargos recibidos; stos registros debern tener una informacin mas detallada para facilitar su anlisis. En cuanto al auxiliar Inmuebles, Maquinaria y Equipo, se debe llevar en forma individual por cada bien, indicando la fecha de adquisicin, monto, fecha de salida para su uso, adiciones y mejoras, ajuste, para facilitar el proceso de su depreciacin y/o revaluacin. 4.3. Legalizacin de Libros Contables

La funcin de registro, foliacin y rubricacin de los libros principales y auxiliares, corresponde a las Direcciones Generales de Administracin u oficinas que hagan sus veces en las entidades pblicas, excepto empresas; para tal efecto se aperturar un registro en el que se inscribir antes de ser usados. La legalizacin de los libros contables principales se efectuarn de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.

V. MODELO DE CONSTITUCION DE EMPRESAMODELO DE MINUTA PARA UNA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E.I.R.L (BIENES DINERARIOS)Seor notario de...........................:Srvase extender en su registro de escrituras pblicas una de constitucin de empresa individual de responsabilidad limitada que otorga don:.............................................................................................................PRIMERA.-por el presente, don:............................Constituye una empresa individual de responsabilidad limitada bajo la denominacin de: ....................................e.i.r.l.Con domicilio en la ciudad de............................................, que inicia sus operaciones a partir de su inscripcin en el registro mercantil con una duracin indefinida, pudiendo establecer sucursales en todo el territorio nacional.SEGUNDA.-el objeto de la empresa es:....................Se entienden incluidos en el objeto los actos relacionados con el mismo, que coadyuven a la realizacin de sus fines empresariales. Para cumplir dicho objeto, podr realizar todos aquellos actos y contratos que sean lcitos, sin restriccin alguna.TERCERA.-el capital de la empresa es de s/........CUARTA.- son rganos de la empresa, el titular y la gerencia. el rgimen que le corresponda est sealado en el decreto ley n 21621, artculos 39 y 50 respectivamente y dems normas modificatorias y complementarias.QUINTA.- gerencia es el rgano que tiene a su cargo la administracin y representacin de la empresa. ser desempeada por una o ms personas naturales. el cargo de gerente es indelegable. en caso de que el cargo de gerente recaiga en el titular, ste se denominar titular gerente.SEXTA.- la designacin del gerente ser efectuada por el titular, la duracin del cargo es indefinida, aunque puede ser revocado en cualquier momento.

SEPTIMA.- CORRESPONDE AL GERENTE:1. ORGANIZAR EL RGIMEN INTERNO DE LA EMPRESA.2. CELEBRAR CONTRATOS INHERENTES AL OBJETO DE LA EMPRESA, FIJANDO SUS CONDICIONES; SUPERVISAR Y FISCALIZAR EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA.3. REPRESENTAR A LA EMPRESA ANTE LOS PODERES DEL ESTADO, INSTITUCIONES NACIONALES Y EXTRANJERAS, GOZANDO DE LAS FACULTADES GENERALES Y ESPECIALES A QUE SE REFIEREN LOS ARTCULOS 74, 75, 77 Y 436 DEL CDIGO PROCESAL CIVIL. TAMBIN GOZA DE LA FACULTAD A QUE SE REFIERE EL ARTCULO 10 DE LA LEY N 26636, PODRA CELEBRAR CONCILIACIN EXTRA JUDICIAL, ADEMAS PODRA CONSTITUIR Y REPRESENTAR A LA ASOCIACION QUE CREA CONVENIENTE Y DEMAS NORMAS COMPLEMENTARIAS.4. CUIDAR LOS ACTIVOS DE LA EMPRESA.5. ABRIR Y CERRAR CUENTAS CORRIENTES, BANCARIAS, MERCANTILES Y GIRAR CONTRA LAS MISMAS, COBRAR Y ENDOSAR CHEQUES DE LA EMPRESA, ASI COMO ENDOSAR Y DESCONTAR DOCUMNETOS DE CREDITO. SOLICITAR SOBREGIROS, PRESTAMOS, CREDITOS O FINANCIACIONES PARA DESARROLLAR EL OBJETO SOCIAL CELEBRANDO LOS CONTRATOS RESPECTIVOS.6. SOLICITAR TODA CLASE DE PRESTAMOS CON GARANTIAS HIPOTECARIA, PRENDARIA Y DE CUALQUIER FORMA, ADEMAS CONOCIMIENTO DE EMBARQUE, CARTA DE PODER, CARTA FIANZA, POLIZA, LETRAS DE CAMBIO, PAGARES, FACTURAS CONFORMADAS Y CUALQUIER OTRO TITULO VALOR.7. SUSCRIBIR CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO Y SUBARRENDAMIENTO.8. COMPRAR Y VENDER LOS BIENES SEAN MUEBLES O INMUEBLES DE LA EMPRESA, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS CONTRATOS.9. CELEBRAR, SUSCRIBIR LEASING O ARRENDAMIENTO FINANCIERO, CONSORCIO, ASOCIACION EN PARTICIPACION Y CUALQUIER OTRO CONTRATO DE COLABORACION EMPRESARIAL, VINCULADOS AL OBJETO DE LA EMPRESA.10. AUTORIZAR A SOLA FIRMA LA ADQUISICIN DE BIENES, CONTRATACIN DE OBRAS Y PRESTACIN DE SERVICIOS PERSONALES.11. NOMBRAR, PROMOVER, SUSPENDER Y DESPEDIR A LOS EMPLEADOS Y SERVIDORES DE LA EMPRESA.12. CONCEDER LICENCIA AL PERSONAL DE LA EMPRESA.13. CUIDAR DE LA CONTABILIDAD Y FORMULAR EL ESTADO DE PRDIDAS Y GANANCIAS, EL BALANCE GENERAL DE LA EMPRESA Y LOS DEMS ESTADOS Y ANLISIS CONTABLES QUE SOLICITE EL TITULAR.14. SOLICITAR, ADQUIRIR, TRANFERIR REGISTROS DE PATENTES, MARCAS, NOMBRES COMERCIALES CONFORME A LEY, SUSCRIBIENDO CUALQUIER CLASE DE DOCUMENTOS VINCULADOS, QUE CONLLEVE A LA REALIZACION DEL OBJETO SOCIAL.15. PARTICIAPR EN LICITACIONES, CONCURSOS PUBLICOS Y/O ADJUDICACIONES, SUSCRIBIERON LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS, QUE CONLLEVE A LA REALIZACION DEL OBJETO SOCIAL.OCTAVA.- para todo lo no previsto rigen las disposiciones contenidas en el d.l. n 21621 y aquellas que las modifiquen o complementen.Disposicin transitoria.- don..,ejercer el cargo de titular gerente de la empresa, peruano, con domicilio sealado en la introduccin de la presente.Agregue usted seor notario de....................................., lo que fuere de ley, y srvase cursar los partes notariales respectivos al registro mercantil de............................, para su correspondiente inscripcin.

...........................,......... de............. del 2........

VI. BIBLIOGRAFIA

http://emprendedor.pe/finanzas/490-tipos-de-empresas-en-el-peru.html http://derecho.laguia2000.com/derecho-tributario/principiostributarios http://www.mef.gob.pe/contenidos/conta_publ/instructivos/INSTRUCTIVO_001.pdf http://www.expansion.com/diccionario-economico/librocontables.html http://contabilidad13.blogspot.com/2013/01/tiposderegimenestributarios_21.html file:///C:/Documents%20and%20Settings/Cabina01/Mis%20documentos/Downloads/EIRL-aportedinerario.pdf